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Neoliberalismo-patrimonio-cultural--INAH-una-institucion-mermada

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 Agradecimiento a mi madre Socorro Meza Gómez , 
a mi hijo Emerson González Perea 
 y a los compañeros A.T.M. del INAH. 
ÍNDICE 
Página 
Introducción…………………………………………….. 5 
Capítulo I. Neoliberalismo y Patrimonio Cultural. 
1.1 Patrimonio Cultural……………………………. 7 
1.1.2 Algunas definiciones……………………. 9 
1.2 Multiculturalidad…………………………………11 
1.3 Contexto nacionalista…………………………..13 
1.4 Fundación del INAH……………………………..15 
1.5 Neoliberalismo…………………………………..18 
1.6 Globalización…………………………………….20 
1.7 Tratado de Libre Comercio TLC (TLCAN)……....21 
1.8 Consejo Nacional para la Cultura y las 
Artes (CNCA)………………………………………23 
1.9 Merma presupuestal………………………….…24 
Capítulo II. Legislación y la Ley Federal sobre Zonas y 
Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos. 
2.1 Antecedentes históricos en la elaboración de 
la Ley Federal sobre Monumentos Arqueológicos, 
Artísticos e Históricos…………………………….....26 
2.1.1 Ley de 1897……………………………... 27 
2.1.2 Ley de 1934………………………......… 28 
2.1.3 Ley de 1968……………………..…….... 29 
2.2 Ley de 1992: Ley Federal sobre Zonas y 
Monumentos Arqueológicos, Artísticos e 
Históricos……….……………….....................30 
2.3 Iniciativas de Ley en torno al Patrimonio Cultural: 
tendencias 
privatizadoras……………………....................33 
2.3.1 Iniciativas de Ley…………………….…….36 
2.3.2 Modificaciones reales a la legislación….39 
2.3.3 Ley General de Bienes Nacionales…….40 
Capítulo III. Casos concretos. 
3.1 Paseo de San Francisco, Puebla de 
Zaragoza…………………………………….44 
 3.2 Cuicuilco y Plaza Loreto y Peña Pobre….50 
 3.3. Xel-há……………………………………… 53 
 3.4 Castillo de Chapultepec (Museo Nacional de 
 Historia)…………………………………...…57 
 3.5 Casino de la Selva………………………….58 
 3.6 Teotihuacan: Plazas comerciales………...61 
Conclusiones…………………………………………..63 
Referencias……………………………………………..68 
 
 
 
 
 
 
 
 5
Introducción. 
Esta tesina aborda la problemática y contradicciones existentes en las 
Instituciones de Cultura al aplicar el pensamiento o corriente neoliberal en sus 
políticas institucionales y sus efectos en el ámbito social; además de sistematizar 
toda la información, experiencia laboral y sindical durante más de quince años en 
el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), así como poner en la 
discusión y debate la transformación que han sufrido las Instituciones Federales 
de Cultura, en particular el INAH, frente al poder que ejercen las globalizadoras 
mundiales: Fondo Monetario Internacional y Banco Mundial (FMI y BM), que 
vuelven sus miradas mercantiles hacia el Patrimonio Cultural tangible e intangible 
de los países llamados “en vías de desarrollo”, que no es otra cosa, que los países 
ricos en diversidad y multiculturalidad. Las funciones originales de estas 
instituciones son sustituidas por otras de carácter mundial, tornando los valores 
sociales y culturales en productos vendibles. 
A través de la revisión y desde la perspectiva macroeconómica, intentaré 
aclarar por qué y cómo el proceso de aparición de grandes redes económicas, 
vinculadas a las múltiples fases de producción y comercialización de los productos 
en un mercado mundial, favorece a los empresarios nacionales y trasnacionales 
para impulsar los cambios necesarios en la reglamentación vigente en los países 
con gran diversidad cultural, que aportan grandes capitales, cuando se trastoca el 
fin público y social de los mismos, léase Patrimonio Cultural tangible e intangible, y 
la participación de los funcionarios en turno encargados de dirigir las instituciones 
culturales. 
 6
El fenómeno de la globalización, con su proyecto neoliberal, trasciende en 
todos los ámbitos, incluyendo las distancias y el acercamiento de individuos, 
países y continentes a través de las nuevas tecnologías comunicativas; 
aumentando los flujos migratorios; fortaleciendo los cuerpos supranacionales de 
dirección económica como el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, y 
la homogenización cultural que deriva de esta expansión de los mercados. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 7
 
Capítulo I. Neoliberalismo y Patrimonio Cultural en México. 
1. Patrimonio Cultural. 
Hacia principio de los años ochenta, en México se atiende al nuevo proyecto 
económico neoliberal que quiebra las bases de funcionamiento del pacto social 
que funcionaba entre el Estado y las organizaciones empresariales, sindicales, 
campesinas, entre otras, que propiciaban y daban orden al principio de Estado 
benefactor. Para el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), encargado 
del proceso de investigación, conservación, rescate, difusión y protección del 
Patrimonio cultural, esta situación la afecta en materia de trabajo, provocando 
cambios sustanciales: 
“En este marco se ubican los intentos para modernizar al INAH, propiciándose para 
ello modificaciones a la ley federal sobre monumentos que hasta ahora no han 
prosperado. Sin embrago hay que señalar que se han reformado otras 
legislaciones de carácter federal y que están vinculadas a nuestra materia de 
trabajo, como las leyes de turismo, de educación, general de asentamientos, 
cambios que en la práctica empiezan a traslapar las funciones del INAH y que 
pudieran, a mediano plazo, crear una problemática cuya solución fuera modificar la 
ley sobre monumentos [...]” [ Garza et al., apud D-II-IA-1, 1995:10]. 
Esto sucede en tanto su estructura normativa, como también en su 
estructura funcional, se reducen los presupuestos para proyectos, no se 
incrementa el personal, pero sí crecen los centros de trabajo; hay una constante 
carencia de política general de trabajo que no logra satisfacer la demanda de la 
 8
sociedad. Y para profundizar la herida institucional, se crea el CONACULTA -el cual 
adelante es materia de análisis-: 
[...] el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes se ha adjudicado la facultad de 
decidir sobre las prioridades de investigación en la arqueología y la difusión de los 
museos, mermando las exposiciones nacionales y privilegiando las 
internacionales. Esto intenta socavar el prestigio y la autoridad legal, moral y 
académica que tiene el Instituto gracias a su normatividad y al esfuerzo de sus 
trabajadores [ibid.:11]. 
Las normas y leyes se ven ignoradas y rebasadas1 ante el embate del gran 
capital. Así, el Patrimonio Cultural será sometido en lo particular, a las leyes del 
libre mercado que ignoran tanto la autoridad, como por los grandes empresarios 
que ven en este campo una fuente más de obtención de dinero y ganancia fácil y 
asequible. Todo lo anterior provoca que la norma sea obsoleta para los 
requerimientos del momento actual, porque dicha legislación no tiene por objetivo 
el lucro, por el contrario, busca el beneficio social y el uso público de todo este 
patrimonio, herencia de los antiguos pobladores y posteriormente de la colonia 
española. 
En situación emergente, comienzan las luchas en contra del capital, tanto 
de los trabajadores de las instituciones del sector cultural, como de la sociedad 
civil y algunos partidos políticos que se manifiestan contra la violación de lanorma, 
y todo intento de modificarla lleva al objetivo, siempre presente, de someterla a las 
leyes de libre mercado, haciendo caso omiso de la parte de significación, 
simbolización y valoración de un país donde se ven reflejadas sus raíces, que le 
dan sentido y sustento a la creación del Estado-nación. 
 9
El Estado mexicano orquesta una política con respecto al patrimonio cultural 
donde predominan los criterios de rentabilidad, con una concepción museística ya 
decadente, que no considera en su contexto vivo y orgánico de la comunidad que 
las crea y recrea, y por otro lado, la destrucción de bienes culturales que no le son 
útiles pero que si le representan un obstáculo en su expansión urbana y capitalista 
[ibid.:12]. 
En estos años se aplicaron políticas macroeconómicas, acuerdos trinacionales, 
modificaciones y adecuaciones de textos constitucionales y programas específicos 
que alteraron sustancialmente la materia laboral y el enfoque tradicional del 
quehacer científico de las instituciones de cultura. En el INAH se privilegiaron las 
actividades orientadas a satisfacer las necesidades del sector turístico, inmobiliario 
y comercial [...] [Machuca apud D-II-IA-1, 1995:73]. 
 
1.1.2 Algunas definiciones. 
1 Entendemos la cultura como el patrimonio social de los grupos humanos que 
comprende conocimiento, creencias, fantasías, ideologías, símbolos, normas, 
valores y actitudes. La cultura entendida de esta manera son los modos según los 
cuales se configura la vida para una sociedad. En este sentido la cultura es una 
forma de vida, forma en cuanto plasma, organiza, estructura, condiciona, regula, 
inspira la vida personal y la convivencia [Lombardi Satrini, 1975 apud. ibid.:13]. 
 
1 Todos los pueblos manejan un conjunto de símbolos que permiten la 
identificación de los miembros del grupo y son la expresión de su 
experiencia. El cúmulo de los símbolos, representaciones materiales, 
conocimientos y formas de entender el mundo que pasa de una generación 
 10
a otra, se conoce como patrimonio cultural. En este sentido, Guillermo 
Bonfil lo define: 
Nos estamos refiriendo precisamente a ese acervo de elementos culturales 
tangibles unos, intangibles los otros, que una sociedad determinada 
considera suyos y de los que echa mano para enfrentar los problemas, 
para formular e intentar realizar sus aspiraciones y sus proyectos, para 
imaginar, gozar y expresarse [Bonfil Batalla, 1991:128 apud Cuadernos de 
Patrimonio Cultural, 2001:26]. 
 
1 En lo que podemos denominar patrimonio cultural nacional confluyen, dentro de 
ciertos límites, la herencia de cultura de la nación mexicana y el catálogo de 
bienes llamados en nuestro derecho positivo monumentos, que forman una parte 
del acervo patrimonial del Estado mexicano, los cuales están regulados por la 
codificación que en la actualidad se titula Ley General de Bienes Nacionales 
[Olivé, apud ibid.:21]. 
 
2 El Estado se caracteriza principalmente por el ejercicio del poder supremo e 
independiente sobre la población de un territorio determinado y, en consecuencia, 
se integra por cuatro elementos: el pueblo, el territorio, el gobierno y la soberanía, 
concebida como poder de mando y de autodeterminación, de independencia frente 
a cualquier otro poder [...] [ibid.:24]. 
 
3 El patrimonio cultural de una nación o de un pueblo es un acervo de bienes y 
prácticas, pero también es algo dinámico y en constante desarrollo; no estático. Es 
claro que un pueblo que pierde su patrimonio cultural pierde con ello también su 
 11
identidad y su memoria histórica [ibid.:50]. 
 
4 El término patrimonio cultural es relativamente nuevo; comienza a utilizarse en 
1962 a partir de la Conferencia General de la Organización de las Naciones 
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO, celebrada en París 
[Lombardo, 1993 apud ibid.:55]. 
 
 
1.2 Multiculturalidad. 
Es un hecho, que la legislación en materia de patrimonio cultural no contempla la 
protección de las lenguas, tradiciones, cosmovisión, usos y costumbres de la gran 
variedad de culturas nativas, originarias, autóctonas como le queramos llamar, a 
ese abanico de posibilidades culturales que tiene esta nación y que justo, ese era 
el asunto a definir por nuestro país como nación, pues cada cultura es por sí 
misma una nación, con su lengua, territorio, tradiciones, música, políticas de 
representación, etcétera. 
La custodia de este patrimonio inmaterial e intangible ha estado a cargo del 
que fuera el Instituto Nacional Indigenista, ahora Comisión Nacional para el 
Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en cuanto a preservación, así como Culturas 
Populares para su difusión. Sin embargo, se han vuelto entes coordinados 
también por el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, que por su propio 
origen, tiene toda la línea de los funcionarios neoliberales que ven este legado con 
signos de mercancía, y lo que han hecho es vender, como souvenirs, para el 
turismo internacional, más que el local, todo lo que provenga de la 
 12
multiculturalidad. La crítica no es por que se exhiba, sino porque en nada 
retribuyen a las comunidades, la mayor ganancia es para los particulares y 
bolsillos de funcionarios, más que para el desarrollo de las propias comunidades 
que lo producen. Pero otra razón de crítica es que a las comunidades no se les 
liga al entorno cultural, es decir, a sus espacios prehispánicos que contienen toda 
su cosmovisión y herencia, no se les permite ser los dignos representantes de sus 
culturas, puesto que se les aísla del entorno socio-cultural, de tal suerte que el 
turista ve segmentada la parte viva de la parte monumental. 
En la medida en que todos reconozcamos que nuestra nación no desaparecerá ni 
hoy ni mañana, el manejo de la identidad patria tiene que partir del reconocimiento 
de que dentro del territorio nacional coexiste una variedad de identidades, así 
como de un concepto claro acerca de la interacción de las mismas [Velasco et al, 
apud D-II-IA-1, 2001:22]. 
Resulta alentador que haya académicos que analizan las opciones de desarrollo 
no sólo a través de los índices del producto nacional bruto y que las necesidades 
culturales tengan su lugar junto a las demás necesidades vitales. 
Desgraciadamente, el cambio en la percepción del desarrollo significa un paso 
pequeño: el problema mayor consiste en que se tome en cuenta a la cultura -o 
mejor dicho a las culturas- al momento de diseñar las políticas que buscan atacar 
el problema de las malas condiciones de la población de cualquier país. Si 
podemos lograr que los programas de gobierno partan de un concepto claro de la 
relación cultura-necesidad social tendremos un mejor camino para evaluar que 
respuestas, materializadas en servicios, deben ofrecer a la sociedad las 
instituciones del Estado y cómo aplicar políticas sociales y económicas que 
contribuyan efectivamente a la superación de la pobreza, como fenómeno social 
 13
complejo [ibid.:23]. 
Entre las tareas del Estado se encuentran la creación de un imaginario 
colectivo o un sistema de símbolos por medio de los cuales se reconozcan todos 
los miembros de la nación, pero menuda tarea le tocó al estado mexicano para 
seleccionar estos símbolos, con una nación multicultural, que constantemente 
pondrá en tela de juicio la identidad en la diversidad, puesto que las identidades 
que han mostrado mayor perdurabilidad son las étnicas, las que permanentemente 
han vivido tanto en la pobreza, como en la resistencia. Y sin embargo, son 
pobreza y resistencia elementos que permiten la sobrevivencia multicultural, no su 
explotación, sino sus resistencias, carácter que se transmite de generación a 
generación y que siempre está presente a pesar de la mundialización de la cultura. 
 
1.3 Contexto nacionalista. 
Hago referencia a este contexto por la importancia que tiene la institución en 
cuanto a la reproducción de la vidaeducativa en una nación cimentada en los 
valores prehispánicos, que son retomados para darle un marco sincrético a una 
cultura criolla hacia principios del siglo XIX, que intentaba crear un ser mexicano 
con esa doble identidad indígena-española. Así, el Estado mexicano como tal, que 
se constituye con la independencia política en 1821, creándose entre los 
intelectuales la polémica de si verdaderamente es una nación debido a la gran 
diversidad étnica y cultural. Se habla de una historia de la nación desde tiempos 
de la conquista y colonización, por ello las construcciones religiosas y civiles se 
incluyen en la lista de bienes muebles e inmuebles a cargo del INAH. 
 14
Olivé Negrete entiende la nación: 
[...] como una realidad sociológica independiente de los individuos y grupos que 
dentro de ésta se integran y que por ello, a pesar de la diversidad y de la 
pluriculturalidad que subsisten con gran fuerza, considero que si hay un fenómeno 
colectivo que tiene sustancia propia, que es lo que llamamos nación [Olivé, en 
apud op. cit.:26]. 
Pero la formación del Estado mexicano, tiene sus peculiaridades, se 
construye de manera tripartita, es decir, contemplando la suma de sus procesos: 
prehispánica, colonial e independiente, con lo cual se forman los criterios para 
clasificar el patrimonio cultural. 
La conciencia de la nacionalidad mexicana comienza a registrarse en todos 
los documentos de carácter ideológico, político y constitucional y va reconociendo 
en la multiculturalidad la propia identidad nacional, transformándose a través de su 
preservación (lo tangible e intangible) en un legado de dimensiones ideológicas 
que mantendrá cohesionado al país. 
Sin embargo, llegamos a los tiempos actuales (ochentas) y con el fenómeno 
de la mundialización de la cultura, la noción de los Estados-nacionales se debilita 
al no ser el principal promotor de la cultura nacional: 
[...] las identidades locales o regionales toman fuerza en la medida en la que 
dependen menos de la acción dirigida del gobierno y se encuentran más cerca de 
la experiencia común compartida que, de manera natural, inducen a formas de 
identidad colectiva. Esta fuerza se proyecta al mundo sin la participación del 
Estado nacional y obliga a que la diversidad cultural se asocie cada vez más a los 
pueblos que a las naciones. 
 15
Al mismo tiempo que crece la homogeneización de una serie de parámetros 
mundiales, quizá justo por ello, se cuestiona el derecho de los estados nacionales 
a compeler a los ciudadanos a atenerse a determinados elementos de identidad y 
símbolos uniformes. Consecuentemente, estas estructuras político-administrativas 
se ven obligadas a reconocer la existencia de la diversidad cultural dentro de su 
territorio, a darles reconocimiento y medios de expresión [Velasco et al., apud D-II-
IA-1, 2001:19]. 
1.4 Fundación del INAH. 
El Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), se creó en 1938 por 
disposición del entonces presidente de la República Mexicana, el general Lázaro 
Cárdenas, como un servicio autónomo de protección al patrimonio cultural de la 
nación; en él se integraron todas las dependencias relativas existentes hasta la 
fecha y se otorgaron como tareas fundamentales la investigación, conservación y 
difusión del patrimonio cultural [Garza et al., apud D-II-IA-1, 1995:9]. 
Se crea como un órgano descentralizado, pero con una figura fuera de serie, un 
híbrido que mantendrá independencia en la forma de realizar funciones y aplicar 
su legislación: 
Desde el punto de vista de la organización administrativa, el INAH tuvo 
características descentralizadas por tener personalidad jurídica y patrimonio 
propios, quedando dentro de la esfera de competencia de la Secretaría de 
Educación Pública, ya que esta se concibió como el órgano encargado de los 
servicios de la educación y del fomento de la conciencia nacional [ibid.]. 
 
En México, la integración histórica del concepto de patrimonio cultural como legado 
 16
social corre paralela con la idea de que su preservación es un atributo del Estado. 
Al transcurrir el tiempo, conforme se incrementan sus responsabilidades sociales, 
el Estado crea diversas dependencias involucradas en el cuidado del patrimonio 
cultural. Esto dio lugar para que en 1939 la federación asuma plenamente la tarea 
de cuidar y preservar el patrimonio cultural con la creación del INAH. A partir de esa 
decisión, el concepto de patrimonio cultural se fundamenta mediante un discurso 
integral que rige las funciones de este instituto [Contreras apud. D-II-IA-1, 2001:7]. 
 
 La institución funcionó por largos años en su papel básico, mientras crecían 
sus funciones, es decir, se hacia el trabajo de rescate, investigación y difusión del 
patrimonio cultural, pero se fue haciendo un complejo trabajo que, a la par de 
descubrir que todo el territorio nacional es una gran zona de monumentos, y que 
las partidas presupuestales destinadas a la misma eran insuficientes, hubo 
quienes le ganaron al INAH y con sus propios recursos saquearon los lugares, 
fomentándose el coleccionismo, situación por la cual aparecen piezas 
arqueológicas en todo el mundo, sin que el instituto tenga el control. 
Como medida preventiva para 1972, durante el gobierno de Luis Echeverría 
Álvarez, se creó la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, 
Artísticos e Históricos que competen al INAH y al INBA y que contiene todas las 
formas reglamentadas de protección, investigación, conservación y difusión del 
patrimonio arqueológico, artístico e histórico. Se publicó en el Diario Oficial de la 
Federación el 8 de diciembre de 1975. 
Además de este coleccionismo privado, para 1988, los investigadores del 
INAH se dan a la tarea de realizar foros de denuncia respecto del saqueo que 
 17
llevan a cabo en nuestro país, empresas trasnacionales, que argumentan nuestra 
incapacidad para sacar los tesoros del fondo del mar, los galeones hundidos en 
territorio subacuático mexicano, que llevaban a España el oro de México: 
El saqueo del patrimonio cultural de los mexicanos ha sido práctica histórica de los 
países poderosos, primero por los países colonialistas y posteriormente por los 
imperialistas. Los saqueadores han argumentado incapacidad económica y 
tecnológica del país para el rescate de sus bienes culturales [D-II-IA-1, 1988:4]. 
 
Después de una larga batalla para realizar las funciones encomendadas 
que implicaba una gran responsabilidad para llevarlas a cabo (tanto de su 
personal académico como del personal administrativo, técnico y manual) esta 
gran institución que está en todo el país a través de sus centros regionales, tiene 
como principal enemigo a funcionarios puestos por dedazo, que desconocen 
totalmente el híbrido que es: una institución que tiene la facultad y autoridad para 
negar permisos de construcción en zonas con declaratoria de monumentos, y que 
sin embargo, estos funcionarios, presas de la ambición, han autorizado conciertos, 
construcciones, festivales, fiestas privadas y que incluso, han rentado los espacios 
de museos y zonas arqueológicas para bodas, banquetes y eventos sociales. 
Extenderemos esta serie de agravios en el último capítulo, para dejar asentado 
que nuestra institución está mermada, y que a pesar de ello, la sociedad civil y un 
sector de trabajadores ATM siguen dando la pelea para mantener la función 
esencial de la institución. 
 
 18
 
 
1. 5 Neoliberalismo. 
Durante la época de los años ochenta y noventa se implementó la corriente 
económica llamada Neoliberalismo,2 que llega a influir en los gobiernos que para 
estas fechas, se encontraban totalmente endeudados y que dicho pensamiento 
económico se articula en los organismos del Fondo Monetario Internacional y el 
Banco Mundial (FMI, BM, en adelante), para condicionar la aplicación de los 
lineamientos económicos marcados por la poca o nula participación delEstado 
dentro de la actividad económica del mercado. Es así que con esta reducida 
participación estatal, la institución se transforma única y exclusivamente en agente 
regulador para dedicarse a favorecer e incrementar la actividad comercial y 
productiva ante los antiguos esquemas proteccionistas que existían en los estados 
benefactores: 
En la década de los ochenta, cuando gobiernos conservadores como el de 
Thatcher en la Gran Bretaña y el de Reagan en los Estados Unidos, rechazaron 
expresamente las políticas keinesianas y volvieron sus ojos a la teoría económica 
clásica defendida por Von Hayek Nozik y Friedman, entre los principales teóricos, 
para poner en marcha una serie de medidas como el achicamiento de los aparatos 
estatales, la desregulación económica interna y la privatización. Los límites 
estructurales del estado de bienestar dieron lugar, a su vez, a una fuerte corriente 
teórica que promovió la reducción y mayor eficiencia del Estado, visto 
crecientemente como un obstáculo económico y a la vida ciudadana. Junto al 
 19
declive del Estado benefactor, se instauraba una nueva confianza en el mercado 
como ordenador de la vida social en el sentido que le da el pensamiento neoliberal 
[Puga, 2004:19-20]. 
Esta corriente de pensamiento se enmarcaba en la Escuela de Chicago. 
Las medidas con las que fue condicionando el neoliberalismo a los países que 
entraban en el circuito de solicitantes eran préstamos económicos, que por 
supuesto eran los países del tercer mundo, en lo particular México, que se ubica 
explícitamente dentro de los sexenios claramente neoliberales desde el presidente 
Miguel de Madrid Hurtado, pasando por Carlos Salinas de Gortari hasta nuestros 
días con Vicente Fox Quesada y Felipe Calderón. Dichos préstamos estaban 
condicionados a la firma y el cumplimiento del Cuaderno de Intenciones que 
proponían los organismos financieros internacionales, que incluían precisamente 
estos lineamientos, al encontrar un freno debido a la existencia de estructuras 
normativas regulatorias del Estado benefactor, que requerían ser modificadas para 
dar marco legal para el desmantelamiento de este Estado proteccionista, por lo 
que se requería hacer las adecuaciones necesarias para una economía de 
mercado. Lo que entraba en contradicción con toda una normatividad ejercida 
desde los tiempos posrevolucionarios, donde surge una filosofía del Estado 
tergiversando su objetivo social a uno de lucro y mercantil. 
1.6 Globalización. 
Ante el desarrollo tecnológico mundial de grandes producciones y los 
requerimientos de grandes mercados, se incrementa esta política que está 
ampliamente integrada al neoliberalismo llamada globalización,3 la cual consiste 
 20
en el derribamiento de los estados proteccionistas, derribar las fronteras 
comerciales antes impuestas por los gobiernos nacionalistas y proteccionistas 
para iniciar un proceso mundial en la elaboración de productos en los distintos 
países con mano de obra barata y mercados dispuestos a su antojo, que abaten 
los precios de producción y la competencia en el mercado con productos similares 
que los lleva a la bancarrota, aunado a una serie de privilegios fiscales que derrota 
cualquier tipo de competencia de productos nacionales e imponiéndose los 
grandes monopolios en el mercado de consumo. Por supuesto, estos monopolios 
tienen su base en los países hegemónicos. Una adecuada y completa definición 
de lo que representa la globalización lo proporciona González Casanova: 
La globalización es un proceso de dominación y apropiación del mundo. La 
dominación de estados y mercados, de sociedades y pueblos, se ejerce en 
términos político-militares, financiero-tecnológicos y socio-culturales. La 
apropiación de los recursos naturales, la apropiación de las riquezas y la 
apropiación del excedente producido se realizan -desde la segunda mitad del siglo 
XX- de una manera especial, en que el desarrollo tecnológico y científico más 
avanzado se combina con formas muy antiguas, incluso de origen animal, de 
depredación, reparto y parasitismo, que hoy aparecen como fenómenos de 
privatización, desnacionalización, desregulación, con transferencias, subsidios, 
exenciones, concesiones, y su revés, hecho de privaciones, marginaciones, 
exclusiones, depauperaciones que facilitan procesos macrosociales de explotación 
de trabajadores y artesanos, hombres, mujeres, niños y niñas. La globalización se 
entiende de una manera superficial, es decir, engañosa, si no se le vincula a los 
procesos de dominación y de apropiación [González Casanova apud Saxe-
Fernández, 1999:12]. 
 21
Dentro de esta geografía económica y de mercado es importante mencionar 
que es en estos años que se llevan a cabo una serie de tratados de libre comercio 
a nivel mundial. Son tratados comerciales que exclusivamente tratan del tráfico o 
circulación de mercancías sin fronteras, más no de personas. Es en este apartado 
donde México se inscribe con el Tratado de Libre Comercio (TLC) o TLCAN,4 que es 
un tratado signado entre los tres países de América del Norte: Canadá, Estados 
Unidos y México, en el que se llega a imponer condicionamientos favorables a las 
grandes metrópolis, es decir, Estados Unidos y Canadá, mientras que para 
México es en detrimento de su economía nacional, siendo afectada la mano de 
obra en todos los sectores laborales. 
 
1.7 Tratado de Libre Comercio de America del norte (TLCAN). 
En un contexto mundial de globalización y con un modelo neoliberal, se ubica el 
gobierno mexicano, que para el periodo que va de 1970-1980, registra una de las 
peores crisis económicas por la implementación de recetas adosadas a los 
préstamos económicos de los organismos financieros internacionales, 
propiciándose un campo de cultivo para comenzar a mermar la función del Estado 
benefactor (social, asistencial), hacia un concepto de Estado que queda reducido 
simplemente como regulador y normador en el actuar del mercado, con el 
desprendimiento de gran cantidad de empresas estatales, trasladándose al ámbito 
privado y productivo. 
En este entorno, el gran capital busca romper las fronteras de los estados, 
mediante la creación de tratados comerciales que llegan a modificar las 
 22
estructuras político-sociales de los países, rompiendo barreras para que el 
mercado encuentre su libre expresión en la mercancía. Los tratados ignoran la 
legislación proteccionista, siendo antes valladares al servicio del desarrollo de la 
burguesía nacional. Hoy, se rompe ante el empuje de la globalización -entendida 
como homogenización comercial y la hegemonía de la economía trasnacional- 
[Puga, 2004:23] con sus repercusiones muy particulares en cada país. En el caso 
específico de México, la firma del TLC o TLCAN (TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE 
AMÉRICA DEL NORTE, para mayor referencia), significa un pacto que lo concibe todo 
como mercancía susceptible de incorporarse al mercado, lo cual serviría para una 
concepción anglosajona -como es el caso del pueblo norteamericano y 
canadiense- donde todo antecedente cultural de los habitantes originales de estos 
países tiende a desaparecer, mientras para otros países, se incrusta en una 
concepción cultural poco adecuada para un pueblo milenario y pluricultural como 
el mexicano, que ha sido un eje importante en la educación del sentido de 
identidad nacional. 
Dentro del TLCAN no hay un apartado específico para la cuestión de 
Patrimonio Cultural, sin embargo, sí son inducidas políticas neoliberales en el 
mismo momento que provocan una asfixia y reducción presupuestal dentro de las 
instituciones encargadas de su protección, investigación, conservación y difusión. 
Ven mermados sus programas y proyectos por la insuficiencia presupuestal, que 
por ley al Estado mexicano es responsable. Así, las autoridades centrales de las 
instituciones, se ven obligadas a buscar fuentes económicas de financiamientopara dar salida a dichos proyectos, lo que provoca el desprestigio social justo al 
ingresar al nuevo ámbito neoliberal. 
 23
Con motivo de la firma del acuerdo que crea la organización Mundial de Comercio 
y del tratado de Libre Comercio en América del Norte, nuestro país modificó su 
legislación en materia de propiedad intelectual, lo cual incluye tanto la Ley de la 
Propiedad Industrial, como la Ley Federal de Derechos de Autor que mencioné, y 
la Ley Federal de Variedades Vegetales con sus respectivos reglamentos [Rascón 
Banda apud D-II-IA-1, 2001:12]. 
 
1.8 Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CNCA). 
A partir de 1985, con un país asfixiado por la deuda externa, México vuelve los 
ojos hacia los Bienes Culturales de la Nación como instrumentos de resolución, 
proyectándolos en las políticas privatizadoras. El presidente en turno, Miguel de la 
Madrid Hurtado, intenta hacer cambios a la legislación vigente que representa el 
marco jurídico para la protección de dichos bienes, tanto para el Instituto Nacional 
de Antropología e Historia (INAH), como para el Instituto Nacional de Bellas Artes 
(INBA), llamada Ley Federal de Zonas y Monumentos Arqueológicos, Artísticos e 
Históricos (LFZMAAH). 
Estos intentos de alterar la legislación y siendo presidente Carlos Salinas de 
Gortari en 1982, crea por decreto presidencial un fantasma, un elefante blanco 
llamado Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CNCA), que vendrá a actuar 
en la vía de los hechos, como detonador y separador del binomio Educación-
Cultura, proyectando la cultura hacia el desarrollo turístico, operando para esos 
fines, políticas con base en los Acuerdos del Tratado de Libre Comercio (TLC), y 
quitando el carácter público y social del PATRIMONIO CULTURAL (PC), que es el alma 
 24
de un país, siendo acosado gestión tras gestión y sufriendo una amenaza 
constante de la Cámara de Diputados y Senadores, siempre con la intención de 
modificar la legislación, considerando al Patrimonio Cultural como mercancía. 
La creación del CNCA significó que un órgano desconcentrado sui géneris, creado 
por voluntad del ejecutivo, absorbiera a otros órganos desconcentrados -los 
institutos nacionales de Antropología e Historia (INAH) y de Bellas Artes (INBA) y 
Radio Educación; órganos descentralizados (Fondo de Cultura Económica, 
Imcine); empresas de participación estatal mayoritaria (Centro Cultural y Turístico 
de Tijuana, Canal 22, Estudios Churubusco Azteca); unidades operativas de la SEP 
(direcciones generales de Bibliotecas, Publicaciones, Culturas Populares, Fonca, 
Cenart, Festival Cervantino, Biblioteca México), así como fideicomisos y 
asociaciones civiles [Martínez apud D-II-IA-1, 2001:20]. 
El gran problema que representan CNCA, no radica sólo en su ilegalidad, 
sino en la duplicidad de funciones, así como sus normatividades dispersas que 
han respondido al vapor conforme a necesidades y momentos que se 
contraponen, quedando vacíos en cómo proceder. 
 
 
1.9 Merma presupuestal. 
Las funciones originales de las Instituciones Federales de Cultura se han visto 
rebasadas por las de carácter mundial, como son el Fondo Monetario Internacional 
(FMI) y el Banco Mundial (BM), que marcan las directrices que deben de regir la 
actividad del Gobierno Federal. 
Hasta el año 2000, instalada la ultraderecha mexicana en el poder, en la vía 
 25
de los hechos y por varias argucias de carácter económico-presupuestal, los 
servicios de las instituciones comienzan a mermar, por tanto, el INAH se ve 
inducido a buscar apoyos económicos con la injerencia de la iniciativa privada, 
cediendo espacios y servicios, o, en su caso más extremo, a caer en omisiones de 
la ley para beneficio de los intereses privados y distorsionar la norma y las leyes. 
Así, aparece la institución con facultades meramente normativas, o sólo 
reguladora del patrimonio arqueológico de la nación, desdibujándose sus labores y 
funciones principales. Por lo tanto, se van incrementado los costos de los 
servicios, como son las entradas a las zonas arqueológicas y museos, lo cual 
resulta restrictivo, en ocasiones, para el pueblo en general y se vuelve elitista por 
oneroso. 
Hasta el día de hoy, sigue latente ese embate legislativo, donde el trasfondo 
económico es el motor que mueve a los gobiernos estatales y municipales y no los 
principios emanados de su ley (LFZMAAH). 
 26
 
 
 
Capítulo II. Legislación y la Ley Federal sobre Zonas y 
Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos 
 
2.1 Antecedentes Históricos en la elaboración de la Ley 
Federal sobre Zonas y Monumentos Arqueológicos, Artísticos 
e Históricos. 
 
Desde el gobierno liberal de Benito Juárez (1850) hubo la preocupación de 
preservar los bienes arqueológicos, así que para 1897 se elabora la legislación 
sobre aspectos arqueológicos: 
Pero volviendo a la materia del patrimonio cultural tangible, constituido por los 
monumentos, cabe recordar que su protección se inició desde principios de la 
Independencia nacional, a partir de 1827, con las primeras leyes que se expidieron 
para impedir la explotación de las antigüedades mexicanas, a las que siguieron 
normas en las que la Federación asumió la propiedad de los monumentos 
arqueológicos inmuebles, que quedaron plenamente nacionalizados y como 
patrimonio federal desde la ley de 1897 relativa a los monumentos arqueológicos 
[Olivé Negrete y Cottom, 1997:13]. 
 
El Estado construyó un discurso nacional apoyándose en la recuperación de los 
 27
bienes culturales, pasados y presentes, en el que resaltaba la imagen de una 
unidad e identidad nacional única, compartida, indivisible, triunfante [citado por 
Escobar, D-II-IA-1, 2003:74 apud Pérez Maya, D-II-IA-1, 1995]. 
 Y en 1902, los monumentos arqueológicos, llamados en su momento 
“edificios o ruinas arqueológicas o históricas” son contenidos en la ley porfirista de 
clasificación de bienes inmuebles de propiedad federal, que sustituye a la de 
Juárez. 
Hubo un antecedente importante para proteger el patrimonio en todo el mundo, a 
raíz de las guerras que terminaron saqueando el patrimonio en Grecia y Egipto. En 
América con la llegada de extranjeros, comienza un saqueo y robo desmedido, 
surgiendo grandes coleccionistas que pagaban muy bien por piezas completas, 
convirtiéndose en una actividad de goce con carácter privado y tergiversando su 
uso público. 
2.1.1 Ley de 1897. 
Antes de esta ley, la Corona Española sin leyes, era quien controlaba las piezas, 
luego aparecieron las órdenes mendicantes y después fue Maximiliano quien 
expide una segunda cédula contra el saqueo. 
Esta ley del 11 de mayo de 1897, es una de las primeras que se dictamina 
en forma y declara que los bienes existentes en territorio mexicano son propiedad 
de la nación. Está determinada por el contexto histórico de finales del siglo XIX, 
periodo en el que se están formando instituciones en distintos ámbitos. 
Con la llegada de los extranjeros para difundir la riqueza del patrimonio de México, 
comienza a crecer el coleccionismo, pues esta promoción motiva a los viajeros. 
 28
Charvey, quien fue un explorador que se llevó a Francia la mitad de las 
colecciones en existencia. 
La ley está basada en exploraciones arqueológicas y plantea que las piezas 
son del Estado, aunque se conceda a particulares la exploración. Es una ley 
sencilla, pero completa y será la base de normas jurídicas; ya contempla las ruinas 
de ciudades, pinturas, rocas, códices y anticipa que todas las piezas debe estar 
concentradas en el Museo Nacional. 
Leopoldo Batres funda la Inspección de monumentos en 1885, que viene marcada 
en esta ley. 
 
2.1.2 Ley de 1934. 
Ley sobre protección y conservación de monumentos arqueológicos, históricos, 
poblaciones típicas y lugares de belleza natural. Protege monumentos muebles de 
origen arqueológico que resaltan por su valor histórico, vestigios aborígenes,durante la conquista y después de ella. Lo que se refiere a inmuebles 
arqueológicos está a cargo de la SEP a través de Inspección de Monumentos y ya 
se enuncia que son propiedad de la nación. Plantea también la tenencia territorial, 
en términos de que si hay vestigios, el dueño debe dejar que se hagan las 
excavaciones en el sitio. El propietario aparece como figura protectora del bien, 
pero la SEP tiene un alcance más amplio, puede llegar a expropiar un bien mueble 
si así lo determinara. Para exploraciones, restauraciones y remover, seguirá 
observando las directrices de la SEP, De igual manera es quien da concesiones a 
particulares e instituciones. Ya aparece un registro de la propiedad arqueológica. 
Esta ley funciona de 1934 a 1938, hasta que se crea el Instituto Nacional de 
 29
Antropología e Historia (INAH). 
2.1.3 Ley de 1968 
Se llamará Ley Federal del Patrimonio Cultural de la Nación (cuya vigencia da 
inicio el 16 de diciembre de 1970). 
 Continúa la SEP controlando patrimonio cultural. Registra y hace catálogos 
de bienes adscritos al patrimonio cultural de la nación, subdividiéndolos en bienes 
muebles y bienes inmuebles; autoriza las reproducciones fidedignas de piezas 
adscritas con fines mercantiles en cuyo proceso intervienen el presidente de los 
Estados Unidos Mexicanos, la SEP, el INBA y la Sociedad de Exportación temporal 
o definitiva. La exportación definitiva se podía autorizar si había bienes similares. 
Tarda alrededor de dos años en tomar su papel fundamental el INAH, para detener 
estas formas de saqueo autorizado al exterior, y reglamentar en todos los niveles, 
así como poner verdaderos candados en la protección del patrimonio cultural. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 30
 
2.2 Ley de 1972: Ley Federal sobre Zonas y Monumentos 
Arqueológicos, Artísticos e Históricos. 
 
Con la intención de dar un marco legal que se adecuara a las tareas del INAH, 
mismas que le asigna el Estado en la investigación, conservación y difusión del 
patrimonio histórico y cultural con la experiencia y las opiniones de los 
especialistas en la materia, se crea la Ley Federal sobre Zonas y Monumentos 
Arqueológicos, Artísticos e Históricos en 1972. El espíritu de esta ley: 
[...] fortalece el régimen jurídico de la propiedad de la nación sobre todos los 
bienes arqueológicos muebles e inmuebles y reconoce la dimensión nacional del 
INAH, así como preservar el carácter social del patrimonio cultural [Morales, apud 
D-II-IA-1, 2003:38]. 
 
 El espíritu de esta ley de 1972 es la condensación y atribución de las 
funciones sustantivas de la institución (INAH): investigación, protección, 
conservación, restauración, recuperación y difusión (1985 en ley orgánica) de 
monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y de zonas de monumentos, 
define todo lo que son bienes muebles e inmuebles, el carácter inalienable e 
imprescriptible de los bienes, la concurrencia de otras dependencias y 
organizaciones, define al patrimonio cultural como propiedad de la nación, define 
quien aplica: en ese orden, SEP, SPN (Secretaría del Patrimonio Nacional), 
actualmente, la Secretaría de la Función Pública, el INAH y el INBA. También marca 
 31
el carácter de interés social y nacional, así como de disposición del orden público. 
La característica de los bienes de uso común es que pueden ser usados por todos 
los habitantes de la República, sin más restricciones que las establecidas por las 
leyes y reglamentos respectivos y de acuerdo con el artículo 16 de la ley antes 
mencionada. Los bienes de dominio público son inalienables e imprescriptibles y 
no están sujetos, mientras no varía su situación jurídica, a reivindicación o 
posesión. Los particulares sólo pueden adquirir respecto de ellos los derechos que 
establezca la ley [Olivé Negrete en D-II-IA-1, 1995:23]. 
 
 En esta ley se establece una mayor funcionalidad para regular la posesión 
con el registro ante la institución de colecciones privadas, se establecen las 
sanciones y prohibiciones, se le da prioridad a la parte arqueológica más que a la 
histórica y de esta ley se derivan las leyes estatales; se quita el carácter de 
exhibiciones definitivas al exterior, modificándolas con el carácter de temporales, 
se crea la Declaratoria de Delimitación de Zonas Arqueológicas. 
 Para 1985 se establece la Ley Orgánica del INAH, donde se precisan sus 
objetivos y funciones, ampliándose el concepto de patrimonio cultural contenido en 
el debate nacional e internacional sobre la materia. Introduce un esquema de 
organización donde marca la participación de los sectores de trabajadores 
especializados, tanto académicos como técnicos en un Consejo General 
Consultivo y los Consejos de Área. Se elaboró entre trabajadores académicos y 
administrativos, técnicos y manuales un proyecto de reglamento para la ley 
orgánica y una propuesta no incluyente ni colectiva de las autoridades en función. 
Se llegó a un acuerdo para conformar una comisión que revisará, que finalmente 
 32
se entregó en su versión final a la SEP y al recién creado CNCA, pero las dos 
instancias lo rechazaron. En 2008, este reglamento vuelve a plantear los intentos 
de negociación, sin dejar de ser un asunto político. Los trabajadores esperamos 
por fin que este reglamento se logre aceptar y poner en práctica. 
 La parte negativa de esta ley orgánica es que contiene un decreto adicional 
que otorga permiso para reproducir las piezas arqueológicas, mismas que 
posteriormente los exfuncionarios de la institución realizan como concesiones para 
sus galerías privadas o para la comercialización. También establece normas de 
seguridad para museos, aumentando el número de efectivos policíacos en todos 
los centros de trabajo, propiciando más inseguridad para el personal, que 
seguridad para las piezas, y una negativa más para que crezcan las exhibiciones 
al exterior, porque está contenido en el plan nacional de desarrollo de 1989-94, 
que justo es el de Salinas de Gortari, mera casualidad, el gran neoliberal de este 
país. 
 
2.3 Iniciativas de Ley en torno al Patrimonio cultural: tendencias 
privatizadoras. 
 
En el periodo comprendido entre los gobiernos de Miguel de la Madrid hasta 
Vicente Fox, el INAH ha sufrido una serie de embates de carácter presupuestal, 
administrativo y legislativo, así como omisiones institucionales que han contribuido 
al discurso prefabricado de “ser una institución que ya no cumple con su 
cometido”, con lo que se intenta modificar su legislación para que opere en 
 33
beneficio de intereses privados, y le haga el juego al capitalismo emergente. 
 En el primer capítulo se abordó la actuación de los presidentes en turno 
para adelgazar la institución encargada de la protección del patrimonio cultural a 
petición de las trasnacionales y órganos globalizadores como el Fondo Monetario 
Internacional (FMI) y el Banco Mundial (BM) así como la aceleración de la firma del 
TLC y TLCAN. 
Cuadro 1. Embate al INAH 
 
 NEOLIBERALISMO 
 TLC 
 
 INAH 
 
Legislativo Presupuestal Administrativo Omision institucional 
CPEUM
∗
 -PROGRAMAS DE -Creación de CNCA -En aplicación de la ley 
LGBN
∗∗ separacion voluntaria. 
LFZMAAH
∗∗∗ -Congelación Plazas. 
LEY DE TURISMO -Reducción presupuestal. 
 = 
 INICIATIVA PRIVADA + CAPITAL FINANCIERO 
 
 
La disputa por el patrimonio cultural se ha establecido en el terreno legal. La 
 34
Ley de 1972 es objeto de constantes ataques e infructuosas embestidas para que 
se deje participar a los particulares libremente en el mercado de bienes culturales, 
y en esta tarea, están empeñados los gobernadores de los estados solicitando 
constantemente con iniciativas preelaboradas y dirigidas a sus bastiones en las 
Cámaras, propugnandoporque la federación no tenga injerencia en sus estados 
respecto al patrimonio arqueológico y cultural. Pero va más allá de los 
gobernadores en los estados, es toda la escuela neoliberal por encima del propio 
gobierno federal, que en este adelgazamiento de las instituciones, da alas a los 
representantes privados para que a través de las instancias del Congreso de la 
Unión, se filtren de manera a veces imperceptible -a menos que se haga un 
análisis muy detallado- sus verdaderas intenciones privatizadoras respecto al 
patrimonio cultural tratando de cambiar la orientación de esta leyes de protección. 
 En el Instituto Nacional de Antropología e Historia, INAH, se privilegiaron las 
actitudes orientadas a satisfacer las necesidades del sector turístico, inmobiliario y 
comercial. Como ejemplos están la Plaza Jaguares en la zona arqueológica de 
Teotihuacan, Ixcaret en Quintana Roo, el mercado de La Victoria, en Puebla, el 
trazo de carreteras de cuota México-Acapulco, etcétera [Machuca y Ramírez apud 
D-II-IA-1, 1995:73]. 
 
 Es menester señalar que dentro de este embate legislativo, se encuentran 
estrechamente vinculadas ideas o preceptos neoliberales que se articulan en 
acuerdos o tratados: 
Las modificaciones que durante el presente sexenio se hicieron a la Ley de 
Turismo y de inversión extranjera fueron respecto a las iniciativas del 
 35
gobierno federal al suscribir acuerdos como el TLC, el ingreso de México en 
la OCDE y la consecuente puesta en práctica de programas de 
ordenamiento urbano derivados, como son Ciudades coloniales, Mundo 
Maya, los megaproyectos arqueológicos y las áreas de interés turístico 
prioritario [ibid.]. 
 
 Es por ello que una de las actividades económicas que reviste mayor 
importancia durante estos gobiernos ha sido el turismo, es con base en ello que: 
Según Silva Herzog, Secretario de Turismo, al finalizar el sexenio 1988-
1994 habían visitado el país un total de siete millones de turistas 
extranjeros cuyos destinos habían sido las playas, sitios arqueológicos y 
ciudades coloniales, cifra que no alcanzó las estimaciones previstas que 
eran de 10 millones [ibid:74] . 
 Así pues, este sector de la actividad turística fue uno de los ámbitos que 
sufrió adecuaciones de carácter legislativo al no poderlo realizar en el ámbito 
arqueológico. Con ello: 
El turismo, en su modalidad actual, está en relación directa con el proceso 
de mercantilización y en usufructo privado de los bienes patrimoniales, los 
espacios nacionales de los centros históricos y las reservas ambientales. 
Se desenvuelve en el contexto de un intenso proceso de privatización como 
aspecto documental de una transformación mundial en la que el turismo 
adquiere una importancia renovada [ibid.:80]. 
 En este marco legislativo y de adecuaciones normativas, baste mencionar 
que los intentos en su modificación y adecuación con fines privatizadores y 
mercantiles, lograron cambiar todo el espíritu y esencia en la Ley General de 
 36
Bienes Nacionales, donde hay afectación directa, al ignorar a los institutos 
encargados de la protección del patrimonio cultural. 
 En este punto, trataré de enmarcar y enunciar las iniciativas que desde el 
año 1999 hasta 2003 estuvieron puestas en la mesa de debates en la LVIII 
Legislatura Federal y que contienen cambios sustanciales, con la aclaración de 
que ninguna fue aprobada, debido a la movilización y preocupación por parte de 
los sectores sindicales, que constantemente con protestas e intervenciones por 
todas las vías que se facilitaran para impedir las intentonas, y a la intervención de 
algunos diputados y senadores de la izquierda que apoyaron e interfirieron a la 
hora de tomar puntos de acuerdo. Las iniciativas son las siguientes: 
 
2.3.1 Iniciativas de Ley. 
1. Senador Mauricio Fernández Garza (PAN), septiembre de 1999, reforma al 
artículo 73 constitucional, fracción XXV, propone que el Congreso tenga 
atribuciones para legislar sobre vestigios o restos fósiles y establece la Ley 
General del Patrimonio Cultural. 
2. Senador César Camacho Quiroz (PRI), diciembre de 2000, reforma el 
artículo 4, fracción XX del artículo 73, 115, 116, 122 y 124, así como el 
último párrafo de la fracción XXIX y reforma la fracción XXIV-E del artículo 73 
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 
En esta iniciativa se concede exclusividad al Congreso de la Unión para 
legislar sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, entre otras 
cosas. 
3. Senador Natividad González Parás (PAN), noviembre de 2002, propone 
 37
crear el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes. Pretende dar 
personalidad legal y jurídica a Conaculta y trata de ajustar la legislación en 
torno a la conservación del patrimonio histórico y cultural, la función de 
administrarlo y también se promueve un órgano consultivo con la 
participación de particulares. 
4. Senador Fidel Herrera Beltrán (PRI), noviembre de 2002, propuesta de 
punto de acuerdo para suspender el Decreto de la Zona Arqueológica de El 
Tajín, ya que les estorba en la realización del evento comercial Cumbre 
Tajín. Pretende cambiar el uso del suelo para poder despojar terrenos para 
alterar el contexto arqueológico con edificaciones modernas. Señala al INAH 
como enemigo de las etnias por la burocracia en el trámite de permisos 
encausando a provocaciones que se pueden lamentar. Y argumenta que 
para hacer la declaratoria, no se consultó a 5 comunidades del municipio de 
Papantla, pero en realidad pone en riego la protección del sitio arqueológico 
de El Tajín. 
5. Diputada Celita Trinidad Alamilla (PAN), noviembre de 2002, Decreto por el 
que se expide la Ley del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes. 
Argumenta que las “múltiples instituciones carecen de un marco legal 
congruente”, dando participación en materia legislativa sobre cultura al 
sector privado. 
6. Senador Eduardo Ovando (PRI), diciembre de 2002, reforma la Ley Federal 
sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. Critica 
esta ley y dice que el saqueo se debe a intereses internos y externos que el 
marco jurídico de la ley lo ha permitido. La intención es abrir procesos de 
 38
modificaciones a la Ley y fortalecer a la federación. 
7. Diputada Verónica Sada Pérez (PAN), octubre de 20002, se reforma la 
fracción XXIX-j del artículo 73 y se adiciona la fracción IX del artículo 3 de la 
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 
8. Senador Guillermo Herber Pérez (PAN), enero-febrero de 2003, Proyecto de 
Ley General de Cultura. 
9. Diputado Juan Manuel Correa Ceseña (PRI), 2002, Decreto que reforma la 
fracción V del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos 
Mexicanos, y que eleva a rango constitucional la cultura. La cultura como 
un derecho fundamental de todos los mexicanos, pero aquí lo importante es 
abrir el espacio de debate sobre la cultura y sus bienes, no les interesa un 
derecho que por otro lado le están quitando el carácter público y social. 
10. Senador Roberto Pérez de Alva (PRI), marzo de 2003, reforma la Ley 
Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia. Esta iniciativa 
marca la desaparición del Instituto Nacional Indigenista (INI), al resolver los 
problemas indígenas ante la exigencia del EZLN y utilizando al INAH, a cuyas 
funciones se suma las del INI. 
11. Diputado Ignacio de la Llave (PRI), julio de 2003. Adiciona al artículo 27 
Constitucional en materia de Patrimonio Histórico, Artístico y Arqueológico. 
 
Pero también hubo iniciativas de ley que si lograron pasar. 
Posteriormente continuaron los intentos, pero como no habìan logrado 
mucho avance, hubo gran presión interna y externa para retirar a las 
delegaciones sindicales, sobre todo del INAH e INBA, a los dirigentes que 
 39
estaban comprometidos en la defensa de la institución y del patrimonio cultural. 
Incentivaron la entrada degente corrupta, para que se instalara y desactivaran 
estas luchas que tenían muy molestos a los funcionarios neoliberales que 
persistentemente daban prebendas y canonjías a este grupo apuntalándolos 
con sus negociaciones a obscuras. Y hubo desgaste también por parte de 
diputados y senadores, que no veían la hora de asegurar sus propios negocios, 
pues saliendo de las cámaras, frecuentemente no tienen trabajo a la altura 
económica de lo que les reporta sus dietas en el poder legislativo. 
 
En septiembre de 2005 el presidente Vicente Fox Quezada (PAN), presentó la 
iniciativa de Ley de Fomento y Difusión de la Cultura, en la Cámara de Diputados, 
misma que queda en reserva para un a mejor oportunidad. 
Si bien es cierto que la Ley Federal sobre Monumentos Arqueológicos, 
Artísticos e Históricos no se ha modificado de manera sustantiva, gracias a la 
movilización de los trabajadores y la dirigencia sindical de la institución, porque en 
la vía de los hechos, las autoridades han prestado un apoyo de gran importancia a 
legisladores, cuyos objetivos son cambiar el espíritu de la ley cayendo en 
omisiones hacia su observancia y aplicación en aras del gran capital. 
 
2.3.2 Modificaciones reales a la legislación. 
Se inicia este punto con una cita muy elocuente del ya fallecido exdirector del INAH, 
Don Gastón García Cantú -quien fuera uno de los más sobresalientes directores 
de la institución- respecto de las modificaciones a la Constitución: 
 40
 Si revisamos cada una de esas partes fundamentales, advertiremos el alcance de 
las amenazas cotidianas. Unas conforme al presupuesto de que dispondrán, otras, 
en la ofensiva jurídica propuesta al Senado de la República para abrogar 
fracciones de los Artículos 27, 73 y 123, principalmente: La amenaza contra el INAH 
es jurídica a partir de la Iniciativa de Ley que modificaría la Fracción XXV del 
Artículo 73 de la Constitución, presentada en abril de 1999. Nadie puede 
equivocarse, se trata de una ofensiva que en lo económico está a punto de 
enfrentar la UNAM, PEMEX y la industria eléctrica. El Instituto es parte de esa 
ofensiva [...] Los académicos denunciaron sobre la iniciativa “pretende romper toda 
la tradición vigente que otorga un papel fundamental al carácter nacional y a la 
función social y educativa tanto de la investigación antropológica e histórica como 
de la preservación del patrimonio cultural. Dicha tradición ha permitido la 
continuidad de un proyecto de nación cuya valoración del pasado está anclada en 
los más remotos orígenes de los pueblos prehispánicos hasta llegar a constituir 
uno de los fundamentos de la diversidad de nuestras culturas...” y más adelante su 
advertencia “de aprobarse esa Iniciativa, se aceptaría que el patrimonio 
arqueológico, imprescriptible e inalienable, podría enajenarse y concesionarse, lo 
que afectaría nuestra identidad y cohesión social” [García Cantú, en D-II-IA-1, 
2003:84]. 
 Tan cierto era lo que decía don Gastón, como lo previsto por los 
investigadores, porque después de esas modificaciones a los artículos 
constitucionales, vino la iniciativa y aprobación de la Ley General de Bienes 
Nacionales, en escalada y por orden jerárquico, había que modificar primero la 
constitución, para luego seguirse en específico, cada vez más, ir quitando los 
fundamentos legales para limpiar el camino hacia la privatización. 
 41
 
2.3. 3 Ley General de Bienes Nacionales. 
En esta ley están catalogados, regulados y codificados los 
bienes del acervo patrimonial del Estado mexicano. Y fue 
promulgada por el c. Presidente de la República, Benito 
Juárez, el 30 de mayo de 1868, donde se señala cuales 
son las rentas y bienes de la Federación. 
 
1. Diputados Gustavo Riojas Santana, Berta Alicia Semental García y Norma 
Patricia Riojas Santana (PSN), septiembre 2002. Dictamen con Proyecto de 
Ley General de Bienes Nacionales. 
Cuando esta iniciativa llegó a la Comisión Legislativa de los trabajadores ATM 
del INAH, ya era un dictamen de ipso facto en la Cámara de Senadores. Al parecer 
fue dictaminada sin consulta, aún cuando tuvo observaciones de la Comisión de 
Cultura, no fueron tomadas en cuenta, lo que pasó por acuerdo político PSN-PAN y 
gobierno federal. 
La Comisión Legislativa y la Defensa del Patrimonio Cultural de trabajadores ATM del 
INAH, nos vimos en la necesidad urgente de revisar toda la iniciativa y hacer la 
comparación con la vigente para intentar detenerla. Contactamos con la Lic. María 
Luisa Moreno, asesora legal de la Comisión de Educación y Cultura del Senado 
(fracción del PRD), y nos solicitó la revisión y consideraciones a esta iniciativa, para 
tener los argumentos suficientes y devolverla a los diputados. Encontramos dentro de 
los 152 artículos, 39 sujetos a modificaciones por ambiguos, por omisiones, por 
 42
tramposos y procedimos a hacerles adecuaciones, cerrar candados y hacer mención 
de las instituciones encargadas del patrimonio cultural, las cuales ya dejaban fuera. Se 
logró adecuar con un poco de cambios en la redacción. Ese fue un logro que pocas 
veces llega a pasar con la premura de tiempos [Boletín No. 3, agosto, 2003]. 
 
2. Diputada María Cruz Martínez Colín (PAN), octubre de 2002, adición a la 
fracción XXIX-K, artículo 73 , sobre Turismo, de la Constitución Política de 
los Estados Unidos Mexicanos. Confiere al Congreso la potestad para 
legislar en materia de Turismo, coordinación de la facultad concurrente 
entre la Federación, el Estado, Municipios y Distrito Federal, así como 
participación del sector privado y social (el Turismo representa el 8.4% del 
Producto Interno Bruto). 
3. Senadora Martha Tamayo Morales (PRI), diciembre de 2002, Proyecto de 
Decreto aprobado que reforma la Ley Federal del Derecho de Autor. 
4. Punto de Acuerdo de las Comisiones Unidas de Educación y Cultura, de 
Ciencia y tecnología y Hacienda y Crédito Público, diciembre de 2002. Se 
reforma el artículo 25, párrafo primero de la Ley General de Educación. 
 
Es así como durante todos estos años, es decir, desde la presencia del modelo 
neoliberal en la esfera política se ha estado en una constante de modificaciones y 
adecuaciones legislativas. No se encuentra exenta la parte constitucional: 
En estos años se ampliaron políticas macroeconómicas, acuerdos trinacionales, 
modificaciones y adecuaciones de textos constitucionales y programas específicos 
que alteraron sustancialmente la materia laboral y el enfoque tradicional del 
 43
quehacer científico de las instituciones de cultura [Machuca y Ramírez apud D-II-IA-
1, 1995:73]. 
 
 Los ejemplos anteriores bastan para entender, que de cualquier manera, los 
intentos que han seguido, y que no cesan, más que en coyunturas de llevar la mira 
hacia el petróleo, muestran que es cuestión de maña, no de inteligencia de los 
representantes rapaces del Congreso, sobre todo de centro y derecha, que 
siempre revisarán las leyes por encargo de los sectores privados, buscando cómo 
trampear con argumentos que parecieran de buena fe y buenas intenciones, pero 
no tienen más objetivo que desmantelar un Estado que tiene las leyes de caracter 
social y popular, que son perfectibles en el ámbito de un Estado benefactor, 
porque emanaron de un periodo de la revolución cuyo apoyo filosófico es el bien 
común, con uso social y público en aras de otorgar beneficios a la poblacion 
mexicana. 
 44
Capítulo III. Casos concretos. 
 
3.1 Paseo de San Francisco, Puebla de Zaragoza. 
Con el pretexto de un reordenamiento urbano desde 1995, la ciudad de Puebla de 
Zaragoza se ha visto confrontada con la sociedad civil y el gobierno local en 
detrimento de la zona central de monumentos históricos y en beneficio de los 
intereses privados que ofrecen los servicios a cambio de destrucción de edificios 
históricos, con cimientos arqueológicos, destruidos en 2004, para reorganizar 
espacios de estacionamientos, zonas de alimentoscon restaurantes de capital 
español e italiano, y con una zona “cultural”, para convenciones y eventos 
privados, que dejan muy lejos el lugar de belleza histórica y de paseos populares: 
En disputa por un REORDENAMIENTO URBANO DEMOCRÁTICO, los sectores sociales 
enfrentan a una cultura tecnocrática, productivista, de corte racional-instrumental y 
lucrativa, de connotación económica y política y una fuerte vinculación a los 
intereses económicos de los Estados Unidos. Ello supone una modificación de las 
formas culturales vernáculas y hace que una lucha de este tipo adquiera 
significado con relación a un aspecto cultural del problema de la soberanía 
nacional, donde lo global precisamente se ha internalizado [Machuca et al en D-II-
IA-1, 1995:161]. 
 
La Ley Federal sobre Zonas y Monumentos Arqueológicos, Artísticos e 
Históricos es la que marca en que términos se dan o no autorizaciones, y por 
supuesto para destrucción no existe artículo alguno, puesto que el espíritu de la 
ley es la de proteger el patrimonio cultural de la nación. Para la ciudad de Puebla 
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existe el decreto del 28 de noviembre de 1977 de la federación y la poligonal que 
comprende la zona de monumentos históricos y artísticos y el de la UNESCO como 
Patrimonio de la Humanidad, otorgado en 1987. 
Pero para lograr sus objetivos el gobernador del Estado y los privados, por 
supuesto que hicieron caso omiso de la ley que protege, se basaron en tres 
declaratorias como argumentos, tergiversando el fin, a saber: Puebla como 
Patrimonio de la Humanidad (ésta sin ser su intención original, viene a entroncar 
con la puesta en valor del centro histórico como capital cultural que genere 
ganancias para el sector turístico), de Utilidad Pública y de Desarrollo Turístico 
Prioritario, así, por encima de la legislación específica, utilizaron recursos 
generales que por supuesto violan la norma. 
Se recurre entonces a las políticas delineadas por los organismos internacionales, 
que además de sostener los planes de la iniciativa privada y los grandes capitales 
internacionales, aderezan con ideologías que despersonalizan a las ciudades, 
ahora ya no importan los edificios históricos ni la historia de los pueblos, quisieran 
de tajo borrar las bases identitarias y homogenizar, así, la penetración ideológica 
permite hacer consumidores pasivos sin historia, y ávidos de lo nuevo. 
A estas zonas históricas, se les llama técnicamente zonas degradadas, es decir, 
que ya son obsoletas tanto para vivienda, como para preservación, se les debe 
destruir. Sin embargo, el diagnóstico de los especialistas del INAH fue otro: 
Dicha zona es prácticamente recuperable en su totalidad desde el punto de vista 
estructural. Sin embargo, las vías argumentales para justificar su afectación 
pueden consistir en descomponer la zona de afectación en la multiplicidad de sus 
distintos usos, tratándolos por separado: zonas degradadas, subutilizadas, 
 46
espacios verdes, de circulación, baldíos y susceptibles de expropiación, y 
habitacionales: en vecindad y de particulares, de manera que las zonas de los 
barrios a ser defendidas se convierten en un mero reducto, un reducido sector 
aislado en un contexto de espacios justificados por su vocación para usos 
distintos. La integridad de un espacio para ser defendido resulta así pulverizado y 
fragmentada, de manera que casi nada resulta rescatable de este [op. cit.:162]. 
 
Pero lo anterior se desprende del ingreso de México el 25 de marzo de 
1994 a la OCDE (Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos), con sede 
en París, que obliga a los países alineados a “alcanzar el más alto crecimiento 
sostenido posible de la producción, el empleo y el nivel de vida de los países 
miembros” [ibid.:173], políticas que signan acuerdos internacionales violatorios del 
manejo legal e interior y de cómo proceder en contra de los mismos. El documento 
al que signa México El entorno urbano: políticas mediombientales para los 90 tiene 
los siguientes lineamientos: 
Dentro de los lineamientos que se plasman en este documento con referencia a la 
planeación urbana, destaca la especificación que hace la OCDE en torno a que las 
grandes obras de renovación y desarrollo pueden contribuir a mejorar el entorno. 
En los casos que se citan se han logrado encontrar nuevos usos a las zonas 
abandonadas/degradadas; aumentar el valor de los terrenos; mejorar el entorno, 
crear nuevos empleos; elevar los ingresos de la zona; extender los efectos 
positivos a las zonas circundantes [ibid.:174 apud OCDE, 1991:67]. 
 
Por supuesto lo anterior, desde el punto de vista de un organismo que 
presiona y gana para poder invertir en México, pero que nada dice sobre la 
 47
destrucción de monumentos y de contravenir a la legislación interna. 
Para lograr los propósitos mercantilistas de un espacio de zona de monumentos, 
hubo que modificar el uso de suelo, sin importar que los espacios sociales 
significativos son un producto histórico, independientes de la parte arquitectónica, 
lo cual nunca toman en cuenta ni legisladores ni gobierno federal y mucho menos 
los empresarios. 
Otro asunto fue el financiamiento de la inversión para crear estos espacios 
suntuosos y comerciales a través del Banco Mundial, tan cuantiosa que ni el 
gobierno ni los particulares nacionales pueden solventar y que sí representó 
deuda para el país, adquiriendo un carácter subsidiario del sector privado nacional 
y del propio gobierno con respecto del capital transnacional. 
Ya desde el Plan Nacional de Desarrollo 89-94 se señalaba que “La protección y 
difusión del patrimonio arqueológico, histórico y artístico […] excede la 
disponibilidad de recursos materiales, financieros y humanos del sector público”. 
Sobre esta base es que se busca flexibilizar y adecuar a la normatividad existente 
en la materia para dar cabida al sector privado. Una expresión de esta adecuación 
es desincorporar inmuebles federales, concesionándolos para la instalación de 
servicios de apoyo [ibid.:166]. 
 
El área comprendida como el Paseo de San Francisco es rica en 
arquitectura industrial e histórica, así como de vivienda en monumentos del siglo 
XVIII y XIX, aunado a que se encontraron restos arqueológicos de lo que fue la 
fundación de la actual ciudad de Puebla (1531). Antes de los cambios, se 
consideraba un espacio popular, industrial, de vecindades, trastocándose como 
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espacio de oficinas para servicios, zona “cultural” y de restaurantes de comida 
extranjera y que sociológicamente se pierde el entorno comunitario, a un centro de 
carácter comercial y financiero, con mayor plusvalía. 
Finalmente, este programa llamado “Parcial de Desarrollo Urbano, 
Mejoramiento, Conservación e Integración del Paseo de San Francisco”, es 
difundido y elaborado por el gobierno municipal, saliendo a la luz en el Diario 
Oficial de la Federación de Puebla, el 13 de agosto de 1993, con carácter de 
utilidad pública en su aplicación. 
El área de afectación fue de 50 hectáreas, que representa el 7% del total de la 
zona histórica. 
Las demandas de organizaciones civiles y sindicales fueron: 
1 Suspensión inmediata de todas las obras que actualmente se realizan en el 
Paseo de San Francisco, para dar lugar a la revisión de los proyectos. 
2 Acatamiento de la suspensión definitiva de obra, emitida por el 1º. Y 2º. 
Tribunal Colegiado del Sexto Circuito en Puebla para los predios ubicados 
en la calle 10 Norte 402a y 404a. 
3 Deslinde de responsabilidades concernientes a las demoliciones 
efectuadas, así como también de sanciones a quien resulte culpable 
[Folleto de la Comisión de Defensa del Patrimonio Cultural, ATM del INAH, 
delegación de Puebla, agosto de 2004]. 
Lo importante de esta experiencia, que ni con la presión ni con la omisión, y 
gracias a la movilización sindical de los trabajadores ATM del INAH y sus comités de 
las gestiones 2000-2004, así como de otras organizacionessindicales y sociedad 
civil, no se modificó la Ley Federal sobre Zonas y Monumentos Arqueológicos, 
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Artísticos e Históricos, que era la pretensión. Pero no podemos decir lo mismo en 
cuanto a lo miembros de la Cámara de Diputados, fue puesta en aviso la Comisión 
de Cultura de lo que estaba aconteciendo en Puebla, incluso la Diputada (Técnica 
Dental por cierto) Elba Garfias de la 59 legislatura (PRD), quien visitó con la 
Comisión de Defensa del Patrimonio Cultural de los trabajadores ATM del INAH, y 
fue documentada con todas las irregularidades en que se llevaban a cabo las 
obras para su intervención y no hizo nada para detener la destrucción del 
patrimonio cultural. 
La lucha del capital en este campo de batalla llamado Paseo de San 
Francisco, fue una lucha desigual en la cual la norma no es lo que falla, sino la 
autoridad y su discrecionalidad al momento de ejercerla, pues después de una 
intensa movilización civil con llamados a la legalidad, hoy vemos aquí y en 
grandes extensiones del país, una vida popular rica en arquitectura del siglo XVIII y 
XIX, además de edificaciones arqueológicas debajo de los cimientos, que fueron 
destruidas, de manera que será imposible recuperar esa información arqueológica 
e histórica que quedó sellada permanentemente por grandes pilares de cemento 
de concreto que perforaron el piso a varios metros de profundidad y que va a 
servir de soporte a nuevas edificaciones, algunas de ellas con fachadas antiguas y 
gran cantidad de superficie que eran habitaciones y que hoy son suplantadas por 
grandes edificios de estacionamientos y centros de servicios comerciales de 
entretenimiento. 
 
 
 50
3.2. Cuicuilco y Plazas Loreto y Peña Pobre. 
Una de las zonas de mayor importancia para conocer el México actual es sin duda 
Cuicuilco (4 mil años de antigüedad), por su relevancia en el desarrollo cultural de 
las posteriores sociedades y cuna de la gran civilización teotihuacana. Los 
primeros estudios que se realizaron en esta zona a principios de los años veinte 
fueron con Manuel Gamio. Originalmente la superficie que cubría esta zona era de 
158 km2. En sus investigaciones Gamio encontró gran cantidad de material 
arqueológico. Él mismo mencionó “eran las piezas más antiguas de las que hasta 
ahora se han encontrado en todos los espacios antiguos del Valle del Anáhuac”. 
Baste recordar que toda esta área se encuentra con una gran capa de lava, 
producto de las erupciones del volcán Xitle y bajo ésta, se encuentra sepultado el 
primer basamento de un edificio circular, cuyas características son tan singulares 
que según Cummings (1925) “este hecho comprobaba que Cuicuilco era cinco mil 
años más vieja que la pirámide de Gizeh en Egipto, tres mil años más vieja que 
Mesopotamia, y anterior a todas las construcciones hechas por el hombre” [pág. 
web Actualidades arqueológicas p.8-15]. Debido a estas características geológicas 
y geográficas se encuentra sepultada gran cantidad de información, enigmas y 
conocimiento de las culturas que se manejan en la cronología actual. 
Hasta este asentamiento llegaban las márgenes del Lago de Texcoco. Es 
en los tiempos modernos que este enigmático lugar llamado Cuicuilco se vio 
agredido de manera ligera a principios del siglo XX con la implantación de fábricas 
de papel. Y es en los años sesentas con el crecimiento urbano de la ciudad de 
México, que se construye en periférico y la carretera a Cuernavaca: con ello, 
 51
vienen las construcciones de unidades habitacionales, con el pretexto de ubicar a 
los jugadores internacionales de la Olimpiadas de 1968, que se construye la Villa 
Olímpica y se rompe con la unidad de la zona arqueológica, quedando partida en 
dos áreas. Luego se edifica uno de los más grandes centros comerciales llamado 
Perisur, es aquí donde se marca el boom financiero, en los años 80 y 90, que el 
lugar se ve agredido de manera más violenta con un proyecto que originalmente 
tenía concebido la construcción de una torre de 22 pisos “la Torre Inbursa”, un 
complejo comercial y de diversiones en lo que fuera el viejo conjunto fabril de 
Peña Pobre. Pero para presentar el gran proyecto, antes se privatizaron los 
terrenos de la fábrica, haciendo oficinas de Inbursa, en la parte de las casas-
habitación de los obreros, se hizo un parque ecológico “Manantiales de Peña 
Pobre” con actividades manuales y artísticas de fin de semana, todo muy “bello y 
light”, para los ecologistas, sin imaginar que el verdadero proyecto era la 
construcción de la gran torre a 500 metros de la zona arqueológica y el centro 
comercial: 
[…] en el centro del conflicto se encuentran los vestigios arqueológicos de 
Cuicuilco, con una antigüedad de 4,000 años, y un horizonte 
potencialmente agredido por la arquitectura [Rivera apud Proceso, 
núm.1092:28]. 
En 1991 el apoderado legal de Seguros de México (absorbida por Grupo 
Carso) solicita a Camacho Solís jefe del DDF, la modificación al Programa Parcial 
de Desarrollo Urbano de la Delegación Tlalpan para iniciar trámites de 
construcción del proyecto Plaza Inbursa, ya que la zona estaba clasificada como 
ES (que restringe el uso del suelo a equipamiento de servicios, administración, 
 52
salud, educación y cultura e impide la construcción de edificios de vivienda y 
centros comerciales). Así, como los mencionados proyectos de reconversión 
urbana, fueron adecuando las normas, sin observar las específicas de protección 
del patrimonio cultural y la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, que 
obliga a elaborar un estudio previo del impacto urbano, que nunca existió, así 
como tampoco existió el financiamiento de un estudio que elaborara la Dirección 
de Salvamento Arqueológico. Con estos agravantes, se expide licencia de 
construcción el 27 de septiembre de 1996. 
La agresión que ha sufrido esta zona arqueológica ha sido de las más 
violentas y tal parece que definitivas, por este aparato burocrático y empresarial, 
para el caso el Grupo Carso. En principio, provocó gran cantidad de 
manifestaciones de vecinos, sociedad civil, intelectuales y organizaciones 
sindicales de trabajadores del INAH, logrando que el proyecto original fuera 
modificado, porque encontró trabas de carácter legal, aunque en realidad por lo 
que respecta a la LFZMAAH, el INAH tuvo que intervenir directamente con todos los 
elementos, y detener cualquier construcción en el perímetro de protección, sin 
embargo, fueron más fuertes los lineamientos políticos del gobierno en turno, que 
por supuesto le correspondió a Carlos Salinas de Gortari, el gran arquitecto del 
TLC: 
La construcción del proyecto “Centro Comercial y de Entretenimiento Loreto y 
Peña Pobre” será posible, en primera instancia, gracias al cambio de uso del suelo 
publicado en el Diario Oficial de la Federación del 30 de noviembre de 1994, último 
día en funciones de Carlos Salinas de Gortari [Ortiz Pardo apud Proceso, 
núm.1070:33]. 
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Por los supuestos pruritos legales no se tuvo la responsabilidad de aplicar 
la ley, pues se tenía el antecedente que el INAH había construido la Escuela 
Nacional de Antropología e Historia en los mismos terrenos aledaños a la zona 
arqueológica, antes de que estos terrenos fueran expropiados: 
El 28 de abril (1994), la fracción del PRD presentó a consideración del pleno de la 
Asamblea Legislativa una propuesta de recomendación al regente Oscar Espinosa 
Villarreal “como máxima autoridad responsable de lo que hacen las delegaciones”, 
en la que se le solicitaba la suspensión “de esta y otras obras”. La iniciativa fue 
apoyada por el PAN, pero rechazada finalmente por la mayoría priísta. Se turnó el 
caso a comisiones” [ibid.]. 
El primer día de apertura del Sanborns en la Plaza Cuicuilco, la Asociación 
Vecinal para la Defensa de Tlalpan AC, da a conocer el fallo del juez primero de 
distrito en materia administrativa Jean Claude Torn Petit quien “niega la 
suspensión definitiva

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