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Analisis-jurdico-de-las-facultades-administrativas-del-jefe-de-gobierno-del-Distrito-Federal

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA 
 DE MÉXICO 
 
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES 
ARAGÓN 
 
SEMINARIO DE DERECHO ADMINISTRATIVO 
Y DERECHO AMBIENTAL 
 
 
“ANÁLISIS JURÍDICO DE LAS 
FACULTADES ADMINISTRATIVAS DEL 
JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO 
FEDERAL” 
 
 
 T E S I S 
 
 QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE 
 
 LICENCIADO EN DERECHO 
 
 P R E S E N T A: 
 
 ADAN DELGADO RIONDA 
 
 
 
 
ASESOR: 
MTRA. MARÍA DE LOS ÁNGELES ALVARADO PACAS. 
 
 
 
 
 
 
 NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO ABRIL 2012 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
Tesis Digitales 
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respectivo titular de los Derechos de Autor. 
 
 
 
AGRADECIMIENTOS 
A Dios 
Diosito te dedico este trabajo, porque gracias a ti tuve la oportunidad de llegar 
hasta este punto de mi vida, dándome la paciencia, tolerancia, y la inteligencia 
para salir adelante. 
A mi Mamá 
Madre este trabajo te lo dedico con mucho cariño, es un alegría y una bendición 
enorme que tú estés conmigo compartiendo un logro que me has impulsado a 
seguir y ser una fuente de inspiración 
 
A mi Papá 
 
Papá gracias a tu experiencia y conocimiento he llegado hasta esta etapa tan 
importante para mí, por enseñarme que hay que afrontar los retos a pesar de 
las adversidades que se presenten. 
 
A mi Abuelita Inés 
 
Por tus experiencias y sabiduría y por ser un ejemplo a seguir. 
 
A mis Tías (Alicia, Teresa, Rosa, Lupe, Estela, Luz, Carmen, Beatriz, 
Teresa, Elsa) 
A todas ellas, por los consejos útiles que me han dado para ser una excelente 
persona. 
A mis Tíos (Raúl, Lalo, José, Leonel, Eduardo) 
A todos ellos por enseñarme valores y virtudes, y que son la clave del éxito para 
salir adelante. 
A mis primos (Jess, Pedro, Javier Balleza, Marce, Javier Sánchez, Norma, 
Selene, Vianney, Alfredo, Israel, Alejandra, Roberto, Laura, Caren, Alma, 
Claudia, Lalo) 
Por crecer conmigo y ser una inspiración en mi vida. 
A mi Asesora 
Maestra. María de los Ángeles Alvarado Pacas, por compartir su conocimiento 
conmigo y alentarme que la obtención de grandes resultados se logra con la 
perseverancia y disciplina. 
 A mis Profesores 
A todos y cada uno de ellos, les dedico este trabajo, porque me han una 
persona profesionalmente y personalmente capacitada. 
A mis Sinodales 
Por la atención y el tiempo que se tomaron para revisar este trabajo de 
investigación. 
A mi Facultad de Estudios Superiores Aragón 
Por ser el último escalón de mi preparación académica. 
A mi Institución 
A ti Universidad Nacional Autónoma de México por permitirme vivir una 
experiencia académica inolvidable. 
A mis amigos y en especial a Eduardo, Elizabeth, Fernanda, Frank, Kevin, 
Marisol, Rouse y Ruth 
Por estar conmigo tanto en los buenos como en los malos momentos, por ser 
una parte esencial en mi vida. Gracias por cada uno de sus consejos que me 
han brindado. 
ÍNDICE 
 
INTRODUCCIÓN 
 
CAPÍTULO PRIMERO 
 
ANTECEDENTES DEL DISTRITO FEDERAL 
 
1. Concepto del Distrito Federal………………………………………………....8 
1.1 Estados Unidos………………………………………………………........9 
1.2 México……………………………………………………………………..10 
1.2.1 México Prehispánico……………………………………………..11 
1.2.2 México Colonial…………………………………………………...12 
1.2.3 México Independiente…………………………………………....18 
1.2.4 México en el Porfiriato………………………………………..…..23 
1.2.5 México Moderno………………………………………………..…25 
1.2.5.1 Departamento del Distrito Federal…………………..….26 
1.2.6 México Actual………………………………………………….….29 
1.2.6.1 Jefes de Gobierno que han sido titulares de la 
Administración Pública del Distrito 
Federal………………………………………………..…...31 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CAPÍTULO SEGUNDO 
 
LA FIGURA DEL JEFE DE GOBIERNO Y SUS PODERES DISCIPLINARIOS 
 
 
2. El Jefe de Gobierno del Distrito Federal……………………………….…..36 
2.1 Requisitos para ser Jefe de Gobierno del Distrito Federal…….........36 
2.2 Facultades Administrativas del Jefe de Gobierno del Distrito 
Federal………………………………………………………………….....38 
2.3 Poderes Disciplinarios………………………………………………...…40 
2.3.1 Poder de Decisión…………………………………………..........41 
2.3.1.1 La Administración Pública del Distrito Federal…..........41 
2.4 Poder de Nombramiento……………………………………………...…53 
2.4.1 Servidores Públicos Locales…………………..……………...…53 
2.5 Poder de Mando…………………………………………………...……..54 
2.5.1 Atribuciones que otorga la Administración Pública del Distrito 
Federal…………………………………………………………..…55 
2.5.2 Aspectos de la Delegación de Poderes……………………..…56 
2.5.3 Funciones Principales de la Administración Centralizada..….58 
2.6 Poder de Revisión, Poder de Vigilancia y Poder Disciplinario…..….62 
2.6.1 Responsabilidades Administrativas……………………..……...63 
2.6.2 Sanciones Administrativas…………………………..…………..68 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CAPÍTULO TERCERO 
 
NATURALEZA JURÍDICA DEL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO 
FEDERAL 
 
3. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos…………………72 
3.1 Análisis del Jefe de Gobierno del Distrito Federal……….…………...73 
3.2 Estatuto de Gobierno del Distrito Federal………………………..……76 
3.2.1 Análisis del Jefe de Gobierno del Distrito Federal…………….78 
3.3 La Asamblea de Representantes del Distrito Federal…….………….82 
3.4 Panorama General de la Administración Pública del Distrito 
Federal……………………………………………………………….……88 
3.4.1 El papel importante del Jefe de Gobierno del Distrito 
Federal…………………..…………………………………………88 
3.5 Ley Federal de Responsabilidades y Sanciones de los Servidores 
Públicos en Materia Administrativa……………………………….……93 
3.5.1 La Responsabilidad Administrativa como parte de los Poderes 
de Vigilancia de Revisión y Disciplinario que tiene el Jefe de 
Gobierno del Distrito Federal…………...……………………….95 
3.5.2 Procedimiento Administrativo Disciplinario……..……………...98 
3.6 Propuesta de Autonomía del Jefe de Gobierno del Distrito Federal.99 
3.6.1 Análisis General de la Autonomía Administrativa al Jefe de 
Gobierno del Distrito Federal………………...…………...……..99 
 
 
CONCLUSIONES………………………………………………………………..….102 
 
BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………………….…..……104 
 
 
 
 
 
IV 
 
INTRODUCCIÓN 
 
La presente tesis denominada “Análisis Jurídico de las Facultades 
Administrativas del Jefe de Gobierno del Distrito Federal” aborda la 
problemática que representa la Ciudad de México no como una entidad 
heterónoma; ya que nuestro país y en particular el Distrito Federal se encuentra 
en un momento crucial de su existencia debido a los múltiples cambios que en 
su vida administrativa se han venido suscitando; prueba de ellos es la 
transformación de Departamento del Distrito Federal a Gobierno del Distrito 
Federal, cambio radical que permitió a sus habitantes la oportunidad de elegir 
directa y libremente a sus gobernantes. 
El gobierno del Distrito Federal es víctima de un desarrollo desigual que 
disminuye sus capacidades de lograr un nivel de vida legal y social, igual al que 
disfrutan las demás entidades que integran la Federación, pues su Jefe de 
Gobierno no goza de autonomía plena y total que le permita autodelimitarse y 
autodeterminarse en la misma forma que hacen los otros Jefes de las demás 
entidades Federativas. 
La solución es que los legisladores del Congreso de laUnión deben tomar en 
cuenta la necesidad de dotar de plena autonomía al Jefe de Gobierno del 
Distrito Federal para realizar libremente sus funciones administrativas y 
plasmarlas con claridad y exactitud en nuestra Carta Magna para evitar la 
intervención de Autoridades Federales y así pueda proveer soluciones a 
situaciones surgidas en el seno social, ya que de lo contrario se seguirá 
afectando la población del Distrito Federal y por ende a su paz pública. 
El presente trabajo de Investigación, está hecho con la intención de exponer de 
manera clara las funciones administrativas del Jefe de Gobierno del Distrito 
Federal. 
En el Distrito Federal se generan confusiones respecto a la Figura del Jefe de 
Gobierno y sus atribuciones, ocasionando una gran controversia con el Poder 
V 
 
Ejecutivo, quien decide como terminar aquellas situaciones que ponen en jaque 
a la sociedad mexicana y las instituciones de la nación y en particular al Jefe de 
Gobierno. 
Varios Personajes Sociales entre ellos la propia sociedad mexicana han 
pensado que el Distrito Federal requiere autonomía plena para llevar una buena 
administración, aunado a darle también plena autonomía al Jefe de Gobierno 
para que ejerza sus facultades y atribuciones administrativas que las leyes 
Mexicanas le otorgue para el correcto y buen funcionamiento de nuestro 
Gobierno Local. 
En la actualidad se debe analizar la figura del Jefe de Gobierno del Distrito 
Federal; ya que presenta un problema de acaparamiento de poderes entre el 
Gobierno Local y el Gobierno Federal, que va dejando al Distrito Federal en un 
momento crucial de desarrollo y crecimiento económico debido a los múltiples 
cambios que ha sufrido en sus leyes locales por no saber distinguir que 
atribuciones les corresponde a cada gobierno, atribuciones que se encuentran 
plasmadas en Nuestra Carta Magna. 
Este Trabajo de Tesis, presenta los altibajos que sufre la sociedad cuando no 
hay coordinación entre jerarquía de las autoridades y sus respectivas funciones 
administrativas, buscando un anhelado desarrollo ciudadano, donde todo es un 
conjunto en el cual participan: partidos políticos, movimientos sociales, 
organizaciones, empresas privadas y públicas, y como único fin colectivo 
“democracia” activa de la nación. 
Con la finalidad de cumplimentar nuestro objetivo de este trabajo de 
investigación, por principio diremos que éste está dividido en tres capítulos; en 
el primer capítulo denominado “Antecedentes del Distrito Federal”, se abordará 
un bosquejo histórico de nuestro Distrito Federal, partiendo de diversas etapas 
que a lo largo de la historia ha ido modificando la existencia de la sociedad 
mexicana y cambios tan importantes que llegan a nuestra actualidad y que 
conforma nuestro actual Distrito Federal. 
VI 
 
En el Segundo Capítulo denominado “El Jefe de Gobierno y sus Poderes 
Disciplinarios” se abordará un estudio detallado de esta figura que gobierna 
una Administración Pública Local y mediante que poderes se desenvuelve para 
aplicar y llevar por un buen camino su Gobierno, y así establecer las bases que 
se necesita una autonomía en sus facultades meramente administrativas. 
Por último el Tercer Capítulo denominado “Naturaleza Jurídica del Jefe de 
Gobierno del Distrito Federal”, establece las bases jurídicas de esta figura 
jurídica con objeto de justificar mi propuesta de que el Jefe de Gobierno 
necesita goce de plena y total autonomía en el ejercicio de sus atribuciones y 
funciones administrativas así como sus alcances y beneficios. 
El método adoptado para el desarrollo del tema propuesto será el deductivo, 
partiendo de aspectos generales como lo es la Historia del Distrito Federal y su 
Jefe de Gobierno, para llegar al problema que nos ocupa; todo ello haciendo 
uso de la técnica de investigación documental. 
Entre los autores que nos servirán de apoyo, tenemos a prestigiados 
doctrinarios de Derecho Administrativo como Gabino Fraga, Acosta Romero, 
por citar algunos. 
Con mi propuesta se pretende dotar al Jefe de Gobierno del Distrito Federal 
plena autonomía administrativa para contribuir en gran medida a solidificar e 
intensificar el poder de la nación modificando parte de su estructura, lo que dará 
mejores frutos sociales como la calidad de su vida de todo mexicano. 
Se busca una equidad y respeto a los derechos de los ciudadanos del Distrito, 
así como su participación de los habitantes de la capital, para hacer el proyecto 
de vida que requieren y merecen. 
 
 
 
 
 
 
 
CAPÍTULO 1 
 
ANTECEDENTES DEL DISTRITO 
FEDERAL 
 
 
 
“Sin importar el tamaño de la ciudad o pueblo en donde nacen los hombres o 
mujeres, ellos son finalmente del tamaño de su obra, del tamaño de su voluntad 
de engrandecer y enriquecer a sus hermanos” 
Ignacio Allende 
 
 
 
 
 
 
8 
 
CAPÍTULO 1 
 
 ANTECEDENTES DEL DISTRITO FEDERAL 
 
1. Concepto de Distrito Federal 
 
Es el territorio que sirve como asiento de los poderes de la unión. Su orden 
jurídico es mixto, en tanto que se aplican normas de carácter federal y local. 
 
Etimológicamente la palabra “distrito” proviene de la raíz latina distritos que 
significa recogido, lo que según Rafael de Pina quiere decir que le otorga el 
sentido de una extensión territorial establecida para la atención de los servicios 
públicos, administrativos o judiciales, de ahí se deduce que dentro del ámbito 
territorial de un Estado es la superficie donde residen y operan oficialmente los 
poderes federales: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. 
 
Francisco Javier Osorno define al Distrito Federal como: 
 
“Territorio que dentro del sistema federal sirve como asiento de los poderes de 
la unión, los que ejercen con exclusión de cualquier autoridad estatal, las 
funciones propias al gobierno local de esta entidad. El orden jurídico que rige en 
la entidad es de carácter federal y en consecuencia, carece de autonomía 
constitucional”1 
 
Para conocer los antecedentes del Distrito Federal haremos un breve recorrido 
por los hechos más representativos que dieron origen a su conformación 
político-administrativa actual, partiendo de la base del Distrito Federal de 
Estados Unidos de América para luego partir de México hasta la fecha actual. 
 
 
 
1
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, Aspectos Jurídicos del Distrito Federal, Número 62, Boletín de 
Derecho Comparado, México 1998, p. 775. 
9 
 
1.1 Estados Unidos 
Por lo anterior, es referencia obligada anotar, solamente como un antecedente 
de la conformación de nuestro Distrito Federal, el surgimiento del Distrito de 
Columbia en los Estados Unidos de América, ubicado entre los estados de 
Maryland y Virginia. 
 
El desarrollo de la concepción del federalismo tiene sus orígenes en EUA, y en 
consecuencia la creación de los distritos federales como lugar donde se 
asientan los poderes federales surge también en esa nación. 
 
Posterior a la lucha por la independencia, y durante las mesas de trabajo para 
la creación de la nueva federación, durante la Convención Constituyente de 
Filadelfia (mayo de 1787), algunos soldados de ese lugar a los cuales no se les 
había pagado aprovecharon para amotinarse y exigir su pago, dificultando con 
ello los trabajos legislativos que en ese momento realizaban los delegados —
entre los que se encontraban George Washington, Benjamin Franklin y James 
Madison—, sin que las autoridades del estado de Pennsylvania pudieran 
prestar auxilio, puesto que no tenían quién controlara a los soldados 
amotinados. 
 
Este hecho, si bien no tan trascendente, sentó un precedente porque los 
representantes del naciente Poder Legislativo se dieron cuenta de que los 
poderes federales podían estar muy expuestos a cualquier tipo de agresión si 
no estaban lo suficientemente protegidos en el sentido militar y policial más 
amplio posible, por lo que algunosrepresentantes propusieron que la sede del 
gobierno nacional se ubicara en un territorio independiente de la jurisdicción de 
un estado en particular, pero sujeto a los poderes de la unión, lo cual quedó 
plasmado en el artículo 1 de la nueva Constitución. Derivado de lo anterior se 
10 
 
dio origen al Distrito de Columbia, mismo que quedó asentado en el territorio 
que aportó a la federación el estado de Maryland2. 
 
 Este fue el primer distrito que se creó en un Estado federal. Instituido en 
1790 con la constitución de los EUA, es hasta 1970 que el Distrito de Columbia 
se gobierna por autoridades locales electas directamente por el pueblo. 
 
Los poderes federales estarían entonces asentados en ese territorio, lo cual 
significaba que además de que los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial se 
ubican ahí, los órganos encargados de la seguridad de esas autoridades eran 
de carácter federal y no dependían ya de ningún Estado en particular. 
 
 
1.2 México 
La Ciudad de México se ubica en la parte sur de la llamada Altiplanicie 
Mexicana, es una cuenca cerrada, sus colindancias son fundamentalmente con 
el Estado de México, con el que tiene linderos al Norte, al Este y Oeste y con el 
Estado de Morelos al Sur. 
El Anáhuac era la región más transparente poseedora del cielo más azul, esta 
región se distinguía por una peculiaridad, encontramos que al sur se apreciaba 
cercado de grandes montañas boscosas como el Ajusco, y al norte de 
imponentes cerros como el Chiquihuite y el de Tres Padres. Ambas fortalezas 
estaban cerradas en ambos extremos por largos avistamientos nevados, 
mientras el rebosante Nevado de Toluca lo hacía por el poniente, los 
majestuosos volcanes Popocatépetl e Iztaccihuatl perpetuaban su grandeza en 
el extremo oriente, estos colosales monumentos geológicos son los testigos 
mudos de: "La Historia del Distrito Federal". 
La riqueza y extraordinaria belleza natural de esta tierra, sedujo a primera vista 
a todos aquellos hombres y tribus que lograron divisarla. Este inevitable paisaje 
 
2 TENA RAMÍREZ Felipe, Derecho Constitucional Mexicano, 34º edición, Porrúa, México 2001, p. 305. 
11 
 
encanto a los hombres de Ténoch, quienes provenientes de un lugar mítico 
situado en tierras del hemisferio norte llamado Aztlán encontraron en un islote el 
cumplimiento de su profecía: Un águila arriba de un nopal devorando a una 
serpiente, símbolo que perduraría por 675 años después como el escudo 
nacional de una patria con casi 100 millones de habitantes. 
1.2.1 México Prehispánico 
La fundación de Tenochtitlán sigue la leyenda azteca de la peregrinación desde 
el sitio llamado Huehuetlapalan, hasta Valle de México, para fundar de acuerdo 
con esa tradición, la cuidad en donde se encontraron, un águila posada en un 
nopal devorando una serpiente en un islote. Los aztecas dominaron a las tribus 
asentadas en el lago y fueron poco a poco estableciendo su hegemonía y su 
gobierno, que duró de 1325 hasta la consumación de la conquista por los 
españoles en 1521. 
 
 
México - Tenochtitlán llegó a ser una verdadera ciudad con una densidad 
superior a los 2 mil habitantes por kilómetro cuadrado; su traza estaba formada 
por una red geométrica de canales en un cuadrilátero de 3 kilómetros por lado 
con superficie de casi mil hectáreas. 
Ahí se edificaban 78 templos y recintos de gobierno y disponía de cuatro 
accesos cardinales que eran arranques de los ejes viales de la Ciudad, 
construidos sobre los lagos que comunicaban la isla con tierra firme. En esta 
metrópoli se desarrolló una estructura de servicios municipales. En cuanto a la 
limpieza, Motolinía se refería a las calles de México - Tenochtitlán como las más 
limpias y barridas 
12 
 
Encontramos a la organización indígena donde sobresalieron los Aztecas, que a 
pesar de que tenían sistemas rudimentarios administrativos, contaban con 
reglas y normas que ordenaban el manejo de los recursos públicos, bajo el 
control de los calpixque, hueycalpixque y del cihucóatl, quienes eran 
funcionarios que hacían la recaudación y vigilancia de los tributos que recibía la 
monarquía azteca. 
 
También les ayudaban jueces quienes tenían igualmente medidas de 
prevención para evitar malos manejos y desviaciones de conductas de los 
funcionarios, y, en ocasiones imponían severas sanciones donde en caso de 
corrupción aplicaban la pena de muerte, dando sus bienes al rey y la mujer e 
hijos del funcionario corrupto eran echados de la casa.3 Los aztecas siempre 
cuidaron que sus representantes fuesen hombres preparados para el 
desempeño de sus cargos, en especial los jueces, gobernantes y funcionarios 
que atendían las necesidades administrativas de los calpulli,4 su significado del 
náhuatl quiere decir “casa grande”, fue la base de la estructura política, 
económica, social, religiosa y militar de la cultura azteca. Los miembros de esta 
organización estaban emparentados entre sí, estos poseían tierras compartidas 
pero con derechos de uso individuales, cuando un miembro adulto se casaba 
tenía derecho a recibir una parcela y cultivarla. Para el control represivo de las 
conductas ilícitas de los funcionarios tenía penas que iban desde la simple 
amonestación, cuando no era muy grave, hasta la muerte cuando era falta 
grave, existiendo también la destitución del cargo, inhabilitación y 
derrumbamiento de su casa cuando el funcionario tenía el vicio de embriaguez. 
 
Como se puede observar desde la época prehispánica el control administrativo 
parecía eficaz y un poco rudimentario para la época, pues sus mecanismos de 
control preventivo y represivo evitaba corrupción y en su caso de darse está, la 
castigaban severamente. 
 
 
3
 CHAVERO Alfredo, En México A través de los Siglos, Tomo I, libro 4º, capítulo 11, Cumbre, México, 1958, p.633. 
4
 LÓPEZ AUSTÍN Alfredo, La Constitución Real de México- Tenochtitlán, UNAM, México, 1961, p.59. 
13 
 
En esta época fueron tres las culturas las que afectaron principalmente los 
cambios administrativos; la cultura Maya, la Olmeca y la azteca. En ellas tuvo 
gran importancia la administración sí se analiza se puede encontrar que en ellas 
existía una estructura organizacional muy compleja, al igual que sistemas 
económicos y políticos perfectamente bien definidos. Contaban con ejércitos, 
sindicatos, sistemas culturales, comercio. 
 
1.2.2 México Colonial 
 
El siglo XV es el siglo de la conquista. Con ese nombre se engloba tanto el 
largo periodo de acomodo que no sin violencias produjo una nueva situación: la 
Colonia. 
Durante la Colonia la ciudad de México era una ciudad muy pequeña, se regía 
por el Ayuntamiento de México con límites territoriales, se asentaba el llamado 
Palacio Virreinal “hoy Nacional” que era la sede del Virrey español que 
gobernaba el Virreinato de la Nueva España, pero a su vez este mismo 
gobernaba un reino denominado Reino de México que abarcaba los actuales 
estados de Guerrero, Oaxaca, Puebla, Veracruz, Tlaxcala, Morelos, Hidalgo, 
Michoacán, México, Querétaro, San Luis Potosí y el Distrito Federal. 
El Ayuntamiento de México tenía por residencia el edificio situado al Sur-
Poniente de la plaza de la Constitución o Plaza Mayor de México. Este sistema 
se mantuvo más o menos inalterado durante la Colonia, ya que en un principio 
por el estado en que había quedado la capital Mexica tras la conquista y una 
serie de inundaciones, que resultaron de la destrucción de los diques 
prehispánicos que la protegían de inundaciones durante el sitio de Tenochtitlán. 
Toda aquella grandeza de México-Tenochtitlán fue abatida por la Guerrade 
Conquista, la cual comenzó en 1519 y terminó en 1521. El recinto sagrado de 
los Caballeros Águila y Caballeros Tigre no volvería a ver graduarse a aquellos 
guerreros que alcanzaban su máxima espiritualidad y compromiso teológico con 
http://es.wikipedia.org/wiki/Ayuntamiento_de_M%C3%A9xico
14 
 
su patria, después de someterse a una auténtica carrera para alcanzar la 
dualidad entre el cielo y la tierra, así como el cuerpo y la mente. 
El gran mercado de Tlatelolco no volvería a explotar ese bullicio ensordecedor 
que dejó perplejos a los conquistadores, aún a aquellos que ya habían estado 
alguna vez en Constantinopla. 
Los templos de Quetzalcóatl y Tezcatlipoca rojo y Tezcatlipoca negro dejarían 
eternamente de vigilar al frente y a los flancos los sacrificios humanos que se 
otorgaban al dios y astro máximo: El sol. 
Moctezuma Xocoyotzin, Cuitláhuac y Cuauhtémoc perpetuarían su nombre en 
la historia como aquellos emperadores que tuvieron la difícil labor de conjeturar 
aquel enigma del retorno de Quetzalcóatl. Además de la pena de observar el 
paulatino deceso de la gran metrópoli que los dioses les habían encomendado. 
México -Tenochtitlán fue sitiada y destruida. Los monumentos fueron demolidos 
y con sus mismas piedras los mexicas sobrevivientes tuvieron que edificar los 
templos de dioses ajenos bajo la dramática e inmunda labor de la esclavitud y 
sometimiento de la conquista espiritual. 
 
En esta época los sistemas administrativos eran muy complicados, pues había 
muchas disposiciones y diferentes funcionarios. La organización administrativa 
no fue uniforme durante el periodo de tres siglos que comprendió la Colonia. En 
esta época, la administración estaba a cargo del virrey que ejercía a nombre de 
la corona española. 
15 
 
 
 Al lado del virrey se encontraba la real audiencia que ayudaba a éste en el 
ejercicio de la función administrativa además de vigilar y controlar al virrey. A 
nivel central peninsular. 
El sistema administrativo de la Colonia se basó en dos supuestos básicos, cuya 
naturaleza condicionó de manera sustancial toda su filosofía de gobierno. 
En primer lugar, considerar al nuevo mundo como una reserva económica 
destinada a explotarse con eficacia para que produjera una corriente de riqueza 
cada vez mayor hacia el tesoro real. 
En segundo lugar, el imperio se consideró como una gran empresa misionera 
por la que los beneficios del cristianismo se ponían al alcance de un número 
indeterminado de indígenas. La Bula de 16 de diciembre de 1501, expedida por 
el Papa Alejandro VI, cedió a los reyes españoles y a sus sucesores todos los 
diezmos eclesiásticos de las Indias a cambio de que la Corona asumiera 
plenamente la responsabilidad de propagar la religión cristiana entre los 
indígenas, fundando iglesias y dotándolas de prelados. 
En su forma básica, la organización administrativa del imperio español puede 
clasificarse como jerárquica. 
La autoridad se originaba en el rey de España y descendía hacia el Consejo de 
Indias, los virreyes, los capitanes generales del nuevo mundo, gobernadores, 
corregidores, alcaldes mayores y regidores en la base de la pirámide; en los 
últimos años del imperio, el puesto de intendente sustituyó al de corregidor, al 
de alcalde mayor y, en algunas ocasiones, al de gobernador; sin embargo, la 
autoridad no fluía sólo por medio de las líneas indicadas. Virtualmente ningún 
funcionario o nivel gubernamental inferior al rey gozaba de plenos poderes en 
ninguna materia de Estado. En materia de tráfico y comercio, la Casa de 
Contratación estaba investida de gran autoridad. 
16 
 
Después que los Borbones ocuparon el trono, se dieron importantes facultades 
administrativas a los ministros del gabinete; de este modo se redujo 
notablemente la autoridad del Consejo de Indias, al que, en gran medida, se 
dejó convertido en un cuerpo jurídico y de consulta. 
La división de la autoridad y responsabilidad, existía una amplía 
descentralización funcional en el sistema español. Tribunales especiales hacían 
justicia sumaria a los asaltantes de caminos; otros se encargaban de los casos 
relacionados con las rentas y conocían de asuntos originados en las cuentas 
públicas. 
A fines del siglo XVIII, el Cuerpo de Minería se convirtió en un organismo 
semiautónomo, legislativo, judicial y administrativo, en tanto la Iglesia, por 
medio de su organización secular y monástica, con el apoyo del rey, 
proporcionaba instituciones educativas y de asistencia pública en los principales 
centros de población. Además, por medio del Santo Oficio de la Inquisición, 
asumía la responsabilidad de la ortodoxia y moral de la población blanca; sus 
tribunales especiales conocían de los casos de herejía y mala conducta. 
La descentralización funciona se llevó aún más lejos, sobre todo en el ramo 
judicial. Había un tribunal especial para in testados; otro para litigios 
relacionados con la Bula de la Santa Cruzada (impuesto especial en forma de 
indulgencias vendidas a los particulares, administrado por la Iglesia, cuyos 
productos se utilizaban, en teoría, para financiar las luchas militares contra los 
infieles); otro para proteger a los indios del sistema de trabajo forzado; otro que 
vigilaba la distribución del agua a los indios; otro encargado de los asuntos de 
los propietarios de ganado mayor y menor, y algunos otros tribunales con 
jueces especiales que se ocupaban de materias menos importantes. 
Finalmente, había una especialización de funciones, como sucedía con los 
gobernadores, corregidores y alcaldes mayores. 
La autoridad administrativa estaba extraordinariamente subdividida; sin 
embargo, la Audiencia ataba muchos de los cabos sueltos. En muchos casos, 
17 
 
los jueces de ésta servían en los tribunales, como en el del Tesoro, el de la 
Santa Cruzada, al de Minas y otros más. De este modo, existía cierta 
integración en el sistema, aunque ésta emanaba en principio de la figura de los 
tribunales, no de una dirección centralizada del virrey. 
La administración era lenta y engorrosa por necesidad, gracias a la 
fragmentación de autoridad y a la aplicación de una abundante legislación, lo 
cual se agravaba por el requerido turno de muchos asuntos del gobierno de la 
metrópoli para su resolución final, toda vez que se concedía mayor peso a los 
asuntos de carácter político que a los administrativos, por lo que, con el tiempo, 
el virrey o capitán general fue adquiriendo un papel de mero comisionado 
encargado de ejecutar órdenes reales, en lugar de atender sus funciones 
rectoras. 
Por lo tanto, no había una clara separación de poderes, así que el virrey era a la 
vez administrador, legislador, juez, comandante, militar, defensor de la fe y 
protector de los indios. Los miembros de la Audiencia no sólo actuaban como 
jueces, sino también intervenían en tribunales específicos menores, 
aconsejaban al virrey y efectuaban inspecciones administrativas en las 
provincias. 
No había una definición clara de funciones entre algunas de las dependencias 
encargadas de la resolución de problemas coloniales, e intencionalmente se 
fomentaban interferencias en el ejercicio de la autoridad formal para impedir 
que los funcionarios adquirieran prestigio personal o pudieran incurrir en 
prácticas fraudulentas. 
En tan complejo sistema de organización no era posible diferenciar con 
precisión entre la línea política y la estructura funcional, por lo menos no sobre 
bases organizativas. 
España estaba comprometida a mantener una enorme maquinaria 
gubernamental en todo el mundo. Era imprescindible la existencia de un cuerpo 
18 
 
directivo definido y de funciones dentro del sistema administrativo, por lo que el 
hecho de que la estructura organizacional no haya dado indicios de una clara 
definición entre los diversos procesos, no impide el análisis separado de cada 
uno de éstos. 
La Conquista de México-Tenochtitlán culminó el13 de agosto de 1521, y los 
españoles triunfantes, en ese año fundaron en Coyoacán, como si fuera cuartel 
general, el Ayuntamiento de México, con base en el Sistema Municipal 
Castellano, que fue introducido en América Continental, por Hernán Cortés en 
la Villa Rica de la Veracruz en 1519. 
De 1521 a 1523, se realizaron trabajos de traza, dirigidos por un soldado de 
Cortés que tenía conocimientos en topografía, de nombre Alonso García Bravo, 
de limpieza y de construcción de la nueva ciudad española, coordinados por los 
encargados del Ayuntamiento de México en Coyoacán. 
El mes de marzo de 1524, los miembros del Ayuntamiento y la institución 
municipal misma, cambiaron su sede de Coyoacán a la Ciudad de México, que 
los propios españoles llamaban " México Tenustitan", expresión que cambió a 
partir del año de 1585, en que quedó como "La Ciudad de México", según 
consta en las actas de las sesiones de cabildo. Así el Ayuntamiento sesionó, a 
partir de ese mes de marzo de 1524, en la casa de Hernán Cortés. 
Derrumbado el Imperio Azteca y tomada la ciudad de México, los españoles por 
medio de Hernán Cortes trasladaron el sistema de gobierno español basado en 
Municipios gobernados por un Ayuntamiento al territorio de lo que hoy es 
México. 
1.2.3 México Independiente 
 Al asumir su independencia, México era el más extenso de los países hispano 
americanos, y en 1822 se amplió aún más al incorporársele las provincias 
centroamericanas que median casi medio millón de kilómetros cuadrados. Con 
http://es.wikipedia.org/wiki/Hern%C3%A1n_Cortes
http://es.wikipedia.org/wiki/Municipio
http://es.wikipedia.org/wiki/Ayuntamiento
19 
 
todo, los males geopolíticos eran mayúsculos: aislamiento internacional, líos en 
las fronteras, separatismo de regiones y deterioros de caminos. Desde la 
revolución de independencia se paralizó el tráfico naviero con el remoto Oriente, 
América del Sur y Europa. Dentro de un territorio de 4665000 kilómetros 
cuadrados vivían en 1822 siete millones de habitantes. 
 
La guerra contra España había costado seiscientas mil vidas, la décima parte 
del total; equivales decir, la población, con en los días coloniales, se apretujaba 
en el centro; nadie quería ir a la vasta zona del norte que sin gente era un 
peligro, una invitación al despojo, una arca abierta. En el orden económico la 
cosa era peor. La producción minera se redujo en once años de lucha a 6 
millones de pesos en vez de los 30 a que llego en 1810. 
 
El valor de la producción agrícola se contrajo a la mitad y el de la industria a un 
tercio. En 1822 los ingresos de erario fueron de nueve millones y medio de 
pesos, y los gastos de trece y medio. Y como si un déficit anual de cuatro 
millones fuera poco, el naciente país recibió en herencia una deuda pública de 
76 millones. 
 
 La baja de los ingresos estatales no fue puramente pasajera; se debió en gran 
medida a la abolición de un impuesto injusto: el tributo per cápita de los indios. 
Tampoco el alza del gasto público podría ser transitorio: había que sostener un 
ejército numeroso y fuerte para conservar la independencia. La hacienda estaba 
condenada a un estado de bancarrota crónico y a caer en las guerras de 
agiotistas, como de hecho sucedió. 
La producción agrícola disminuyó y muchos pequeños comerciantes ya no 
circulaban con libertad por las restricciones impuestas por la autoridad. 
 
En el orden social había mucho que hacer. La declaración de la igualdad 
jurídica de todos los mexicanos deja a los indios, acostumbrados a un régimen 
de tutela, indefensos ante a los criollos. La igualdad de derechos agudiza la 
20 
 
desigualdad de las fortunas. Los 3749 latifundios crecen a costa de los terrenos 
de las comunidades indígenas. También era de esperarse, con solo esa 
legislación igualitaria, un empeoramiento de las condiciones laborales del peón 
y del artesano. Por otra parte, la discordia civil favorece la mezcla de razas y la 
consolidación de una clase media. 
 
Al otro día de lograda la independencia salieron a flote las dificultades políticas: 
inexperiencia de los criollos en la administración pública: inclinación de los 
caudillos menores a convertirse en reyezuelos de las zonas donde habían 
luchado; deseos de los caudillos mayores de ser reyes o presidentes del nuevo 
país, guerra de partidos (falta completa de entendimiento entre monarcas y 
republicanos, militares y civiles, clérigos y burócratas); desinterés político de la 
gran masa de población, vehemencia política aguda de la minoría y en especial 
de la clase media. 
 
La Junta de Gobierno, instalada el 28 de septiembre de 1821 y compuesta con 
38 aristócratas, tuvo como atribuciones elegir miembros de la Regencia, fijar las 
normas para la convocatoria y la elección del Congreso encargado de hacer la 
constitución política y decidir los símbolos nacionales el escudo y la bandera. 
 
 La Constitución de 1824 dividió a México en diecinueve estados y cinco 
territorios. Facultó a cada estado para elegir gobernador y asambleas 
legislativas propias, como se hacía en Estados Unidos y según lo tenían 
previsto la Constitución de Cádiz. 
 
Tras la independencia la Ciudad de México era parte y capital del Estado de 
México. El 18 de noviembre 1824 el Congreso, decidió crear un Distrito Federal, 
una entidad distinta a los demás estados, para albergar los poderes Ejecutivo, 
Legislativo y Judicial, territorio que no perteneciese a ningún estado en 
particular y así evitar la influencia excesiva de un estado sobre los demás de la 
federación sino a todos por igual. 
http://es.wikipedia.org/wiki/Estado_de_M%C3%A9xico
http://es.wikipedia.org/wiki/Estado_de_M%C3%A9xico
http://es.wikipedia.org/wiki/18_de_noviembre
http://es.wikipedia.org/wiki/1824
21 
 
El gobierno federal tendría los tres poderes clásicos, según la doctrina de 
Montesquieu. Al poder Legislativo lo compondrían dos cámaras: diputación y 
senado. El ejecutivo debería ejercerlo un presidente, o en su ausencia un 
vicepresidente. 
 
El Judicial en su más alto nivel se atribuyó a la Suprema Corte. Por lo que toca 
a la Constitución de 1824 mantuvo como religión de estado a la católica, 
prohibió el ejercicio de cualquier otra y ordenó las libertades de palabra e 
imprenta. Se hicieron las primeras elecciones. En las que salieron Guadalupe 
Victoria y para vicepresidente Nicolás Bravo. 
De tal forma, después de fuertes discusiones, el Congreso de la Unión decretó, 
el 18 de noviembre de 1824 la creación del Distrito Federal, tomando como 
centro a la Plaza de la Constitución de la Ciudad de México y un radio de 8 380 
metros; el día 20 de noviembre, por instrucciones del primer Presidente de 
México, Guadalupe Victoria, se publicó el decreto. 
La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824, en su 
artículo 50, fracción 28, determinó que era facultad del Congreso de la Unión: " 
Elegir un lugar que sirva de residencia a los supremos poderes de la federación 
y ejercer en su distrito las atribuciones del poder legislativo de un estado". 
Antes de esta decisión la capital de la República había sido la capital del Estado 
de México, situación que propició una serie de problemas que fueron superados 
el 16 de enero de 1827 cuando la legislatura local declaró a Texcoco como 
capital de la entidad. Posteriormente esta capital también cambió y se 
estableció en San Agustín de las Cuevas (Tlalpan) desde 1827 y hasta 1830. 
Con el decreto de creación del Distrito Federal, este se integró con la unión de 
varias ciudades o municipios importantes, así como con pueblos y villas. De tal 
manera en 1824 dio inicio el proceso de división territorial del Distrito Federal. 
La sede de los poderes federales vivió fenómenos políticos generados por los 
movimientos internos de la sociedad, con base en los criterios de la República 
22 
 
Federal o de la República Central, así como en las diferentesideologías que de 
ellas emanaron, por eso en el Distrito Federal, su forma de gobierno y territorio 
tuvieron diversas modificaciones; como sucedió por Superior Orden 20 de 
febrero de 1837, de acuerdo con lo prevenido en la sexta Ley Constitucional 
Conservadora del año de 1836, pues fue suprimido el Distrito Federal y su 
territorio quedó a cargo del Departamento de México, dentro del régimen 
Centralista. 
Así continuó hasta el año de 1846, en que el gobierno llamado "Libertador", 
restableció la vigencia de la Constitución Federal de 1824, recobrando el 
Distrito Federal el carácter que le daba esa Ley Fundamental. 
Pero fue hasta el 28 de marzo de 1848 cuando el Presidente Interino Manuel 
Peña y Peña, desde Querétaro, autorizó al Gobernador del Distrito Federal, 
Juan María Flores Terán, ejercer las funciones que le correspondían. 
Otros cambios se dieron en el último período de gobierno de Antonio López de 
Santa Anna, con el decreto del 16 de febrero de 1854, que ensanchó la 
extensión que tuvo el Distrito Federal. 
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1857, estableció, 
en su artículo 46, que solo en caso de que los poderes federales fueran 
trasladados a otro lugar, en el territorio del Distrito Federal se erigiría el Estado 
del Valle de México. 
El 29 de octubre de 1864, el Ayuntamiento de México informó a la población 
que el Emperador Maximiliano y su esposa entrarían a la ciudad el día 30 de 
octubre, a las diez de la mañana, instalándose por ese motivo el Imperio, y por 
ende saliendo los poderes federales del Distrito Federal. 
El lunes 10 de abril de 1865, se publicó en el Diario del Imperio el Estatuto 
Provisional del Imperio Mexicano. Con la Restauración de la República y 
entrada de Benito Juárez a la Ciudad de México, el 15 de julio de 1867, se 
23 
 
retomó la división territorial del 5 de marzo de 1862, la que permaneció hasta el 
31 de diciembre de 1899. 
 
1.2.4 México en el Porfiriato 
A la muerte de Juárez resurgió nuevamente la lucha por el poder político. Por 
disposición constitucional asumió la presidencia Sebastián Lerdo de Tejada, 
quien promueve, el 13 de noviembre de 1874, reformas a la constitución de 
1857, introduciendo el sistema bicameral, al incorporarse la Cámara de 
Senadores a la composición del Congreso de la Unión. Dicho precepto 
constitucional habría de señalar, expresamente que el senado se compondría 
de dos senadores por cada Estado y dos por el Distrito Federal, a través de 
una elección indirecta en primer grado. 
 
Resulta importante destacar esta modificación constitucional, pues, como antes 
se ha señalado, la Constitución de 1824 no otorgó el derecho de elección de 
senadores al Distrito Federal, no obstante que sí prevenía la existencia de la 
Cámara de Senadores. 
 
Por esos años, el otrora gloriosos coronel Porfirio Díaz, se rebela contra el 
gobierno de Lerdo de Tejada, mediante el Plan de Tuxtepec y al derrocarle 
asume el ejercicio de la Presidencia de la República por un primer periodo que 
abarca hasta 1880. 
 
De 1880 a 1884 gobierna Manuel González y en este último año toma el poder 
nuevamente Porfirio Díaz, el que habría de ejercer ininterrumpidamente hasta 
24 
 
1911.Durante este largo periodo de la historia, conocido como “el Porfiriato”, el 
gobierno y la administración del Distrito Federal tuvo modificaciones 
importantes que conviene destacar. 
 
Con fecha 17 de diciembre de 1898, el Congreso de la Unión aprobó los 
convenios sobre límites entre el Distrito Federal y los estados de México y 
Morelos. Conviene resaltar que la actual circunscripción territorial del Distrito, en 
términos constitucionales de estos convenios en los que se fijaron sus actuales 
límites. 
 
Por decreto expedido por Porfirio Díaz el 28 de julio de 1899, se determinaron 
las municipalidades que integraban el Distrito. Posteriormente, el 18 de 
diciembre del propio año, el Congreso de la Unión habría de decretar que el 
régimen interior del Distrito Federal se dividía, territorialmente en la 
municipalidad de México y varias prefecturas, derogando el consecuente 
decreto de Juárez de 6 de mayo de 1867. 
 
Porfirio Díaz el 28 de julio de 1899, se determinaron las municipalidades que 
integraban el Distrito. Posteriormente, el 18 de diciembre del propio año, el 
Congreso de la Unión habría de decretar el régimen interior del Distrito Federal 
se dividía, territorialmente, en la municipalidad de México y varias prefecturas, 
derogando el consecuente decreto de Juárez. 
 
El 14 de diciembre de 1900, el Congreso de la Unión expidió un decreto que 
reformaría los ayuntamientos dentro del Distrito Federal, con esto, se suprimía 
la facultad de los ciudadanos de elegir popularmente las autoridades políticas, 
municipales y judiciales. 
 
En esa ley el Distrito Federal en el orden político, administrativo y municipal, 
dependía del Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Estado y del 
Despacho de Gobernación. El gobierno político y la administración municipal al 
25 
 
ejecutivo, por conducto de tres funcionarios públicos: el gobernador del Distrito 
Federal. El presidente del Consejo Superior de Salubridad y el director de 
Obras Públicas, que juntos integraban el Consejo Superior de Gobierno del 
Distrito Federal. 
 
Durante el Gobierno de Porfirio Díaz el Distrito Federal sufrió un grave retroceso 
en regulación Legal y a virtud de reformas constitucionales y ordinarias, sus 
habitantes fueron despojados de importantes derechos políticos reduciendo, 
prácticamente, el gobierno de Distrito Federal al mandato de las prefecturas 
políticas. Por lo demás, esa fue la situación que imperó en toda la república 
durante esta etapa de la historia de México. 
 
1.2.5 México Moderno 
Numerosas fuentes establecen como el inicio del siglo XX mexicano el 
comienzo de la Revolución. Esta guerra civil puso punto final al período 
conocido como Porfiriato. En esa época, el Distrito Federal fue ocupado 
sucesivamente por los maderistas, los zapatistas y villistas y finalmente los 
carrancistas. Esta última facción sería sustituida por el llamado Grupo Sonora, 
que a su vez daría lugar al Partido Revolucionario Institucional (y sus 
antecedentes) que dominó el gobierno de México desde 1929 hasta el año 
2000. 
En 1929 fue suprimido el régimen municipal en el Distrito Federal, con lo que 
las trece municipalidades existentes en su territorio desaparecieron. Más tarde 
sería promulgada una ley que dividió la entidad en dieciséis delegaciones 
políticas cuyos pobladores estaban imposibilitados de elegir representantes y 
gobiernos locales hasta el 2000. 
Con el período de apogeo económico conocido como Milagro mexicano 
(décadas de 1950 y 1960), la ciudad de México vivió una época de urbanización 
sin precedentes en el país. Su población se duplicaba en menos de veinte años, 
http://es.wikipedia.org/wiki/Revoluci%C3%B3n_Mexicana
http://es.wikipedia.org/wiki/Porfiriato
http://es.wikipedia.org/wiki/Francisco_I._Madero
http://es.wikipedia.org/wiki/Emiliano_Zapata
http://es.wikipedia.org/wiki/Francisco_Villa
http://es.wikipedia.org/wiki/Venustiano_Carranza
http://es.wikipedia.org/wiki/Partido_Revolucionario_Institucional
http://es.wikipedia.org/wiki/Milagro_mexicano
26 
 
y fue absorbiendo poco a poco a los poblados cercanos, hasta desbordarse del 
territorio del DF. Fueron inauguradas numerosas obras públicas en ese período. 
Entre ellas se puede citar a la Ciudad Universitaria o el Estadio Azteca. 
También a partir de 1950, la ciudad de México fue el escenario de numerosas 
expresiones de inconformidad con el gobierno priista. En la década de 1950 
tuvo lugar la protesta de los ferrocarrileros, que terminó con el encarcelamiento 
de varios de sus líderes(como Demetrio Vallejo). 
 En 1968, los estudiantes de numerosas escuelas públicas y privadas también 
iniciaron una serie de protestas que concluyeron con la Matanza de Tlatelolco, 
el 2 de octubre. Tres años más tarde, el 10 de junio de 1971 una manifestación 
de estudiantes de la Escuela Normal Superior fue atacada por el Ejército 
Mexicano en lo que se conoce como Jueves de Corpus. El 19 de septiembre de 
1985, la ciudad de México fue semidestruida por un terremoto de 8,1 grados 
Richter. A partir de entonces, la sociedad civil capitalina comenzó a tomar cada 
vez más en sus manos el control de aquellos espacios que el Estado había 
dejado abandonados. Como resultado de lo anterior, en las controvertidas 
elecciones federales de 1988, el PRI fue derrotado ampliamente en el Distrito 
Federal por el FDN. 
1.2.5.1 Departamento del Distrito Federal 
En diciembre de 1928 se reformó el artículo 73, fracción VI, de la Constitución 
Política de los Estados Unidos Mexicanos, dando nuevas bases para la 
organización política y administrativa y suprimiendo el sistema municipal en el 
Distrito Federal, encomendándose el gobierno del mismo al Presidente de la 
República: quien lo ejercerá por conducto del órgano que determine la ley 
respectiva. 
El órgano de gobierno creado por la ley orgánica (aprobada en diciembre de 
1928 y entró en vigor en enero de 1929), recibió el nombre de Departamento 
del Distrito Federal. Las facultades de decisión y de ejecución fueron 
http://es.wikipedia.org/wiki/Ciudad_Universitaria_de_la_UNAM
http://es.wikipedia.org/wiki/Estadio_Azteca
http://es.wikipedia.org/wiki/Demetrio_Vallejo
http://es.wikipedia.org/wiki/Matanza_de_Tlatelolco
http://es.wikipedia.org/wiki/Escuela_Normal_Superior
http://es.wikipedia.org/wiki/Ej%C3%A9rcito_Mexicano
http://es.wikipedia.org/wiki/Ej%C3%A9rcito_Mexicano
http://es.wikipedia.org/wiki/Matanza_del_Jueves_de_Corpus
http://es.wikipedia.org/wiki/19_de_septiembre
http://es.wikipedia.org/wiki/1985
http://es.wikipedia.org/wiki/Terremoto_de_M%C3%A9xico_de_1985
http://es.wikipedia.org/wiki/Sociedad_civil
http://es.wikipedia.org/wiki/Frente_Democr%C3%A1tico_Nacional
27 
 
encomendadas a un Jefe del Departamento del Distrito Federal, bajo cuya 
autoridad fueron puestos los servicios públicos y otras atribuciones ejecutivas. 
El funcionario sería nombrado y removido libremente por el Presidente de la 
República. 
En el artículo segundo de la Ley Orgánica del Distrito y Territorios Federales se 
manifestó que: "El territorio del Distrito Federal se divide en un Departamento 
Central y Trece Delegaciones". El artículo tercero indicó que: " El Departamento 
Central estará formado por las que fueron municipalidades de México, Tacuba, 
Tacubaya y Mixcoac". El artículo cuarto estableció que: " Las trece 
Delegaciones serán: Guadalupe Hidalgo, Azcapotzalco, Ixtacalco, General 
Anaya, Coyoacán, San Ángel, La Magdalena Contreras, Cuajimalpa, Tlalpan, 
Iztapalapa, Xochimilco, Milpa Alta y Tláhuac". 
Posteriormente, el 31 de diciembre de 1941, se aprobó la nueva Ley Orgánica 
del Departamento del Distrito Federal, derogándose la Ley Orgánica anterior, de 
1928. 
Para 1941, el territorio que se denominó sede del Departamento Central, se le 
llamó Ciudad de México, y desapareció la delegación de General Anaya, cuyo 
territorio se anexó a la Ciudad de México, quedando doce delegaciones en el 
Distrito Federal. La división territorial establecida en la Ley Orgánica de 1941, 
se modificó hasta el mes de diciembre de 1970, mediante reformas a dicha Ley. 
Una de las reformas más significativas se observa en capítulo II, " Del 
Territorio", en su artículo décimo: " El Distrito Federal o Ciudad de México se 
divide, para los efectos de esta ley y de acuerdo a sus características 
Geográficas, Históricas, Demográficas, Sociales y Económicas, en 16 
Delegaciones..." 
De tal manera, lo que fue la Ciudad de México se convirtió en Delegaciones: 
Miguel Hidalgo, Benito Juárez, Cuauhtémoc y Venustiano Carranza. 
28 
 
En 1987 se creó la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, 
reformando el Artículo 73 fracción VI de la Constitución- por decreto del 10 de 
agosto de ese año, como un órgano de representación ciudadana, integrado por 
40 Representantes electos según el principio de votación mayoritaria relativa, 
mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y por 26 
Representantes electos según el principio de representación proporcional, 
mediante el sistema de listas votadas en una circunscripción plurinominal. 
(Artículo tercero del decreto del 10 de agosto de 1987). 
La Asamblea de Representantes "se creó con facultades para dictar bandos, 
ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno que tengan por objeto 
atender las necesidades que se manifiesten entre los habitantes del Distrito 
Federal en materia de servicios; aprobar nombramientos de magistrados del 
Tribunal Superior de Justicia, e iniciar ante el Congreso de la Unión leyes o 
decretos en materia relativa al Distrito Federal". 
La Asamblea de Representantes del Distrito Federal, que estaba en ejercicio, 
siguió teniendo las facultades contenidas en las disposiciones que la crearon, y 
la III Asamblea de Representantes del Distrito Federal, con base en las 
reformas y en el texto del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, asumió sus 
nuevas facultades, sobre todo en materia legislativa. 
Con anterioridad a 1993, el Distrito Federal se formaba bajo un órgano del 
gobierno federal llamado Departamento del Distrito Federal que se encontraba 
a cargo del Presidente de la República, quien nombraba un funcionario para 
que ejecutara el gobierno en su nombre. Dicho funcionario tenía el cargo de 
Jefe del Departamento del Distrito Federal, también era denominado 
popularmente Regente del Distrito Federal, ya que antes de la reforma de 1970 
existía diferenciada del Distrito Federal la Ciudad de México la cual se le 
denominaba Departamento de México y como tal era regida directamente por 
el Jefe de Departamento, al contrario de las delegaciones que eran regidas por 
un Delegado nombrado por el Jefe de Departamento. 
http://es.wikipedia.org/wiki/1993
http://es.wikipedia.org/wiki/Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/Departamento_del_Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/Presidente_de_la_Rep%C3%BAblica
http://es.wikipedia.org/wiki/Jefe_del_Departamento_del_Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/Regente_del_Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/1970
http://es.wikipedia.org/wiki/Ciudad_de_M%C3%A9xico
29 
 
En 1993, mediante una reforma constitucional, se otorgó mayor autonomía al 
Distrito Federal a través de la eliminación de la figura del Jefe del Departamento 
del Distrito Federal y la creación del Jefe del Gobierno del Distrito Federal, 
quien es electo de manera directa por los ciudadanos; además se otorgaron 
mayores facultades al órgano legislativo local, denominado como la Asamblea 
Legislativa del Distrito Federal. 
 
1.2.6 México Actual 
El Gobierno del Distrito Federal está a cargo de los Poderes de la Unión, los 
cuales lo ejercerán por sí y a través de los órganos del Distrito Federal 
representativos y democráticos, que establece esta Constitución. 
La fracción VI, del artículo de referencia determina que: "El Jefe del Distrito 
Federal será el titular de la Administración Pública del Distrito Federal. Ejercerá 
sus funciones en los términos que establezca esta Constitución, el Estatuto de 
Gobierno y las demás leyes aplicables...". El inciso (a) de la fracción manifiesta 
que: " El Jefe del Distrito Federal será nombrado por el Presidente de la 
República de entre cualquiera de los Representantes a la Asamblea, Diputados 
Federales o Senadores electos en el Distrito Federal, que pertenezcan al 
partido político que por sí mismo obtenga el mayor número de asientos en la 
Asamblea de Representantes. 
El nombramiento serásometido a la ratificación de dicho órgano, que contará 
con un plazo de cinco días para, en su caso, ratificarlo. Si el nombramiento no 
fuese ratificado, el Presidente presentará a la Asamblea, un segundo 
nombramiento para su ratificación dentro de un plazo de cinco días. Si no 
http://es.wikipedia.org/wiki/1993
http://es.wikipedia.org/wiki/Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/Jefe_del_Departamento_del_Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/Jefe_del_Departamento_del_Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/Jefe_del_Gobierno_del_Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/Asamblea_Legislativa_del_Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/Asamblea_Legislativa_del_Distrito_Federal
30 
 
hubiera ratificación del segundo nombramiento, el Senado hará directamente el 
nombramiento del Jefe del Distrito Federal. 
El reciente reclamo ciudadano para alcanzar una mayor participación en la toma 
de decisiones y para establecer un mejor sistema político y de gobierno local, 
motivó en el Distrito Federal un conjunto de reformas que constituyen un 
complejo proceso legislativo. 
El Poder Constituyente Permanente aprobó reformas a la Constitución Política 
de los Estados Unidos Mexicanos para proporcionar un nuevo marco de la 
organización política de la capital de la República (Decreto del 21/ X / 93 
publicado en el Diario Oficial de la Federación del 25 del mismo mes). 
Posteriormente, el Congreso de la Unión aprobó y expidió un ordenamiento 
para regular todos aquellos aspectos del nuevo esquema de gobierno. 
(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 / VII / 1994). El Estatuto de 
Gobierno del Distrito Federal, con perfiles muy propios es, en términos 
singulares, una constitución local para que la sede conjunta del gobierno federal 
y del nuevo gobierno local impliquen la supervivencia y el mejor funcionamiento 
del Distrito Federal. 
El Estatuto del Distrito Federal es en nuestro país un documento inédito, 
novedoso y complejo, tanto en su naturaleza jurídica como en su contenido. 
La adecuada distribución de las competencias más importantes del gobierno del 
Distrito Federal, entre los ámbitos local y federal, así como regular las 
complejas relaciones entre los Poderes de la Unión y los órganos locales de 
gobierno, han sido motivos esenciales para la elaboración del Estatuto del 
Distrito Federal, y hoy mismo siguen siendo motivos importantes para la gran 
reforma política que se está planteando a escala del Estado Mexicano y a nivel 
del Distrito Federal. 
31 
 
Se ha iniciado ahora un nuevo proceso democrático, plural y legislativo, que 
llevará a que en el año 1997 el Distrito Federal tenga una nueva vida jurídica, 
política e histórica, al cumplir 173 años de haberse creado. 
Este proceso requerirá, sin duda, nuevas reformas constitucionales, cambios 
importantes y de gran dimensión en el Estatuto del Distrito Federal, y 
superación en todos los aspectos de las leyes como la de Participación 
Ciudadana y otras que aprobó la Tercera Asamblea del Distrito Federal. 
 
1.2.6.1 Jefes de Gobierno que han sido titulares de la Administración 
Pública del Distrito Federal. 
Entre los Jefes de Gobierno tenemos a: 
Cuauhtémoc Cárdenas 
En 1997, fue electo como el candidato del PRD en las elecciones para elegir 
por primera vez al gobernante de la Ciudad de México. La Ciudad de México 
había sido de los principales apoyos a Cárdenas en 1988, y éste consiguió una 
clara victoria triunfando en todos los distritos de la capital. También tuvo como 
uno de sus consejeros al académico y profesor universitario de la facultad de 
ciencias políticas y sociales, de la UNAM a Adolfo Gilly. 
Su gestión duró solamente dos años, pues renunció a su cargo en 1999 para 
contender nuevamente por la Presidencia de la República en las elecciones del 
año 2000, donde obtuvo el tercer lugar en el número de votos, por detrás de 
Vicente Fox y de Francisco Labastida. 
http://es.wikipedia.org/wiki/1997
http://es.wikipedia.org/wiki/Ciudad_de_M%C3%A9xico
http://es.wikipedia.org/wiki/Consejeros
http://es.wikipedia.org/wiki/Acad%C3%A9mico
http://es.wikipedia.org/wiki/Profesor
http://es.wikipedia.org/wiki/UNAM
http://es.wikipedia.org/wiki/Adolfo_Gilly
http://es.wikipedia.org/wiki/1999
http://es.wikipedia.org/wiki/2000
http://es.wikipedia.org/wiki/Vicente_Fox
http://es.wikipedia.org/wiki/Francisco_Labastida
32 
 
María del Rosario Robles Berlanga 
Es una política mexicana de izquierda, que fue miembro del Partido de la 
Revolución Democrática, el cual llegó a presidir, además de haber sido la única 
mujer en haber desempeñado el cargo de Jefe de Gobierno de la Ciudad de 
México. Es Licenciada en Economía egresada de la Universidad Nacional 
Autónoma de México y tiene una Maestría en Desarrollo Rural. 
Fue designada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y ratificada como 
relevo de Cuauhtémoc Cárdenas, en cuyo gabinete ocupó la Secretaría de 
Gobierno. Durante su breve gobierno, Robles invirtió muchos recursos en 
comunicación social. Promovió la modificación del Código Penal para el Distrito 
Federal para que se despenalizara el aborto por malformaciones congénitas y 
en caso de peligro de muerte para la mujer preñada, mediante una iniciativa 
conocida como Ley Robles. 
Andrés Manuel López Obrador 
Tercer jefe de gobierno electo por voto popular (5 de diciembre de 2000- 
29 de julio de 2005.) es un político mexicano, que ha sido presidente nacional 
del Partido de la Revolución Democrática. 
El 29 de marzo de 2000, Andrés Manuel López Obrador se inscribió como 
candidato para la elección de Jefe de Gobierno del Distrito Federal. Su registro 
estuvo cerca de ser impugnado ante el Tribunal Electoral; ya que se alegaba 
que no contaba con los cinco años de residencia en la Ciudad de México. El 2 
de julio de 2000, López Obrador ganó la elección para la jefatura de gobierno 
del Distrito Federal con un 34,5% de los votos emitidos, contra 33,4% de su 
más cercano rival, Santiago Creel del PAN. 
Su gestión al frente del Gobierno del Distrito Federal, cubrió acciones de 
gobierno en los campos de las finanzas, el desarrollo social, salud, gestión de 
fondos. 
http://es.wikipedia.org/wiki/Mar%C3%ADa_del_Rosario_Robles_Berlanga
http://es.wikipedia.org/wiki/Pol%C3%ADtico
http://es.wikipedia.org/wiki/M%C3%A9xico
http://es.wikipedia.org/wiki/Partido_de_la_Revoluci%C3%B3n_Democr%C3%A1tica
http://es.wikipedia.org/wiki/Partido_de_la_Revoluci%C3%B3n_Democr%C3%A1tica
http://es.wikipedia.org/wiki/Ciudad_de_M%C3%A9xico
http://es.wikipedia.org/wiki/Ciudad_de_M%C3%A9xico
http://es.wikipedia.org/wiki/Universidad_Nacional_Aut%C3%B3noma_de_M%C3%A9xico
http://es.wikipedia.org/wiki/Universidad_Nacional_Aut%C3%B3noma_de_M%C3%A9xico
http://es.wikipedia.org/wiki/ALDF
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Ley_Robles&action=edit&redlink=1
http://es.wikipedia.org/wiki/5_de_diciembre
http://es.wikipedia.org/wiki/2000
http://es.wikipedia.org/wiki/29_de_julio
http://es.wikipedia.org/wiki/2005
http://es.wikipedia.org/wiki/Pol%C3%ADtico
http://es.wikipedia.org/wiki/M%C3%A9xico
http://es.wikipedia.org/wiki/29_de_marzo
http://es.wikipedia.org/wiki/2000
http://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Gobernantes_del_Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/2_de_julio
http://es.wikipedia.org/wiki/2_de_julio
http://es.wikipedia.org/wiki/2000
http://es.wikipedia.org/wiki/Santiago_Creel
http://es.wikipedia.org/wiki/Gobierno_del_Distrito_Federal
33 
 
 Enfrentó un juicio político de desafuero en 2005 por supuestos manejos 
irregulares en la expropiación del predio El Encino (Cuajimalpa de Morelos). 
Poco después renunció para buscar la candidatura de su partido a la 
presidencia mexicana. 
El 26 de julio de 2005, el entonces Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés 
Manuel López Obrador presentó su renuncia al cargo mediante una carta 
enviada a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en ella pidió que ésta 
fueraefectiva a partir del 29 de julio de ese mismo año. 
Alejandro Encinas Rodríguez 
Es un político mexicano de izquierda, miembro del Partido de la Revolución 
Democrática y ex Jefe de Gobierno del Distrito Federal. 
En sesión extraordinaria, el órgano legislativo de la Ciudad de México aceptó la 
renuncia de Andrés Manuel López Obrador y ese mismo día (29 de julio) 
designó a Alejandro Encinas como Jefe de Gobierno del Distrito Federal, cargo 
que asumió el 2 de agosto, luego de rendir protesta ante el pleno de la 
Asamblea Legislativa del Distrito Federal. 
Marcelo Ebrard Casaubón 
Marcelo Ebrard, cuarto jefe de gobierno del Distrito Federal asumió la Jefatura 
de Gobierno del Distrito Federal el 5 de diciembre de 2006, ante el pleno de la 
Asamblea Legislativa del Distrito Federal. 
Sus acciones al frente del gobierno se han caracterizado, en materia social, por 
ser una continuación y ampliación de las realizadas en su momento por Andrés 
Manuel López Obrador; una iniciativa nueva es la del otorgamiento de pensión 
económica a estudiantes de escasos recursos. 
Entre sus acciones de mayor impacto entre la opinión pública se encuentra la 
expropiación de predios y edificios que funcionan como centros operativos de la 
http://es.wikipedia.org/wiki/Proceso_de_desafuero_contra_Andr%C3%A9s_Manuel_L%C3%B3pez_Obrador
http://es.wikipedia.org/wiki/Cuajimalpa_de_Morelos
http://es.wikipedia.org/wiki/26_de_julio
http://es.wikipedia.org/wiki/2005
http://es.wikipedia.org/wiki/Jefe_de_Gobierno_del_Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/Andr%C3%A9s_Manuel_L%C3%B3pez_Obrador
http://es.wikipedia.org/wiki/Andr%C3%A9s_Manuel_L%C3%B3pez_Obrador
http://es.wikipedia.org/wiki/Asamblea_Legislativa_del_Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/29_de_julio
http://es.wikipedia.org/wiki/Pol%C3%ADtico
http://es.wikipedia.org/wiki/M%C3%A9xico
http://es.wikipedia.org/wiki/Partido_de_la_Revoluci%C3%B3n_Democr%C3%A1tica
http://es.wikipedia.org/wiki/Partido_de_la_Revoluci%C3%B3n_Democr%C3%A1tica
http://es.wikipedia.org/wiki/Jefe_de_Gobierno_del_Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/Ciudad_de_M%C3%A9xico
http://es.wikipedia.org/wiki/Andr%C3%A9s_Manuel_L%C3%B3pez_Obrador
http://es.wikipedia.org/wiki/Alejandro_Encinas
http://es.wikipedia.org/wiki/Jefe_de_Gobierno_del_Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/2_de_agosto
http://es.wikipedia.org/wiki/Asamblea_Legislativa_del_Distrito_Federal
http://es.wikipedia.org/wiki/5_de_diciembre
http://es.wikipedia.org/wiki/2006
http://es.wikipedia.org/wiki/Asamblea_Legislativa_del_Distrito_Federal
34 
 
delincuencia, como ha sucedido con un predio en el barrio de Tepito, 
supuestamente un centro de narcomenudeo; una amplia zona de la delegación 
Iztapalapa, destacada en venta de partes robadas de automóviles, y dos 
predios más de venta de drogas en Santa María la Rivera. La iniciativa ha sido 
criticada por una parte del sector empresarial, que la juzgan como un atentado 
a la propiedad privada, mientras que el gobierno federal ha mostrado su apoyo. 
Asimismo ha creado una unidad especial de inteligencia contra el lavado de 
dinero. 
El desalojo del comercio ambulante en el centro histórico de la ciudad desde la 
mitad de 2007 ha sido catalogado entre la prensa como un éxito de su gobierno; 
ya que los comerciantes informales habían aumentado significativamente su 
número en los últimos años. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
http://es.wikipedia.org/wiki/Tepito
http://es.wikipedia.org/wiki/Iztapalapa
 
CAPÍTULO 2 
 
LA FIGURA DEL JEFE DE GOBIERNO 
Y SUS PODERES DISCIPLINARIOS 
 
 
 
"El primer gobernante de una sociedad no debe tener más bandera que la ley; 
la felicidad común debe ser su norte, e iguales los hombres ante su presencia, 
como lo son ante la ley; sólo debe distinguir el mérito y la virtud para 
recompensarlos; al vicio y al crimen para procurar su castigo” 
Benito Juárez 
 
 
 
 
 
 
36 
 
CAPÍTULO 2 
LA FIGURA DEL JEFE DE GOBIERNO Y SUS PODERES DISCIPLINARIOS 
 
2 El Jefe de Gobierno del Distrito Federal 
Se llama Jefe de Gobierno del Distrito Federal a la persona elegida por votación 
universal, libre, directa y secreta y que tendrá a su cargo el órgano ejecutivo de 
carácter local y de la administración pública en la entidad, donde se le confieren 
facultades de carácter constitucional, legales, administrativas y estatuarias. 
 
La elección de Jefe de Gobierno del Distrito Federal se realizará cada seis 
años, en la misma fecha en que se realice la elección del Presidente 
Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. 
2.1 Requisitos para ser Jefe de Gobierno del Distrito Federal 
Los principios jurídicos constitucionales que regulan al Jefe de Gobierno son los 
siguientes: 
 
Ejerce su encargo por un período de seis años, a partir del día 5 de diciembre 
del año de la elección, misma que deberá de llevarse a cabo con apego a la Ley 
electoral. 
 
Para ser Jefe de Gobierno del Distrito Federal deben reunirse los requisitos que 
establezca el Estatuto de Gobierno 
El artículo 53 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal menciona que para 
ser Jefe de Gobierno del Distrito Federal debe reunir los siguientes requisitos: 
 Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos; 
 
37 
 
 Tener una residencia efectiva de tres años inmediatamente anteriores al 
día de la elección, si es originario del Distrito Federal o de cinco años 
ininterrumpidos para los nacidos en otra entidad; 
 
 Tener cuando menos treinta años cumplidos al día de la elección; 
 
 No haber desempeñado el cargo de Jefe de Gobierno del Distrito Federal 
con cualquier carácter o denominación; 
 
 No estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando de 
policía, cuando menos noventa días antes de la elección; 
 
 No ser Secretario ni Subsecretario de Estado, Jefe de Departamento 
Administrativo, Procurador General de la República, Ministro de la 
Suprema Corte de Justicia de la Nación, ni miembro del Consejo de la 
Judicatura Federal, a menos que se haya separado definitivamente de 
sus funciones noventa días antes de la elección, en el caso de los 
primeros y dos años en el caso de los Ministros; separado 
definitivamente de sus funciones noventa días antes de la elección; 
 
 No ser Magistrado del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal de lo 
Contencioso Administrativo del Distrito Federal, ni miembro del Consejo 
de la Judicatura del Distrito Federal, a menos que se haya separado 
definitivamente de sus funciones noventa días antes de la elección; 
 
 No ser Secretario del Órgano Ejecutivo, Oficial Mayor, Contralor General, 
titular de órgano político administrativo, dependencia, unidad 
administrativa, órgano desconcentrado o entidad paraestatal de la 
Administración Pública del Distrito Federal, ni Procurador General de 
Justicia del Distrito Federal, a menos que se haya separado 
definitivamente de sus funciones noventa días antes de la elección; 
 
38 
 
 No ser ministro de algún culto religioso, a no ser que hubiere dejado de 
serlo con la anticipación y en la forma que establezca la ley; 
 
Para el caso de remoción del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Senado 
nombrará, a propuesta del presidente de la República, un sustituto que 
concluya el mandato. 
 
En caso de falta temporal, queda encargado del despacho el servidor público 
que disponga el Estatuto de Gobierno. 
 
En caso de falta absoluta, por renuncia o cualquier otra causa, la Asamblea 
Legislativa debe designar a un sustituto que termine el encargo. 
 
La renuncia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal sólo puede aceptarse por 
causas graves. 
 
Las licencias al cargo se regulan en el propio Estatuto. 
2.2 Facultades Administrativas del Jefe de Gobierno del Distrito Federal 
El Jefe de Gobierno del Distrito Federal tiene entre sus facultades y 
obligaciones, de conformidad con la fracciónII de la Base Segunda del artículo 
122 constitucional, tomando en cuenta solo las facultades administrativas que 
son las siguientes: 
 
 Cumplir y ejecutar las leyes relativas al Distrito Federal que expida el 
Congreso de la Unión, en la esfera de competencia del órgano ejecutivo 
a su cargo o de sus dependencias. 
 
 Promulgar, publicar y ejecutar las leyes que expida la Asamblea 
Legislativa, promoviendo en la esfera administrativa su exacta 
39 
 
observancia, mediante la expedición de reglamentos, decretos y 
acuerdos. 
 
 Asimismo, puede hacer observaciones a las leyes que la Asamblea 
Legislativa le envíe para su promulgación, en un plazo no mayor de diez 
días hábiles, y si el proyecto observado fuese confirmado por mayoría 
calificada de dos tercios de los diputados presentes en una sesión de 
Pleno de la Asamblea, deberá ser promulgado por el Jefe de Gobierno 
del Distrito Federal. 
 
 Presentar iniciativas de leyes o decretos ante la Asamblea Legislativa. 
 
 Nombrar y remover libremente a los servidores públicos dependientes 
del órgano ejecutivo local, cuya designación o destitución no estén 
previstas de manera distinta en la Constitución o las leyes 
correspondientes. 
 
 Ejercer las funciones de dirección de los servicios de seguridad pública. 
 
En lo particular, las facultades del Jefe de Gobierno están previstas por el 
artículo 67 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, que considero las más 
importantes son las siguientes: 
 
 Iniciar leyes y decretos ante la Asamblea Legislativa 
 
 Promulgar, publicar y ejecutar las leyes y decretos que expida la 
Asamblea Legislativa, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta 
observancia, mediante la expedición de reglamentos, decretos y 
acuerdos; 
 
 Nombrar y remover libremente a los titulares de las unidades, órganos y 
dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal, cuyo 
40 
 
nombramiento o remoción no estén determinados de otro modo en este 
Estatuto; 
 
 Formular el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal; 
 
 Ejercer las funciones de dirección de los servicios de seguridad pública, 
entre las que se encuentran las siguientes: 
 
 Establecimiento de las políticas generales de seguridad pública para el 
Distrito Federal 
 
 El nombramiento y remoción libre de los servidores públicos de jerarquía 
inferior a las del servidor público que tenga a su cargo el mando directo 
de la fuerza pública del Distrito Federal 
 
 Dirigir la planeación y ordenamiento del desarrollo urbano del Distrito 
Federal, en los términos de las leyes 
 
 Proporcionar a los Poderes Federales los apoyos que se le requieran 
para el ejercicio expedito de sus funciones. Asimismo, prestar los apoyos 
y servicios para la realización de festividades cívicas, conmemoración de 
fechas, actos oficiales, ceremonias especiales, desfiles, y en general de 
aquellos que se realicen con motivo de acontecimientos relevantes 
 
2.3 Poderes Disciplinarios 
 
El poder es pensado como una propiedad transferible y también revocable, pero 
lo más importante es que, en la balanza del poder, del lado de la autoridad está 
el todo, y del lado de la ciudadanía la nada. 
 
No gira en torno a la regla jurídica, sino a la regla natural, a la norma, y por lo 
tanto, su código no es el de la ley sino el de la normalización, y se caracteriza 
http://es.wikipedia.org/wiki/Ley
41 
 
por ser creadora de aparatos de saber y conocimientos. Su horizonte teórico no 
es el del derecho, sino el de las ciencias humanas, y su jurisprudencia es la de 
un saber clínico. 
 
El poder disciplinario es una forma de que el gobierno necesita para aplicar 
normas. 
 
2.3.1 Poder de Decisión 
 
Es la facultad o potestad de señalar un contenido a la actividad de la 
Administración Pública en este caso la Administración Pública del Distrito 
Federal. 
El poder de decisión es amplísimo, pues va de dar orientación y sentido político 
a la actividad de la Administración Pública, hasta las cuestiones de mero 
trámite, que entrañan el ejercicio de ese poder. Se decide el nombramiento de 
los funcionarios, la utilización de los medios materiales de la administración, la 
política financiera, la política energética, la política educativa, el destino de los 
inmuebles, la actividad de los inferiores, la tónica de la legislación 
administrativa, la respuesta que se dé a las peticiones de los particulares. 
Este poder de decisión se origina en el Titular del Gobierno del Distrito Federal, 
y en escala descendente, se va estableciendo el poder de decisión según la 
importancia del órgano del Estado y del asunto que se va a resolver. 
2.3.1.1 La Administración Pública del Distrito Federal 
En términos generales se ha definido a la Administración Pública como el 
“gobierno en acción” y se le identifica fundamentalmente con el Poder Ejecutivo. 
En este orden de ideas se señala a la Administración Pública como la actividad 
que el Estado realiza para proveer los bienes, servicios y regulaciones que la 
sociedad requiere para su desarrollo. 
 
42 
 
En suma, la Administración Pública tiene a su cargo toda la actividad estatal 
que desarrolla el Poder Ejecutivo, su acción es continua y permanente, siempre 
persigue el interés público, adopta una forma de organización jerarquizada. 
 
Como dijimos, la Administración Pública adopta una forma de organización 
jerarquizada, por lo que en este apartado explicaremos qué significa este 
concepto. 
 
Por forma de organización administrativa se entiende a la “forma o modo en que 
se estructuran y ordenan las diversas unidades administrativas que dependen 
del Poder Ejecutivo, directa o indirectamente, a través de relaciones de 
jerarquía y dependencia, para lograr una unidad de acción, de dirección y de 
ejecución, en la actividad de la propia administración, encaminada a la 
consecución de los fines del Estado.5 
 
Es decir, la organización administrativa funge como la herramienta para realizar 
la actividad de administrar y puede presentarse en diversas formas, entre las 
que se encuentran la centralización, la descentralización y la desconcentración 
administrativa, mismas que coexisten y se complementan; ya que su principio 
resulta común. 
 
Cabe entonces ahora dar una pequeña definición de lo que es un órgano o 
unidad administrativa, el cual se entiende como el conjunto de elementos 
personales, materiales y financieros, con una estructura jurídica y competencia 
para realizar una actividad relativa al Poder Ejecutivo, y que desde el punto de 
vista orgánico, depende de éste.6 
 
El Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal define y 
clasifica a las unidades administrativas de la siguiente manera: 
 
5 ACOSTA ROMERO, Miguel. Teoría General del Derecho Administrativo, 10ª edición, Porrúa, México, 1991, página 
101. 
6
Ibídem, página 102. 
43 
 
Unidades Administrativas: las dotadas de atribuciones de decisión y 
ejecución, que además de las dependencias y los órganos político-
administrativos son las subsecretarías, la Tesorería del Distrito Federal, la 
Procuraduría Fiscal del Distrito Federal, las coordinaciones generales, las 
direcciones generales, las subprocuradurías, las subtesorerías, los órganos 
desconcentrados, las direcciones ejecutivas, las contralorías internas, así como 
cualquier otra que realice este tipo de atribuciones conforme a lo previsto en 
dicho Reglamento. 
 
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico- Operativo: las que asisten 
técnica y operativamente a las unidades administrativas de las dependencias, 
de los órganos político-administrativos, a los órganos desconcentrados, y que 
son las direcciones de área, las subdirecciones, las jefaturas de unidad 
departamental, las jefaturas de oficina, las jefaturas de sección y las jefaturas 
de mesa, de acuerdo

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