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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ARAGÓN ANÁLISIS DEL NUEVO SISTEMA DE PENSIONES RESPECTO DEL SEGURO DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL T E S I S QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE L I C E N C I A D O E N D E R E C H O P R E S E N T A N: ALEJANDRO ALVAREZ TAGNORI KITZYA XAMAHI APARICIO ZARZA ASESOR: MTRA. MARÍA TERESA HERRERA CANO Nezahualcóyotl, Estado de México, 2017 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. Yo Alejandro, agradezco de forma especial a mi madre, la Sra. María Elena Tagnori, a mi abuela la Sra. Guadalupe Rodríguez, a mi hermano Daniel y a mí tía la Sra. Silvia Tagnori, por ser una parte importante en mi vida, pues han sido mi guía, y mediante su apoyo y esfuerzo brindado siempre de manera incondicional; lo cual me ha permitido ser la persona que hoy por hoy soy. No me queda más que dar mi infinito agradecimiento y dedicar este trabajo en reconocimiento del cariño y apoyo brindado, pues sin ellos este sueño hoy no sería una realidad. Yo Kitzya, expreso gratitud a mis Señores padres Nadia y Martín, que gracias a su apoyo incondicional me ha permitido llegar a este punto en mi vida; a mi hermano Izhar, que con su compañía y cariño me ha impulsado para culminar esta etapa; y mención especial a mi abuela la Sra. María de Jesús Robles Zarza, pues gracias a ella eh visto materializado este logro, pues sin su apoyo esto no sería posible, a ellos mi infinito reconocimiento y mi eterna gratitud. A ellos, con cariño dedico este trabajo. Y ambos, Agradecemos a la Universidad, Máxima Casa de Estudios por permitirnos formar parte de ella, a nuestra FES Aragón por dotarnos de las armas necesarias para ser unos buenos profesionistas; a los Maestros, que han compartido sus enseñanzas, formándonos día con día, en especial a la Mtra. María Teresa por guiar este trabajo a buen puerto; a nuestros Amigos que han sido compañeros de este viaje, gracias por compartir lágrimas y risas, pues a su lado esté se ha convertido en divertido y liviano. Por todas y cada una de las experiencias vividas, de las cuales hemos aprendido y que nos han dejado una enseñanza. En general a todas y cada una de las personas y familias que intervinieron directa o indirectamente con su apoyo de manera siempre incondicional, a todos ellos nuestro mayor gesto de agradecimiento. Índice Introducción ......................................................................................................... I CAPÍTULO I ASPECTOS BÁSICOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1.1 Derechos Humanos ................................................................................... 1 1.1.1 Clasificación de los Derechos Humanos ........................................ 2 1.2 Seguridad Social........................................................................................ 4 1.2.1 La Seguridad Social como Derecho Humano ................................ 5 1.3 Seguro Social ............................................................................................ 7 1.4 Regímenes en el Instituto Mexicano del Seguro Social ............................. 9 1.5 Ramos de Aseguramiento en el Régimen Obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social .......................................................................................... 11 1.5.1 Seguro de Riesgos de Trabajo ..................................................... 12 1.5.2 Seguro de Enfermedades y Maternidad ....................................... 14 1.5.3 Seguro de Invalidez y Vida ........................................................... 15 1.5.4 Seguro de Guarderías y de las Prestaciones Sociales ................ 16 1.5.5 Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez .............. 17 1.6 Pensiones ................................................................................................ 19 CAPÍTULO II ESQUEMA DE PENSIONES CONTEMPLADAS EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL 2.1 Reforma de 1995-1996 al Instituto Mexicano del Seguro Social ............. 20 2.1.1 Exposición de motivos.................................................................. 21 2.1.2 Motivos políticos, sociales y económicos ..................................... 28 2.2 Bases del caso Chileno tomadas para la reforma mexicana ................... 31 2.3 Esquema de pensiones contempladas por la Ley del Seguro Social ...... 38 2.3.1 Requisitos para pensionarse con la Ley de 1973 respecto del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez ....................... 39 2.3.2 Requisitos para pensionarse con la Ley de 1997 respecto del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez ....................... 39 2.4 Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) .................................................. 39 2.4.1 Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) .............................................................................................................. 42 2.5 Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) ............................ 43 2.5.1 Sociedades de Inversión Especializada en Fondos para el Retiro (SIEFORES) .......................................................................................... 46 2.6 Cuenta individual y su integración ........................................................... 48 2.7 Modalidades de Pensión ......................................................................... 50 2.7.1 Renta Vitalicia .............................................................................. 51 2.7.2 Retiros Programados ................................................................... 52 2.7.3 Seguro de Sobrevivencia ............................................................. 53 2.7.4 Pensión Garantizada .................................................................... 54 2.8 Diferencias substanciales entre ambos regímenes ................................. 55 CAPÍTULO III POLÍTICAS PÚBLICAS IMPLEMENTADAS POR EL GOBIERNO FEDERAL EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL 3.1 Nivel Salud .............................................................................................. 57 3.1.1 Sistema de Protección Social ....................................................... 58 3.1.1.1 Base legal ................................................................................. 60 3.1.1.2 Financiamiento .......................................................................... 62 3.1.1.3 Afiliación .................................................................................... 64 3.1.1.4 Gestión Médica ....................................................................... 66 3.1.2 Jornadas de Salud ..................................................................... 68 3.2 Nivel Económico ...................................................................................... 69 3.2.1 Pensión Universalpara el Distrito Federal ................................. 70 3.2.2 Pensión Universal a nivel nacional ............................................ 73 3.2.3 Financiamiento de una pensión universal .................................. 78 CAPÍTULO IV EL IMPACTO AL SEGURO DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ POR LA CRISIS PENSIONARIA DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL 4.1 Problemática Económica del Instituto Mexicano del Seguro Social ........ 80 4.2 Problemática Poblacional ........................................................................ 82 4.2.1 Crecimiento poblacional ............................................................. 84 4.2.2 Envejecimiento, pobreza y seguridad social .............................. 88 4.3 Derechos humanos vulnerados ............................................................... 93 4.3.1 Vejez Digna ................................................................................ 94 4.3.2 Salud .......................................................................................... 96 4.3.3 Calidad de Vida .......................................................................... 98 CAPÍTULO V ESQUEMAS PRIVADOS DE PENSIONES 5.1 Planes privados de pensiones ............................................................... 101 5.1.1 Función .................................................................................... 103 5.1.2 Integración ............................................................................... 106 5.1.3 Operatividad ............................................................................. 108 5.1.4 Beneficios ................................................................................ 111 5.2 Implementación de esquemas privados de pensiones como solución a la crisis pensionaria ......................................................................................... 112 5.3 Adición al artículo 15 de la ley del Seguro Social .................................. 116 Conclusiones .................................................................................................. 120 Fuentes Consultadas ...................................................................................... 125 Anexos Anexo A 1. Oficio de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) dando respuesta a la solicitud No. 061210000816 Anexo B 1. Oficio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en respuesta a la solicitud de acceso a la información pública número 0064100090016 2. Oficio SISI: 0064100090016 emitido por la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, Coordinación de Prestaciones Económicas Anexo C 1. Glosario I Introducción El tema de la presente investigación es de interés general, ya que a todos nos afecta de manera directa o indirecta la cuestión en materia de pensiones. Con motivo de la reforma en 1997 a la Ley del Seguro Social, México realizó una transición de un sistema contributivo a la introducción de capitalización individual; dicha introducción se ajustó a los intereses financieros del Estado. El Instituto Mexicano del Seguro Social, como sabemos es uno de los medios más importantes a través del cual se brinda la Seguridad Social en México; esta institución es la encargada de otorgar a los derechohabientes prestaciones y subsidios según lo dispone su ley, uno de estos es la de otorgar una pensión a todos aquellos que cumplan con los requisitos marcados en sus disposiciones. Antes de la reforma mencionada líneas arriba, era el Instituto el encargado de pagar a los derechohabientes su pensión a través de un reparto solidario, pero el factor de la longevidad no esperada en la población se presentó como un riesgo financiero para el Estado, pues este tendría que pagar por más tiempo las pensiones otorgadas, lo que generaría un desbalance. Es así, que uno de los argumentos para la reforma del Sistema Pensionario Mexicano materializada en 1997 fue la inviabilidad financiera que se presentaría del entonces llamado Seguro de Invalidez, Vejez, Cesantía y Muerte, aunado a esto se suma el factor del incremento de la esperanza de vida. Sin embargo los costos de dicha reforma fueron asumidos por los trabajadores, ya que ahora son ellos quienes se costearan su pensión a través de los fondos generados en sus cuentas individuales a lo largo de los años trabajados, dichos fondos serán manejados por las llamadas Administradoras de Fondos para el Retiro. Como se puede observar con la introducción de la capitalización individual se desdibuja uno de los principios fundamentales de la Seguridad Social que es la Solidaridad, pero no solo esto es lo más relevante, pues también se observa que II a veinte años de ser implementado, no es sino hasta ahora que se crea la preocupación por los costos que acarreara la reforma. Cabe aclarar que en la actualidad no hay ninguna pensión por Cesantía, Edad Avanzada y Vejez otorgada en el país, pues se estima que será hasta 2021 donde la primera generación se esté pensionando bajo el esquema de la Ley vigente, pero como se observa a lo largo de trabajo esta generación tendrá los requisitos marcados por Ley para pensionarse, es decir las semanas cotizadas y la edad, pero no los recursos suficientes para costearse una pensión, y de ser así que esta sea decorosa. El gobierno en los últimos años ha generado políticas con la finalidad de abatir en medida de lo posible la crisis que se vislumbra, tan es así que existe una iniciativa de Ley propuesta en 2013 para generar una pensión universal a nivel nacional, aunque dicha propuesta se encuentra congelada, ya que la misma no tiene pies ni cabeza y cuenta con una endeble base financiera. Otra acción que ha tomado el Gobierno en materia de salud para brindar a su población la seguridad social es, el Sistema de Protección Social en Salud mejor conocido como Seguro Popular, si bien es cierto que este no combate la crisis en materia de pensiones, abate la crisis en materia de salubridad que de igual manera es importante, ya que el Instituto no contempla a toda la población. La hipótesis que se vislumbra es que para las futuras generaciones llamada generación afore no tendrán los recursos suficientes para tener una vejez digna, lo cual se pretenderá demostrar a través de datos duros, los cuales presentaran las estimaciones poblacionales en diversas etapas históricas pasadas, presentes y futuras. Con las estimaciones se puede observar que seremos una vejez más longeva y a su vez más enferma con recursos insuficientes para mantener una vida decorosa y digna. III Es por esto que se busca implementar algún mecanismo correctivo, el que se ajuste mejor a las necesidades de la población, y que repare gradualmente los efectos negativos de la reforma en materia pensionaria, que en los próximos años mostrara tales afectaciones. De ahí que la presente investigación tenga carácter cronológico, pues se remontara a los acontecimientos primarios del Instituto, sus leyes, los motivos por los cueles se dieron paso a las reformas, los esquemas contemplados por las mismas; el impacto que estas causen y los factores externos como lo son la población, los organismos que intervienen, las políticas que se implementen, y en general todos los derechos, obligaciones y consecuencias que puedan repercutir en la implementación. CAPÍTULO I ASPECTOS BÁSICOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1 CAPÍTULO I ASPECTOS BÁSICOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1.1 Derechos Humanos Todos los seres humanos por el hecho de serlo, tienen Derechos que son inherentes a él, los cuales le permiten la realización integral de su persona y están sustentados en la dignidad humana. Este conjunto de prerrogativas no son otorgadas por el Estado, las tienen todos los individuos sin distinciónalguna de nacionalidad, sexo, raza, color, país, o cualquier otra condición; a esté conjunto se le conoce como Derechos Humanos y todas las autoridades tienen la obligación de promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos. Estos Derechos Humanos se rigen por diversos principios, de los cuales algunos son1: Universalidad: Esté principio nos habla que todas las personas gozaran de ellos por igual. Interdependencia: Esté consiste en que todos los derechos humanos están ligados entre sí, así que, el reconocimiento y ejercicio de uno de ellos implica que se reconozcan todos los demás. Indivisibilidad: Se habla de indivisibilidad ya que los derechos humanos son inherentes al ser humano y solo es posible disfrutar de ellos en conjunto y no de manera aislada. Progresividad: Constituye una obligación del Estado el asegurar el progreso de los derechos humanos; y una prohibición al retroceso de los mismos. 1 Vid. Con fines explicativos se retoma la clasificación de estos principios de la página web de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. [en línea], Disponible: http://www.cndh.org.mx/Que_son_derechos_humanos. 9 de abril de 2016. 02:27 PM. http://www.cndh.org.mx/Que_son_derechos_humanos 2 Dicho conjunto de derechos se encuentra establecido dentro del orden jurídico nacional, en nuestra Constitución, tratados internacionales y leyes; tan es así, que la mejor expresión de lo antes expuesto se encuentra en el artículo primero de la “Declaración Universal de los Derechos Humanos.” “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.”2 Así pues, se entiende que por el simple hecho de nacer, todos los seres humanos tenemos un conjunto de prerrogativas (derechos) que nos hacen iguales a los demás; y estos deben ser respetados por el Estado quien es el encargado de asegurar el progreso y no el retroceso de los mismos. Es de suma importancia basarnos en un estándar universal, en cuanto a derechos, para fijar un mínimo que el Estado debe proporcionar a sus gobernados; de ello entendemos que tiene que proteger de la manera más amplia, efectiva y eficaz las necesidades básicas de todos y cada uno de ellos. 1.1.1 Clasificación de los Derechos Humanos Es importante resaltar que en los derechos humanos no existen niveles ni jerarquías, ya que se aplican de forma global, aun así, han sido clasificados a lo largo de la historia en diversas formas y criterios, por ello existe una gran variedad de clasificaciones según diversos autores. Cabe resaltar que no por agruparlas en generaciones quiere decir que unos derechos sean más importantes que otros, ya que todos tienen la misma importancia; puesto que tienen como finalidad la dignidad humana. 2 Retomado del artículo primero de la declaración de los derechos del hombre en su sitio web. [en línea], Disponible: http://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/. 9 de abril de 2016. 02:50 PM http://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/ 3 Para este trabajo se retoma la clasificación que parte de un propósito más pedagógico, retomada de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la cual clasifica en tres generaciones según el momento histórico en el que aparecieron o fueron reconocidos. En la primera generación encontramos agrupados los derechos civiles y políticos. 1ra. Los cuales protegen al ser humano individualmente en contra de cualquier agresión que pudiese ser perpetrada por cualquier órgano público; la característica primordial es que impone al Estado el abstenerse de inferir en cualquier forma en el ejercicio y pleno goce de estos derechos. Segunda generación, aquí están los derechos económicos, sociales y culturales. 2da. De esta generación se destaca su principal objetivo que es el de garantizar el bienestar económico, acceso al trabajo, educación y cultura; con ello asegurar el desarrollo de los seres humanos así como el de los pueblos. Tercera generación los que corresponden a grupos de personas o colectividades que comparten intereses en común. 3ra. En esta se contemplan cuestiones de carácter que rebasan a una nación en sí, es decir, supranacional el ejemplo de ello es el derecho a la paz y a un ambiente sano. 3 Esta clasificación tiene como fin el ubicar en el momento histórico la aparición de dichos derechos conforme fue la evolución del hombre, en el entendido que no son más importantes unos que otros, sino que en su conjunto buscan salvaguardar la dignidad humana; tan es así que se comparte enteramente la opinión de diversos autores, donde no demeritan unos de otros pero con fines de investigación nuestra base enfática será la segunda generación, ya que de ahí se desprenden los sensibles temas a abordar como lo son salud, trabajo, y nivel económico. 3 Vid. Existe una multiplicidad de clasificaciones, pero por cuestiones de regionalidad se retoma de la página web de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). [en línea], Disponible: http://www.cndh.org.mx/Que_son_Derechos_Humanos. 9 de abril de 2016. 04:32 PM http://www.cndh.org.mx/Que_son_Derechos_Humanos 4 1.2 Seguridad Social La seguridad social es el resultado de un largo proceso histórico que tiene como finalidad proteger al hombre. Los antecedentes más destacados de la seguridad social son en el año 1883, con Bismarck quien estableció en Alemania un seguro de enfermedades y accidentes de trabajo. En 1940, Beveridge lanzó el plan básico de seguridad social. Desde el surgimiento hasta nuestros días la seguridad social ha sufrido grandes cambios que se reflejan en lo que hoy se conceptualiza como Seguridad Social. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) conceptualiza a la seguridad social como: “La seguridad social es la protección que una sociedad proporciona a los individuos y los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del ingreso, en particular en caso de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes del trabajo, maternidad o pérdida del sostén de familia.” Bajo esta misma tesitura los legisladores mexicanos plasman el concepto en el artículo segundo de la Ley del Seguro Social que a la letra dice: Con relación a lo anterior se puede decir que la seguridad social nos parece más que un concepto legal un concepto humanístico, puesto que en él se reúnen aspectos más solidarios y con un objetivo humano, para obtener una vida digna “Artículo 2. La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el estado.” 5 y plena en todas y cada uno de sus etapas; en ese sentido Amezcua Ornelas establece lo siguiente: “La seguridad social es un conjunto de principios, normas e instituciones que tienden a la protección de todos los miembros de la sociedad, especialmente de los sectores de escasos recursos, contra cualquier contingencia.”4 Ahora bien surge una interrogante sistemática, ¿La Seguridad Social es un sinónimo de solidaridad social, en la actualidad? Para responder esta pregunta habrá que ubicarse en el momento histórico que sirvió como parteaguas para plantearse la misma, es decir, la reforma de 1995- 1996, pues antes de esta se entendían como conceptos conexos, ya que no podía coexistir la una sin la otra, pues las prestaciones de la seguridad social emanabande un sentido de colaboración social, el apoyo de los unos a los otros; después de esta reforma estos conceptos se tornan paralelos ya que si bien es cierto siguen formando parte del significado común hoy no se apoya el uno del otro, pues se dio paso a la individualización y con ello se entiende cada quien ve por sí mismo. 1.2.1 La Seguridad Social como Derecho Humano Si bien en la previa acotación que se hizo en este trabajo, donde se refiere a los Derechos Humanos y dentro de ellos en la segunda generación se habla de la seguridad social como un derecho humano universal; hay que entender que su origen y empleo en el Derecho Mexicano se da mediante una relación laboral, es decir, es adquirida por derechos de los trabajadores. Es de resaltar que hoy día la seguridad social también se acompaña del término protección social, y este entendido que es de carácter robustecedor, eso es, que también se tendrá que proteger otros derechos sociales, como lo son: la protección a la salud, la 4 AMEZCUA ORNELAS, Norahenid. Nueva Ley del Seguro Social comentada, Editorial Sicco, México, 1997. p. 11. 6 vivienda, los diferentes seguros (maternidad, enfermedades, y el que nos ocupa Vejez), entre otros derechos humanos de carácter universal. Un punto que es de suma trascendencia para el tema, que no es cosa que nos ocupe, pero no por eso menos importante y de ahí que se haga una breve mención de ello, es que con la promulgación de nuestra Carta Magna de 1917 se dio pauta a una corriente denominada “Constitucionalismo Social” donde es un orgullo para México que el constituyente de Querétaro haya comprendido la enorme trascendencia del tema social, incluyendo esta lucha y beneficio para la clase obrera, dando así pauta para que otras naciones lo tomaran como punto de referencia, también es de mencionar que años después se creó la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 1919 y con su aparición se dio por adoptar convenios para promover y defender los derechos sociales en particular el de los trabajadores. Para concluir con la breve reseña que se relata líneas arriba es de apuntar que junto a lo anterior, se da una internacionalización de la seguridad social con la firma del tratado de Versalles el 28 de junio de 1919. Continuando con la seguridad social y su protección en México, es de suma importancia referirse al hablar del tema, la adopción y ratificación del Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que contempla nueve contingencias; de las cuales nos ocupa la apuntalada en dicho convenio como parte V denominada “Prestaciones de Vejez”, Comprendiendo los artículos 25 al 30; donde nos describe de manera general a lo que los países miembro se sujetan, para implementar como mínimo y otorgar esta prestación, lo cual en nuestro país se ve reflejado en la Ley del Seguro Social; aunado a ello también se correlaciona la parte XI nombrada “Cálculo de los Pagos Periódicos” artículos 65 al 67 donde de igual modo se describe la forma de cálculo y demás cuestiones relevantes al tema. 7 1.3 Seguro Social Para lograr el cometido que propone la seguridad social, es necesario dotar de un instrumento básico, que en nuestro país es el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), este bajo la administración y vigilancia del Estado; mediante el cual el mismo desarrolla los programas indispensables para alcanzar los objetivos de la seguridad social. Para Mario de la Cueva el Seguro Social es: “El seguro social es la parte de la previsión social obligatoria que, bajo la administración o vigilancia del Estado, tiende a prevenir o compensar a los trabajadores por la pérdida o disminución de su capacidad de ganancia, como resultado de la realización de los riesgos naturales y sociales a que están expuestos. El seguro social principió como una de las instituciones del trabajo y está dividiendo la organización central de la seguridad social; su fin es asegurar al hombre que trabaja, el máximo de seguridad en su existencia y la garantía de un nivel decoroso de vida”.5 Cabe señalar que las definiciones conceptuales de seguridad social y seguro social, invocadas se presentaron antes de la plena autonomía del Derecho de la Seguridad Social respecto del Derecho Laboral; siendo que su origen es común y posterior separación con el denominado “el proceso de deslaboralización” de la seguridad social, este con la entrada en vigor de la Ley del Seguro Social del año 1973. Como ya se hizo mención el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) destaca como un instrumento básico de la seguridad social, uno de los más importantes en nuestro país. La institución pública que ésta obligada a entregar a los derechohabientes prestaciones y subsidios conforme lo disponen los supuestos 5 ARCE CANO, Gustavo. De los Seguros Sociales a la Seguridad Social, Editorial Porrúa, México, 1972. p. 94. 8 encuadrados en la ley. Los elementos característicos del Instituto, son conforme a la ley: Es de servicio público, donde va a satisfacer a la colectividad a través de prestaciones. Es un organismo descentralizado que deberá otorgar las prestaciones que se especifican en la ley, y este se desenvolverá mediante sus órganos, que son: La Asamblea General, Consejo Técnico, Comisión de Vigilancia y la Dirección General. Ésta basado en el principio de solidaridad, que mediante los esfuerzos de la población económicamente activa y el Estado. De aquí que se desprenda la característica de una cotización tripartita; donde se entiende que están obligados el Estado, patrones y trabajadores. Cabe señalar que el seguro social es la herramienta para llevar a buen puerto los fines de la seguridad social mediante el Instituto Mexicano del Seguro Social; aunque en la actualidad se ha desdibujado como elemento esencial del Instituto, pues con el modelo de capitalización individual se deja totalmente en la obscuridad la solidaridad, ya que con este nuevo sistema se hace todo menos ser solidario. Hoy en día la juventud –conocida como generación millenials– poca es la importancia que se le da a la institución del seguro social, pues a pesar de tener el acercamiento a temprana edad (ejemplo de ello es ser beneficiario por parte de los padres o el contar con el seguro facultativo otorgado por la institución educativa a la que se pertenezca) no es tema que les preocupe para tener el primer contacto hasta verse en la necesidad de recurrir a él cuando se presenta una contingencia médica. 9 1.4 Regímenes en el Instituto Mexicano del Seguro Social Cabe hacer la acotación que este punto se puede entender bajo dos perspectivas; la primera, consiste en que aquellos asegurados o beneficiados inscritos al Instituto Mexicanos del Seguro Social (IMSS) antes del primero de julio de 1997, podrán elegir entre los dos esquemas de pensiones, esta primera perspectiva será retomada más adelante en otro capítulo; la segunda visión de este tema es la que nos ocupa, referente a la incorporación al Instituto y sus ramificaciones, que se presentan a continuación de forma esquematizada, donde se tiene a bien realizar mediante un diagrama de llaves, retomando los conceptos allí plasmados de la Ley del Seguro Social. Régimen Obligatorio Régimen Obligatorio Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio Incorporación Voluntariaal Régimen Obligatorio Seguro Social Seguros Facultativos Régimen Voluntario Seguros Adicionales Se entiende por régimen obligatorio el que se presenta entre trabajadores y patrones al recaer en una relación de prestación de trabajo subordinado. Por otra parte, dentro de este régimen obligatorio la Ley vigente contempla un sistema hibrido denominado “continuación voluntaria al régimen obligatorio”, con este modelo pretende que una persona que fue dada de alta bajo la modalidad 10 obligatoria y posterior a ella por diversas cuestiones se dio su baja, está de manera voluntaria pretende seguir gozando de las prestaciones de este sistema. Dentro de este mismo esquema de aseguramiento se encuentra el modelo de “incorporación voluntaria”, con él se permite que aquellas personas que no estén sujetas a los casos anteriores, es decir, no estén en el supuesto de una relación de trabajo, o lo hayan estado; ellas por su parte podrán incorporarse a este modelo de aseguramiento, donde se puede adquirir los servicios de esta modalidad. Por lo que hace a él régimen voluntario, es la modalidad de incorporación que la Ley del Seguro Social prevé para que por medio de la celebración de un convenio, se pueda ser sujeto de algunas prestaciones; de este se desprenden dos apartados, el primero “seguro facultativo”, que dentro de la Ley en su artículo 240 se denomina «seguro de salud para la familia», que consiste en otorgar servicios y prestaciones, estas limitadas, a personas que no estén obligadas a la inscripción ante la institución; y por otro lado los “seguros adicionales”, que consisten en que el Instituto podrá contratar seguros adicionales para satisfacer prestaciones que sean superiores a las de la ley y que rebasen las de la naturaleza del régimen obligatorio. El artículo 240 de la Ley del Seguro Social enmarca a la letra lo siguiente: Todas las familias de México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y, para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social un convenio para el otorgamiento de las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad, en los términos y condiciones que se establecen en su reglamento. Como se observa, la ley prevé un acercamiento de todos los mexicanos a formar parte de la institución, en nuestro punto de vista muy endeble puesto que no existe la suficiente difusión para incorporarse de manera voluntaria, ya que conocemos que los que se acercan a esta figura son las personas que por alguna causa extraordinaria dejaron de pertenecer al régimen obligatorio y es su deseo 11 continuar gozando de los servicios. Tan es así, que la población en general tiene poco conocimiento de este régimen, que para cubrir sus necesidades médicas se incorporan al llamado seguro popular pues la difusión de éste ha sido efectiva. Aunado a lo anterior también es de mérito mencionar que incorporarse voluntariamente al instituto tiene un costo, lo cual sumado a otros factores dificulta de manera preponderante la incorporación a sus filas. Por otro lado, aumentemos el factor excluyente, pues este régimen solo contempla las prestaciones médicas y no así las económicas dejando en claro que este programa no tiene un carácter previsional basto. 1.5 Ramos de Aseguramiento en el Régimen Obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social La diversidad en los ramos de aseguramiento que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social, van desde lo general a lo particular, con esto queriendo decir, que el Instituto otorga coberturas y prestaciones del régimen obligatorio establecidas en la Ley del Seguro Social (LSS), las cuales son: i) Seguro de Riesgos de Trabajo; ii) Seguro de Enfermedades y Maternidad; iii) Seguro de Invalidez y vida; iv) Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y v) Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales. En los siguientes puntos se desarrolla una explicación sintetizada pero concisa tanto de requisitos como beneficios, donde se plasman en particular los que rigen en la Ley del Seguro Social vigente, esto con el fin de tener un panorama amplio de todas las coberturas; a pesar que el tema que nos ocupa sea un seguro en particular (Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez), pues no por ello se deja de mencionar como dato importante a los demás seguros contemplados en la ley, pues ya que viéndolo de un punto de vista cronológico, para llegar la cesantía y/o vejez se tuvo que haber pasado por diversas etapas de vida y con ello se da por entendido que se hizo uso de los otros seguros, ya de ahí que haga breve mención. 12 1.5.1 Seguro de Riesgos de Trabajo Para comenzar ahondar en el tema se recurre al marco legal que encuadra este seguro; se encuentra en el capítulo tercero de la Ley del Seguro Social en su artículo 41, el cual nos dice: Riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo. Dando una perspectiva de lo que se considera para brindar u otorgar las prestaciones de dicho seguro; así mismo, se contemplan los accidentes que con motivo de traslado al trabajo se puedan producir. Con motivo de ello el asegurado que sufra un accidente clasificado dentro del marco de este seguro tendrá derecho a las siguientes prestaciones (que cabe aclarar que en este y los subsecuentes seguros se desglosara en prestaciones es especie y en dinero): En especie: asistencia médico quirúrgica y farmacéutica, servicio de hospitalización, aparatos de prótesis y ortopedia, y rehabilitación. Servicios de carácter preventivo. En dinero: Incapacidad temporal: Subsidio equivalente al 100 por ciento de su salario que tenga registrado ante el Instituto al inicio de la contingencia con vigencia desde un día hasta el un término de 52 semana, según conforme lo dictaminen los servicios médicos del IMSS, como lo marca el artículo 56 de la Ley del Seguro Social. Incapacidad permanente parcial: Pensión de carácter provisional que resulte de multiplicar el 70 por ciento del Salario Base de Cotización (SBC) que el asegurado tenga al momento del percance por la evaluación de la incapacidad, esto en base a la tabla contenida en la Ley Federal del Trabajo (LFT). Para enfermedad de trabajo se contempla en promedio de salario de las últimas 52 semanas cotizadas o si es menor las que tuviere. 13 Estas pensiones tienen el carácter de provisional por un periodo de adaptación de dos años, trascurrido este periodo se puede convertir en definitiva bajo ciertos criterios. Incapacidad permanente total: Pensión provisional calculada del equivalente al 70 por ciento del SBC; y al igual para enfermedad de trabajo el equivalente al 70 por ciento del salario de las últimas 52 semanas cotizadas o su equivalente. Estas prestaciones son provisionales por un periodo de dos años y posterior a él pueden pasar a definitiva, según lo dispuesto en la ley. Indemnización global: Equivale a cinco anualidades de pensión que le hubiesen correspondido por incapacidad permanente parcial, cuando la valuación de ella sea hasta 25 por ciento o por elección del asegurado, cuando exceda de 25 y no rebase el 50 por ciento. Pensión por fallecimiento del asegurado o pensionado: Esta corresponde a los beneficiarios específicamente, y esta corresponderá a la que por incapacidad permanente total dictaminada, y se divide en: i) Viudez en un 40 por ciento; ii) Orfandad en un 20 por ciento hasta los 16 años o hasta 25 años siempre que estudie en planteles del sistema educativo nacional; iii) Ascendencia ésta en un 20 por ciento a falta delos anteriores; y iv) Ayuda asistencial y asistencia médica. Ayuda para gastos del funeral: Corresponde al pago en una sola exhibición por la cantidad equivalente a 60 días de Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal (SMGVDF). Se retoman todas estas conceptualizaciones de la Ley vigente para dar un panorama amplio de los seguros que otorga el Instituto y las coberturas que brinda mediante los mismos; en el seguro que nos ocupa es de mérito mencionar que se da cumplimiento a lo establecido en la Constitución Federal en su artículo 123, apartado A, fracción XIV nos dice: Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los 14 trabajadores [...]. Correlacionado con la Ley Federal del Trabajo que de igual manera prevé estas situaciones. 1.5.2 Seguro de Enfermedades y Maternidad El seguro de enfermedades y maternidad es otorgado a los trabajadores afiliados o pensionados del IMSS y, en su caso a sus familiares directos en caso de enfermedades no profesionales y maternidad, y al igual como ya se hizo mención las prestaciones se dividen, y para caso práctico también dividiremos el seguro para identificar las prestaciones. Enfermedad En especie: asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria. En dinero: Subsidio: Este se otorgará cuando la enfermedad incapacite al asegurado para la realización de su trabajo, y corresponde al 60 por ciento del último salario de cotización a partir del cuarto día de incapacidad y mientras dure, con un término de hasta 52 semanas. Ayuda para gastos del funeral: Esta ayuda por un equivalente a dos meses de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Maternidad En especie: Asistencia obstétrica, ayuda en especie por seis meses de lactancia y canastilla al nacer el hijo. En dinero: Subsidio del 100 por ciento del último salario diario de cotización por 42 días antes y 42 días después del parto. El seguro de enfermedades y maternidad ofrece la cobertura de las prestaciones en especie a sus pensionados y familiares directos, esto contemplado en el artículo 25 de la Ley del Seguro Social, a su vez también la cobertura médica es 15 ofrecida a los pensionados de los seguros de invalidez y vida, riesgos de trabajo y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. 1.5.3 Seguro de Invalidez y Vida El seguro de invalidez y vida se divide en dos ramos: En el ramo de Invalidez se protege al asegurado que por una contingencia, este quedara imposibilitado para procurarse por si una remuneración del equivalente al 50 por ciento de su remuneración habitual, esta imposibilidad derivada de un accidente o enfermedad no profesional; y por otra parte el ramo de Vida, que en el se cubre el fallecimiento del asegurado, y las prestaciones que en este otorga se hace en favor de los beneficiarios, a continuación se explican las prestaciones de igual manera que en los anteriores. Invalidez En especie: Asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria. En dinero: Pensiones temporales o definitivas (con una pensión mínima garantizada por el Gobierno Federal), asignaciones familiares y ayuda asistencial. Vida En especie: Asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria. En dinero: Pensiones de viudez, orfandad o ascendientes, ayuda asistencial y asistencia médica a cargo del seguro de enfermedades y maternidad. En este modelo actual de aseguramiento se prevén cuestiones de las que nadie está exento y creemos convenientes las mismas, pues se refleja en ello el carácter proteccionista de la Institución Garante; así que prevea una prestación denominada pensión que cubra la perdida de entrada económica del asegurado y apoye a los beneficiarios de este en modos económicos y previsionales. 16 1.5.4 Seguro de Guarderías y de las Prestaciones Sociales En este seguro al igual que los otros se divide en dos ramos el primero de Guarderías, donde se otorga el derecho aquellas mujeres trabajadoras aseguradas que se encuentren en el supuesto de tener hijos de 43 días de nacido hasta los 4 años de edad, al igual que a los trabajadores asegurados en estado de viudez o divorciados que mantengan la custodia de sus hijos, y a aquellos asegurados que por orden judicial ejerzan la patria potestad y custodia de un menos de esas edades, a ellos se hace extensivo este beneficio. Este seguro en el ramo de guarderías proporciona cuidados y atención de los menores cubiertos, esto incluye aseo, alimentación, cuidado de la salud, educación y recreación de los infantes. En el ramo de Prestaciones Sociales se ofrece los beneficios a los asegurados, pensionados y sus familiares una serie de programas que tiene como objetivo fomentar la salud, prevenir tanto enfermedades y accidentes y elevar el nivel de vida de los beneficiarios. En este ramo se contempla: Promoción a la salud Educación higiénica, materno infantil, sanitaria y de primeros auxilios; prevención de enfermedades y accidentes Mejorar la calidad de vida Promoción de la regularización del estado civil Cursos de adiestramiento técnico y de capacitación para el trabajo Centros vacacionales Superación de la vida en el hogar Establecimiento y administración de velatorios Centros de seguridad social Teatros 17 Estas prestaciones como lo marca la Ley del Seguro Social en su artículo 208 comprenden prestaciones sociales institucionales y prestaciones de solidaridad social. 1.5.5 Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Este seguro en particular es el que nos ocupa y el más relevante para el presente trabajo, de igual modo se hará la explicación del seguro, las prestaciones que otorga y esta será de manera general y breve puesto que más adelante será retomado el tema y se hará de él un desglose más profundo y minucioso. Este seguro procura el retiro, la cesantía en edad avanzada y la vejez del asegurado, así como la muerte de los pensionados por dicho seguro, se explicarán de manera conjunta ambos ramos tanto el de cesantía en edad avanzada y el de vejez puesto que los dos ofrecen las mismas prestaciones en especie y en dinero, haciendo mención que el ramo de Cesantía en Edad Avanzada lo define la ley de la siguiente manera: Artículo 154. Para los efectos de esta Ley existe cesantía en edad avanzada cuando el asegurado quede privado de trabajos remunerados a partir de los sesenta años de edad. Para gozar de las prestaciones de este ramo se requiere que el asegurado tenga reconocidas ante el Instituto un mínimo de mil doscientas cincuenta cotizaciones semanales. El trabajador cesante que tenga sesenta años o más y no reúna las semanas de cotización señaladas en el párrafo precedente, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión. En este caso, si el asegurado tiene cotizadas un mínimo de setecientas cincuenta semanas tendrá derecho a las prestaciones en especie del 18 seguro de enfermedades y maternidad, en los términos del capítulo IV de este Título. Por lo que hace respecto del ramo de Vejez la ley en su artículo 162 nos dicta lo siguiente: Artículo 162. Para tener derecho al goce de las prestaciones del seguro de vejez, se requiere que el asegurado haya cumplido sesenta y cinco años de edad y tenga reconocidas por el Instituto un mínimo de mil doscientas cincuenta cotizaciones semanales. En caso que el asegurado tenga sesenta y cinco años o más y no reúna las semanas de cotización señaladas en el párrafo precedente, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión. Si el asegurado tiene cotizadas un mínimo de setecientas cincuentasemanas tendrá derecho a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, en los términos del capítulo IV de este Título. Ahí radica la diferencia para ser beneficiario de uno o de otro de los ramos de este seguro, al igual que de otros requisitos; que como ya se hizo mención en las primeras líneas de este apartado será profundizado con posterioridad. En especie: Asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria. En dinero: Pensión, asignaciones familiares y ayuda asistencial; retiros programados con cargo a la cuenta individual en las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE), con pensión mínima garantizada por el Gobierno Federal de un salario mínimo general en el Distrito Federal mensual a los asegurados cuyos recursos resulten insuficientes para contar con una renta vitalicia o un retiro programado de al menos ese monto, si cotizaron mínimo 1,250 semanas y ayuda para gastos de matrimonio. 19 1.6 Pensiones En este apartado se da una breve explicación del significado de la palabra pensión ya que será de suma importancia para el resto de nuestro trabajo. La palabra pensión proviene del latín pensio-onis que significa literalmente “pago”, pero, ¿qué es una pensión?, el Instituto Mexicano del Seguro Social nos dice que es: “la prestación en dinero que se le otorga al asegurado o al beneficiario por el fallecimiento del asegurado o pensionado, al presentarse alguno de los riesgos protegidos por la Ley del Seguro Social y de reunir los requisitos que la misma establece, el pago se realizara de forma mensual.”6 Entendiendo así que la pensión será esa cantidad liquida que recibirá el beneficiario en su vida pasiva mensualmente. El monto de dicha pensión dependerá de los fondos que el trabajador haya guardado en su cuenta individual, y esta se dará hasta que se cumplan los requerimientos establecidos por la ley. Luego entonces, la pensión es todo aquel dinero que se pretende obtener a futuro, en el entendido de una vida laboral, pero hoy día se observa que se desmarca un poco del concepto, pues temas más adelante se hablara de la denominada “pensión universal” y se observara que los requisitos no son desprendidos de una vida dedicada a trabajar para la vejez. 6 Vid. El IMSS define a la pensión en su sitio web como. [en línea], Disponible: http://www.imss,gob.mx/IMSS/IMSS_SITIOS/06/derechohabientes/PES/CPE/pensiones. 23 de abril de 2016. 01:15 PM http://www.imss,gob.mx/IMSS/IMSS_SITIOS/06/derechohabientes/PES/CPE/pensiones CAPÍTULO II ESQUEMA DE PENSIONES CONTEMPLADAS EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL 20 CAPÍTULO II ESQUEMA DE PENSIONES CONTEMPLADAS EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL 2.1 Reforma de 1995-1996 al Instituto Mexicano del Seguro Social Los argumentos que dieron origen a la reforma del sistema pensionario mexicano fueron la inviabilidad financiera del seguro de Invalidez, Vejez, Cesantía en Edad Avanzada y Muerte (IVCM), la transición demográfica (es decir mayor nivel de esperanza de vida y crecimiento de la población), inestabilidad económica, costos de seguridad social, es decir, suma de beneficios y menor ajuste a las aportaciones, pensiones inadecuadas y evasión, así como la imperiosa necesidad del ahorro individual. Como detonador se antepuso a la inviabilidad de costear a futuro el IVCM por una multiplicidad de factores que lo ponían en riesgo a corto plazo, pues se argumentó que dicho seguro se vería rebasado por los evidentes cambios poblacionales con una tasa de natalidad en decremento y un aumento a la esperanza de vida en las últimas décadas, pues la pirámide poblacional dio un revés a las expectativas del instituto. Aunado a lo anterior, el manejo inadecuado de las reservas para financiar requerimientos que el instituto consideraba apremiantes y cubrir la operatividad con un déficit financiero por la que atravesaba el instituto. “…se afirmó que los egresos del IVCM para 1999 superarían sus ingresos esto es, las cuotas de los trabajadores en activo no alcanzarían para pagar la nómina de pensionados…”7 Otros factores que “orillaron” a la reforma fueron, la inequidad que se manifestaba al no otorga pensiones dignas y que a su vez no garantizaba una igualdad de prestaciones que por derecho tenían pensionados y cotizantes y los casos más extremos de esta inequidad se presentaban en los trabajadores más pobres que 7 MORALES RAMÍREZ, María Ascensión. La recepción del modelo chileno en el sistema de pensiones mexicano, Editorial UNAM, México, 2005. p. 36. 21 se mantenían sin cotizar hasta sus 65 años formalmente eran susceptibles de perder todas sus aportaciones y de igual modo a aquellos que se mantenían por espacio de 40 años en activo obtenían pensiones iguales a los que se mantenían por espacios de 10 años. La evasión fue otro factor que impulso la rapidez de esta reforma pues había cortos periodos de aportación, una inflación elevada y una incipiente contraprestación de aportaciones y beneficios. 2.1.1 Exposición de motivos En este tema se destacan los motivos que fueron presentados al H. Congreso de la Unión por parte de quien presidia el Ejecutivo Federal con motivo de alentar la reforma a la Ley del Seguro Social (reforma estructural), que buscaba consolidar los objetivos planteados en el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, argumentando que su base era alentar el principio de política social; lo cual observaremos si llega al cometido o no en párrafos subsecuentes. Como preámbulo para adentrarnos al tema que nos ocupa se cita uno de los primeros párrafos de dicha exposición el cual, a la luz del tiempo muestra su trasfondo. “La estabilidad y el crecimiento económico sostenido son condiciones indispensables para el progreso nacional, por eso el Plan Nacional de Desarrollo establece la articulación de la política social con la fiscal y financiera. La constitución de ahorro interno, indispensable para implementar la inversión, se orienta a la generación creciente de empleos sobre bases sólidas para hacer posible el bienestar social perdurable.”8 Desmenuzando las seis líneas que anteceden observamos diversos factores que el ejecutivo expreso como motivos clave para dicha reforma, por lo cual se desentraña que más allá de una reforma social fue eminentemente económica, 8 Retomada de la exposición de motivos a la reforma de la Ley del Seguro Social de 1995-1996. [en línea]. Disponible: http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/archivo/SAD-03-07.pdf. 27 de abril de 2016. 05:18 PM http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/archivo/SAD-03-07.pdf 22 puesto que retumban dentro del texto los conceptos fiscal, financiera, inversión y ahorro interno. Otra cuestión de suma importancia es que reconoce que en ese momento histórico los mexicanos requerían de un sistema de seguridad social que corrigiera las deficiencias por las que atravesaba y que mediante la reforma no solo abarcara esa etapa histórica, sino que trascendiera –retomado del texto- lo que México necesitara para el Siglo XXI. El Ejecutivo respaldo esta idea mencionando la etapa compleja que atravesaba el Instituto y las circunstancias poblacionales, refiriéndose con esto a la situación financiera y al cambio demográfico que se experimentaba en nuestra nación y que no era congruente a la vigencia de principios y filosofía originales de la seguridad social. Si bien es cierto que en ese momento se vivía un proceso de trasformación demográfica no solo en México, ya que aumentaba la esperanza de vida y disminuía la de natalidad y mortalidad; y que el Instituto se vería frente a una coyuntura poblacional,no era para tomarse una medida tan drástica en cuestión de pensiones ya que se argüía que al quitar esta carga financiera al IMSS este vería saneadas sus finanzas, tan falso fue que en la actualidad (2017) sigue atravesando por una crisis que jamás tuvo remedio. Citando nuevamente líneas del documento que nos ocupa el Ejecutivo ejemplifico: “El aumento en la esperanza de vida implica que más gente llega a la edad de retiro y que el número de años durante los cuales se paga una pensión se incrementa sustancialmente, prolongándose el tiempo en el que se ofrece la atención medica respectiva, precisamente en la edad en que resulta más necesarias y también más costosa.”9 Como se observa del análisis de las líneas citadas queda claro que vislumbraban que la población en edad avanzada sería un lastre tanto para la institución como 9 Retomada de la exposición de motivos a la reforma de la Ley del Seguro Social de 1995-1996. [en línea]. Disponible: http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/archivo/SAD-03-07.pdf. 29 de abril de 2016. 04:24 PM http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/archivo/SAD-03-07.pdf 23 para el gobierno ya que les generarían en múltiples aspectos un mayor costo y mayor tiempo, lo cual económicamente no les era favorable. Otro aspecto de suma relevancia es que se demostró la descapitalización que sufría el ramo de Invalidez, Vejez, Cesantía en Edad Avanzada y Muerte (IVCM), ya que no contaba con las reservas liquidas necesarias para soportar su cometido debido a que al ramo de enfermedades y maternidad se veía financiado por las reservas de este. Del multicitado documento se retoma la siguiente idea para que tengan sentido las opiniones anteriores: “Todo lo anteriormente descrito a colocado al IMSS en una difícil situación financiera, que de no tomar las medidas necesarias con oportunidad, lo llevarían a poner en entre dicho el cumplimiento de las obligaciones del ramo de la IVCM en perjuicio de millones de mexicanos. El costo fiscal de la iniciativa que se propone, como se verá más adelante, es menor que el costo que se tendría que cubrir de no realizar modificaciones.”10 Para debatir con la cita inmediata anterior es necesario retomar lo siguiente: “Si bien el pasivo contingente del IMSS es de largo plazo, sus efectos empezarían a sentirse en los próximos años. Aun con las proyecciones más optimistas en cuanto al crecimiento del empleo y el salario y utilizando la información de los registros de los cotizantes del IMSS, se tiene previsto que para el año de 1999 los egresos de la IVCM superaran a sus ingresos, es decir, las cuotas que por este ramo estarán cubriendo los trabajadores en activo no alcanzarán para pagar la nómina de los pensionados. Ante tal situación se recurriría al uso de las reservas que es mínima, la cual se agotaría en dos años. Este déficit crecería rápidamente año con 10 Retomada de la exposición de motivos a la reforma de la Ley del Seguro Social de 1995- 1996. [en línea]. Disponible: http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/archivo/SAD-03-07.pdf. 30 de abril de 2016. 10:45 AM http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/archivo/SAD-03-07.pdf 24 año. Las consecuencias de ello serian irreversibles proporcionando efectos sociales inaceptables.”11 Si bien es cierto que el Instituto atravesaría por una situación financiera de poca bonanza y el ejecutivo expresando con datos duros las perspectivas negativas de una quietud en cuanto al tema; que en la actualidad no se ven concretadas tales ideas, puesto que el IMSS sigue atravesando por una fuerte carencia económica en especial en el seguro que nos ocupa y que se vislumbra que para el 2021 caerá de peso una nueva crisis no solo en las prestaciones económicas sino que en los demás servicios. En este entendido se observa que las proyecciones de la institución indican que el gasto en materia de pensiones seguirá con una tendencia creciente y que se verá afectado el presupuesto año tras año y con ello al día de hoy no se ve ni un ápice de mejora en las finanzas tanto del Instituto, el Gobierno y mucho menos en la de los beneficiarios. Después de 18 años de esta reforma se ve que no tiene ni tuvo sustento alguno, motivo que queda evidenciado por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), que las pensiones siguen siendo un tema de preocupación para las finanzas públicas aunado a todo ello rescatamos la opinión del columnista Carlos Fernández-Vega en su artículo “MÉXICO SA” “A punto de salir del horno está la “reforma” al régimen pensionario que “reformará” lo “reformado” en cada uno de los cuatro sexenios previos al peñanietista, con el objetivo central de borrar del mapa (“homologar” le llaman los eufemísticos cocineros oficiales) cualquier posibilidad de que los trabajadores que aún puedan hacerlo se pensionen por el régimen de beneficio definido (Ley 1973) y no le quede de otra más que incorporarse al de cuentas individuales (Afore, Ley 1997), al tiempo que cancele la obligación gubernamental en esta materia. 11 Retomada de la exposición de motivos a la reforma de la Ley del Seguro Social de 1995- 1996. [en línea]. Disponible: http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/archivo/SAD-03-07.pdf. 30 de abril de 2016. 12:53 PM http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/archivo/SAD-03-07.pdf 25 Por cierto, esta última “opción” es la que Ernesto Zedillo (en su sexenio, “padre” del negocio privado de las Afore) califico de “un sistema para el futuro, moderno, ágil, transparente y sobre todo, justo”, el mismo que 18 años después de su puesta en marcha solo ha hinchado los bolsillos de los dueños de las Afore y, eso sí, garantiza pensiones miserables y solo a cuatro de cada diez mexicanos en edad de pensionarse.”12 Se comparte en su totalidad la idea del columnista, ya que ejemplifica que la reforma y las subsecuentes buscan –como bien lo dice- reformar lo reformado y con ellos exponiendo que cada una de estas solo ha sido “por encimita” puesto que no ha habido una que trate de fondo la problemática real; si bien es cierto que se ha buscado abatir la crisis tanto del Instituto como de los beneficiarios, lo único que se ha logrado es evidenciar un ineficiente estudio de fondo de la problemática y solo se deja ver que el único ganador de todos estos movimientos han sido y seguirán siendo los concesionarios que manejan las cuentas individuales, como se muestra en los informes de la CONSAR dejando claro que arrojan buenos rendimientos los recursos de los trabajadores que desgraciadamente no se verán reflejados en sus ingresos para la edad adulta. Retomando el texto que nos ocupa, se observa que el Ejecutivo enfatiza la inviabilidad financiera pero ahora de la mano con la inequidad dejando en evidencia que hasta en su momento no se habían otorgado pensiones dignas y que en su entonces se asumía como incapaz de garantizar las prestaciones que enmarcaba la ley a ambos bandos (pensionados y cotizantes) con lo anterior dejándose en entre dicho la justicia en cuestión de reparto que no era más que ir en contra de los trabajadores con más bajos ingresos. Todo esto se sigue viviendo hoy día ya que se muestra que los más afectados son los beneficiarios y que no se ha cubierto esa cuota de justicia la cual era una bandera que ensalzaba la «novedosa reforma». 12 FERNÁNDEZ-VEGA, Carlos, “MÉXICO SA”, La Jornada, México, 11 de marzo de 2016, Economía, p. 27. 26 El legislador de esa época (1995-1996) tenía presente conceptos como: aumento en la esperanza de vida, baja en tasa de natalidad, enfermedades crónico- degenerativas, aumento poblacional en edad adulta,características sociales con mayor avance, entre otros; pero estos no se vieron reflejados en el mundo factico, solo sirvieron de pantalla para alentar el ánimo de una mejora sustancial y con ello engancharlos al sistema de capitalización individual. Dejemos claro que estos conceptos en el imaginario del mexicano se ven traducidos en dinero con ello queremos decir, que se manipulo esta conceptualización para acrecentar la confianza en una cuenta individual y que se creyera que se tendrían mayores y mejores beneficios por tal situación. Otro punto que no puede pasar inadvertido es que en los motivos tendientes a esta reforma vinculan que la cobertura de la seguridad social está ligada a la situación de empleo formal y salario, cosas que en el ayer y hoy siguen estando vigentes pero con diferencias abismales, puesto que en años de la reforma era una situación que tomaba fuerza, con ello refiriéndonos a la informalidad, pues en la actualidad sigue siendo un tema que ve acrecentados a sus adeptos –por así decirlo– pues hoy las estadísticas nos demuestran que cada vez se suman a estas filas más y más trabajadores, por no tener otra opción de lo que se concibe como empleo formal. Continuando con lo anterior cabe aclarar que en la informalidad hoy día no se es lo que se concebía hace unos años, pues esta se entendía el trabajar como comerciante; y en la actualidad se puede ver que se amplía el abanico de oportunidades para recaer en el supuesto informal ya que dentro de la legalidad también encontramos informalidad; así que la reforma no contribuyo en nada a la generación de empleos formales como se planteaba en sus anales. Explicando el concepto de “abanico de oportunidades” se ve como el autoempleo, outsourcing, trabajador por honorarios, trabajadores temporales, microempresarios, comerciantes entre otras figuras. Continuando con la crítica de la exposición de motivos de esta reforma y para concluir este tema se enfatizara en el seguro que nos atañe. 27 El antecesor del seguro en comento, es decir, el Seguro de Invalidez, Vejez, Cesantía en Edad Avanzada y Muerte (IVCM) cubría dos funciones que dieron paso a que con la reforma se pretendiera marcar esta división y así crear el Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (SRCV), y el Seguro de Invalidez y Vida (SIV), y con ello establecer una reserva específica para los gastos médicos de todos los pensionados. “El seguro de invalidez y vida establecido en la presente iniciativa de ley, cubrirá dos riesgos a los que está expuesto una persona durante la vida laboral activa: accidentes o enfermedades no profesionales que le impidan al trabajador desempeñar su labor de tal manera que le permita contar con un ingreso similar al que tenía con anterioridad y por otra parte, la debida protección a los familiares y beneficiarios en caso de la muerte del asegurado.”13 Como se destaca en el texto anterior, esta si fue una beneficiosa medida para el trabajador, pues se desmarca un presupuesto que preveía dos cosas que eminentemente pasan a lo largo de la vida de cualquier persona como lo son las enfermedades y la vejez, y esto no podría ser subsanado con un solo presupuesto. “Por su parte, el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, es típicamente provisional; más que proteger ante una contingencia, busca prever ante el futuro a efecto de que un trabajador al cumplir un proceso natural de su existencia, como es la vejez, tenga la certeza de vivir de manera digna y decorosa. De la misma forma, este seguro considera la previsiones necesarias para dar protección al trabajador en caso de que quede cesante a partir de los 60 años.”14 13 Retomada de la exposición de motivos a la reforma de la Ley del Seguro Social de 1995- 1996. [en línea]. Disponible: http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/archivo/SAD-03-07.pdf. 3 de mayo de 2016. 03:35 PM 14 Retomada de la exposición de motivos a la reforma de la Ley del Seguro Social de 1995- 1996. [en línea]. Disponible: http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/archivo/SAD-03-07.pdf. 3 de mayo de 2016 04:00 PM http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/archivo/SAD-03-07.pdf http://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/archivo/SAD-03-07.pdf 28 Si bien es de aplaudir la división de estos seguros no se puede dejar de lado que la buena fórmula que se pretendió implementar con el fin de salvaguardar el interés económico de un trabajador en edad avanzada no llego a concretarse con el modelo implementado, ya que no se cumple con el objetivo antes mencionado, pues es tomado a burla por las personas que reciben y que en un futuro recibiremos una pensión, que si algo no nos asegura es la certeza de vivir digna y decorosamente; ejemplo de ello es la vejez en nuestra actualidad que encontrándose en edad de beneficiarse de ello se encuentra en la búsqueda de maneras de recabar ingresos para subsistir, con ello dejando en claro que no cubre el mínimo para tales fines. 2.1.2 Motivos políticos, sociales y económicos Políticos En este apartado se observa lo que acontecía políticamente en el país y para ello es necesario remontarse a aquel lejano 95-96, cuando por primera vez vio la luz por parte del Dr. Guillermo Soberón Acevedo un intento de poner en marcha una reforma al sector salud, en su carácter de Secretario de Salud, pero no fue sino que hasta en el Gobierno de Ernesto Zedillo Ponce de León cuando se impulsó el programa reformador en el sector salud ya que se puso como mampara la ficticia estabilidad que dejaba el saliente Salinas; pero poco después relució la endeble situación financiera que atravesaba el país con ello se presentó esta reforma para “mejorar” la estrategia y reestructurar el sector salud y dar mejor acceso, cobertura y disminuir costos. Esta reforma se ampara en un proyecto compuesto por CEDESS y Fonsalud, esto de la mano de Genaro Borrego Estrada en su carácter de Director del IMSS y Juan Ramón de la Fuente como Secretario de Salud15, el proyecto establecido 15 Para poder entender el contexto, es necesario mencionar que los hechos se desarrollaron en los años 1994-1995, en los cuales dichas personas ocupaban los cargos mencionados y de ello su involucramiento en dicho movimiento reformador. 29 por el creado Centro de Desarrollo Estratégico para la Seguridad Social al hacer pública la crisis financiera del Instituto, representando el inicio del proceso reformador. No obstante, para ese entonces el IMSS ya había creado un cambio con la aparición del SAR 92, abriendo la puerta con esto a lo que años después se explicaría como la reforma estructural que hoy nos rige. De los momentos que caben resaltar políticamente son que el Gobierno Federal de la mano con empresarios, organizaciones, la Coparmex y el Consejo Coordinador Empresarial armaron una campaña para que mediante el apoyo y presión política se agilizará dicha reforma. Actores preponderantes de estos sucesos políticos tienen presencia tanto los partidos políticos, sindicatos, confederaciones, y líderes importantes, pues de ellos destacan Santiago Oñate, Elba Esther Gordillo, el Sindicato del IMSS, el Partido Acción Nacional, el Partido de la Revolución Democrática, la CTM, entre otras. Como es de notar no se mencionó al particular (beneficiario) pues fue poca o nos atreveríamos a decir que hasta nula la involucración en este proceso pues como se rescata de lecturas de noticias de la época todos los agentes antes mencionados peleaban y negociaban sus propios intereses; y una vez que se vieron garantizados los mismos se dio paso a la reforma. Como se destaca de la portada del dos de diciembre de 1995 del periódico la Jornada el evento que convoco a una mega marcha en el Zócalo de la Ciudadde México y eventos culturales y artísticos frente a las oficinas centrales del IMSS y un plantón permanente en la Cámara de Diputados iniciado por el Sindicato del Instituto. Con todo esto el sindicato logro negociar la propuesta que afectaba sus intereses y viendo garantizados estos el sindicato hizo circular que daba marcha atrás las modificaciones perjudiciales y con ello dimitiendo a sus movilizaciones. La reforma fue aprobada después de cuatro horas y media de debate (cabe señalar que se vivía una mayoría absoluta del partido en el poder), con votos del 30 Partido Revolucionario Institucional y el gran apoyo de la CTM, el 8 de diciembre de 1995. Sociales y Económicos No se puede desligar los acontecimientos sociales de lo económico por ello que se conjunten, así pues se destaca que previo a estos movimiento reformadores el país atravesaba por una vorágine de eventos que tenían a la sociedad preocupada pues se tenía reciente la devaluación que azoto a las finanzas mexicanas la cual repercutía en la pérdida de valor adquisitivo (se le quitaron tres ceros a nuestra moneda), de igual forma se tenía fresco el asesinato del candidato presidencial Luis Donaldo Colosio. También sucedía en aquel entonces la reciente firma del Tratado de Libre Comercio con América del Norte (TLCAN), y aparejado a esto el levantamiento del Ejercito Zapatista (EZLN) y la aparición del “narco”. Como se menciona la sociedad tenía más ocupada la cabeza en como sanear sus finanzas puesto que lo que se concebía como un país de primer mundo se había desplomado en pocos días. También se enfrentaba a México como nación que no podía responder a compromisos internacionales adquiridos y con ello reestructurar las finanzas en un muy corto plazo. Con todos los factores anteriores se vio afectado la percepción del salario real y aunado a ello el desempleo, sumándole a esto conceptos como la inflación, aumento a las tasas de interés, fuga de capital, endeudamiento con EE.UU., y todo esto afectando a la deuda pública interna del país (se menciona esto por considerarse a las pensiones en tal rubro). Todo esto disfrazado de la política neoliberal que se vivía por parte del saliente Salinas de Gortari, el denominado “error de diciembre” solo arrastro a México y no así a América Latina dentro de estos países Chile, que el cual más adelante para la presente investigación será de suma importancia. 31 2.2 Bases del caso Chileno tomadas para la reforma mexicana Como antesala al tema que nos ocupa, se comenzara abriendo el panorama histórico que se vivía a nivel mundial; para así poder entender los cambios en los países que nos ocupan, de ahí que en este punto intercalemos explicaciones tanto de Chile como México. En la década de los ochentas se vivía una ola de privatización a nivel mundial, destapando la vulnerabilidad de los países en desarrollo en diversas materias, entre ellas la seguridad social, ya que, se comenzaba a vislumbrar la ineficiencia financiera que enfrentarían con el sistema de reparto. Es por esto que varios países implementaron estrategias estructurales en materia de pensiones. Chile es el pionero de la seguridad social en Latinoamérica, pues fue el primero en instaurar el seguro social en 1924; pero como en todo comienzo hay errores y en este caso en Chile se vio reflejado en la diversificación de prestaciones para cubrir el objetivo de la seguridad social, lo cual origino la multiplicidad de instituciones que prestaban los servicios y con ello una disparidad de leyes, administración, prestaciones y financiamiento de dichas instituciones; de ahí que Chile tuviera como punto clave este factor para emprender la reforma en los años 80´s con el Decreto 3500 que estableció “un sistema de pensiones basado en la capitalización individual, con administración privada. A este sistema podían optar voluntariamente los que ya estaban en el mercado del trabajo, pero debían integrarse obligatoriamente los asalariados que comenzaran a trabajar a partir del 1° de enero de 1983.”16 En México el antecedente de la seguridad social se esboza en 1917 al ser plasmada en el artículo 123, fracción XXIX de la Constitución, y no es sino hasta 1943 cuando propiamente se establece la Seguridad Social, para tener más claro esto citamos el texto original de la fracción antes mencionada “…el establecimiento de cajas de seguros populares, de invalidez, de vida, de cesación involuntaria de trabajo, de accidentes y otros confines análogos, por lo cual, tanto 16Cfr. TAGLE-RUIZ, Jaime. Reformas a los sistemas de pensiones en los países del MERCOSUR y Chile. Pro Sur 2000, http://www.fes.org.ar/Publicaciones/serie_prosur/Prosur_Tagle.pdf. http://www.fes.org.ar/Publicaciones/serie_prosur/Prosur_Tagle.pdf 32 el gobierno federal como el de cada estado, deberán fomentar la organización de instituciones de esta índole, para infundir e inculcar la previsión social…” 17 No es sino hasta 1943 cuando en México es promulgada la Ley del Seguro Social donde esta tiene un carácter de evolución y como sistema principal el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), encargado de otorgar beneficios a aquellos que estuvieran en una relación laboral –con esto queriendo decir que generaran una contraprestación–. En 1973 nace la segunda Ley del Seguro Social en la cual se retomaban precedentes de la de 1943 y se veían renovados los ánimos de fortalecer a la institución ampliando los beneficios a aquellos sectores que no estuviesen sujetos a una relación laboral y que denotaban ser los más necesitados de la asistencia, de ahí que se anexara un capitulo intitulado “de servicios sociales”, el cual tenía su fundamento en prestar el mínimo de protección a grupos marginados sin acceso a los sistemas de aseguramiento; y con ello México marcando un paso importante de estar en un sistema de seguro social a uno de seguridad social. Retomando al pionero Chile su sistema de pensiones estaba operado por 32 Cajas de Previsión las cuales se veían en una inequidad total ya que no coincidían en requisitos, beneficios, fórmulas de cálculo, entre otros factores que conllevaban una imposible coexistencia del sistema y su regulación, de ello que en 1974 se viviera una reestructuración con el objeto de unificar las prestaciones de dichas cajas de los cuales puntos a destacar son: Unificar las pensiones mínimas y aplicando requisitos uniformes para la pensión por vejez. Disminuir la tasa de cotización a los asegurados. Uniformar los requisitos de años del servicio y edad para pensionarse por antigüedad y vejez fijando los 65 para hombres y 60 para las mujeres (eliminando las pensiones por servicio y uniformando los subsidios de cesantía) 17 PALACIOS ALCOCER, Mariano. El régimen de garantías sociales en el constitucionalismo mexicano, Editorial UNAM, México, 1995. p. 27. 33 Este fue el primer paso para unificar aspectos básicos pero no unificar el sistema de pensiones, todo esto se entiende como una primera etapa de la reforma que estaba en puerta. En cambio, en el sistema de pensiones mexicano, en específico el Seguro de Invalidez, Vejez, Cesantía en Edad Avanzada y Muerte (IVCM) implementado en 1944 si tenía requisitos específicos y funcionando las siguientes tres décadas bajo este sistema de operación. Adicionando al IVCM en 1992 el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) para fortalecer un programa de ahorro en pro del futuro de los trabajadores, cumplimentando la cobertura del IMSS, con esto se encienden indicadores de los siguientes pasos que tomarían el IMSS y su Ley. Chile tuvo una serie de intentos antes de consolidar el Nuevo Sistema de Pensiones (NSP) grosso modo se retoman estos intentos, los cuales comienzan en
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