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2 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES “ARAGÓN” PROYECTO DE T E S I S PARA OBTENER EL TÍTULO DE : INGENIERO CIVIL P R E S E N T A : Víctor Daniel Lemus Hernández ASESOR: M. en I. Mario Sosa Rodríguez MÉXICO 2009 “Prontuario de Supervisión de Obra” UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. 3 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL AGRADECIMIENTO A quienes jamás encontraré la forma de agradecer el cariño, comprensión y apoyo brindados en las derrotas y logros obtenidos haciendo de éste, un triunfo más suyo que mío, por la forma en que lo hemos compartido y sólo espero que comprendan que mis ideales, esfuerzos y logros han sido también suyos e inspirados en ustedes. Con agradecimiento y respeto a todos los que intervinieron para que llegara a lograr un objetivo más en la vida. 4 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL Í N D I C E INTRODUCCIÓN…………….…….………..…….………………..…………….7 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA………………...………..….…...………...9 JUSTIFICACIÓN……….……….………………..………….………….……..…10 HIPÓTESIS…………………………….………………....................……………11 ANTECEDENTES……………………..………….……...…………....…….……12 CAPÍTULO 1. OBRA PÚBLICA MUNICIPAL………………….……………….23 1.1 Definición de Obra Pública municipal……………..……………………….……….23 1.2 Descripción general del proceso de una Obra Pública Municipal……………26 CAPÍTULO 2. CONTROL DE OBRA PÚBLICA…….…………………..……...43 2.1 Definición de control y Control de Obra Pública………..………………………..43 2.2 Control de calidad……………………………………………….…………..………….44 2.3 Control de tiempo………………………………………..…….………...……………..44 2.4 Control de costo……………………………..……………………………….………….45 5 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL CAPÍTULO 3. MARCO NORMATIVO……………………………………..…..47 3.1 Panorama General de la Normatividad…..…………..……...……..…..………..47 3.2 Libro Decimosegundo del Código Administrativo del Estado de México….52 3.3 Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México…………………………………………………………………………….53 CAPÍTULO 4. SUPERVISOR DE OBRA PÚBLICA……………………………..55 4.1 Definición de Supervisor de Obra Pública y sus actividades…………..….…..55 4.2 Perfil del Supervisor de Obra Pública……………………….………………..…….59 CAPÍTULO 5. PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL………………………………………………………………………63 5.1 Elementos de control previos al inicio de la supervisión de una obra……………………………………………………………….…….……………...…….…64 5.1.1 Asignación de responsables en la ejecución de una obra pública…………..……………………………………………………………...64 5.1.2 Expediente de obra (archivo)………………..……………………..…..…65 5.1.3 Catálogo de conceptos contratado……..……….…….………………67 5.1.4 Proyecto ejecutivo………………………….…………….………….…..….69 5.1.5 Especificaciones y normas técnicas de construcción……………..…70 5.1.6 Levantamiento del estado actual donde se desarrollará la obra…73 5.1.7 Cuantificación de volúmenes de obra…………………...................…74 5.1.8 Contrato de obra pública.………….……………..………………..…..…75 5.2 Elementos de control en el inicio de la obra……….....……..……………..…….76 5.2.1 Definición de bitácora……………………………………...…....…………76 6 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL 5.2.2 Apertura de bitácora………………….…………..…………….……..…...78 5.2.3 Indicaciones para el inicio de los trabajos preliminares………...…...80 5.3 Elementos de control de obra durante el proceso de ejecución ………………………………………………………………...………………………..…..……82 5.3.1 Supervisión de calidad de los trabajos……………………...…...………82 5.3.2 Control de avance de obra (programas)………………...….……..….85 5.3.3 Contenido de notas de bitácora……….…………………..……..…..…87 5.3.4 Reprogramación de obra…………………………………………….…....90 5.3.5 Convenio por ampliación de plazo……………………..……………….91 5.3.6 Ajuste de costos y/o escalatorias…………..……………….………….…93 5.3.7 Control de precios unitarios extraordinarios…………..….…………….94 5.3.8 Números Generadores de obra………………………...………………...98 5.3.9 Control en la Integración de Estimaciones.……………………..……...99 5.4 Elementos de control para la conclusión de obra……..……………...………101 5.4.1 Revisión general de la obra………….…….….……..…………………..101 5.4.2 Nota de cierre de bitácora……………….…...……….………..............101 5.4.3 Recepción física de los trabajos...……….……….……………………..102 5.4.4 Acta de firma de finiquito………………………..…………...…………..103 CONCLUSIONES………………..……………………………...…….……….106 GLOSARIO DE TÉRMINOS……………………………..….……….…………108 BIBLIOGRAFÍA…………………………………………..……..………………111 7 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL INTRODUCCIÓN Antes que nada iniciaremos citando que la administración es la coordinación de los recursos a través de las actividades de la planeación, organización, dirección y control. En relación al tema de manuales se establece que estos son documentos que permiten la organización y el control para orientar y facilitar la toma de decisiones en relación a ciertas tareas encomendadas. En la obra pública existen diferentes elementos a controlar que en resumen son los siguientes: a) control de costo, b) control de tiempo y c) control de calidad, los cuales permitirán llevar un orden que nos facilite detectar a tiempo si existen posibles desviaciones. La Obra Pública Municipal tiene como prioridad construir, rehabilitar o conservar bienes inmuebles que presten un servicio a la comunidad pudiéndose resumir en dos rubros: a) Obra Pública de Edificación y b) Obra Pública de Infraestructura. Toda Obra Pública Municipal abarca diferentes etapas de las cuales podemos citar las siguientes: planeación, programación, presupuestación, modalidad de ejecución (podrá realizarse por contrato o por administración directa), contratación, ejecución de trabajos y conclusión de obra. La Obra Pública siempre estará regida por un marco normativo, para lo cual será de vital importancia que el supervisor esté empapado de la existencia y aplicación de la normatividad vigente para evitar faltas u omisiones, que se pudieran dar durante el desarrollo del proyecto. 8 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL El supervisor de Obra Pública debe ser un profesionista comprometido a la óptima realización de una obra, tomando en cuenta durante el proceso de la misma toda previsión dando solución a cualquier contratiempo que se presente. A través del prontuariode control de la supervisión de Obra Pública Municipal se analizan y explican todos los elementos que intervienen en el proceso de la ejecución de los trabajos, los cuales se clasifican en cuatro etapas: Elementos de control previos al inicio de la obra Elementos de control para el inicio de la obra Elementos de control durante el proceso de ejecución Elemento de control para la conclusión de la obra. 9 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA La falta de conocimiento de cómo llevar el control en el desarrollo de una Obra Pública, genera en los egresados de la carrera cierta inquietud, cuando éstos tienen que confrontarse con el campo laboral, el cual en la actualidad dentro de su normatividad vigente (Libro Decimosegundo del Código Administrativo del Estado de México y su Reglamento) exige que los supervisores deberán de contar con una certificación de conocimientos y habilidades en la materia. 10 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL JUSTIFICACIÓN Cuando un profesionista se inicia como Supervisor de Obra Pública dentro de un Municipio éste carece de los conocimientos necesarios para desempeñar estas funciones, lo que a la larga da como resultado un descontrol total y posiblemente edificaciones de pésima calidad. Sin embargo cuando se cuenta con un prontuario que nos va indicando paso a paso el análisis y comprensión de todos los elementos que intervienen en cada una de las etapas del control en el proceso para supervisión de obra pública el resultado es diferente, porque desde el inicio de sus funciones el egresado tendrá un panorama general del área donde se desarrollará. 11 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL HIPÓTESIS Se realizará un prontuario de control de la supervisión de Obra Pública Municipal, el cual describirá información sobre los elementos que intervienen en el proceso administrativo de la obra tales como presupuesto base, especificaciones, normas técnicas generales y particulares, contrato de obra pública, bitácora, números generadores, formulación de estimaciones, oficios de diferimiento de plazo, convenios por ampliación en plazo o en monto, indicación, revisión y autorización de precios extraordinarios, minutas de obra, finiquito, etc. Con la realización de este prontuario se pretende ayudar al egresado a incorporarse de una manera más eficiente al campo laboral como servidor público. 12 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL ANTECEDENTES ADMINISTRACIÓN Se define la administración como un proceso muy particular y consistente, en las actividades de planeación, organización, dirección y control, desempeñadas para determinar y alcanzar los objetivos señalados mediante el manejo de recursos materiales, humanos, económicos y financieros, la administración es una actividad que convierte los recursos humanos y materiales desorganizados en recursos útiles y efectivos, así mismo, su objetivo es el de coordinar los recursos y esfuerzos de un grupo social para obtener una productividad con mayor eficacia, eficiencia y el menor esfuerzo posible. CARACTERÍSTICAS DE LA ADMINISTRACIÓN UNIVERSALIDAD: El fenómeno administrativo se da donde quiera que existe un organismo social, porque en él tiene siempre que existir coordinación sistemática de medios. La administración se da por lo mismo en el Estado, en el ejército, en la empresa, en las instituciones educativas, en una sociedad religiosa, etc. y los elementos esenciales en todas esas clases de administración serán los mismos, aunque lógicamente existan variantes accidentales. Se puede decir que la administración es universal porque ésta se puede aplicar en todo tipo de organismo social y en todos los sistemas políticos existentes. SU ESPECIFICIDAD: Aunque la administración va siempre acompañada de otros fenómenos de índole distinta, el fenómeno administrativo es específico y distinto a los que acompañan. Se puede ser un magnífico ingeniero de producción y un 13 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL pésimo administrador. La administración tiene características específicas que no nos permite confundirla con otra ciencia o técnica. La administración se auxilia de otras ciencias y técnicas, tiene características propias que le proporcionan su carácter específico, es decir, no puede confundirse con otras disciplinas. SU UNIDAD TEMPORAL: Aunque se distingan etapas, fases y elementos del fenómeno administrativo, éste es único y, por lo mismo, en todo momento de la vida de una empresa se están dando, en mayor o menor grado, todos o la mayor parte de los elementos administrativos. Así, al hacer los planes, no por eso se deja de mandar, de controlar, de organizar, etc. SU UNIDAD JERÁRQUICA: Todos cuantos tienen carácter de jefes en un organismo social, participan en distintos grados y modalidades, de la misma administración. Así en una empresa forman un solo cuerpo administrativo, desde el gerente general, hasta el último mayordomo. VALOR INSTRUMENTAL: La administración es un medio para alcanzar un fin, es decir, se utiliza en los organismos sociales para lograr en forma eficiente los objetivos establecidos. AMPLITUD DE EJERCICIO: Se aplica en todos los niveles de un organismo formal, por ejemplo, presidentes, gerentes, supervisores, ama de casa, etc. INTERDISCIPLINARIEDAD: La administración hace uso de los principios, procesos, procedimientos y métodos de otras ciencias que están relacionadas con la eficiencia del trabajo. Está relacionada con matemáticas, estadística, derecho, economía, contabilidad, sociología, psicología, filosofía, antropología, etc. 14 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL FLEXIBILIDAD: Los principios y técnicas administrativas se pueden adaptar a las diferentes necesidades de la empresa o grupo social. PROCESO ADMINISTRATIVO Lo definimos como: una secuencia ordenada en tiempo y espacio de actividades relacionadas entre sí, con el fin de optimizar los recursos en base a objetivos predeterminados. El saber coordinar los recursos humanos es un aspecto importante para llevar a buenos términos la culminación del proceso administrativo, sin embargo; parece más exacto concebirlo como la habilidad con la que deberá contar el administrador para armonizar los esfuerzos individuales que se encaminan al cumplimiento de las metas del grupo. Así pues, entendemos al proceso administrativo como una herramienta técnica de la que se vale la administración para el desarrollo de algún proyecto y que se compone de 4 etapas que siguen una secuencia lógica, que son: PLANEACIÓN, ORGANIZACIÓN, DIRECCIÓN Y CONTROL. PLANEACIÓN: Fase por medio de la cual se establecen metas y objetivos en base a la recopilación y análisis de datos, tomando en cuenta los recursos disponibles y adaptando la alternativa de acción más adecuada. La planeación es un instrumento de reflexión, decisión y acción que ayuda a definir objetivos, determinar acciones e identificar oportunidades para alcanzar un éxito integral. 15 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL La planeación es esencial para que las organizaciones logren óptimos niveles de rendimiento, estando directamente relacionada con ella,la capacidad de una empresa para adaptarse al cambio, incluye elegir y fijar las misiones y objetivos de la organización, determinar las políticas, proyectos, programas, procedimientos, métodos, presupuestos, normas y estrategias necesarias para alcanzarlos, incluyendo la toma de decisiones. Los propósitos de la planeación podemos enumerarlos en cuatro puntos: 1.- Disminuir el riesgo del fracaso. 2.- Evitar los errores y asegurar el éxito de la empresa. 3.- Administrar con eficiencia los recursos de la empresa. 4.- Asegurar el éxito en el futuro. ORGANIZACIÓN: Fase por la cual se definen responsabilidades y autoridad y se designan los recursos que respondan a la consecución de los objetivos planteados. Toda empresa consta necesariamente de una forma de organización de acuerdo a sus necesidades, por medio de la cual se ordenan las actividades, los procesos y el funcionamiento de la misma. La organización requiere de actividades como la definición de tareas, selección y colocación de los empleados, autoridades y responsabilidades; siendo así la función de correlación entre los componentes básicos de la empresa para que se pueda llevar acabo el plan de acción y lograr los objetivos de la misma. 16 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL Pasos básicos para organizar: 1.- Dividir la carga de trabajo entera en tareas que puedan ser ejecutadas, en forma lógica y cómoda, por personas o grupos, (división del trabajo). 2.- Combinar las tareas en forma lógica y eficiente; la agrupación de empleados y tareas suele conocerse como la departamentalización. 3.- Vinculación de los departamentos mediante una jerarquía de la organización. 4.- Establecer mecanismos para integrar las actividades de los departamentos con un fin común, vigilando la eficacia de dicha integración; este proceso se conoce con el nombre de coordinación. La planificación y el control se relacionan directamente con la distribución de autoridad y responsabilidad dentro de toda la empresa. DIRECCIÓN: Es la etapa donde se realiza lo planteado y organizado con el fin de que se logren los objetivos propuestos. Es la capacidad de influir en las personas para que contribuyan a las metas de la organización y del grupo, mediante, la motivación, enfoque de liderazgo, trabajo en equipo y comunicación. La dirección es la supervisión cara a cara de los empleados en las actividades diarias del negocio, en ella encontramos ciertos principios tales como la armonía de objetivos, motivación, liderazgo, claridad en la comunicación, integridad en la comunicación y el uso de complemento de la organización informal. 17 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL La dirección como parte del proceso administrativo se compone de varios elementos: Toma de decisiones: significa la elección de un curso de acción o alternativa, posterior a la definición y análisis del problema. Integración: Adaptación del empleado al ambiente de trabajo, para posteriormente capacitarlo en las actividades relacionadas con el puesto a desempeñar. Supervisión: Consiste en vigilar y guiar a los subordinados de tal forma que las actividades se realicen adecuadamente. CONTROL: Es la parte evaluativa de la administración que implica mecanismos de registros establecimientos, de datos para ver si se está acercando a los objetivos y en qué medida. Es la función administrativa que consiste en medir y corregir el desempeño individual y organizacional para asegurar que los hechos se ajusten a los planes y objetivos de las empresas. Un proceso de control se lleva acabo mediante la comparación del desempeño (resultados reales) con las metas y normas planificadas, seguido de la preparación de un informe que compare los resultados con lo planificado; es hacer una selección (acción correctiva) del menú de alternativas y ponerla en práctica haciendo el seguimiento necesario para evaluar la efectividad de la corrección. 18 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL Las etapas del proceso administrativo a su vez están constituidas por las siguientes fases que responden a preguntas tales como: PLANEACIÓN ¿Qué se va a hacer? ¿Qué se quiere hacer? ¿Con qué se va hacer? MECÁNICA ORGANIZACIÓN ¿Para cuándo se va hacer? ¿Cómo se va hacer? Estas funciones se llevan acabo esencialmente en la oficina central, es decir, es un trabajo de gabinete. DIRECCIÓN Ver que se haga DINÁMICA CONTROL ¿Cómo se está realizando? Estas funciones se realizan ya en el terreno de construcción, es decir, son trabajos de campo. A continuación se indicarán los ELEMENTOS que integran a cada una de estas etapas, y que son las siguientes: Objetivos Estrategias PLANEACIÓN Políticas Procedimientos Programas Presupuestos 19 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL División del trabajo ORGANIZACIÓN Jerarquías Departamentación Funciones y obligaciones Aspecto Humano Motivación Comunicación DIRECCIÓN Toma de decisiones Supervisión Coordinación Recursos Establecimiento de Estándares Medición CONTROL Comparación Corrección Retroalimentación ELEMENTOS DEL CONTROL Establecimiento de estándares: Es la aplicación de una unidad de medida, que servirá como modelo, guía o patrón y en base a ella se efectuará el control. Medición de resultados: La acción de medir la ejecución y los resultados, puede de algún modo modificar la misma unidad de medida. 20 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL Corrección: La utilidad concreta y tangible del control está en la acción correctiva para integrar las desviaciones en relación con los estándares. Retroalimentación: El establecimiento de medidas correctivas da lugar a la retroalimentación; es aquí en donde se encuentra la relación más estrecha entre la planeación y el control. MANUAL Los manuales son documentos que sirven de medios para la comunicación y coordinación, que permiten registrar y transmitir en forma ordenada y sistemática la información de una organización Entre los elementos más eficaces para la toma de decisiones en la administración, destacan el relativo a los manuales, ya que facilitan el aprendizaje de la organizacióny control, por una parte, y por la otra proporcionan la orientación precisa que requiere la acción humana en las unidades administrativas, fundamentalmente a nivel operativo o de ejecución, pues son una fuente de información en las cuales se trata de mejorar y orientar los esfuerzos de un empleado, para lograr la realización de las tareas que se le han encomendado. OBJETIVOS DE LOS MANUALES De acuerdo con la clasificación y grado de detalle, los manuales administrativos permiten cumplir con los siguientes objetivos: a) Instruir al personal, acerca de aspectos tales como: objetivos, funciones, relaciones, políticas, procedimientos, normas, etc. 21 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL b) Precisar las funciones y relaciones de cada unidad administrativa para deslindar responsabilidades, evitar duplicidad y detectar omisiones. c) Coadyuvar a la ejecución correcta de las labores asignadas al personal, y propiciar la uniformidad en el trabajo. d) Servir como medio de integración y orientación al personal de nuevo ingreso, facilitando su incorporación a las distintas funciones operacionales. e) Proporcionar información básica para la planeación e implementación de reformas administrativas. f) Permite conocer el funcionamiento interno por lo que respecta a descripción de tareas, ubicación, requerimientos y a los puestos responsables de ejecución. g) Auxilian en la inducción del puesto y al adiestramiento y capacitación del personal. h) Sirve para el análisis o revisión de los procedimientos de un sistema. i) Interviene en la consulta de todo el personal. j) Emprender tareas de simplificación de trabajo como análisis de tiempos, delegación de autoridad, etc. k) Para establecer un sistema de información o bien modificar el ya existente. l) Determina en forma más sencilla las responsabilidades por fallas o errores. m) Facilita las labores de auditoría, evaluación del control interno y su evaluación. n) Construye una base para análisis posterior del trabajo y el mejoramiento de los sistemas, procedimientos y métodos. 23 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL CAPÍTULO 1. OBRA PÚBLICA MUNICIPAL 1.1 DEFINICIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL La Obra Pública Municipal es todo aquel trabajo ejecutado por la administración municipal por sí mismo o por medio de terceros, con recursos propios o de manera conjunta con otras instituciones públicas o privadas, consistentes en construir, rehabilitar, o conservar bienes inmuebles o instalaciones que se utilicen para la prestación de un servicio público o que fomenten el desarrollo económico-social del Municipio o la región, mediante la ejecución de Obra Pública. La obra pública se puede clasificar en dos tipos: Obra Pública de Edificación: Abarca todo trabajo de construcción, rehabilitación y conservación de edificios de uso público (museos, escuelas, clínicas, hospitales, cementerios, monumentos, centros de recreación, edificios históricos, etc.). Obra Pública de Infraestructura: Comprende la ejecución de obras urbanas para la prestación de servicios públicos (red de agua potable, drenaje y alcantarillado, calles, avenidas, pasos a desnivel, alumbrado público, etc.) ORIGEN DE RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA AUTÓNOMA O DIRECTA. Es cuando el municipio destina una parte de sus recursos previsto en su *presupuesto de egresos para que sean ejercidos por una unidad administrativa propia, las obras consideradas para ejecutar durante el periodo de una administración deben de ser las que están consideradas dentro del rubro de 24 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL primer orden o de mayor prioridad e indispensables a las necesidades de sus habitantes. De igual manera el ayuntamiento tiene la facultad de crear comités o utilizar sus propias unidades administrativas para que realice determinadas obras públicas, trasladando proporcionalmente su costo (material o mano de obra) a los propietarios o poseedores de predios beneficiados por la realización de ellas. BIPARTITA Tanto en el Libro Décimosegundo del código Administrativo del Estado de México, así como en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, se establece la obligación de celebrar convenios entre dos o más dependencias o entidades por cuanto a los términos para la coordinación de acciones y el financiamiento que cada una de ellas realizará o adoptará en una Obra Pública. Esa disposición legal brinda al ayuntamiento la posibilidad de celebrar convenios con otras dependencias públicas (municipio con otro municipio, municipio con el Estado y municipio con el Gobierno Federal). CONVENIO ESTADO-MUNICIPIO Un municipio puede coordinarse con el Gobierno Estatal para que éste asuma total o parcialmente ya sea la prestación de un servicio público, la ejecución de una obra o la operación de obras que por razones de insuficiencia de recursos tanto técnicos, como humanos y financieros, no pueda realizar por sí mismo el ayuntamiento. El convenio debe reunir las siguientes características: A. Tener un acuerdo de cabildo B. Contar con descripción detallada de la Obra C. Motivo de convenio (costo, especificaciones técnicas, proyecto ejecutivo) D.- El término del convenio, el cual no deberá exceder el periodo de la administración municipal, en caso contrario se deberá contar con autorización. 25 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL E. Las acciones que se comprometen a desarrollar tanto el Gobierno del Estado como el Municipio. F. La manera en la que concluirá el convenio, así como las responsabilidades de cada uno. CONVENIO MUNICIPIO-GOBIERNO FEDERAL Este tipo de convenios deberá contener la descripción detallada de la obra o proyecto por desarrollar, así como la integración del costo (presupuesto base), planos, proyectos y las especificaciones técnicas necesarias, los términos para la coordinación de las acciones de ambas dependencias, la cantidad y condiciones en que se acuerde la donación, préstamo o suministro de materiales. ASOCIACIÓN MUNICIPAL Es la asociación de dos o más municipios los cuales se unen con el propósito de ejecutar una obra en común, la cual será de un beneficio recíproco. En esta asociación se debe de tomar en cuenta las ventajas y/o desventajas del convenio, acordar las bases de asociación mediante una sesión de cabildo, sentar por escrito los deberes y obligaciones de cada municipio. Algunas ventajas de la asociación Municipal sería la posibilidad de ejecutar obras de un alto costo, reduciendo las aportaciones que a cada ayuntamiento le corresponderían, permitiendo que un municipio se integre en una unidad geográfica, económica, política contribuyendo a su fortalecimiento. ASOCIACIÓN TRIPARTITA Es la asociación de gobierno federal, estatal, municipal, o dos de ellos y los particulares, todos enfocados a la ejecución de una obra. 26 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL 1.2 DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROCESO DE UNA OBRA PÚBLICA MUNICIPAL El desarrollo de una obra comprende básicamente tres etapas (ver organigrama) las cuales son las siguientes: PRIMERA ETAPA: Planeación Programación Presupuestación SEGUNDA ETAPA: Modalidad de contratación o ejecución (por contrato o administración directa) TERCERA ETAPA: Ejecución de la obra. 27 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL FLUJOGRAMA DEL PROCESODE UNA OBRA PÚBLICA MUNICIPAL ACTO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS ANALISIS DETALLADO DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS ACTO DE APERTURA DE PROPUESTAS ECONÓMICAS ANALISIS DETALLADO DE LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS DICTAMEN PARA EL FALLO ACTO DE FALLO INVITACIÓN RESTRINGIDA TRES PERSONAS CUANDO MENOS ADJUDICACIÓN DIRECTA CUMPLIR CON LOS REQUISITOS QUE MARCA LA LEY REQUIERE DE 3 PROPUESTAS PARA SU EVALUACIÓN SI NO SE DECLARARA DESIERTO CUMPLIR CON LOS REQUISITOS QUE MARCA LA LEY DICTAMEN PARA LA ADJUDICACIÓN FIRMADO POR EL TITULAR RESPONSABLE EMISIÓN DEL ACUERDO POR EL TITULAR DEL ÁREA RESPONSABLE CONTRATACIÓN EJECUCIÓN DE LA OBRA O SERVICIO TERMINACIÓN Y RECEPCIÓN DE LA OBRA O SERVICIO FINIQUITO MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN O ASIGNACIÓN OBRAS POR CONTRATOOBRAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA EXCENTOS DE LICITACIÓN PÚBLICA LICITACIÓN PÚBLICA CONVOCATORIA PÚBLICA INSCRIPCIÓN DISPOSICIÓN DE RECURSOS PL ANEACIÓN PROGRAMACIÓN PRESUPUESTACIÓN ¿SE CUMPLEN LOS REQUISITOS PARA EJECUTAR LAS OBRAS Y/ O SERVICIOS? REGRESAR PARA FORMULAR LOS AJUSTES CORRESPONDIENTES NO SI 28 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL PLANEACIÓN. La planeación de obra es un proceso racional (teórico y práctico) que permite determinar los objetivos que se han de lograr, elegir o diseñar los medios y estrategias para lograrlo, debiendo contar para ello con información completa y confiable de la situación real de la comunidad. La planeación va a determinar la forma de ejecución de la obra, ya sea por contrato o por administración directa. En el caso de contrato, precisar las áreas responsables de la contratación y la supervisión de los trabajos y en el caso de obras por administración directa, de los responsables de las áreas de ejecución, así como la del suministro de materiales. No es recomendable bajo ninguna circunstancia, construir o edificar, por el simple hecho de hacerlo, pensando que algún uso pudiera tener después de realizado. Debe evitarse planear obras que tengan apariencia y poca funcionalidad, o bien sean ostentosas. La planeación de la obra pública comprende el conjunto de actividades necesarias para la debida programación, presupuestación, ejecución, seguimiento, control y evaluación. Las actividades básicas que conlleva la planeación de una obra son: a) La descripción de la obra, b) El análisis de factibilidad, c) La integración del proyecto ejecutivo considerando en el desarrollo de éste como una obligación a las personas con capacidades diferentes, d) La determinación de normas técnicas y de calidad de materiales y equipos de instalación permanente, e) La determinación de especificaciones particulares de construcción de así requerirse, f) El programa de ejecución, g) El presupuesto. 29 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL Las características de la planeación son: 1.- La factibilidad de ejecutar la obra, es decir que cuente con la posibilidad de llevar a cabo la obra, considerando la situación social y económica que guarde tanto la comunidad como el ayuntamiento. 2.- La contabilidad del objeto planeado, conociendo con precisión o en forma aproximada sus dimensiones, su costo, su fuente de financiamiento y la población beneficiada 3.- La flexibilidad, considerando los posibles cambios que ocurran y las soluciones o modificaciones que haya que aplicar. 4.- Los elementos de unidad, siendo resultado de una necesidad general de comunidad, así como responder a un plan de desarrollo municipal. PROGRAMACIÓN En los niveles que comprende la planeación se identifican las metas y objetivos de largo, mediano y corto plazo a los que se conoce también como planeación estratégica, táctica y operativa. La primera, abarca la definición de los objetivos y las políticas; la segunda, la selección de los medios por los cuales ha de cumplirse los objetivos específicos. La tercera, la planeación operativa es la programación que consiste en la acción de ordenar y relacionar cronológica, física (sitio de la obra) y técnicamente las actividades y los recursos necesarios para alcanzar en un tiempo dado una meta específica, habiendo establecido ésta previamente, 30 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL tanto en la forma cuantitativa como cualitativa. La programación se resume en proyectos, tareas y acciones calendarizadas. Cabe mencionar que dentro de la etapa de planeación las principales características de la programación son: 1.- Se da dentro de los alineamientos surgidos de la planeación. 2.- Normalmente cubre periodos cortos (un año) 3.- Su parámetro principal es la eficiencia operativa 4.- Establece una relación directa entre los objetivos y las metas 5.- Mantiene una correlación estrecha entre las metas y su costo y tiempo de realización. PRESUPUESTACIÓN El presupuesto de una obra o servicio es el principal instrumento para su administración financiera. Los ayuntamientos al formular un presupuesto específico de una obra o servicio considerarán fechas previstas de inicio y término de la misma. Dicho presupuesto deberá contener: a) la determinación del costo estimado, incluyendo probables ajustes y los gastos de puesta en operación en su caso, b) El programa de ejercicio de los recursos financieros en función del programa de ejecución, c) El programa de suministros en los casos de obras por administración directa: materiales, mano de obra, maquinaria, equipo o cualquier otro accesorio relacionado con los trabajos. 31 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL MODALIDADES DE EJECUCIÓN DE UNA OBRA PÚBLICA Una vez que sea seleccionado o gestionado la vía de financiamiento que se utilizará para la ejecución de una obra, se procede a definir la forma que se adoptará para ejecutar y adjudicar la obra pública. Existen dos formas o modalidades para la ejecución de obras: por administración directa o por contrato. OBRA POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA Las obras por administración directas son aquellas en que el ayuntamiento realiza con sus propios recursos, siempre y cuando la entidad posea la capacidad técnica, la maquinaria y el equipo técnico, trabajadores y materiales que se requieran para el desarrollo de los trabajos. El presupuesto de la obra por administración directa se integrará por costos unitarios. El costo unitario será la suma de los importes por concepto de materiales o equipo de instalación permanente, mano de obra y utilización de maquinaria o equipo de construcción, sean propios o rentados. En el costo unitario no se incluirán cargos por imprevistos, erogaciones adicionales o de índole similar. Cuando las obras se realicen por administración directa, el expediente técnico de la misma deberá incluir en forma anexa la plantilla del personal (técnico y de campo) que llevará a cabo los trabajos, así como el inventario de la maquinaria y equipo de construcción destinado a la obra. Además en el presupuesto deberán desglosar los materiales que se utilizarán en la obra y la mano de obra será presentada en jornales. 32 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL En la ejecución de la obra por administración directa el ayuntamiento podrá: 1. Utilizar mano de obra local, la que necesariamente deba contratarse. 2. Alquilar equipo y maquinaria de construcción complementarios. 3. Utilizar los materialesde la región. 4. Contratar la instalación, equipos, instrumentos, elementos prefabricados terminados. 5. Utilizar fletes y acarreos complementarios. Previo a la realización de los trabajos por administración directa, el titular de la dependencia o entidad emitirá un acuerdo que mínimo contendrá: a. La descripción pormenorizada de los trabajos a ejecutar; b. Los proyectos de ingeniería, arquitectura y otros requeridos; c. Las normas y especificaciones de construcción; d. Plazo de ejecución de los trabajos determinado en días naturales, indicando la fecha de inicio y término de los mismos; e. Los programas de ejecución de los trabajos y de suministro o utilización de los insumos; f. La autorización presupuestal; g. Los permisos y licencias correspondientes; h. El presupuesto total de los trabajos i. Las áreas y servidores públicos responsables de la autorización, supervisión y ejecución de los trabajos; j. El lugar y la fecha; y k. El nombre y firma del servidor público que emite el acuerdo. 33 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL OBRA POR CONTRATO Son aquellas obras en que las unidades ejecutoras (ayuntamiento a través de la dirección de obras públicas) y mediante una licitación pública asignan la ejecución de la obra a una empresa contratista (persona física o moral), dicha determinación apegada a lo establecido en el Libro y Reglamento del Código Administrativo del Estado de México. Existen tres procedimientos para adjudicar un contrato; A) Licitación pública. B) Invitación restringida. C) Adjudicación directa. PROCEDIMIENTOS PARA ADJUDICAR UN CONTRATO LICITACIÓN PÚBLICA La licitación pública es el procedimiento de adjudicación de una obra o de un servicio por convocatoria pública. El procedimiento de licitación pública inicia con la publicación de la convocatoria (en diarios de mayor circulación del país, así como a través de medios electrónicos) y concluye con el fallo y la adjudicación. Una licitación puede ser nacional (cuando únicamente puedan participar personas de nacionalidad mexicana) e internacional (cuando puedan participar tanto personas de nacionalidad mexicana como extranjera). El periodo en que deberá desarrollarse el procedimiento de licitación pública de carácter nacional a partir de la publicación de la convocatoria y hasta el fallo y adjudicación será de hasta 15 días hábiles. 34 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL La etapa de venta de bases será de cuatro días hábiles, iniciándose el día de la publicación de la convocatoria, un día para visita de obra, en caso necesario un día para junta de aclaraciones. La presentación y apertura de propuestas se realizará al quinto día hábil posterior a la junta de aclaraciones o a la visita de obra. Para la evaluación de propuestas y formulación del dictamen, se destinarán tres días hábiles; y para el fallo y adjudicación, un día hábil. Las etapas de licitación son las siguientes: A) La formulación de las bases de licitación B) La publicación de la convocatoria C) La venta de las bases de licitación D) La visita al sitio donde se realizarán los trabajos E) La junta de aclaraciones F) La presentación y apertura de propuestas G) La evaluación de propuestas H) El fallo y adjudicación. EXCEPCIONES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. Cuando los municipios determinen optar por las modalidades de invitación restringida o adjudicación directa se debe tomar en cuenta que las personas que participen en este proceso deberán estar previamente inscritas en el catálogo de contratistas de Obra Pública. El catálogo de contratistas es una base de datos ordenada, actualizada y confiable, integrada por personas interesadas en participar como contratistas de obras públicas. Este carácter se adquiere cuando un particular cumpliendo determinadas condiciones se inscribe en los padrones de contratistas que se 35 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL han establecido para tener un mayor conocimiento e información de ellos, así como clasificarlos por las especialidades según la rama de construcción que realice. INVITACIÓN RESTRINGIDA. Los Municipios podrán contratar obra pública mediante este procedimiento cuando: A) se hubiera declarado desierto un procedimiento de licitación, B) cuando las obras no rebasen los montos establecidos por el presupuesto de egresos del gobierno del estado del ejercicio correspondiente. En el procedimiento se invitará a cuando menos tres contratistas que se considere que pueden cumplir satisfactoriamente con los trabajos considerando su experiencia, capacidad técnica y su solvencia económica. En este procedimiento el Ayuntamiento formulará los oficios de invitación los cuales tendrá los siguientes datos: a) Nombre del convocante, ubicación de la obra, nombre del servidor público responsable, origen de los recursos, se anexará a este oficio las bases para poder ser participe de esta invitación. En la modalidad de invitación restringida se seguirá el mismo procedimiento que en la licitación pública, a excepción de la convocatoria la cual es sustituida por la invitación citada. El procedimiento de invitación restringida se declara desierto en los siguientes casos: 36 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL A) Cuando no se reciba proposición alguna. B) Cuando todos los presupuestos fuesen rechazados. C) Cuando en el acto no se cuente con un mínimo de tres propuestas. ADJUDICACIÓN DIRECTA En esta modalidad de adjudicación no es necesario realizar este acto públicamente, si no que el Ayuntamiento seleccionará del padrón de contratistas a la persona que será invitada a presentar su propuesta y formulará el oficio de invitación. La contratista invitada presentará la documentación de su propuesta ante el Municipio para que ésta sea evaluada y revisada para proceder a la firma de contrato. Los municipios adjudicarán obra mediante este procedimiento cuando: A) La obra se trate de un monumento arqueológico, artístico o histórico, B) Se requiera de experiencia, materiales, equipos o técnicos especiales, C) Cuando sea urgente la ejecución de la obra por estar en riesgo el orden social, la salubridad pública o el ambiente de alguna zona o región, D) Si se hubiere declarado desierto un procedimiento de invitación restringida, E) La obra no rebase los montos establecidos por el presupuesto de egresos del Gobierno del Estado de México. BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. En las bases de la licitación pública se proporciona toda la información sobre la edificación, los requisitos y los alcances, términos del proceso de la licitación y la documentación que el licitante debe presentar acompañada a su 37 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL presupuesto. Para la elaboración de éstas el Ayuntamiento considera dentro del contenido lo siguiente: A) los elementos necesarios para que la presentación de propuestas sea completa. B) La descripción general de los trabajos. C) Instructivos y formatos a utilizar. D) El catálogo de conceptos con sus partidas y subpartidas. E) Requisitos y documentos requeridos. F) Calendarización del proceso de licitación G) El presupuesto base. H) El señalamiento de las causales de la descalificación. I) Forma en que el licitante acreditará su existencia J) Criterios para adjudicar contratos. K) Proponer lugar, fecha y hora para visitar el sitio de los trabajos. L) Los proyectos arquitectónicos yde ingeniería; normas de calidad y especificaciones de construcción. M) La manera de acreditar la experiencia, capacidad técnica y financiera necesaria. N) Las garantías que aseguren la seriedad de la propuesta. O) La indicación si se otorgará o no anticipo y en caso qué porcentaje. P) El modelo de contrato. Q) Condiciones de pago. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. Primeramente se definirá que una propuesta es el conjunto de documentos (todos estos deberán estar foliados y firmados por el licitante o su representante legal) que presenta un licitante en sobres cerrados en un proceso de licitación 38 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL pública en caso de obras contratadas serán sobre la base de precios unitarios, se requerirá que la propuesta incluya la documentación técnica y económica. En la propuesta del licitante acreditará documentalmente su existencia legal, su experiencia profesional, su capacidad técnica, financiero y crear un compromiso para ejecutar la obra en tiempo, forma y precio. Todas las propuestas deberán ser entregadas en tiempo y forma ya que el convocante no podrá recibir ninguna propuesta después de la fecha y el horario establecido. Se declara desierta la licitación cuando no se recibió propuesta alguna o las propuestas presentadas no reúnen los requisitos de las bases de la licitación. APERTURA DE PROPUESTAS Es el acto de carácter público en el que se abrirán los sobres que contienen las propuestas de cada licitante realizando en el momento únicamente la revisión cuantitativa de los documentos, haciéndose mención en voz alta cuando menos el importe de cada propuesta admitida. El servidor público designado por el convocante será la única persona facultada para aceptar o desechar las propuestas. Se declara desierto una licitación si no se recibe propuesta alguna o si las presentadas fuesen desechadas, lo que se asentara en el acta que se levante. EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Para la evaluación se deberá considerar lo siguiente: 39 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL A) Todos los documentos deberán cumplir con todo lo solicitado. B) La contratista debe contar con la suficiente experiencia y capacidad de los profesionales y técnicos, para la adecuada administración de los trabajos. C) El licitante deberá contar con la maquinaria y equipo de construcción para desarrollar los trabajos. D) En las propuestas que se consideren contratadas sobre la base de precios unitarios se deberá de verificar lo siguiente: - El presupuesto de obra, revisar la integración del precio unitario (materiales, mano de obra, herramienta) el cual debe de ser congruente con el trabajo a desarrollar así mismo se revisarán que las operaciones estén correctas, en caso de error se definirá el monto correcto el cual será considerado para el análisis comparativo. - Se deberán de revisar los siguiente programas: a) Programa general de ejecución el cual deberá de cumplir con el plazo establecido por la convocante. b) Los programas de suministro y utilización de material, equipo y mano de obra los cuales deben de ser congruentes con la propuesta del periodo de ejecución de obra. DICTAMEN PARA EL FALLO. El dictamen se deriva después de haber realizado la evaluación de las propuestas, dicho dictamen será indispensable, ya que funge como base para dictaminar el fallo. El dictamen deberá contener y especificar las razones por las cuales se aceptan o desechan las propuestas presentadas por los licitantes, así como los criterios utilizados por la evaluación de las propuestas. 40 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL ACTO DE FALLO. Este acto se realizará en junta pública a la que podrán asistir los licitantes que hubieran participado, así como los miembros de la comunidad (integrantes que sean beneficiados con la ejecución de la obra) en esta etapa se levantará un acta en la cual estarán asentado los siguientes datos: - Nombre del participante ganador y monto total de su propuesta. - Lugar y plazo para la entrega de los anticipos. - Lugar y fecha estimada para la firma del contrato con el licitante ganador. - La fecha de inicio y el plazo de ejecución de los trabajos. CONTRATACIÓN. Después de la notificación del fallo estará obligado el Municipio a firmar el contrato con el licitante ganador en un periodo no mayor de diez días hábiles. El licitante ganador por ningún motivo podrá ceder los derechos y las obligaciones convenidas en el contrato(a excepción de los derechos de cobro de estimaciones). Con el proceso de contratación de una obra se realiza con la contratista cuya propuesta asegure las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y todo requerimiento pertinente para llevar a buen término la ejecución de la obra. 41 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL DISPOSICIÓN DEL SITIO El ayuntamiento contratante proporcionará a la contratista previamente a la ejecución de los trabajos la disposición del sitio, donde se desarrollará la obra. El municipio es el encargado de realizar las gestiones legales tales como los derechos de vía, permisos y licencias ya sean federales o estatales. Dicha disposición se recomienda que se realice vía oficio. En caso de que el Municipio ponga la disposición del sitio de manera extemporánea el contratista tendrá el derecho a solicitar un diferimiento en igual plazo a la fecha originalmente pactada para la entrega de los trabajos. 43 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL CAPÍTULO 2. CONTROL DE OBRA PÚBLICA 2.1 DEFINICIÓN DE CONTROL Y CONTROL DE OBRA PÚBLICA CONTROL El control es una de las etapas del proceso administrativo la cual se define como “El establecimiento de sistemas que permitan detectar errores, desviaciones, causas y soluciones de una manera expedita y económica. CONTROL DE OBRA PÚBLICA Es una etapa primordial en la administración ya que aunque una empresa cuente con magníficos planes, una estructura organizacional adecuada y una dirección eficiente, el ejecutivo no podrá verificar cual es la situación real de la organización si no existe un mecanismo que cerciore e informe si los hechos van de acuerdo con los objetivos. El control administrativo de las obras debe contener una serie de actividades que deben llevar una secuencia lógica para lograr los procesos de costo y tiempo de ejecución de los trabajos que se mantengan tal y como fueron programados desde el inicio del proyecto. El mejor control es el que se anticipa a las desviaciones, y mira hacia delante, su instrumentación facilita la toma de decisiones, da confiabilidad a la información, se apega a los programas de obra pactados, establece un orden y se pone de manifiesto debilidades y errores para rectificarlos e impedir que se produzcan de nuevo. Los elementos a controlar son los siguientes: a) Control de Costo b) Control de Tiempo c) Control de Calidad 44 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL 2.2. CONTROL DE CALIDAD Estos controles son regulados por lo estipulado en las especificaciones y normas técnicas de construcción, así mismo se debe tomar en cuenta que la mano de obra empleada en cada trabajo deberá ser calificada, además de usar la maquinaria y el equipo acorde con el trabajo que se está desarrollando. Siempre se deben de ejecutar las pruebas de laboratorio de control de calidad para cumplircon la resistencia de los materiales que se están empleando, dichas pruebas tienen que solicitarse con anticipación a la ejecución de los trabajos. El supervisor realizará la verificación de cada uno de los procesos constructivos a emplear durante el desarrollo de la obra, los cuales deberán ser autorizados por parte de ésta antes de ser ejecutados. 2.3. CONTROL DE TIEMPO Dentro del proceso constructivo es una de las actividades primordiales, ya que el atraso en la obra de manera general o particular puede provocar un sobrecosto de obra adicional a lo planeado. Dicha situación debido a que si no se concluyera la obra en tiempo (de acuerdo a programas de obra pactados en contrato) esto generará sanciones económicas por no concluir la obra en tiempo (periodo establecido en contrato) y siendo el caso de que se haya terminado en tiempo la obra pero durante el proceso de la misma hubo atrasos en la ejecución de uno o más trabajos esto también dará como resultado un costo de obra mayor al que se tenía estimado. 45 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL 2.4. CONTROL DE COSTOS Su objetivo principal de este tipo de control es lograr que la obra se construya dentro de los costos calculados. Para poder llevar a cabo este control se debe tener presente durante todo el desarrollo de la obra los alcances de todos y cada uno de los trabajos por ejecutar, los cuales están estipulados en el presupuesto de obra contratado (volúmenes totales de obra y precios unitarios de cada trabajo, así mismo se debe de considerar todo lo estipulado en las especificaciones técnicas de construcción, incluyendo los procesos constructivos que intervendrán en la obra. El supervisor deberá de revisar minuciosamente las cantidades de obra por ejecutar, dando validez a todos los precios unitarios después de haber hecho la revisión de la integración de cada uno de estos. El control de costo en el proceso de la obra estará sujeto a la cantidad, calidad y tiempo, si existe alguna anomalía en algunos de estos tres factores se verá reflejado en la elaboración de las estimaciones. Los recursos para el control del costo de una obra son los programas de erogaciones, anticipos, estimaciones, escalatorias y sanciones económicas. 47 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL CAPÍTULO 3.- MARCO NORMATIVO 3.1 PANORAMA GENERAL DE LA NORMATIVIDAD Toda Obra Pública tiene como base un orden normativo que rige el adecuado desarrollo de un proyecto. Es de vital importancia que el supervisor de obra conozca la existencia, aplicación e interpretación del Marco Normativo que rige a una obra, esto en función de sus características, ya que el desconocimiento de éstas lo llevaría a cometer faltas u omisiones durante el proceso de ésta pudiendo ocasionar un sobrecosto y demoras innecesarias. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es el instrumento legal de donde emanan y derivan todas las Leyes y sus Reglamentos, tales como el Plan Nacional de Desarrollo y La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de estas últimas se desprende La Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, su Reglamento, las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos y las reglas Generales de Contratación de Obra, las cuales rigen el adecuado desarrollo de los proyectos, tanto de obra como de servicios. Tratándose de obras en el Distrito Federal, el Reglamento de las Construcciones y la reciente Ley de Obras Públicas y su Reglamento y las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos, son los instrumentos legales que sirven de base para la ejecución de las obras. Tratándose de obras en el Estado de México se deriva el Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y su Reglamento Correspondiente. Aunado a lo citado anteriormente el supervisor debe de conocer las normas de carácter Internacional aplicados específicamente a ciertos procedimientos 48 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL constructivos, de materiales, etc. Como el A.C.I. A.S.T.M., etc. y Nacionales como el Manual Monterrey, AHMSA etc. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS En el artículo 115 de la Constitución precisa en su fracción II, que los ayuntamientos tendrán personalidad jurídica propia, entendida ésta como la posibilidad de ser sujeto de derechos y obligaciones, y regula que el patrimonio propio que les confiere deberá ser manejado conforme a la ley. Referente al segundo párrafo de esta fracción señala la autonomía jurídica de los ayuntamientos atorgándoles facultades para expedir los bandos de buen gobierno, reglamentos, circulares, y disposiciones administrativas que sean reguladoras de su Gobierno, organización y funcionamiento, y que tienen observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones . En la fracción III del Artículo citado anteriormente hace referencia a los servicios públicos que tendrán a su cargo los ayuntamientos. Les da facultad para establecer, organizar, modificar y prestar los servicios que por su propia naturaleza pertenecen a los ayuntamientos, si se toma en cuenta que la prestación de servicios públicos por los ayuntamientos implica no sólo la administración en estricto sentido, sino también la concepción y ejecución de obras que se consideren necesarias para incrementar, o mejorar los servicios públicos, se puede encontrar de manera implícita que la Constitución Política faculta a los ayuntamientos para realizar obra pública. 49 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL LEY DE OBRAS PÚBLICAS DE Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO En el marco de la legislación federal destaca por su importancia la Ley de Obras Públicas, que contiene las disposiciones sobre la materia y al que deben sujetarse las diferentes dependencias y entidades del Sector Público Federal. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS El ordenamiento legal más importante en cada estado de La República es su Constitución local, en ella, de acuerdo a La Constitución General de la República, se establecen capítulos referentes a los municipios. En la mayoría de ellos se prevé lo siguiente: Cada Municipio será representado y administrado por un ayuntamiento, y estos contarán con personalidad jurídica propia. Los ayuntamientos cuentan con la facultad normativa; es decir, cuentan con la posibilidad de establecer sus propios ordenamientos, así como la capacidad de imponer su uso obligatorio LEY ORGÁNICA MUNICIPAL Esta ley también es conocida como Código Municipal o Ley Orgánica del Municipio, ésta es expedida por las legislaturas de los estados y se crean con el objeto de reglamentar las disposiciones relativas a los municipios tanto de La Constitución Federal como de las locales y se fijan así mismo las normas a que se sujeta la organización y funcionamiento de La Administración Municipal. 50 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL Entre las funciones que se les confieren a los ayuntamientos son las relacionadas con la obra pública y que establecen: La elaboración y aprobación del presupuesto de Egresos lo que les permite canalizar recursos a las obras o servicios que el propio ayuntamiento considere de mayor prioridad. La facultad de nombrar comisiones entre sus miembros para el estudio y atención a los asuntos municipales. Dentro de esas comisiones se ubica la que se refiere a las obras públicas, que desarrolla las siguientes funciones: a) Recibe y analiza las propuestasde los ciudadanos para proponer obras, b)Vigila la ejecución de las obras que realiza el Ayuntamiento, ajustándose a las disposiciones legales relativas a la materia, c) Procura el cuidado y mantenimiento de los edificios e instalaciones que son necesarios para la prestación de los servicios públicos, d) propone los proyectos de construcción de obras nuevas de acuerdo a las necesidades y posibilidades del municipio y con el consejo de la opinión pública. REGLAMENTOS MUNICIPALES La facultad que tienen los ayuntamientos de expedir y aplicar reglamentos acorde con las bases normativas que establezcan los congresos locales es necesaria para regular y preservar los derechos, tanto individuales como colectivos. Los reglamentos municipales cobran especial importancia porque permiten al ayuntamiento darle forma legal a los diversos aspectos y situaciones que caracterizan a la obra pública. Así por ejemplo, las especificaciones de seguridad, calidad y resistencia que deben observar los detalles arquitectónicos acordes a las características de la ciudad o del desarrollo ordenado de ellas. Todos estos aspectos y otros más pueden quedar contenidos en reglamentos, 51 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL tanto los relativos a la presentación de servicios como los que de manera hagan mención a la Administración o la ejecución de obras. LEYES DE ACUERDO A CLASIFICACIÓN DE OBRA La división de formas que puede adquirir la obra pública municipal, así como la amplitud de casos y situaciones que la legislación mexicana regula y previene es motivo para que se incluya esta clasificación que tiene como finalidad mostrar las materias que regulan los diversos ordenamientos jurídicos así como la vinculación que es posible establecer con determinadas obras públicas municipales. La realización de obras en zonas que por ley se consideren históricas, antropológicas, ecológicas deben sujetarse a leyes y reglamentos que se enumeran a continuación: a) Ley y reglamento sobre zonas y monumentos arqueológicos artísticos e históricos. b) Leyes y reglamento Federales, Estatales, Municipales, sobre protección y conservación de monumentos arqueológicos e históricos, población típica y lugares de belleza natural. c) Ley Federal del Patrimonio Cultural de la Federación. En materia ecológica se deberá atender lo preceptuado en los ordenamientos siguientes: Ley Forestal y su reglamento 52 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL Ley Federal para la prevención de la Contaminación Ley Federal de Aguas Ley de Conservación del Suelo y Aguas Ley Federal de Caza Ley de Pesca y Ley Federal para el Fomento de la Pesca. 3.2 LIBRO DÉCIMO SEGUNDO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO. Este libro tiene por objeto regular los actos relativos a la planeación, programación, presupuestación, adjudicación, contratación, ejecución y control de la obra pública, así como los servicios relacionados con la misma que, por si o por conducto de terceros, realicen los ayuntamientos de los municipios del Estado. Las disposiciones de este libro tienen como finalidad asegurar, al Gobierno del Estado y a los municipios, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, en la contratación de la obra pública y servicios relacionados con la misma, en un marco de legalidad y transparencia. Serán aplicables las disposiciones conducentes de este Libro, a los particulares que tengan el carácter de licitantes o contratistas. Los poderes Legislativo y Judicial, así como los organismos autónomos, aplicarán los procedimientos previstos en este Libro en todo lo que no se oponga a los ordenamientos legales que los regulan. No se regirán por las disposiciones de este Libro, la obra pública o servicios relacionados con la misma, derivados de convenios celebrados entre 53 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL dependencias, entidades, instituciones públicas y ayuntamientos, entre sí o con los de otros estados o de la Federación, excepto cuando intervenga un particular con el carácter de licitante o contratista. Las disposiciones de este Libro tienen como finalidad asegurar al Gobierno del Estado y a los municipios, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, en la contratación de la obra pública y servicios relacionados con la misma, en un marco de legalidad y transparencia. 3.3 REGLAMENTO DEL LIBRO DÉCIMO SEGUNDO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO. El cumplimiento y observancia de las disposiciones de este Reglamento son de orden público e interés social. Serán aplicables a las dependencias, entidades, ayuntamientos, los poderes Legislativo y Judicial, así como los organismos autónomos y los Tribunales Administrativos que, por sí o por conducto de terceros, realicen actividades en materia de planeación, programación, presupuestación, adjudicación, contratación, ejecución y control de la obra pública y servicios relacionados con la misma. Este Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones para el oportuno y estricto cumplimiento del Libro. 55 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL CAPÍTULO 4 SUPERVISOR DE OBRA PÚBLICA 4.1 DEFINICIÓN DE SUPERVISOR DE OBRA PÚBLICA Y SUS ACTIVIDADES Supervisión es una palabra compuesta, viene del latín ¨visus¨ que significa examinar un instrumento poniéndole el visto bueno; y del latín ¨super¨ que significa preeminencia o en otras palabras: privilegio, ventaja o preferencia por razón o mérito especial. Supervisión es pues, dar el visto bueno después de examinar y la supervisión de obras tiene por objetivos básicos vigilar el costo, tiempo y calidad con que se realizan las obras. Las responsabilidades que adquirimos con quien contrata los servicios de supervisión están expresadas en el contrato de supervisión y las responsabilidades que adquiere el contratista y que nosotros debemos vigilar que se cumplan están en el contrato de obra. La supervisión de obra es el conjunto de acciones para asegurar que la obra se concluirá en el tiempo, costo y calidad, que se establecieron desde la concepción misma de un proyecto, además la supervisión de obra debe tener claros los objetivos y alcances de las acciones de todos los participantes para adecuado desarrollo de un proyecto. El supervisor dentro de su campo de acción se define como la persona clave que tiene bajo su responsabilidad, la optima realización de una obra. El supervisor hará todo lo necesario para prever, dirigir y corregir, llevando acabo la obra, tal como fue prevista, tomando en cuenta que toda previsión (en el 56 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL proyecto) puede tener omisiones o errores, y que por lo tanto entra como parte de su responsabilidad, detectarlos y dar la más optima solución a estos contratiempos que se presenten durante el desarrollo de la obra a fin de llevar a buen termino la ejecución de la obra. ACTIVIDADES PREVIAS AL INICIO DE LA OBRA Participar en la elaboración de los estudios de factibilidad de ejecución del proyecto. Participar en la elaboración de los estudios previos que sirven de base para el diseño. Supervisión técnica administrativa del diseño del proyecto. Revisar la congruencia de planos contra catálogos de conceptos. Elaboración del presupuesto base. Elaboración y realización del concursode obra. Análisis de las propuestas ganadoras y elaboración de cuadros fríos. Recomendaciones para la contratación del constructor. Participar en el proceso de contratación del constructor. Representar al cliente o al propietario de la obra, para gestionar y tramitar los permisos y licencias tanto federales, como municipales, que se requieran para llevar a cabo la construcción. Establecer en coordinación con el constructor, el programa de construcción. Analizar la congruencia del programa de obra con respecto de los precios unitarios de contrato. Establecer en coordinación con el constructor, el programa de suministro de materiales y equipo de instalación permanente de la obra. Establecer en coordinación con el constructor, el programa de maquinaria y equipo. 57 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL Establecer en coordinación con el constructor el programa de mano de obra. Coordinar el inicio de los trabajos estableciendo las estrategias generales de construcción, la elección de los procedimientos constructivos y la selección del sitio para la implantación de las oficinas de campo. En su caso si no se han realizado las actividades antes descritas, se debe efectuar la revisión de los planos, normas y especificaciones de diseño, del presupuesto base del contrato y de toda la documentación que sirvió de base para la contratación. ACTIVIDADES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Establecer los tipos y formas de comunicación dentro de la obra. Establecer los lineamientos para la conciliación de números generadores. Establecer en coordinación los lineamientos para la elaboración y trámite de estimaciones de obra. Establecer en coordinación los lineamientos para la autorización de volúmenes de obra que excedan los establecidos en el presupuesto de contrato o precios unitarios extraordinarios o modificaciones al proyecto utilizado para el contrato de obra. Calcular de acuerdo a los lineamientos que establezcan los ajustes de costos. Establecer los soportes para la autorización de prórrogas al programa original de trabajo. Vigilar que se cumplan las recomendaciones y restricciones establecidas derivadas de los estudios de impacto ambiental. Intervenir directamente en las soluciones a problemas de carácter técnico surgidos durante el desarrollo de la obra. 58 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL Vigilar que se cumpla con las recomendaciones en cuanto a seguridad e higiene en el área de trabajo. Establecer los lineamientos para la elaboración de los reportes de obra que requiera. Establecer los lineamientos para los controles de calidad los criterios para la selección de los laboratorios. Establecer el control y la actualización de los planos, normas y especificaciones que durante la construcción sufran alguna desviación. Establecer el control administrativo para la actualización del presupuesto de construcción. Ser responsable de comparar continuamente los avances reales con los programados y en su caso, aplicar las retenciones y/o penalizaciones conducentes, conforme lo indique lo estipulado en el contrato de obra respectiva. Suministrar al cliente o propietario de la obra toda la información necesaria para elaborar en su caso, los convenios modificatorios. En caso de suspensiones temporales de la obra, elaborar actas circunstanciadas. En caso de rescisión, será responsable de suministrar toda la información necesaria para la ejecución del procedimiento. Ser responsable de la apertura y mantenimiento de la bitácora de obra. Coordinar las juntas de trabajo que sean necesarias y llevar el registro y resguardo de las minutas. Llevar el álbum fotográfico durante todo el desarrollo de la obra. ACTIVIDADES POSTERIORES A LA CONCLUSIÓN FÍSICA DE LA OBRA Elaborar el informe final. Elaborar el finiquito de la obra. Atender las auditorias de acuerdo a los lineamientos establecidos. 59 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL Coordinar la entrega y recepción de la obra. Participar en la organización de la operación y en el inicio de operación misma. Entregar carpeta con garantía de equipos. 4.2 PERFIL DEL SUPERVISOR DE OBRA PÚBLICA Un supervisor debe contar con ciertas características, las cuales se citan a continuación: PREPARACIÓN PROFESIONAL: Debe contar con un título a nivel licenciatura o cuando menos debe ser pasante, contar con una carrera técnica o afín. Cada supervisor en el área que se desarrolla debe de estar conciente de la responsabilidad que implica su preparación la cual deberá estar en una constante actualización aplicando nuevos sistemas constructivos y desechando los obsoletos. Así mismo debe conocer y aplicar las Leyes, normas, reglamentos. Para la supervisión de Obra Pública Municipal el Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México estipula que se debe de contar con una certificación de conocimientos y habilidades expedida en la materia por algún colegio. EXPERIENCIA: Tiene la obligación de contar con la suficiente experiencia para ser capaz de conducir el desarrollo de una obra tanto física como administrativamente (en campo y gabinete) comprendiendo e interpretando todos los procedimientos constructivos contenidos en las especificaciones y planos del proyecto por ejecutar. 60 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN: La necesaria para ordenar todos los controles que deben llevarse para garantizar una obra a tiempo de acuerdo a la calidad especificada y al costo previsto. SERIEDAD: Para representar con dignidad al contratante en todo lo que respecta al desarrollo técnico de la obra, y así cumplir con todas las obligaciones que adquiera al ocupar el cargo. Conviene señalar el compromiso de informar oportuna y verbalmente sobre los avances e incidencias del desarrollo de los trabajos. HONESTIDA: Habrá de autorizar situaciones técnicas y conformación de estimaciones para realizar el trámite de pago a la contratista por los trabajos realizados. CRITERIO AMPLIO Y TÉCNICO: Que le permita poder proponer y escuchar sus puntos de vista de la contratista para posteriormente discernir entre alternativas cual es la más adecuada y que convenga al mejor desarrollo de la obra. ORDENADO: Para poder controlar toda la documentación que requiere la función encomendada, y la cual se genera durante el desarrollo de la obra. Así mismo se deberá tener un orden para poder controlar las diferentes etapas que comprenda el proyecto que se esté ejecutando. La importancia de contar con un supervisor de obra radica en que con su trabajo se pueden incrementar las siguientes actividades: El avance de la obra La calidad de la obra La racionalidad en el proceso 61 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL La seguridad e higiene de la obra La supervisión de la obra proporciona la ventaja de poder evitar las siguientes situaciones: Trabajos innecesarios Riesgos evidentes Conflictos personales Minimizar o anular tiempos muertos. 63 VDLH PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL CAPÍTULO 5. PRONTUARIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL ESTE MANUAL SE INTEGRÓ EN BASE A LAS CONSIDERACIONES: TIPO DE CONTRATO DE OBRA PÚBLICA: A BASE DE PRECIOS UNITARIOS TIPO DE SUPERVISIÓN: INTERNA (ASIGNADA POR LA DEPENDENCIA) MARCO
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