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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ECONOMIA LA APLICACIÓN DE REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS AL COMERCIO EXTERIOR. EL IMPACTO QUE TIENEN LOS TRAMITES EN LAS EMPRESAS. T E S I S QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE: LICENCIADO EN ECONOMIA P R E S E N T A : MARIO JUVENTINO MENDOZA BARRERA ASESOR DE TESIS: LIC. CESAR RAÚL RODRÍGUEZ CASILLAS MÉXICO, D.F. FEBRERO DE 2015. UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. AGRADECIMIENTOS. A mi madre Mary Barrera Vergara: Por todo el amor y apoyo incondicional que me has brindado en mi vida, gracias por siempre creer en mí, por confiar en mis decisiones sin importar si han sido acertadas o no, gracias por confiar en todos y cada uno de mis sueños, sin duda alguna lo que he logrado hasta este momento y lo que siga construyendo en mi vida en gran medida te lo debo a ti mami. A mi padre Juventino Mendoza Victorino: Nunca he entendido tu forma de ser Pa, y tal vez nunca lo vaya a comprender pero quiero que sepas que a pocas personas admiro, y tu eres una de ellas y sin duda la más importante, te agradezco infinitamente por haberme inculcado excelentes valores, a ser responsable desde niño, gracias por enseñarme que el conformismo no existe, pero sobre todo gracias por estar siempre para mí y para mis hermanos, gracias por estar aquí Pa. A mi hermano Jacob Mendoza Barrera: Por cuidarme desde que era pequeño, y aun que han pasado algunos años sigues preocupándote por mí, por ser esa excelente persona que te caracteriza y por ser un ejemplo para seguir preparándome. A mí hermano Cesar Augusto Mendoza Barrera y mi Sobrina Violeta Mendoza Segura: Hermano te agradezco los cuidados, amor y cariño de un hermano mayor que siempre tuviste hacia mí, por haberme ayudado en tareas, a estudiar para exámenes, pero te agradezco principalmente por todas las alegrías y momentos felices que me has regalado. A mi sobrina Violetita, que a pesar de tu corta edad, es sorprendente el amor y cariño tan especial que me has hecho sentir, lo cual me ha inspirado para ser una mejor persona y a ser un buen ejemplo para ti, con deseos de que me puedas superar. A mi novia Enid Daniela Hamdan Camargo: A ti amor, por haber llegado a mi vida sin planearlo, porque llegaste sin que te buscara, porque llegaste cuando las cosas no estaban bien y porque supiste esperarme para comenzar. Agradezco que me apoyes en todas y cada una de mis decisiones, que aunque no sean las más optimas eres cómplice de mis locuras. Es más que obvio que para la realización de este trabajo tu apoyo y presencia fue indispensable. Le agradezco a mi asesor Cesar Raúl Rodríguez Casillas, por brindarme su experiencia, ayuda y dedicación para la realización del presente trabajo. Quiero externar de igual forma, mi agradecimiento a mis sinodales y jurado por todas sus observaciones y sugerencias, ya que con el mas mínimo detalle enriquecieron el contenido de mi Trabajo Profesional. Mi agradecimiento a esta gran universidad (UNAM) por haberme dado una formación profesional la cual pondré en práctica, y que por haber estudiado en una escuela pública, llevo el compromiso de redituar con mis conocimientos y profesionalismo en el sector público. Quisiera agradecer a todas y cada una de esas personas que han sido parte de mi vida, como lo son amigos y familia, que han influido en mi desarrollo personal, académico, profesional y que directa e indirectamente han hecho posible la elaboración de este trabajo. Mario Juventino Mendoza Barrera. LA APLICACIÓN DE REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS AL COMERCIO EXTERIOR DE MÉXICO EN LA ACTUALIDAD (2014-2015). El IMPACTO QUE TIENEN LOS TRÁMITES EN LAS EMPRESAS. Introducción. .............................................................................................................. 1 Capítulo 1. El Marco Teórico de las Operaciones de Comercio Exterior en México. 1.1 Teoría y Proteccionismo del Comercio Exterior……………………………..11 1.2 La intervención del Gobierno en el Comercio Exterior y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos………………………………......12 1.3 La Política Comercial y Tratados de Libre Comercio…………………….....15 1.4 Leyes básicas del Comercio Exterior……………………………………...... 21 1.5 Leyes Federales y sus reglamentos……………………………………….….23 1.6 Acuerdos y Decretos del Ejecutivo Federal……………………………….…25 Capítulo 2. Las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias y el Sistema Mexicano de Defensa contra Prácticas Desleales. 2.1 Medidas sobre Regulaciones y restricciones no arancelarias a la importación y exportación de mercancías…………………………………….28 2.2 Clasificación de las principales medidas regulatorias al comercio exterior 2.2.1 Permisos Previos…………………………………………………...31 2.2.2 Cupos………………………………………………………………..34 2.2.3 Certificado de Origen………………………………………………41 2.2.4 Normas Oficiales Mexicanas…………………………………...…43 2.2.5 Cuotas Compensatorias…………………………………………...48 2.3 El papel de la COCEX en las medidas regulatorias al Comercio Exterior........................................................................................................51 2.3.1 El sistema Mexicano de Prácticas desleales……………………52 Capítulo 3. Análisis de los trámites sobre aplicaciones regulatorias a la importación y exportación de mercancías y el impacto en las empresas. 3.1 Certificado de Cupo de Importación Filetes de pesado frescos, o refrigerados y congelados ante la Secretaría de Economía……………...61 3.2. Certificado Fitosanitario de Importación “Bulbos de Tulipanes” ante Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA)……………………………………………………76 3.3. Permiso Previo a la Importación de Alimentos, Suplementos Alimenticios y Bebidas No Alcohólicas, ante la Secretaría de Salud…………………..86 3.4 Aviso Automático de Exportación de Tomate Fresco, ante la Secretaría de Economía………………………………………………………………………94 3.5. Permiso Previo de exportación temporal de bienes muebles históricos ante el Instituto Nacional de Antropologia e Historia (INAH)..................101 Capítulo 4. El Impacto que tienen lós Trámites de Regulaciones y Restricciones No Arancelarias. 4.1. El Objetivo de la Aplicación de una Regulación y Restricción No Arancelaria………………………………………………………………….107 4.2. El Impacto de una Regulación y Restricción No Arancelaria en las Operaciones de Comercio Exterior......................................................108 Conclusiones……………………………………………………………………………..110 Bibliografía………………………………………………………………………………...113 1 LA APLICACIÓN DE REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS AL COMERCIO EXTERIOR DE MÉXICO EN LA ACTUALIDAD (2014-2015). El IMPACTO QUE TIENEN LOS TRÁMITES EN LAS EMPRESAS. INTRODUCCIÓN. Es primordial señalar que el lector en el presente trabajo podrá consultar la aplicación de las regulaciones no arancelarias así como su impacto al comercio exterior de Méxicoen 2014 y 2015, es por ello que es importante mencionar que en la actualidad, el comercio internacional de bienes y servicios ha crecido de forma continua durante las seis últimas décadas gracias a la reducción de los costos de envió y de la comunicación, a la reducción negociada global de las barreras gubernamentales al comercio, a la contracción externa generalizada de las actividades productivas, y a una mayor sensibilización sobre las culturas y productos extranjeros. Las nuevas y mejoradas tecnologías de la comunicación, han revolucionado la forma en que la gente de todos los países obtiene e intercambia información y bienes. A consecuencia de la globalización en la actualidad México en la última década ha dinamizado de manera significativa sus flujos comerciales con el exterior, y se ha visto en la necesidad de establecer políticas de facilitación comercial, que garanticen certidumbre y reducción de costos de transacción a las empresas mexicanas en el comercio exterior, y por ende permita incrementar nuestra capacidad negociadora para tener mayor apertura en el mercado internacional. Es por ello que el lector en el presente trabajo, puede revisar en primera instancia sobre la teoría del comercio exterior, así como toda la normatividad a la cual se tienen que apegar las empresas para llevar a cabo una operación de comercio exterior en el país. Específicamente se definen y se conoce todo sobre las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias, tema central de este trabajo de investigación, en donde se contemplan aspectos legales y técnicos, los cuales nos ayudaran a comprender la gran importancia que tienen estas medidas en el comercio exterior. Estas medidas son utilizadas por el Gobierno de México para proteger la industria nacional así como para proveer bienestar a la población, en todo momento se deben apegar a las disposiciones legales, es por ello que toda la información utilizada está respaldada por decretos y/o acuerdos que tienen veracidad y legitimidad así como vigencia, por lo cual siempre estarán las fuentes publicadas en el Diario Oficial de la Federación. Para obtener un conocimiento más profundo de una Regulación y Restricción No Arancelaria en el tercer capítulo donde se desarrolló el estudio e investigación del presente trabajo, se analizó específicamente mercancías que en la actualidad están 2 sujetas a una Regulación y Restricción No Arancelaria para su exportación y/o importación; y con ello poder describir todo el trámite que implica para las empresas o personas interesadas en llevar a cabo una operación de comercio exterior en el país. Y por último con todo el tramite ya descrito, y todo lo que este implica para las empresas, es entonces en el cuarto capítulo, donde se detallan los resultados de la información que se obtuvo en el desarrollo del capítulo tres, donde se definen y se establecen en términos generales cuales son los objetivos de la aplicación de una Regulación y Restricción No Arancelaria, y por ende saber cuál es el impacto que estas medidas tienen, como identificar quiénes son los beneficiados y a quien les perjudica la aplicación de estos instrumentos utilizados por el Gobierno Mexicano. 3 LA APLICACIÓN DE REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS AL COMERCIO EXTERIOR DE MÉXICO EN LA ACTUALIDAD (2014-2015). El IMPACTO QUE TIENEN LOS TRÁMITES EN LAS EMPRESAS. Planteamiento del problema. El entorno del comercio internacional es altamente competitivo y dinámico, situación que nos obliga a no permanecer estáticos ya que representa costos elevados en corto y largo plazo. Tan es así que podemos decir que las economías más dinámicas del mundo son aquellas que han hecho del comercio internacional el motor de sus estrategias de desarrollo, ya que siendo competitivas podrán explotar sus ventajas comparativas y así obtener grandes beneficios del proceso de globalización. México por su ubicación geográfica y su alta dependencia del comercio exterior, el cual representa el 64% de su Producto Interno Bruto (PIB), ha signado tratados de libre comercio que le permite comerciar con más de 45 países, 30 Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones(APPRIs) y Acuerdos de Alcance Parcial en el marco de la ALADI. Por ello, para que nuestro país avance en su inserción en los mercados internacionales y fortalecer su competitividad es necesario continuar con su política de apertura comercial mediante negociaciones de carácter bilateral, regional y multilaterales, pero acompañado con una serie de medidas como el apoyo a las Pymes, promover el comercio exterior, desregulación y simplificación administrativa, con incremento en el uso de la tecnología de la información, desarrollo humano y por supuesto con medidas que faciliten el comercio. Si México en la última década ha dinamizado de manera significativa sus flujos comerciales con el exterior, también se hace necesario el establecimiento de políticas de facilitación comercial, que garanticen certidumbre y reducción de costos de transacción a las empresas mexicanas con el exterior, y consecuentemente permita incrementar nuestra capacidad negociadora. Las regulaciones y restricciones no arancelarias como son los permisos previos, cupos, certificados de origen, países de origen, se han diseñado para responder a necesidades específicas de control en temas de salud, seguridad y medio ambiente, lo que provoca efectos negativos en las operaciones de comercio exterior, obligando a las empresas enfrentar procedimientos, requisitos, criterios e inclusive lenguajes regulatorios diferentes. Algunas de estas regulaciones se han modificado, y han ido perdiendo su eficacia y convirtiéndose en mecanismos que constituyen barreras al comercio exterior. Esto se traduce en altos costos y/o oportunidades de negocios. 4 Cabe señalar que la liberalización del mercado internacional en nuestro país (México) se dio a partir su entrada al GATT, El acuerdo General Sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), el cual era un simple acuerdo con una estructura institucional mínima, puesto que solo se preveía la celebración de conferencias entre los Estados y territorios miembros, a los que se les llamaba partes contratantes.1 Con el tiempo y con la clara liberalización del mercado internacional del país, dependencias del gobierno han tenido que intervenir para regular el mercado, ya que se han venido dando muchas irregularidades y sobre todo muchas practicas Dumping (práctica desleal del comercio internacional que consiste en que un producto sea introducido en el mercado de otro país a un precio inferior a su valor en el país de origen, en el curso de operaciones comerciales normales). La Secretaría de Economía en representación del poder ejecutivo, y con la autoridad de la Dirección General de Comercio Exterior, junto con dependencias como SEMARNAT, SEDENA, Secretaría de Salud entre otras, las cuales conforman la COCEX (Comisión de Comercio Exterior) están facultados para liberar o poner barreras al comercio internacional, en este caso se han venido presentando muchas regulaciones y restricciones a mercancías las cuales son de interés en la exportación o importación de empresas nacionales. Sin embargo el gobierno como regulador del mercado, en vez de beneficiar a las empresas nacionales y liberar el mercado internacional, lo que han hecho con sus restricciones y regulaciones es poner barreras al comercio exterior en donde las operaciones que se tienen que llevar a cabo, como son los tramites, documentos, certificaciones y el tiempo que las empresas tienen que esperar para cumplir con todo esto, les representa un costo, y no solo es monetario, sino tiempo, almacenaje y producción que podría quedar ociosa. ________________________ 1 Rodríguez Casillas, Cesar Raúl.La Administración del Comercio Mundial. p.4 5 Justificación. Desde principios de los años noventa, el comercio internacional ha crecido más rápido que el Producto Interno Bruto (PIB), dejando claro que el comercio internacional es “donde los países que interactúan en comercio internacional se especializan en la producción de diferentes bienes que intercambian entre sí, lo cual beneficia a todos los países implicados” 2 Lo cual quiere decir que los países al tener una economía abierta están más ligados a un crecimiento económico. Es por ello que con la globalización y apertura en las economías, México es una economía donde el comercio exterior ha sido uno de los factores principales para su crecimiento y considerando que es una de las economías con mayor apertura con 12 Tratados de Libre Comercio (TLC) firmados actualmente. Es por eso que a quien realmente se debe apoyar es a las empresas mexicanas, para que estas lleven a cabo satisfactoriamente sus operaciones de comercio exterior.3 Actualmente las operaciones de comercio exterior como son las importaciones y exportaciones de mercancías, no les preocupa tanto a las empresas y autoridades aduaneras por el costo monetario que toda la operación representa, sino por la logística que se tiene que emplear en estas operaciones, para que estén a tiempo y no se lleve a cabo ninguna irregularidad, por tal razón resulta interesante conocer cuáles son los trámites y requisitos que una empresa nacional debe cumplir y cuánto tiempo se lleva a cabo para que estas empresas puedan realizar sus operaciones en materia de comercio exterior satisfactoriamente como se menciona en el párrafo anterior, y por ende examinar el papel que tienen hoy en día el gobierno como regulador del mercado internacional, a través de Secretarías y/o dependencias u organismos gubernamentales. Como ya se había mencionado el comercio exterior y la liberalización internacional a nuevos mercados son factores que generan crecimiento y desarrollo a nuestra economía, sin embargo en ocasiones tantas regulaciones y/o restricciones que el estado impone a las empresas para la realización de sus operaciones para la importación o exportación de un bien, de cierta manera podría perjudicarles en vez de beneficiarles, al hacer más tardados sus trámites y pedir ciertos requisitos que en ocasiones son muy difíciles de cumplir, obligando así a las empresas nacionales a corromper los tramites, dejar inconcluso los tramites o peor aún disminuir la producción nacional de un bien, para así incrementar la demanda externa. ________________________ 2 Paul Krugman (2007) Introducción a la Economía Macroeconomía. p. 436 3 La Clave del Comercio Exterior/ PROMEXICO http://www.promexico.gob.mx/negocios-internacionales/la-clave-del-comercio-exterior.html http://www.promexico.gob.mx/negocios-internacionales/la-clave-del-comercio-exterior.html 6 Es por eso que en este trabajo de investigación se analizó en general las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias que existen en México, cuál es la razón del porqué hay mercancías que están sujetas a estos instrumentos cuando se requiere llevar a cabo una importación o exportación de las mismas; así como saber quiénes son las autoridades que imponen estas regulaciones en el comercio exterior. Se estudió todo lo que una empresa tiene que realizar y todos los requisitos que le implica para llevar a cabo un trámite de alguna mercancía que está sujeta a una Regulación y Restricción No Arancelaria, lo cual podría ser como: Documentos, un pago por el trámite, proporcionar alguna información, tiempo que les llevar realizar el trámite, etc. Es por ello que para fines de este trabajo, se tomó específicamente mercancías que al ser importadas o exportadas están sujetas a una regulación y restricción no arancelaria, para que una empresa o persona física que quieran llevar a cabo una operación de comercio exterior la cual esté sujeta a estos instrumentos, puedan tener idea y conocimiento de cómo llevar el trámite, sus requisitos a cumplir, el tiempo que les llevara dicho procedimiento y sobretodo saber el por qué esta barrera al comercio exterior. Por otro lado este trabajo puede aportar a las autoridades, en este caso al Gobierno quien es el responsable de regular el comercio exterior de nuestro país, saber si realmente están proporcionando la información concreta de los trámites a cumplir y/o si existe una sobre regulación de su parte, haciendo más tardados los tramites y confundiendo con la disparidad de información a los interesados en cumplir alguna regulación y restricción no arancelaria. Objetivo General. El objetivo general del presente trabajo de investigación, es analizar todos los requisitos, documentos, información, días de espera, etc.; que las autoridades del gobierno federal imponen a las empresas interesadas en realizar una operación de comercio exterior sujeta a una Regulación y Restricción No Arancelaria, para así conocer todo lo que implica un trámite de este tipo y cómo impacta en la liberalización del comercio exterior en México. Objetivos Específicos. - Investigar las regulaciones y restricciones no arancelarias. - Conocer qué dependencias participan en el establecimiento de dichas regulaciones. - Analizar el procedimiento que se debe llevar a cabo para concretar dicho trámite. - Identificar cuáles son las dificultades y limitaciones que enfrentan las empresas interesados en llevar a cabo sus operaciones sujetas a regulaciones y restricción no arancelaria. - Saber cuál es el impacto que tiene la fijación de estos instrumentos en el comercio exterior, en la economía Mexicana. 7 Hipótesis General. Con la globalización que se ha dado, el comercio exterior se ha venido liberalizando cada vez más y el estado, en este caso el gobierno, como regulador del mercado, debe apoyar y dar facilidades a las empresas que participan en el comercio exterior para que lleven a cabo sus operaciones de importación y exportación, sin embargo en ocasiones por toda la burocracia que involucra los tramites, parece ser que generan barreras que impiden llevar a cabo sus operaciones lo cual llevaría a no tener desarrollo y crecimiento económico. Antecedentes. Es importante mencionar como México fue teniendo una liberalización de su comercio internacional y como todas las circunstancias hicieron que su economía cerrada pasara a ser una economía abierta. Entre los años 40´s y 80´s el desarrollo económico de México estuvo marcado por la fuerte intervención del Estado, ya que era este quien promovía el crecimiento y desarrollo de la industrialización a través de su política industrial de “sustitución de importaciones” el cual fue un proceso donde los bienes que el país introducía al mercado nacional, pasaron a ser producidos internamente lo cual implico que el estado estableciera medidas de protección comercial las cuales incluían solicitudes de permisos previos a la importación así como la prohibición de la importación de ciertos productos. Es hasta los años de los 80´s que se comenzó a establecer reformas para que dejara de existir una dependencia del desarrollo económico ligada con el control del Estado. Es por esto que dejo de haber subsidios y estímulos fiscales hacia las empresas por parte del Estado lo que ocasiono una liberalización en el mercado, aparte de que hubo una reducción de las barreras arancelarias y no arancelarias.4 Es en 1986 que México se une al Acuerdo General Sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), el cual pretende institucionalizar el comercio internacional mediante el establecimiento de normas que respondían a la configuración económica de esos años.5 En 1990 empezaron las negociaciones para la firma del Tratado de Libre Comercio de América Latina (TLCAN) ya que México era una de las economías, en ese tiempo,en desarrollo más abiertas al comercio exterior, para que en el año de 1994 junto con Estados Unidos y Canadá se firmara el acuerdo trilateral, en el cual se establecía el compromiso de ir disminuyendo las barreras arancelarias y no arancelarias al comercio entre estas economías durante los próximos 10 años. ________________________ 4 Sistema Integral de Información de Comercio Exterior (SIICEX). Evolución del Comercio Exterior 5 Rodríguez Casillas, Cesar Raúl. La Administración del Comercio Mundial. pag.5 8 Se podría decir entonces que el TLCAN institucionalizó formalmente la estrategia de liberalización comercial de México, y desde entonces se unió a la Organización Mundial de Comercio (OMC) antes el GATT. Y desde 1995 México fue clasificado entre los diez principales países que aumentaron su participación en el mercado mundial, ya que del periodo de 1994 a 2001 fue clasificado como el quinto lugar entre los países con mayor incremento en sus exportaciones a nivel mundial, pues para 1994 las exportaciones representaban el 16% del PIB de México y para el 2000 la cifra aumentó considerablemente representando el 35.1% del PIB.6 México ha firmado 12 tratados de Libre Comercio (TLC) los cuales incluyen países como Estados Unidos de América, Canadá, Uruguay, Honduras, Colombia, Costa Rica, Bolivia, Chile, El Salvador, Guatemala, Unión Europea, Israel, Islandia, Noruega, Liechtenstein, Suiza y Japón; con los cuales se busca ampliar el mercado de bienes y servicios al eliminar o disminuir los aranceles al comercio exterior entre los países mencionados. Delimitación del Trabajo de Investigación. Para efectos de este trabajo de investigación solo se estudiaron las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias que le competen al Gobierno Mexicano como regulador del mercado nacional e internacional del mismo, en este trabajo solo se analizó estos instrumentos de proteccionismo que en la actualidad se encuentran vigentes, es por eso que nos apoyamos y respaldamos el trabajo con información actualizada publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del Gobierno de la República Mexicana. Metodología. Para alcanzar el objetivo del presente trabajo de investigación se aplicó una metodología partiendo deductivamente de lo general a lo particular, donde se revisaron las leyes y reglamentos más importantes que rigen el comercio exterior de México en primera instancia como lo es la Carta Magna la Constitución Mexicana así como Tratados y Acuerdos Internacionales importantes, y partiendo de que el estudio comprende solo instrumentos de proteccionismo exclusivamente del país, se continuo con el estudio de las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias que el Gobierno Mexicano aplica al comercio exterior junto con las autoridades correspondientes. Para así, con términos y conceptos bien definidos, se pudo comenzar con el desarrollo del trabajo con casos específicos de mercancías que están sujetas al cumplimiento de una Regulación y Restricción No Arancelaria, para poder explicar cómo las empresas y/o personas interesadas en dichas operaciones tienen que enfrentar y saber cómo resolver los obstáculos que representan estos instrumentos en la liberalización del mercado. ________________________ 6 Sistema Integral de Información de Comercio Exterior (SIICEX). Evolución del Comercio Exterior. 9 Contenido. En el primer capítulo se abordó teoría del comercio exterior y toda la normatividad que rige el comercio exterior desde nivel internacional como lo son acuerdos y Tratados de Libre Comercio como lo es el más importante el TLCAN, pasando así con la Carta Magna hasta llegar a ver las leyes federales que intervienen en el comercio exterior. Posteriormente en el segundo capítulo se estudió y se conoció las medidas que el gobierno federal utiliza para imponer barreras al comercio exterior como lo son las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias, partiendo desde la autoridad y por qué es que se imponen estas medidas. La realización y propósito del tercer capítulo, donde se desarrolló el estudio del presente trabajo de investigación, fue analizar específicamente algunos casos de mercancías sujetas a una Regulación y Restricción No Arancelaria para su exportación y/o importación para evaluar todo el trámite y todo lo que este implica para las empresas que llevan a cabo operaciones de comercio exterior en el país. Y por parte del cuarto y último capítulo, lo que se establece son los resultados que se obtuvieron del análisis de los casos específicos que se estudiaron en el capítulo tres, donde se expresa en términos generales cual es el objetivo de una Regulaciones y Restricciones No Arancelaria así como el impacto que estas medidas tienen. Y finalmente las conclusiones, donde se expresa los resultados obtenidos de nuestro trabajo de investigación, y en donde se confirma nuestra hipótesis o se refuta. 10 CAPÍTULO I EL MARCO TEÓRICO DE LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR EN MEXICO 11 CAPÍTULO I EL MARCO TEÓRICO DE LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR EN MÉXICO. El objetivo del presente capítulo es mostrar cuáles son las principales normas que rigen el comercio internacional, aplicando una metodología partiendo deductivamente de lo general a lo particular, es decir, se comenzó analizando los artículos constitucionales más significativos, y los tratados internacionales signados por México, consideradas como leyes supremas en las relaciones económicas internacionales. En este sentido, se pretende describir la normatividad del comercio exterior, considerando de forma general todas las normas jurídicas necesarias para una mayor comprensión de las operaciones de comercio exterior. En este primer capítulo se estudió seis temas fundamentales: la teoría y el proteccionismo del comercio exterior, así como la política comercial de México, lo señalado en la Constitución política de México, ley suprema en nuestro país, lo acordado en los tratados internacionales los cuales son considerados por la misma constitución como leyes supremas. De igual manera las leyes federales y sus reglamentos que son de aplicación supletoria en materia de comercio exterior, se analizó las reglas generales en materia de comercio exterior. Así como también los Acuerdos y decretos del Ejecutivo Federal. 1.1. Teoría y Proteccionismo del Comercio Exterior. Es importante nombrar y especificar la teoría sobre el comercio exterior, en donde una corriente de pensamiento económico que explica esta teoría es el Mercantilismo, la cual en términos generales contempla y describe que el crecimiento económico y la riqueza de cualquier país, es consecuencia de la cantidad de metales preciosos que posea y por los ingresos generados por el comercio exterior. La filosofía mercantilista es netamente comercial y se basa en tres principios básicos, que se refieren a: - La riqueza del Estado está en la acumulación de metales preciosos. - El enriquecimiento de un Estado lleva necesariamente el empobrecimiento de los demás. - Para lograr la máxima acumulación de oro y plata es necesaria la intervención del Estado. Es por eso que el pensamiento mercantilista se basa en la acumulación de metales preciosos y esto se da mediante el comercio internacional, por lo tanto un país debe fomentar las exportaciones y disminuir las importaciones, con el fin de conseguir una balanza comercial favorable. 12 Se debe de estimular la producción mediante la intervención del gobierno y a través de la regulación del comercio exterior, se deberá imponer aranceles proteccionistas a los bienes manufacturados del exterior que sean importados, así como estimular la importación de materias primas baratas que se utilizaran en la manufactura de los bienesa exportar. Por lo cual el librecambio y el proteccionismo es el tema más importante desde el punto de vista de la política, ya que los gobiernos han estado preocupados por el efecto de la competencia internacional sobre la prosperidad de las industrias nacionales y han intentado, o bien defenderlas de la competencia extranjera imponiendo límites a las importaciones, o bien ayudarlas en la competencia mundial incentivando o subsidiando las exportaciones. 7 Es por ello que con los años, los economistas han desarrollado un sencillo, modelo analítico para determinar los efectos de las políticas gubernamentales que afectan al comercio internacional. Este modelo no solo predice los efectos de las políticas comerciales, sino que permite el análisis coste-beneficio y define los criterios que determinan cuando es buena para la economía una intervención gubernamental. Este análisis económico ayuda a dar sentido a la política comercial internacional, al mostrar quien se beneficia y quien sale perjudicado con las actuaciones del sector público como las cuotas compensatorias a la importación y las subvenciones a las exportaciones. 1.2 La intervención del Gobierno en el Comercio Exterior y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Como ya se había mencionado anteriormente en el presente trabajo de investigación, el gobierno mexicano es quien regula el mercado, y por ende es quien interviene en el comercio exterior del país, el cual desde hace veintiocho años se ha vuelto uno de los motores fundamentales de la economía mexicana. Lo anterior es resultado de una política de liberalización del comercio exterior, y esta política mexicana de liberalización comercial se ha respaldado con un proceso de construcción institucional. La importancia del desarrollo institucional para garantizar políticas económicas sustentables no puede ser ignorada, es por ello que las grandes decisiones de política pública pueden ser de ciertos funcionarios, pero son las instituciones las que permiten procesar e implementar administrativamente esas decisiones, y es entonces éstas las que sostienen y dan congruencia a lo largo del tiempo a una política pública, que en este caso sería la política de comercio exterior del país. __________________________ 7 Paul Krugman, Maurice Obstfeld. “Economía Internacional” 9° Edición. Pág. 6-7. 13 En este caso, la creación de la Comisión d Aranceles y Controles al Comercio Exterior (CACCE), como el “órgano de consulta del Ejecutivo Federal para estudiar, proyectar y proponer criterios generales y las modificaciones que procedan en materia de comercio exterior, así como para participar en la aplicación” la creación de la CACCE en 1986 fue un paso importante en términos de la consolidación institucional de este órgano, ahora llamada Comisión de Comercio Exterior (COCEX).8 Es por ello que en la actualidad esta comisión toma decisiones y es órgano de consulta obligatoria en aspectos de comercio exterior, ya que se ampara con el artículo 131 constitucional que establece lo siguiente: “que es facultad privativa de la Federación gravar mercancías que se importen o exporten o que pasen en tránsito por territorio nacional, así como reglamentar en todo tiempo y aún prohibir por motivo de seguridad de policía, la circulación en el interior de la República, en toda clase de bienes cualquiera que sea su procedencia (…)” “El ejecutivo podrá ser facultado por el Congreso de la Unión para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación expedidos por el Propio Congreso, y para crear otras, así como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito , artículos, efectos, cuando los estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional o de realizar cualquier otro propósito, en beneficio del país. El propio Ejecutivo al enviar al congreso el presupuesto Fiscal de cada año someterá a su aprobación el uso que hubiese hecho de la facultad concedida” Como observamos, el artículo antes mencionado le da facultades al Ejecutivo Federal en materia de comercio exterior, como es el crear, aumentar, disminuir o suprimir aranceles. Asimismo, regular, restringir o prohibir la exportación, importación, circulación o tránsito de mercancías a través de Decretos9 publicados en Diario Oficial de la Federación, con el propósito de que dicho decreto tenga observancia general. De igual manera, en el segundo párrafo del multicitado artículo, también le da la facultad de establecer medidas para regular o restringir la circulación o tránsito de mercancías extranjeras en territorio nacional procedentes o destinados al exterior a través de Acuerdos por la autoridad competente. __________________________ 8 HERNÁNDEZ OCHOA Cesar, Política del Comercio Exterior: Regulación e Impacto. Pág. 56 y 57. 9 Decreto : Son decisiones que toma el Ejecutivo Federal para regular alguna situación individual o concreta; que se expresan mediante un acto administrativo simple, el cual debe ser refrendado por el secretario de estado a quien competa la materia y que además debe ser publicado en DOF, para su observancia general. 14 Por supuesto que se le dan otras facultades al Ejecutivo Federal, como es el establecer medidas para para regular o restringir la exportación o importación de mercancías a través de Acuerdos expedidos por la Secretaría de Economía o bien de manera conjunta con la autoridad competente. Además de conducir negociaciones comerciales internacionales a través de la Secretaría de Economía sin perjuicio de las facultades que correspondan a otras dependencias del Ejecutivo Federal. Asimismo, el coordinar a través de la multicitada secretaría la participación de las dependencias y entidades de la administración pública federal y de los gobiernos de los estados en las actividades de promoción del comercio exterior, así como concertar acciones en la materia con el sector privado; y Coordinar a través de la Secretaría de Economía, que las dependencias y entidades de la administración pública federal que administren y controlen una restricción o regulación no arancelaria se encuentren interconectadas electrónicamente con la Secretaría de Economía y con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 15 1.3 La Política Comercial y Tratados Internacionales (Tratados de Libre Comercio). Es importante mencionar la Política Comercial que México ha seguido hasta la actualidad y es que el país se ha visto beneficiado de una política comercial abierta y es por ello que las relaciones que se tienen con los mercados externos han ayudado a diversificar la economía nacional, por eso el comercio internacional ha contribuido de manera decisiva a la recuperación y el repunte de la economía, La política comercial mexicana combina la apertura unilateral con un programa activo en el marco de las negociaciones multilaterales de la Organización Mundial del Comercio (OMC), así como: - acuerdos comerciales preferenciales con socios estratégicos, - una mayor promoción de exportaciones, y - diversificación de sus exportaciones.10 Estos son aspectos los que han contribuido al crecimiento económico y a una mayor integración del país a la economía mundial. El Gobierno mexicano ha aplicado un programa gradual de reducción y simplificación arancelaria, encaminado a reducir los costos administrativos y de explotación de las empresas mediante el acceso a los insumos a precios competitivos, es por ello que México en 2010 redujo el arancel (nación más favorecida) sobre productos industriales de 10.4 a 5.3 % y se bajó hasta 4.3% en el 2013. Mientras que en un informe de la Secretaría de la OMC,se indicó que México había adoptado varias medidas para agilizar las operaciones de comercio exterior, sin embargo, se constaba que ciertos procedimientos seguían siendo complejos y se sugería la necesidad de mantener el proceso de reforma aduanera y la simplificación de la reglamentación del comercio exterior. Esta política comercial ha promovido el desarrollo del sector exportador , uno de los principales motores del crecimiento económico, donde la eliminación o reducción significativa de los aranceles y otros obstáculos a la importación de mercancías y servicios ha contribuido a aumentar la productividad de los productos de exportación, gracias a que ha reducido el precio de los insumos. Pero se tienen aún retos, ya que para beneficiarse plenamente de la apertura comercial, México debería seguir promoviendo y aplicando políticas encaminadas a simplificar los trámites comerciales, así como a mejorar la competitividad de las industrias nacionales, es por ello que para que el comercio pueda conducir al crecimiento, al desarrollo y a la creación de empleo, es necesario que vaya acompañado de políticas internas en materia de educación, innovación o Infraestructura. __________________________ 10 LEYCEGUI GARDOQUI Beatriz, Reflexiones sobre la Política Comercial Internacional de México. Pág.31, 37 y 39. 16 Las participaciones de México en acuerdos de libre comercio bilateral y unilateral se han convertido en un motor para promover la integración del país a los mercados internacionales. Estos acuerdos han ayudado a diversificar el comercio exterior de México, ya que México es uno de los países del mundo con más acuerdos comerciales bilaterales. México ha negociado acuerdos de libre comercio que proporcionan un acceso preferencial a más de mil millones de posibles consumidores, estos acuerdos son firmados para aportar seguridad jurídica tanto para las inversiones mexicanas en el extranjero, como para las inversiones extranjeras en México. Actualmente México ha firmado acuerdos comerciales en tres continentes, y cuenta con ha celebrado diez tratados de libre comercio con cuarenta y cinco países, de la misma forma nueve acuerdos de alcance limitado (Acuerdos de Complementación Económica) y Acuerdos de Alcance Parcial. El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) representa alrededor de 67% de su comercio, también ha firmado acuerdos de libre comercio con la Unión Europea y Japón. Además, ha concertado acuerdos bilaterales de ese tipo con numerosos países de América Latina y Asia Oriental, así como treinta Acuerdos Recíprocos de Promoción y Protección de las Inversiones (APRIs). Por ello aquí se pueden observar los Tratados de Libre Comercio que México ha celebrado con países antes mencionados: Acuerdo/Tratado Países Signatarios Vigencia Desde Hasta TLCAN México, Estados Unidos y Canadá 01-ene-94 Indefinida TLC México-Costa Rica México y Costa Rica 01-ene-95 Indefinida TLC México-Nicaragua México y Nicaragua 01-jul-98 Indefinida TLC México-Chile México y Chile 01-ago-99 Indefinida TLCUE México y los países miembros de la Unión Europea 01-jul-00 Indefinida TLC México-Israel México e Israel. 01-jul-00 Indefinida TLC México -Asociación Europea de Libre Comercio(AELC) México, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza 01-oct-01 Indefinida 17 TLC México- Triángulo del Norte México, El Salvador, Guatemala y Honduras 14-Mar-00 y 01-Jun- 01 para Honduras Indefinida TLC México-La República Oriental del Uruguay México y Uruguay 15-jul-04 Indefinida TLC México-Colombia México y Colombia 02-ago-11 Indefinida11 Es preciso señalar que nuestra Carta Magna establece en su articulado que La Constitución, las leyes del Congreso y todos los Tratados celebrados por el Presidente de la Republica y que son aprobados por el Senado serán ley suprema de la Unión. Como vemos todos los TLC´s signados por nuestro país, pasan a ser Ley suprema, al mismo rango que la misma constitución. Para que este apartado sea más explícito, veamos un ejemplo de un Tratado de Libre Comercio, el más significativo en las relaciones económicas internacionales de nuestro país: el TLCAN. Sus objetivos principales son: Eliminar las barreras del comercio de bienes y servicios. Incrementar los flujos de inversión. Eliminar aranceles entre las partes reconociendo las asimetrías de las economías miembro. Eliminar barreras no arancelarias que enfrentan las exportaciones. Negociar reglas de origen a fin de evitar triangulaciones en la comercialización de los productos. Proporcionar protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual Solución de controversias.12 Otro aspecto negociado en el marco del TLCAN fueron las importaciones bajo trato preferencial, ya que uno de los principales beneficios que genera cualquier TLC es que las mercancías gocen de un trato arancelario preferencial, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el propio tratado; esto se refleja en una reducción progresiva de aranceles aplicados a bienes y servicios originarios según se establezcan en las listas acordadas por cada una de las partes. __________________________ 11 PROMEXICO, México y sus Tratados de Libre Comercio con otros países. 12 SECOFI: Tratado de Libre Comercio entre México, Canadá y Estados Unidos Resumen, en suplemento de Comercio exterior Vol.42 NUM 9 Sep. 1992. 18 Con la entrada en vigor del TLCAN, se adicionó un apéndice a la Tarifa del impuesto General de Importación (TIGI) 13, que se ha venido actualizando anualmente, respetando los niveles de desgravación negociados. Certificado de Origen. Con el objeto de asegurar que los beneficios acordados en el Tratado no se extiendan a los bienes de terceros países y que los controles sobre las operaciones efectuadas bajo tratado no representen un obstáculo al comercio, las partes acordaron establecer un proceso de certificación de origen uniforme. En efecto dentro de dicho proceso de certificación se acordó un formato uniforme de certificado de Origen en los idiomas, inglés, francés español, documento que servirá para certificar que un bien importado a cualquiera de las partes bajo el tratado, calificará como originario. Los formatos oficiales del Certificado de Origen son de libre reproducción siempre y cuando contengan las mismas características de diseño, y de información establecidos. El certificado deberá ser llenado y firmado por el exportador o productor de los bienes o por un representante del exportador. Luego, cada importación de un certificado de origen que ampara solamente los bienes específicos en el mismo. Dicho certificado solo tiene que presentarse a solicitud de la autoridad aduanera quien lo requerirá cuando lo juzgue conveniente para la documentación de solicitudes de trato preferencial otorgando un plazo razonable para que el importador lo presente. Hay excepciones de no presentar el certificado de origen, cuando la mercancía no rebase el valor de 1000 dólares, pero podrá exigir que la factura del bien contenga una declaración que certifique que el bien califica como originario. Agricultura. El TLCAN establece compromisos bilaterales entre México y Canadá, y entre México y Estados Unidos, para el comercio de productos agropecuarios. México y Estados Unidos eliminarán de inmediato sus barreras no arancelarias mediante su conversión en sistemas de arancel, cuota o bien en aranceles. En efecto los aranceles-cuota facilitaran en cada país la transición de los productos sensibles a la competencia de las importaciones. Mediante este esquema se establecerán cuotas de importación libres de arancel con base en los niveles promedio de comercio reciente. __________________________ 13 Fuente:Tratados de Libre Comercio. Aduana México 2006 19 Estas cuotas se incrementaran, generalmente al 3% anual. A las importaciones que sobrepasen dicha cantidad se les aplicará un arancel, el que se calculará como la razón entre el promedio reciente de los precios recientes de los precios internos y externos. Este arancel se reducirá gradualmente hasta llegar a cero durante un periodo de 15 años dependiendo del producto.14 Normas en materia de comercialización de productos agropecuarios. El TLCAN establece que cuando México o Estados Unidos apliquen una medida relativa a la normalización a un producto agropecuario nacional, el país que aplique dicha medida otorgará trato no menos favorable a los productos de importación similares cuando estén marcados con dicho procesamiento de normalización. Esta sección del tratado establece preceptos para el desarrollo, adopción y ejecución de medidas sanitarias y fitosanitarias, es decir, aquellas que se adopten para proteger la vida o salud humana, animal o vegetal, de los riesgos que surjan de enfermedades o plagas de animales o vegetales o de aditivos o substancias contaminantes en alimentos. Estos preceptos que se tienen que acatar y tienen como fin impedir el uso de medidas sanitarias y fitosanitarias como restricciones disfrazadas al comercio, salvaguardando el derecho de cada país para adoptar las medidas sanitarias y fitosanitarias para la protección de la vida o salud humana, animal o vegetal. Entre los principales derechos y obligaciones , el Tratado confirma el derecho de cada país para determinar el nivel de protección sanitaria o fitosanitaria que considere adecuado y dispone que cada país puede alcanzar tal nivel de protección mediante medidas sanitarias y fitosanitarias que se fundamenten en principios científicos y en una evaluación del riesgo; se aplique solo en grado necesario para proporcionar el nivel de protección determinado por un país o bien se traduzcan en discriminación injustificada o restricción encubierta al comercio. Por último el tratado, alienta a los 3 países que con el propósito de evitar barreras innecesarias al comercio utilizar normas internacionales relevantes para el desarrollo de sus medidas sanitarias y fitosanitarias. No obstante, permite que cada país adoptar medidas más estrictas que las internacionales, apoyadas en resultados científicos, cuando sea necesario para alcanzar los niveles de protección que considere apropiados. Inversión El TLCAN elimina barreras importantes a la inversión, otorgando garantías básicas a los inversionistas de los 3 países y establece un mecanismo para la solución de controversias que pudieran surgir entre tales inversionistas y un país del Tratado. Cabe destacar que el concepto de inversión se define de manera amplia ya que abarca todas las formas de propiedad y participación en las empresas, a la propiedad tangible o intangible y la derivada de un contrato. Por supuesto cada país __________________________ 14 SECOFI: Tratado de Libre Comercio entre México, Canadá y Estados Unidos. Vol.42. p24. 20 Otorgará a los inversionistas de un país del TLCAN y a las inversiones que ellos realicen trato no menos favorable que el que otorga a sus propios inversionistas (trato nacional) y a los inversionistas de otros países (trato de nación más favorecida). Ningún país miembro del TLCAN podrá expropiar de manera directa o indirecta, inversiones que realicen los empresarios de los países miembros del tratado, salvo por causa de utilidad pública, con base en el principio de no discriminación y de acuerdo con las formalidades que establece la ley. Los inversionistas afectados deberán recibir sin demora, una indemnización cuyo monto será determinado conforme al valor justo del mercado de las inversiones expropiadas. Propiedad Intelectual El TLCAN establece obligaciones significativas relativas a la propiedad intelectual, las cuales fundamentan en el trabajo realizado por el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio en Español (GATT) y los convenios internacionales más importantes sobre la materia. Cada país protegerá adecuadamente y efectivamente los derechos de propiedad intelectual con base en el principio de Trato Nacional15 y asegurará el cumplimiento efectivo de estos derechos, tanto en el país como en las fronteras. El tratado define compromisos específicos sobre protección de: derechos de autor y fonogramas patentes marcas diseños industriales, secretos industriales circuitos integrados(semiconductores) indicadores geográficos Respecto a los derechos de autor, las obligaciones de los países miembros son entre otros los siguientes: proteger los programas de cómputo como obras literarias y bases de datos como compilaciones; conceder derechos de renta para los programas de cómputo y fonogramas; estipular un plazo de protección de por lo menos 50 años. De igual forma, lo referente a patentes, el tratado otorga protección a las invenciones mediante la concesión de patentes para productos y procesos de todo tipo de inventos, incluidos los farmacéuticos y agroquímicos. Asimismo eliminar cualquier régimen especial para productos particulares, cualquier disposición para la adquisición de los derechos de patentes, el goce de derechos de patentes que se otorguen localmente. __________________________ 15 Trato nacional: La mercancía importada y las producidas en el país deben recibir el mismo trato. Dar a los demás el mismo trato que a los nacionales. 21 También se consideran otros derechos de propiedad intelectual donde el tratado establece reglas para proteger a las marcas y señales codificadas emitidas por satélites, secretos industriales en general, circuitos integrados e indicaciones geográficas para proteger a los titulares de las marcas y autores. Por último, en este tema también se establece que cada país otorgará a las inversiones de inversionistas de países del tratado, trato justo y equitativo, así como plena protección acordes con el derecho internacional. 1.4 Leyes Básicas del Comercio Exterior En este apartado se analizó solamente las 3 leyes básicas que regulan el comercio exterior de nuestro país, nos referiremos a ellas distinguiéndolas, sólo para efectos didácticos como leyes en materia aduanera, que son la Ley de Comercio exterior, La Ley Aduanera y La Ley del Impuesto general de Importación y Exportación. Ley de Comercio Exterior La ley de comercio exterior es un ordenamiento que tiene por objeto regular y promover el comercio exterior, incrementar la competitividad de la economía así como integración con la internacional, defender a la planta productiva de las prácticas desleales de comercio internacional y de las restricciones y regulaciones no arancelarias como instrumentos de política comercial. Explicita las facultades del ejecutivo en materia de comercio exterior. En esta ley se dice cuándo, cómo y quién será competente para establecer restricciones y regulaciones no arancelarias al comercio exterior, y también dentro de su texto se incluye lo que se conoce como Código antidumping de OMC, que ha dado nacimiento a la figura jurídica denominada ‘cuota compensatoria’. Esta ley, presenta todos los instrumentos y elementos necesarias para el control de la entrada y salida de mercancías del territorio nacional vigilando el cupo de las barreras no arancelarias: permisos previos, cupos máximos, arancel cupo, cuotas compensatorias, restricciones extraordinarias de diseña la Secretaría de Economía, pero finalmente las aplica la SHCP en las aduanas. La ley considera como formas de competencia desleal al dumping y la subvención. Por competencia desleal deberá entenderse cualquier práctica ‘dumping’ o de subvaluación,reducción o distorsión artificial de precios para ganar un mercado, aun a costa de perder dinero, pero con el objetivo claro de destruir a la competencia y monopolizar. También se entenderá por competencia desleal a todo aquel subsidio que reciba un productor de su estado y que le permita vender mercancía a precios por debajo de los considerados como normales en el mercado doméstico de que se trate. 22 En la práctica del dumping o de subsidio no son sancionables a priori, sino que para ser considerados como práctica desleal resulta indispensable que se pruebe ante las autoridades aduaneras, que dichas prácticas causan o amenazan con causar daño a la planta nacional, y de esta conjunción de factores, dumping y daño, es que se deriva o se resuelve, el imponer una cuota compensatoria a objeto de agrupar el precio de los bienes a su valor real. Ley Aduanera Respecto a la Ley Aduanera, en su artículo primero para efectos de esta tesis La Ley Aduanera se ha considerado como una ley básica para la investigación, la cual tiene como objetivo regular la entrada al territorio nacional y la salida del mismo de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen, el despacho aduanero y los hechos o actos que deriven de este o de dicha entrada o salida de mercancías. La Ley Aduanera contiene todos los procedimientos que las personas morales o personas físicas, tienen que llevar a cabo en sus operaciones de comercio exterior es decir quienes introducen mercancías al territorio nacional o las extraen del mismo. Referente a las regulaciones y restricciones no arancelarias en esta Ley, quienes introduzcan o extraigan mercancías están obligados a transmitir en documento digital o electrónico como anexo del pedimento, el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias, todos los regímenes están sujetos al cumplimiento de dichas regulaciones y restricciones no arancelarias, sin el cumplimiento de estas regulaciones no se podrá llevar acabo sus operaciones de importación o exportación; y el agente aduanal será el responsable de la revisión de la veraz información en cualquier régimen aduanero sobre el cumplimiento de una regulación y restricción no arancelaria, siempre que el contribuyente no le oculte información de las mercancías o no sea visible en la revisión. Ley del Impuesto General de Importación y Exportación Esta ley del impuesto general de importación y exportación la conforman solo 2 artículos, el primero presenta la Tarifa de la ley del impuesto general de importación y exportación (TIGIE), y en el segundo artículo a las reglas generales que son las mismas del sistema armonizado y las reglas complementarias. La tarifa TIGIE del artículo primero de esta ley está integrada por 98 capítulos y dividida en 22 secciones que se identifican con números romanos sin que dicha numeración afecte la codificación de las fracciones arancelarias. Esta ley es un catálogo que identifica y describe por su nombre asignando una fracción arancelaria a cada mercancía, su descripción, unidad de medida y el impuesto ad-valorem al comercio exterior. Se trata de un listado de mercancías clasificadas de acuerdo a los lineamientos del sistema armonizado, en un orden secuencial que va de lo simple a lo complejo; de lo general a lo especifico; de lo 23 natural a lo industrial; de la materia prima al producto manufacturado; de los metales a la maquinaria; que va de los animales vivos a las obras de arte. El diseño de su estructura es el mismo al del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. 1.5 Leyes federales y sus reglamentos En el desarrollo de este apartado se estudió algunas de las leyes federales que rigen las operaciones de comercio exterior, que de alguna manera están vinculadas con las leyes anteriores, pero que deberán aplicar también de manera directa a los supuestos del comercio internacional ante la aduana Código Fiscal de la Federación: cuyas normas son indispensables en materia de conceptos fiscales elementales, derechos al contribuyente y facultades generales de la autoridad; delitos fiscales; actos de comprobación y visitas domiciliarias o auditorias de comercio exterior y los procedimientos administrativos de defensa. Ley del Impuesto al Valor Agregado: que dispone específicamente de definiciones y normas sobre lo que deberá entenderse y cómo deberá juzgarse el hecho grabado en materia de importación y exportación de bienes y servicios; así como exenciones, infracciones y multas específicas que le resultan aplicables en materia aduanera. Ley del Impuesto Sobre la Renta: que contiene algunas disposiciones sobre transacciones de comercio internacional, que inciden y producen efectos sobre el régimen de este impuesto, derivado de la obligación tributaria que suponen las declaraciones en pedimento y documentación que soporta a este último. Ley Federal de Derechos: que contiene las disposiciones relativas a las causas y pago de cierto derechos que deben cubrirse a la Federación por la prestación directa de servicio público de aduanas, almacenaje, tránsitos y trámites. Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos: en este ordenamiento encontraremos el impuesto que se impone adicionalmente a la importación de vehículos de transporte de pasajeros(10), camioneta de carga con capacidad hasta 3 toneladas incluyendo tipo panel y otros más. Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: este impuesto se causa por la importación de bebidas alcohólicas, vinos cervezas, cigarrillos, gasolinas y diésel entre otros productos. Ley Federal de Sanidad Vegetal: En esta ley que tiene como función prevenir la introducción al país de plagas que afecten los vegetales, sus productos o subproductos y ejercer el control fitosanitario en la movilización nacional, importación y exportación de vegetales, sus productos o subproductos y agentes causales de problemas fitosanitarios. 24 Ley Federal de Sanidad Animal: En materia de comercio exterior esta ley tiene como objeto Identificar las mercancías pecuarias de importación que estarán sujetas al cumplimiento de las disposiciones emitidas por las autoridades zoosanitarias y aduaneras en punto de entrada al país, por la fracción arancelaria correspondiente, así como publicarlas en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Salud es la encargada conjuntamente con la Secretaría de Economía. Ley Federal de Salud: Esta ley federal tendrá que establecer un control sanitario de la importación y exportación de estupefacientes, substancias psicotrópicas y productos o preparados que los contenga, requieren autorización de la Secretaría de Salud. Dichas operaciones podrán realizarse únicamente por la aduana de puertos aéreos que determine la Secretaría de Salud en coordinación con las autoridades competentes. Ley Federal Sobre Metrología y Normalización: Esta Ley en materia de comercio exterior tendrá que establecer los requisitos para la fabricación, importación, reparación, venta, verificación y uso de los instrumentos para medir y los patrones de medida; requisitos y especificaciones que empresas que quieran llevar a cabo operaciones de comercio exterior tendrán que cumplir. Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos: Este ordenamiento establece que las armas que se importen deberán someterse a permisos ordinarios o extraordinarios, cuando las armas, objetos y materiales de importación o exportación comercial se encuentren en poder de la aduana respectiva, los interesados lo comunicarán a la Secretaría de la Defensa Nacional para que ésta designe representante que intervenga en el despacho aduanal correspondiente, sin cuyo requisito no podrá permitirse el retiro del dominio fiscal o la salida del paísLey Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos: En materia de comercio exterior esta Ley establece que los monumentos históricos o artísticos de propiedad particular podrán ser exportados temporal o definitivamente, mediante permiso del Instituto Nacional de Antropología e Historia, así también prohíbe la exportación de monumentos arqueológicos, salvo canjes o donativos a Gobiernos o Institutos Científicos extranjeros. Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear: Por conducto de la Secretaría de Energía llevará a cabo la importación y exportación de materiales y combustibles nucleares, con la participación que corresponda a otras dependencias. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: En este ordenamiento establece que a la SEDENA le compete Intervenir en la importación y exportación de toda clase de armas de fuego, municiones, explosivos, agresivos químicos, artificios y material estratégico; a la Secretaría de Marina Adquirir, diseñar y fabricar armamento, municiones, vestuario, y toda clase de medios navales e ingenios materiales, así como intervenir en la importación y exportación de éstos, cuando, sean de uso exclusivo de la Secretaría de Marina-Armada de México. 25 A la SEMARNAT Imponer, con la participación que corresponda a otras dependencia y entidades, las restricciones que establezcan las disposiciones aplicables sobre la circulación o tránsito por el territorio nacional de especies de la flora y fauna silvestres procedentes del o destinadas al extranjero, y promover ante la Secretaría de Economía el establecimiento de medidas de regulación o restricción a su importación o exportación, cuando se requiera para su conservación y aprovechamiento. A la Secretaría de Energía le corresponde regular y, en su caso, expedir normas oficiales mexicanas en materia de seguridad nuclear y salvaguardias, incluyendo lo relativo al uso, producción, explotación, aprovechamiento, transportación, enajenación, importación y exportación de materiales radioactivos, así como controlar y vigilar su debido cumplimiento. A la Secretaría de Economía le corresponde Estudiar, proyectar y determinar los aranceles y fijar los precios oficiales, escuchando la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; estudiar y determinar las restricciones para los Artículos de importación y exportación, y participar con la mencionada Secretaría en la fijación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos al comercio exterior. Es función de la Secretaría de Salud Realizar el control higiénico e inspección sobre preparación, posesión, uso, suministro, importación, exportación y circulación de e drogas y productos medicinales, a excepción de los de uso veterinario que no estén comprendidos en la Convención de Ginebra así como comestibles y bebidas. 1.6 Acuerdos y Decretos del Ejecutivo Federal Los Decretos del presidente de la República o bien del Ejecutivo Federal tiene como objeto regular algún caso concreto, mismos que se expresan mediante un acto de carácter administrativo, el cual debe ser refrendado por el secretario del Ramo a quien competa la materia, que por supuesto debe ser publicado en DOF. Por ejemplo “decreto por medio del cual se establece el esquema arancelario de transición al régimen comercial general del país, para el comercio, restaurantes, hoteles y ciertos servicios, ubicados en la franja fronteriza norte del país” de fecha 22 de diciembre de 1995, refrendado por los secretarios de Hacienda y crédito Público y de Comercio respectivamente, y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1995. Acuerdos Los Acuerdos también son decisiones tomadas por el Ejecutivo federal pero no necesariamente por el presidente sino por la secretaría del Ramo correspondiente, son útiles para regular alguna situación concreta y se expresan mediante un acto administrativo y para tener validez deberá ser publicado en el DOF. Por ejemplo: “Acuerdo que modifica al diverso que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría del medio ambiente, recursos naturales y pesca del 27 de junio de 1996, suscrito por los secretarios de SEMARNAP y SECOFI respectivamente y publicado en DOF del 3 de julio de 1996. 26 Es por eso, que la mayor parte de la información que se manejó en este trabajo de investigación, está respaldada por decretos y acuerdos, que el ejecutivo federal publica en el Diario Oficial de la Federación, para que tengan vigencia y legitimidad, ya que este trabajo es más practico que teórico. Así mismo se estudió y se respaldó la información de las leyes básicas de comercio exterior y sus reglamentos, por que como ya se analizó, cualquier empresa o persona física interesada en llevar a cabo una operación de comercio exterior, debe apegarse a las leyes y reglamentos que el poder ejecutivo publica en dicho Diario Oficial de la Federación (DOF), para hacer pública la información a cualquier ciudadano interesado. 27 CAPÍTULO II LAS REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS Y EL SISTEMA MEXICANO DE DEFENSA CONTRA PRÁCTICAS DESLEALES. 28 CAPÍTULO II Las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias y el Sistema Mexicano de Defensa contra Prácticas Desleales. Este capítulo tiene como objetivo dejar bien definido que son las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias, como se establecen en el sistema mexicano como barreras al comercio exterior, cuales son las principales regulaciones y restricciones no arancelarias que se establecen en mercancías para el comercio exterior. Así mismo se revisó los artículos de las leyes que rigen el comercio exterior, donde se mencionan a las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias; y se analizó el papel tan importante que tiene la COCEX (Comisión de Comercio Exterior) en la toma de decisiones sobre la fijación de estas Regulaciones y Restricciones No Arancelarias y como se lleva a cabo y con qué fin la política de comercio exterior de México. Con este análisis en este capítulo se pretende ver el papel importante de las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias implementadas a bienes como barreras al comercio exterior siempre con el objetivo de brindar bienestar social para la sociedad mexicana, según decretos y leyes. 2.1 Medidas sobre Regulaciones y Restricciones No Arancelarias a la importación y exportación de mercancías. Las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias son medidas que establece la administración pública, en este caso el gobierno mexicano, para controlar la entrada, salida, circulación y tránsito de las mercancías de comercio exterior, a diferencia de un arancel en el cual se tiene que pagar un impuesto, estas medidas son barreras que por objetivo tienen limitar o restringir la importación o exportación de mercancías para proteger la planta productiva y las economías nacionales, para conservar bienes escasos, por cuestiones de medio ambiente, para resguardar la salud, sanidad animal, sanidad vegetal, y por ende garantizar a los consumidores buena calidad de bienes adquiridos y consumidos. Estas medidas son casi tan importantes como los aranceles, es por eso que debe ser necesario conocer estas limitaciones. Ya que en muchos casos, aunque el exportador pueda obtener una preferencia arancelaria para su producto en el marco de un acuerdo o tratado de libre comercio, al llegar a la aduana del país importador la mercancía puede ser detenida por qué no cumple con alguna restricción no arancelaria.16 Estas medidas se pueden clasificar en dos clases, como barreras no arancelarias cuantitativas que se refieren a aquellas que establecen cantidades máximas de productosa importar. Y las barreras no arancelarias cualitativas, que se refieren a las características físicas de los artículos y su proceso de producción. _______________________ 16 Revista Comercio Exterior, Vol.59, Num.10, Octubre 2009. P. 774. 29 Estas medidas se establecen a través de acuerdos expedidos por la Secretaría de Economía o, en su caso, conjuntamente con la autoridad competente (SAGARPA, SEMARNAT, SEDENA, SALUD, SEP, etc.), dichas medidas se establecerán en las importaciones, circulación o tránsito de mercancías en las siguientes circunstancias: a) Para corregir desequilibrios en la balanza de pagos. b) Para regular la entrada de bienes usados o que en su país de origen carezcan de demanda. c) Conforme a los Convenios y Tratados en los que México participe. d) Por consecuencia de restricciones aplicadas a mercancías exportadas de México, y e) Cuando las NOM´s no cubran situaciones que afecten a los consumidores referentes a Seguridad nacional, salud pública, sanidad fitopecuaria o ecología.17 Mientras que las medidas de Regulación y restricción no arancelarias se aplicaran a las exportaciones de mercancías en las siguientes circunstancias: a) Conforme a los convenios y tratados en los que México participe b) Para asegurar el abasto de productos de consumo básico de la población. c) Para conservar fauna y flora en peligro de extinción; y por otra parte para conservar bienes de valor históricos. d) Cuando las NOM´s no cubran situaciones que afecten a los consumidores referentes a Seguridad nacional, salud pública, sanidad fitopecuaria o ecología. 18 Todas las medidas de regulaciones y restricciones no arancelarias deberán ser aprobadas por la Comisión de Comercio Exterior (COCEX), esta comisión toma una decisión partiendo de un análisis económico, elaborado por la dependencia correspondiente valorando los costos y beneficios que impactarían a la población, y posteriormente ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación para hacer conocimiento de las reformas o nuevas regulaciones y restricciones no arancelarias impuestas a mercancías, excepto que sea una situación de emergencia como por ejemplo que se esté dañando a la industria mexicana con la importación de dichas mercancías lo cual afecte a la industria nacional y solo en estos casos no se tomara la opinión y aprobación de la COCEX. Por otra parte, en materia más operativa la Ley Aduanera en su artículo 21 menciona que cuando las mercancías que se ingresaran o extraigan del territorio nacional podrán ser entregadas siempre y cuando las mercancías hayan cumplido con las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias; en caso de que las autoridades aduaneras descubran que las mercancías se encuentran sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias y no se encuentre documentación que acredite su cumplimiento, se procederá al embargo precautorio de las mercancías. Y se procederá la suspensión en el padrón de importadores y/o padrón de importadores de Sectores Específicos cuando de la misma forma se haya presentado documentación falsa para acreditar el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias al momento de la importación.19 _______________________ 17 Artículo 16 de la Ley de Comercio Exterior, 2006. 18 Artículo 15 de la Ley de Comercio Exterior, 2006. 19 Articulo 21 Ley Aduanera, Art.133 Reglamento Ley Aduanera y 1.3.4.Regla en Materia de Comercio Exterior. Compendio de Comercio Exterior 2014 ISEF. 30 Mientras que quienes introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional para destinarlas a un régimen aduanero, estarán obligados a transmitir en documento electrónico o digital como anexos al pedimento, el cual deberá contener información que compruebe el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias a la importación, que se hubieran expedido de acuerdo con la Ley de Comercio Exterior, siempre y cuando estas se publiquen en el DOF como antes se ha mencionado y que se identifiquen en términos de la fracción arancelaria y de la nomenclatura que les corresponda de la Tarifa de la Ley de Impuestos Generales de Importación y Exportación; complementando el requerimiento el reglamento indica que se deberá anexar al pedimento copia fotostática del permiso previo y al momento de realizar el ultimo descargo anexar el original al pedimento final. Y se podrá tramitar la operación siempre y cuando se anexe al pedimento, en su caso, el documento que compruebe el cumplimiento de las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias, aplicables en la fecha del pago de las contribuciones correspondientes. Si la mercancía se encuentra sujeta a permiso o cupo, se anotará en el pedimento la firma electrónica que demuestre el descargo total o parcial de dicho permiso o cupo.20 Por otra parte la misma Ley Aduanera indica que no se pagaran impuestos al comercio exterior en mercancías que sean donadas para ser destinadas a fines culturales, de enseñanza o investigación, siempre y cuando cumplan con las regulaciones y restricciones no arancelarias; siendo así en lugar de retornar o destruir los bienes o desperdicios que empresas importan temporalmente, podrán efectuar la donación de los mismos a personas autorizadas para recibir donativos, siempre y cuando se cumpla con las regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables al régimen que se destinen.21 Estas medidas no arancelarias se identifican en términos de sus fracciones arancelarias y nomenclatura que le corresponda de acuerdo con la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación y de Exportación. Las medidas pueden ser cupos máximos, permisos previos, marcado de país de origen, certificaciones, cuotas compensatorias y NOM´s, las cuales se analizaron con más precisión en el desarrollo de este apartado. _______________________ 20 Articulo 36 Ley Aduanera, Art.58 Reglamento Ley Aduanera y 2.5.1.Regla en Materia de Comercio Exterior. Compendio de Comercio Exterior 2014 ISEF. 21 Articulo 61 Ley Aduanera, Art.159 Reglamento Ley Aduanera y 1.6.8.Regla en Materia de Comercio Exterior. Compendio de Comercio Exterior 2014 ISEF. 31 2.2 Clasificación de las principales medidas regulatorias al comercio exterior. 2.2.1 Permiso Previo. El permiso previo es una regulación no arancelaria controlada por la Secretaría de Economía aplicada a la importación y exportación de bienes agrícolas (bienes sensibles), se utiliza para resguardar la seguridad nacional y la salud de la población, para preservar la flora y la fauna, así como controlar la explotación de los recursos naturales, esta medida controla en general a la importación a mercancías usadas, como lo son vehículos, ropa, computadoras, llantas, etc. Los permisos previos que la Secretaría de Economía emita deberán como cualquier regulación y restricción no arancelaria, ser aprobadas por la Comisión de Comercio Exterior (COCEX), para que toda la información de esta medida se dé a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) como son el formato de la solicitud, los requerimientos y el procedimiento para llevar acabo el trámite. La información que los permisos previos contienen son las modalidades, condiciones, vigencia, el valor y la cantidad o volumen de la mercancía, información y condiciones que se tendrán que cumplir y sujetarse a ella.22 Quien solicite un permiso previo tendrá que proporcionar información referente a la sociedad interesada en la solicitud, como el nombre o razón social, giro principal del solicitante, régimen que se solicita, fracción arancelaria y descripción detallada de la Tarifa Arancelaria, la cantidad y valor solicitado y el país de origen o destino.23 Todos los trámites relacionados con la importación, exportación y tránsito de mercancías sujetas a un permiso
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