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Ayudantía Impuesto a la Renta Pauta

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Ejercicio. 
 
Se pide: 
 
1. Determine la Renta Líquida Imponible de Primera Categoría para el año comercial 2019 (tributario 
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para efectos tributarios. Si no existe un fundamento se considerará no respondido. Para los ingresos 
ilegales o ilícitos, utilice el criterio del Servicio de Impuestos Internos. De todos modos, debe dar la 
justificación. 
2. Determine el impuesto o pérdida a pagar por la sociedad. 
 
La sociedad Cuarentena Ltda. se dedica a la venta de distintos artículos médicos. No posee otro giro 
declarado ante el Servicio de Impuestos Internos. 
 
A su vez, presenta la siguiente información contable. 
 
Cuentas de ingresos: 
x $105.500.000. obtenidos por la venta de insumos médicos genéricos el año 2019. ES UN INGRESO 
TRIBUTARIO DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 2 N°1 DE LA LIR. 
x $3.000.000 obtenidos en la venta de acciones consideradas ingreso no renta (2019). QUEDANDO 
COMPRENDIDO DENTRO DEL CONCEPTO DE INGRESO ENTENDIDO COMO INCREMENTO 
PATRIMONIAL NO SE CONSIDERA RENTA POR EXPRESA DISPOSICIÓN DE LA LEY.. DEBE 
DEDUCIRDE DE LA DETERMINACIÓN DE LA RLI. 
x $1.500.000 obtenido por la venta de insumos médicos genéricos el año 2020. ES UN INGRESO 
TRIBUTARIO DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 2 N°1 DE LA LIR. 
x $2.500.000 obtenido por la venta de 2 computadores de la compañía el año 2019. ES UN INGRESO 
TRIBUTARIO DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 2 N°1 DE LA LIR. 
x $3.500.000 obtenidos por la venta ilegal de productos vencidos en el año 2019. INGRESOS 
ILÍCITOS SENTENCIA DAVILA. NO DEBE DEDUCIRSE EN LA DETERMINACIÓN DE LA RLI. 
x $2.000.000 obtenidos por la asesoría ilegal a una clínica clandestina en el año 2019. IDEM PUNTO 
ANTERIOR. 
x $1.000.000 recibidos por la venta de productos médicos sin boleta ni factura el año 2019 IDEM 
PUNTO ANTERIOR. 
x $5.000.000 recibidos como pago anticipado a productos que se venderán el año 2020. EL 
ARTÍCULO 29 DE LA LIR ESTABLECE QUE LOS INGRESOS BRUTOS SE DEBEN 
CONSIDERAR EN EL PERÍODO EN QUE SE PERCIBAN O DEVENGUEN. POR LO 
ANTERIORMENTE INDICADO, LOS ANTICIPOS QUE SE RECIBAN POR FUTURAS VENTAS 
DE PRODUCTOS, EN LA MEDIDA QUE INGRESEN MATERIALMENTE AL PATRIMONIO, 
DEBEN TRIBUTAR EN EL PERÍODO EN QUE SE RECIBA. Se aceptaría también una 
fundamentación en torno a que los ingresos anticipados constituyen un pasivo equivalente, en 
consecuencia, no deberían considerarse. Si están los fundamentos, ambas respuestas pueden ser 
correctas. 
 
 
Cuentas de gastos: 
x $30.000.000 pagados a los vendedores contratados por la empresa en el año 2019. SON GASTO 
NECESARIO PARA PRODUCIR RENTAS. 
x $3.000.000 por pago de servicios básicos en el año 2019. CUMPLE CON LOS REQUISITOS DEL 
ARTÍCULO 31 INCISO 1 DE LA LIR PUES ES UN GASTO QUE SE ENCUENTRA ASOCIADO AL 
DESARROLLO Y MANTENCIÓN DEL GIRO POR ENDE ES UN GASTO ACEPTADO. 
x $1.000.000 por pagos de gastos del automóvil del gerente de la empresa (2019). SE DEBE 
AGREGAR A LA DETERMINACIÓN DE LA RLI. Se señaló expresamente en clases (auntes de 
tratar los gastos rechazados) que los gastos asociados a automóviles no eran aceptados. 
x $100.000 dados como donación al cuerpo de bomberos (2019). ES UN GASTO ESPECIFICO 
CONTEMPLADO EN EL 31 N°7 LIR. NO EXCEDE EL LÍMITE DEL 2% DE LA RLI POR ENDE ES 
DEDUCIBLE COMO GASTO ACEPTADO. 
x $5.000.000 que se adeudan a distintos proveedores por productos entregados el año 2019. CUMPLE 
CON LOS REQUISITOS DEL ARTÍCULO 31 INCISO 1 DE LA LIR PUES ES UN GASTO QUE SE 
ENCUENTRA ASOCIADO AL DESARROLLO Y MANTENCIÓN DEL GIRO POR ENDE ES UN 
GASTO ACEPTADO. 
x $4.000.000 pagados el 2019 a una empresa de leasing, por el leasing financiero de la oficina dónde 
funciona la empresa. CUMPLE CON LOS REQUISITOS DEL ARTÍCULO 31 INCISO 1 DE LA LIR 
PUES ES UN GASTO QUE SE ENCUENTRA ASOCIADO AL DESARROLLO Y MANTENCIÓN 
DEL GIRO POR ENDE ES UN GASTO ACEPTADO. 
x $2.000.000 como depreciación del activo en leasing (oficina dónde funciona la empresa). 
TRIBUTARIAMENTE DICHO ACTIVO NO EXISTE YA QUE NO LE PERTENECE A LA EMPRESA 
QUE LO ARRIENDA POR ENDE LA DEPRECIACIÓN FINANCIERA DEBE AGREGARSE EN LA 
DETERMINACIÓN DE LA RLI. 
x $1.000.000 por pagos hechos sin respaldo. PARA QUE UN GASTO SEA NECESARIO DEBE SER 
ACREDITADO FEHACIENTEMENTE POR ENDE NO ES UN GASTO ACEPTADO Y DEBE SER 
AGREGADO A LA DETERMINACIÓN DE LA RLI. 
x $2.000.000 deudores que la empresa consideró incobrables. ESTAS DEUDAS TIENEN UNA 
ANTIGÜEDAD DE 5 MESES Y NUNCA SE CONTACTÓ A LOS DEUDORES PARA COBRARLES. 
PARA QUE SE ENTIENDA COMO GASTO INCOBRABLE DEBE TENER UNA ANTIGÜEDAD DE 
365 DÍAS Y DEBEN HABERSE AGOTADO PRUDENCIALMENTE LOS MEDIOS DE COBRO POR 
ENDE DEBE AGREGARSE EN LA DETERMINACIÓN DE LA RLI. 
x $50.000.000 pagados por la fiesta de fin de año de la empresa (2019). EN TORNO A LA 
NATURALEZA DEL GASTO, PUEDE SER CORRECTO QUE SE ACEPTE UNA FIESTA DE FIN 
DE AÑO. NO OBSTANTE, NO DEBIERA ACEPTARSE POR SU MONTO. ES 
DESPROPONCIONADO CONSIDERANDO LOS GASTOS E INGRESOS DE LA EMPRESA. 
x $2.500.000 adeudadas a asesores que prestaron servicios relacionados al giro el año 2019. 
CUMPLE CON LOS REQUISITOS DEL ARTÍCULO 31 INCISO 1 LIR POR ENDE ES UN GASTO 
ACEPTADO 
x $2.500.000 pagados el 2019 al hijo del dueño de la empresa como sueldo (el cual no trabaja en la 
empresa). NO ES NECESARIO PARA PRODUCIR LA RENTA PUES EL HIJO NO TRABAJABA 
EN LA EMPRESA DEBIENDO SER AGREGADO A LA DETERMINACIÓN DE LA RLI. 
x $3.000.000 pagados por la cuota de un club de golf (2019) NO DICE RELACIÓN CON EL GIRO DE 
LA EMPRESA POR ENDE NO ES NECESARIO PARA PRODUCIR LA RENTA DEBIENDO SER 
AGREGADO A LA DETERMINACIÓN DE LA RLI. 
x $4.000.000 pagados como publicidad de la empresa. Son Gasto. 
 Ingreso según Balane $124.000.000 
Gastos según Balance $110.100.000 
UTILIDAD SEGÚN 
BALANCE 
$13.900.000 
AGREGADOS $ 
61.500.000 
Gastos del automóvil del 
gerente de la empresa 
 $ 1.000.000 
Pagos hechos sin respaldo $ 
1.000.000 
Deudores que la empresa 
consideró incobrables 
 $ 
2.000.000 
Fiesta de fin de año de la 
empresa 
 $ 
50.000.000 
Sueldo hijo de la empresa $ 
2.500.000 
Depreciación del activo en 
leasing 
 $ 
2.000.000 
Cuota de un club de golf $ 
3.000.000 
DEDUCCIONES 
 
Venta de acciones 
consideradas Ingreso No 
Renta 
 $ 
3.000.000 
RENTA LÍQUIDA 
IMPONIBLE 
 $72.400.000 
Tasa 27% 
IMPUESTO A PAGAR $ 
19.548.000

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