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GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Profesores Hugo Luis Dalbosco, Alfredo Victor Chaves, Eduardo Arraiza y Esteban Murphy TRABAJO PRÁCTICO: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Estanislao Davonis Grapsas, Luna Paradizo y Martina Sanguinetti Fecha de entrega. 4 de abril de 2018 3° año Turno noche - Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales Abstract El presente trabajo se propone indagar en el funcionamiento, estructura, marcos legales, programas, presupuesto y demás aspectos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina. 1 Presentación del Ministerio El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto tiene a su cargo las relaciones exteriores de la Nación y su representación ante los Gobiernos extranjeros y Organismos Internacionales. En ese marco, le corresponde la elaboración de objetivos y de políticas y la ejecución de planes, programas y proyectos concernientes a diversos aspectos que pueden sintetizarse en los siguientes: - Políticos: la formulación y participación de la República en los procesos de integración regional, su participación en Organismos Internacionales en temas de interés global, como la gobernanza mundial, derechos humanos, medio ambiente, el combate contra el delito transnacional (terrorismo, narcotráfico, trata de personas, etc.) - Jurídicos: la tramitación de tratados, la intervención en controversias limítrofes y de soberanía y en litigios comerciales; y asuntos relativos a la asistencia judicial internacional (rogatorias judiciales, pedidos de extradición). - Económicos y comerciales: la formulación y conducción de los procesos de integración regional de los que participa la Argentina, así como la participación en negociaciones económicas bilaterales y multilaterales. La Cancillería tiene a su cargo la conducción del servicio comercial exterior e interviene en la política de desarrollo de la inversión extranjera de carácter productivo en el país. - Consulares: la protección y asistencia de los ciudadanos e intereses de los argentinos en el exterior, así como el fortalecimiento de sus vínculos con la República. - Culto: tiene a su cargo las relaciones con todas las organizaciones religiosas que funcionan en el país y mantiene un registro de las mismas. - Cooperación: entiende desde el punto de vista de la política exterior, en la negociación de la cooperación internacional en distintos ámbitos en coordinación con los respectivos ministerios y con los demás organismos nacionales que tengan competencia en ellos. Promueve la elaboración de programas de cooperación Sur-Sur a través del Fondo Argentino de Cooperación Horizontal. - Culturales: promueve y difunde la imagen de la República en el exterior, en los diversos aspectos de la cultura nacional. 2 Historia Con la redacción de la Constitución Nacional de 1853 se establece que debe redactarse una ley de Ministros para establecer las funciones que cada uno iba a ejercer. El Ministerio de Relaciones Exteriores surge en el año 1856 con la sanción de la ley 80, anteriormente a esta, las Relaciones Exteriores de la nación las llevaba a cabo el gobernador de Buenos Aires. En 1898 se sancionó la ley 3.727, designándo al Ministerio de Relaciones Exteriores la función del Culto, que quedará así hasta 1992 con la ley 24.190 que le encarga al ministro los temas de Comercio Internacional. Finalmente en el año 2011 la función de Comercio Internacional se traslada al Ministro de Economía y Finanzas Públicas. Actualmente la sede ministerial se encuentra en la calle Esmeralda 1212, en el barrio porteño de Retiro, este edificio fue inaugurado en el año 1998. Hasta ese entonces el Ministerio se encontraba en el Palacio San Martín, en Arenales 761, que hoy se utiliza como sede ceremonial del Ministerio. El Palacio San Martín fue donado por la familia Anchorena, quienes residieron allí 20 años, desde que se construyó el inmueble hasta su donación en el año 1936. 3 Políticas Públicas del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Las políticas a cargo del Ministerio pueden ser divididas en dos grandes grupos, Culto y Relaciones Exteriores. Dentro de las políticas relacionadas al Culto se pueden encontrar la promoción de la libertad religiosa, el fomento del diálogo interconfesional, el sostenimiento del culto católico y todas las políticas relacionadas con la Santa Sede. En el ámbito de las relaciones exteriores existen lo que son las políticas más relacionadas a lo económico y comercial, que también están en el ámbito de la cooperación internacional y son los siguientes puntos: ● Embajadas, consulados y representaciones ante organismos internacionales Reclamo de Soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur ● Afianzamiento de la soberanía en el Sector Antártico Argentino ● Asuntos internacionales de Seguridad ● Mantenimiento de las relaciones diplomáticas ● Organización del G 20 ● Comisión Cascos Blancos ● Proyectos de ayuda internacional ● Integración económica regional → MERCOSUR 4 Regímenes legales de aplicación Constitución Nacional: Artículo 2º.- El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano. Artículo 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender. Artículo 20.- Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir la ciudadanía, ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la Nación; pero la autoridad puede acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios a la República. Artículo 27.- El Gobierno federal está obligado a afianzar sus relaciones de paz y comercio con las potencias extranjeras por medio de tratados que estén en conformidad con los principios de derecho público establecidos en esta Constitución. Artículo 75.- 1. Legislar en materia aduanera. Establecer los derechos de importación y exportación, los cuales, así como las avaluaciones sobre las que recaigan, serán uniformes en toda la Nación. 7. Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación. 13. Reglar el comercio con las naciones extranjeras, y de las provincias entre sí. 16. Proveer a la seguridad de las fronteras. 22. Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; laDeclaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el 5 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; la Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre los Derechos del Niño; en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos. Sólo podrán ser denunciados, en su caso, por el Poder Ejecutivo Nacional, previa aprobación de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara. Los demás tratados y convenciones sobre derechos humanos, luego de ser aprobados por el Congreso, requerirán del voto de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara para gozar de la jerarquía constitucional. 24. Aprobar tratados de integración que deleguen competencias y jurisdicción a organizaciones supraestatales en condiciones de reciprocidad e igualdad, y que respeten el orden democrático y los derechos humanos. Las normas dictadas en su consecuencia tienen jerarquía superior a las leyes. La aprobación de estos tratados con Estados de Latinoamérica requerirá la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara. En el caso de tratados con otros Estados, el Congreso de la Nación, con la mayoría absoluta de los miembros presentes de cada Cámara, declarará la conveniencia de la aprobación del tratado y sólo podrá ser aprobado con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, después de ciento veinte días del acto declarativo. La denuncia de los tratados referidos a este inciso, exigirá la previa aprobación de la mayoría absoluta de la totalidad da los miembros de cada Cámara. Artículo 99.- El Presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones: 7. Nombra y remueve a los embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de negocios con acuerdo del Senado; por sí solo nombra y remueve al jefe de gabinete de ministros y a los demás ministros del despacho, los oficiales de su secretaría, los agentes consulares y los empleados cuyo nombramiento no está reglado de otra forma por esta Constitución. 11. Concluye y firma tratados, concordatos y otras negociaciones requeridas para el mantenimiento de buenas relaciones con las organizaciones internacionales y las naciones extranjeras, recibe sus ministros y admite sus cónsules. Ley 22.520 Ley de Ministerios (12 de marzo de 1992). Siendo modificada por los decretos 223/2016 y 513/2017. 6 TÍTULO V: DEL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS Y DE CADA MINISTERIO EN PARTICULAR ARTÍCULO 18.- Compete al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO asistir al Presidente de la Nación, y al Jefe de Gabinete de Ministros en orden a sus competencias, en todo lo inherente a las relaciones exteriores de la Nación y su representación ante los gobiernos extranjeros, la SANTA SEDE y las entidades internacionales en todos los campos del accionar de la República, y en particular: 1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia. 2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL. 3. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en todas las reuniones, congresos y conferencias de carácter internacional y en las misiones especiales ante los gobiernos extranjeros, organismos y entidades internacionales, así como en las instrucciones que corresponda impartir en cada caso, y su ejecución. 4. Entender en las relaciones con el cuerpo diplomático y consular extranjero, y con los representantes gubernamentales, de organismos y entidades intergubernamentales en la República. 5. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en la elaboración, registro e interpretación de los tratados, pactos, convenios, protocolos, acuerdos, arreglos o cualquier otro instrumento de naturaleza internacional, en todas las etapas de la negociación, adopción, adhesión, accesión y denuncia. 6. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en todo lo inherente a las actividades de las misiones especiales enviadas a la República por los gobiernos extranjeros o por organismos o entidades internacionales. 7. Entender en la protección y asistencia de los ciudadanos e intereses de los argentinos en el exterior, así como fortalecer sus vínculos con la República. 8. Intervenir, en su área, en las decisiones sobre el uso de la fuerza armada, en las materias relacionadas con el estado de guerra y su declaración, en la solución de las controversias internacionales, los ajustes de paz, la aplicación de sanciones decididas por organismos internacionales competentes y otros actos contemplados por el derecho internacional. 9. Entender en la política vinculada con las operaciones de mantenimiento de la paz en el ámbito de las organizaciones internacionales y como resultado de compromisos bilaterales adquiridos por la República, e intervenir en su ejecución. 10. Entender en la política de desarme, seguridad y antiterrorismo internacional. 11. Entender en la introducción y tránsito de fuerzas extranjeras por el territorio de la República y la salida de fuerzas nacionales, sin perjuicio de la competencia del MINISTERIO DE DEFENSA. 7 12. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en las materias referidas a la no proliferación de tecnologías sensitivas vinculadas a las armas de destrucción en masa e intervenir en el control de exportaciones sensitivas y material bélico. 13. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en la tramitación de los tratados de arreglos concernientes a los límites internacionales, y en el registro y difusión de los mapas oficiales de los límites de la República. 14. Entender en la tramitación de rogatorias judiciales, pedidos de extradición y en los asuntos relativos a la asistencia judicial internacional. 15. Entender en la concesión del derecho de asilo y el otorgamiento de la condición de refugiado. 16. Entender en la promoción y difusión de la imagen de la República en el exterior, coordinando previamente con los organismos que correspondan. 17. Entender en los aspectos políticos económicos internacionales, en la formulación y conducción de los procesos de integración de los que participa la República, como así también en cimiento y conducción de los órganos comunitarios surgidos de dichos procesos, y en todo lo relativo a su convergencia futura con otros procesos de integración, sin perjuicio de la intervención de las jurisdicciones que tengan asignadas competencias enla materia. 18. Entender, desde el punto de vista de la política exterior y en coordinación con los organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace, en el desarrollo de los procesos de integración física con los países limítrofes. 19. Intervenir en la política comercial en el exterior, incluyendo la promoción y las negociaciones internacionales de naturaleza comercial, así como en la conducción del servicio comercial exterior 20. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en las negociaciones económicas bilaterales con las naciones con las que la República mantenga relaciones, así como en las negociaciones económicas multilaterales a través de los organismos económicos internacionales, regionales y subregionales. 21. Entender en la promoción, organización y participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones de carácter económico, oficiales y privadas, en el exterior, atendiendo a las orientaciones de política económica global y sectorial que se definan. 22. Entender en las políticas y determinación de acciones de asistencia humanitaria internacional, ayuda de emergencia y rehabilitación para el desarrollo a nivel internacional, su implementación, financiación y ejecución, en coordinación con los organismos competentes del sistema de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales. 23. Entender en todo lo relacionado con las representaciones permanentes o transitorias de la República en el exterior. 24. Entender en la organización del Servicio Exterior de la Nación y en el ingreso, capacitación, promoción y propuestas de ascensos de sus integrantes que se realicen al Honorable Congreso de la Nación. 8 25. Entender en la legalización de documentos para y del exterior. 26. Entender en la publicación del texto oficial de los tratados y demás acuerdos internacionales concluidos por la Nación. 27. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en la negociación de la cooperación internacional en los ámbitos educativos, cultural, ambiental, económico, social, científico, técnico, tecnológico, nuclear, espacial, laboral y jurídico, en coordinación con los respectivos ministerios y con los demás organismos nacionales que tengan competencia en alguno de dichos ámbitos. 28. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, en la elaboración y ejecución de la política de migración e inmigración en el plano internacional y en lo relacionado con la nacionalidad, derechos y obligaciones de los extranjeros y su asimilación e integración con la comunidad nacional. 29. Entender en las negociaciones internacionales y participar, desde el punto de vista de las relaciones exteriores en la formulación y ejecución de las políticas sobre protección del medio ambiente, y de la preservación del territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas adyacentes, así como del espacio aéreo. 30. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en todo lo relativo a la prevención y sanción de delitos internacionales. 31. Entender en las negociaciones internacionales e intervenir en la formulación de políticas que conduzcan a convenios bilaterales y multilaterales de cooperación internacional en materia de lucha contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. 32. Entender en el reconocimiento de Estados, Gobiernos y situaciones internacionales. 33. Entender en la aplicación del derecho humanitario internacional en cooperación con los organismos especializados de Naciones Unidas, con la Cruz Roja Internacional, así como también en la formulación y ejecución del programa internacional denominado “Cascos Blancos”. 34. Participar en la formulación de políticas, elaboración de planes y programas, y en la representación del Estado nacional ante los organismos internacionales en materia de Derechos Humanos y en aquellos relativos a la condición y situación de la mujer, e intervenir en la reforma de la legislación nacional en dichas materias. 35. Intervenir en todos los actos del PODER EJECUTIVO NACIONAL que tengan conexión con la política exterior de la Nación o se vinculen con los compromisos asumidos por la República. 36. Entender, conjuntamente con el MINISTERIO DE DEFENSA, en la planificación y dirección de la política antártica, como así también en la implementación de los compromisos internacionales, e intervenir en la ejecución de la actividad antártica. 37. Entender en las relaciones del Gobierno con la Iglesia Católica, Apostólica y Romana; en la centralización de las gestiones que ante la autoridad pública hicieran la Iglesia, personas y entidades del culto y en las acciones correspondientes al otorgamiento de credenciales eclesiásticas. 9 38. Entender en las relaciones con todas las organizaciones religiosas que funcionen en el país para garantizar el libre ejercicio del culto y en el registro de las mismas. 39. Intervenir en la elaboración de las políticas para el desarrollo de áreas y zonas de frontera y entender en su ejecución en el área de su competencia. 40. Intervenir en la política de desarrollo de la inversión extranjera de carácter productivo en el país, así como en la política de internacionalización de las empresas argentinas en el exterior. Decreto 174/2018 - Administración Pública Nacional VI - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL OBJETIVOS: 1. Asistir al señor Canciller en el cumplimiento de todas sus funciones y coordinar su Gabinete de Asesores. 2. Intervenir en la coordinación de las estrategias de comunicación. 3. Intervenir en la coordinación de las políticas y estrategias nacionales en materia de asistencia humanitaria internacional. 10 4. Intervenir en la coordinación de las actividades de interpretación y traducción de la documentación solicitada por las distintas áreas internas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. 5. Supervisar el desarrollo de las tareas que se relacionen con análisis de documentos y agenda diaria del señor Canciller, preparación de discursos y asesoría técnica en materias afines. 6. Intervenir en la tramitación de las solicitudes de audiencias formuladas al señor Canciller, tanto en el país como en el exterior, y asesorarlo respecto de su temario, importancia y prioridad. 7. Entender en la coordinación de la atención de las delegaciones y personalidades que concurran a entrevistarse con el señor Canciller. 8. Supervisar el análisis y derivaciones a los organismos correspondientes, de aquellas solicitudes cuyo tenor no hiciera necesaria la concreción de entrevistas directas con el señor Canciller. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y DIPLOMACIA PÚBLICA OBJETIVOS 1. Entender en la coordinación institucional entre el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y los Organismos y Autoridades de los distintos poderes del Estado en el ámbito Nacional, Provincial, Municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Entes Regionales e Instituciones intermedias. 2. Intervenir en materia institucional en lo referente a las relaciones con las sociedades yentidades de carácter civil como, así también, con los Organismos No Gubernamentales, en el ámbito de las relaciones internacionales. 3. Intervenir en la definición y elaboración de estrategias y acciones tendientes a promover la participación de las organizaciones de la sociedad civil, para profundizar la integración regional, en coordinación con las áreas competentes. 4. Coordinar, conjuntamente con la Cámara Nacional Electoral y el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la realización de los comicios en las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA, en ocasión de elecciones nacionales. 5. Intervenir en la elaboración y definición de estrategias para las acciones de diplomacia pública, incorporando nuevas tecnologías de comunicación para contribuir a la concreción de los objetivos de política exterior. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR 11 OBJETIVOS: 1. Entender en materia de administración y gestión de recursos humanos y en la planificación, gestión y modernización de los procesos y sistemas vinculados con su administración en el país y en las Representaciones argentinas en el exterior. 2. Ejercer la Presidencia de la Junta Calificadora del personal del Servicio Exterior de la Nación, establecida por el Artículo 36 de la Ley N° 20.957 y prestar apoyo a los órganos del personal del servicio civil. 3. Ejercer el rol de Organismo de Coordinación del Gobierno para la implementación de Programas y Proyectos del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la Oficina de Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) en la REPÚBLICA ARGENTINA. 4. Entender en la ejecución operativa y en los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de proyectos de participación público-privada. 5. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada. 6. Entender en las cuestiones vinculadas con la formulación presupuestaria, la gestión económica, financiera, patrimonial, contable, de infraestructura, de mantenimiento y de servicios, y de los demás bienes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, tanto en el país como en el exterior. 7. Entender en el asesoramiento jurídico sobre aspectos específicos y funcionales del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO e intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la Jurisdicción. 8. Ordenar la instrucción de los sumarios administrativos disciplinarios e informaciones sumarias y otras investigaciones administrativas en la Jurisdicción y disponer su clausura de conformidad con la normativa vigente en la materia. 9. Entender en la planificación de las acciones relativas a la gestión y administración de las tecnologías de la información y las comunicaciones asociadas del MINISTERIO DE ELACIONES EXTERIORES Y CULTO, en el país y en las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República en el exterior y, asimismo, planificar, programar y coordinar la ejecución de las acciones tendientes a la correcta implementación de la gestión electrónica de la documentación, establecida en las normas de modernización del Estado Nacional, y en la preservación del fondo documental de la Jurisdicción. 10. Entender en la gestión documental de la Jurisdicción y supervisar las acciones tendientes a la gestión electrónica. 12 11. Entender en los procesos de planificación, evaluación del mantenimiento y administración de los bienes muebles e inmuebles, propios, en posesión o tenencia del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y delegaciones en el Extranjero y en los procesos y actividades referidos a la seguridad y protección de las personas, bienes e información de la Jurisdicción y de las Representaciones argentinas en el exterior. 12. Entender y planificar las acciones relativas al sistema de seguimiento y control de gestión de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior. 13. Intervenir en el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa que regula el acceso a la información pública, establecida en la Ley N° 27.275 y su decreto reglamentario N° 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y sus modificatorios. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES OBJETIVOS 1. Entender desde el punto de vista de la política exterior, en las relaciones con todos los países y los Organismos Internacionales y coordinar con las otras Secretarías del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO los diversos aspectos de la política exterior y su armonización en base a criterios funcionales y geográficos. 2. Entender en la formulación de políticas, elaboración de planes, programas y cursos de acción, así como en la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales y regionales en los asuntos relativos a: derechos humanos, asuntos de género, situación de la mujer; seguridad internacional, nuclear y espacial, y en los asuntos relativos a la seguridad humana, seguridad cibernética, la lucha contra el uso indebido de drogas, narcotráfico, política de desarme y no proliferación, terrorismo internacional; desarrollo e innovación tecnológica; temas energéticos; espacios marítimos bajo disputa de soberanía; operaciones de mantenimiento de paz; desarrollo de áreas y zonas de frontera; la preservación y protección de los recursos naturales, medio ambiente, recursos del territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas adyacentes; así como el espacio aéreo, en el ámbito de su competencia. 3. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, en todo lo inherente a las actividades de las misiones especiales enviadas a la República por los gobiernos extranjeros o por organismos o entidades internacionales. 4. Entender en los temas vinculados con las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur y formular la política antártica como, así también, implementar los compromisos internacionales que correspondan. 5. Entender en la definición y conducción política y cursos de acción a seguir en materia de cooperación internacional bilateral y multilateral; así como en la definición de las modalidades de instrumentación de los programas y proyectos de cooperación internacional y las alternativas de financiación para su ejecución. 6. Formular y conducir la política y cursos de acción a seguir en materia de asuntos 13 consulares, en los asuntos relativos a las cuestiones de política de migración e inmigración en el plano internacional, en coordinación con la autoridad migratoria nacional. 7. Interveniren la promoción y difusión de la cultura y de la imagen de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior, en coordinación con los organismos que correspondan. 8. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, y en coordinación con los organismos nacionales, provinciales y regionales en el desarrollo de los procesos de integración física con los países limítrofes, y en la negociación y tramitación de los tratados de arreglos concernientes a los límites internacionales y en el registro y difusión de los mapas oficiales de los límites de la REPÚBLICA ARGENTINA. 9. Coordinar con otras áreas de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, Provincial y Municipal, los temas de competencia de la cartera que tengan impacto en las relaciones internacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA. 10. Entender en la identificación y elaboración de los objetivos de política exterior, de carácter bilateral y multilateral, con todos los actores de la comunidad internacional, efectuando las gestiones necesarias para la consecución de estos objetivos, y en la concesión del derecho de asilo y en la condición de refugiado. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR OBJETIVOS 1. Efectuar las gestiones para la consecución de los objetivos de política exterior, de carácter bilateral o multilateral, con los países de EUROPA, ÁFRICA, MEDIO ORIENTE, ASIA y OCEANÍA. 2. Preparar, implementar y efectuar el seguimiento de las negociaciones que se realicen en los Organismos Internacionales. 3. Intervenir en la elaboración de políticas, planes y programas, y en la representación del Estado Nacional ante los Organismos Internacionales en materia de derechos humanos, asuntos de género y en aquellos relativos a la condición y situación de la mujer, dentro del ámbito de la política exterior, y participar en la formulación de la legislación nacional en dichas materias. 4. Participar en la formulación de las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos relativos a la preservación y protección de los recursos naturales, medio ambiente, preservación de los recursos del territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas adyacentes; así como del espacio aéreo en el ámbito de su competencia. 5. Participar en la formulación de las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos relativos a la seguridad internacional, nuclear y espacial, y en los asuntos relativos a la seguridad humana, la lucha contra el uso indebido de drogas, narcotráfico, política de desarme, terrorismo internacional y a las que tiendan al desarrollo e innovación tecnológica, en el ámbito de su competencia. 14 6. Colaborar en la programación de los objetivos y planificación de las actividades ante reuniones, congresos y conferencias de carácter internacional y misiones especiales ante gobiernos extranjeros en el que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, Organismos y Entidades Internacionales, así como en las instrucciones que corresponda impartir en cada caso y su ejecución. 7. Participar en el otorgamiento de la condición de refugiado. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR OBJETIVOS 1. Intervenir en los temas vinculados a las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur. 2. Intervenir en la ejecución de acciones de carácter bilateral y asistir en las negociaciones bilaterales en el área de su competencia, coordinando su accionar con las unidades competentes de la jurisdicción ministerial o fuera de ella. 3. Diseñar estrategias y coordinar acciones desde el punto de vista de la política exterior, en el ámbito bilateral y multilateral, para la mejor defensa de los derechos e intereses argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur, coordinando las acciones que fueran necesarias con las unidades de la jurisdicción ministerial o fuera de ella. 4. Proponer las acciones para la difusión de los derechos argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur. 5. Entender en el desarrollo de las políticas y acciones que realiza el Consejo Consultivo sobre temas vinculados al Atlántico Sur. 6. Entender en la planificación y dirección de la política antártica y ejecutar la actividad antártica argentina, armonizando sus alcances y efectos con los criterios globales de política exterior que se establezcan. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE AMÉRICA OBJETIVOS 1. Contribuir en la identificación y elaboración de los objetivos de política exterior, de carácter bilateral o multilateral, con los países de AMERICA, y efectuar las gestiones necesarias para la consecución de estos objetivos. 15 2. Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones necesarias para instrumentar y desarrollar el proceso de profundización de la integración política con los países pertenecientes a AMERICA y con los organismos y foros de integración regional, en coordinación con los organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace. 3. Programar los objetivos y formular las estrategias de negociación y planificación de las actividades ante los Organismos Internacionales, conferencias, congresos, reuniones o foros multilaterales en materia de desarrollo, vinculadas con la región, coordinando con las demás unidades competentes de la jurisdicción ministerial y fuera de ella. 4. Intervenir en el marco de la política exterior, en lo relativo a los espacios marítimos y fluviales de la REPÚBLICA ARGENTINA. 5. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior y en coordinación con los organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace, en el desarrollo de los procesos de integración física con los países limítrofes. 6. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, en la negociación y tramitación de los tratados de arreglos concernientes a los límites internacionales, en el registro y difusión de los mapas oficiales de los límites de la República y en el desarrollo de zonas de frontera. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES OBJETIVOS 1. Entender en la formulación de estrategias, políticas y cursos de acción a seguir en las negociaciones económicas y comerciales bilaterales y multilaterales con todas las naciones con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como con los organismos económicos y comerciales internacionales, regionales y subregionales y, en particular, con el MERCO SUR, y participar en toda negociación económica y comercial entre las autoridades provinciales y los representantes de terceros países que implique alguna obligación en la que se prevean garantías por parte del Estado Nacional, en coordinación con las dependencias nacionales competentes. 2. Entender en la formulación de los aspectos políticos económicosinternacionales, en la formulación y conducción de los procesos de integración de los que participa la REPÚBLICA ARGENTINA como, así también, en el establecimiento y conducción de los órganos comunitarios surgidos de dichos procesos y en todo lo relativo a su convergencia futura con otros procesos de integración. 3. Entender en la ejecución de la política comercial en el exterior y de su promoción, participando en su formulación, definición y contenidos, e intervenir en la definición de estrategias de promoción comercial, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones de carácter económico y comercial, oficiales y privadas en el exterior y en la ejecución de las políticas de internacionalización de las empresas argentinas en el exterior, en coordinación con las dependencias nacionales competentes. 4. Entender en la solución de controversias económicas y comerciales internacionales, en coordinación con las dependencias nacionales que correspondan. 16 5. Entender en la planificación de estrategias para el desarrollo de nuevos mercados en el mundo para la oferta exportable argentina. 6. Intervenir en la ejecución de la política de desarrollo de captación de la inversión extranjera de carácter productivo en el país, así como en la ejecución de acciones tendientes a ese objetivo en el exterior, en coordinación con las dependencias nacionales que tengan competencia en la materia. 7. Entender en el monitoreo, evaluación y control de los objetivos de gestión y planes de acción económico comerciales de las representaciones argentinas en el exterior e impartir las directivas e instrucciones en materia económica y comercial, a las Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA ante gobiernos extranjeros y organismos internacionales económicos y comerciales, así como a las delegaciones que participen en negociaciones económicas y comerciales bilaterales y multilaterales. 8. Entender en los aspectos relativos a la preparación y ejecución de las misiones económico-comerciales que realicen la PRESIDENCIA y la VICEPRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL al exterior 9. Entender en el diseño de instrumentos de análisis económico y comercial internacional en la realización de estudios e investigaciones, con el fin de brindar información para elaborar y llevar a la práctica los objetivos de política exterior de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia económica y comercial 10. Entender en la negociación de acuerdos bilaterales y otros instrumentos de promoción y protección recíproca de las inversiones extranjeras en los que participe la REPÚBLICA ARGENTINA. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES SUBSECRETARÍA DEL MERCOSUR Y NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES OBJETIVOS 1. Intervenir en las negociaciones económicas y comerciales bilaterales y multilaterales de las que participa la REPÚBLICA ARGENTINA, en general, y en particular, con el MERCO SUR en lo relativo a sus dimensiones económica, comercial, institucional, política, social y ciudadana y a su relacionamiento externo con otros países y bloques de países. 2. Intervenir en el diseño y en la formulación de las políticas y cursos de acción que tiendan al desarrollo y a la integración económica multilateral a nivel continental, regional, birregional y subregional, coordinando con las dependencias nacionales competentes. 3. Impulsar los objetivos prioritarios planteados en la política exterior respecto de las negociaciones en materia económica y comercial relativas al MERCOSUR, implementando los mecanismos requeridos para avanzar en dicha política, coordinando con las dependencias nacionales competentes. 4. Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones necesarias para instrumentar y desarrollar el proceso de profundización de la integración política y económica con los 17 Estados miembros y Estados Asociados del MERCOSUR, en coordinación con los organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace. 5. Intervenir en la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos preferentes, de naturaleza económica, comercial y financiera, así como en su administración, con todas las naciones con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, proponiendo los planes, programas y proyectos pertinentes, como así también los instrumentos adecuados para su ejecución, coordinando con las dependencias nacionales competentes. 6. Participar en las reuniones económicas y comerciales multilaterales que se desarrollen en los organismos continentales, regionales y subregionales, en las negociaciones económicas con las misiones enviadas a la REPÚBLICA ARGENTINA por organizaciones multilaterales regionales y subregionales, incluyendo los esquemas de integración en el continente americano y en la formulación de las directivas y las instrucciones pertinentes. 7. Intervenir en la elaboración de las instrucciones y las directivas para las Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales en los aspectos de competencia de la Subsecretaría. 8. Intervenir en la solución de controversias económicas, comerciales e institucionales de naturaleza bilateral y regional que surjan en el marco del MERCOSUR, y de los mecanismos de solución de controversias de los acuerdos comerciales de los que la REPÚBLICA ARGENTINA es parte, coordinando con las dependencias nacionales competentes. 9. Intervenir en las negociaciones y ejecutar los proyectos de políticas y programas con la Organización Mundial del Comercio y con los demás organismos multilaterales internacionales de carácter económico y comercial, coordinando con las dependencias nacionales competentes, y elaborar las instrucciones correspondientes. 10. Intervenir en la negociación de acuerdos bilaterales y otros instrumentos de promoción y protección recíproca de las inversiones extranjeras en los que participe la REPÚBLICA ARGENTINA. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIA COMERCIAL Y PROMOCIÓN ECONÓMICA OBJETIVOS 1. Diseñar y promover políticas y cursos de acción que tiendan al desarrollo y a la integración económica tanto a nivel bilateral como multilateral con todas las naciones, con las que la REPUBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como con los organismos económicos y comerciales internacionales, regionales y subregionales y, en particular, con el MERCOSUR, a través de herramientas de inteligencia económica y comercial. 2. Intervenir en la formulación de políticas y estrategias para el desarrollo y apertura de nuevos mercados en el exterior, para la oferta exportable argentina. 18 3. Formular e implementar estrategias, políticas e instrumentos para el desarrollo de inversiones de empresas extranjeras en el país que contribuyan al desarrollo nacional, complementando la inversión doméstica, así como para la internacionalización de las empresas locales, en coordinación con las dependencias nacionales competentes. 4. Colaborar en el desarrollo de las relaciones económicas bilaterales y participaren las negociaciones económicas y comerciales bilaterales y multilaterales. 5. Ejecutar y definir las estrategias para el desarrollo de políticas de promoción comercial internacional, difundiendo los productos y servicios nacionales en los mercados extranjeros, y participar en las actividades de promoción de inversiones, turismo, deporte, cultura y de las economías regionales, en función de las prioridades que se definan en el ámbito nacional y provincial, en coordinación con las dependencias nacionales competentes. 6. Intervenir en la definición de estrategias de promoción comercial, organización y participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones de carácter económico y comercial, oficiales y privadas, en el exterior, en el marco de la política económica global y sectorial que se defina y en función de las prioridades nacionales, en coordinación con las dependencias nacionales con competencia en la materia. 7. Elaborar las instrucciones y las directivas para las Representaciones de la REPUBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales en los aspectos de competencia de la Subsecretaría, de conformidad con los lineamientos de la SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES. 8. Intervenir en el diseño de documentos de análisis y estudios de impacto a mediano y largo plazo que elabore el Centro de Economía Internacional, para orientar la estrategia en las negociaciones económicas comerciales internacionales, bilaterales y multilaterales; así como los estudios relativos a la apertura de mercados y a la colocación de la oferta exportable de productos y servicios argentinos. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES SUBSECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES OBJETIVOS 1. Intervenir en el diseño y en la formulación de las políticas y cursos de acción que tiendan al desarrollo económico a nivel bilateral y a la integración económica bilateral con todas las naciones con las que la REPUBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, excluyendo los países del MERCOSUR y coordinando con las dependencias nacionales competentes. 2. Intervenir en la ejecución de los planes de acción en materia económica, comercial y de inversiones, en el ámbito de las competencias de la Subsecretaría. 3. Intervenir en la planificación de las estrategias y las políticas para el desarrollo y apertura de nuevos mercados en las naciones o regiones para la oferta exportable argentina, en coordinación con las dependencias nacionales con competencia en la materia. 4. Participar en las negociaciones económicas bilaterales con todas las naciones con las 19 que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, excluyendo los Estados parte del MERCOSUR, así como con sus agrupaciones y organismos regionales y asesorar a los negociadores. 5. Intervenir en el monitoreo, evaluación y control de los objetivos de gestión y planes de acción económico-comerciales de las representaciones argentinas en el exterior. 6. Intervenir en la elaboración de las instrucciones y las directivas para las Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales en los aspectos de competencia de la Subsecretaría de conformidad con los lineamientos de la SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES. 7. Intervenir en los aspectos relativos a la preparación y ejecución de las misiones económico-comerciales que realice la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la VICEPRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL al exterior. 8. Intervenir en la coordinación de la representación nacional y preparación de las reuniones económicas bilaterales que se desarrollen en nuestro país y en el exterior, cuyo objeto sea el seguimiento de relaciones bilaterales en materia económica, excluyendo los Estados partes del MERCOSUR, en articulación con las restantes dependencias nacionales que correspondan. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARIA DE CULTO OBJETIVOS 1. Entender en la formulación de políticas referidas a las relaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA con la Santa Sede y con la Soberana y Militar Orden de Malta y en lo inherente a la conclusión de instrumentos internacionales, incluyendo la negociación y celebración de concordatos y acuerdos que se relacionen con la materia religiosa y/o culto. 2. Actuar en todo lo inherente a las relaciones del Gobierno con la Iglesia Católica Apostólica Romana, así como en la centralización de las gestiones que ante las Autoridades Públicas hiciera la Iglesia, especialmente, con relación a asuntos eclesiásticos y en el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento del Culto Católico Apostólico Romano, así como en el otorgamiento de las credenciales eclesiásticas. 3. Entender en las solicitudes de reconocimiento e inscripción de las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana y de institutos de vida consagrada, que ejerzan su actividad en el territorio nacional. 4. Actuar en todo lo inherente a las relaciones del Gobierno con todas las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana que existen en el país, así como en la centralización de las gestiones que ante las Autoridades Públicas hicieren las mismas. 5. Intervenir en la planificación y desarrollo de los objetivos y estrategias correspondientes para posicionar internacionalmente a la REPÚBLICA ARGENTINA como Estado comprometido con la diversidad y el diálogo interreligioso. 20 6. Entender en lo inherente a las reuniones, congresos y conferencias de carácter nacional e internacional y misiones especiales ante gobiernos extranjeros y entidades internacionales que se relacionen con la materia religiosa y/o culto. 7. Asesorar a los funcionarios y/o áreas de gobierno que así lo requieran en cuestiones de índole religiosa. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARIA DE CULTO SUBSECRETARIA DE CULTO OBJETIVOS 1. Identificar, planificar y coordinar las políticas atinentes a las relaciones del Estado Nacional con la Iglesia Católica Apostólica Romana, la Conferencia Episcopal Argentina, Arzobispados y Obispados, Institutos de Vida Consagrada y otras personas eclesiásticas y el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento del culto católico. 2. Formular e intervenir en las acciones relativas a las solicitudes de reconocimiento e inscripción y demás trámites administrativos de Institutos de Vida Consagrada. 3. Formular e intervenir en las acciones relativas a las solicitudes de reconocimiento e inscripción y demás trámites administrativos que las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas realicen ante la Dirección Nacional del Registro Nacional de Cultos. 4. Programar los objetivos y formular las estrategias atinentes a las relaciones del Estado Nacional con las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana. 5. Intervenir en la planificación y desarrollo de las estrategias necesarias para la formulación de políticas atinentes a la promociónde la libertad e igualdad religiosa como, así también, del diálogo interreligioso en la REPÚBLICA ARGENTINA. TRATADOS DE JERARQUÍA CONSTITUCIONAL La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; La Declaración Universal de Derechos Humanos; La Convención Americana sobre Derechos Humanos; El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; La Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; La Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; La Convención sobre los Derechos del Niño TRATADOS 21 Tratado de Asunción (Ley Nº 23.981): este tratado dio origen al esquema de integración económica denominado Mercado Común del Sur. Tratado Antártico (Ley N° 15802): regula las relaciones internacionales con respecto a la Antártida. Tratado de No Proliferación Nuclear (Ley Nº 24.448): restringe la posesión de armas nuleares. Tratado de Tlatelolco (Ley Nº 24.272): establece la desnuclearización del territorio de America Latina y el Caribe de los países signatarios. ACUERDOS CON LA SANTA SEDE Ley 17.032 - Reconocimiento de potestades de la Iglesia Católica Apostólica Romana Buenos Aires, 23 de noviembre de 1966 En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5º del Estatuto de la Resolución Argentina: El Presidente de la Nación Argentina, sanciona y promulga con fuerza de Ley: ARTICULO 1º. -Apruébase el Acuerdo entre la Santa Sede y la República Argentina, suscrito en Buenos Aires, el 10 de octubre de 1966. ARTICULO 2º. -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ONGANIA. -Nicanor E. Costa Méndez. ACUERDO ENTRE LA SANTA SEDE Y LA REPUBLICA ARGENTINA La Santa Sede reafirmando los principios del Concilio Ecuménico Vaticano II y el Estado Argentino inspirado en el principio de la libertad reiteradamente consagrado por la Constitución Nacional y a fin de actualizar la situación jurídica de la Iglesia Católica Apostólica Romana, que el Gobierno Federal sostiene, convienen en celebrar un Acuerdo. A este fin, Su Santidad el sumo Pontífice Paulo VI ha tenido a bien nombrar por su Plenipotenciario a Su Excelencia Reverendísima Monseñor Umberto Mozzoni, Nuncio Apostólico en Argentina, y el excelentísimo señor Presidente de la Nación Argentina, Teniente General D. Juan Carlos Onganía, ha tenido a bien nombrar por su Plenipotenciario a Su Excelencia Dr. Nicanor Costa Méndez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto. Los Plenipotenciarios, después de confrontar sus respectivos Plenos Poderes y habiéndolos hallado en debida forma, acuerdan lo siguiente: ARTICULO I El Estado Argentino reconoce y garantiza a la Iglesia Católica Apostólica Romana el libre y pleno ejercicio de su poder espiritual, el libre y público ejercicio de su culto, así como de su jurisdicción en el ámbito de su competencia, para la realización de su fines específicos. ARTICULO II La Santa Sede podrá erigir nuevas circunscripciones eclesiásticas, así como los límites de las existentes o suprimirlas, si lo considerare necesario o útil para la asistencia de los fieles y el desarrollo de su organización. Antes de proceder a la erección de una nueva Diócesis o de una Prelatura o a otros cambios circunscripciones diocesanas, la Santa Sede comunicará confidencialmente al Gobierno sus intenciones y proyectos a fin de conocer si éste tiene observaciones legítimas, exceptuando el caso de mínimas rectificaciones territoriales requeridas por el bien de las 22 almas. La Santa Sede hará conocer oficialmente en su oportunidad al Gobierno las nuevas erecciones, modificaciones o supresiones efectuadas, a fin de que éste proceda a su reconocimiento por lo que se refiere a los efectos administrativos. Serán también notificados al Gobierno las modificaciones de los límites de las Diócesis existentes. ARTICULO III El nombramiento de los Arzobispos y Obispos es de competencia de la Santa Sede. Antes de proceder al nombramiento de Arzobispos y Obispos residenciales, de Prelados o de Coadjutores con derechos a sucesión, la Santa Sede comunicará al Gobierno Argentino el nombre de la persona elegida para conocer si existen objeciones de carácter político general en contra de la misma. El Gobierno Argentino dará su contestación dentro de los treinta días. Transcurrido dicho término el silencio del Gobierno se interpretará en el sentido de que no tiene objeciones que oponer al nombramiento. Todas estas diligencias se cumplirán en el más estricto secreto. Todo lo relativo al Vicariato Castrense continuará rigiéndose por la Convención del 28 de Junio de 1957. Los Arzobispos, Obispos residenciales y los Coadjutores con derecho a sucesión serán ciudadanos argentinos. ARTICULO IV Se reconoce el derecho de la Santa Sede de publicar en la República Argentina las disposiciones relativas al gobierno de la Iglesia y el de comunicar y mantener correspondencia libremente con los Obispos, el clero y los fieles relacionada con su noble ministerio, de la misma manera que éstos podrán hacerlo con la Sede Apostólica. Gozan también de la misma facultad los Obispos y demás autoridades eclesiásticas en relación con sus sacerdotes y fieles. ARTICULO V El Episcopado Argentino puede llamar al país a las órdenes, congregaciones religiosas masculinas y femeninas y sacerdotes seculares que estime útiles para el incremento de la asistencia espiritual y la educación cristiana del pueblo. A pedido del Ordinario del lugar, el Gobierno Argentino, siempre en armonía con las leyes pertinentes, facilitará al personal eclesiástico y religioso extranjero el permiso de residencia y la carta de ciudadanía. ARTICULO VI En caso de que hubiese observaciones u objeciones por parte del Gobierno Argentino conforme a los artículos segundo y tercero, las Altas Partes contratantes buscarán las formas apropiadas para llegar a un entendimiento; asimismo resolverán amistosamente las eventuales diferencias que pudiesen presentarse en la interpretación y aplicación de las cláusulas del presente Acuerdo. ARTICULO VII El presente Convenio, cuyos textos en lengua italiana y española hacen fe por igual, entrará 23 en vigencia en el momento del canje de los Instrumentos de Ratificación. En fe de lo cual, los Plenipotenciarios arriba nombrados firmaron y sellaron este Acuerdo, en dos ejemplares, en la Ciudad de Buenos Aires, a los diez días del mes de Octubre del año mil novecientos sesenta y seis. Acuerdo con la Santa Sede sobre Jurisdicción Castrense y Asistencia Religiosa en las Fuerzas Armadas, suscripto el 28/06/57, ratificado por Decreto Ley 7.623/57 (05/07/57) y modificado mediante Intercambio de Notas en 1992. 24 Programas vigentes del Ministerio Actividades centrales: (categoría 01) ● Conducción política del Ministerio, la coordinación de las acciones de comunicación institucional y las acciones de la unidad de la auditoría interna tendientes al cumplimiento de los objetivos de control interno en el país y en el exterior. ● Conducción del servicio administrativo,económico y financiero, de la gestión de infraestructura, de recursos humanos, de la gestión de la tecnología de la información, del servicio de gestión documental y registro de actos administrativos, del servicio de traducciones oficiales, del otorgamiento de los privilegios impositivos y aduaneros al cuerpo diplomático acreditado en la República, del servicio jurídico interno que integra la responsabilidad primaria de la Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional y la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa. ● Formación de recursos humanos que integran el servicio exterior de la Nación en los procesos de selección, formación inicial, actualización permanente, enseñanza de idiomas, como así también la cooperación en la formación diplomática que lleva adelante el Instituto del Servicio Exterior de la Nación (ISEN). Categorías del personal del ISEN: Embajador extraordinario y plenipotenciario; Ministro plenipotenciario de primera clase; Ministro plenipotenciario de segunda clase; Consejero de embajada y cónsul general; Secretario de embajada y cónsul de primera clase; Secretario de embajada y cónsul de segunda clase; Secretario de embajada y cónsul de tercera clase; ● Obligaciones de Ceremonial del Estado Argentino. Actividades comunes llevadas a cabo en el exterior por las representaciones diplomáticas (categoría 02) ● 87 Embajadas, 63 Consulados Generales y Centros de Promoción Comercial, Consulados Generales y Consulados Simples y 7 Representaciones ante organismos internacionales y ante la Unión Europea. ● Cada una de estas sedes cumple con los objetivos que se definen en su plan de trabajo y que tienden implementar las acciones definidas por los programas "Acciones Diplomáticas de Política Exterior", "Mantenimiento y Promoción de las Relaciones Económicas Internacionales" y "Promoción de la Cooperación Internacional", en cada uno de los estados receptores a fin de representar y vincular a la Nación Argentina con el ámbito internacional. Acciones diplomáticas de Política Exterior (programa 16) ● Diseño y programación de las acciones de política exterior, ya sea bilateral o multilateral, cuyo objetivo debe ser fortalecer la inserción de la Argentina en el ámbito internacional. ● Ejecución de acciones de carácter bilateral con socios regionales en coordinación con otras agencias del Estado Nacional tendientes al desarrollo de políticas y 25 difusión de la temática Malvinas y los asuntos relativos al Atlántico Sur incluyendo a la Antártida. Registro y sostenimiento de cultos (Programa 17) ● Sostenimiento del culto Católico Apostólico Romano, regulan esto las Leyes N° 21.950, 22.950, 22.162, 22.430 y 21.540 que disponen regímenes especiales de asignaciones cuyo monto global se establece en base a número de obispos, seminaristas, parroquias de frontera y asignaciones vitalicias a sacerdotes y obispos eméritos y que dan lugar a una suma mensual que se transfiere a la Conferencia Episcopal Argentina a través de este programa. ● Atención de las necesidades de la Iglesia en su relación con el Estado. Reconocimiento de personería jurídica canónica con efecto civil a los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica, sin necesidad de constituirse en asociaciones civiles. ● Tareas en coordinación con la Conferencia Episcopal Argentina; con la Dirección Nacional de Migraciones; con la Administración Federal de Ingresos Públicos; con la Dirección General de Asuntos Consulares de este Ministerio y con distintas representaciones diplomáticas de nuestro país en el exterior. ● Se establece el reconocimiento oficial e inscripción de cultos no católicos a través de la Dirección Nacional del Registro Nacional de Cultos. Comisión Cascos Blancos (programa 18) ● El programa tiene por objeto coordinar la asistencia humanitaria que brinda la Argentina en casos de catástrofes socio-naturales y contribuir al combate de las expresiones externas del hambre y la pobreza. ● La Iniciativa Cascos Blancos (ICB) constituye un mecanismo que pone a disposición de la comunidad internacional un cuerpo de voluntarios capacitado, en apoyo de las actividades de socorro inmediato, rehabilitación y reconstrucción. Mantenimiento y promoción de las relaciones económicas internacionales (programa 19) ● Tiene como objetivos la coordinación de las negociaciones económicas internacionales tanto bilaterales como multilaterales, la integración económica latinoamericana, en particular a través de la profundización MERCOSUR, la promoción de las exportaciones de bienes y servicios nacionales y la atracción de inversiones de carácter productivo. ● Intervenir en la formulación de las políticas, negociaciones económicas bilaterales y multilaterales, impulsar objetivos prioritarios, acuerdos asociativos preferentes, estrategias y políticas de desarrollo, solución de controversias, remitir aportes y organizar las reuniones sobre los temas del Grupo de los 20 (G20). ● En el ámbito de la Organización Mundial del Comercio (OMC), consolidar un sistema multilateral de comercio. ● Contribuir en la formulación y en la planificación de políticas y estrategias de nuevos mercados en el exterior, formular e implementar las estrategias, las políticas y lo instrumentos para el desarrollo de inversiones de empresas extranjeras. ● Punto Nacional de Contacto Argentino (PNCA): Por Resolución N° 17 de fecha 25 de enero de 2013 se establecieron como funciones del Punto Nacional de Contacto 26 "promover la vigencia de las Directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para las Empresas Multinacionales y contribuir a la resolución de asuntos vinculados con la implementación de las mismas". Funciona dentro del ámbito de Subsecretaría de Negociaciones Económicas Internacionales. ● G20: Es el principal foro de coordinación económica internacional, reúne a las veinte principales economías del mundo, tanto desarrolladas como emergentes. El proceso del G20 consta de un canal de sherpas –encabezado por la Cancillería- y un canal de finanzas –encabezado por el Ministerio de Hacienda y Finanzas- que trabajan de manera permanente y coordinada en la preparación y seguimiento de los temas y compromisos que se adoptan en el evento principal: las Cumbres de Líderes que se llevan a cabo anualmente. Argentina asumió en diciembre de 2017 la presidencia del G20, con período de 1 año (2018). Se reúnen líderes mundiales, presidentes de bancos centrales y ministros en Argentina. ● CEI: Es el centro de estudios económicos especializado de la Cancillería argentina que depende de la Secretaría de Relaciones Económicas Internacionales (SEREI). Sus principales objetivos son: ○ Identificar tendencias económicas de mediano y largo plazo a nivel regional y global, proponiendo opciones estratégicas y cursos de acción beneficiosos para el desarrollo nacional. ○ Asistir a las autoridades de la Cancillería en materia de análisis técnicos nacionales e internacionales. ○ Realizar y difundir estudios, análisis de coyuntura, indicadores, e informes económicos relacionados con la situación económica de terceros países y/o bloques de países y/o uniones aduaneras. ○ Brindarasistencia técnica a los distintos organismos oficiales, promover el intercambio de información estadística y documental y coordinar la realización de investigaciones conjuntas en materia de economía internacional. ○ Promover la celebración de convenios de asistencia técnica y participar en programas de cooperación internacional, en el ámbito de su competencia específica. ○ Realizar seminarios, congresos, conferencias y jornadas de carácter académico y de promoción. Desarrollo del Plan Antártico (programa 20) ● Desarrollo de las políticas nacionales de aplicación, las normas y la fiscalización de actividades en un continente de difícil acceso con clima inhóspito y dentro de un marco jurídico vigente. ● Mantener la soberanía de nuestro país en el sector antártico argentino y ejecutar proyectos con un impacto positivo en la economía nacional. ● Vigilar y impulsar el cumplimiento de la ley N° 18.513 Promoción de la cooperación internacional (programa 22) ● Se implementa la política exterior en materia de cooperación internacional, bilateral, multilateral y triangular con un enfoque en el fortalecimiento de la cooperación 27 internacional y las estrategias de cooperación descentralizada a nivel de gobiernos subnacionales. ● Control de gestión de las acciones de cooperación técnica bilateral y multilateral propuestas, las diversas alternativas de financiación existentes y la asignación eficiente de recursos. ● Diseño de las políticas y estrategias nacionales estableciendo las modalidades y procedimientos de cooperación argentina en miras al desarrollo, así como también se coordina la participación de la República en conferencias, reuniones, congresos, seminarios especializados y toda otra convocatoria internacional para el tratamiento de los temas de cooperación técnica, armonizando sus alcances y efectos con los lineamientos de política exterior. Cuotas y contribuciones a organismos internacionales: ● Cumplimiento de las obligaciones de la República Argentina en el financiamiento de los Organismos Internacionales, ya que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto entiende en todas las negociaciones multilaterales con los mismos, y especialmente en la adopción de los estatutos y escalas de cuotas particulares que establecen el monto que deberá pagar la Argentina para el mantenimiento de cada organismo en su estatus de ser miembro. ● Se encuentran, entre otras, las cuotas obligatorias del fondo regular de las Naciones Unidades y sus organismos especializados (FAO, ONUDI, OIEA, OPAQ, OPANAL, OMC, SGP, UNESCO, OMS, OIT, etc.), de los Tribunales Internacionales y la Corte Penal Internacional, los fondos ambientales, los aportes a la Secretaría de Tratado Antártico, el fondo regular de la Organización de los Estados Americanos y sus programas, como así también los aportes al MERCOSUR, ALADI y UNASUR. ● Se incluyen también las contribuciones voluntarias que realiza el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para apoyar distintos programas e instituciones multilaterales, en sus líneas específicas de trabajo para la promoción de los derechos humanos, la asistencia humanitaria, la cooperación sur-sur y la protección ambiental, entre otras. Tema Malvinas El ministerio de Relaciones Exteriores y Culto tiene una gran participación en el tema Malvinas. El Reino Unido ignora los llamados de la comunidad internacional para retomar el diálogo con la Argentina, ya que Malvinas es un territorio de soberanía en disputa. El ministerio de Relaciones Exteriores, al tener injerencia en todo lo vinculado a relación con otros países, toma un importante papel en este tema. En conjunto al Ministerio de Justicia, colaboró con el proyecto de identificación de 90 soldados en Malvinas, y del posterior viaje de los familiares a las islas para homenajearlos. Se está avanzando en la gestión para que haya un viaje aéreo semanal desde el continente a las islas, y que dos veces por mes, ese viaje tenga escala en Argentina. Esto contribuye generar un clima de confianza y diálogo entre el continente y los habitantes de las islas. Se está avanzando en la reanudación de las actividades de cooperación científica para la conservación de los recursos pesqueros en el área comprendida entre la latitud de 45° Sur y 60° Sur del Atlántico Sudoccidental. 28 En junio del año pasado, la Argentina volvió a conseguir respaldo en la ONU en su reclamo por las islas Malvinas, instando al Reino Unido a reanudar el diálogo. Trámites consulares Se encuentra en negociación el Programa de Vacaciones y Trabajo con España, ya se firmó un memorándum de entendimiento en febrero de 2017. Simplificación de los trámites para obtención de visa Work & Holiday para Australia. 29 Análisis presupuestario Para esta sección se utilizan como fuente las partidas presupuestarias publicadas en la página web del ministerio de hacienda de la nación desde el 2014 hasta el corriente año según la jurisdicción por entidad. https://www.minhacienda.gob.ar/onp/presupuestos/2018 Comparación de presupuestos en valores nominales: Comparación de presupuestos en valores reales: 30 https://www.minhacienda.gob.ar/onp/presupuestos/2018 Presupuesto 2018 El presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para 2018 es de $8.503.339.265 que significa un 0,30% del presupuesto nacional. Desde el año 2015 se puede observar una disminución en el presupuesto asignado al Ministerio: en el 2015 constituía el 0,44% del presupuesto nacional, en 2016, el 0,41% y en 2017 se le asignaba el 0,35% del mismo. Según las las comparaciones anteriores, si bien en valores nominales el presupuesto aumentó un 3% desde 2017, en valores reales disminuyó un 17%, que significa más de medio millón de pesos ($570.788.505). Ante esto, se puede observar por ejemplo, que se eliminó el “Programa 23: Acciones diplomáticas para la promoción del reclamo argentino de reconocimiento de la soberanía nacional de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur”, que ahora se encuentra comprendido en el “Programa 16: Acciones diplomáticas de política exterior”. Del presupuesto total del año 2018, la CATEGORÍA 2 (“Actividades comunes a los programas 16,19 y 22”) es a la que se le designa la mayor cantidad de presupuesto, un 55,2%. Esta categoría reúne todas aquellas actividades comunes llevadas a cabo en el exterior por la red institucional de representaciones diplomáticas dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (constituida por 87 Embajadas, 63 Consulados Generales y Centros de Promoción Comercial, Consulados Generales y Consulados Simples y 7 Representaciones ante organismos internacionales y ante la Unión Europea). A la CATEGORÍA 1 (“Actividades Centrales”), se le asigna el 20% del presupuesto total. El programa se encarga de la conducción política del Ministerio, la coordinación de las acciones de comunicación institucional y las acciones de la unidad de la auditoría interna tendientes al cumplimiento de los objetivos de control interno en el país y en el exterior. A su vez, la conducción del servicio administrativo, económico y financiero, de la gestión de infraestructura,
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