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QUEJOSO: MARIO GASTÓN TOLEDO CASTILLO 
JUICIO DE: AMPARO INDIRECTO
INICIO
 
C. JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO
EN TURNO
PRESENTE
			MARIO GASTÓN TOLEDO CASTILLO, mexicano, mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en calle Pablo L. Sidar ·3116, Colonia Aviación, de la ciudad de Tijuana, Baja California; autorizando en los términos del artículo 27 de la Ley de Amparo para que en mi nombre las reciba al C. Licenciado Javier Alfaro Gómez y al Pasante de Derecho Erick Gómez Tagle Beltrán, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:
		Con fundamento en los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a solicitar Amparo y Protección de la Justicia Federal, contra actos de autoridad que por separado señalaré; para tales efectos me sujeto a los términos del artículo 116 de la Ley de Amparo, proporcionando lo siguiente:
I.- Nombre y Domicilio del Quejoso: Mario Gastón Toledo Castillo, Calle Tonala # 1530, Colonia Ampliación Guaycura, Tijuana, Baja California, de ocupación empleado con cuatro dependientes económicos con ingresos mensuales de 3,000.00 pesos mensuales Moneda Nacional .
II.- Nombre y Domicilio del Tercer Perjudicado; En el presente caso no existe. 
III.- Autoridad Responsable: En su carácter de ejecutora
1).- COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD (ORGANISMO DESCENTRALIZADO QUE FORMA PARTE DEL SECTOR PARAESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL)
ACTO RECLAMADO
			De la autoridad señalada como responsable en esta demanda de garantías, reclamo un doble cargo por concepto de derecho de alumbrado público, derivado a que la persona ya había realizado el pago (Si este hubiese sido legal) Resultando Inconstitucional por ser una ley Estatal y solo el Federal es el encargado de aplicar.
GARANTÍAS VIOLADAS
 doble cobro de impuesto del 8%, en el caso de que fuese lega e inconstitucionalidad de aplicación de la tasa de impuesto del 8%. violan en perjuicio del suscrito, las garantías de audiencia y de legalidad consagradas en los artículos 14 y 16 de nuestra carta magna.
PROTESTA LEGAL
		Bajo protesta de decir verdad, manifiesto a su Señoría, que los hechos y abstenciones, que me constan y que constituyen los antecedentes de los actos reclamados, y fundamento de los conceptos de violación que más adelante harán valer, son ciertos, siendo los siguientes:
ANTECEDENTES DE LOS ACTOS RECLAMADOS
			En fecha 10 (diez) de diciembre del 2020 (dos mil veinte), mi representada, erogó en favor de la Comisión Federal la Electricidad, las cantidades de $536,839.00 (quinientos treinta y seis mil ochocientos treinta y nueve pesos 00/100 m.n.) y $201,125.00 (doscientos un mil ciento veinticinco pesos 00/100 m.n.), en donde se incluye el pernicioso pago por concepto de “Derecho de Alumbrado Público” por las cantidades de $34,634.82 (treinta y cuatro mil seiscientos treinta y cuatro pesos 82/100 m.n.) y $12,975.84 (doce mil novecientos setenta y cinco pesos 84/100 m.n.), cantidades que derivaron de aplicar una tasa del 8% (ocho por ciento) sobre el subtotal del consumo de energía eléctrica, dando lugar así a la aplicación del acto inconstitucional	 sin motivo ni causa que lo justifique, acudo al Amparo y Protección de la Justicia Federal.
CONCEPTOS DE VIOLACIÓN
		Resulta evidente que el actuar de la autoridades señaladas como responsables en el cuerpo de esta demanda de garantías, violan en mi perjuicio al no estar facultado el Congreso del Estado para fijar un impuesto en materia de energía eléctrica, actuó fuera de los límites de las atribuciones que le confiere la Constitución Federal, transgrediendo los artículos 16 y 124 de ese ordenamiento, toda vez que fue más allá de su esfera de competencia y, en consecuencia, vulnera el diverso artículo 73, fracción XXIX, numeral 5o., inciso a), de la propia Norma Fundamental, y el actuar por propia iniciativa sin existir mandamiento de autoridad competente que fundamente el actuar de la autoridad, hara que su Señoría estime como suficiente esta circunstancia y mediante sentencia definitiva me conceda el Amparo y Protección de la Justicia Federal que mediante este ocurso solicito.
INCIDENTE DE SUSPENSIÓN
		Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 124 Fracción I de la Ley de Amparo, en este acto solicito a su Señoría me conceda la suspensión provisional de los Actos Reclamados, y en su oportunidad la definitiva de lo mismo, para el efecto de no efectuar el doble pago del impuesto, hasta en tanto se resuelva el fondo del amparo promovido en contra de los actos de autoridad previamente señalados.
	Por lo anteriormente expuesto y fundado, ante Usted, C. Juez de Distrito en el Estado atentamente pido:
PRIMERO: Me tenga por presentado en los términos de este escrito, y copias de ley que se acompañan, solicitando Amparo y Protección de la Justicia Federal, contra actos de autoridades previamente señaladas en el proemio de este escrito de demanda.
SEGUNDO: Se me conceda y me sea expedida copia certificada por duplicado de la medida precautoria solicitada en el capitulo respectivo, toda vez que con esta medida, no se lesionan normas de interés general como tampoco se vulnera el Orden Público, autorizando para que en mi nombre las reciban los profesionistas mencionados en el proemio del presente.
TERCERO: Concluida que sea la secuela procesal, mediante sentencia definitiva, declarar que la Justicia de la Unión, me ampare y protege contra los actos de autoridad motivantes de la presente demanda de garantías.
PROTESTO CONFORME A DERECHO
Tijuana, Baja California a 17 de agosto de 2006
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MARIO GASTÓN TOLEDO CASTILLO

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