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GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 
 
Profesores Hugo Luis Dalbosco, Alfredo Victor Chaves, Eduardo Arraiza y Esteban Murphy 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TRABAJO PRÁCTICO: MINISTERIO DE 
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
 
 
 
 
 
Estanislao Davonis Grapsas, Luna Paradizo y Martina Sanguinetti 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fecha de entrega. 4 de abril de 2018 
 
3° año Turno noche - Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales 
 
 
Abstract 
El presente trabajo se propone indagar en el funcionamiento, estructura, marcos legales, 
programas, presupuesto y demás aspectos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto 
de la República Argentina. 
 
1 
Presentación del Ministerio 
 
El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto tiene a su cargo las relaciones exteriores de 
la Nación y su representación ante los Gobiernos extranjeros y Organismos Internacionales. 
En ese marco, le corresponde la elaboración de objetivos y de políticas y la ejecución de 
planes, programas y proyectos concernientes a diversos aspectos que pueden sintetizarse 
en los siguientes: 
 
- Políticos: la formulación y participación de la República en los procesos de integración 
regional, su participación en Organismos Internacionales en temas de interés global, como 
la gobernanza mundial, derechos humanos, medio ambiente, el combate contra el delito 
transnacional (terrorismo, narcotráfico, trata de personas, etc.) 
 
- Jurídicos: la tramitación de tratados, la intervención en controversias limítrofes y de 
soberanía y en litigios comerciales; y asuntos relativos a la asistencia judicial internacional 
(rogatorias judiciales, pedidos de extradición). 
 
- Económicos y comerciales: la formulación y conducción de los procesos de integración 
regional de los que participa la Argentina, así como la participación en negociaciones 
económicas bilaterales y multilaterales. La Cancillería tiene a su cargo la conducción del 
servicio comercial exterior e interviene en la política de desarrollo de la inversión extranjera 
de carácter productivo en el país. 
 
- Consulares: la protección y asistencia de los ciudadanos e intereses de los argentinos en 
el exterior, así como el fortalecimiento de sus vínculos con la República. 
 
- Culto: tiene a su cargo las relaciones con todas las organizaciones religiosas que 
funcionan en el país y mantiene un registro de las mismas. 
 
- Cooperación: entiende desde el punto de vista de la política exterior, en la negociación de 
la cooperación internacional en distintos ámbitos en coordinación con los respectivos 
ministerios y con los demás organismos nacionales que tengan competencia en ellos. 
Promueve la elaboración de programas de cooperación Sur-Sur a través del Fondo 
Argentino de Cooperación Horizontal. 
 
- Culturales: promueve y difunde la imagen de la República en el exterior, en los diversos 
aspectos de la cultura nacional. 
2 
Historia 
Con la redacción de la Constitución Nacional de 1853 se establece que debe redactarse 
una ley de Ministros para establecer las funciones que cada uno iba a ejercer. El Ministerio 
de Relaciones Exteriores surge en el año 1856 con la sanción de la ley 80, anteriormente a 
esta, las Relaciones Exteriores de la nación las llevaba a cabo el gobernador de Buenos 
Aires. 
En 1898 se sancionó la ley 3.727, designándo al Ministerio de Relaciones Exteriores la 
función del Culto, que quedará así hasta 1992 con la ley 24.190 que le encarga al ministro 
los temas de Comercio Internacional. 
Finalmente en el año 2011 la función de Comercio Internacional se traslada al Ministro de 
Economía y Finanzas Públicas. 
Actualmente la sede ministerial se encuentra en la calle Esmeralda 1212, en el barrio 
porteño de Retiro, este edificio fue inaugurado en el año 1998. Hasta ese entonces el 
Ministerio se encontraba en el Palacio San Martín, en Arenales 761, que hoy se utiliza como 
sede ceremonial del Ministerio. 
El Palacio San Martín fue donado por la familia Anchorena, quienes residieron allí 20 años, 
desde que se construyó el inmueble hasta su donación en el año 1936. 
 
 
3 
Políticas Públicas del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto 
 
Las políticas a cargo del Ministerio pueden ser divididas en dos grandes grupos, Culto y 
Relaciones Exteriores. 
 
Dentro de las políticas relacionadas al Culto se pueden encontrar la promoción de la libertad 
religiosa, el fomento del diálogo interconfesional, el sostenimiento del culto católico y todas 
las políticas relacionadas con la Santa Sede. 
 
En el ámbito de las relaciones exteriores existen lo que son las políticas más relacionadas a 
lo económico y comercial, que también están en el ámbito de la cooperación internacional y 
son los siguientes puntos: 
● Embajadas, consulados y representaciones ante organismos internacionales 
Reclamo de Soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del 
Sur 
● Afianzamiento de la soberanía en el Sector Antártico Argentino 
● Asuntos internacionales de Seguridad 
● Mantenimiento de las relaciones diplomáticas 
● Organización del G 20 
● Comisión Cascos Blancos 
● Proyectos de ayuda internacional 
● Integración económica regional → MERCOSUR 
 
 
 
 
4 
Regímenes legales de aplicación 
 
Constitución Nacional: 
 
Artículo 2º.- ​El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano. 
Artículo 14​.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos 
conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda 
industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, 
permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la 
prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines 
útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender. 
Artículo 20​.- Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos 
civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer 
bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente 
su culto; testar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir la 
ciudadanía, ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen 
nacionalización residiendo dos años continuos en la Nación; pero la autoridad puede 
acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios a la 
República. 
Artículo 27​.- El Gobierno federal está obligado a afianzar sus relaciones de paz y 
comercio con las potencias extranjeras por medio de tratados que estén en 
conformidad con los principios de derecho público establecidos en esta Constitución. 
Artículo 75.- 
1. Legislar en materia aduanera. Establecer los derechos de importación y 
exportación, los cuales, así como las avaluaciones sobre las que recaigan, serán 
uniformes en toda la Nación. 
7. Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación. 
13. Reglar el comercio con las naciones extranjeras, y de las provincias entre sí. 
16. Proveer a la seguridad de las fronteras. 
22. Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las 
organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y 
concordatos tienen jerarquía superior a las leyes. 
La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; laDeclaración 
Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos 
Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el 
5 
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; la 
Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; la Convención 
Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la 
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la 
Mujer; la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o 
Degradantes; la Convención sobre los Derechos del Niño; en las condiciones de su 
vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera 
parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y 
garantías por ella reconocidos. Sólo podrán ser denunciados, en su caso, por el 
Poder Ejecutivo Nacional, previa aprobación de las dos terceras partes de la totalidad 
de los miembros de cada Cámara. 
Los demás tratados y convenciones sobre derechos humanos, luego de ser 
aprobados por el Congreso, requerirán del voto de las dos terceras partes de la 
totalidad de los miembros de cada Cámara para gozar de la jerarquía constitucional. 
24. Aprobar tratados de integración que deleguen competencias y jurisdicción a 
organizaciones supraestatales en condiciones de reciprocidad e igualdad, y que 
respeten el orden democrático y los derechos humanos. Las normas dictadas en su 
consecuencia tienen jerarquía superior a las leyes. 
La aprobación de estos tratados con Estados de Latinoamérica requerirá la mayoría 
absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara. En el caso de tratados con 
otros Estados, el Congreso de la Nación, con la mayoría absoluta de los miembros 
presentes de cada Cámara, declarará la conveniencia de la aprobación del tratado y 
sólo podrá ser aprobado con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los 
miembros de cada Cámara, después de ciento veinte días del acto declarativo. 
La denuncia de los tratados referidos a este inciso, exigirá la previa aprobación de la 
mayoría absoluta de la totalidad da los miembros de cada Cámara. 
Artículo 99​.- El Presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones: 
7. Nombra y remueve a los embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de 
negocios con acuerdo del Senado; por sí solo nombra y remueve al jefe de gabinete 
de ministros y a los demás ministros del despacho, los oficiales de su secretaría, los 
agentes consulares y los empleados cuyo nombramiento no está reglado de otra 
forma por esta Constitución. 
11. Concluye y firma tratados, concordatos y otras negociaciones requeridas para el 
mantenimiento de buenas relaciones con las organizaciones internacionales y las 
naciones extranjeras, recibe sus ministros y admite sus cónsules. 
Ley 22.520 Ley de Ministerios (12 de marzo de 1992). ​Siendo modificada por los decretos 
223/2016 y 513/2017. 
6 
TÍTULO V: DEL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS Y DE CADA MINISTERIO EN 
PARTICULAR 
ARTÍCULO 18.- Compete al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO asistir 
al Presidente de la Nación, y al Jefe de Gabinete de Ministros en orden a sus competencias, 
en todo lo inherente a las relaciones exteriores de la Nación y su representación ante los 
gobiernos extranjeros, la SANTA SEDE y las entidades internacionales en todos los campos 
del accionar de la República, y en particular: 
1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia. 
2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados 
conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL. 
3. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en todas las reuniones, 
congresos y conferencias de carácter internacional y en las misiones especiales ante los 
gobiernos extranjeros, organismos y entidades internacionales, así como en las 
instrucciones que corresponda impartir en cada caso, y su ejecución. 
4. Entender en las relaciones con el cuerpo diplomático y consular extranjero, y con los 
representantes gubernamentales, de organismos y entidades intergubernamentales en la 
República. 
5. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en la elaboración, registro e 
interpretación de los tratados, pactos, convenios, protocolos, acuerdos, arreglos o cualquier 
otro instrumento de naturaleza internacional, en todas las etapas de la negociación, 
adopción, adhesión, accesión y denuncia. 
6. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en todo lo inherente a las 
actividades de las misiones especiales enviadas a la República por los gobiernos 
extranjeros o por organismos o entidades internacionales. 
7. Entender en la protección y asistencia de los ciudadanos e intereses de los argentinos en 
el exterior, así como fortalecer sus vínculos con la República. 
8. Intervenir, en su área, en las decisiones sobre el uso de la fuerza armada, en las materias 
relacionadas con el estado de guerra y su declaración, en la solución de las controversias 
internacionales, los ajustes de paz, la aplicación de sanciones decididas por organismos 
internacionales competentes y otros actos contemplados por el derecho internacional. 
9. Entender en la política vinculada con las operaciones de mantenimiento de la paz en el 
ámbito de las organizaciones internacionales y como resultado de compromisos bilaterales 
adquiridos por la República, e intervenir en su ejecución. 
10. Entender en la política de desarme, seguridad y antiterrorismo internacional. 
11. Entender en la introducción y tránsito de fuerzas extranjeras por el territorio de la 
República y la salida de fuerzas nacionales, sin perjuicio de la competencia del 
MINISTERIO DE DEFENSA. 
7 
12. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en las materias referidas a la no 
proliferación de tecnologías sensitivas vinculadas a las armas de destrucción en masa e 
intervenir en el control de exportaciones sensitivas y material bélico. 
13. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en la tramitación de los tratados 
de arreglos concernientes a los límites internacionales, y en el registro y difusión de los 
mapas oficiales de los límites de la República. 
14. Entender en la tramitación de rogatorias judiciales, pedidos de extradición y en los 
asuntos relativos a la asistencia judicial internacional. 
15. Entender en la concesión del derecho de asilo y el otorgamiento de la condición de 
refugiado. 
16. Entender en la promoción y difusión de la imagen de la República en el exterior, 
coordinando previamente con los organismos que correspondan. 
17. Entender en los aspectos políticos económicos internacionales, en la formulación y 
conducción de los procesos de integración de los que participa la República, como así 
también en cimiento y conducción de los órganos comunitarios surgidos de dichos 
procesos, y en todo lo relativo a su convergencia futura con otros procesos de integración, 
sin perjuicio de la intervención de las jurisdicciones que tengan asignadas competencias enla materia. 
18. Entender, desde el punto de vista de la política exterior y en coordinación con los 
organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace, en el desarrollo de los procesos 
de integración física con los países limítrofes. 
19. Intervenir en la política comercial en el exterior, incluyendo la promoción y las 
negociaciones internacionales de naturaleza comercial, así como en la conducción del 
servicio comercial exterior 
20. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en las negociaciones 
económicas bilaterales con las naciones con las que la República mantenga relaciones, así 
como en las negociaciones económicas multilaterales a través de los organismos 
económicos internacionales, regionales y subregionales. 
21. Entender en la promoción, organización y participación en exposiciones, ferias, 
concursos, muestras y misiones de carácter económico, oficiales y privadas, en el exterior, 
atendiendo a las orientaciones de política económica global y sectorial que se definan. 
22. Entender en las políticas y determinación de acciones de asistencia humanitaria 
internacional, ayuda de emergencia y rehabilitación para el desarrollo a nivel internacional, 
su implementación, financiación y ejecución, en coordinación con los organismos 
competentes del sistema de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales. 
23. Entender en todo lo relacionado con las representaciones permanentes o transitorias de 
la República en el exterior. 
24. Entender en la organización del Servicio Exterior de la Nación y en el ingreso, 
capacitación, promoción y propuestas de ascensos de sus integrantes que se realicen al 
Honorable Congreso de la Nación. 
8 
25. Entender en la legalización de documentos para y del exterior. 
26. Entender en la publicación del texto oficial de los tratados y demás acuerdos 
internacionales concluidos por la Nación. 
27. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en la negociación de la 
cooperación internacional en los ámbitos educativos, cultural, ambiental, económico, social, 
científico, técnico, tecnológico, nuclear, espacial, laboral y jurídico, en coordinación con los 
respectivos ministerios y con los demás organismos nacionales que tengan competencia en 
alguno de dichos ámbitos. 
28. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, en la elaboración y ejecución de 
la política de migración e inmigración en el plano internacional y en lo relacionado con la 
nacionalidad, derechos y obligaciones de los extranjeros y su asimilación e integración con 
la comunidad nacional. 
29. Entender en las negociaciones internacionales y participar, desde el punto de vista de 
las relaciones exteriores en la formulación y ejecución de las políticas sobre protección del 
medio ambiente, y de la preservación del territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas 
adyacentes, así como del espacio aéreo. 
30. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en todo lo relativo a la 
prevención y sanción de delitos internacionales. 
31. Entender en las negociaciones internacionales e intervenir en la formulación de políticas 
que conduzcan a convenios bilaterales y multilaterales de cooperación internacional en 
materia de lucha contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. 
32. Entender en el reconocimiento de Estados, Gobiernos y situaciones internacionales. 
33. Entender en la aplicación del derecho humanitario internacional en cooperación con los 
organismos especializados de Naciones Unidas, con la Cruz Roja Internacional, así como 
también en la formulación y ejecución del programa internacional denominado “Cascos 
Blancos”. 
34. Participar en la formulación de políticas, elaboración de planes y programas, y en la 
representación del Estado nacional ante los organismos internacionales en materia de 
Derechos Humanos y en aquellos relativos a la condición y situación de la mujer, e 
intervenir en la reforma de la legislación nacional en dichas materias. 
35. Intervenir en todos los actos del PODER EJECUTIVO NACIONAL que tengan conexión 
con la política exterior de la Nación o se vinculen con los compromisos asumidos por la 
República. 
36. Entender, conjuntamente con el MINISTERIO DE DEFENSA, en la planificación y 
dirección de la política antártica, como así también en la implementación de los 
compromisos internacionales, e intervenir en la ejecución de la actividad antártica. 
37. Entender en las relaciones del Gobierno con la Iglesia Católica, Apostólica y Romana; 
en la centralización de las gestiones que ante la autoridad pública hicieran la Iglesia, 
personas y entidades del culto y en las acciones correspondientes al otorgamiento de 
credenciales eclesiásticas. 
9 
38. Entender en las relaciones con todas las organizaciones religiosas que funcionen en el 
país para garantizar el libre ejercicio del culto y en el registro de las mismas. 
39. Intervenir en la elaboración de las políticas para el desarrollo de áreas y zonas de 
frontera y entender en su ejecución en el área de su competencia. 
40. Intervenir en la política de desarrollo de la inversión extranjera de carácter productivo en 
el país, así como en la política de internacionalización de las empresas argentinas en el 
exterior. 
 
Decreto 174/2018 - Administración Pública Nacional 
VI - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
 
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL 
OBJETIVOS: 
 
1. Asistir al señor Canciller en el cumplimiento de todas sus funciones y coordinar su 
Gabinete de Asesores. 
2. Intervenir en la coordinación de las estrategias de comunicación. 
 
3. Intervenir en la coordinación de las políticas y estrategias nacionales en materia de 
asistencia humanitaria internacional. 
10 
4. Intervenir en la coordinación de las actividades de interpretación y traducción de la 
documentación solicitada por las distintas áreas internas del MINISTERIO DE 
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. 
 
5. Supervisar el desarrollo de las tareas que se relacionen con análisis de documentos y 
agenda diaria del señor Canciller, preparación de discursos y asesoría técnica en materias 
afines. 
 
6. Intervenir en la tramitación de las solicitudes de audiencias formuladas al señor Canciller, 
tanto en el país como en el exterior, y asesorarlo respecto de su temario, importancia y 
prioridad. 
 
7. Entender en la coordinación de la atención de las delegaciones y personalidades que 
concurran a entrevistarse con el señor Canciller. 
8. Supervisar el análisis y derivaciones a los organismos correspondientes, de aquellas 
solicitudes cuyo tenor no hiciera necesaria la concreción de entrevistas directas con el señor 
Canciller. 
 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y DIPLOMACIA PÚBLICA 
 
OBJETIVOS 
 
1. Entender en la coordinación institucional entre el MINISTERIO DE RELACIONES 
EXTERIORES Y CULTO y los Organismos y Autoridades de los distintos poderes del 
Estado en el ámbito Nacional, Provincial, Municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE 
BUENOS AIRES, Entes Regionales e Instituciones intermedias. 
 
2. Intervenir en materia institucional en lo referente a las relaciones con las sociedades yentidades de carácter civil como, así también, con los Organismos No Gubernamentales, en 
el ámbito de las relaciones internacionales. 
3. Intervenir en la definición y elaboración de estrategias y acciones tendientes a promover 
la participación de las organizaciones de la sociedad civil, para profundizar la integración 
regional, en coordinación con las áreas competentes. 
4. Coordinar, conjuntamente con la Cámara Nacional Electoral y el MINISTERIO DEL 
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la realización de los comicios en las 
Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA, en ocasión 
de elecciones nacionales. 
5. Intervenir en la elaboración y definición de estrategias para las acciones de diplomacia 
pública, incorporando nuevas tecnologías de comunicación para contribuir a la concreción 
de los objetivos de política exterior. 
 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR 
11 
 OBJETIVOS: 
 
1. Entender en materia de administración y gestión de recursos humanos y en la 
planificación, gestión y modernización de los procesos y sistemas vinculados con su 
administración en el país y en las Representaciones argentinas en el exterior. 
 
2. Ejercer la Presidencia de la Junta Calificadora del personal del Servicio Exterior de la 
Nación, establecida por el Artículo 36 de la Ley N° 20.957 y prestar apoyo a los órganos del 
personal del servicio civil. 
3. Ejercer el rol de Organismo de Coordinación del Gobierno para la implementación de 
 
Programas y Proyectos del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la 
Oficina de Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) en la REPÚBLICA 
ARGENTINA. 
 
4. Entender en la ejecución operativa y en los procesos de gestión administrativa, 
presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, 
donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de 
proyectos de participación público-privada. 
5. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las 
actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, 
donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación 
público-privada. 
 
6. Entender en las cuestiones vinculadas con la formulación presupuestaria, la gestión 
económica, financiera, patrimonial, contable, de infraestructura, de mantenimiento y de 
servicios, y de los demás bienes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y 
CULTO, tanto en el país como en el exterior. 
7. Entender en el asesoramiento jurídico sobre aspectos específicos y funcionales del 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO e intervenir en la elaboración de 
todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones que 
introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la Jurisdicción. 
 
8. Ordenar la instrucción de los sumarios administrativos disciplinarios e informaciones 
sumarias y otras investigaciones administrativas en la Jurisdicción y disponer su clausura de 
conformidad con la normativa vigente en la materia. 
9. Entender en la planificación de las acciones relativas a la gestión y administración de las 
tecnologías de la información y las comunicaciones asociadas del MINISTERIO DE 
ELACIONES EXTERIORES Y CULTO, en el país y en las Representaciones Diplomáticas y 
Consulares de la República en el exterior y, asimismo, planificar, programar y coordinar la 
ejecución de las acciones tendientes a la correcta implementación de la gestión electrónica 
de la documentación, establecida en las normas de modernización del Estado Nacional, y 
en la preservación del fondo documental de la Jurisdicción. 
 
10. Entender en la gestión documental de la Jurisdicción y supervisar las acciones 
tendientes a la gestión electrónica. 
12 
11. Entender en los procesos de planificación, evaluación del mantenimiento y 
administración de los bienes muebles e inmuebles, propios, en posesión o tenencia del 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y delegaciones en el Extranjero y 
en los procesos y actividades referidos a la seguridad y protección de las personas, bienes 
e información de la Jurisdicción y de las Representaciones argentinas en el exterior. 
 
12. Entender y planificar las acciones relativas al sistema de seguimiento y control de 
gestión de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA 
ARGENTINA en el exterior. 
13. Intervenir en el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa que regula el acceso a la 
información pública, establecida en la Ley N° 27.275 y su decreto reglamentario N° 1172 de 
fecha 3 de diciembre de 2003 y sus modificatorios. 
 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES 
OBJETIVOS 
 
1. Entender desde el punto de vista de la política exterior, en las relaciones con todos los 
países y los Organismos Internacionales y coordinar con las otras Secretarías del 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO los diversos aspectos de la 
política exterior y su armonización en base a criterios funcionales y geográficos. 
 
2. Entender en la formulación de políticas, elaboración de planes, programas y cursos de 
acción, así como en la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos 
internacionales y regionales en los asuntos relativos a: derechos humanos, asuntos de 
género, situación de la mujer; seguridad internacional, nuclear y espacial, y en los asuntos 
relativos a la seguridad humana, seguridad cibernética, la lucha contra el uso indebido de 
drogas, narcotráfico, política de desarme y no proliferación, terrorismo internacional; 
desarrollo e innovación tecnológica; temas energéticos; espacios marítimos bajo disputa de 
soberanía; operaciones de mantenimiento de paz; desarrollo de áreas y zonas de frontera; 
la preservación y protección de los recursos naturales, medio ambiente, recursos del 
territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas adyacentes; así como el espacio aéreo, 
en el ámbito de su competencia. 
3. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, en todo lo inherente a las 
actividades de las misiones especiales enviadas a la República por los gobiernos 
extranjeros o por organismos o entidades internacionales. 
4. Entender en los temas vinculados con las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, 
SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur y formular 
la política antártica como, así también, implementar los compromisos internacionales que 
correspondan. 
 
5. Entender en la definición y conducción política y cursos de acción a seguir en materia de 
cooperación internacional bilateral y multilateral; así como en la definición de las 
modalidades de instrumentación de los programas y proyectos de cooperación internacional 
y las alternativas de financiación para su ejecución. 
 
6. Formular y conducir la política y cursos de acción a seguir en materia de asuntos 
13 
consulares, en los asuntos relativos a las cuestiones de política de migración e inmigración 
en el plano internacional, en coordinación con la autoridad migratoria nacional. 
 
7. Interveniren la promoción y difusión de la cultura y de la imagen de la REPÚBLICA 
ARGENTINA en el exterior, en coordinación con los organismos que correspondan. 
 
8. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, y en coordinación con los 
organismos nacionales, provinciales y regionales en el desarrollo de los procesos de 
integración física con los países limítrofes, y en la negociación y tramitación de los tratados 
de arreglos concernientes a los límites internacionales y en el registro y difusión de los 
mapas oficiales de los límites de la REPÚBLICA ARGENTINA. 
 
9. Coordinar con otras áreas de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, Provincial y 
Municipal, los temas de competencia de la cartera que tengan impacto en las relaciones 
internacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA. 
10. Entender en la identificación y elaboración de los objetivos de política exterior, de 
carácter bilateral y multilateral, con todos los actores de la comunidad internacional, 
efectuando las gestiones necesarias para la consecución de estos objetivos, y en la 
concesión del derecho de asilo y en la condición de refugiado. 
 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES 
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR 
OBJETIVOS 
 
1. Efectuar las gestiones para la consecución de los objetivos de política exterior, de 
carácter bilateral o multilateral, con los países de EUROPA, ÁFRICA, MEDIO ORIENTE, 
ASIA y OCEANÍA. 
2. Preparar, implementar y efectuar el seguimiento de las negociaciones que se realicen en 
los Organismos Internacionales. 
3. Intervenir en la elaboración de políticas, planes y programas, y en la representación del 
Estado Nacional ante los Organismos Internacionales en materia de derechos humanos, 
asuntos de género y en aquellos relativos a la condición y situación de la mujer, dentro del 
ámbito de la política exterior, y participar en la formulación de la legislación nacional en 
dichas materias. 
4. Participar en la formulación de las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos 
relativos a la preservación y protección de los recursos naturales, medio ambiente, 
preservación de los recursos del territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas 
adyacentes; así como del espacio aéreo en el ámbito de su competencia. 
 
5. Participar en la formulación de las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos 
relativos a la seguridad internacional, nuclear y espacial, y en los asuntos relativos a la 
seguridad humana, la lucha contra el uso indebido de drogas, narcotráfico, política de 
desarme, terrorismo internacional y a las que tiendan al desarrollo e innovación tecnológica, 
en el ámbito de su competencia. 
14 
6. Colaborar en la programación de los objetivos y planificación de las actividades ante 
reuniones, congresos y conferencias de carácter internacional y misiones especiales ante 
gobiernos extranjeros en el que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, Organismos y 
Entidades Internacionales, así como en las instrucciones que corresponda impartir en cada 
caso y su ejecución. 
7. Participar en el otorgamiento de la condición de refugiado. 
 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES 
SUBSECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR 
OBJETIVOS 
 
1. Intervenir en los temas vinculados a las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, 
SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur. 
 
2. Intervenir en la ejecución de acciones de carácter bilateral y asistir en las negociaciones 
bilaterales en el área de su competencia, coordinando su accionar con las unidades 
competentes de la jurisdicción ministerial o fuera de ella. 
 
3. Diseñar estrategias y coordinar acciones desde el punto de vista de la política exterior, en 
el ámbito bilateral y multilateral, para la mejor defensa de los derechos e intereses 
argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los 
espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur, coordinando las acciones que fueran 
necesarias con las unidades de la jurisdicción ministerial o fuera de ella. 
 
4. Proponer las acciones para la difusión de los derechos argentinos sobre las ISLAS 
MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos 
circundantes en el Atlántico Sur. 
5. Entender en el desarrollo de las políticas y acciones que realiza el Consejo Consultivo 
sobre temas vinculados al Atlántico Sur. 
6. Entender en la planificación y dirección de la política antártica y ejecutar la actividad 
antártica argentina, armonizando sus alcances y efectos con los criterios globales de política 
exterior que se establezcan. 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES 
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE AMÉRICA 
OBJETIVOS 
 
1. Contribuir en la identificación y elaboración de los objetivos de política exterior, de 
carácter bilateral o multilateral, con los países de AMERICA, y efectuar las gestiones 
necesarias para la consecución de estos objetivos. 
15 
2. Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones necesarias para instrumentar y 
desarrollar el proceso de profundización de la integración política con los países 
pertenecientes a AMERICA y con los organismos y foros de integración regional, en 
coordinación con los organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace. 
 
3. Programar los objetivos y formular las estrategias de negociación y planificación de las 
actividades ante los Organismos Internacionales, conferencias, congresos, reuniones o 
foros multilaterales en materia de desarrollo, vinculadas con la región, coordinando con las 
demás unidades competentes de la jurisdicción ministerial y fuera de ella. 
 
4. Intervenir en el marco de la política exterior, en lo relativo a los espacios marítimos y 
fluviales de la REPÚBLICA ARGENTINA. 
5. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior y en coordinación con los 
organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace, en el desarrollo de los procesos 
de integración física con los países limítrofes. 
6. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, en la negociación y tramitación 
de los tratados de arreglos concernientes a los límites internacionales, en el registro y 
difusión de los mapas oficiales de los límites de la República y en el desarrollo de zonas de 
frontera. 
 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES 
OBJETIVOS 
 
1. Entender en la formulación de estrategias, políticas y cursos de acción a seguir en las 
negociaciones económicas y comerciales bilaterales y multilaterales con todas las naciones 
con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como con los 
organismos económicos y comerciales internacionales, regionales y subregionales y, en 
particular, con el MERCO SUR, y participar en toda negociación económica y comercial 
entre las autoridades provinciales y los representantes de terceros países que implique 
alguna obligación en la que se prevean garantías por parte del Estado Nacional, en 
coordinación con las dependencias nacionales competentes. 
 
2. Entender en la formulación de los aspectos políticos económicosinternacionales, en la 
formulación y conducción de los procesos de integración de los que participa la 
REPÚBLICA ARGENTINA como, así también, en el establecimiento y conducción de los 
órganos comunitarios surgidos de dichos procesos y en todo lo relativo a su convergencia 
futura con otros procesos de integración. 
 
3. Entender en la ejecución de la política comercial en el exterior y de su promoción, 
participando en su formulación, definición y contenidos, e intervenir en la definición de 
estrategias de promoción comercial, organización y participación de exposiciones, ferias, 
concursos, muestras y misiones de carácter económico y comercial, oficiales y privadas en 
el exterior y en la ejecución de las políticas de internacionalización de las empresas 
argentinas en el exterior, en coordinación con las dependencias nacionales competentes. 
 
4. Entender en la solución de controversias económicas y comerciales internacionales, en 
coordinación con las dependencias nacionales que correspondan. 
16 
 
5. Entender en la planificación de estrategias para el desarrollo de nuevos mercados en el 
mundo para la oferta exportable argentina. 
6. Intervenir en la ejecución de la política de desarrollo de captación de la inversión 
extranjera de carácter productivo en el país, así como en la ejecución de acciones 
tendientes a ese objetivo en el exterior, en coordinación con las dependencias nacionales 
que tengan competencia en la materia. 
7. Entender en el monitoreo, evaluación y control de los objetivos de gestión y planes de 
acción económico comerciales de las representaciones argentinas en el exterior e impartir 
las directivas e instrucciones en materia económica y comercial, a las Representaciones de 
la REPÚBLICA ARGENTINA ante gobiernos extranjeros y organismos internacionales 
económicos y comerciales, así como a las delegaciones que participen en negociaciones 
económicas y comerciales bilaterales y multilaterales. 
8. Entender en los aspectos relativos a la preparación y ejecución de las misiones 
económico-comerciales que realicen la PRESIDENCIA y la VICEPRESIDENCIA DE LA 
NACIÓN, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL 
al exterior 
9. Entender en el diseño de instrumentos de análisis económico y comercial internacional en 
la realización de estudios e investigaciones, con el fin de brindar información para elaborar y 
llevar a la práctica los objetivos de política exterior de la REPÚBLICA ARGENTINA en 
materia económica y comercial 10. Entender en la negociación de acuerdos bilaterales y 
otros instrumentos de promoción y protección recíproca de las inversiones extranjeras en 
los que participe la REPÚBLICA ARGENTINA. 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES 
 
SUBSECRETARÍA DEL MERCOSUR Y NEGOCIACIONES ECONÓMICAS 
INTERNACIONALES 
 
OBJETIVOS 
 
1. Intervenir en las negociaciones económicas y comerciales bilaterales y multilaterales de 
las que participa la REPÚBLICA ARGENTINA, en general, y en particular, con el MERCO 
SUR en lo relativo a sus dimensiones económica, comercial, institucional, política, social y 
ciudadana y a su relacionamiento externo con otros países y bloques de países. 
 
2. Intervenir en el diseño y en la formulación de las políticas y cursos de acción que tiendan 
al desarrollo y a la integración económica multilateral a nivel continental, regional, 
birregional y subregional, coordinando con las dependencias nacionales competentes. 
 
3. Impulsar los objetivos prioritarios planteados en la política exterior respecto de las 
negociaciones en materia económica y comercial relativas al MERCOSUR, implementando 
los mecanismos requeridos para avanzar en dicha política, coordinando con las 
dependencias nacionales competentes. 
4. Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones necesarias para instrumentar y 
desarrollar el proceso de profundización de la integración política y económica con los 
17 
 
Estados miembros y Estados Asociados del MERCOSUR, en coordinación con los 
organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace. 
5. Intervenir en la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos preferentes, de 
naturaleza económica, comercial y financiera, así como en su administración, con todas las 
naciones con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, proponiendo los 
planes, programas y proyectos pertinentes, como así también los instrumentos adecuados 
para su ejecución, coordinando con las dependencias nacionales competentes. 
 
6. Participar en las reuniones económicas y comerciales multilaterales que se desarrollen en 
los organismos continentales, regionales y subregionales, en las negociaciones económicas 
con las misiones enviadas a la REPÚBLICA ARGENTINA por organizaciones multilaterales 
regionales y subregionales, incluyendo los esquemas de integración en el continente 
americano y en la formulación de las directivas y las instrucciones pertinentes. 
 
7. Intervenir en la elaboración de las instrucciones y las directivas para las 
Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales en los aspectos 
de competencia de la Subsecretaría. 
8. Intervenir en la solución de controversias económicas, comerciales e institucionales de 
naturaleza bilateral y regional que surjan en el marco del MERCOSUR, y de los 
mecanismos de solución de controversias de los acuerdos comerciales de los que la 
REPÚBLICA ARGENTINA es parte, coordinando con las dependencias nacionales 
competentes. 
 
9. Intervenir en las negociaciones y ejecutar los proyectos de políticas y programas con la 
Organización Mundial del Comercio y con los demás organismos multilaterales 
internacionales de carácter económico y comercial, coordinando con las dependencias 
nacionales competentes, y elaborar las instrucciones correspondientes. 
 
10. Intervenir en la negociación de acuerdos bilaterales y otros instrumentos de promoción y 
protección recíproca de las inversiones extranjeras en los que participe la REPÚBLICA 
ARGENTINA. 
 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES 
SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIA COMERCIAL Y PROMOCIÓN ECONÓMICA 
OBJETIVOS 
 
1. Diseñar y promover políticas y cursos de acción que tiendan al desarrollo y a la 
integración económica tanto a nivel bilateral como multilateral con todas las naciones, con 
las que la REPUBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como con los organismos 
económicos y comerciales internacionales, regionales y subregionales y, en particular, con 
el MERCOSUR, a través de herramientas de inteligencia económica y comercial. 
 
2. Intervenir en la formulación de políticas y estrategias para el desarrollo y apertura de 
nuevos mercados en el exterior, para la oferta exportable argentina. 
 
18 
3. Formular e implementar estrategias, políticas e instrumentos para el desarrollo de 
inversiones de empresas extranjeras en el país que contribuyan al desarrollo nacional, 
complementando la inversión doméstica, así como para la internacionalización de las 
empresas locales, en coordinación con las dependencias nacionales competentes. 
 
4. Colaborar en el desarrollo de las relaciones económicas bilaterales y participaren las 
negociaciones económicas y comerciales bilaterales y multilaterales. 
 
5. Ejecutar y definir las estrategias para el desarrollo de políticas de promoción comercial 
internacional, difundiendo los productos y servicios nacionales en los mercados extranjeros, 
y participar en las actividades de promoción de inversiones, turismo, deporte, cultura y de 
las economías regionales, en función de las prioridades que se definan en el ámbito 
nacional y provincial, en coordinación con las dependencias nacionales competentes. 
 
6. Intervenir en la definición de estrategias de promoción comercial, organización y 
participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones de carácter 
económico y comercial, oficiales y privadas, en el exterior, en el marco de la política 
económica global y sectorial que se defina y en función de las prioridades nacionales, en 
coordinación con las dependencias nacionales con competencia en la materia. 
 
7. Elaborar las instrucciones y las directivas para las Representaciones de la REPUBLICA 
ARGENTINA y delegaciones oficiales en los aspectos de competencia de la Subsecretaría, 
de conformidad con los lineamientos de la SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS 
INTERNACIONALES. 
 
8. Intervenir en el diseño de documentos de análisis y estudios de impacto a mediano y 
largo plazo que elabore el Centro de Economía Internacional, para orientar la estrategia en 
las negociaciones económicas comerciales internacionales, bilaterales y multilaterales; así 
como los estudios relativos a la apertura de mercados y a la colocación de la oferta 
exportable de productos y servicios argentinos. 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES 
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES 
OBJETIVOS 
 
1. Intervenir en el diseño y en la formulación de las políticas y cursos de acción que tiendan 
al desarrollo económico a nivel bilateral y a la integración económica bilateral con todas las 
naciones con las que la REPUBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, excluyendo los 
países del MERCOSUR y coordinando con las dependencias nacionales competentes. 
 
2. Intervenir en la ejecución de los planes de acción en materia económica, comercial y de 
inversiones, en el ámbito de las competencias de la Subsecretaría. 
 
3. Intervenir en la planificación de las estrategias y las políticas para el desarrollo y apertura 
de nuevos mercados en las naciones o regiones para la oferta exportable argentina, en 
coordinación con las dependencias nacionales con competencia en la materia. 
 
4. Participar en las negociaciones económicas bilaterales con todas las naciones con las 
19 
que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, excluyendo los Estados parte del 
MERCOSUR, así como con sus agrupaciones y organismos regionales y asesorar a los 
negociadores. 
 
5. Intervenir en el monitoreo, evaluación y control de los objetivos de gestión y planes de 
acción económico-comerciales de las representaciones argentinas en el exterior. 
 
6. Intervenir en la elaboración de las instrucciones y las directivas para las 
Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales en los aspectos 
de competencia de la Subsecretaría de conformidad con los lineamientos de la 
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES. 
7. Intervenir en los aspectos relativos a la preparación y ejecución de las misiones 
económico-comerciales que realice la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la 
VICEPRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del 
PODER EJECUTIVO NACIONAL al exterior. 
8. Intervenir en la coordinación de la representación nacional y preparación de las reuniones 
económicas bilaterales que se desarrollen en nuestro país y en el exterior, cuyo objeto sea 
el seguimiento de relaciones bilaterales en materia económica, excluyendo los Estados 
partes del MERCOSUR, en articulación con las restantes dependencias nacionales que 
correspondan. 
 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
SECRETARIA DE CULTO 
OBJETIVOS 
 
1. Entender en la formulación de políticas referidas a las relaciones de la REPÚBLICA 
ARGENTINA con la Santa Sede y con la Soberana y Militar Orden de Malta y en lo 
inherente a la conclusión de instrumentos internacionales, incluyendo la negociación y 
celebración de concordatos y acuerdos que se relacionen con la materia religiosa y/o culto. 
 
2. Actuar en todo lo inherente a las relaciones del Gobierno con la Iglesia Católica 
Apostólica Romana, así como en la centralización de las gestiones que ante las Autoridades 
Públicas hiciera la Iglesia, especialmente, con relación a asuntos eclesiásticos y en el 
cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento del Culto Católico Apostólico 
Romano, así como en el otorgamiento de las credenciales eclesiásticas. 
 
3. Entender en las solicitudes de reconocimiento e inscripción de las Iglesias, Confesiones, 
Comunidades o Entidades Religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana y 
de institutos de vida consagrada, que ejerzan su actividad en el territorio nacional. 
 
4. Actuar en todo lo inherente a las relaciones del Gobierno con todas las Iglesias, 
Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas distintas de la Iglesia Católica 
Apostólica Romana que existen en el país, así como en la centralización de las gestiones 
que ante las Autoridades Públicas hicieren las mismas. 
5. Intervenir en la planificación y desarrollo de los objetivos y estrategias correspondientes 
para posicionar internacionalmente a la REPÚBLICA ARGENTINA como Estado 
comprometido con la diversidad y el diálogo interreligioso. 
20 
6. Entender en lo inherente a las reuniones, congresos y conferencias de carácter nacional 
e internacional y misiones especiales ante gobiernos extranjeros y entidades internacionales 
que se relacionen con la materia religiosa y/o culto. 
 
7. Asesorar a los funcionarios y/o áreas de gobierno que así lo requieran en cuestiones de 
índole religiosa. 
 
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 
SECRETARIA DE CULTO 
SUBSECRETARIA DE CULTO 
OBJETIVOS 
 
1. Identificar, planificar y coordinar las políticas atinentes a las relaciones del Estado 
Nacional con la Iglesia Católica Apostólica Romana, la Conferencia Episcopal Argentina, 
Arzobispados y Obispados, Institutos de Vida Consagrada y otras personas eclesiásticas y 
el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento del culto católico. 
 
2. Formular e intervenir en las acciones relativas a las solicitudes de reconocimiento e 
inscripción y demás trámites administrativos de Institutos de Vida Consagrada. 
 
3. Formular e intervenir en las acciones relativas a las solicitudes de reconocimiento e 
inscripción y demás trámites administrativos que las Iglesias, Confesiones, Comunidades o 
Entidades Religiosas realicen ante la Dirección Nacional del Registro Nacional de Cultos. 
 
4. Programar los objetivos y formular las estrategias atinentes a las relaciones del Estado 
Nacional con las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas distintas de la 
Iglesia Católica Apostólica Romana. 
5. Intervenir en la planificación y desarrollo de las estrategias necesarias para la formulación 
de políticas atinentes a la promociónde la libertad e igualdad religiosa como, así también, 
del diálogo interreligioso en la REPÚBLICA ARGENTINA. 
 
TRATADOS DE JERARQUÍA CONSTITUCIONAL 
La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 
La Declaración Universal de Derechos Humanos; 
La Convención Americana sobre Derechos Humanos; 
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; 
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; 
La Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; 
La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación 
Racial; 
La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; 
La Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; 
La Convención sobre los Derechos del Niño 
 
TRATADOS 
21 
Tratado de Asunción (Ley Nº 23.981): este tratado dio origen al esquema de integración 
económica denominado Mercado Común del Sur. 
Tratado Antártico (Ley N° 15802): regula las relaciones internacionales con respecto a la 
Antártida. 
Tratado de No Proliferación Nuclear (Ley Nº 24.448): restringe la posesión de armas 
nuleares. 
Tratado de Tlatelolco (Ley Nº 24.272): establece la desnuclearización del territorio de 
America Latina y el Caribe de los países signatarios. 
 
ACUERDOS CON LA SANTA SEDE 
 
Ley 17.032 - Reconocimiento de potestades de la Iglesia Católica Apostólica Romana 
 
Buenos Aires, 23 de noviembre de 1966 
 
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5º del Estatuto de la Resolución 
Argentina: 
El Presidente de la Nación Argentina, sanciona y promulga con fuerza de Ley: 
ARTICULO 1º. -Apruébase el Acuerdo entre la Santa Sede y la República Argentina, 
suscrito en Buenos Aires, el 10 de octubre de 1966. 
ARTICULO 2º. -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial 
y archívese. ONGANIA. -Nicanor E. Costa Méndez. 
ACUERDO ENTRE LA SANTA SEDE 
 
Y LA REPUBLICA ARGENTINA 
La Santa Sede reafirmando los principios del Concilio Ecuménico Vaticano II y el Estado 
Argentino inspirado en el principio de la libertad reiteradamente consagrado por la 
Constitución Nacional y a fin de actualizar la situación jurídica de la Iglesia Católica 
Apostólica Romana, que el Gobierno Federal sostiene, convienen en celebrar un Acuerdo. 
A este fin, Su Santidad el sumo Pontífice Paulo VI ha tenido a bien nombrar por su 
Plenipotenciario a Su Excelencia Reverendísima Monseñor Umberto Mozzoni, Nuncio 
Apostólico en Argentina, y el excelentísimo señor Presidente de la Nación Argentina, 
Teniente General D. Juan Carlos Onganía, ha tenido a bien nombrar por su Plenipotenciario 
a Su Excelencia Dr. Nicanor Costa Méndez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto. 
Los Plenipotenciarios, después de confrontar sus respectivos Plenos Poderes y habiéndolos 
hallado en debida forma, acuerdan lo siguiente: 
ARTICULO I 
El Estado Argentino reconoce y garantiza a la Iglesia Católica Apostólica Romana el libre y 
pleno ejercicio de su poder espiritual, el libre y público ejercicio de su culto, así como de su 
jurisdicción en el ámbito de su competencia, para la realización de su fines específicos. 
ARTICULO II 
La Santa Sede podrá erigir nuevas circunscripciones eclesiásticas, así como los límites de 
las existentes o suprimirlas, si lo considerare necesario o útil para la asistencia de los fieles 
y el desarrollo de su organización. 
Antes de proceder a la erección de una nueva Diócesis o de una Prelatura o a otros 
cambios circunscripciones diocesanas, la Santa Sede comunicará confidencialmente al 
Gobierno sus intenciones y proyectos a fin de conocer si éste tiene observaciones legítimas, 
exceptuando el caso de mínimas rectificaciones territoriales requeridas por el bien de las 
22 
almas. 
La Santa Sede hará conocer oficialmente en su oportunidad al Gobierno las nuevas 
erecciones, modificaciones o supresiones efectuadas, a fin de que éste proceda a su 
reconocimiento por lo que se refiere a los efectos administrativos. 
Serán también notificados al Gobierno las modificaciones de los límites de las Diócesis 
existentes. 
ARTICULO III 
El nombramiento de los Arzobispos y Obispos es de competencia de la Santa Sede. 
 
Antes de proceder al nombramiento de Arzobispos y Obispos residenciales, de Prelados o 
de Coadjutores con derechos a sucesión, la Santa Sede comunicará al Gobierno Argentino 
el nombre de la persona elegida para conocer si existen objeciones de carácter político 
general en contra de la misma. 
El Gobierno Argentino dará su contestación dentro de los treinta días. Transcurrido dicho 
término el silencio del Gobierno se interpretará en el sentido de que no tiene objeciones que 
oponer al nombramiento. Todas estas diligencias se cumplirán en el más estricto secreto. 
Todo lo relativo al Vicariato Castrense continuará rigiéndose por la Convención del 28 de 
Junio de 1957. 
 
Los Arzobispos, Obispos residenciales y los Coadjutores con derecho a sucesión serán 
ciudadanos argentinos. 
 
ARTICULO IV 
Se reconoce el derecho de la Santa Sede de publicar en la República Argentina las 
disposiciones relativas al gobierno de la Iglesia y el de comunicar y mantener 
correspondencia libremente con los Obispos, el clero y los fieles relacionada con su noble 
ministerio, de la misma manera que éstos podrán hacerlo con la Sede Apostólica. 
Gozan también de la misma facultad los Obispos y demás autoridades eclesiásticas en 
relación con sus sacerdotes y fieles. 
 
ARTICULO V 
El Episcopado Argentino puede llamar al país a las órdenes, congregaciones religiosas 
masculinas y femeninas y sacerdotes seculares que estime útiles para el incremento de la 
asistencia espiritual y la educación cristiana del pueblo. 
A pedido del Ordinario del lugar, el Gobierno Argentino, siempre en armonía con las leyes 
pertinentes, facilitará al personal eclesiástico y religioso extranjero el permiso de residencia 
y la carta de ciudadanía. 
 
ARTICULO VI 
En caso de que hubiese observaciones u objeciones por parte del Gobierno Argentino 
conforme a los artículos segundo y tercero, las Altas Partes contratantes buscarán las 
formas apropiadas para llegar a un entendimiento; asimismo resolverán amistosamente las 
eventuales diferencias que pudiesen presentarse en la interpretación y aplicación de las 
cláusulas del presente Acuerdo. 
 
ARTICULO VII 
El presente Convenio, cuyos textos en lengua italiana y española hacen fe por igual, entrará 
23 
en vigencia en el momento del canje de los Instrumentos de Ratificación. 
En fe de lo cual, los Plenipotenciarios arriba nombrados firmaron y sellaron este Acuerdo, 
en dos ejemplares, en la Ciudad de Buenos Aires, a los diez días del mes de Octubre del 
año mil novecientos sesenta y seis. 
 
Acuerdo con la Santa Sede sobre Jurisdicción Castrense y Asistencia Religiosa 
en las Fuerzas Armadas, suscripto el 28/06/57, ratificado por Decreto Ley 
7.623/57 (05/07/57) y modificado mediante Intercambio de Notas en 1992. 
 
24 
Programas vigentes del Ministerio 
 
Actividades centrales: (categoría 01) 
● Conducción política del Ministerio, la coordinación de las acciones de comunicación 
institucional y las acciones de la unidad de la auditoría interna tendientes al 
cumplimiento de los objetivos de control interno en el país y en el exterior. 
● Conducción del servicio administrativo,económico y financiero, de la gestión de 
infraestructura, de recursos humanos, de la gestión de la tecnología de la 
información, del servicio de gestión documental y registro de actos administrativos, 
del servicio de traducciones oficiales, del otorgamiento de los privilegios impositivos 
y aduaneros al cuerpo diplomático acreditado en la República, del servicio jurídico 
interno que integra la responsabilidad primaria de la Secretaría de Coordinación y 
Cooperación Internacional y la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa. 
● Formación de recursos humanos que integran el servicio exterior de la Nación en los 
procesos de selección, formación inicial, actualización permanente, enseñanza de 
idiomas, como así también la cooperación en la formación diplomática que lleva 
adelante el Instituto del ​Servicio Exterior de la Nación (ISEN)​. 
Categorías del personal del ISEN: 
Embajador extraordinario y plenipotenciario; 
Ministro plenipotenciario de primera clase; 
Ministro plenipotenciario de segunda clase; 
Consejero de embajada y cónsul general; 
Secretario de embajada y cónsul de primera clase; 
Secretario de embajada y cónsul de segunda clase; 
Secretario de embajada y cónsul de tercera clase; 
 
● Obligaciones de Ceremonial del Estado Argentino. 
 
Actividades comunes llevadas a cabo en el exterior por las representaciones diplomáticas 
(categoría 02) 
● 87 Embajadas, 63 Consulados Generales y Centros de Promoción Comercial, 
Consulados Generales y Consulados Simples y 7 Representaciones ante 
organismos internacionales y ante la Unión Europea. 
● Cada una de estas sedes cumple con los objetivos que se definen en su plan de 
trabajo y que tienden implementar las acciones definidas por los programas 
"Acciones Diplomáticas de Política Exterior", "Mantenimiento y Promoción de las 
Relaciones Económicas Internacionales" y "Promoción de la Cooperación 
Internacional", en cada uno de los estados receptores a fin de representar y vincular 
a la Nación Argentina con el ámbito internacional. 
 
Acciones diplomáticas de Política Exterior (programa 16) 
● Diseño y programación de las acciones de política exterior, ya sea bilateral o 
multilateral, cuyo objetivo debe ser fortalecer la inserción de la Argentina en el 
ámbito internacional. 
● Ejecución de acciones de carácter bilateral con socios regionales en coordinación 
con otras agencias del Estado Nacional tendientes al desarrollo de políticas y 
25 
difusión de la temática Malvinas y los asuntos relativos al Atlántico Sur incluyendo a 
la Antártida. 
 
Registro y sostenimiento de cultos (Programa 17) 
● Sostenimiento del culto Católico Apostólico Romano, regulan esto las Leyes N° 
21.950, 22.950, 22.162, 22.430 y 21.540 que disponen regímenes especiales de 
asignaciones cuyo monto global se establece en base a número de obispos, 
seminaristas, parroquias de frontera y asignaciones vitalicias a sacerdotes y obispos 
eméritos y que dan lugar a una suma mensual que se transfiere a la Conferencia 
Episcopal Argentina a través de este programa. 
● Atención de las necesidades de la Iglesia en su relación con el Estado. 
Reconocimiento de personería jurídica canónica con efecto civil a los Institutos de 
Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica, sin necesidad de constituirse en 
asociaciones civiles. 
● Tareas en coordinación con la Conferencia Episcopal Argentina; con la Dirección 
Nacional de Migraciones; con la Administración Federal de Ingresos Públicos; con la 
Dirección General de Asuntos Consulares de este Ministerio y con distintas 
representaciones diplomáticas de nuestro país en el exterior. 
● Se establece el reconocimiento oficial e inscripción de cultos no católicos a través de 
la Dirección Nacional del Registro Nacional de Cultos. 
 
Comisión Cascos Blancos (programa 18) 
● El programa tiene por objeto coordinar la asistencia humanitaria que brinda la 
Argentina en casos de catástrofes socio-naturales y contribuir al combate de las 
expresiones externas del hambre y la pobreza. 
● La Iniciativa Cascos Blancos (ICB) constituye un mecanismo que pone a disposición 
de la comunidad internacional un cuerpo de voluntarios capacitado, en apoyo de las 
actividades de socorro inmediato, rehabilitación y reconstrucción. 
 
Mantenimiento y promoción de las relaciones económicas internacionales (programa 19) 
● Tiene como objetivos la coordinación de las negociaciones económicas 
internacionales tanto bilaterales como multilaterales, la integración económica 
latinoamericana, en particular a través de la profundización MERCOSUR, la 
promoción de las exportaciones de bienes y servicios nacionales y la atracción de 
inversiones de carácter productivo. 
● Intervenir en la formulación de las políticas, negociaciones económicas bilaterales y 
multilaterales, impulsar objetivos prioritarios, acuerdos asociativos preferentes, 
estrategias y políticas de desarrollo, solución de controversias, remitir aportes y 
organizar las reuniones sobre los temas del Grupo de los 20 (G20). 
● En el ámbito de la Organización Mundial del Comercio (OMC), consolidar un sistema 
multilateral de comercio. 
● Contribuir en la formulación y en la planificación de políticas y estrategias de nuevos 
mercados en el exterior, formular e implementar las estrategias, las políticas y lo 
instrumentos para el desarrollo de inversiones de empresas extranjeras. 
● Punto Nacional de Contacto Argentino (PNCA)​: Por Resolución N° 17 de fecha 25 
de enero de 2013 se establecieron como funciones del Punto Nacional de Contacto 
26 
"promover la vigencia de las Directrices de la Organización para la Cooperación y el 
Desarrollo Económico (OCDE) para las Empresas Multinacionales y contribuir a la 
resolución de asuntos vinculados con la implementación de las mismas"​. Funciona 
dentro del ámbito de Subsecretaría de Negociaciones Económicas Internacionales. 
● G20: Es el principal foro de coordinación económica internacional, reúne a las veinte 
principales economías del mundo, tanto desarrolladas como emergentes. El proceso 
del G20 consta de un canal de sherpas –encabezado por la Cancillería- y un canal 
de finanzas –encabezado por el Ministerio de Hacienda y Finanzas- que trabajan de 
manera permanente y coordinada en la preparación y seguimiento de los temas y 
compromisos que se adoptan en el evento principal: las Cumbres de Líderes que se 
llevan a cabo anualmente. Argentina asumió en diciembre de 2017 la presidencia del 
G20, con período de 1 año (2018). Se reúnen líderes mundiales, presidentes de 
bancos centrales y ministros en Argentina. 
● CEI​: Es el centro de estudios económicos especializado de la Cancillería argentina 
que depende de la Secretaría de Relaciones Económicas Internacionales (SEREI). 
Sus principales objetivos son: 
○ Identificar tendencias económicas de mediano y largo plazo a nivel regional y 
global, proponiendo opciones estratégicas y cursos de acción beneficiosos 
para el desarrollo nacional. 
○ Asistir a las autoridades de la Cancillería en materia de análisis técnicos 
nacionales e internacionales. 
○ Realizar y difundir estudios, análisis de coyuntura, indicadores, e informes 
económicos relacionados con la situación económica de terceros países y/o 
bloques de países y/o uniones aduaneras. 
○ Brindarasistencia técnica a los distintos organismos oficiales, promover el 
intercambio de información estadística y documental y coordinar la 
realización de investigaciones conjuntas en materia de economía 
internacional. 
○ Promover la celebración de convenios de asistencia técnica y participar en 
programas de cooperación internacional, en el ámbito de su competencia 
específica. 
○ Realizar seminarios, congresos, conferencias y jornadas de carácter 
académico y de promoción. 
 
Desarrollo del Plan Antártico (programa 20) 
● Desarrollo de las políticas nacionales de aplicación, las normas y la fiscalización de 
actividades en un continente de difícil acceso con clima inhóspito y dentro de un 
marco jurídico vigente. 
● Mantener la soberanía de nuestro país en el sector antártico argentino y ejecutar 
proyectos con un impacto positivo en la economía nacional. 
● Vigilar y impulsar el cumplimiento de la ley N° 18.513 
 
Promoción de la cooperación internacional (programa 22) 
● Se implementa la política exterior en materia de cooperación internacional, bilateral, 
multilateral y triangular con un enfoque en el fortalecimiento de la cooperación 
27 
internacional y las estrategias de cooperación descentralizada a nivel de gobiernos 
subnacionales. 
● Control de gestión de las acciones de cooperación técnica bilateral y multilateral 
propuestas, las diversas alternativas de financiación existentes y la asignación 
eficiente de recursos. 
● Diseño de las políticas y estrategias nacionales estableciendo las modalidades y 
procedimientos de cooperación argentina en miras al desarrollo, así como también 
se coordina la participación de la República en conferencias, reuniones, congresos, 
seminarios especializados y toda otra convocatoria internacional para el tratamiento 
de los temas de cooperación técnica, armonizando sus alcances y efectos con los 
lineamientos de política exterior. 
 
Cuotas y contribuciones a organismos internacionales: 
● Cumplimiento de las obligaciones de la República Argentina en el financiamiento de 
los Organismos Internacionales, ya que el Ministerio de Relaciones Exteriores y 
Culto entiende en todas las negociaciones multilaterales con los mismos, y 
especialmente en la adopción de los estatutos y escalas de cuotas particulares que 
establecen el monto que deberá pagar la Argentina para el mantenimiento de cada 
organismo en su estatus de ser miembro. 
● Se encuentran, entre otras, las cuotas obligatorias del fondo regular de las Naciones 
Unidades y sus organismos especializados (FAO, ONUDI, OIEA, OPAQ, OPANAL, 
OMC, SGP, UNESCO, OMS, OIT, etc.), de los Tribunales Internacionales y la Corte 
Penal Internacional, los fondos ambientales, los aportes a la Secretaría de Tratado 
Antártico, el fondo regular de la Organización de los Estados Americanos y sus 
programas, como así también los aportes al MERCOSUR, ALADI y UNASUR. 
● Se incluyen también las contribuciones voluntarias que realiza el Ministerio de 
Relaciones Exteriores y Culto para apoyar distintos programas e instituciones 
multilaterales, en sus líneas específicas de trabajo para la promoción de los 
derechos humanos, la asistencia humanitaria, la cooperación sur-sur y la protección 
ambiental, entre otras. 
 
Tema Malvinas 
 
El ministerio de Relaciones Exteriores y Culto tiene una gran participación en el tema 
Malvinas. El Reino Unido ignora los llamados de la comunidad internacional para retomar el 
diálogo con la Argentina, ya que Malvinas es un territorio de soberanía en disputa. El 
ministerio de Relaciones Exteriores, al tener injerencia en todo lo vinculado a relación con 
otros países, toma un importante papel en este tema. 
En conjunto al Ministerio de Justicia, colaboró con el proyecto de identificación de 90 
soldados en Malvinas, y del posterior viaje de los familiares a las islas para homenajearlos. 
Se está avanzando en la gestión para que haya un viaje aéreo semanal desde el continente 
a las islas, y que dos veces por mes, ese viaje tenga escala en Argentina. Esto contribuye 
generar un clima de confianza y diálogo entre el continente y los habitantes de las islas. 
Se está avanzando en la reanudación de las actividades de cooperación científica para la 
conservación de los recursos pesqueros en el área comprendida entre la latitud de 45° Sur y 
60° Sur del Atlántico Sudoccidental. 
28 
En junio del año pasado, la Argentina volvió a conseguir respaldo en la ONU en su reclamo 
por las islas Malvinas, instando al Reino Unido a reanudar el diálogo. 
 
Trámites consulares 
 
Se encuentra en negociación el Programa de Vacaciones y Trabajo con España, ya se firmó 
un memorándum de entendimiento en febrero de 2017. Simplificación de los trámites para 
obtención de visa Work & Holiday para Australia. 
 
 
29 
A​nálisis presupuestario 
Para esta sección se utilizan como fuente las partidas presupuestarias publicadas en la 
página web del ministerio de hacienda de la nación desde el 2014 hasta el corriente año 
según la jurisdicción por entidad. ​https://www.minhacienda.gob.ar/onp/presupuestos/2018 
Comparación de presupuestos en valores nominales: 
 
Comparación de presupuestos en valores reales: 
 
30 
https://www.minhacienda.gob.ar/onp/presupuestos/2018
 
Presupuesto 2018 
El presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para 2018 es de 
$8.503.339.265 que significa un 0,30% del presupuesto nacional. 
Desde el año 2015 se puede observar una disminución en el presupuesto asignado al 
Ministerio: en el 2015 constituía el 0,44% del presupuesto nacional, en 2016, el 0,41% y en 
2017 se le asignaba el 0,35% del mismo. 
Según las las comparaciones anteriores, si bien en valores nominales el presupuesto 
aumentó un 3% desde 2017, en valores reales disminuyó un 17%, que significa más de 
medio millón de pesos ($570.788.505). Ante esto, se puede observar por ejemplo, que se 
eliminó el “Programa 23: Acciones diplomáticas para la promoción del reclamo argentino de 
reconocimiento de la soberanía nacional de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich 
del Sur”, que ahora se encuentra comprendido en el “Programa 16: Acciones diplomáticas 
de política exterior”. 
Del presupuesto total del año 2018, la CATEGORÍA 2 (“Actividades comunes a los 
programas 16,19 y 22”) es a la que se le designa la mayor cantidad de presupuesto, un 
55,2%. Esta categoría reúne todas aquellas actividades comunes llevadas a cabo en el 
exterior por la red institucional de representaciones diplomáticas dependientes del Ministerio 
de Relaciones Exteriores y Culto (constituida por 87 Embajadas, 63 Consulados Generales 
y Centros de Promoción Comercial, Consulados Generales y Consulados Simples y 7 
Representaciones ante organismos internacionales y ante la Unión Europea). 
A la CATEGORÍA 1 (“Actividades Centrales”), se le asigna el 20% del presupuesto total. El 
programa se encarga de la conducción política del Ministerio, la coordinación de las 
acciones de comunicación institucional y las acciones de la unidad de la auditoría interna 
tendientes al cumplimiento de los objetivos de control interno en el país y en el exterior. A su 
vez, la conducción del servicio administrativo, económico y financiero, de la gestión de 
infraestructura,

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