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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA 
 DE MÉXICO 
 
 FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES 
 ARAGÓN 
 
 
 
 
“LA IMPLEMENTACION DE LA FIGURA DEL 
NOTIFICADOR EN EL REGLAMENTO 
MUNICIPAL DE JUSTICIA CIUDADANA EN EL 
MUNICIPIO DE NEZAHUALCOYOTL.” 
 
 
 
 T E S I S 
 
 QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE 
 
 LICENCIADO EN DERECHO 
 
 P R E S E N T A: 
 
OMAR SANCHEZ RAMOS 
 
 
 
 
ASESOR: 
LIC. MARIO CHAVARRIA ESPEJEL 
 
 
 
 
 
 
 
 
 MÉXICO, ARAGÓN 2010 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
Tesis Digitales 
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respectivo titular de los Derechos de Autor. 
 
 
 
 
 
 
AGRADEZCO A DIOS: 
Por haberme dado una hermosa familia y la oportunidad de superarme y conseguir 
este importante logro en mi vida. 
 
 
 
 
 
 
 
 
A MI MADRE: 
Carmen Ramos Cuellar. 
Por confiar siempre en mí, por darme todo el amor y comprensión, por educarme, 
aconsejarme y hacer de mí la persona que soy, te amo mami. 
 
 
 
 
 
A MI PADRE: 
Ángel Sánchez Ramírez. 
Por darme la oportunidad de estudiar, por brindarme tú apoyo incondicional, por ser 
mi guía e inculcarme el amor a la abogacía, te amo viejo. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
A MIS HERMANOS: 
Miguel Ángel. 
Víctor Manuel. 
Adriana Alejandra. 
Roberto Hugo. 
 
Por haberme dado su ejemplo, apoyo, cariño y aliento en todo momento, los quiero 
mucho. 
 
 
 
 
A MIS SOBRINOS: 
Angélica Paulina. 
Miguel Adrian. 
Daniela. 
Elizabeth Fernanda. 
Maximiliano. 
Alexa Fernanda. 
Ángel Leonardo. 
Antonio Sebastián. 
Diego. 
 
 Por estar presentes y ser parte importante en mi vida, esperando que algún día 
cumplan todas sus metas. 
 
 
 
 
 
 
 
 
A MI CHICA: 
Yuliana Trejo Sánchez. 
Por apoyarme, aconsejarme y recorrer esta camino junto a mi, por ser parte de mi 
vida todo este tiempo, te amo. 
 
 
 
A MI OTRA FAMILIA, MIS AMIGOS: 
Ricardo, José Antonio, Oscar, Israel, Alejandro, Hugo, Eber, Jaime, Antonio 
Garduño. 
Por aguantarme tantos años, por brindarme su amistad, por compartir tantas cosas 
conmigo y estar incondicionalmente a mi lado, de verdad muchas gracias, y sin 
perder la virilidad, los quiero mucho muchachos 
 
 
 
AL LICENCIADO MARIO CHAVARRIA ESPEJEL: 
Por asesórame y darme todo su apoyo en la elaboración del presente trabajo, ya que 
si él, esto no seria posible. 
 
 
 
 
A MIS COMPAÑEROS: 
Guillermo, Oscar, Alma, Rocio, Adriana, Imazul, Beto Arambula, Alfonso Chiñas, 
Karla, por todos los momento que compartimos juntos, por brindarme su amistad. 
 
 
 
 
 
 
 
A MIS PROFESORES: 
Gracias por compartir sus conocimientos y enseñanzas fomentando en mi el deseo 
de supéreme, el amor a la carrera y el deseo de ser alguien mejor cada día. 
 
 
 
 
 
A MI AMADA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO: 
Por darme la oportunidad de ser parte de ella, por formarme profesionalmente, por 
hacer de mi una mejor persona, porque gracias a ella puedo decir que soy abogado y 
los mas importante, lo que me llena mas de orgullo, puedo decir que soy 
UNIVERSITARIO, te estaré eternamente agradecido. 
 
 
 
 
 
 
“PROPUESTA DE IMPLEMENTAR LA FIGURA DEL NOTIFICADOR EN EL 
REGLAMENTO MUNICIPAL DE JUSTICIA CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE 
NEZAHUALCÓYOTL” 
 
ÍNDICE 
 
INTRODUCCIÓN 
Págs. 
 
CAPITULO I 
PANORÁMICA HISTÓRICA DEL MUNICIPIO DE NEZAHUALCÓYOTL 
 
1.1 Surgimiento y evolución del Municipio. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 
1.2 Marco legal del Municipio. . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . .. . . . .. . . . . . . . . 10 
1.3 Características del Municipio. . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . 14 
1.4 Estructura administrativa del Municipio de Nezahualcóyotl. . . . . .. . . . 17 
 
CAPÍTULO 2 
CONCEPTOS GENERALES 
 
2.1 Concepto de Derecho Administrativo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .21 
2.2 Concepto de Administración Pública. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29 
2.3 El Acto Administrativo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 
2.4 Procedimiento Administrativo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42 
 
CAPITULO 3 
FUNDAMENTO LEGAL DE LAS OFICIALÍAS CONCILIADORAS Y 
CALIFICADORAS EN NEZAHUALCÓYOTL 
 
3.1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. . . . . . . . . . . . 75 
3.2 Constitución Política del Estado libre y Soberano de México. . . . . . . . 78 
3.3 Ley Orgánica Municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79 
3.4 Bando Municipal del Municipio de Nezahualcóyotl. . . . . . . .. . . . . . . 84 
3.5 Reglamento Municipal de justicia ciudadana del Municipio de 
Nezahualcóyotl . . . . . .. . . . . . . . . . . .. . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 85 
 
CAPITULO 4 
LA INOPERANCIA DE LAS MEDIDAS DE APREMIO CONTEMPLADAS EN EL 
ARTICULO 76 DEL REGLAMENTO MUNICIPAL DE JUSTICIA CIUDADANA 
EN NEZAHUALCÓYOTL. 
 
4.1 Planteamiento del problema . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 94 
4.2 Sujetos, actividad y finalidad que tiene las Oficialías Conciliadoras 
 en Nezahualcóyotl . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .97 
4.3 Competencia, conciliaciones y tipos de citatorios que se expiden 
en las Oficialías Conciliadoras en Nezahualcóyotl . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100 
4.4 Estadística de citatorios. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 104 
4.5 Propuesta de implementar la figura del Notificador en el Reglamento 
Municipal de Justicia Ciudadana en el Municipio de Nezahualcóyotl. . . .106 
 
CONCLUSIONES. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 114 
 
BIBLIOGRAFÍA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .118 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
INTRODUCCIÓN 
 
 La presente tesis versara acerca de los motivos por los cuáles es 
importante que se implemente la figura jurídica del Notificador en el Reglamento 
Municipal de justicia ciudadana de Nezahualcóyotl, por lo que primeramente 
debemos saber que el reglamento es una norma jurídica de carácter general 
dictada por el poder ejecutivo, su rango en el orden jerárquico es inmediatamente 
inferior a la ley, por lo que en este caso la creación de dicha figura se realizaría 
mediante sesión del cabildo. Municipal de Nezahualcóyotl y su aplicación sería 
únicamente a nivel municipal. 
 
 De igual forma es importante saber que el Municipio de Nezahualcóyotl, es 
un Municipio en crecimiento, tanto a nivel económico, como cultural y por lo pronto 
estético, ya que cuando existe un avance económico, la mayoría de la población 
se supera y luego entonces las casas, avenidas, centros comerciales son 
mejorados y aumenta la plusvalía. 
 
 El Municipio de Nezahualcoyotl es uno de los 125 municipios que conforma 
el Estado de México y uno de reciente creación, ya que fue en el año 1963 cuando 
se erigió, cuenta con 63.44 kilómetros cuadrados, quecorresponde al 9.4% del 
total del territorio del Estado de México, mismo que se integro con territorios de los 
municipios de Chimalhuacán, Los Reyes la Paz, Texcoco, Ecatepec y Atenco, por 
lo cual dichos Municipios en conjunción con el Distrito Federal están en 
colindancia con Nezahualcóyotl. 
 
 A efecto de explicar los motivos que originaron la realización del presente 
trabajo de investigación, es por lo que en el primer capítulo denominado 
Panorámica Histórica del Municipio de Nezahualcóyotl, veremos el surgimiento y 
la evolución del Municipio, remontándonos a los años de la creación de nuestro 
Municipio en estudio, obviamente analizaremos las legislaciones en donde existen 
artículos expresos que son fundamento para la actividad del Municipio; así mismo 
veremos las características qué deben tener en sí los Municipios, para estar 
conformados como tales, es necesario también abarcar como está integrada su 
estructura administrativa para poder entender como va a trabajar su Ayuntamiento 
que es el que lleva el control político, administrativo, económico, recaudatorio, etc. 
 
En nuestro capítulo 2, llamado Conceptos Generales, abarcaremos en 
forma amplísima el concepto de Derecho Administrativo que es la rama del 
Derecho que se encarga precisamente de estudiar todo lo inherente al Municipio, 
también es importante saber lo que es la administración pública, ya que en forma 
específica este concepto nos señala la forma en cómo el gobierno y en forma 
específica por lo que hace a nuestro tema, el gobierno municipal se va a encargar 
de administrar los recursos económicos, de igual forma debemos saber a lo que 
se le entiende acto administrativo y procedimiento administrativo, temas que 
abarcaremos en este capítulo, en razón de que nuestra propuesta de tesis estaría 
contemplada en un ordenamiento dependiente del poder ejecutivo y en forma 
escalonada, nuestro reglamento es de jerarquía municipal, por lo que la figura del 
Notificador que pretendemos sea creada y regulada en el Reglamento Municipal 
de Justicia Ciudadana, tendría que ver con los conceptos en cita, motivo por lo 
cual en el apartado correspondiente se realizara el estudio respectivo para lograr 
un mejor entendimiento. 
 
En nuestro capítulo 3, denominado Fundamento Legal de las Oficialías 
Conciliadoras y Calificadoras en Nezahualcóyotl, ya nos introduce en forma más 
específica a nuestro propio tema de investigación, analizando primeramente 
nuestra Carta magna que en el orden jerárquico es la de mayor rango, por lo que 
estudiaremos los preceptos legales contemplados en nuestra Constitución Política 
de los Estados Unidos Mexicanos, después de ver esta legislación, analizaremos 
la Constitución Política del Estado libre y Soberano de México, ya que toda vez 
que hablamos del Municipio de Nezahualcóyotl, que forma parte del Estado de 
México, es preciso analizar su Constitución que regula las leyes propias del 
Estado, así mismo y viendo las legislaciones en el orden jerárquico de aplicación 
se debe estudiar lo instaurado en la Ley Orgánica Municipal, también 
estudiaremos el Bando Municipal del Municipio de Nezahualcóyotl que es la 
legislación aplicable en forma específica a nuestro Municipio en estudio y por 
último analizaremos el Reglamento Municipal de Justicia Ciudadana del Municipio 
de Nezahualcóyotl, siendo precisamente este último ordenamiento en donde 
estaría contemplada nuestra propuesta. 
 
Nuestro cuarto y último capítulo, llamado de la Inoperancia de las Medidas 
de Apremio Contempladas en el Artículo 76 del Reglamento Municipal de Justicia 
Ciudadana en Nezahualcóyotl, es un tema que escogimos debido a que nuestra 
propuesta de tesis, surge precisamente de la inoperancia de las medidas de 
apremio contempladas en el artículo en referencia, ya que el Oficial Conciliador y 
Calificador que es la Autoridad que se encuentra en las Oficialías es el encargado 
de impartir justicia por lo que hace a las faltas administrativas que se comentan 
dentro del territorio del Municipio de Nezahualcoyotl y en el momento en que 
determinará aplicar alguna medida de apremio sería motivo de que el afectado 
interpusiera una demanda de garantías, por tales razones es que en nuestro punto 
de vista realizáremos primeramente el planteamiento del problema que 
consideramos existe, posteriormente veremos a los sujetos, la actividad y finalidad 
que tiene las Oficialías Conciliadoras en Nezahualcoyotl, competencia, 
conciliaciones y tipos de citatorios que se expiden en las Oficialías Conciliadoras 
en Nezahualcóyotl; así mismo anexaremos en este capítulo datos de estadísticas 
de los citatorios que se realizan en las diversas oficialías que se encuentran dentro 
del territorio Municipal, en razón a todo lo que conforma la presente Tesis, 
realizaremos nuestra propuesta para implementar la figura del notificador en el 
reglamento municipal de justicia ciudadana en el Municipio de Nezahualcóyotl, 
debiendo ser en este caso una persona que este capacitada y reunir requisitos 
esenciales para su nombramiento, deberá de contar con título de Licenciado en 
Derecho, que goce de buena reputación, no haber sido condenado por delito 
grave, ser de nacionalidad mexicana y no tener proceso jurídico de ninguna 
institución gubernamental. 
 
Esperando que la presente investigación les sea interesante y de utilidad, 
sobre todo para las personas que habitan o cruzan el Municipio de 
Nezahualcoyotl, desarrollaremos los temas señalados en los cuatro capítulos que 
la integran, proponiendo en nuestro último capítulo la reforma legal relacionada 
precisamente con el tema que intitula la presente. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Capítulo 1 
Panorámica Histórica del Municipio de Nezahualcóyotl. 
 
1.1 Surgimiento y evolución del municipio. 
 
 El Municipio de Nezahualcóyotl, se encuentra ubicado en colindancia con 
Municipios que van en crecimiento como lo es el Municipio de Chimalhuacán y el 
de La Paz, así mismo tiene Colindancia con otro de los Municipios importantes y 
de gran amplitud geográfica como lo es Ecatepec de Morelos, más importante aún 
es la colindancia que tiene con Delegaciones del Distrito Federal, siendo estas 
Gustavo A. Madero e Iztapalapa, por esta última colindancia es precisamente que 
se le cataloga como área Metropolitana y en el ámbito de determinados 
reglamentos legales se ve afectado o beneficiado con esta circunstancia; sin 
embargo, nos remontaremos a los principios o creación de nuestro Municipio en 
comento. 
 
Nezahualcóyotl es uno de los 125 municipios que conforma el Estado de 
México y uno de reciente creación, ya que fue en el año 1963 cuando se erigió, 
tomando como nombre el del gran poeta prehispánico Acolmiztli Nezahualcóyotl, 
señor de Texcoco, cuyo significado proviene de las raíces náhuatl Nezahual, 
ayunar y coyotl, coyote, el cual fue puesto por el entonces gobernador 
constitucional del Estado de México Gustavo Baz Prada. 
 
La erección como tal se dio el 23 de abril de 1963, por parte de la 
legislatura local, aunque existen datos que la erección oficial del municipio 
correspondió a la XLI legislatura del Estado de México, la cual expidió, el 18 de 
abril de 1963, el decreto numero 93, publicado en la Gaceta de Gobierno del 
Estado de México. 
 
Este municipio cuenta con 63.44 kilómetros cuadrados, que corresponde al 
9.4% del total del territorio del Estado de México, el cual se integro con territorios 
de los municipios de Chimalhuacán, Los Reyes la Paz, Texcoco, Ecatepec y 
 
Atenco, siendo el municipio 120 del Estado de México, contando con una 
población de un millón doscientos veintiséis mil personas en 85 colonias. Limita al 
norte con el municipio de Ecatepec de Morelos y la zona federal del Lago de 
Texcoco; al noroeste con la Delegación Gustavo A. Madero del Distrito Federal; al 
noreste con los municipios Texcoco y San SalvadorAtenco; al este con los 
municipios La Paz y Chimalhuacán; al oeste con las Delegaciones Gustavo A. 
Madero y Venustiano Carranza y al sur con las Delegaciones Iztapalapa e 
Iztacalco del Distrito Federal y el Municipio Los Reyes la Paz, apreciándose que el 
Municipio de Nezahualcóyotl, está rodeado por Municipios y Delegaciones 
importantes y siendo considerado este Municipio como parte de la zona 
Metropolitana, quedando sujeto a varias disposiciones legales aplicables en el 
Distrito Federal, como lo es el Reglamento de Tránsito Metropolitano, las 
disposiciones relativas a la verificación vehicular y hoy no circula, entre otras. 
 
Los intentos de colonización de Nezahualcóyotl datan de los periodos de 
Venustiano Carranza (1914 a 1920) y Álvaro Obregón (1920 a 1924), quienes 
pusieron en venta estas tierras para que fueran pobladas y no ocasionaran 
constantes tolvaneras que azotaban el Distrito Federal, y no fue hasta el periodo 
de Pascual Ortiz Rubio (1930 a 1931) cuando estas tierras fueron adquiridas por 
particulares. Dos décadas después se da el nacimiento de las llamadas colonias 
del ex vaso de Texcoco. Este crecimiento se debió a que los fraccionadores 
compraron los terrenos desecados a los comuneros del municipio Chimalhuacán a 
precios sumamente económicos, promovieron en las colonias populares del 
Distrito Federal y mediante anuncios publicitarios en la radio, la venta de los 
mismos con pagos, incluso, semanales, lo cual motivó a quienes deseaban un 
espacio propio para vivir. De tal manera que para 1952 las colonias del ex vaso de 
Texcoco se integraban por la Agua Azul, Atlacomulco, Nezahualcóyotl, Villada, El 
Porvenir, Maravillas, El Sol, Juárez Pantitlán, México, Tamaulipas, Evolución, 
Estado de México y Raúl Romero. 
 
 
“La población de Nezahualcóyotl aumento considerablemente entre 1950 y 
 
1980 al pasar de 25,000 a 1, 393,797 habitantes. Este crecimiento se puede 
considerar como único en la historia demográfica en la región del centro del país, 
de una población de 62,00 habitantes en 1960, pasa a 584,436 en 1970 y esta 
llega a más del doble en 1980”. 1 
 
Estos datos obviamente están sustentados con estadísticas realizadas por 
personal apto para hacerlas y nos revelan cifras poblacionales demasiado altas, 
sin embargo, en el surgimiento de este Municipio las condiciones de vida eran 
precarias y en la actualidad, al dar un paseo por todo Neza, podremos apreciar 
que ha tenido una evolución, económica, cultural y hasta estética. 
 
Como anteriormente habíamos hecho referencia a este punto, se hace 
notar que Nezahualcóyotl se distingue por ser el área perteneciente a la zona 
metropolitana de la Ciudad de México que registra mayor crecimiento, el 
surgimiento y desarrollo de Nezahualcóyotl mantiene estrecha relación con el 
crecimiento demográfico que ha tenido dicha Ciudad, especialmente a partir de 
1940 y muy probablemente, el mejoramiento estético y económico que ha tenido 
nuestro Municipio en estudio, se le debe precisamente al hecho de ser 
considerada área metropolitana, ya que al estar interactuando estrechamente con 
el Distrito Federal, tiene que verse panorámicamente mejor a efecto de brindarle y 
recibir ayuda recíproca con nuestro Distrito Federal. 
 
En Nezahualcóyotl la lucha por la regularización de la tenencia de la tierra y 
la instalación de mejores y mayores servicios públicos, hizo que el 9 de julio de 
1960, la Federación de Colonos del Ex Lago de Texcoco hiciera un llamado a la 
emancipación municipal para elegir representantes municipales y realizar obras en 
beneficio colectivo, en 1962, la Federación de las Sociedades de Padres de 
Familia de las colonias del vaso de Texcoco, exponen un manifiesto en el cual 
señalan que los alumnos no pueden inscribirse por insuficiencia de aulas, carencia 
de mobiliario, falta de servicios sanitarios, ausencia de material didáctico, por lo 
 
1
 GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE 
NEZAHUALCÓYOTL, Atlas Mercadológico de Ciudad Nezahualcóyotl, UTN, México 1989, pág. 4. 
 
que es indispensable la creación del municipio de las colonias del vaso, y así 
contar con autoridades electas por los colonos y que los impuestos municipales se 
invirtieran en el mejoramiento y beneficio de la zona y así atacar los problemas 
educativos.2 
 
Como en todo surgimiento, existen interese personales o bien de un circulo 
minoritario que buscar sacar beneficio de ciertos hechos, por lo que 
Nezahualcóyotl, no es la excepción y por tal manera, al comenzar a darse cuenta 
la población de las carencias que sufren en el ámbito habitacional y por supuesto 
de servicios, es lógico que comiencen a alborotarse y a crear movimientos para 
mejorar sus condiciones de vida. 
 
Dicho manifiesto hace un llamado a los colonos, obreros, comerciantes y 
profesionistas para unirse y lograr la erección del Municipio, esta situación vivida 
entre los habitantes de Nezahualcóyotl, no es fácil, pero uniendo fuerzas 
comienzan a lograr sus objetivos. 
 
El problema de la tenencia de la tierra se debió al gran número de invasores 
que se asentaron en este lugar, apoderándose de grandes extensiones de 
terreno, con lo que era difícil poder fraccionar, y poder regularizar estos terrenos, 
debiendo mencionar que en la actualidad, podemos ver colonias de 
Nezahualcóyotl, que se encuentran conformadas por predios con una extensión 
bastante considerable y hacia la zona norte de nuestro Municipio existen viviendas 
construidas en zona habitacional, es decir, departamentos o casas de interés 
social, pero precisamente a que en lo general, es un Municipio que se creo con la 
tenencia de la tierra en forma irregular es lo que provocó que unos predios sean 
menores que otros, que en sus orígenes fue provechoso para los que consiguieron 
la propiedad de dichos predios, pero en la actualidad se regular esa situación al 
pagar el impuesto predial de acuerdo al número de metros de propiedad, aunado a 
los metros construidos. 
 
2
 Ibídem, pág.5 
 
 
Por lo que debemos entender el concepto de Municipio desde el punto de 
vista etimológico quienes establece que la “La voz Municipio surge como concepto 
jurídico y por primera vez en Roma. Proviene de munus munare que significa 
carga, gravamen o prestación, recordemos que a cambio del Derecho a auto 
gobernarse los pueblos sometidos debían pagar un tributo, esto es un munus. 
Municipium es el conjunto de los obligados a pagar el tributo. Y así nace la idea de 
communis,. o sea, quien pertenece con los otros a un Municipio, debiendo 
participar con ellos de las cargas municipales, en las munus, munare o finalmente 
Municipio.3 
 
Como bien lo establece nuestro concepto en cita, los habitantes que 
conforman un Municipio, deben estar obligados a pagar su tributo a efecto de 
poder exigir los beneficios que satisfagan sus necesidades, por lo que una vez que 
una extensión de territorio se erige en Municipio como es el caso, los habitantes 
deben de cumplir con sus impuestos para poder mantenerse como Municipio, y 
para el caso de Nezahualcóyotl, podemos apreciar que su desarrollo a sido 
bastante considerable y beneficioso en todos los aspectos. 
 
Recién establecido el Municipio de Nezahualcóyotl, el primer Presidente 
Municipal, fue el Sr. Jorge Sáenz quien gobernó en el periodo 1964-1966, 
procedió a realizar todos los trámites pertinentes para elaborar el plano de 
localización de la zona del Municipio, para esto, se reunieron los planos de las 
colonias que lo integraban. A fines de 1964, se habían reunido los planos de 
colonias tales como: Raúl Romero, Metropolitana (primera, segunda y tercera 
sección), Porfirio Díaz, Evolución, Pavón, Maravillas, Estado de México, Agua 
Azul, Las Flores, por mencionar algunas. 
 
El presidente denuestra República Mexicana, Luis Echeverría Álvarez, en 
1973 da inicio a la regularización de la tenencia de la tierra mediante la 
constitución de un Fideicomiso Irrevocable de dominio, mismo que instrumentaba 
mediante el Departamento de Asociación Agraria y Colonización en el que 
 
3
 ROBLES MARTÍNEZ, Reynaldo, El Municipio, quinta edición, Ed. Porrúa, México 2002, pág. 26 
 
participaban también los fraccionadores y los consejeros. Este fideicomiso creo 
dificultades a quienes tenían el control de los colonos, al grado de que el gobierno 
del Estado de México, en 1974, interpusiera denuncias penales en contra de estos 
líderes acusados de apoderarse de docenas de lotes en la Colonia Ciudad Lago. 
El conflicto llega a su fin el 25 de junio de 1991, cuando el entonces gobernador 
Ignacio Pichardo Pagaza, (1987-1993) hizo entrega de tres mil títulos de 
propiedad, dando fin a la regularización de 160 mil lotes existentes en el Municipio 
y que los fraccionadores y coyotes habían impedido porque afectaban intereses 
particulares.4 
 
Al conformarse una sola familia, existen problemas entre sus miembros, así 
mismo, cuando se crea algún tipo de organización o asociación de cualquier 
índole, existen sus pros y contras, cuanto más cuando se crea un Municipio en la 
extensión que tiene Nezahualcóyotl, era lógico que existieran conflictos e intereses 
entre las personas interesadas en apropiarse de terrenos, motivo por lo cual, fue 
finalmente el Gobierno Federal el que se encargo de dar fin a dichos problemas, 
otorgándole sus títulos de propiedad que lo que conlleva finalmente es que una 
vez que se le a otorgado propiedad de un bien inmueble a las personas, éstas, 
están obligadas a pagar contribuciones y eso ayuda al Gobierno Federal para que 
en este caso el Estado de México y así el Municipio de Nezahualcóyotl tengan 
mayores ingresos para pagar propiamente sus servicios y no requerir en grandes 
cantidades la ayuda económica de la Federación. 
 
Algunos datos importantes después de constituido el Municipio, fueron los 
siguientes. En 1966 se termina de construir el palacio municipal, que 
posteriormente fue derribado en el periodo presidencial de Don José Luis García 
y fue hasta la gestión administrativa de Juan Alvarado Jacco que el 15 de 
septiembre de 1983 el nuevo Palacio Municipal fue inaugurado por el entonces 
gobernador Alfredo del Mazo, se incrementa la perforación de pozos para dotar de 
agua a la población. Del 15 de agosto de 1969 al 30 de junio de 1971, se 
 
4
 
 
 POHLENZ ROMAN, Alejandro. Historia del Municipio de Ciudad Nezahualcóyotl, Conferencia 
UTN 
 
electrificaron 43 colonias, quedando únicamente seis sin electrificar. 
 
El gobierno, organización política y administración interna de 
Nezahualcóyotl se integra por la cabecera municipal y una unidad administrativa 
denominada “Zona Norte”. De acuerdo con el último bando municipal del periodo 
2006-2009, el territorio del municipio cuenta con 73 colonias algunas de ellas 
divididas en secciones. 
 
En cuanto a la infraestructura, el Municipio durante la administración que 
corresponde al trienio de 1982 a 1984 el avance material y físico recibe un gran 
impulso contando ya con 23 Jardines de Niños, 336 Primarias, 83 Secundarias, 12 
Secundarias Técnicas, 24 Telesecundarias, 1 Preparatoria de la Comunidad, 2 
Escuelas de Enfermería, 4 Normales de Maestros, 3 Escuelas Tecnológicas, 5 
Escuelas de Capacitación para trabajadores, 1 Conalep y 1 Escuela Nacional de 
Estudios Profesionales, que en total instruyen a casi 330,000 alumnos. 
 
A todo ello se incluyo la edificación de 3 bibliotecas, una amplia zona 
deportiva en la que se dan recreación a un promedio de 65 mil practicantes de 
diferentes ramas de la cultura física, de 3 funcionales centros de abastos, la 
remodelación y el inicio de otros tantos, de la colocación y mantenimiento de 19 
4398 lámparas de alumbrado púbico, de la construcción de 12 módulos 
habitacionales que beneficiaron a 120 habitantes asentados en zonas irregulares. 
 
Asimismo se agrega la pavimentación y el instalado de guarniciones y 
banquetas en 12 kilómetros 84,769 meros cuadrados, 15 Módulos de Seguridad y 
Servicios Urbanos equipados con todo lo necesario para el desempeño de sus 
funciones. 
 
En estas mismas fechas se dispuso además el establecimiento de 3 
empresas para municipales, una comercializadora de aves y dos fábricas, 26 
puentes peatonales, el Auditorio, el Palacio Municipal y el Panteón Municipal. 
 
 
En el aspecto Salud, se cuenta con un Hospital General, 7 Centros de 
Salud, 3 Estancias Infantiles y un Centro Odonto-pediatrico, además de las 2 
Clínicas del Instituto Mexicano del Seguro Social, la niñez es atendida por el 
Comité Municipal del Sistema de Desarrollo Integral de la Familia. 
 
Los cuerpos de seguridad pública se incrementan cada vez mas, como 
también se incrementa el equipo de trabajo y la capacitación de los servidores 
publico. Para ejercer una mejor vigilancia policiaca y dar seguridad a la población, 
los módulos de Seguridad y Servicios urbanos son incrementados y ubicados en 
aéreas estratégicas del territorio municipal. En la misma forma es aumentado el 
equipo de la corporación policiaca, así mismo se aumentan los sueldos para un 
mejor desempeño de sus funciones. 
 
Así mismo la traza urbana del Municipio es una de las mejor realizadas en 
la entidad, su planeación está constituida por un esquema de retícula en la zona 
centro y uno de grandes ejes en la zona norte. 
 
La estructura vial está formada por una cuadrícula casi perfecta, en la zona 
centro las principales vialidades del Municipio son: de oriente a poniente, Avenida 
Texcoco, Pantitlán, Chimalhuacán, Cuarta Avenida, Bordo de Xochiaca. De sur a 
norte, Calle 7, Avenida Cuauhtémoc, Vicente Rivapalacio, Nezahualcóyotl, Adolfo 
López Mateos, Sor Juana, Vicente Villada, Carmelo Pérez, Tepozanes y de Los 
Reyes. Se excluye de esta malla a las colonias Rey Neza y la Zona Industrial que 
tienen diferentes ángulos de inclinación, dando como resultado que las manzanas 
tengan diferentes formas y tamaños. 
 
 
Existen en el municipio 19 puentes peatonales y 3 vehiculares. En la zona 
norte las vialidades primarias se integran por la Avenida Central, Periférico, 
Avenida Taxímetros, Avenida Peñón-Texcoco, Vía Las Torres (Avenida Bosques 
de los Continentes y Valle de Zambezi) Valle de Las Zapatas, Avenida del Canal, 
Avenida Veracruz, sin embargo sus formas geométricas son distintas, dando como 
 
resultado una estructura irregular. Lo anterior se debe a que las vialidades 
primarias señaladas son perpendiculares entre sí, son continuaciones de 
importantes ejes viales provenientes del Distrito Federal, como Anillo Periférico y 
el Eje 3 Norte, situación que ha propiciado la continuidad de la traza urbana entre 
los diferentes municipios y delegaciones con que colinda. 
 
Al interior de esta zona, destaca la presencia de grandes áreas 
habitacionales organizadas sin un orden geométrico definido, conformadas en su 
interior por vialidades de tipo local que tienen como única función dar acceso a los 
predios o edificios inmediatos y en algunos casos ligar las vialidades secundarias 
y primarias. La comunicación vial intermunicipal de esta zona, es mucho más fácil, 
principalmente con el Distrito Federal y Ecatepec, La zona norte del Municipio, 
además de las vialidades antes descritas, cuenta con el Sistema de Transporte 
Colectivo Metro, que corre sobre Avenida Central, comunicándola con el municipio 
Ecatepec y con el Distrito Federal. 
 
Esto sin contar con la edificación actual del Centro Teletón que se 
encuentra construido sobra la Avenida Bordo de Xochiaca, la construcción que se 
está realizando sobre dicha Avenida de JuzgadosFederales, que le dan un plus a 
dicho Municipio, Así como la también reciente construcción del Centro Comercial 
de Ciudad Jardín que cuenta con tiendas departamentales y negocios prestigiosos 
que vienen a darle un toque fino a nuestro Municipio, en el aspecto habitacional y 
sobre la misma Avenida en mención se encuentra en construcción una zona 
destinada a casa habitación que será habitada por gente con una elevada 
capacidad económica, es decir, Nezahualcóyotl, cuenta con la Colonia Bosques 
de Aragón a la cual se le tiene considerada que es de gente de clase alta, así 
mismo esta construcción que esta en obra, vendrá a ser otra zona exclusiva de 
Nezahualcóyotl, de igual forma, es importante destacar la escultura de la cabeza 
de coyote realizado por el escultor prestigiado Sebastián, misma que se encuentra 
colocada en la Avenida Pantitlán, cruce con la Avenida López Mateos, la cual hace 
que nuestro Municipio cuente con una obra de arte que realza el nombre que lleva 
el Municipio de Nezahualcóyotl. 
 
 
 
1.2 Marco Legal del Municipio. 
 
 El Municipio como todo ente jurídico debe contar con un fundamento legal 
que faculte sus atribuciones. Las bases estructurales del municipio en nuestro 
país, se encuentran contenidas en el artículo115 de la Constitución Política de los 
Estados Unidos Mexicanos, en el cual establece que cada uno de los municipios 
serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por 
un Presidente Municipal y el numero de síndicos y regidores que la ley determine, 
estos últimos cuentan con comisiones dentro de la administración del municipio, 
coadyuvando con los funcionarios del ayuntamiento para que así, el desarrollo y 
mejoras sean óptimos para satisfacer las necesidades de la ciudadanía. 
 
 El Artículo 15 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México a la letra 
dice que “cada municipio será administrado por un ayuntamiento de elección 
popular directa y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno 
del Estado”. 
 
Actualmente el ayuntamiento de Nezahualcóyotl está ocupado por 
Autoridades provenientes del Partido Revolucionario Institucional (PRI); sin 
embargo, es importante señalar que durante los trienios que estuvo gobernando el 
Partido Revolucionario Democrático (PRD), los avances en todo los aspectos que 
presento el Municipio de Nezahualcóyotl, fueron únicos, diversos beneficios se les 
concedieron a los habitantes de dicho municipio, como lo es la repartición de útiles 
en forma anual, las despensas a los adultos mayores, la ayuda a madres solteras, 
descuentos en el pago de agua y predio, feria el empleo, entre otros. 
 
En el Municipio, el Gobierno municipal y los ciudadanos, sin menoscabo de 
su libertad, están obligados a la observancia de la Constitución Política de los 
Estados Unidos Mexicanos, al Bando, y a las leyes que de ellas emanen y de sus 
propias normas. 
 
 
Precisamente en el sentido de que toda la población municipal está 
obligada a la observancia de las leyes que se apliquen en el municipio, es que 
precisamente convendría la propuesta que ofrecemos en la presente tesis, ya que 
a las personas que son parte de un procedimiento administrativo por la iniciación 
de un acta administrativa se les gira un citatorio fundado en la legislación 
municipal, y la población en la mayoría de las veces hace caso omiso, por 
considerar que carece de valor jurídico. 
 
Los integrantes de los ayuntamientos de elección popular deberán cumplir 
con los requisitos previstos por la ley, y no estar impedidos para el desempeño de 
sus cargos, de acuerdo con los artículos 119 y 120 de la Constitución Política del 
Estado Libre y Soberano de México y se elegirán conforme a los principios de 
mayoría relativa y de representación proporcional, con dominante mayoritario. 
 
 La autoridad principal que es parte de la integración del ayuntamiento es el 
Presidente Municipal, el Secretario del Ayuntamiento, el tesorero y el contralor; 
también forman parte del ayuntamiento aunque en menor jerarquía los regidores. 
 
Los presidentes municipales, síndicos y regidores elegidos popularmente 
por elección directa no podrán ser reelectos inmediatamente para el periodo 
siguiente, a menos que hayan sido suplentes, y en la siguiente elección se 
postulen como propietarios. 
 
El Municipio de Nezahualcóyotl, es una entidad de derecho público, con 
personalidad jurídica, patrimonio y gobierno propio, erigido mediante el decreto 
numero 93 expedido por la XLI Legislatura del Estado de México, publicada en la 
Gaceta de Gobierno el día 20 de Abril de 1963; se rige conforme a lo dispuesto 
por los artículos 115 fracciones II y IV de la Constitución Política de los Estado 
Unidos Mexicanos; 112 al 117 y del 122 al 127 de la Constitución Política del 
estado Libre y Soberano de México; 1,2,3,31 fracción I y 63 de la Ley Orgánica 
Municipal del Estado de México en vigor; por lo establecido en el Bando Municipal 
 
de Nezahualcóyotl, los reglamentos municipales y demás disposiciones legales 
aplicables. 
 
También señala que las legislaturas locales, por acuerdo de las dos 
terceras partes de sus integrantes, podrán suspender a los Ayuntamientos, 
declarar que han sido desaparecidos y suspender o revocar el mandato de alguno 
de sus miembros por alguna causa grave que la ley local determine, siempre y 
cuando sus miembros hayan tenido oportunidad de rendir pruebas y hacer los 
alegatos que a su juicio convengan. 
 
 En caso de que algunos de sus miembros dejara de desempeñar su cargo, 
será sustituido por su suplente, o se procederá según lo disponga la ley. 
 
 Cada uno de los ayuntamientos tiene la facultad de aprobar los bandos de 
policía y gobierno, los reglamentos y circulares y demás disposiciones 
administrativas dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la 
administración pública municipal, regulando sus funciones procedimientos y 
servicios públicos de su competencia. Haciendo del conocimiento de la ciudadanía 
la organización administrativa del ayuntamiento así como las bases generales de 
la administración pública, el procedimiento administrativo incluyendo los medios de 
impugnación y los órganos para solucionar controversias entre las autoridades y 
los particulares, sujetándose a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y 
legalidad. 
 
 Este artículo señala que el Municipio tiene a su cargo las funciones y 
servicios públicos siguientes: 
 
a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas 
residuales; 
b) Alumbrado público. 
c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; 
d) Mercados y centrales de abasto. 
 
e) Panteones. 
f) Rastro. 
g) Calles, parques y jardines y su equipamiento; 
h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía 
preventiva municipal 
y tránsito; 
i) Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones 
territoriales y socioeconómicas 
de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera. 
 
 Por lo que hace al inciso h) que establece la seguridad pública, 
precisamente son elementos de Seguridad pública quienes en la práctica jurídica y 
a petición del interesado, pueden entregar los citatorios emitidos en las Oficialías 
Conciliadoras y calificadoras del Municipio de Nezahualcóyotl, fungiendo en cierto 
modo como notificador de dichas oficialías. 
 
 En la fracción IV señala que los Municipios administraran libremente su 
hacienda, la cual se formara de las contribuciones y los rendimientos de los bienes 
que les pertenezcan, así como otros tipos de ingresos que las legislaturas 
establezcan a su favor, reciben ingresos de la prestación de servicios públicos a 
su cargo y por parte de la federación con arreglo a las bases, montos y plazos que 
anualmente se determine por las legislaturasde los Estados. 
Los recursos que integran la hacienda municipal serán ejercidos en forma 
directa por los ayuntamientos, o bien, por quien ellos autoricen, conforme a la ley. 
 
En su fracción VII indica que la policía municipal estar al cargo del 
presidente municipal, en los términos del reglamento correspondiente. Aquélla 
acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos 
que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público. Y que 
el Ejecutivo Federal tendrá el mando de la fuerza publica en los lugares donde 
resida habitual o transitoriamente. 
 
 
Las leyes de los Estados introducirán el principio de representación 
proporcional en la elección de los Ayuntamientos de todos los Municipios, es por 
eso que en el caso de Nezahualcóyotl, existen como miembros del Ayuntamiento 
tres síndicos y diecinueve regidores, que son escogidos proporcionalmente de las 
planillas de los diferentes partidos políticos que contendieron en la elección. 
 
Las relaciones de trabajo entre el Municipio y sus trabajadores se regirán 
por las leyes que expidan las legislaturas locales con base a lo dispuesto por el 
artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así 
como sus disposiciones reglamentarias. 
 
Este artículo 115 Constitucional nos establece que cada uno de los Estados 
que integran los Estados Unidos Mexicanos, estarán integrados a su vez por 
Municipios y que estos mismos serán libres, y en este precepto nos indican cuales 
serán las bases para la actuación jurídica de los ayuntamientos. 
 
 
 
1.3 Características del Municipio. 
 
 El Municipio es una organización político administrativa que sirve de base a 
la división territorial y organización de los Estados de la Federación, integrando así 
la organización tripartita del Estado Mexicano: Federal, Estatal y Municipal. 
 
 Partiendo de este punto, es importante conocer los elementos que hacen 
que esta entidad político administrativa tenga validez, o bien, tenga vida jurídica. 
Los cuales son los siguientes: 
 
1) La población. Esta lo entendemos como un conjunto de personas 
asociadas o relacionadas de manera más o menos permanente, que ocupa 
un área o zona geográfica convencionalmente determinada y que están 
unidas por elementos culturales, políticos y sociales que los diferencia de 
 
otros grupos poblacionales. 
 
2) El territorio. Este elemento como aspecto básico en la estructura, 
organización y funcionamiento de todo grupo social, los que necesitan una 
base territorial donde habrán de ejercer sus actividades. Así pues el 
territorio es el espacio geográfico donde se asienta una forma de 
organización política, en este caso el municipio. 
 
3) El gobierno. En este caso llevado a cabo por el Ayuntamiento, ese cuerpo 
colegiado electo popularmente por medio del sufragio de la población, y que 
en el caso de México cada tres años se renueva, teniendo como función 
primordial la de dirigir y conducir las actividades propias del municipio, 
como ya lo hemos visto. 
 
Otra característica o parte esencial del Municipio es el llamado Cabildo, que 
es un órgano colectivo formado por los miembros del ayuntamiento, el Presidente 
Municipal, síndicos y regidores, los cuales sesionan a fin de resolver conflictos, o 
bien, administrar los recursos y así satisfacer a las necesidades de la población 
brindando mejores servicios públicos y programas de ayuda, que permitan el 
desarrollo y brindar un mejor nivel de vida al Municipio. 
La división territorial en los municipios es la siguiente: 
 
a) Cabecera Municipal. 
b) Delegación, Ciudad 
c) Subdelegación. 
d) Cuartel o barrio. 
e) Sección. 
f) Manzana. 
g) Ciudad. 
h) Villa. 
i) Pueblo. 
j) Ranchería, y 
 
k) Caserío. 
 
Para efectos de la presente investigación de Tesis, únicamente 
analizaremos algunos de estos conceptos por sernos de utilidad. 
 
El primero de estos conceptos es la Cabecera Municipal, considerándosele 
a aquella donde reside el Ayuntamiento y donde se encuentra la mayor parte de la 
población del Municipio. 
 
La Delegación se establece para el mejor funcionamiento del municipio con 
extensión y límites fijados y se trata de pequeñas ciudades menores que la 
cabecera municipal; y cuenta con todos los servicios públicos, la cual se encuentra 
presidido por un delegado que, en el caso de Nezahualcóyotl se le denomina 
Unidad Administrativa Zona Norte y el delegado es nombrado por el Presidente 
Municipal, con la aprobación de los síndicos y regidores. 
 
Cuartel o barrio. Que es la porción territorial en la que se divide una villa o 
ciudad, comúnmente en municipios urbanos se les denominan colonias. 
La Sección también denominada sector, son varias manzanas en las que se 
divide una colonia. 
 
La Manzana, porción de una sección, generalmente un área determinada 
por cuatro calles convergentes que hacen un rectángulo o cuadrado, y en algunos 
casos representadas por un jefe. 
 
Por lo que respecta a la población de nuestro Municipio, que “es una 
localidad con más de 15,000 habitantes y servicios públicos básicos, 
Nezahualcóyotl, según el último censo efectuado por el Instituto Nacional de 
Estadística Geografía e Informática (INEGI) cuenta con una población de un millón 
226 mil personas, de las cuales hay 94 hombres por cada 100 mujeres, por lo que 
es uno de los más poblados y de mas infraestructura de todo el Estado de 
 
México”5. 
 
 De acuerdo a los datos arrojados en el último censo, por lo que hace a que 
la mayoría de la población del Municipio de Nezahualcóyotl son hombres, 
consideramos que precisamente es el hecho por el cuál al contar con más mano 
masculina es lo que ayuda a la superación del propio Municipio. 
 
1.4 Estructura Administrativa del Municipio de Nezahualcóyotl. 
 
Según lo establecido por el Bando Municipal del periodo 2006-2009, la 
estructura administrativa es la siguiente. 
 
ARTÍCULO 26.- El Ayuntamiento es un Cuerpo Colegiado, el cual está 
integrado por un Presidente Municipal, tres Síndicos y diecinueve Regidores de 
mayoría relativa y de representación proporcional, electos mediante sufragio 
universal, libre, secreto y directo, en términos de la ley de la materia y no habrá 
ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado. 
Como bien lo establece este artículo, el ayuntamiento se encuentra 
integrado por veintitrés autoridades las cuáles tendrán que reunirse en cabildo 
para tomar las decisiones de lo que beneficie al Municipio en general. 
 
ARTÍCULO 31.- Para el despacho, estudio y planeación de los diversos asuntos 
de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento contará por lo menos con 
un Secretario, un Tesorero Municipal, un Contralor, los Titulares de la Unidad 
Administrativa Zona Norte, del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la 
Familia y del Organismo Descentralizado de Agua Potable, Alcantarillado y 
Saneamiento; pudiendo crear las direcciones que sean necesarias. 
 
 Este precepto legal, nos da el fundamento para la existencia de todas las 
autoridades que contribuirán al mejor desarrollo y funcionamiento del Municipio, ya 
que al tener Nezahualcóyotl una extensión de tierra bastante amplia y un gran 
 
5
 http://www.neza.gob.mx/index.php?id=historia 
 
número de habitantes, resulta necesaria la existencia de diversas autoridades que 
le alleguen a los habitantes los servicios públicos indispensables en cualquier 
población. 
 
 
ARTÍCULO 44.- El Ayuntamiento en el ejercicio de sus atribuciones y para el 
despacho de los asuntos de orden administrativo se auxilia, por las siguientes 
Dependencias de la Administración Pública Municipal, las cuales están 
subordinadas al Presidente Municipal: 
 
I. Secretaría del H. Ayuntamiento; 
II. Tesorería Municipal; 
III. Contraloría Municipal;IV. Dirección de Administración; 
V. Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas; 
VI. Dirección de Seguridad Pública Municipal; 
VII. Dirección de Servicios Públicos; 
VIII. Dirección de Desarrollo Social; 
IX. Dirección de Educación y Fomento a la Cultura; 
X. Dirección de Jurídico y Gobierno; 
XI. Dirección de Comunicación Social; 
XII. Dirección de Ecología; 
XIII. Dirección de Relaciones Públicas; 
XIV. Dirección de Desarrollo Económico; y 
XV. Las Coordinaciones: 
1. Jurídica 
2. De Derechos Humanos 
3. De Participación Ciudadana 
4. De Oficialías Conciliadoras y Calificadoras 
5. De Protección Civil 
6. De Planeación Municipal 
7. Las demás que determine el Ayuntamiento 
 
XVI. La Unidad Administrativa: “Zona Norte”, cuyo titular actuará conforme a las 
atribuciones contenidas en el Reglamento Orgánico de la Administración Pública 
Municipal, demás leyes y reglamentos aplicables. 
 
 En relación con este artículo, la dependencia administrativa que más nos 
interesa para el desarrollo de la presente investigación, sería la fracción XV que 
establece las Coordinaciones y en forma específica la número cuatro que nos 
establece las Oficialías Conciliadoras y Calificadoras. 
 
 
ARTÍCULO 46.- Son Organismos Auxiliares del Ayuntamiento los siguientes: 
I. Organismo Descentralizado de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento 
(ODAPAS); y 
 
II. Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF). 
 
Las funciones de los organismos auxiliares son de interés público, las 
cuales se realizarán conforme a las disposiciones que emanen del presente 
Bando, las leyes que los rigen y demás ordenamientos legales aplicables. 
 
Como ya lo hemos visto el ayuntamiento es la autoridad máxima dentro del 
municipio integrado por el Presidente Municipal los síndicos y regidores, pero el 
Presidente municipal en ejercicio de sus atribuciones, se auxilia de dependencias 
o direcciones como lo son la Secretaria del Ayuntamiento, la Contraloría Interna, 
Tesorería Municipal, la Dirección de Servicios Públicos, Desarrollo Social, 
Seguridad Pública, Desarrollo Urbano y Obras Publicas, Administración, y el 
Titular de la unidad administrativa Zona Norte, por mencionar algunas de las más 
importantes dentro de la administración municipal. 
 
En el caso del Secretario del Ayuntamiento, Tesorero y Contralor Municipal 
así como el Titular de la Unidad Administrativa Zona Norte, son nombrados por el 
Presidente Municipal y aprobados por el Ayuntamiento, a diferencia de los demás 
 
directores que solo con el nombramiento del Presidente pueden llevar a cabo sus 
funciones. 
 
 
 
 
 
Capitulo 2 
Conceptos Generales 
 
2.1 Concepto de Derecho Administrativo. 
 
El Derecho Administrativo según Rafael de Pina y Rafael de Pina Vara es la 
“Totalidad de las normas positivas destinadas a regular la actividad del estado y 
de los demás órganos públicos, en cuanto se refiere al establecimiento y 
realización de los servicios de esta naturaleza, así como a regir las relaciones 
entre la administración y los particulares y las entidades administrativas entre sí”1. 
 
Eduardo García Maynez dice que es “la rama del Derecho Público que 
tiene por objeto especifico la administración pública”2 entendiendo por 
administrar, obrar para la gestión o el cuidado de determinados intereses, propios 
o ajenos, en otras palabras es cuidar intereses, recayendo este cuidado de 
intereses al órgano ejecutivo federal, estatal o municipal, ya que de él depende 
cuidar los intereses y en esta caso cuidar los recursos y saber proporcionarlos a 
los diferentes rubros, llámese educación, seguridad, servicios públicos por señalar 
algunos, y así tener una optimo desarrollo. 
 
Acosta Romero, define al derecho administrativo como “un conjunto de 
normas de derecho que regulan la organización, estructura y actividad de la parte 
del Estado, que se identifica con la administración pública o Poder Ejecutivo, sus 
relaciones con otros órganos del Estado, con otros entes públicos y con los 
particulares” 3. 
 
Dicho concepto es correcto, sin embargo a nuestra consideración, podría 
abarcar el hecho de que se debe ejercer tanto a nivel Federal, Estatal y Municipal. 
 
1
 DE PINA, Rafael. Diccionario de Derecho,34ª Edición, Ed. Porrúa, Mexico,2005, pág. 229. 
2
 GARCIA MAYNEZ, Eduardo. Introducción al Estudio del Derecho, 59ª Edición, Ed. Porrúa, 
México 2006, pág. 139. 
3
 ACOSTA ROMERO, Miguel. Teoría General del Derecho Administrativo, Ed. Porrúa, México 
2005, pág. 187. 
 
 
 
Narciso Sánchez, nos da un concepto más amplio de Derecho 
Administrativo, él dice que “es una disciplina científica constituida por un conjunto 
de preceptos jurídicos de derecho público, de principios políticos, doctrinales y 
sociales que tiene por objeto regular la estructura y funcionamiento del Poder 
Ejecutivo del Estado, sus relaciones con los poderes Legislativo y Judicial, con 
otras entidades soberanas, con entes públicos de la misma nación y con los 
particulares, con el fin de atender tareas especificas y generales de la 
administración pública a favor de la colectividad.” También es definido como 
aquella parte del derecho público que especifica la administración y actuación de 
la administración pública centralizada y paraestatal, tanto de la Federación, de las 
entidades federativas, como de los municipios para satisfacer las necesidades 
públicas”4. 
 
Obviamente dicho concepto es mucho más explicito y abarca todos los 
puntos esenciales que debe regular el Derecho Administrativo. 
 
El Derecho Administrativo es la rama del Derecho que se ocupa de las 
normas reguladoras de las relaciones entre la administración. Los organismos 
públicos pueden intervenir en el tráfico jurídico como cualquier otro agente del 
mismo; en ese caso se hallan en una posición de igualdad con los ciudadanos, 
con lo cual su actuación quedara sometida, como la de aquellos, a las reglas del 
derecho privado. El ordenamiento administrativo es de Derecho Público, destacan 
su extensión y dinamismo: las normas administrativas son las más abundantes del 
ordenamiento, y su producción es constante, con lo cual suelen tener poca 
permanencia y estabilidad. 
Estas facultades normativas hacen que la administración sea, a la vez, 
creadora y receptora del Derecho, lo que refuerza la posición privilegiada que 
ocupa este sector del ordenamiento. Conocer la administración pública como 
 
4
 SÁNCHEZ GÓMEZ, Narciso. Primer curso de Derecho Administrativo, Ed. Porrúa, México, 1998, 
pág. 86. 
 
 
forma en que se organiza el estado para cumplir con sus fines, corresponde 
fundamentalmente al licenciado en derecho. 
 
“El derecho administrativo norma todo lo concerniente a la administración 
pública, entendiéndose por esta cualquier esquema que de ella adopte la 
Constitución o Carta Magna de un País, sea en un ente nacional o federación, 
local o Estados y Municipios, sea con una administración activa o directa o con 2 
administraciones activa o directa y autárquica o descentralizada”. 
 
“Las primeras formas de administración pública fueron simplistas porque al 
nacer los Estados nacionales como entidades soberanas estuvieron facultadas 
para normar ciertas conductas y actividades, para garantizar y dar eficiencia a los 
ordenamientos del gobierno en forma coercitiva y para registrar algunos actos a fin 
de que el tramite tuviera validez mediante certificaciones o registro público, 
surgiendo así el llamado estado gendarme, que vigila de lejos la actividad de los 
particulares, pero sin intervenir en su libre determinación, en tanto que estos no 
violen la ley”5. 
 
Fuentes del Derecho Administrativo 
 
En México, la Suprema Corte de Justicia (a través de su pleno y salas) y 
Tribunales Colegiadosde Circuito mediante sus sentencias interpretativas alteran 
constantemente el efecto práctico y la aplicación misma de las leyes 
administrativas. Dichos órganos jurisdiccionales son una especie de poder 
legislativo en sesión permanente. 
 
Atendiendo su importancia podemos clasificar las fuentes del Derecho 
administrativo en: 
1.- La ley.-Es la fuente formal por excelencia, entendiendo por tal la que 
expide el poder que conforme a la carta magna de un país tiene asignada como 
 
5
 FAYA Viesca, Jacinto. Administración Publica Federal. Edit. Porrúa. México, 2004. P. 190. 
 
principal atribución, llámese poder legislativo, congreso de la unión, parlamento o 
asamblea legislativa, para separarlas de los ordenamientos que expide el poder 
ejecutivo o poder administrador, que en coacciones llegan a tener la misma 
eficacia legislativa categoría jurídica de lo que expide el poder legislativo, pero en 
vía de excepción. 
 
Conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 
derecho de iniciar leyes o decretos compete al presidente de la república, a los 
diputados y senadores, al congreso de la unión y a las legislaturas de los estados 
 
 2. Decreto.- El Decreto Administrativo es una orden emitida por una 
autoridad, dirigida a un grupo determinado de gobernados; es decir, es una 
resolución emitida por un Órgano Público para un caso concreto, además de ser 
estudiado con una serie de variantes es considerado como una norma jurídica de 
rango inferior a la ley, por lo que su aplicación se encuentra supeditada a la 
existencia previa de una Ley. El decreto se ajusta en el fondo y en la forma a lo 
dispuesto en una ley para los actos de derecho público; un decreto administrativo 
no puede derogar o abrogar a una ley, pero la ley sí puede modificar al decreto, 
siempre que no resulte retroactivo en perjuicio del gobernado. 
 
Existe también el Decreto legislativo al cual se le considera como toda 
norma general emanada de autoridad distinta del poder legislativo. Es utilizado 
para introducir novedades a una ley en vigor, sea adicionándola, reformándola, o 
derogándole disposiciones. Este decreto legislativo, debe presentarse como 
iniciativa y queda sujeto al mismo procedimiento que la iniciativa de una ley para 
su aprobación por las 2 cámaras que constituyen al Congreso de la Unión; hecho 
lo cual pasara al Presidente de la República para su promulgación y publicación, 
esta clase de decreto tiene la misma eficacia legislativa formal que una ley. 
Es aplicable a este decreto todo lo que se expreso de acuerdo a la ley. 
Existen diferentes tipos de decretos como son el decreto ley, el decreto delegado y 
el decreto ordinario; sin embargo, no entraremos al estudio de estos, debido a que 
no es parte de nuestro tema de investigación. 
 
 
 3.- El reglamento.- Se entiende en forma general como un conjunto 
ordenado de reglas y conceptos que se dan por una autoridad competente para 
realizar la ejecución de una ley o para el régimen interior de una dependencia o 
corporación. 
 
La Constitución le otorga al Poder Ejecutivo como principal función 
legislativa, el emitir el reglamento, por lo que se le conoce también como Poder 
Reglamentario. Las funciones del reglamento sería primeramente que señala el 
ejercicio de la función legislativa y es reconocida por la doctrina y la jurisprudencia 
como potestad reglamentaria. 
 
La finalidad del reglamento es facilitar la aplicación de la ley, detallándola, y 
operando como instrumentos idóneos para llevar a efecto su contenido. Los 
reglamentos son reglas, y solo tendrán vida y sentido de derecho, en tanto se 
deriven de una norma legal a la que reglamentan en la esfera administrativa. 
 
La ley como acto que emana de un órgano colegiado, tiene una 
característica que consiste en la generalidad e impersonalidad de las situaciones 
que rige. Por lo que se considera que no se llega a comprender la aplicación 
práctica de sus postulados. Esto no implica que no disponga de los medios de 
hacerla cumplir al detalle. 
La cercanía que guarda el Poder Ejecutivo con la realidad social, al aplicar 
la ley, hace que los reglamentos operen como instrumentos más idóneos para 
llevar a efecto su contenido. 
Esto nos hace observar que en el Poder Legislativo predomina el principio 
de representación popular, por lo que resulta más lógico que se le encomiende al 
Poder Ejecutivo, la elaboración de los reglamentos como parte de sus atribuciones 
legales, ya que las Dependencias Gubernamentales cuentan con personal 
capacitado y especializado para la elaboración de los Reglamentos que regirán su 
actuar legal. 
 
 
Como ya mencionamos antes, la elaboración del reglamento es más 
expedito que la ley, y por esto es más fácil adecuarlo a los problemas económicos 
y sociales de la vida pública del Estado. 
 
Todo reglamento que expide el Presidente de la República debe de ir en los 
términos del artículo 92 Constitucional, refrendado por el Secretario de Estado o 
Jefe del Departamento Administrativo al que el mismo corresponde o bien por el 
número que sea necesario al comprender el reglamento materia de diversas 
secretarias. 
 
El reglamento, como fuente del Derecho Administrativo, ha adquirido en 
México una gran importancia no solo por que a través de él el presidente de la 
República ejerce facultades de legislador, si no porque ejerce su principal facultad 
“promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la unión, proveyendo en 
la esfera administrativa a su exacta observancia” emitiendo los llamados 
reglamentos de ejecución con apoyo en el artículo 89, fracción I, de la constitución 
federal. 
 
Se observa en nuestro Derecho Administrativo un verdadero abuso del 
reglamento pero teniendo su origen en el desconocimiento del alcance jurídico de 
un reglamento de ejecución. 
 
El reglamento al igual que la ley, es una disposición transitoria precisa 
cuando entra en vigor y si llegase a darse el caso de que se omita ello, entonces 
tendrá aplicación lo supuesto en el artículo 3° del código civil para el Distrito 
Federal. 
 
5.- El convenio.- En el caso del Derecho Administrativo, manifestaremos 
que el convenio es un acuerdo de voluntades celebrado entre dos o más 
Autoridades Administrativas para tratar cualquier punto en discusión o cuestión, 
pendiente de resolver, es decir que dicho convenio tendrá por objeto establecer un 
régimen jurídico común para las partes contratantes sobre determinada materia o 
 
actividad, pudiéndolo clasificar en: 
 
Convenio interno: Es el que celebra la Federación, por conducto de la 
administración directa con los Estados, representados por sus gobernadores, el 
cual está tomando gran auge debido a la imposición por la federación por lo que 
los estados cada vez pierden parte de su soberanía. Tienen la finalidad de unificar 
esfuerzos, criterios, hacer uso racional de los recursos económicos resolver 
problemas comunes etc. 
 
Existen diversos convenios con los Estados que a su vez suelen ser 
aplicables en los diversos Municipios que conforman las Entidades Federativas, 
estos pueden ser: De colaboración electoral, convenios para coordinar y unificar el 
registro profesional, de coordinación en materia de educación normal, de 
adhesión al sistema nacional de coordinación fiscal, de colaboración administrativa 
en materia fiscal federal, de único desarrollo. 
 
Estos convenios se hacen a efecto de llevar una relación armoniosa y 
uniforme entre el sistema legal entre Entidades y que obviamente son de interés 
para todos los ciudadanos que conformamos nuestro país Mexicano. 
 
El convenio internacional es el que México celebra con un país o países 
extranjeros y puede ser bilateral o plurilateral. Los convenios internacionales 
celebrados y que se celebren por el presidente de larepública, una vez aprobados 
por el senado adquiere la categoría de ley suprema en toda la unión, quedando 
por encima de lo que disponían las constituciones del estado, pero jamás un 
convenio internacional puede contrariar a la constitución o a una ley federal. 
 
6.-La Ley Administrativa.- La ley es el ordenamiento a través del cual el 
poder legislativo ejerce las facultades que la constitución le ha asignado (artículo 
73 de la Constitución Federal), la que debe respetar los lineamientos de esta. 
 
Atendiendo a nuestra legislación federal encontramos la siguiente 
 
clasificación: 
 
Ley reglamentaria de un titulo constitucional. 
Ley reglamentaria de párrafos constitucionales. 
Ley reglamentaria de un precepto constitucional. 
Ley reglamentaria de aplicación general en toda la República y de orden 
público e interés social. 
Ley reglamentaria, de orden público y de interés social. 
Ley reglamentaria, de observancia general y de orden público. 
Ley reglamentaria, de interés social y de observancia en toda la república. 
Ley de orden público y de interés social. 
Ley de orden público y de observancia general. 
Ley de interés público y de observancia general. 
Ley de interés público. 
Ley de orden publico 
Ley de interés social y nacional. 
Ley de utilidad social. 
Ley de observancia general en toda la República. 
Ley simple y ordinaria, que no destaca su importancia. 
Por ejemplo podemos señalar que la Ley Federal del Procedimiento 
Administrativo es un ordenamiento de aplicación federal de mayor jerarquía que 
por ejemplo la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal o que el 
Código de Procedimientos administrativos del Estado de México, estando estas 
dos últimas en el mismo grado de jerarquía por ser de aplicabilidad restringida al 
Distrito Federal y al Estado de México respectivamente. 
 
También podemos clasificar las leyes administrativas en atención a su 
campo de aplicación, en Federales, Estatales y Municipales, habiéndose creado 
cada una de ellas por su propio órgano legislativo. Las Federales se aplicaran en 
cuanto a la resolución de problemas administrativos relacionados con la 
Federación, las estatales serán creadas por los Congresos de cada Entidad 
Federativa de nuestro País y tendrá aplicabilidad limitada por lo que hace 
 
únicamente a su propio territorio y la Municipal son creadas en cabildo Municipal y 
obviamente es para llevar a cabo los Procedimiento administrativos 
exclusivamente suscitados dentro de la circunscripción de cada Municipio. 
 
2.2 Concepto de Administración Pública. 
 
La Administración Pública la veremos para efectos de nuestro tema en 
desarrollo, como la manera en la que el gobierno municipal a través de sus 
dependencias, se encarga de servir a la población, administrando los bienes para 
allegarles satisfactores. 
 
“La palabra administración viene del latín administratione que significa 
acción de administrar. Y el termino “administrar” está compuesto por ad y 
ministrare que significan conjuntamente “servir”, llevando implícito en su sentido 
que es una actividad cooperativa que tiene el propósito de servir”6 Por otro lado la 
Administración Pública es aquella actividad que se encuentra representada por el 
Estado a través de una serie de dependencias y organismos que integran los 
sectores centralizados y paraestatales, que lleva como finalidad atender 
necesidades de interés social o colectivo. 
 
En nuestros tiempos sabemos que los recursos tanto a nivel Federal como, 
Estatal y Municipal, en la mayoría de las ocasiones se concentran en unas 
cuantas manos y le hacen creer al pueblo que el ingreso lo ocupan en atender a la 
Ciudadanía, por tal motivo, consideramos que como las Oficialías Conciliadoras y 
Calificadoras son captadoras de dinero, bien podrían utilizar una pequeña parte en 
pagar el sueldo de un notificador para cada oficialía de Nezahualcóyotl. 
 
Ahora bien la Administración Pública recae en el Poder Ejecutivo, y este a 
su vez se integra por los sectores centralizados y paraestales, entendiéndose por 
centralizados, aquellas dependencias que dependen del Estado y que coadyuvan 
 
6
 JIMENEZ CASTRO, Wilburg. Introducción al estudio de la teoría administrativa, Ed. Fondo de 
Cultura económica, México, 1974, pág. 23 
 
a satisfacer la necesidades de la población, como los son las diferentes 
Secretarias de Estado y estas a su vez son ayudadas por organismos 
desconcentrados, siendo estos organismos, oficinas o sub dependencias por así 
llamarlos, que tienen a su cargo las diferentes secretarías para poder mejorar el 
servicio de administración, ahora bien los organismos paraestatales son empresas 
que el gobierno tiene la mayoría de las acciones, que tienen cierta autonomía a 
diferencia de los centralizados Conjunto de los órganos mediante los cuales el 
Estado, las entidades de la federación, los municipios y los organismos 
descentralizados atienden a la satisfacción de las necesidades generales que 
constituyen el objeto de los servicios públicos. También puede ser definida como 
actividad a través de la cual el Estado y los sujetos auxiliares de este tienden a la 
satisfacción de intereses colectivos. 
 
La Administración Pública como Auxiliar del Poder Ejecutivo.- El Derecho 
Administrativo contiene fundamentalmente el estudio de las normas relativas a la 
Administración Pública; y por otra parte, es el órgano auxiliar del titular del poder 
ejecutivo. 
La administración pública federal es solo un auxiliar del ejecutivo federal y 
por ningún motivo forma parte de él. Tanto el derecho administrativo como la 
ciencia de la administración pública se relacionan directamente, en su aspecto 
formal, con el poder ejecutivo aun cuando por excepción en su aspecto material 
pueden realizarse actos administrativos por los poderes legislativo y judicial. 
 
El Derecho Administrativo forma parte de nuestro orden jurídico y por lo 
tanto aun cuando reúne las características del conocimiento científico, no 
debemos considerarlo aislado, si no íntimamente relacionado por subordinación o 
por colaboración con otras ramas del derecho, fundamentalmente con el derecho 
procesal, con el Derecho Civil, con el Derecho Penal y con el Derecho 
Internacional. 
 
El Derecho Constitucional comprende todas las normas que se refieren a la 
estructura misma del Estado, a la organización y relaciones entre los poderes 
 
públicos y a los derechos fundamentales de los individuos, en tanto que 
constituyen una limitación para la actividad misma del Estado. 
 
El poder legislativo se refiere al establecimiento de normas abstractas e 
impersonales y por lo mismo no tiene relaciones con los particulares, el 
funcionamiento de los poderes ejecutivo y judicial si implica la necesidad de 
regular las relaciones con los particulares y por ello, se derivan del Derecho 
Constitucional dos ramas: La del Derecho Administrativo y la del Derecho 
Procesal. 
 
Regulando cada una de ellas la organización y funcionamiento de los 
poderes ejecutivo y judicial respectivamente. 
 
Si el Derecho Administrativo se desprende del Derecho Constitucional es 
incuestionable que exista una relación de subordinación entre este y aquel. 
 
La función administrativa complementa muchas veces el proceso judicial en 
su fase de ejecución prestando el auxilio a los tribunales para la ejecución de sus 
resoluciones civiles o penales. 
 
A pesar de que el Derecho Administrativo está ubicado dentro del derecho 
público, es bien conocida la tendencia de asimilar las instituciones del Derecho 
Administrativo al Derecho Civil e incluso algunas de estas expresiones han pasado 
al primero, en lo que se refiere a contratos administrativos a la prestación de 
servicios a las servidumbres públicas, etc. 
 
En la actualidad resulta fundamental e indispensable conocer elfuncionamiento de la Administración Pública, porque solo mediante una buena 
organización podrá el estado cumplir con sus fines; y es incuestionable que los 
funcionarios y empleados de la Administración Pública necesitan primeramente 
organizarse, para después poder localizar todos los aspectos de la vida pública. 
 
 
Interpretación del Derecho Administrativo.- Al tratar de analizar el 
sistema de interpretación en el Derecho Administrativo, encontramos dos grandes 
dificultades: 
 
La amplitud del Derecho Administrativo que siendo una parte importante, 
quizá la más importante del Derecho Público, participa y está influenciado de otras 
ramas del Derecho, dando lugar a una clasificación que comparte aspectos 
procesales, penales, económicos, laborales. 
 
En cuanto a la rama específica del Derecho Administrativo, nos 
encontramos con un amplio panorama como son: 
 
a) La interpretación de las leyes administrativas 
b) La interpretación de los reglamentos 
c) La interpretación hecha por un particular afectado a través del recurso 
administrativo 
d) La interpretación hecha por la autoridad administrativa al resolver tal 
medio de defensa 
e) La interpretación judicial a la hora de una sentencia de tipo 
administrativo 
Jurisprudencia: la interpretación que hace el máximo poder jurisdiccional. 
f) La interpretación de las leyes administrativas no es exclusivo de un sólo 
individuo y menos de un sólo poder público. Suele dividirse ésta, según 
diversos criterios, en atención a los sujetos que la realizan, es decir, 
según su procedencia y a la materia que se trata. Así tenemos que se 
habla de interpretación privada o doctrinal, judicial o jurisdiccional, 
auténtica o legislativa y administrativa o ejecutiva. 
 
En materia de Derecho Administrativo es muy importante el estudio de la 
interpretación de la ley, ya que nos encontramos frente a relaciones del Estado 
con particulares y siempre va a hacer la Administración Pública la que va a aplicar 
la norma. 
 
 
Existe una gran similitud entre las leyes administrativas y las leyes 
tributarias por cuanto que con apoyo en ellas se puede privar a los particulares de 
la libertad de sus propiedades -decomiso- posesiones o derechos sin que medie 
juicio ante los tribunales establecidos, molestándolos, en su persona, familia, 
domicilio, papeles sin que exista mandamiento escrito de la autoridad competente 
que funde y motive la causa legal del procedimiento, por lo que se considera que 
la interpretación estricta es válida no sólo para el Derecho Tributario sino también 
para el Derecho Administrativo. 
 
Sujetos a la interpretación estricta o literal serían los preceptos que aluden: 
 
A los sujetos comprendidos por la ley 
Al objeto de la misma 
A los casos de excepción 
A los que señalan requisitos u obligaciones que satisfacen 
A los que señalen las infracciones y sanciones aplicables 
 
Criterios para establecer el Concepto de Derecho Administrativo 
 
Para establecer un verdadero concepto sobre el Derecho Administrativo se 
han originado diversos criterios, entre los cuales encontramos los siguientes: 
 
Legalista: el conjunto de leyes y disposiciones que en cada nación forman 
su administración particular (opinión de José María Castillo Velasco). 
 
Jurídico: Estudia las relaciones de derecho entre la administración y los 
administrados (opinión de Laferriere y Mayer). 
 
Doctrinal: Función o actividad total del Estado. Es todo lo que debe de 
hacer el estado, es administrar (opinión de Goodnow, Berthelemi y Cuesta) se 
olvidan de otras actividades del Estado. 
 
 
Formal: Se identifica con la actividad que realiza el Poder Ejecutivo omite 
los casos de excepción al principio de división de poderes, Colmeiro lo define: 
Como la ciencia de la acción, de la competencia del Poder Ejecutivo. 
 
De servicio público: La doctrina francesa sostiene que la principal actividad 
del Estado es prestar servicios públicos( opiniones de Duguit, Jezeihauriou). 
Pretenden identificar al servicio público con la actividad del Estado. 
 
Negativo: Pretende definir por exclusión, diciéndonos que la administración 
no es legislación, ni jurisdicción. 
 
De finalidad: Lo define como la actividad total del Estado para desarrollar 
sus fines. “la administración pública es la actividad dirigida a promover los 
intereses del estado y del pueblo (opinión de Fernando Garrido Falla). 
 
En virtud de que el Derecho Administrativo regula las actividades entre la 
Administración Pública y los particulares, generalmente actuando como ente 
soberano y excepcionalmente actuando como un particular así como las 
relaciones con los demás poderes legislativo y judicial y entes públicos Estados y 
Municipios; la organización interna de la Administración Pública, la prestación de 
los servicios públicos y explotación de los bienes de propiedad del estado, y el 
control de ella legitimidad de sus actos a través de los recursos administrativos o 
tribunales administrativos. 
 
Entonces podemos definir al Derecho Administrativo, como la rama del 
derecho público, que regula la actividad del Estado, que se realiza en forma de 
función administrativa (opinión de Gabino fraga). 
 
Elementos de esta definición: 
Actividad del Estado (conjunto de actividades que integran las atribuciones). 
Que reglamenta las actividades de los particulares. 
 
Atribuciones para el fomento limitación y vigilancia de la actividad de los 
particulares 
Substitución total o parcial de los particulares. 
Funciones del Estado (ejercicio de la actividad vital de modo formal y 
material) 
Función legislativa. 
Función jurisdiccional. 
Función administrativa. 
 
c) Régimen a que se encuentra sujeto el estado (derecho público) 
 
Criterios para distinguir el derecho público del privado. 
 
Según el autor Gabino Fraga el Derecho Administrativo comprende diversas 
materias como son: 
La estructura y organización del poder encargado normalmente de realizar 
la función administrativa (poder ejecutivo). 
 
Los medios patrimoniales y financieros que la Administración Pública 
necesita para su sostenimiento y para garantizar la regularidad de su actuación. 
 
El ejercicio de las facultades que el poder público debe realizar bajo la 
forma de función administrativa. 
 
La situación de los particulares con respecto a la administración. 
 
El Derecho Administrativo atendiendo a la influencia que sobre él ejerce 
otras ramas del derecho y otras disciplinas puede clasificarse en: 
 
Derecho Administrativo procesal.- En nuestra consideración, el Derecho 
Administrativo se ejerce en el ámbito procesal, cuando se crean reglamentos, 
decretos o circulares creadas por una Autoridad Administrativa para regular alguna 
 
circunstancia dentro del Proceso aplicable a cualquier rama del Derecho, por 
ejemplo, en el Proceso Penal existe en el Código de Procedimientos Penales la 
facultad de solicitar copias de su expediente el procesado, por lo que en apoyo al 
Código Financiero del Distrito Federal se recoge esta disposición y se determina la 
cantidad que se debe pagar, así mismo de forma administrativa se crea una 
circular para manifestar que las copias se deben pagar en determinadas 
Instituciones bancarias. 
 
Derecho Administrativo Penal.- En el ámbito penal consideramos que queda 
un poco restringida la aplicabilidad del Derecho Administrativo, ya que la materia 
Penal debe ser de exacta aplicación al caso concreto; sin embargo, el inicio de la 
aplicabilidad de la Ley Penal, se origina en el Ministerio Público, autoridad 
Administrativa que depende del Ejecutivo Federal. 
Derecho Administrativo Económico.- El Derecho Administrativo lo podemos 
encontrar como bien ya lo manifestaba en diversas disposiciones que se crean por 
ejemplo para el pago de Derechos por determinado concepto o por ejemplo 
cuando a nivel estatal sale publicado un Decreto mediante el cual

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