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Ayudantía IVA Ley de impuesto a las ventas y servicios: artículo 1. Decreto de ley Nº825, año 1974 Incluye: ● IVA ● Impuesto a productos suntuarios (De lujo) ● Impuesto a bebidas alcohólicas, analcohólicas y similares ● Impuestos específicos a importaciones de vehículos ● Impuesto a los combustibles Mecanismo básico del IVA: débitos - cuando el IVA se recarga en ventas. créditos - cuando compro materia prima, etc. crédito > débito - monto a usar en periodos posteriores (sino a pagar) ● Se suman los débitos fiscales que se generan con las ventas ● Se restan los créditos fiscales que se generan con las compras Características del IVA ● Carga homogénea: 19% desde el 2003, es homogénea pq no cambia la base imponible, no hay tramos. ● Impuesto indirecto, proporcional. No es como el impuesto a la renta que grava la riqueza, sino que grava lo que las personas hacen con su riqueza. ● Impuesto plurifásico no acumulativo: se grava en cada etapa de la producción del bien, pero no se acumula el IVA pagado en la etapa anterior. ● Mecanismo de auto control: cada uno lo declara ● Grava sólo al mayor valor aportado a la economía ● Evita distorsión de costos ● Impuesto de recargo (en el consumidor final) y declaración ● Impuesto al consumo, lo soporta económicamente el consumidor final (Traslación): la empresa paga el impuesto pero el costo se traslada al consumidor. ● Declaración mensual: se puede pagar hasta el día 12 del mes siguiente, se declara en el formulario 29 donde se declara y paga simultáneamente. IVA: ¿regresivo o progresivo? - Regresivo: Afecta más a los más pobres ya que ellos ahorran menos y gastan la mayor parte de sus ingresos en bienes de consumo. - Progresivo: afecta más a los más ricos porque ellos consumen más y por ende, contribuyen en mayor medida a través del IVA. ● Discusión: si se mira en términos relativos (regresivo) si absolutos (progresivo). Facturas vs boletas La factura se emite a los intermediarios que forman parte de la cadena de comercialización, en cambio la boleta es al consumidor final quien no tiene derecho a crédito fiscal y paga el IVA tota. Trini Correa Trini Correa Trini Correa Trini Correa Trini Correa Trini Correa Trini Correa Trini Correa Trini Correa Trini Correa A través de facturas las empresas pueden tener crédito fiscal. Tienen el nombre, rut de la empresa. Las boletas son más generales. Ejemplo de clase Productor de materia prima: costo de MP (150) = precio (no tiene utilidad) 19%*150 = $29 IVA SE AGREGA 179= total facturado FABRICANTE: 150 = costo de la MP por la factura (pq paga con factura) 70 = otros costos ----- 220 1,25 (ut) * 220 = 275 0,19 * 275 = 52+ 275 = 327 AL MAYORISTA: 52 pesos de impuestos - débito para el fabricante fabricante tiene un crédito acumulado de 29 pesos pq compró materia prima 52 - 29 = 23 275 + 30 (otros costos) = 305 * 1,4 = 427 427*1,19 = 81 = 508 diferencia de impuestos: 29 pesos precio de vta: 555 (Por ut 30%) y como es el consumidor final: 555*1,19 = 661 Débito de 105 (crédito de 81 - diferencia de 24 pesos) 105 lo paga el consumidor final, se obtiene también sumando 29+24+29+24 Importante: ● El consumidor final paga el IVA total, el cual está incluido en el precio de venta que le cobra el minorista ● Si el minorista no emite boleta, se pierde el 100% del IVA generado en la cadena productiva. IVA: elementos del impuesto ● Base imponible: cuantificación del hecho gravado ● Tasa: 19% ● Devengo: nacimiento de la obligación de pagar el IVA ● Sujeto pasivo: vendedores y prestadores de servicio ● Sujeto activo: fisco ● Hecho gravado: hace nacer la obligación de pagar el impuesto. En el caso de los impuestos, afectos al IVA: - Ventas: toda convención que sirva para transferir a título oneroso (Debe existir un sacrificio económico/contraprestación). Se requiere habitualidad. - Servicios: acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquier otra forma de remuneración, siempre que provenga del ejercicio de las actividades comprendidas en los N.3 y 4 del art.20 de la LIR. No se requiere habitualidad. *La habitualidad la determina el SII. - Hechos asimilados a ventas y servicios: no son ventas y servicios en sí, pero aplica el IVA: - Importaciones - Aporte de sociedades de bienes de giro Trini Correa Trini Correa Trini Correa - Adjudicaciones de bienes de giro - Retiro de bienes - Contratos de instalación o confección de especialidades y contratos generales de construcción. - Venta establecimientos de comercio y universalidades - Estacionamiento de automóviles - Arrendamiento de marcas y patentes - Servicios digitales - Ventas de activos fijos - Otros Ayudantía RLI ojo 2020, no 2019 suma 61,5 MM lo verde 13,9 + agregados + deducciones * 0,27 = impuesto a pagar CONCLUSIÓN → ingresos que no corresponden se deducen → gastos que no deben ser gastos se suman Clases → Módulo 3: IVA Ley de impuestos a las ventas y servicios: ART. 1º D.L Nº 825/1974 ● Impuesto al valor agregado ● Impuestos a productos suntuarios ● Impuesto a Bebidas Alcoholicas, Analcoholicas y Similares ● Impuesto específico a Importación de Vehículos ● Impuesto a combustibles IVA: - Impuesto al consumo en Chile Boo .ORG¡GPTBIT→ÍT•µaaaaz_avanzaremosavalada
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