Logo Studenta

Anexo_Normas IFRS

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE 
ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
APUNTES DE CONTABILIDAD II 
ANEXO: NORMAS IFRS 
 
 2
Prólogo 
 
El siguiente apunte pretende ser un anexo al Apunte de Contabilidad II, escrito por el profesor 
Gustavo Maturana, que ayude a comprender de mejor manera las implicancias que la 
incorporación progresiva de las normas IFRS tendrá sobre la elaboración de los Estados 
Financieros en las empresas chilenas. 
 
Este anexo fue llevado a cabo con la ayuda de diversos profesores de Contabilidad de la Pontificia 
Universidad Católica de Chile, con el objetivo de servir como complemento a los capítulos del 
Apunte de Contabilidad II. De esta manera, se busca que este anexo ayude a los alumnos a 
comprender de mejor manera el efecto y los cambios derivados de la adopción de las normas 
IFRS, respecto a la contabilidad tradicional (en base a los Principios Contables Generalmente 
Aceptados) que se explica en el mencionado apunte. 
 
Para la elaboración de este apunte, se investigó la normativa internacional al respecto, se recabó 
información de los efectos que su implementación tuvo en diversos países del mundo que ya han 
incorporado estas normas dentro de su contabilidad local (desde el año 2005), y se analizó la 
opinión que los auditores contables en Chile tienen respecto a las implicancias que la aplicación 
de esta normas tendrá en nuestro país. Dado lo anterior, este texto representa el mejor 
entendimiento que, a partir de la información recopilada, tenemos respecto a este tópico, sin 
desmedro que futuras aclaraciones o modificaciones legales pudiesen hacer variar ligeramente los 
métodos y conclusiones comentadas en los capítulos de este anexo. 
 
La estructura de este anexo esta íntimamente ligada a la estructura del Apunte de Contabilidad II. 
De esta manera, se incorpora un capítulo anexo a éste siempre que sea necesario aclarar o 
comentar algún efecto que la nueva normativa IFRS tenga sobre lo que se explica en dicho 
apunte. 
 
 
 
Staff de Profesores, Contabilidad II Segundo Semestre de 2008 
 
 
 
 
 
 3
Capítulo Introductorio 
Visión General de la Normativa Contable Actual y Futura 
 
1.1 International Financial Reporting Standards (IFRS) y las Normas Internacionales de 
Contabilidad 
La preparación de la información financiera que presenta una empresa se basa en ciertas normas 
o criterios que deben ser comunes para todos quienes preparan dicha información, y deben ser 
conocidos por parte de quienes la interpretan y utilizan. 
El establecimiento de estas normas, para el caso de Chile, se ve afectado por organismos tanto 
nacionales como internacionales. A nivel internacional, existe el “Concejo de Normas 
Internacionales de Contabilidad” o en inglés “International Accounting Standards Board” (“IASB”), 
el cual ha logrado definir una “plataforma” de principios y normas contables de aceptación 
prácticamente universal, conocidas como “Normas Internacionales de Contabilidad” (“NIC”) o 
“Internacional Accounting Standard” (“IAS”) en el idioma inglés. 
Otro organismo internacional que cabe la pena destacar es el “US Financial Accounting Standards 
Board” (“FASB”), organismo local estadounidense que ha definido los llamados “Principios de 
Contabilidad Generalmente Aceptados (“PCGA”) para Estados Unidos” “US Generally Accepted 
Accounting Principles” (“US GAAP”). 
Ambos organismos han tenido un papel relevante en el establecimiento de las normas contables, 
tanto para el caso de Chile como para el resto de los países latinoamericanos, los que por muchos 
años han sido “seguidores” de los PCGA de E.E.U.U., práctica que no ha constituido un problema 
en la medida en que dichos PCGA normalmente han estado “alineados” con las NIC dictadas por 
el IASB, el organismo regulador internacional. 
En el ámbito de los organismos locales, quienes establecen los principios que deben guiar la 
preparación de la información de la contabilidad financiera son los "Colegios de Contadores". 
Estas instituciones, que normalmente actúan de manera coordinada con las autoridades locales, 
emiten documentos que buscan incorporar ciertas realidades locales y que constituyen el cuerpo 
de normas contables para las empresas del país, las que debieran ser relativamente consistentes 
con las normas utilizadas a nivel internacional. Es normal que cuando a nivel local no existe un 
principio o una norma de contabilidad específica para un evento financiero particular, la 
costumbre sea recurrir a la norma internacional (NIC o IAS) correspondiente. 
Dado lo anterior, los registros contables han sido bastante similares entre países en relación con 
los elementos más relevantes presentados en los informes contables. Sin embargo, ante la 
ausencia de un criterio claro en la normativa internacional respecto a ciertos temas más 
específicos, muchos de ellos propios de las características económicas e industriales de cada país, 
los organismos locales (Colegios de Contadores) han emitido reglamentaciones que buscan reflejar 
en la contabilidad esas particularidades locales. Estas reglamentaciones locales muchas veces 
han complicado el análisis de la información contable por parte de inversionistas u otro tipo de 
usuarios extranjeros, problema que se ha visto agravado en los últimos años producto del 
aumento creciente en la globalización de la economía. 
 
1.2 Plan de Convergencia Internacional hacia un Criterio Contable Común 
Como resultado del proceso de globalización de los mercados y de los problemas que comentamos 
respecto a la dificultad de analizar informes contables con criterios locales, ha sido necesario 
diseñar y adoptar nuevos criterios que rijan la presentación de información financiera en el 
mundo, de manera de mejorar la transparencia y comparabilidad de la información financiera, 
facilitando su interpretación a nivel global. Por esto, las principales instituciones internacionales 
 4
(IASB y FASB) han definido un “plan de convergencia” de modo de intentar alcanzar en el corto 
plazo, la mayor consistencia entre sus normas y criterios. Por su parte, los países 
latinoamericanos se encuentran desarrollando también planes de convergencia que debieran 
llevarlos en pocos años a implementar las nuevas normas del IASB, conocidas como International 
Financial Reporting Standards (IFRS). 
A partir de este plan de convergencia se buscan principalmente dos fines: i) Estandarizar las 
normas contables locales con las normas internacionales, de manera de crear un “lenguaje 
contable” global y ii) A partir de lo anterior, facilitar el flujo de información entre los países, 
posibilitando de esta manera la expansión e integración de las empresas a nivel global. 
 
1.3 Implementación de las normas IFRS en Chile 
Actualmente en Chile nos encontramos en medio de un plan de convergencia a IFRS, el que se 
empezará a aplicar gradualmente a partir del año 2009. En un principio, solamente un grupo 
reducido de empresas se verá obligada a presentar sus estados financieros bajo normas IFRS (en 
concreto, las empresas que transan sus acciones en bolsa, con alta presencia bursátil, las que 
suman poco más de un centenar). Luego, con el paso de los años, el uso de esta norma irá siendo 
obligatorio para un espectro mayor de empresas. 
 
Es importante destacar que después de la adopción de las normas IFRS, en nuestro país van a 
convivir los dos enfoques normativos contables: IFRS y PCGA. Una de las razones esta dualidad 
es que para efectos tributarios ninguna de las normas referidas a la contabilidad tributaria se 
verá modificada por la implementación de las normas IFRS). Uno de los ejemplos más claros de 
esta “doble contabilidad” es el de la corrección por inflación o “corrección monetaria”; según las 
normas IFRS, en Chile se dejará de realizar corrección monetaria a los Estados Financieros, 
mientras que para efectos tributarios, ésta corrección se seguirá realizando. 
 
Adicionalmente, la obligación de adopción del cambiode normas contables sólo se aplica para un 
grupo pequeño de empresas, por lo que el resto de las empresas no necesariamente adoptarán 
IFRS, o bien, lo hará en distinto plazo. Dentro de este punto es necesario comentar que la 
construcción de estados financieros bajo las normas IFRS es más costosa, debido a que estas 
normas requieren el desarrollo de cálculos más complejos, además de la presentación de una 
mayor cantidad (y desglose) de información, en comparación con los métodos actuales. Dado lo 
anterior, es esperable que las empresas más pequeñas y medianas, que suelen estar más 
restringidas de presupuesto y a las cuales la normativa presumiblemente no les exigirá presentar 
su información contable bajo algún criterio establecido, sigan presentando sus estados 
financieros de acuerdo con la contabilidad tradicional, o una combinación entre ésta y las normas 
IFRS. 
 
Lo anterior explica la necesidad de presentar bajo este curso la forma de contabilización bajo las 
dos normativas (IFRS y PCGA chilenos). 
 5
1.4 Principales Modificaciones Asociadas al Uso de las Normas IFRS. 
 
Dentro de los principales cambios que provocará la adopción de las normas IFRS, podemos 
destacar las siguientes: 
 
i) Valorización según Valor Justo 
 
Con la adopción de las normas IFRS, el Costo Histórico deja de ser el criterio principal a utilizar 
como base de valoración de activos y pasivos. Las normas IFRS utilizan el Criterio del Valor Justo 
como la base primaria de valoración de activos y pasivos. 
 
El Valor Justo se define como “El monto al cual un activo podría ser intercambiado o un pasivo 
liquidado, entre partes informadas y dispuestas en una transacción realizada por partes 
informadas”. El cambio de criterio incorpora un mayor grado de subjetividad en la valoración, 
pues utiliza información de mercado que puede tener distintas interpretaciones dependiendo de 
quién prepara la información, pudiendo llevar a distintos resultados finales. 
 
Más detalles respecto de la valoración bajo Valor Justo se estudiarán en el anexo de IFRS del 
Capítulo 3: Contabilización de Activos, y a lo largo de los capítulos posteriores a ese. 
 
ii) Criterio Conservador 
 
Como consecuencia del cambio de base de valoración desde Costo Histórico a Valor Justo, el 
Criterio Conservador pierde validez. 
 
Bajo el Criterio Conservador, los activos y pasivos deben quedar valorados al menor valor entre el 
Costo Histórico y el Valor de Mercado. La preferencia de utilización del criterio del Valor Justo por 
sobre el Costo Histórico, implica que independiente de que el Valor Justo sea mayor o menor que 
el Costo Histórico, los activos y pasivos debieran quedar valorados al Valor Justo. 
 
iii) Información por Segmentos 
Las normas IFRS establecen que las empresas deben entregar información financiera desagregada 
en segmentos, los cuales pueden ser definidos según las actividades de negocio de la empresa, o 
según las regiones geográficas en las cuales opera. 
La información que deben presentar es principalmente la siguiente: 
• Políticas de contabilidad aplicadas para cada segmento 
• Montos de activos y pasivos de la empresa destinados a las operaciones en cada segmento 
• Resultados de cada segmento, los cuales deben incorporar todos los elementos del 
resultado generados por los activos y pasivos asignados al segmento 
• Gastos que no representan efectivo, es decir, su gasto por depreciación y amortización de 
activos. 
iv) Operaciones Continuas y Operaciones Discontinuas 
Con la adopción de las normas IRFS el formato de presentación del Estado de Resultados sufrirá 
modificaciones. Actualmente, el Estado de Resultados tiene un formato definido, con nombres 
concretos, y cuyos ingresos y egresos se dividen en Operacionales y No Operacionales. 
Bajo las normas IFRS, el Estado de Resultados tiene un formato más libre y todos los resultados 
son considerados como operacionales (resultado de operaciones continuas), dejando de existir la 
separación anterior. Únicamente, se excluye de ese grupo el resultado obtenido a partir de activos 
 6
que son considerados en desuso o para la venta, los que son incorporados en un ítem separado 
del estado de resultados (resultado por operaciones discontinuas). 
v) Corrección Monetaria 
 
De acuerdo a la Norma Internacional de Contabilidad N°29 (IAS 29), que se refiere a la 
Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias, la aplicación de la Corrección 
Monetaria Financiera sólo deberá realizarse en países que reúnan las características de país 
hiperinflacionario. Chile no es un país hiperinflacionario, por lo que no se debe aplicar Corrección 
Monetaria Financiera. 
 
Más detalles respecto de este tema en el anexo de IFRS del Capítulo 2: Corrección Monetaria. 
vi) Estado de Cambios en el Patrimonio 
 
Con la implementación de las normas I.F.R.S., además de los tres estados financieros comunes 
(balance, estado de resultados y estado de fuentes y usos de fondos), se incorporará un cuarto 
estado financiero denominado Estado de Cambios en el Patrimonio el cual tiene como objetivo 
analizar en detalle las variaciones de las cuentas o variables que conforman el patrimonio. Esta 
información se presenta usualmente en los estados financieros en Chile y el mundo, pero 
dentro de sus notas, con lo que al elevarse a la categoría de estado financiero, lo que se ha 
buscado es dar una mayor preponderancia a este tipo de información. 
 
Algunas de las variaciones que debe presentar este estado financiero son las siguientes: 
 
- El resultado del ejercicio. 
- Nuevos aportes de capital. 
- Los dividendos repartidos a los dueños de la empresa. 
- Cambios en los valores de activos y pasivos reconocidos directamente en el patrimonio. 
vi) Otros Cambios 
 
Dentro de la mayor parte de los ítems contables se han incorporado otros cambios más puntuales 
que los comentados recientemente, o se han establecido reglas cuando más de un criterio era 
posible para contabilizar algún tipo de transacción. Dentro de los cambios más relevantes, 
podemos encontrar la eliminación de la amortización a los Menores Valores de Inversiones, la 
modificación de la contabilización de inversiones en el exterior, la modificación en la 
contabilización de los activos biológicos, o la estandarización en la forma de contabilización de 
instrumentos financieros de cobertura de riesgo, por nombrar algunos.