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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES EL ESTADO Y LA INDUSTRIA DE RADIO Y TELEVISIÓN EN MÉXICO. T E S I S QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE: LICENCIADO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN PRESENTA: JORGE OMAR LÓPEZ GÓMEZ ASESOR: DR. ARNALDO CÓRDOVA MÉXICO D.F. 2012 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. A mi madre, In memoriam A mi padre Agradecimientos. Cuando con cariño recordamos a quienes aún nos acompañan y a quienes se han marchado, reconocemos que sólo junto a los otros nos constituimos y, por esta razón, quisiera agradecer sinceramente a quienes me han acompañado en diversas épocas. A mis queridos hermanos, a mis sobrinas y a mi padre sólo puedo reiterarles mi cariño permanente y, desde luego, agradecerles el apoyo incondicional que sólo nos bridan quienes nos aman, nos quieren prósperos y felices a pesar de todo, porque -nosotros lo sabemos muy bien- el amor es contingente y necesita difíciles cuidados en la cotidianeidad. Al doctor Arnaldo Córdova, quien me ha iniciado en la investigación con rigor, con cultura y paciencia, pero quien sobre todo me ha proporcionado amistad, consejo y hasta comprensión. Para mis amigos, que en los momentos más ingratos me aconsejan, me reconvienen o me critican e invariablemente me apoyan, no tengo sino un profundo cariño. A todos los que me acompañaron en este viaje, y sin cuyo sostén nunca hubiera llegado al destino, vuelvo a reiterarles mi amor, mi amistad e incluso mi admiración. Índice. Introducción. 4 I. El sistema de radiodifusión en México. 10 1. Los fundamentos del sistema de radiodifusión. 10 2. La legitimación del sistema de radiodifusión. 28 3. La institucionalización del sistema de radiodifusión. 43 II. El Estado y la radiodifusión, conflicto y consenso. 60 1. La radiodifusión contra la intervención estatal. 60 2. La Ley Federal de Radio y Televisión y el desarrollo de la radiodifusión. 77 III. La radiodifusión y la democracia en México. 94 1. La radiodifusión y la oposición política. 94 2. La radiodifusión y el sistema de partido hegemónico. 107 3. La radiodifusión y la equidad como política económica. 121 Conclusiones. 133 Bibliografía. 136 4 Introducción. La finalidad de la presente investigación es analizar la influencia del Estado en la industria de la radiodifusión, y el influjo de ésta sobre aquél. La participación política cada vez más clara de quienes colaboran en los medios electrónicos nos ha planteado, con mayor insistencia, el problema de la entidad y el fundamento del poder político de los concesionarios o de la radio y la televisión. Las conquistas de los empresarios, que se suceden una tras otra en las más diversas épocas aparecen, sin duda, más nítidamente a partir de finales de los sesentas y con una fuerza inusitada en los primeros años del nuevo siglo, como lo comprueban, por sí solas, las reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión y a la Ley Federal de Telecomunicaciones, denominadas por la prensa como “Ley Televisa”. Aunque nuestra preocupación por la problemática social y política que los medios electrónicos plantean no es nueva, los análisis más sistemáticos comenzaran al finalizar la década de los sesentas hasta consolidarse durante las etapas posteriores. La interrogante general que informa esta época -en referencia a nuestro tópico- es la de precisar la génesis y el fundamento del poder político de los concesionarios o, desde otras perspectivas, de la radiodifusión. Las varias respuestas a nuestra interrogante pueden subsumirse en que el fundamento del poder político de los radiodifusores es su poder económico o su poder social e, inclusive, que a causa de este poder cada vez mayor aquéllos han sometido al Estado. A veces esta tesis aparece como una constatación de lo obvio pues, ante las diversas victorias de los concesionarios, no hay ninguna duda de que este poder es real. El poder de los radiodifusores para incluir artículos, disposiciones y hasta leyes enteras es claro y suele manifestarse con mayor evidencia en los procesos electorales, sin embargo, el problema es más complejo y, como sostenemos en nuestra investigación, la respuesta implica, antes que la dominación del Estado o de los concesionarios, la referencia a un sistema normativo –aunque no necesariamente legal- que fundamenta y determina la influencia del Estado en los medios electrónicos y viceversa. 5 La tesis del dominio, sometimiento o hegemonía de los radiodifusores al Estado nos conduce, necesariamente, a una respuesta parcial porque, en primer lugar, a partir de la idea de un poder de los concesionarios no aparece automáticamente una dominación en el ámbito estatal y, en segundo término, desdeñamos la importancia que el propio Estado tuvo en la construcción del poder de los medios electrónicos y aún el poder que mantiene sobre los mismos. El fundamento del poder político de los concesionarios no está entonces en su poder económico ni en su poder social, como aparecerá claro si planteamos el problema en términos históricos pues, antes de que éstos contaran con un poder económico considerable ya poseían poder político. Los pioneros de la radio, quienes apenas conocieron la publicidad en sentido moderno y quienes generalmente fracasaron en consolidar sus estaciones -como sucediera inclusive a Raúl Azcárraga, hermano mayor del dueño de la XEW- ya presionaban al gobierno en la definición de la política estatal e, indudablemente, el mayor éxito que obtuvieron fue convencer al presidente Álvaro Obregón de que también entregase concesiones a los particulares y no, como había pensado en un principio, solamente al Estado. Los concesionarios tenían poder político también antes de que su poder social pudiera considerarse eficaz y decisivo. Cuando apenas algunas personas poseían radio y, sobre todo, cuando los análisis y la experimentación sobre la influencia de los medios no permitían plantear hipótesis, o argumentos plausibles sobre la importancia más o menos determinante de la radio y la televisión tanto en las ideas como en las acciones de los individuos, los pioneros presionaban exitosamenteal presidente y a las autoridades. Las diversas victorias de los permisionarios antes del segundo lustro de los cuarenta son, sin duda, una muestra de que inclusive sin un poder económico o social de consideración, los radiodifusores podían negociar con el gobierno y triunfar. Los poderes económico y social de la radiodifusión no son por principio la causa del poder político de los concesionarios, sino que históricamente aparecen como uno de los efectos de las negociaciones de éstos con las autoridades, porque ambos poderes van apareciendo y consolidándose, en parte, por las 6 circunstancias y el apoyo que el Estado generó y concedió a los empresarios. Los poderes económico y social de la radiodifusión sólo posteriormente concurrirán a consolidar e incrementar el poder político de los concesionarios, pero no son una causa suficiente para obtener del Estado una política afín a sus intereses, aun en contra del interés público. El poder económico de los radiodifusores acaso haya sido utilizado para cooptar, invertir en alguna campaña o presionar a políticos particulares, pero todavía no hay evidencia y aún pareciera improbable, que sólo con dinero los concesionarios hayan conquistado una política estatal o determinada ley acorde con sus peculiares intereses. El poder económico de los empresarios resultaría más útil en el mercado, donde una inversión o la renovación de la tecnología pueden ser decisivas, que en la vida política, donde el poder económico de los radiodifusores es menor al del propio Estado y aún al de otros empresarios. La creencia en una influencia determinante de la radiodifusión ha presionado al poder público e, inclusive, ha mostrado su eficacia al obtener artículos, leyes y decisiones contrarios al mismo Estado y a la sociedad en general. Los políticos se representan, típicamente, que tanto la radio como la televisión son decisivas en la pugna política y, eventualmente, quienes así creen han entregado a los concesionarios vario y decisivo apoyo fundando su acción sólo en esta creencia, como comprueban una vez más las reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión y a la Ley Federal de Telecomunicaciones. Sin embargo, esta sola creencia, aunque a veces definitiva, no es suficiente ni tampoco es el fundamento del poder político de los concesionarios1. El poder político de los concesionarios es un poder cuyo fundamento es el propio Estado, que fue concediendo este poder a los radiodifusores por la presión de los mismos e inclusive por voluntad propia. Las primeras dos décadas de la radio son determinantes en los sucesos posteriores porque, en estos cuatro lustros, las autoridades fueron construyendo con los concesionarios un entramado 1 En nuestra investigación definimos representación, como afirma la Real Academia Española en la tercera acepción del vocablo, como una figura, imagen o idea que sustituye la realidad porque, dígase lo que se quiera, la influencia social de la radiodifusión existe pero nada certero puede decirse de ella y, precisamente en esta ambigüedad de tal influencia, los concesionarios han cifrado algo de su poder. 7 normativo para que éstos influyeran y presionaran en las secretarías, las Cámaras y aún en la Presidencia con el fin de que todas las leyes, decisiones y políticas estatales fuesen permanente y directamente negociadas entre los radiodifusores y el Estado. La fuerza del poder político de los concesionarios está entonces en que el fundamento del citado poder es el propio Estado y, además y ante todo, en que es un poder institucional. No existe una ley que lo regule con exactitud, una autoridad que por sí misma pudiera someterlo o inclusive la mera posibilidad de que un empresario o un político voluntariosos pudieran modificarlo sin fuertes resistencias y amplísimos acuerdos porque, sencillamente, este poder es el resultado de un proceso histórico de pugnas y negociaciones entre los concesionarios y las autoridades que ocasionó, precisamente, la construcción de una normatividad objetiva o, para decirlo en los términos sociológicos que utilizaremos en nuestro estudio, una institución. En nuestro análisis mantenemos la tesis fundamental de que en los primeros cuatro lustros de la radio, quienes colaboraron en los medios electrónicos construyeron con los diversos políticos una institución fundamental, que hemos denominado sistema de radiodifusión en México, cuyo fin no fue sino pautar las normas de conducta tanto de los radiodifusores como de las autoridades, para que todos los conflictos que surgieran entre ambos pudieran procesarse con negociaciones permanentes. Como afirman los connotados sociólogos europeos, Peter L. Berger y Thomas Luckmann, las instituciones: por el hecho mismo de existir, también controlan el comportamiento humano, estableciendo pautas definidas de antemano, que lo canalizan en una dirección determinada, en oposición a las muchas otras que podrían darse teóricamente. Importa destacar que este carácter controlador es inherente a la institucionalización en cuanto tal, previo o aislado de cualquier mecanismo de sanción establecido específicamente para sostén de una institución2. 2 Peter L. Berger y Thomas Luckmann, La construcción social de la realidad, Amorrortu editores, Buenos Aires, 2006, p. 74. 8 El sistema de radiodifusión en México no resulta entonces de un plan premeditado, anterior a la necesidad de instituirlo, sino que aparece paulatinamente por la presión para resolver las problemáticas que la aparición de la radio genera en el Estado. Sin embargo, sí existieron dos fundamentos esenciales que guiaron la institucionalización del sistema, que le permitieron seguir determinadas directrices y satisfacer las necesidades tanto del Estado como de los concesionarios. Los dos fundamentos del sistema eran los fundamentos del Estado posterior a la Revolución, y en el ámbito político consistían en conservar el orden público y, en el económico, implicaban conciliar los intereses privados y estatales. La singular dinámica, que en los primeros cuatro lustros mantuvieran los pioneros y las autoridades, convirtió la colaboración de los concesionarios con el Estado, y específicamente con el Ejecutivo, en la condición necesaria de la consolidación y el desarrollo de los medios electrónicos en México. Los diversos conflictos que a partir de entonces surgieran entre los particulares y el Estado pueden reducirse, normalmente, al deseo de los primeros por limitar la intervención del segundo en la radiodifusión, y al deseo del Estado por imponer una mayor influencia en los medios electrónicos. A pesar de todo, la resolución de los citados problemas siempre es una negociación entre ambos, en la cual tanto las autoridades como los privados ceden para conquistar una parte de aquello que idealmente hubieran deseado. En años posteriores esta institución fundamental no ha modificado los principios que la informan ni su normatividad específica, sin embargo, desde la época del presidente Alemán apareció una nueva representación que confirmaría la influencia de los concesionarios y otorgaría mayor eficacia a sus negociaciones. Anteriormente, los presidentes consentían con los empresarios fundando su acción en los principios del sistema de la radiodifusión, pero a partir de entonces y cada vez con mayor fuerza los consensos también se generan por la representación de que la influencia en la sociedad de los medios electrónicos es necesaria para las pugnas políticas. Esta representación es, asimismo, objetiva y una parte orgánicamente integrada a nuestra institución. 9 Sin embargo, aunque haya proporcionado una mayor solidez a la influencia de los concesionarios sobre el Estado, el poder de éste sobre la radiodifusión todavía existey es posible percibirlo sin dificultad de época en época, cuando la libertad de expresión de los periodistas o comunicadores en general es limitada por la fuerza del presidente en funciones. La normatividad del sistema de radiodifusión aún posee validez, y aún hoy es el fundamento del poder de los concesionarios sobre el Estado pero, asimismo, del poder del Estado sobre la radiodifusión. La investigación que nos hemos propuesto pretendió releer las fuentes primarias ya conocidas, pero en ocasiones poco citadas e inclusive leídas, como los documentos del Archivo General de la Nación, las leyes y los decretos pero, también, acercarse a las fuentes secundarias que eran necesarias para nuestra temática, como los periódicos y revistas de las diversas épocas, además de acopiar una bibliografía cuya meta fue la exhaustividad. Nuestro análisis, empero, no es una investigación histórica, cuyo objetivo fuera presentar con la mayor precisión y objetividad un acontecimiento o determinar algún hecho porque, en primer lugar, no soy historiador y, además, mi interés consistió en acercarme a la problemática desde la perspectiva de la sociología política. 10 I) El sistema de radiodifusión en México. 1. Los fundamentos del sistema de radio. El proceso de institucionalización del sistema de radiodifusión en México comenzará en los años veinte y concluirá en el periodo presidencial del general Lázaro Cárdenas. El Estado impone a los pioneros de la radio la dinámica de este proceso, pero ante todo y sobre todo, impone los principios político y económico que servirán de fundamento al desarrollo y a la posterior consolidación del sistema de radio. El sistema de radio en México se fundamentó en los principios político, económico y, en la primera década, también en el social del Estado posterior a la Revolución. La actividad de la industria de radio se institucionalizó dentro de los límites y pautas de comportamiento impuestos por la vigencia de los citados principios1 y su particular jerarquización es el origen de los rasgos característicos del sistema de radio. El pilar esencial y supremo es el político del orden público; en él se sustentan y lo consolidan los principios económico de la conciliación de intereses y el social de propagar la cultura y la educación en la sociedad. El orden público era uno de los principios básicos de la organización política. Ya al abrir las sesiones extraordinarias del Congreso, Venustiano Carranza señaló que “la primera condición para la existencia del Estado es el orden”2. El Varón de Cuatro Ciénegas comprendía la necesidad de someter a los grupos rebeldes que aún dominaban diversas regiones del país y mantenían una permanente y decidida oposición contra el gobierno3. 1 “Las instituciones, por el hecho mismo de existir, también controlan el comportamiento humano estableciendo pautas definidas de antemano que lo canalizan en una dirección determinada, en oposición a las muchas otras que podrían darse teóricamente. Importa destacar que este carácter controlador es inherente a la institucionalización en cuanto tal, previo o aislado de cualquier mecanismo de sanción establecido específicamente para sostén de una institución”. Peter L. Berger y Thomas Luckmann, La construcción social de la realidad”, Amorrortu editores, Buenos Aires, 2006, p. 74. 2 “Venustiano Carranza al abrir las sesiones extraordinarias del Congreso, el 15 de abril de 1917” en: Los presidentes de México ante la nación. Informes, manifiestos y documentos de 1821 a 1966, Imp. de la Cámara de Diputados, México, 1966, t. III, p. 131. Véase también el “Mensaje del Primer Jefe ante el Constituyente de 1916” en: Diario de los debates del Congreso Constituyente, t. 1, Imprenta de la Secretaría de Gobernación, México, 1917, pp. 260-270. 3 “La existencia de poderes al margen del Estado resultaba intolerable para un hombre que deponía en la construcción de un verdadero Estado todas las expectativas de la nación; esos poderes, en efecto, ya fuesen de las viejas clases tradicionales o de las masas, amenazaban la 11 A partir de la victoria del constitucionalismo, los distintos presidentes llevaron a cabo sin detenimiento una política de pacificación del país; semejante medida gubernamental buscaba centralizar el poder para imponer la autoridad del Ejecutivo y el Estado en todos los ámbitos4. El gobierno, enunció Carranza, debía “…ser inexorable con los trastornadores del orden y con los enemigos de la sociedad: sólo así pueden sostenerse las naciones y encaminarse al progreso”5. El Primer Jefe del Ejército Constitucionalista pronto comprendió que las comunicaciones inalámbricas eran útiles a los grupos en rebelión para alterar la precaria paz social. En el origen de la legislación sobre las vías sin hilos se encuentra un problema principalmente político. El Ejecutivo se plantea cómo evitar que la oposición utilice las estaciones inalámbricas para violar el fundamental principio del orden público, cómo lograr que sus dueños se sometan y respeten la nueva organización social y no eviten ni dificulten la consolidación del Estado. Apenas se plantea mejorar las condiciones de instalación y funcionamiento, o el servicio brindado a través de las comunicaciones sin hilos. La inquietud es esencialmente política. La primera vía de comunicación inalámbrica es la radiotelegrafía. La también denominada telegrafía sin hilos o telegrafía inalámbrica apareció en México a principios del siglo XX6 y su característica distintiva era precisamente su capacidad para emitir mensajes -en clave morse- a través de las ondas hertzianas. Venustiano Carranza comprendió que justamente este rasgo particular permitía a la oposición utilizar la radiotelegrafía para violar el sigilo de la correspondencia oficial. En el Considerando del Decreto emitido en octubre de 1916 para regular a la telegrafía sin hilos afirmó que propia existencia del Estado y, por consiguiente, la del país en su desarrollo futuro…”. Arnaldo Córdova, La ideología de la Revolución mexicana. La formación del nuevo régimen, Ediciones Era, México, 1973, p. 195. Véase asimismo Pedro Salmerón, “La fundación (1928-1933)” en: Miguel González Compeán y Leonardo Lomelí (Comp.), El partido de la Revolución. Institución y Conflicto (1928-1999), FCE, México, 2000, pp. 35 y ss. 4 Álvaro Matute, Historia de la Revolución mexicana, 1917-1924: las dificultades del nuevo Estado, vol. 7, Colmex, México, 2ª reimpresión, 2005, pp. 75-197. 5 Mensaje del Primer Jefe ante el Constituyente, op. cit., p. 268. 6 Roberto Ornelas Herrera, “Radio y cotidianidad en México (1900-1930)” en: Aurelio de los Reyes (coord.), Historia de la vida cotidiana en México. Siglo XX. Campo y ciudad, t. 5, vol. 1, FCE, México, 2006. pp. 127 y ss. 12 … la radiotelegrafía… en esencia no es otra cosa que la tramitación del pensamiento a larga distancia, verificada por un sistema que obedece a un plan técnico que, aunque en varios de sus elementos es semejante al telegráfico, se diferencia de él principalmente en la falta de hilos metálicos de la estación que transmite a la estación que recibe.7 Característica que da lugar, … por una parte, [a] que puedan establecerse comunicaciones entre dos puntos sin más requisito que la instalación de los aparatos de transmisión y recepción, ocasionando interferencias perturbadoras en la comunicación de los establecimientos del gobierno, y, por otra parte, [a] que con tales estaciones se sorprenda muy fácilmente la comunicación oficial, violándose así el sigilo que debe haber en los despachos transmitidos entre las estaciones oficiales, lo que indudablemente es de fatales consecuenciaspara el gobierno y para el público en general8. Al Varón de Cuatro Ciénegas le interesaba, realmente, evitar que las estaciones radiotelegráficas se utilizaran para violar el sigilo de la correspondencia oficial porque, si los rebeldes interceptaban los giros postales, subvertían el orden público. En los años de la Revolución comenzaron a ser evidentes los perjuicios políticos ocasionados por la telegrafía sin hilos, pues en esos años turbulentos “eran labores cotidianas de los [radiotelegrafistas] revolucionarios cortar líneas, aislando los frentes; intervenir con ‘escuchas’ los mensajes militares federales; desplazarse rápidamente, anticipándose a las maniobras enemigas; ofrecer información falsa, y hacerse pasar por elementos federales para entregar informes erróneos”9. Interceptar, entonces, era sinónimo de conocer las estrategias y tácticas militares, anticiparse a las acciones de las tropas federales y acaso infringirles derrotas decisivas en la lucha por el poder. La razón fundamental para regular a las estaciones se manifiesta en el Considerando del Decreto cuando se afirma: que debiendo este gobierno cuidar con toda solicitud los intereses públicos a su cargo, cree de su deber tomar las medidas necesarias para que el nuevo sistema de 7 “Decreto Número 105” en: Recopilación de leyes y decretos expedidos el año de 1916, bajo el régimen preconstitucional de la Primera Jefatura del Ejército Constitucionalista, Segob, México, 1922, p. 327. 8 Loc. cit. 9 Roberto Ornelas Herrera, op. cit. p. 138. 13 comunicación no pueda ocasionar ningún perjuicio, sobre todo cuando ya se han sorprendido establecimientos de estaciones de propiedad particular, que indudablemente han tenido por principal objeto interceptar la correspondencia oficial10. El Primer Jefe del Ejército Constitucionalista comprendió que un gobierno sometido a espionaje era un gobierno débil y sin ninguna posibilidad para obtener la victoria definitiva sobre sus enemigos. Era la radiotelegrafía una vía de comunicación capaz de convertirse en decisiva arma política, en un instrumento útil para combatir al constitucionalismo. Una oposición constante, decidida y cada vez más fuerte contra los gobiernos emanados de la Revolución subvertía el orden público y evitaba la consolidación del Estado. Al presentar su proyecto de Constitución reformada ante el Congreso Constituyente, Venustiano Carranza incluye en el artículo 28 el monopolio de la telegrafía inalámbrica y ya no únicamente el de los correos11. En los debates realizados en Querétaro no mereció ni una mínima discusión el tópico; a los Constituyentes les parecía evidente el motivo: El artículo 28 del proyecto de reformas –se aseveró en el Congreso- especifica con toda claridad la prohibición relativa a todo lo que significa monopolio… y solamente como medida de orden y para garantizar debidamente los derechos tanto de las personas como de la nación misma, se reserva a ésta los relativos a la acuñación de moneda, correos, telégrafos y radiotelegrafía…12. El artículo 28, en lo relativo a vías generales de comunicación, se aprobó y publicó exactamente como lo presentó Carranza en su proyecto de Constitución reformada. A la letra el precepto de la Carta Magna de 1917 señala que “en los Estados Unidos Mexicanos no habrá monopolios… exceptuándose únicamente los relativos… a los correos, telégrafos y radiotelegrafía… que controlará el Gobierno Federal…”13. El precepto concede al Estado y en especial al Ejecutivo el poder necesario para salvaguardar el orden público o, con mayor exactitud, para evitar 10 Decreto Número 105, cit., p. 327. (subrayado nuestro) 11 Véase el Artículo 28 del “Proyecto de Constitución Reformada presentada por el Primer Jefe” en: Diario de los debates del Congreso Constituyente, op. cit., p. 344. 12 “Lectura del dictamen del Artículo 28” en: Diario de los debates del Congreso Constituyente, t. II, Número 52, Querétaro, 12 de enero de 1917, p. 237. 13 Artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Imp. de la Secretaría de Gobernación, México, 1917. 14 que a través de las comunicaciones –inalámbricas o no- se violara el sigilo de la correspondencia oficial con el fin de atacar al gobierno y al Estado. Era un poder para conservar el orden, el Estado y el gobierno a salvo de sus enemigos. En el artículo 28 no se menciona explícitamente a la radiotelefonía –concepto que incluye a la radiodifusión; sin embargo, en cuanto era una vía de comunicación inalámbrica, el general Álvaro Obregón no dudó en considerarla un servicio que su gobierno debía brindar en exclusiva. La también denominada telefonía sin hilos o telefonía inalámbrica era capaz de violar el sigilo de la correspondencia oficial y el gobierno estaba obligado por el sentido del artículo 28 a salvaguardar el orden público. El Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas, general Amado Aguirre, hizo saber a los interesados en instalar estaciones radiotelefónicas que éstas debían considerarse comprendidas dentro del precepto constitucional. Los servicios telegráfico y radiotelegráfico –aseveró- conforme al artículo 28 Constitucional, constituyen un privilegio del gobierno federal, no por razones de orden económico, pues sabido es que los productos de esas líneas no bastan a cubrir las erogaciones que reclaman, sino por obvias consideraciones de seguridad pública y en bien del sigilo de la correspondencia que por ellas circula… La radiotelefonía que en sus efectos no difiere de las precitadas comunicaciones debería como ellas considerarse comprendida en el artículo 28 constitucional; pero haciendo punto omiso de esta apreciación, cabe decir que sólo quien está cegado por intereses meramente personales, podrá negar la necesidad en que se encuentra el Estado de garantizar contra toda clase de indiscreciones, maliciosas o no, y aun de posibles fraudes, la correspondencia que circula por sus líneas, debiendo exigir absoluto sigilo respecto de ella de las empresas particulares y sus empleados. El gobierno, pues, tiene legítimo interés en asegurarse de que los aparatos receptores estén ajustados a requisitos indispensables de parte de quienes obtienen los permisos, cuidando por ejemplo, de evitar interferencias o que clandestinamente se conviertan en estaciones transmisoras las receptoras…14 14 El Universal, 8 de junio de 1923 (subrayado nuestro). Ya en marzo del mismo año, el general Aguirre había solicitado a todas las estaciones que dejasen de funcionar “… alegando que estaban comprendidas dentro de las restricciones de un artículo constitucional”. (El Universal, 25 de marzo de 1923). Y los primeros empresarios en solicitar una concesión para explotar el servicio de radiodifusión sabían muy bien “que el monopolio de comunicación radiotelefónica pertenece al 15 La legislación en materia de radiotelefonía se fundamenta en el artículo 28 a causa de la naturaleza inalámbrica de la telefonía sin hilos. El general Aguirre afirma que la telegrafía y la telefonía inalámbricas “no difieren en sus efectos”. Ambas son capaces de violar el sigilo de la correspondencia oficial y así alterar la precaria paz social. A raíz de semejante interés, el secretario de Comunicaciones manifiesta en su alocución la inquietud por regular únicamente a las estaciones receptoras. La telefonía inalámbrica se caracteriza, efectivamente, por emitir mensajes de voz a través de las ondas hertzianas; sin embargo, semejante rasgo no la obliga ni necesaria ni únicamente a transmitir noticias, conferencias y conciertos a un amplio número de personas. En apego riguroso a sus especificidades técnicas, a través de la radiotelefonía es posible, asimismo, emitir y recibir –incluso interceptar-correspondencia entre particulares. Al menos hasta el 10 de mayo de 1923, al general Obregón sólo le interesa la telefonía sin hilos en cuanto es capaz de proporcionar el servicio de correspondencia y no en tanto puede brindar el servicio de radiodifusión. El interés del Manco de Celaya es tan evidente que al publicar la ley que regula a la radiotelefonía emite, el 27 de noviembre de 1923, un Aviso poniendo en conocimiento del público que está vigente el Decreto sobre estaciones radiotelegráficas, expedido el 19 de octubre de 191615. Históricamente, la primera intención del gobierno es reglamentar la instalación y el funcionamiento de las estaciones receptoras, únicas capaces de violar el sigilo de la correspondencia oficial con el fin de atacar al gobierno y al Estado. El general Obregón pensaba evitar que las estaciones receptoras se utilizaran para interceptar los giros postales del gobierno con dos medidas íntimamente relacionadas. La primera disposición consistía en cobrar un impuesto a las estaciones receptoras y con los ingresos obtenidos crear y mantener un Cuerpo de Inspectores. Esta instancia sería la encargada de vigilar que los dueños de los radiorreceptores no los utilizaran para interceptar y posteriormente difundir los Gobierno de la Federación por los términos expresos del artículo 28 de la Constitución Nacional” (Archivo General de la Nación, Ramo presidentes, Grupo documental: Obregón-Calles, Volumen 252, Expediente 803-R-21). 15 Publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 27 de noviembre de 1923. 16 mensajes oficiales16. En el segundo párrafo del Aviso de 1923 se instituye el pago de cinco pesos por la expedición del permiso para instalar estaciones receptoras a los privados17. El artículo quinto a su vez señala que “los que haciendo uso de una estación radiotelegráfica esté o no establecida con autorización del Gobierno Federal, sorprendieren una comunicación entre las oficinas públicas y divulgaren su contenido, serán castigados…”18. La segunda disposición gubernamental consiste en reservar para el gobierno, en exclusiva, el servicio de telegrafía y radiotelegrafía, lo que obligaba a las estaciones radiotelefónicas a proporcionar forzosamente el servicio de radiodifusión y no el de correspondencia entre particulares. El general Aguirre declara el 8 de junio de 1923 que las estaciones emisoras “se usarán únicamente para la transmisión de conciertos, noticias varias de interés público general y conferencias científicas y literarias… bajo el concepto que… no podrán emplearse en la expedición de correspondencia de ninguna clase ni en servicio de comunicaciones telefónicas”19. Una vez que se obliga a la radiotelefonía a proporcionar exclusivamente el servicio de radiodifusión, el gobierno está en posibilidades de intuir los posibles efectos de las emisoras en el orden público. Ya el 8 de junio de 1923 el secretario de Comunicaciones manifiesta por vez primera la necesidad de reglamentar las estaciones transmisoras. Amado Aguirre señala que la SCOP “se reserva la facultad de suspender toda radiación telefónica que pareciese peligrosa para la seguridad del Estado o que fuera contraria a las leyes del país, al orden público o a las buenas costumbres” y “en caso de guerra o trastorno interior… podrá revocar los permisos que otorgue y mandar clausurar las estaciones transmisoras 16 El Universal, 8 de junio de 1923. Al día siguiente, el general Aguirre declaró que “la Secretaría de Comunicaciones por medio de empleados dependientes de la Dirección de Telégrafos, ejercerá la debida vigilancia tanto de las estaciones radiotelefónicas que se establezcan o se hubiesen establecido” (El Universal, 9 de junio de 1923). Con la publicación del Aviso de 27 de Noviembre de 1923, la encargada de vigilar a las estaciones ya no es la Dirección de Telégrafos, sino la SCOP; sin embargo, sin importar quién vigile a las emisoras y receptoras lo importante para el gobierno es conservar el orden público. 17 Aviso, cit. p. 1065. 18 Artículo 5 del Aviso, cit. 19 El Universal, 9 de junio de 1923. 17 particulares…”20. El segundo párrafo del Aviso instituye el impuesto a las estaciones emisoras de “cien pesos si la potencia de su estación es de 100 a 200 watts, o a razón de cincuenta centavos por watt, si la potencia es mayor de 200 watts”21. En la ley de 27 de noviembre de 1923 no se explica el sentido del gravamen a las difusoras, sin embargo, un año después nadie albergará ninguna duda: es por motivos de orden público. En la rebelión de Adolfo de la Huerta, el 16 de enero de 1924, la Jefatura de la Guarnición de la Plaza, al mando del general Arnulfo R. Gómez, ordenó clausurar todas las estaciones “en virtud de tenerse conocimiento de que algunas Estaciones Inalámbricas, así transmisoras como receptoras, son el conducto de comunicación de los rebeldes”. En adelante, continuaba el general, sólo podrán funcionar las emisoras dedicadas “… a asuntos comerciales o culturales siempre y cuando sus propietarios se identifiquen a satisfacción como adictos al gobierno”22. La Ley de Comunicaciones Eléctricas, publicada el 24 de abril de 1926, en el Diario Oficial de la Federación, aclara en definitiva el significado. El artículo 10 señala que en caso de guerra internacional o alteración del orden público, o cuando se prevea algún peligro inminente para la paz interior del país, el Ejecutivo de la Unión podrá ordenar que se suspenda el servicio en todas o determinadas instalaciones de comunicaciones eléctricas, así como tomar posesión de las instalaciones particulares que se necesite utilizar, u ordenar la clausura de las estaciones u oficinas y el retiro de los aparatos esenciales de emisión y recepción de aquellas instalaciones de que no se hubiera posesionado23. El artículo 13, a su vez, prohíbe … transmitir noticias o mensajes cuyo texto sea contrario a la seguridad del Estado, a la concordia internacional, a la paz o al orden público… a las leyes del país y… que causen escándalo o ataquen en cualquiera forma al Gobierno constituido o… que 20 Loc. cit. 21 Aviso, cit. p. 1065. 22 El Universal, 16 de enero de 1923. 23 Artículo 10 de la “Ley de Comunicaciones Eléctricas” publicada en el DOF el 24 de abril de 1926. 18 tengan por objeto, manifiestamente, la comisión de algún delito o que obstruccionen a la acción de la justicia24. En pocos años el sentido que se daba al concepto de orden público es cada vez más amplio. En los primeros meses de 1923 significaba exclusivamente no violar el sigilo de la correspondencia oficial; ya en noviembre del mismo año implica no difundir en la sociedad mensajes contrarios al gobierno y al Estado y, finalmente y como rasgo particular, a partir de la rebelión de Adolfo de la Huerta comprende apoyar explícitamente al Ejecutivo Federal y a la organización política. El amplio poder del presidente para controlar a la industria de radio se fundamentó en la necesidad de imponer el orden público así entendido. Las leyes en materia de radiotelefonía le dieron extensísimas facultades al gobierno para evitar que la telefonía inalámbrica violase el secreto de la correspondencia oficial, difundiera en la sociedad ideas opuestas o críticas contra los gobernantes y además para que obligase a las estaciones a brindarle su apoyo incondicional y permanente. El presidente de la República se legitimó legalmente, a partir del Aviso de 1923 y en toda la legislación posterior, en la instancia última y definitiva para conocer y decidir, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, todo lo relativo a la instalación y funcionamientode las estaciones de radiodifusión. Las facultades instituidas en las leyes no son únicamente para regular a las estaciones de radiodifusión sino, en principio, para controlarlas a todas e imponer y conservar la particular concepción del orden público. El amplio poder del Ejecutivo, empero, no era suficiente para lograr la plena vigencia del principio político, era menester que los dueños de las estaciones aceptasen respetar el orden público por voluntad propia25. El presidente Álvaro Obregón utilizó una política de conciliación de intereses respecto a si únicamente el Estado o incluso los particulares estaban facultados para proporcionar el 24 Artículo 13 de la Ley de Comunicaciones Eléctricas, cit. 25 Como señaló Max Weber “en toda auténtica relación de autoridad (Herrschaft) se da una mínima voluntad de obedecer, es decir, un interés –material o espiritual- en obedecer” (Max Weber, Sociología del poder. Los tipos de dominación, Alianza editorial, Madrid, 2007, p. 59. [traducción de Joaquín Abellan]. Y también Max Weber, Economía y sociedad. Esbozo de sociología comprensiva, FCE, México, 2ª edición, 17 reimpresión, 2008, pp. 170 y ss.) 19 servicio de radiotelefonía; esta política se convirtió paulatinamente en el pilar económico del sistema de radio y fue decisiva para consolidar el nuevo sistema político. Los dueños de las estaciones entendieron que sólo participarían del establecimiento y desarrollo de la telefonía sin hilos si respetaban incondicionalmente y apoyaban con decisión al gobierno y al Estado. El fundamento económico legitimó al fundamento político. Antes de mayo de 1923, el Manco de Celaya percibía en el artículo 28 la facultad y obligación constitucionales para que el Ejecutivo federal controlara el monopolio del servicio radiotelefónico. Ya en 1922 un pequeño grupo de empresarios comenzó a solicitar concesiones a la SCOP para instalar y desarrollar la radiotelefonía de difusión en México26; Atenodoro Herrera e Isauro Mendizábal, los primeros interesados, pedían “hacer uso del monopolio gubernamental de comunicación radiotelefónica en toda la República, con el exclusivo derecho de erigir antenas radiotelefónicas de cualquier tipo o forma, para poner en uso y propagar la radiotelefonía dentro del territorio nacional”27. El presidente les negó, en primer lugar, la concesión del monopolio de la telefonía inalámbrica28; en segundo término, les permitiría instalar emisoras si en sus contratos agregaban una clausula que respetase “la obligación del gobierno de comprar las estaciones a medida que se instalaran con una administración a medias”29. Álvaro Obregón concesionaba la mera instalación, no el servicio de radiotelefonía en México; en cabal acuerdo con el sentido del artículo 28 pensaba proporcionarlo en exclusiva. Esta política del monopolio gubernamental, sin embargo, agrupó a distintos aficionados hasta entonces aislados y sin una visión de conjunto. Los radioaficionados aparecen en el país desde finales de la segunda década del siglo XX, son los primeros en estudiar y experimentar con la telefonía sin hilos30 y son 26 Todas las solicitudes de concesión en: AGN, Ramo presidentes, Grupo documental: Obregón-Calles, Volumen 252, Expediente 803-R-21. 27 Op. cit. 28 Op. cit. 29 Op. cit. 30 Rosalía Velázquez Estrada, “El nacimiento de la radiodifusión mexicana” en: AA. VV., Estudios de historia moderna y contemporánea de México, vol. 9, UNAM/IIH, México, 1983, pp. 137-170. 20 asimismo los primeros en realizar transmisiones de radiodifusión con éxito31. La política del monopolio les impide constancia en sus esfuerzos y amenaza con desplazarlos por completo del establecimiento y desarrollo de la telefonía inalámbrica. Entonces, el 15 de marzo de 1923, un grupo de radioaficionados forma la Liga Central Mexicana de Radio (LCMR)32 con el fin de “juntar todos los elementos afectos para constituir una unión y hacer todas las gestiones necesarias para alcanzar el mayor desarrollo”33. La formación y acciones de la LCMR buscaban revertir la política del monopolio gubernamental y en ese sentido fueron completamente exitosas. El citado día 15 enviaron al general Obregón “… un extenso memorial calzado por más de quinientas firmas, pidiéndole sea tomada en cuenta la afición mexicana a la telefonía y la telegrafía inalámbrica”34. Ya en las primeras declaraciones posteriores a la formación de la Liga, el general Amado Aguirre señaló que se buscaba reglamentar a la nueva vía de comunicación sin impedir “el noble esfuerzo de los radioaficionados”35. El día 10 de mayo aparece en El Universal un Proyecto de reglamento sobre radio redactado por los miembros de la LCMR en respuesta a una petición del presidente; esta solicitud del gobierno de un Proyecto es el explícito reemplazo de la política del monopolio por una política de 31 La primera emisión se realizó el año de 1921, y aunque no existe consenso en torno a quién la llevo a cabo, no hay ninguna duda del carácter experimental de todas las primeras transmisiones. José Felipe Gálvez Cancino la atribuye al Dr. Adolfo Enrique Gómez Fernández el día 27 de septiembre de 1921 (Véase José Felipe Gálvez Cancino, Los felices del alba (La primera década de la radiodifusión mexicana), tesis presentada para obtener el grado de licenciado en Periodismo y Comunicación colectiva, Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, UNAM, México, 1975, p. 110 y ss). Por su parte, Jorge Mejía Prieto se hace eco de la opinión de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión y afirma que “a partir de octubre de 1921… el ingeniero de Tárnava empezó a difundir con toda regularidad y a horario fijo: de 20:30 a 24:00 hrs.” (Jorge Mejía Prieto, Historia de la Radio y la televisión en México. Cómo una romántica fábrica de sueños se convirtió en una poderosa industria que impulsa la economía y la cultura del país, Octavio Colmenares Editor, México, 1972. pp. 14 y 15). 32 El día 6 de marzo de 1923, los radioaficionados formaron el Club Central Mexicano de Radio y “en la primera sesión formal del Club Central Mexicano de Radio se tomó la resolución de cambiar el nombre para denominarlo: ‘Liga Central Mexicana de Radio’ en honor de los asociados veteranos de esta ciudad que se han venido a unir a nosotros formando una gran asociación” (Véase El Universal, 17 de marzo de 1923 y 7 de marzo de 1923) Para otros antecedentes como son la Liga Nacional de Radio y la Liga Mexicana de Radio –en la cual participó Vicente Lombardo Toledano- véase El Universal, 8 de septiembre de 1956, y Felipe Gálvez Cancino, op. cit. p. 124. 33 El Universal, 7 de marzo de 1923. 34 El Universal, 16 de marzo de 1923. 35 El Universal, 25 de marzo de 1923. 21 conciliación de intereses. En el texto adjunto al Proyecto se lee incluso, que “… el mismo primer mandatario encargó se formase [el Proyecto] para conciliar los intereses privados y los generales en materia tan importante como ha llegado a ser el radio en el mundo entero”36. El reemplazo de la política del monopolio no se debe a la poderosa presión de la LCMR, ésta era un grupo sin poder propio y sin la fuerza para obligar al gobierno a retomar sus posturas. El cambio de política se origina en el fundamento del Estado37, y del propio Álvaro Obregón, de conciliar los intereses de los distintos sectores sociales38; el caudillo efectivamente decidió ceder en la instalación y funcionamiento de las estaciones; empero, su poder se manifestó con claridad en la inflexible imposición del principio político. El Proyecto de reglamento redactado por la LCMR dispone el “uso libre” o exento de impuestos de los aparatos receptores39. Este artículo primero busca el mayor desarrollo de la radiotelefonía; sólo si la totalidad delos recursos se utilizan en el estudio, experimentación y adquisición de los radiorreceptores será posible una pronta difusión de la nueva vía en la sociedad; en cambio, si el gobierno grava las estaciones receptoras se dificulta el “progreso” del país40. El tópico de los impuestos se discute y defiende con vehemencia por su relevancia tanto para los aficionados como para el gobierno. Unos y otro le conciben desde ópticas diferentes41. El Ejecutivo pretende instituir los impuestos por motivos de seguridad 36 El Universal, 11 de mayo de 1923. Véase también el proyecto en: AGN, Ramo Presidentes, Grupo documental: Obregón-Calles, Volumen 207, Expediente 711-R-27. 37 Véase Arnaldo Córdova, La ideología de la Revolución Mexicana. La formación del nuevo régimen, Ediciones Era, México, 1973. Y Arnaldo Córdova, La formación del poder político en México, Ediciones Era, México, 29ª reimpresión, 2007. 38 “La idea básica que permea toda la acción del caudillo y que le da una dirección y un sentido es la de la conciliación de las clases y grupos que integraban la sociedad posrevolucionaria y que… el Constituyente de 17 había inscrito en el nuevo Código Político. Se trataba de un proyecto de organización social sometido a la autoridad del Estado, colocado por encima de la sociedad, y en el que el propio Estado aparecía como el benefactor y el protector de los desposeídos y como garante imparcial de la existencia y de los derechos de los poseedores”. Arnaldo Córdova, La ideología de la Revolución Mexicana, op. cit. p. 268. 39 Véase el artículo primero del Proyecto de Reglamento en El Universal, 11 de mayo de 1923. 40 El Universal, 3 de julio de 1923. 41 El debate por los impuestos a las estaciones receptoras y difusoras se puede seguir minuciosamente en El Universal a partir de la edición del 2 de junio de 1923 y hasta el 1 de septiembre del mismo año. Una interpretación ligeramente distinta de la presentada aquí en Rosalía Velázquez Estrada, “El Estado y la radiodifusión” en: AA. VV. Connotaciones, amic/Ediciones el Caballito, México, 1981, pp. 88 y ss. 22 y en bien del orden público; los miembros de la LCMR los atacan por constituir un agravio a esa “ciencia llamada a un gran porvenir”42 que es la radiotelefonía. Nadie cede. Álvaro Obregón impone y concilia. Impone un gravamen a las estaciones – primero receptoras y emisoras después- para conservar el fundamental principio político; concilia en cuanto reduce a la mitad el monto de los impuestos para permitir la instalación y el desarrollo de la telefonía inalámbrica en colaboración con los privados43. Inflexible en lo político, flexible y arbitro supremo en lo económico. Una vez instituidos los impuestos, los dueños de las emisoras comenzaron a comprender que sus estaciones sólo funcionarían si conservaban y apoyaban al gobierno. A partir de la derrota de Adolfo de la Huerta, el general Plutarco Elías Calles ya no tiene ningún rival serio en la disputa por la presidencia y decide reanudar su campaña únicamente para eliminar “… las dudas sobre la legitimidad y la ‘pureza de las elecciones a celebrase’”44. El futuro Jefe Máximo teme ser considerado un candidato impuesto, aspira a ser presentado como el legítimo sucesor para dar cabal cumplimiento a los postulados de la Revolución. El candidato solicita entonces a los partidos afines a su postulación conceder especial énfasis a la propaganda45. 42 El Universal, 3 de julio de 1923. El periodista Oscar Rabasa publicó, el día 12 de junio de 1923, una columna titulada “Ataques infundados contra los permisos para la radiotelefonía” y afirmaba que “en México, la introducción de los inventos y de los adelantos de la ciencia, tropieza indefectiblemente, no con la obstrucción del gobierno, sino con el ambiente de libertinaje que prevalece entre cierto grupo de individuos. No es el gobernante en nuestro país, el que impide el desarrollo de la ciencia; son aquellas pocas personas amantes del desorden, que entienden por libertad el derecho de hacer lo que les plazca, aunque en el ejercicio de semejante ‘derecho’ hundan al resto de la comunidad”. En consecuencia, sentenciaba que la protesta de los aficionados era “… enteramente irracional e infundada, de ese pequeño grupo, llena de diatribas en contra del gobierno, por la ‘gravísima falta’ que quiere reglamentar una materia que si se deja abandonada al capricho de unos cuantos, lejos de ser un beneficio para el público consciente y amante del orden, es una calamidad”. El Universal, 12 de junio de 1923. 43 En su primera etapa el impuesto a las estaciones receptoras fue de $12 pesos (El Universal, 2 de junio de 1923, 2ª sección.), y a las transmisoras de $200 pesos (El Universal, 9 de junio de 1923). Ya después de un intenso debate, el general Aguirre declara que las cuotas se reducen a la mitad (El Universal, 1 de septiembre de 1923.) 44 Georgette José Valenzuela, La campaña presidencial de 1923-1924 en México, INEHRM, México, 1998, p. 179. 45 Op. cit. p. 178. 23 El Partido Cívico Progresista (PCP) fue sin duda la agrupación política que mayor importancia otorgó a la propaganda46. El objetivo del PCP era liberar “a la clase más flagelada y explotada por los capitalistas y despreciada y vista con desconfianza por los trabajadores: la clase media”47. En el afán de llegar a ese sector social ensaya una “nueva” forma de hacer política: amena, culta, bella y sin aridez en la cual cine y radio desempeñan un prominente papel48. El día 11 de abril organiza, junto a la CYL, el primer mitin radiofónico de carácter político en apoyo al general Plutarco Elías Calles49. La emisora CYL era propiedad de Raúl Azcárraga50 y a menudo fue clausurada por disposición oficial, la última vez en la rebelión delahuertista con el argumento de que se utilizaba para la comunicación y apoyo de los insurrectos51. Al prestar voluntariamente los micrófonos de su estación para la campaña del antiguo Comisario de Agua Prieta, el empresario declara tácitamente su apoyo al futuro presidente52. En el fondo decide conservar el orden público para mantener sus emisiones y lograr un prospero negocio, sólo posible con ayuda del Ejecutivo y de acuerdo a sus normas. 46 Op. cit. pp. 225 y 226. 47 El Demócrata, 2 de mayo de 1924. Véase asimismo El Demócrata, 27 de marzo de 1924, 12 de abril de 1924 y 4 de abril de 1924. 48 El Demócrata, 27 de marzo de 1924. 49 La reseña del mitin radiofónico se encuentra en: El Universal, 12 de abril de 1924 y El Demócrata, 12 de abril de 1924. Un segundo mitin radiofónico se reseñó en El Universal, 24 de abril de 1924. 50 La CYL se inauguró el 8 de mayo de 1923 (El Universal, 8 y 9 de mayo de 1923) y a decir de Azcárraga, la idea de una emisora le fue transmitida por Sandal S. Hodges, coronel del Ejército norteamericano y agente de ventas de la compañía Ford, quien le dijo “se trata de algo muy simple, Raulito. Usted tiene su transmisor, habla delante de su micrófono y cientos, sino es que miles, lo escuchan a través de sus receptores. Además, usted mismo los puede vender en México… En una estación transmisora de este tipo puede usted mete música, poesías, conferencias, conciertos, relatos, anuncios, canciones y las noticias más recientes” (José Felipe Gálvez Cancino, Los felices del alba (La primera década de la radiodifusión mexicana), tesis presentada para obtener el grado de licenciado en Periodismo y Comunicación colectiva, Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, UNAM, México, 1975, p. 150. Véase también Fátima Fernández Christlieb, Los medios de difusión masiva en México, Ediciones Casa Juan Pablos, México, 14ª reimpresión, 2005, pp. 88 y 89). 51 El propio Raúl Azcárraga declaró “la mía, la CYL, funcionó en días difíciles. Varias veces fue cerrada, lo mismo que la de El BuenTono, S. A. El último que me la cerró fue el jefe de armas de la guarnición de la Plaza, Arnulfo R. Gómez. Este militar sostuvo que a través de sus micrófonos enviaban información sus enemigos, y me la clausuró”. Entrevista a Raúl Azcárraga en Felipe Gálvez Cancino, op. cit. p 255. 52 Raúl Azcárraga declaró en febrero de 1971: “A Calles le apoyé desde el principio de campaña… Calles nos ofrecía más garantías que Obregón, quien meses después concluyó su gobierno. Por eso le ofrecí los micrófonos de mi emisora. A través de ellos propagó su programa político y de gobierno”. Op. cit. p. 180. 24 La decisión de Azcárraga, empero, es acción de un hombre y una estación. La plena legitimación del fundamento político por el principio económico sólo sería posible cuando el fin principal de la mayoría de las estaciones consistiera en hacer negocio. Al menos hasta el año de 1929, la mayoría de las estaciones carecían de finalidad lucrativa y su objetivo era elevar la cultura y educación de la sociedad.53 Empresarios y aficionados ven siempre semejante capacidad, le subordinasen a la ganancia económica o le considerasen finalidad primera, es un elemento indispensable en su concepción de la radio. La inigualable capacidad de las estaciones para difundir un mensaje a diversos lugares y a un gran número de personas, conduce a los pioneros a ver a las emisiones culturales y educativas como las más relevantes y necesarias. En el contexto de renovación política, económica y social de México, una vía de comunicación semejante era un apoyo decidido al progreso y la mejora de los individuos. Ninguna persona ni empresa hizo suyo el postulado social con la decisión y el vigor de los radioaficionados54. A los admiradores de la radiotelefonía les falta el interés económico y les desborda un interés eminentemente científico55, no hay ningún empresario entre sus filas, todos son individuos atraídos por ese desarrollo 53 La radiodifusión no era un vehículo publicitario en los años veinte, el negocio de las emisoras consistía en vender aparatos (CYL) o en aumentar la venta de cigarros regalando receptores a cambio de un número determinado de cajetillas vacías (estación CYB-El Bueno Tono, inaugurada el 14 de septiembre de 1923. Véase Cancino, op. cit. p. 202.). Los dueños de las radiodifusoras se veían libres para determinar el tipo de transmisiones a realizar, y ambas emisoras comerciales difundieron conciertos de música clásica y popular, lectura de poesía y conferencias científicas para elevar la cultura del pueblo. En los periódicos de la época abunda la publicidad de los “conciertos” emitidos por la CYL y la CYB y en ellos es posible observar el tipo de programación que radiaban. En torno a la CYL se puede ver un buen ejemplo el día de su inauguración y los siguientes en El Universal, 8, 9 y 10 de mayo de 1923. Los “conciertos” de la CYB, por su parte, fueron constantemente reseñados y alabados en la prensa, véase El demócrata, 4, 11 y 13 de abril de 1924. Asimismo véase Raúl Cremoux, ¿Televisión o prisión electrónica?, FCE, México, 1974, p. 11. 54 Como señaló Gálvez Cancino: “La radiodifusión mexicana nació inspirada por nobles fines. Entre los pioneros era consenso el decir que debería ser usada para educar y formar al pueblo”. Op. cit. p. 229. Hasta hoy el trabajo del autor citado es el mejor estudio sobre los radioaficionados y la primera década de la telefonía sin hilos. 55 La hija del pionero Adolfo Enrique Gómez Fernández declaró: “mi padre fue un radioexperimentador pionero, no un hombre de negocios. Él no era un hombre de dinero y cuando hizo su primera emisión este medio de comunicación no tenía la fuerza que alcanzó una década más tarde”. Cancino, op. cit. p. 234. 25 de la ciencia y la técnica que es la telefonía sin hilos56. En la concepción de los aficionados, el desarrollo de la “ciencia” radiotelefónica forzosamente significaba “progreso”57 y desembocaba en el bienestar social. Los pioneros no se preocuparon por aclarar en su discurso cuáles eran los positivos efectos sociales, sin embargo, sus emisiones no dejaron ninguna duda. Efectivamente sus estaciones transmitían preferentemente música culta e incluso la lectura de poesías58. Guillermo Garza Ramos apuntaba que los pioneros pensábamos que la radiodifusión serviría para engrandecer la cultura del pueblo. Que se la utilizaría para educar a miles de mexicanos que cada año nacían. A los millones de compatriotas que hacían crecer la población del país. Éramos de la opinión de que sería el vehículo ideal para difundir conocimientos entre los menos preparados. Desde enseñar a leer, hasta la buena música. Este era el sentir de los pioneros. Y no excluyo a Emilio Azcárraga, también él era de esta opinión59. La concepción de los aficionados sobre la radio resultaba tan evidente que cada vez se imponía con mayor fuerza en México y distintos grupos de la sociedad desearon utilizar sus capacidades instructivas. La Secretaría de Guerra y Marina instaló su propia estación con la finalidad de realizar un “mejoramiento moral e 56 Una cantante de una de las primeras emisiones, e hija del principal operador, llegó a declararle a Felipe Gálvez Cancino: “usted se preguntará qué estaban haciendo un médico [Adolfo Enrique Gómez Fernández] y un dentista [Pedro Gómez Fernández] con aparatos electrónicos. La respuesta es fácil. Eran dos hombres enamorados de la ciencia y de la técnica de aquellos días. Dos científicos que pasaron muchas horas construyendo e ideando aparatos electrónicos o instrumental médico”. (Cancino, op. cit. p. 234). En los diarios de la época asimismo es normal encontrar declaraciones de los aficionados en los cuales se utilizan los vocablos ciencia y radiotelefonía ya unidos o ya como sinónimos. A manera de ejemplo véase el debate sobre los impuestos a los aparatos receptores antes citado. El gobierno, a su vez, tampoco fue ajeno a semejante postura, el pionero Guillermo Garza Ramos afirmó que “en 1929, en plena época de la guerra cristera, instalé en Villa Hermosa la primera emisora tabasqueña. El gobierno local me ordenó que la armara en una iglesia. No faltó, por supuesto, la arenga respectiva. Recuerdo que el sucesor de Tomás Garrido Canabal me dijo con voz y ademanes de orador: ‘que mejor que montar la nueva emisora en un templo del oscurantismo. Así la luz de la técnica y la ciencia irradiará desde abajo de esta cúpula”. Cancino, op. cit., p 185. 57 El ingeniero Modesto Rolland, secretario general de la LCMR, una vez que el gobierno anunció el gravamen a las estaciones receptoras, declaró en un tono particularmente molesto: “nosotros [los miembros de la LCMR] no podemos creer que el presidente Obregón pase por este nuevo ataque a todo lo que significa progreso en México, con el nuevo impuesto que la dirección de Telégrafos ha creado”. El Universal, 3 de junio de 1923. 58 En Felipe Gálvez Cancino, cit., véanse las estaciones “El mundo” (pp. 130, 163 y 165), “JH/Secretaría de Guerra y Marina (pp. 130-131, 141-146), “IJ” de Francisco C. Steffens (pp. 146- 147). Todas ellas transmisoras eminentemente culturales. 59 Entrevista a Guillermo Garza Ramos en: José Felipe Gálvez Cancino, op. cit, p. 281. 26 intelectual de los miembros del ejército”60; la Confederación Regional Obrera Mexicana planeaba el establecimiento de una emisora para dar a conocer en la sociedad la propaganda obrera y programar “conferencias sobre cuestiones sociales para la divulgación de estas ideas”61; en la Comisión Nacional Agraria, el vocal César Córdova, solicitaba recursos para instalar “una potente estación transmisora de radiotelefonía, que servirá, entre otras cosas, para la difusión de enseñanzas relacionadas con la agricultura, que serán de gran provecho para los campesinos"62; el gobierno de Chihuahua, por su parte,instaló el 14 de diciembre una potente estación cuyo fundamental fin era, además de proporcionar cultura y entretenimiento a sus escuchas, realizar una campaña sobre los recursos naturales del estado para atraer el turismo63. En el Estado mismo la idea se consolidó paulatinamente. La Secretaría de Educación Pública (SEP) inauguró el 30 de noviembre de 1924 la estación C. Z. E. para elevar la cultura y educar a la sociedad64. En una primera época, la emisora se inscribe en las misiones culturales emprendidas por el secretario de educación, José Vasconcelos, con la finalidad de que “…los maestros misioneros… sean provistos de estaciones receptoras potentes, a efecto de que… todos los misioneros puedan hacer funcionar sus aparatos para que los indígenas reciban las conferencias directamente desde el edifico de la Secretaría”65. Al pasar el tiempo y conforme se consolida como “la estación transmisora más potente, mejor ajustada y mejor atendida…”66 del país, sus transmisiones abarcaban a un mayor número de grupos sociales como agricultores, comerciantes e incluso militares67. 60 El Universal, 4 de febrero de 1926, Véase también El Universal, 15 de mayo de 1923. 61 El Universal, 16 de noviembre de 1923. 62 El Demócrata, 4 de julio de 1924. 63 El Universal, 13 de diciembre de 1923. También El Universal, 18 de julio de 1924 y El Universal. Edición Internacional Extraordinaria,1 de enero de 1925. 64 Noticias sobre los preparativos y la instalación de la estación en El demócrata, 19 de julio de 1924, p. 5; El Demócrata, 3 y 27 de septiembre de 1924; El Universal 12 de enero de 1924 y Rosalía Velázquez Estrada, “El Estado y la radiodifusión” en: AA. VV. Connotaciones, amic/Ediciones el Caballito, México, 1981, pp. 105 y ss. 65 El Universal, 21 de junio de 1924. 66 El Universal, 7 de febrero de 1926. 67 Loc. cit. Véase también El Universal, 6 de junio de 1928. 27 La función y razón de ser no se había modificado un ápice: hacer extensiva la cultura y la educación a todo el pueblo de México68. La concepción de la radiodifusión como medio para elevar la cultura y educar a la sociedad fue impuesta por los aficionados en el sistema de radio posrevolucionario, nunca por el gobierno. En el Estado interesaban los efectos políticos, y las consecuencias sociales apenas se percibían y casi no importaban; el general Aguirre creía e incluso afirmaba que las emisoras servirían, “a no dudarlo, para que nuestro pueblo se instruya cada día más”69; empero, en la principalísima preocupación por imponer el orden público, los gobiernos no se ocuparon de consolidar a las emisoras como un elemento de cultura constante y educación permanente en la sociedad. La radiodifusión sólo tendría un carácter cultural mientras los dueños de las estaciones lo desearan o mientras no desarrollaran una radiotelefonía propiamente lucrativa. Una vez que se desarrolla y consolida una verdadera industria de la radio, el medio de comunicación como vía eminentemente cultural poco importa y las estaciones apenas continúan con sus programas. Los fundamentos político y económico se mantienen. 68 El periodista Jacobo Dalevuelta escribió en 1926 que la CZE “…como obra de extensión cultural ha llenado perfectamente su objeto. Las audiciones, conciertos, conferencias, etc., etc., que se envían diariamente el aire, complementan la educación de la escuela. Y es muy curioso observar en los pueblos alejados de la metrópoli donde tienen una receptora, el entusiasmo con que noche a noche rodean el aparato jóvenes y viejos y esperan la palabra remota y misteriosa que sale magníficamente del los ‘magnavoces’.” Loc. cit. Y véase también El Universal, viernes 9 de marzo de 1923; El Universal, 8 de junio de 1928 y Velázquez Estrada, Op. cit. 69 El Universal, 25 de marzo de 1923. 28 2. La legitimación del sistema de radio. La dominación estatal sobre la industria de la radiodifusión se consolidó plenamente en los años treinta. El poder del presidente, anteriormente impuesto, aparece ya legitimado a los dueños de las emisoras comerciales, quienes ahora se someten de grado a la autoridad del Ejecutivo y no disputan más los fundamentos del sistema de radio posterior a la Revolución. A partir de la presidencia del general Plutarco Elías Calles aparece una preocupación cada vez más intensa por concluir el periodo armado de la Revolución e iniciar su periodo constructivo1. Los políticos de la época empeñan entonces sus esfuerzos en la reconstrucción económica del país y la ampliación del mercado interno2. Esta nueva política de desarrollo se traduce, en el ámbito de las vías generales de comunicación, en un decidido apoyo gubernamental a la construcción de carreteras, vías férreas, puentes y puertos navegables3. El gobierno pensaba que sin comunicaciones suficientes ningún comercio era viable, en consecuencia, las nuevas y mejores vías generales debían unir las distintas fuentes de producción con los centros de consumo, acontecimiento que sin duda fortalecería al mercado interno4. 1 Véase Enrique Krauze, Jean Meyer y Cayetano Reyes, Historia de la Revolución mexicana, 1924-1928: La reconstrucción económica, v. 10, Colmex, México, 1ª reimpresión, 1981, pp. 321. Georgette José Valenzuela, “Los claroscuros de la presidencia de Plutarco Elías Calles: ¿El hombre fuerte de los años veinte?” en: Will Fowler (coord.), Presidentes mexicanos. Tomo II (1911- 2000), INEHRM, México, 2006, pp. 128 y ss. 2 José Ayala Espino, Estado y desarrollo. La formación de la economía mixta mexicana en el siglo XX, UNAM/Facultad de Economía, México, 2001, p. 89. 3 Véase la “Ley sobre Vías Generales de Comunicación y Medios de Transporte” (LVGCMT), publicada en el Diario Oficial de la Federación, el día 31 de agosto de 1931. Asimismo, consúltese la “Ley de Vías Generales de Comunicación” (LVGC), publicada en el Diario Oficial de la Federación, el día 28 de septiembre de 1932. Ambas leyes, publicadas con apenas poco más de un año de diferencia, definen a las carreteras, vías férreas, puentes y puertos navegables como vías de utilidad pública, con lo cual las empresas encargadas de construirlas reciben amplios apoyos del gobierno. 4 Ya el Programa de Acción del Partido Nacional Revolucionario, en el año de su fundación, señalaba que “en relación con el ramo de Comunicaciones, [el PNR] considera que las finalidades a que debe tenderse son las siguientes. Primera. Fácil y económica comunicación entre las fuentes de producción y los centros de consumo del país”. Historia documental del Partido de la Revolución. Tomo 1. PNR. 1929-1932, Partido Revolucionario Institucional/Instituto de Capacitación Política, México, 1981, p. 65. 29 Las comunicaciones eran elemento indispensable para la modernización de la economía nacional y el Estado apoyaría su construcción expedita5. Ya la Ley sobre Vías Generales de Comunicación y Medios de Transporte (LVGCMT), de 31 de agosto de 1931, instituyó amplísimas franquicias para las empresas encargadas de su edificación6. Asimismo y por vez primera en la legislación se incluyó el concepto de radiodifusoras comerciales7. Anteriormente, mientras al gobierno le interesaba la radiodifusión en términos eminentemente políticos, las distintas normas establecían una diferencia entre “aparatos receptores” y “aparatos de divulgación”8; ahora y sólo cuando la radiodifusión importa además por motivos económicos, las leyes distinguen a las difusoras culturales de las difusoras comerciales9. En los años veinte, al gobierno nunca le interesó distinguir a las emisoras culturales de las comerciales porque, simplemente, era irrelevante para la economía e, inclusive, en la propia realidad. A los dueños de las estaciones no les preocupaba señalar si se avocabanal comercio o a la cultura, en sus difusoras el objetivo económico se ligaba íntimamente y sin ningún conflicto con el afán 5 El precandidato a la presidencia, ingeniero Pascual Ortiz Rubio, declaró en la ciudad de Tonalá, durante su campaña: “El representante de ustedes acaba de indicar que este pueblo, para que pueda llegar a tener la grandeza de antes, necesita, ante todo, buenas comunicaciones. Este es, en efecto, el problema de los rincones apartados de la República. Ustedes sufren y no obtienen los beneficios que deberían obtener, justamente por las malas comunicaciones”. Pascual Ortiz Rubio, Discursos políticos, s. e., México, 1930, p. 135. 6 Véase el “Capítulo IV. Derechos de expropiación, usos de bienes nacionales y otras franquicias, del Libro Primero. Disposiciones generales”, de la LVGCMT. 7 Consúltese el artículo 538 de la LVGCMT y el artículo 512 de la LVGC, los cuales definen por vez primera a las estaciones comerciales. 8 En el “Aviso poniendo en conocimiento del público que está vigente el Decreto sobre estaciones radiotelegráficas”, publicado el 27 de noviembre de 1923 en el Diario Oficial de la Federación, se habla de “aparatos radiotelefónicos receptores” en el segundo párrafo y de “estaciones radiotelefónicas de divulgación” en el tercero. Y la “Ley de Comunicaciones Eléctricas”, publicada el 24 de abril de 1926 en el Diario Oficial de la Federación, señala en su artículo 63 que “instalaciones radiodifusoras son las establecidas o que se establezcan para la divulgación de conferencias, conciertos y noticias varias de interés general”, y en su artículo 66 afirma que “las instalaciones y el uso de aparatos receptores de radiocomunicación, quedarán sujetos a las disposiciones que la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas estime convenientes”. Ninguna ley en materia de radiodifusión, en los años veinte, definió a una estación comercial ni a una cultural, porque simplemente la diferencia no existía ni en las emisoras nacionales. 9 En el artículo 538 de las LVGCMT y en el 512 de la LVGC se define a las estaciones culturales y se hace explícita su diferencia con las radiodifusoras comerciales, las cuales fueron definidas un precepto antes en ambas leyes. 30 educativo10. Era evidente que la CYL y la CYB buscaban esencialmente obtener utilidades, pero aun ellas no lo hacían en la forma señalada por el gobierno a partir de 1931. Nadie conocía en los años veinte la publicidad radiofónica en sentido moderno. Las emisoras no eran lucrativas porque realizaran “propaganda comercial” sino, simplemente, porque eran útiles para generar en el público la necesidad de un radiorreceptor. Los empresarios no instalaban una estación para promocionar artículos de diversos negocios sino, sencillamente, para que los programas concurrieran en el aumento de las ventas de un comercio propio –no ajeno-, pero no mediante la emisión de comerciales o la promoción de diversos artículos porque, hasta antes de la fundación de la XEW, la publicidad moderna no existía. Los radiodifusores se empeñaban en el diseño de “conciertos” agradables, lúdicos y de un innegable contenido cultural para que las personas se hicieran de un aparato receptor en el cual escuchar la programación; la CYL lo hacía para incrementar los dividendos de La Casa de la Música, comercio propiedad de Raúl Azcárraga, en el cual se ofrecían diversos radiorreceptores; y la CYB para vender más cigarrillos, en tanto la empresa dueña de la emisora, la tabacalera El Buen Tono, regalaba un receptor a sus consumidores a cambio de un número determinado de cajetillas vacías. Este era entonces el único negocio11. 10 Los dueños de las emisoras no se preocuparon, en la entera década de los veinte, por señalar si sus estaciones eran comerciales o culturales; esta diferencia simplemente no existía, y tanto quienes inauguraban sus estaciones con fines educativos, como quienes lo hacían con fines lucrativos, emitían “conciertos” culturales y nunca promocionaron en sus programas los productos de las empresas a las que pertenecían; para ello estaban los distintos diarios de la época, en los que aparecen constantes inserciones promocionando los aparatos receptores que se vendían en La Casa de la Música o los cigarrillos de la Tabacalera El Buen Tono. 11 Raúl Azcárraga no dejó ninguna duda del objetivo de su estación y del fin de la CYB cuando afirmó en los años setenta, que “el señor ingeniero José J. Reynoso, político guanajuatense y gerente, por aquellos días, de El Buen Tono, S. A., conoció la radiotelefonía gracias a mí. Un día de tantos le sugerí que instalara una planta de radio en el edificio de su empresa. Le hice ver que si así lo hacía podría divulgar los productos de su fábrica [nunca se divulgaron los productos de la tabacalera a través de la radio, sino a través de la prensa] y premiar a sus clientes con aparatos de radio de los que yo vendía. Le dije incluso que no estaría mal ofrecer un receptor de radio – costaban entre 25 y 100 pesos- como obsequio a cambio de dar al Buen Tono S. A., un determinado número de cajetillas vacías de cigarrillos de el número 12. Esta era la marca de los pitillos que le propuse para promover sus ventas y su estación. Él vendería unos cigarrillos. Yo más receptores de radio”. Véase la entrevista en José Felipe Gálvez Cancino, Los felices del alba (la primera década de la radiodifusión mexicana), tesis presentada para obtener el grado de licenciado en Periodismo y Comunicación Colectiva, Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, UNAM, México, 1975, p. 202. 31 Se trataba, como puede verse, de un negocio limitado cuyo beneficio en la economía apenas era relevante. Las estaciones no eran en sí mismas poderosas empresas y, en consecuencia, no generaban gran número de trabajos ni elevados dividendos que alentaran el desarrollo económico del país. Además, sin la “propaganda comercial” eran incapaces de apoyar el crecimiento de las negociaciones que sí creaban empleos y pingües ganancias para fortalecer al mercado interno. Mientras el Estado se empeñaba en la modernización de la economía toda, los radiodifusores se preocupaban exclusivamente por el desarrollo de sus estaciones y se le presentaban al gobierno como pequeñas emisoras sin mayor importancia en la economía. Emilio Azcárraga Vidaurreta inauguró, el 18 de septiembre de 1930, la primera estación comercial moderna. La Voz de la América Latina desde México o XEW era moderna, en primer lugar, porque se instaló únicamente para generar beneficios económicos y no para elevar la cultura de la sociedad12. Al empresario tamaulipeco no le interesaba si en las conferencias, conciertos y noticias se transmitían contenidos educativos sino, sencillamente, si éstas eran útiles o no para promover diversos artículos13. El principal objetivo de la W era promocionar los productos que vendían las empresas de sus patrocinadores y, con ese objetivo en mente, Azcárraga 12 Los analistas de la industria de la radiodifusión coinciden en la importancia que tuvo la XEW en el desarrollo de una industria fundamentalmente enfocada a los negocios y alejada de la cultura y la educación, a las que inclusive ha debilitado por sus programas de un elevado contenido comercial. Véanse, por ejemplo, Fátima Fernández Christlieb, Los medios de difusión masiva en México, Juan Pablos, México, 2005, pp. 87 y ss. Cristina Romo, Ondas, canales y mensajes. Un perfil de la radio en México, ITESO, México, 1991, p. 19. Karin Bohmann, Medios de comunicación y sistemas informativos en México, Conaculta/Alianza editorial, México, 1989, pp. 95 y ss. Pablo Arredondo Ramírez y Enrique E. Sánchez Ruiz, Comunicación social, poder y democracia en México, Universidad de Guadalajara, México, 2ª edición, 1987, pp. 101 y ss. Jorge
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