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Propuesta-de-reforma-para-una-optima-regulacion-sobre-la-concordancia-sexo-generica-en-el-Distrito-Federal

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- 0 - 
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA 
DE MÉXICO 
 
FACULTAD DE DERECHO 
 
 
 
 
PROPUESTA DE REFORMA PARA UNA 
ÓPTIMA REGULACIÓN SOBRE LA 
CONCORDANCIA SEXO-GENÉRICA EN EL 
DISTRITO FEDERAL 
 
 
 
 
T E S I S 
 
 
PARA OBTENER EL GRADO DE 
LICENCIADO EN DERECHO 
 
 
PRESENTA: 
CARLOS LÓPEZ GUILLÉN 
 
 
ASESORA: 
DOCTORA MARÍA ANTONIETA MAGALLÓN GÓMEZ 
 
MÉXICO DISTRITO FEDERAL, JUNIO 2013 
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
Tesis Digitales 
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DERECHOS RESERVADOS © 
PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL 
 
Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal 
del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). 
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objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para 
fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo 
mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, 
reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el 
respectivo titular de los Derechos de Autor. 
 
 
 
 - 1 - 
 
cl('nIDAD N Aqol\lAIL 
~v ]Ol\I0MA. [l[ 
M[lZnc,o 
DR. ISIDRO ÁVILA MARTíNEZ, 
r -- DIRECTOR GEN,ERAL DE LA 
I ADMINISTRACION ESCOLAR, U.N.A.M., 
P R E S E N TE. 
FACULTAD DE DERECHO 
SEMINARIO DE DERECHO CIVIL 
OFICIO INTERNO: SEMCIV 37/2013 
ASUNTO: Aprobación de Tesis. 
El alumno, LÓPEZ GUILLÉN CARLOS, quien tiene el número de cuenta 30415199-0, 
elaboró bajo la asesoría y responsabilidad de la Dra. María Antonieta Magallón Gómez, 
la tesis denominada "PROPUESTA D'E REFORMA PARA UNA ÓPTIMA REGULACiÓN 
SOBRE LA CONCORDANCIA SEXO - GENÉRICA EN EL DISTRITO FEDERAL", Y que 
consta de 329 fojas útiles. 
La tesis de referencia, en mi opinión, satisface los requisitos reglamentarios respectivos, 
por lo que con apoyo en la fracción VIII del artículo 10 del Reglamento para el 
funcionamiento de los Seminarios de esta Facultad de Derecho, se otorga la aprobación 
correspondiente y se autoriza su presentación al jurado recepcional en los términos del 
Reglamento de Exámenes Profesionales de esta Universidad. 
El interesado deberá iniciar el trámite para su titulación dentro de los seis meses 
siguientes (contados de día a día) a aquél en que le sea entregado el presente oficio, en 
el entendido de que transcurrido dicho lapso sin haberlo hecho, caducará la autorización 
que ahora se le concede para someter su tesis a examen profesional. Dicha autorización 
no podrá otorgarse nuevamente, sino en el caso de que el trabajo recepcional conserve 
su actualidad y siempre que la oportuna iniciación del trámite para- la celebración del 
examen, haya sido impedida por circunstancia grave, todo lo cual calificará la Secretaría 
General de esta Facultad. 
Reciba un cordiar saludo. 
"POR MI RAZA HABLARA'EL ESPIRITU" 
Cd. Universitaria, D. F., a 25 de julio del 2013. 
~kÍtA~. ~ ~ffRfcRC' 
<Jf··/ttIU'4-RIO r.~ 
.. :, ;. ?~. , .... J . . , " 
 - 2 - 
 
 
Lunes, catorce de junio del año dos mil trece. 
LIC. JOSÉ BARROSO FIGUEROA 
Universidad Nacional Autónoma de México. 
Facultad de Derecho. 
Director del seminario de Derecho Civil. 
PRESENTE 
México, Distrito Federal. 
Ciudad Universitaria. 
Por medio del presente oficio , hago de su conocimiento que yo, 
la Doctora en Derecho MARíA ANTONIETA MAGALLÓN GÓMEZ 
manifiesto mi entera aprobación respecto del contenido y elaboración 
de la tesis profesional para buscar el grado de Licenciado ,:m 
Derecho, propuesta por el alumno Carlos López Guillén con nur !ro 
de cuenta 304151990 en materia de Derecho Familiar, a través del 
tema "PROPUESTA DE REFORMA PARA UNA OPTIMA REGULACiÓN SOBRE 
LA CONCORDANCIA SEXO-GENÉRICA EN EL DISTRITO FEDERAL", misma 
que cuenta con una totalidad de 329 fojas. 
Asimismo, debo manifestar que la tesis en comento se 
encuentra apegada conforme a las características. establecidas 
dentro del Instituto de Investigaciones Jurídicas, por tal razón libero 
el presente oficio a efectos de continuar con el proceso de titLJlación 
del alumno citado con antelación, amén a lo anterior, queda en 
disposición la misma para su entera aprobación correspondiente . 
A T E N T A M E N T E: 
NTONIETA MAGALLÓN GÓMEZ 
 - 3 - 
A mis padres, 
Quienes les agradezco infinitamente por 
haberme convertido en la persona que 
soy, otorgándome las armas de los 
valores, apoyándome día y noche en mis 
logros y no retirándose en mis fracasos, 
impulsando en mi la necesidad de crecer 
como persona. 
María de Jesús Guillén Cervantes y 
Carlos López Melgarejo. 
 
 
 
 
A mi hermana Elisa María López Guillén, 
A quien le agradezco de todo corazón el 
acompañarme a lo largo de mi vida, 
enseñarme la fortaleza de una amiga y 
por haber estando ahí en cada momento 
que lo requería, te doy gracias por tus 
consejos. 
 
 
 
 
A mi familia, 
Por darme momentos de risa y felicidad 
que hoy colecciono dichoso de ellos y por 
nunca dejar que me apartara del camino 
de lo correcto. 
 
 
 
 
A mis demás hermanos, 
Que a pesar de ser de diferentes madres 
y padres tenemos la misma sangre. 
 
 
 
 
A mis amigos, 
Que siempre estuvieron conmigo 
viviendo las experiencias que hoy son 
motivos de risa, compartiendo los días de 
coraje, nostalgia y felicidad. 
 - 4 - 
PROPUESTA DE REFORMA PARA UNA ÓPTIMA REGULACIÓN SOBRE LA 
CONCORDANCIA SEXO-GENÉRICA EN EL DISTRITO FEDERAL 
I. INTRODUCCIÓN 
Introducción . . . . . . . . . . . . . . . 8 
II. CONCORDANCIA SEXO-GENÉRICA 
1. La persona . . . . . . . . . . . . . . . . 11 
1.1. Personalidad . . . . . . . . . . . . . . 16 
1.1.1. Personalidad jurídica . . . . . . . . . . 20 
1.2. Su desarrollo en la sociedad . . . . . . . . . . 25 
1.3. Teorías sociales de la sexualidad . . . . . . . . . 31 
1.3.1. Imitación, mimética y observancia . . . . . . . 40 
1.4. Orientaciones sexuales . . . . . . . . . . . . 45 
1.4.1. Teorías de la Homosexualidad . . . . . . . . 50 
2. Identidad de género . . . . . . . . . . . . . . 59 
2.1. Concordancia sexo-genérica . . . . . . . . . . 69 
2.2. Transexualidad . . . . . . . . . . . . . 73 
2.2.1. Terapia y tratamientos . . . . . . . . . . 82 
2.2.1.1. Cirugía para la concordancia sexo-genérica . . 91 
Conclusiones . . . . . . . . . . . . . . . 99 
III. MARCO JURÍDICO 
3. Derecho nacional . . . . . . . . . . . . . . 120 
3.1. Derechos de la personalidad . . . . . . . . . . 126 
3.1.1. Derecho sobre el cuerpo . . . . . . . . . 131 
3.2. Identidad jurídica . . . . . . . . . . . . . 136 
3.2.1. Acta de nacimiento . . . . . . . . . . . 144 
3.2.2. Protección de datos personales . . . . . . . 149 
 
 - 5 - 
3.3. Exposición de motivos y reformas del Código Civil para el 
Distrito Federal en sus artículos 98, 135 y 135 Bis . . . . 158 
3.4. Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Fe- 
deral, Capítulo IV Bis . . . . . . .. . . . . 172 
3.5. Criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 
 amparo 6/2008 . . . . . . . . . . . . . 182 
4. Derecho comparado . . . . . . . . . . . . . 191 
4.1. Cuba, ley promulgada en noviembre del año 2005 . . . . 198 
4.2. Uruguay, ley 18.620 promulgada el 17 de noviembre del 
año 2009 . . . . . . . . . . . . . . . 204 
4.3. Suiza, ley para la determinación del sexo promulgada el 
21 de abril de 1972 . . . . . . . . . . . . 209 
Consideraciones de: 
4.3.1. Estados Unidos de América . . . . . . . . 215 
4.3.2. Alemania, Ley de 1980 sobre el cambio de nombre 
 y la filiación sexual en casos especiales . . . . . 222 
4.3.3. Italia, ley promulgada en el año 1982 . . . . . . 228 
Conclusiones . . . . . . . . . . . . . . . 234 
IV. PROPUESTA DE REFORMAS 
5. Criterios considerados en la propuesta de reforma sobre el te- 
ma de reasignación de acta para la concordancia sexo-genéri- 
ca del Código Civil para el Distrito Federal . . . . . . . 254 
5.1. Reformas y adiciones al artículo 135 Bis del Código Civil 
para el Distrito Federal . . . . . . . . . . . . 258 
Disposiciones por adicionar: 
5.1.1. Sobre la procedencia e improcedencia de la reasig- 
nación de acta para la concordancia sexo-genérica . . 265 
5.1.2. De los menores . . . . . . . . . . . . 271 
5.1.3. Aspectos generales sobre la reasignación de acta 
frente a los nacionales radicados en el extranjero . . . 276 
 - 6 - 
6. Demanda o solicitud . . . . . . . . . . . . . 280 
6.1. De su presentación ante el Juez de lo familiar . . . . . 285 
6.2. Substanciación del juicio . . . . . . . . . . . 291 
6.2.1. Procedimiento llevado por un menor . . . . . . 296 
6.3. Efectos de la sentencia . . . . . . . . . . . 299 
Conclusiones finales . . . . . . . . . . . . 305 
Bibliografía . . . . . . . . . . . . . . . . 325 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 - 7 - 
 
 
 
 
 
 
 
En primer rubro, mi obligación como persona es advertir al lector que las 
palabras empleadas dentro de la presente investigación, son exclusivamente con 
finalidad académica, por lo cual, aquellas que pudieran considerarse como 
ofensivas y despectivas, se plantean a costa de los propios teóricos y materias, 
puesto éstas, fueron las que inicialmente las establecieron, con esto quiero decir, 
que las palabras utilizadas en la investigación de mérito y con las cuales el lector 
se pudiera sentir agredido, son pronunciadas sin el propósito de ofender, 
discriminar o insultar a persona alguna. 
 
 
 
 
 
 
 
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PROPUESTA DE REFORMA PARA UNA ÓPTIMA REGULACIÓN SOBRE LA 
CONCORDANCIA SEXO-GENÉRICA EN EL DISTRITO FEDERAL 
I. INTRODUCCIÓN 
Introducción 
Durante toda la escala evolutiva del ser humano, el mismo se caracteriza 
por ser un ente biológicamente constituido que no puede ser apartado de sus 
seres semejantes, toda vez que tiene la necesidad natural de convivir con otros 
seres humanos, puesto, su naturaleza lo dicta de esa forma, por tanto se convierte 
en un ser social por excelencia que nunca dejará de serlo. Es por ello, que desde 
los tiempos inmemorables ha buscado la convivencia con otros humanos, sin 
embargo, en vista de la población y diversidad de personas y en respuesta a ésta 
interacción, se vio obligado en la necesidad de identificar a unos de los otros, 
personalizarlos entre sí, de tal manera que este acto puede y debe traducirse 
como los comienzos de la identidad de una persona que busca la particularidad 
entre los miembros de la sociedad o grupos establecidos, es decir, busca no crear 
confusión entre los miembros de la sociedad. Para lograrlo la persona misma tuvo 
que encontrar elementos de distinción entre sus semejantes; teniendo como 
principales aquellos referentes a las características físicas, el nombre y la forma 
de actuar, lo que realmente constituía una identidad irrepetible para cada una de 
ellas. 
Si es prioridad establecer con exactitud cuándo fue el surgimiento de la 
identidad jurídica de la persona, debo advertir al lector que no es realmente 
posible, sin embargo, en atención a ello, hay que mentar que inició a 
consecuencia de la seguridad jurídica, puesto, cada ser humano tiene la 
necesidad de saber si una persona es quien realmente dice ser, de tal manera que 
la identidad legal del sujeto titular ya se contemplaba por ministerio de ley, en 
otras palabras, el derecho convocaba al nombre, lugar de nacimiento, filiación, 
nacionalidad y sexo biológico, como elementos característicos de la identidad 
jurídica. 
 - 9 - 
De igual manera,, entre más pasaba el tiempo, las características de 
identificación jurídica se volvían más complejas, a tal grado que para identificar 
una persona fue necesario la creación de otros elementos particulares, como lo 
son: la nacionalidad, el patrimonio o en algunos casos un registro único 
equiparable a la Clave Única de Registro de Población (CURP) o acta de 
nacimiento, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), entre otros; cabe señalar 
que tales elementos en un principio eran inmodificables, sin embargo, al paso del 
tiempo la ciencia superó las barreras y otorgó al ser humano la posibilidad de 
alterar estos elementos, por lo cual, tales acciones no tardaron en regularse bajo 
la norma positiva. 
Hoy en día, dentro de varios Países como: México, Cuba, Estados Unidos, 
Italia, Argentina, etc. la persona jurídica cuenta con la facultad de modificar 
drásticamente su identidad personal, a tal grado que su identidad jurídica 
primigenia sea incomparable con la segunda, ya que,, en tiempos pasados las 
personas no creían que en un futuro, esto podría suceder, tal es el caso de la 
reasignación sexual. A manera de recopilación podemos mencionar que la 
modificación de la identidad legal surge desde el momento en que las personas 
cambian de nombre, adquieren nuevas nacionalidades o rectifican sus datos para 
que haya una concordancia entre el mundo fáctico y su realidad jurídica. 
Claro está, que la identidad jurídica de las personas, proviene de la 
seguridad jurídica en saber si realmente es quien se dice ser, por ello, tenemos 
que sus elementos son inmodificables, ya que,, deben amparar seguridad jurídica 
entre sí. En este sentido, antes de la evolución de la ciencia, las personas 
consideraban imposible el cambio de sexo, lo que hace en términos lógicos que la 
estructura de la identidad jurídica sufra de cuestionamientos de veracidad. 
Asimismo, derivado de esto, el derecho creó instrumentos legales que 
regularon las consecuencias de éstas acciones, proponiendo a través de vías 
administrativas o judiciales, la actualización de los datos modificados dentro del 
registro de una persona, tal y como se analizarán en la presente investigación. 
Desde luego es importante mencionar que la universalidad jurídica no está 
 - 10 - 
peleada con el avance científico, puesto, sería imposible separar estos dos 
ámbitos, no obstante, si es posible la intervención del primero en la regulación de 
las conciencias delsegundo. 
Para fines prácticos en ésta tesis, es necesario tener siempre presente que 
todos los elementos que constituyen la identidad jurídica de una persona hoy en 
día son modificables, lo que realmente ocasiona la transgresión de la seguridad 
jurídica de una persona en saber si la persona es la buscada, es decir tal 
institución ya no es tildada con esa confiabilidad que se le atribuía en un principio, 
en donde sus elementos no eran cuestionados por ser modificados, tal vez en un 
futuro no muy lejano observaremos la suma de mas elementos a la identidad 
jurídica. 
Es por ello, que el legislador de la Asamblea General del Distrito Federal se 
dio a la tarea de regular la institución jurídica en comento, sin embargo, fue a 
costa de varios errores y pocos aciertos. Ahora bien, en este mismo sentido la 
presente tesis se dedicará a demostrar la ineficacia de la norma jurídica con 
respecto al tema, no antes sin definir los conceptos sobre los cuales una persona 
adquiere su personalidad psicológica y jurídica, asimismo el porqué una persona 
es capaz de cambiar éstas dos características y lo que se traduciría en cuáles son 
las personas que cambian de sexo, así como su tratamiento y características, 
cómo es que surge la identidad jurídica, de dónde proviene y porqué es que se 
modifica, de igual manera,, se comparara con otras legislaciones de índole 
internacional y finalmente se propondrá la conclusión del presente estudio; 
encaminada a una reforma a la ley sobre la materia que esclarezca las 
circunstancias de la identidad jurídica de la persona, derivada de la concordancia 
sexo-genérica. 
 
 
 
 - 11 - 
II. CONCORDANCIA SEXO-GENÉRICA 
1. La persona 
A lo largo de la historia el ser humano ha permanecido de manera 
constante para desarrollarse como individuo en una sociedad, incluso por difícil 
que parezca, se adaptó a determinados aspectos, elementos, circunstancias y 
necesidades exigidas dentro de la misma, sin embargo, para alcanzarlo, se vio 
obligado a evolucionar, tanto física como socialmente, lo que ocasiono el perfecto 
equilibrio existente entre los propios seres humanos respecto a su interacción en 
sociedad, hechos que dieron lugar a la creación de la persona jurídica, la cual, se 
encuentra facultada con determinados derechos y obligaciones, que tienen la 
tarea de mantener estable la interacción entre los hombres a través de la 
seguridad jurídica de las actuaciones. Posteriormente, esta idea no quedó en lo 
particular, puesto, se extendió hasta adquirir personas físicas y morales, quienes 
de igual manera, son personas susceptibles de derechos y obligaciones acordes a 
su clasificación y características, por ello, este subtitulo es el encargado de 
introducir al lector a la definición de persona, así como presentar la diferencia 
entre el concepto de persona en general y el de persona jurídica, de acuerdo con 
sus dos tipos de persona. 
Así, es como tenemos a nuestro distinguidísimo investigador Jorge Mario 
Magallón Ibarra, quien nos dice que el significado etimológico de la palabra 
persona es poco certero, puesto, como él lo menciona: 
La mayoría de los autores señalan que es del latín, “personae” “personare” y 
del verbo “persono” (compuesto por “per” y “sonos-as-are”: sonar mucho, resonar), 
sin embargo, puede derivar del griego πρόσωπον: faz similar al significado latino: 
disfraz o apariencia externa de un hombre imitado en escena y a veces más 
particularmente, aquella parte de él que disfraza el rostro, como la máscara o antifaz.1 
Otro de los más grandes tratadistas en la Materia como lo es Galindo 
Garfias, nos menciona que el concepto de persona, estrictamente en un sentido 
 
1 Magallón Ibarra, Jorge Mario. Instituciones de Derecho Civil, 2ª ed., México, Ed. Porrúa, 1998, t. II, 
pp. 2. 
 - 12 - 
literal sin dar participación al mundo jurídico, proviene del vocablo “persona”, 
mismo que en su aceptación común denota al ser humano, es decir, tiene igual 
connotación que la pablara “hombre”, la cual significa individuo de la especie 
humana de cualquier edad o sexo.2 
De los dos párrafos anteriores, se puede sustraer de manera clara y 
entendible lo que significa persona, ya sea desde la etimología hasta el sentido 
más amplio del concepto, sin embargo, es imperdonable perder de vista que la 
presente investigación es encaminada al derecho, de aquí que sea necesario 
definir persona desde el mundo jurídico. 
La enciclopedia jurídica Omeba establece que en el campo de lo jurídico la 
palabra persona, expresa al sujeto de las relaciones jurídicas, por lo tanto, es 
sujeto de deberes jurídicos y de los derechos subjetivos.3 
Por otro lado, el concepto de persona, desde el punto de vista jurídico, 
parece equivalente al de sujeto de derecho, pero se diferencian entre sí, tal y 
como lo señala Jorge Alfredo Domínguez Martínez: si se habla de sujeto de 
derecho, no es un sentido abstracto el que hay que interpretar, sino en una 
acepción concreta para significar quien está investido actualmente de un derecho 
determinado, caso diferente a la palabra persona jurídica.4 De igual manera, es 
necesario precisar que el término persona es más amplio, puesto, uno de los 
principios jurídicos que rige a la persona es: todo sujeto de derecho será persona, 
pero no toda persona será sujeto de derecho.5 
Cabe mencionar que, no sólo para el mundo jurídico es imposible la titánica 
tarea de concebir un significado total y universalmente aceptado, sino también, 
para diversas ciencias y materias es difícil establecer el concepto de persona; no 
obstante, esto no quiere decir que persona, desde el punto de vista de la 
 
2 Galindo Garfias, Ignacio. Derecho civil, 14ª ed., México, Ed. Porrúa, 1995, pp. 301. 
3 Enciclopedia Jurídica OMEBA. t. XXII, PENI-PRES, pp. 95. 
4 Domínguez Martínez, Jorge Alfredo. Derecho civil, parte general, personas, cosas, negocio jurídico 
e invalidez, 6ª ed., México, Distrito Federal, Ed. Porrúa, 1998, pp. 131-132. 
5 Ibidem. 
 - 13 - 
antropología, sea el mismo significado en comparación con el ámbito social, viene 
a robustecer mi dicho el honorable teórico Jorge Mario Magallón Ibarra, quien 
menciona que: la biología lo estudia como un organismo viviente, la filosofía la 
considera porque en ella se encarna el ser racional capaz de realizar sus fines, la 
moral la estima como el sinónimo del ente capaz de actualizar o realizar valores, 
mientras la ciencia jurídica la enfoca como sujeto de derechos y obligaciones.6 
En palabras de Jorge Alfredo Domínguez Martínez es posible aseverar, a 
partir de las anteriores definiciones del vocablo de persona, la no coincidencia con 
su significado jurídico; bien nos menciona que la palabra ser humano hace 
referencia a todo individuo de la especie humana, (en cambio jurídicamente), 
persona significa todo ser o ente sujeto de derechos y obligaciones; con ello se 
alude tanto a los humanos como a las personas morales, apreciando a los 
primeros como seres y a los segundos como entes; no obstante ambos son 
sujetos de derechos y obligaciones.7 
Como se ha estudiado, el derecho es el encargado de facultar a todo ser 
humano como persona en el universo legal, y en atención a ello, las únicas 
personas jurídicas concebidas por nuestro derecho mexicano positivo son las dos 
especies creadas por este mismo; ya que,, por un lado están las personas físicas 
y las morales, siendo éstas últimas quienes en su estructura orgánica participan 
seres humanos… (Por ende no son tales en sí mismas), sino se trata de entes 
derivados del resultado de una creación estrictamente jurídica, carente de toda 
objetividad física.8 
Ahora bien, puntualizado el preámbulo anterior, Rafael de Pina nos advierte 
de la existencia de dos tipos de personas en el mundo jurídico: la individual y la 
colectiva(llamada moral en el derecho mexicano). Persona individual es el ser 
físico (hombre o mujer); persona moral, cualquier entidad que el ser humano 
constituya con sujeción al derecho para la realización de fines que excedan de las 
 
6 Magallón Ibarra, Jorge Mario. op. cit., pp. 1. 
7 Domínguez Martínez, Jorge Alfredo, op. cit., pp. 128. 
8 Idem, pp. 131 - 132. 
 - 14 - 
posibilidades de la acción individual o que alcanzan mejor cumplimiento mediante 
ella.9 
La persona jurídica, también, puede ser encontrada con la denominación de 
persona física, la cual debe ser entendía como: todo ser humano sin excepción 
alguna, perteneciente a ser hombre o mujer; puesto, el sistema jurídico mexicano, 
no admite la posibilidad de la existencia de una persona que carezca de la 
capacidad jurídica en abstracto.10 
Desde luego tomaremos en cuenta que no todas las personas físicas son 
las únicas existentes como sujetos en el derecho, puesto, hay además personas 
morales, también llamadas, según el criterio de diferentes autores: civiles, 
colectivas, incorporales, ficticias y sociales. No obstante, nos referiremos a ellas 
como personas morales, ello en virtud al propio Código Civil para el Distrito 
Federal las denomina así. 
Tal vez resulte innecesario para la presente investigación el concepto de 
persona moral, pero, no por ello, es menos importante, ya que,, para poder 
diferenciar una de otra, es vital estudiar ambas; es así como persona moral puede 
definirse gracias a Roberto de Ruggiero como: toda unidad orgánica resultante de 
una colectividad organizada o de un conjunto de bienes, la cual para el logro de un 
fin social, durable y permanente, se le reconoce por el Estado capacidad 
patrimonial11. Mientras que José Castán Tobeñas, ha definido a las personas 
morales como: aquellas entidades formadas para la realización de los fines 
colectivos y permanentes de los hombres, a las que el derecho objetivo reconoce 
capacidad para tener derechos y obligaciones.12 
Si bien es cierto el concepto de persona, entendido desde su significado 
literal, consiste en definir qué: persona es todo ser humano sin excepción alguna, 
 
9 De Pina, Rafael. Elementos de derecho civil mexicano, volumen 1, 17ª ed., México, Ed. Porrúa, 
1992, pp. 200. 
10 Idem, pp. 207 - 208. 
11 Idem, pp. 246. 
12 Ibidem. 
 - 15 - 
también lo es que para el mundo jurídico, persona viene a ser todo aquel sujeto 
susceptible de ser titular de derechos y obligaciones, ya sea una persona física o 
una ficción jurídica constituida por varias personas físicas o morales; por lo cual de 
una idea general se puede desprender, que sin seres humanos reconocidos como 
personas jurídicas por el Estado no podría existir en el mundo del derecho ninguna 
persona jurídica, salvo la posibilidad de visualizar un mundo jurídico formado 
exclusivamente por personas morales; puesto, el propio derecho es el encargado 
de controlar las conductas de las personas físicas o morales en nuestro sistema 
jurídico. 
Ahora bien, toda persona jurídica frente a nuestro sistema de derecho se 
encuentra regulada en dos ámbitos, por lo cual en vista de su clasificación 
tenemos que toda aquella persona jurídica es persona física o persona moral, por 
ello, debemos entender a las primeras como toda persona con reconocimiento del 
Estado para fungir como tal en el mundo jurídico, con la aclaración que todo ser 
humano recae sobre este apartado sin excepción alguna, mientras las segundas, 
son la ficción jurídica en la cual se constituye una persona intangible, pero, con la 
suficiente fuerza jurídica para ser titular de derecho y obligaciones, como lo es la 
persona física. 
También recordemos que no toda persona jurídica por el simple hecho de 
ser hombre o mujer es considerada como aquella, sino por el contrario se es 
persona jurídica porque el propio Estado a través del derecho otorga ésta calidad 
a los seres humanos. Lo mismo pasa con las personas morales, no son personas 
por el hecho de estar constituidas, sino son personas porque el Estado las 
reconoce con esa calidad, otorgándoles a ambas determinados derechos y 
obligaciones. 
De igual manera, tenemos que tanto las personas físicas como las 
personas morales cuentan con determinados derechos que los diferencian unos 
de otros, por lo cual, es importante remarcar que no todo lo realizado por una 
persona física en la universalidad jurídica, también lo puede hacer una persona 
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moral y viceversa, puesto, cada uno cuenta con determinados derechos y 
obligaciones que los otros no. 
1.1. Personalidad 
Algunas experiencias son comunes en todas las culturas, por ejemplo, en la 
mayoría de los casos los niños son cuidados o alimentados por personas de más 
edad, viven en grupos, aprenden a comunicarse mediante el lenguaje, 
experimentan castigos y recompensas de algún tipo y tienen otras experiencias 
comunes a la especie humana; hechos que proporcionan a todos sus miembros 
algunas experiencias no ofrecidas dentro de las otras sociedades, por lo cual y en 
vista a la experiencia, todos los seres humanos ganamos determinadas 
características de comportamiento, lo que al último forjara la personalidad de cada 
individuo, misma que se adquiere y se encuentra vinculada con la forma de 
interactuar en sociedad; es decir, surge como la experiencia social común, dada 
virtualmente a todos los miembros de una sociedad, concluyendo en una 
configuración característica de la personalidad que es típica de esos miembros de 
sociedad.13 Asimismo, Paul B. Horton nos cita como ejemplo: 
Cuando oímos:”Margarita tiene mucha personalidad”, esto quiere decir que 
es una persona interesante y pintoresca. Pero, el termino personalidad está utilizado 
incorrectamente, porque la personalidad incluye todas sus características personales 
de comportamiento y ninguna otra, por lo que de entrada el concepto está mal, no 
obstante ya utilizado de forma correcta, una persona no tiene más personalidad que 
otra, de lo contrario se estaría cayendo en un grave error.14 
Ahora bien, es mi deber como investigador anunciar que ésta personalidad 
no es igual aquella a que los juristas llamamos personalidad jurídica, sino por el 
contrario es la personalidad de la persona, la cual es de suma importancia en la 
presente tesis debido a que la sexualidad forma parte esencial de la personalidad. 
Hay que partir del supuesto en donde se tiene la obligación de contestar: 
¿Qué es la personalidad? ¿Cómo se adquiere? y ¿Para qué sirve? sin embargo, 
 
13 B. Horton, Paul. Sociología, 6ª ed., México, Distrito Federal, Ed. Mcgraw Hill, 1988, pp. 89. 
14 Idem, pp. 84. 
 - 17 - 
primeramente se tiene la obligación de advertir al lector que la personalidad no es 
aquella característica dirigida al humor, por ende no corresponde al estado de 
ánimo, sino por otro lado, es la manera de comportarnos en sociedad. 
Aun así, con el preámbulo anterior seguimos sin responder lo que 
realmente es personalidad. Una definición es ofrecida por J. Milton Yinger, quien 
dice: la personalidad es la totalidad del comportamiento de un individuo con un 
sistema determinado de tendencias que interactúan con unas secuencias de 
situaciones.15 
Claramente está que el concepto de personalidad puede ser visto desde 
diferentes materias, puesto, no significa lo mismo para la psicología que para la 
filosofía, o la biología como para el derecho, etc. Finalmente en cuanto a la 
personalidad en un concepto general, tenemos que son complejos de aspectos 
biológicos, psicológicos y de formación, las cuales caracterizan y definen a una 
persona en una situación tal.16 
Hasta aquí ha quedado precisado el significado de personalidad, por 
consiguiente es el turno de hablar de cómo es que se adquierey como se 
desarrolla. 
Al principio de la vida no hay personalidad, por lo que el ser humano entra 
en este mundo como un pequeño organismo egoísta preocupado por sus propias 
necesidades, pronto se convierte en adulto con una serie de actitudes, valores, 
gustos, aversiones, metas, propósitos, pautas de respuestas y un profundo y 
duradero concepto de la clase de persona que es; aunque obviamente todo ser 
humano obtiene todos aquellos elementos mediante el proceso llamado 
socialización. 
Este último concepto es definido por Paul B. Horton como el proceso de 
aprendizaje que transforma a una persona con personalidad; dicho de modo más 
 
15 Ibidem. 
16 Pontón, Gonzalo. Diccionario Enciclopédico, Barcelona, España, Ed. Grijalbo, 1986, pp. 1435. 
 - 18 - 
formal, la socialización es un proceso mediante el cual se interiorizan las normas 
del grupo en el que se vive, de modo que al individuo emerge una personalidad 
única.17 
De igual manera, se han hecho diversas investigaciones para descubrir de 
donde deriva la personalidad, no obstante, todas ellas han llevado a la misma 
conclusión: sin la experiencia humana de un grupo, la personalidad humana no se 
desarrolla.18 
Desde el inicio el grupo familiar es el más importante, puesto, es el único 
grupo que la mayoría de los niños tiene cuando son más impresionables. De aquí 
que la personalidad a desarrollar sea encaminada a la misma de papá o mamá, 
inclusive la de hermanos. No obstante al pasar los años el niño adquiere cierta 
madurez, ya pude diferenciar el bien del mal, lo lógico y lo obvio, etc. empero, de 
cientos grupos de referencia sólo unos cuantos se vuelven importantes para cada 
persona, por lo cual de la evolución de estos grupos se forman de manera 
constante la autoimagen.19 
 Bien nos dice Karl Smith: a medida que éstas formas de conducta interior 
se aprenden, tienden a obedecer su identificación con la función, convirtiéndose 
en parte de la personalidad del individuo, ocasionando una dificultad para ser 
desarraigadas, convirtiéndose en parte de la forma personal de adaptación.20 
Tampoco perderemos de vista que toda personalidad de cada individuo 
se estructura y se advierte de acuerdo al juego mutuo entre sus aptitudes, 
características de conducta y la estructura de su papel que desempeña en la 
sociedad. La adaptación del individuo en el mundo social exige el desempeño de 
varios papeles sociales en la familia, en el trabajo, en las actividades recreativas, 
etc. por tal, un individuo cambia sus patrones de conducta conforme a cada 
 
17 B. Horton, Paul. op. cit., pp. 93. 
18 Idem, pp. 94 
19 Idem, pp. 95. 
20 Smith, Karl, U. La conducta del hombre, Argentina, Buenos Aires, Ed. Universitaria de Buenos 
Aires, 1999, pp. 398. 
 - 19 - 
situación; es decir, ejerce distintos aspectos de su personalidad a medida que 
pasa de un papel a otro.21 
Faver DuBois ha llamado a ésta serie de adquisiciones determinadas en 
cada sociedad como personalidad modal, tomada del término estadístico modo, 
referente al valor que aparece con mayor frecuencia en una universalidad… cada 
sociedad desarrolla uno o más tipos básicos de personalidad ajustados a la 
cultura.22 
El cuadro de una personalidad modal de cada persona es válido para una 
sociedad siempre bien integrada; pero, cuando una sociedad es compleja con 
muchas subculturas, el cuadro cambia; puesto, existen tantas personalidades 
modales como subculturas. Por ejemplo Paul B. Horton menciona: 
Imaginemos a siete personas que se sientan en un consultorio, no son un 
grupo, sólo están en el mismo tiempo en el mismo lugar, cada uno tiene una 
relación con el doctor y pueden compartir ciertas características sociales, pero no 
tienen ninguna conexión entre sí. Por otro lado las personas que trabajan dentro del 
consultorio tienen metas y propósitos comunes obteniendo un sentido compartido 
de la personalidad.23 
Ahora bien, la personalidad que ha llegado a ser adquirida debe ser 
permanente con el fin de mantener el nivel necesario de la organización social y el 
orden dentro de la sociedad. Para cumplir este fin todas las sociedades socializan 
a sus miembros con la esperanza que ellos puedan comportarse de una manera 
socialmente aceptable en cada situación.24 
Cuando un individuo aprende a adaptarse al papel que desempeña, se 
interioriza en sus costumbres y normas, de igual manera, se adapta a un entorno 
social, dentro del cual este sujeto es comúnmente aceptado, en otras palabras, 
sus hábitos comunes de pensar, sus actitudes y modales en público se organizan 
de acuerdo con las normas sociales de su función. 
 
21 Idem, pp. 397. 
22 Faver DuBois citado por B. Horton, Paul. op. cit., pp. 89 – 90. 
23 J. Gelles, Richard. Sociología, con aplicaciones en Países de habla Hispana, 6ª ed., México, 
Distrito Federal, Ed. Mcgraw Hill, 2000, pp. 178. 
24J. Cohen, Bruce. Introducción a la Sociología, México, Distrito Federal, Ed. Mcgraw Hill, 2004, pp. 
48. 
 - 20 - 
Propiamente dicho la personalidad es la conducta que un individuo adopta 
con referencia al comportamiento de los demás individuos de una sociedad, 
puesto, son estos últimos los que van a servir como guía para el crecimiento de la 
personalidad, a este proceso se le llama socialización. 
La personalidad forma parte de nosotros de manera personalísima y nunca 
nadie tendrá una idéntica a la nuestra, ya que,, también se forma a costa de las 
experiencias propiamente vividas, y no sólo de las guías que resultan ser los otros 
individuos, sino, cada persona consciente o inconscientemente adquiere tal 
conducta para su personalidad. 
Ahora bien, cuando el individuo llega al punto máximo de madurez, o por lo 
menos un parámetro razonable, tenemos que no sólo de la convivencia con otros 
seres humanos la persona adquiere su personalidad, ya que,, también la 
desarrolla a través de determinadas circunstancias de hechos sucedidos durante 
su vida, de tal manera que la experiencia forma un papel muy importante para la 
autoimagen; es decir, no va ser la misma reacción obtenida hace dos años en 
comparación con la actual, como tampoco sería la misma reacción que se tendría 
en el primer momento de suceder un acto a razón de suceder por vigésima vez. 
1.1.1. Personalidad jurídica 
Como todo estudioso de derecho se puede constatar que cualquier persona 
jurídica, ya sea física o moral, está investida por el Estado de personalidad 
jurídica, la cual le dará al sujeto la suficiente capacidad para poder ejercer sus 
derechos y obligaciones, de igual manera,, cabe señalar que al ser una facultad 
que otorga el Estado se debe entender que se adquiere y a su vez puede fenecer, 
por tanto tiene una vigencia con consecuencias jurídicas con las características de 
ser indivisible e igualitaria para todos; en este mismo sentido se observara su gran 
importancia con el Registro Civil. 
La personalidad jurídica es una de las instituciones competentes de la 
ciencia jurídica cuya presencia en ésta es esencial; su participación es 
 - 21 - 
imprescindible tanto en la concepción como en la estructura de lo jurídico; también 
cuenta con la característica de ser única e inmutable; su significado ha sido 
siempre el mismo sin variación alguna, independientemente del lugar y la época 
en que se considere. 
Sea cual fuese el momento histórico, circunscripción territorial, en donde un 
orden jurídico sea analizado, la personalidad jurídica existe en él sin siquiera 
poder concebirse lo contrario. 
Aun cuando la idea de la persona es un concepto jurídico fundamental, 
Hans Kelsen niega aquella, en cuanto a su calidad humana, tenga como 
manifestación necesaria la personalidad, puesto, hace un exacto distingo de lo 
que es personalidad como aspecto jurídico (dela que es partidario) y de la 
persona en sí; estimando que aquella es una cualidad o categoría jurídica y que 
ésta es el hombre mismo.25 Para lo cual el distinguido doctrinario Jorge Mario 
Magallón Ibarra hace un perfecto distingo entre persona y hombre: 
La distinción entre el hombre, tal y como lo define la ciencia de la naturaleza, 
y la persona como concepto jurídico, no significa que la persona sea un modo 
particular del hombre, sino, por el contrario, éstas dos nociones definen objetos 
totalmente diferentes. La persona denominada física designa el conjunto de normas 
que regulan la conducta en uno sólo y mismo individuo. Si el hombre es una realidad 
natural, la persona es una noción elaborada por la ciencia del derecho.26 
Nos dice Jorge Alfredo Domínguez Martínez: La personalidad jurídica es la 
aptitud para ser sujeto de derechos y obligaciones, con ligeras variantes… Afirma 
Alberto Trabucchi, es la aptitud reconocida por la ley para ser sujeto de derechos y 
deberes... mientras Castán Tobeñas indica: es todo ser capaz de derechos y 
obligaciones, por personalidad ha de entenderse la aptitud para ser sujeto, activo 
o pasivo, de relaciones jurídicas.27 
De igual manera, sin la existencia de la persona no podría darse la 
personalidad jurídica, pues tal, está condicionada a la existencia de aquél; y si por 
 
25 Magallón Ibarra, Jorge Mario. op. cit., pp. 4. 
26 Idem, pp. 5. 
27 Domínguez Martínez, Jorge Alfredo, op. cit., pp. 129. 
 - 22 - 
un momento pretendiéramos concebir cualquier sistema jurídico sin haberla 
integrado con la institución de personalidad aquél no sería tal, puesto, no existirá 
reconocimiento ante el propio Estado, y este no podría ser sujeto ante el mismo y 
carecería de toda facultad para ser sujeto de derecho, ésta le es consubstancial.28 
También he de manifestar y darme a la tarea de explicar que la 
personalidad jurídica no admite alteración alguna en cuanto a su naturaleza, 
alcances y contenido, bien sea respecto de un sujeto en particular o 
independientemente de otro, o bien si dicha personalidad es comparada con la de 
los congéneres; es decir, la personalidad es idéntica a la de cualquier orto, no hay 
diferencia alguna entre la personalidad de alguien y al de otra persona, ideología 
que es apoyada por el jurista Jorge Alfredo Domínguez Martínez, mismo que 
sostiene que: 
En todos los sujetos la personalidad es la misma. No es una sola 
personalidad para todos los sujetos, sino más bien, la substancia, los alcances y el 
contenido en sí son idénticos en proporción a la de todos y cada uno de los sujetos. 
En consecuencia no se puede tener más o menos personalidad jurídica; no se puede 
por lo mismo, ser más o menos persona; se tiene personalidad jurídica lo cual es 
suficiente para que el orden jurídico reconozca este carácter sin limitación alguna; por 
tanto no hay personalidad graduable.29 
Ahora bien, Jorge Mario Magallón Ibarra en su libro Instituciones del 
derecho civil asevera de manera muy rígida que persona en el mundo jurídico no 
es equivalente a personalidad jurídica. De acuerdo con ésta idea donde coincide 
con la visión romanista de la personalidad jurídica como aptitud se encuentra el 
maestro Luis Recaséns Siches quien sostiene que no debe confundirse la 
personalidad jurídica, propiamente aptitud, con la realidad humana del sujeto, 
puesto, el hombre es sujeto de derechos, porque su vida activa se relaciona con 
los valores jurídicos; de ahí que ser persona en derecho, o ser persona de 
derecho no es lo mismo que el hombre individual, ya que,, el ser individuo es ser 
yo y no otro yo.30 Por ello, la personalidad es la dimensión jurídica común que el 
 
28 Idem, pp. 130. 
29 Ibidem. 
30 Recaséns Siches citado por Magallón Ibarra, Jorge Mario. op. cit., pp. 6. 
 - 23 - 
hombre pose con los demás, igualmente menciona a diversos autores quienes 
identifican el concepto de personalidad con la propia capacidad jurídica. 
Como se desprende de los párrafos anteriores, ser sujeto de derecho y 
obligaciones depende de la personalidad jurídica; de esa personalidad depende 
ser persona para el derecho. Ello significa que el ser persona está condicionado a 
tener personalidad jurídica,… es decir, se es persona porque se tiene dicha 
cualidad; no se tiene personalidad jurídica porque se es persona, sino al contrario, 
se tiene el carácter de persona por tener personalidad jurídica.31 
Incluso para ilustrar este punto en el cual es diferente la persona en lo 
individual, la persona en el mundo jurídico y ésta última con personalidad jurídica, 
diversos doctrinarios nos dan el mismo ejemplo: en Roma una persona en lo 
individual tenía determinado reconocimiento jurídico, aquí es donde se encuentra 
presente la personalidad jurídica, sin embargo, no todas las personas en lo 
individual eran personas en el mundo jurídico, puesto, existían otras personas en 
lo individual que no tenían tales consideraciones, como es el caso de los esclavos, 
mismos que para el Estado carecían de personalidad jurídica. Esto se ve 
robustecido por aquello que establece el propio Jorge Mario Magallón Ibarra: 
Sabemos perfectamente que a pesar que muchos poseían la calidad 
ontológica de personalidad jurídica, el derecho se negaba a reconocerla porque 
existían esclavos, o sea, individuos que siendo personas en lo físico, no lo eran en el 
sentido jurídico, pues la misma ley los sometía al régimen legal de las cosas.32 O 
como también lo es en su caso la muerte civil regulada especialmente en el Código 
Napoleón, en la actualidad abolida o por el contrario, que dicha personalidad llegó a 
ser atribuida a entidades diversas a las apuntadas, a los animales concretamente.33 
También es de suma importancia establecer que la persona jurídica tiene 
determinados elementos llamados atributos de la personalidad, como lo son la 
capacidad, el nombre, el domicilio, el Estado, la nacionalidad y el patrimonio34, los 
 
31 Domínguez Martínez, Jorge Alfredo, op. cit., pp. 130. 
32 Magallón Ibarra, Jorge Mario. op. cit., pp. 8. 
33 Domínguez Martínez, Jorge Alfredo, op. cit., pp. 125. 
34 Magallón Ibarra, Jorge Mario. op. cit., pp. 19. 
 - 24 - 
cuales no habrá que perder de vista puesto, como más adelante veremos nos 
serán necesarios para plasmar determinadas ideas conclusivas. 
Si notamos con atención podemos observar que uno de estos atributos es 
el llamado estado civil, el cual puede ser definido como: conjunto de cualidades 
que la ley toma en consideración para atribuirle efectos jurídicos a la persona. Es 
una relación jurídica (y, por lo mismo, fuente de derechos y deberes jurídicos), no 
puede cederse ni trasmitirse, por lo que las cuestiones que a ella se refieren no 
pueden ser objeto de compromiso o transacción.35 
El párrafo de arriba nos da la pauta para establecer que el Registro Civil es 
la institución encargada de expedir las constancias oficiales probatorias de hechos 
y actos jurídicos relacionados con la existencia, el estado civil y otras 
particularidades de las personas físicas; como el establecer el sexo de una 
persona.36 Por ende se entiende que la única institución encargada de inscribir la 
reasignación de acta para la concordancia sexo-genérica es el Registro Civil, 
mismo que cuenta con facultades para otorgar y cambiar el sexo en una acta. 
Hoy en día, dentro de nuestro Sistema Jurídico Mexicano cabe la 
universalidad en el sentido que toda persona por el simple hecho de nacer como 
ser humano, cuenta con su propia personalidad jurídica, la cual, lo va a diferenciar 
de otras personas, pero, con la salvedad de tener la misma calidad frente a éstas, 
es decir, no se tendrá más o menos personalidad jurídica frente a cualquier otra; 
también es rescatable la idea en el sentidomismo que tal categoría es facultada 
por el Estado y sólo este es quien la regula. 
La personalidad jurídica es un atributo que toda persona jurídica tiene sin 
importar ninguna circunstancia, incluso ésta idea establece la línea diferencial 
entre la esfera jurídica de una persona y la de otra; también sobresale que la 
personalidad jurídica es única e intransferible, elementos que nos llevan a concluir 
 
35 De Pina, .Rafael. op. cit., pp. 214. 
36 Rico Álvarez, Fausto. et al. Introducción al estudio del Derecho Civil y personas, México, Distrito 
Federal, Ed. Porrúa 2009, pp. 201. 
 - 25 - 
con rigor que es inmodificable en cuanto a sus componentes, mas no en cuanto a 
su esencia. 
Hasta el actual capitulo el lector debe entender lo que es persona, tanto en 
el mundo fáctico como en lo jurídico, persona jurídica, persona moral y persona 
física, de igual manera, lo que significa personalidad y personalidad jurídica y la 
forma en cómo se desenvuelven éstas. 
1.2. Su desarrollo en la sociedad 
El derecho sin objeción alguna tiende a controlar la conducta del ser 
humano en la sociedad, por lo cual al partir de ésta idea se suscito el surgimiento 
de normas y leyes, a las cuales los individuos están sometidos. Para lo cual este 
derecho siempre estará sujeto al tipo y forma de evolución de la sociedad, ya que,, 
al final es quien se encarga de poner orden en la misma. De aquí la idea en que 
un acto puede tener diferentes significados a costa del espacio y tiempo donde se 
haya llevado acabo el mismo. Incluso ante la existencia de las costumbres y 
tradiciones las personas se desarrollaran de acuerdo a su proceso de 
socialización, del cual podrán captar los elementos para su identidad y 
personalidad; de igual manera, estas facultades están sujetas a status y roles, los 
cuales se adquirirán en la sociedad. 
Desde luego dentro de la sociedad se encuentran ciertos elementos, los 
cueles son necesarios para considerase como tal, por consiguiente advierto al 
lector que la sociedad siempre va comprender a la cultura, costumbre, tradiciones, 
lenguaje, leyes y valores, pero de ninguna manera, éstas van a contener a la 
sociedad. 
Por otro lado es necesario señalar que estos elementos fundamentales se 
tienden a confundir, por lo cual uno de los errores más recurrentes es confundir la 
cultura con la sociedad, pero, en términos de Paul B. Horton la diferencia radica en 
que cultura es el conjunto de reglas y procedimientos, junto con una serie de ideas 
 - 26 - 
y valores que los apoyan,37 mientras la sociedad es una población autónoma 
cuyos miembros están sujetos a una autoridad política en común, ocupando así un 
mismo territorio, tienen una cultura común un sentido de identidad compartido. 
Una sociedad es el grupo más grande con el que la mayoría de las personas se 
identifica, y tiene más influencia en los grupos pequeños.38 
Nuestra atención a la costumbre es de manera carente, puesto, no es uno 
de los conceptos difíciles de plasmar, incluso sin necesidad de una definición el 
lector puede visualizar su funcionamiento y construirse un juicio acertado del 
mismo. Para algunos investigadores del ámbito social y en particular de la 
personalidad, tenemos que cultura se define de la siguiente forma, claro está en 
términos de Paul B. Horton: 
La costumbre es la forma habitual, común y esencial en las que un grupo de 
personas hace las cosas; es decir, cada persona elige entre muchas posibilidades de 
actuar su hacer, todas ellas más o menos visibles, mediante el ensayo y error o a 
través de accidentes o un influjo desconocido, es decir, un grupo ve las posibilidades, 
las repite y las acepta como un modo habitual de satisfacer sus necesidades, luego 
las transmite a generaciones sucesivas y se convierte en una costumbre.39 
Ahora bien, centrándonos en el tema es necesario hacer mención en que la 
cultura juega el papel más importante de comportamiento dentro de una sociedad; 
es decir, una sociedad está regida por los parámetros de comportamiento que le 
interpone la misma cultura. De aquí se desprende la idea y se plasma la razón en 
el sentido que la sociedad siempre estará a disposición de la conducta y 
tradiciones de sus integrantes (seres humanos), puesto, éstos son los que darán 
vida a la primera, de tal manera que es justo aquí donde nace las diferencias entre 
las sociedades, lo bien visto para unas es lo más sacramental para otras. 
Sin más preámbulo y encaminándonos hacia la comprensión de la 
tradiciones, que al final son costumbres, se pueden dividir en dos: 1) las que 
tienen que seguirse como parte de la buena manera y del comportamiento 
 
37 B. Horton, Paul. op. cit., pp. 54. 
38 J. Gelles, Richard. op. cit., pp. 195. 
39 B. Horton, Paul. op. cit., pp. 61. 
 - 27 - 
educado y 2) las que tenemos que seguir, porqué se piensa son esenciales para el 
bienestar del grupo. Ésta idea de lo bueno y lo malo se llama tradición. En 
conclusión habrá que entender por traducción: las ideas vigorosas de lo bueno y lo 
malo que exigen unos actos y prohíben otros.40 
Otro de los aspectos fundamentales que contempla la sociedad es la ley, la 
cual nos va a permitir marcar los parámetros generales de hasta dónde podemos 
obedecer y tener libertad. Éstas leyes van a depender el funcionamiento de la 
mejor manera de las tradiciones y costumbres, muchas personas obedecerán las 
tradiciones automáticamente o por su creencia de hacer lo que es correcto, sin 
embargo, unas otras pueden ser obligadas y sometidas mediante la amenaza de 
un castigo legal al cumplimiento de las tradiciones y costumbres,41 sin embargo 
no todas las leyes son promulgadas con la finalidad de hacer cumplir las 
costumbres y tradiciones, puesto, existen algunas otras tendientes extinguir ciertas 
tradiciones que no son las más adecuadas para la convivencia en sociedad. 
Hablar de este campo semántico de conceptos es hablar de una serie de 
cuestionamientos que no están fijados de manera tangible, es decir no son 
entendibles, puesto, la ser un parámetro de la sociedad éstos están sujetos a la 
evolución de la misma, la cual puede ser de manera gradual o repentina. 
Hoy en día es muy difícil que una persona se desarrolle fuera de una 
sociedad, toda vez que el primer contacto del ser humano para poder identificarse 
es la socialización, desde muy temprana edad, el niño aprende de los demás el 
comportamiento que se espera de él y a saber qué tipo de persona es él.42 Incluso 
es un proceso donde las personas tienden a identificarse o adquirir determinadas 
características para su identidad, la cual como veremos en capítulos posteriores, 
tendrá que ir conforme a su género y rol. La socialización nos dice Bruce J. 
Cohen: es el proceso a través del cual el ser humano empieza a aprender el modo 
de vida de su sociedad, a adquirir una personalidad y a desarrollar la capacidad de 
 
40 Idem, pp. 61 - 63. 
41 Idem, pp. 65 - 66. 
42 J. Cohen, Bruce. op. cit., pp. 48. 
 - 28 - 
obrar a la vez como un individuo y como miembro del grupo, desde muy temprana 
edad, el niño aprende de los demás el comportamiento que se espera de él y a 
saber qué tipo de persona es.43 
Por otro lado, el proceso de socialización se inicia desde el nacimiento con 
los cuidados que deben brindarse al recién nacido, tal como lo manifiesta Bruce J. 
Cohen: 
Como todos sabemos el bebe es totalmente dependiente de las personas 
que lo rodean, pues necesitan alimento, vestido y protección, pero también es 
importante su necesidad de amor, atención y contacto físico con otras personas… 
Experimentos desarrollados con monos han demostrado que cuando estos son 
retirados de la madre y criados en aislamiento, su desarrollo es anormal. Aunque 
obviamente no se ha desarrolladoen humanos, se espera que el resultado sea el 
mismo.44 
También tenemos que dentro de una sociedad existe una estructura social, 
que a su vez le da vida y sentido, puesto, sin ella no podría haber una, pues sería 
un caos por no haber niveles que respetar. La estructura social se refiere a los 
patrones relativamente estables y perjudiciales tendientes a organizar las 
relaciones sociales que mantienen la estructura básica de lo que llamamos 
sociedad, ésta estructura es esencial en la interacción social cotidiana para el 
funcionamiento de pequeños grupos como los familiares, religiosos, laborales, etc. 
y que mantienen a una sociedad unida. La estructura social, de alguna manera, 
limita el actuar de la personalidad de las personas, pero también, da la libertad de 
actuar de nuestra forma. 
De igual manera, tenemos que en términos del párrafo anterior, el proceso 
de socialización es el aprender lo necesario de las costumbres y tradiciones para 
formar parte de la sociedad. Es en gran parte un proceso de aprendizaje del 
comportamiento señalado por el rol.45 
 
43 Ibidem. 
44 Idem, pp. 49. 
45 B. Horton, Paul. op. cit., pp. 110. 
 - 29 - 
Ahora debemos entender primariamente que es un rol, pero, para entender 
este, hay que diferenciarlo entre status y rol, así pues es como tenemos que Paul 
B. Horton en su libro Sociología nos cuenta que un status se define ordinariamente 
como un nivel o posición que guarda una persona en su grupo… mientras rol es el 
comportamiento esperado de una persona que adquiere un status particular; roles 
que son aprendidos dentro del proceso de socialización y luego son internalizados 
por el individuo.46 
Pero obvio, como todo en la vida hay quienes no pueden adquirir un rol 
estable, por lo cual, éstas personas tienden a tener conductas poco aceptadas en 
sociedad, así un individuo que desempeña uno o más roles que implican 
expectaciones de conductas contradictorias o conflictivas, tiene posibilidades de 
sufrir un conflicto de rol. 
Las circunstancias que inclinan a una persona a esto son caracterizadas 
por la pertenencia de los individuos a una multiplicidad de grupos, la mayoría de 
las personas deben ajustarse a los requerimientos de más de un rol, y es bastante 
común que los roles requeridos estén en conflicto entre sí, y lancen al individuo a 
una situación de desorden. También es posible que una persona se sienta en 
conflicto dentro de una propio rol.47 
Para que una persona pueda desempeñar su rol adecuadamente es 
necesario tener una personalidad apta para ello, sin embargo, no todas las 
personas tienen una personalidad adecuada para desempeñar un rol cierto.48 No 
obstante. Aquellas personas consideradas como especiales y cuyo 
comportamiento queremos evitar, representan modelos de rol, hecho por el cual 
tienden a influenciar en el rol de otra persona, ya que,, ellas mismas son un 
modelo a seguir. Así cuando alguien desempeña un rol particular copia su 
comportamiento de un modelo de rol. Los modelos de rol son muy útiles en el 
 
46 J. Cohen, Bruce. op. cit., pp. 37. 
47 Idem, pp. 40. 
48 Idem, pp. 38. 
 - 30 - 
proceso de aprendizaje, pues dotan al individuo de patrones de conducta 
especiales para distintas situaciones.49 
También existen aquellos pequeños grupos dentro de los cuales uno como 
individuo se siente identificado. Estos pequeños grupos tienden a surgir en 
sociedades grandes y son llamados como grupos de referencia sirviendo de 
modelo para quienes intentan establecer juicios y evaluaciones sobre el modo de 
cómo están desempeñado su propio rol.50 
 Los grupos de referencia son una fuente de grupos de normas de conducta 
que se toman como punto de partida para evaluar el propio desempeño de un rol 
en una situación determinada. Ésta evolución se hace a través de comparaciones 
con otras personas que están desempeñando tareas similares.51 Gracias a éstas 
comparaciones el individuo pude determinar si su ejecución de rol es o no el 
adecuado. 
La mayoría de las personas tienen poca dificultad en desarrollar sus roles 
adscritos, que son parte de ellos desde el nacimiento; en cambio, los roles 
adquiridos son generalmente asumidos por los individuos cuando ya estos han 
formado su personalidad, para algunas personas es difícil hacer los ajustes 
necesarios y cumplir con su rol de manera efectiva 52 
Recapitulemos, la sociedad está constituida por determinados elementos, 
como lo son, las tradiciones, costumbres, tendencias, etc. Sin embargo, tales 
elementos son necesarios para el surgimiento de la misma, puesto, sin ellos, no 
habría un equilibrio entre las personas que constituyen la sociedad. 
Aunado a lo anterior debo señalar que tales costumbres y tradiciones son 
adquiridas por las nuevas generaciones, de tal forma que, quienes comienzan a 
 
49 Ibidem. 
50 Ibidem. 
51 Ibidem. 
52 Ibidem. 
 - 31 - 
adquirir modelos rol adquieren a su vez roles y características ya presentes en los 
individuos de la sociedad. 
Lo que hemos aprendido en este capítulo es de suma importancia para el 
desarrollo de los demás, puesto, es justamente de aquí de donde se desprende la 
personalidad y la adquisición de roles dentro de una sociedad, adquisición que 
ocurre a través de la experiencia o de los roles previamente establecidos desde el 
nacimiento. 
También se puede observar que la personalidad se vincula con la actuación 
del rol, es decir, la personalidad debe reflejar nuestro rol dentro de la sociedad, lo 
que nos lleva a concluir que una persona al identificarse con grupos de apoyo 
surgidos en la sociedad adoptara un rol parecido al de aquel grupo. 
1.3. Teorías sociales de la sexualidad 
Desde hace años, lo seres humanos han desarrollado un instinto de 
curiosidad por saber más sobre su propia sexualidad; lo que los ha llevado a 
formar determinadas teorías con la intención de explicar la sexualidad del hombre, 
no obstante, hay que estar consientes que tales teorías no son reglas universales, 
puesto, algunas explican ciertos temas mientras otras tantas no, es así como en la 
presente investigación nos daremos a la tarea de recopilar diversas teorías, 
totalmente aceptadas para poder explicar la sexualidad del individuo. Estas teorías 
explican la forma de cómo se adquiere la personalidad y la identidad sexual, así 
como su desarrollo, y la forma en cómo son modificables. 
Las principales teorías van encaminadas a la sexualidad y a respuesta de la 
misma dentro de los humanos. De igual manera, se contestara que tan frecuente 
es que otros participen o no, en conductas y relaciones sexuales especificas, y por 
ello, en ocasiones cuestionamos nuestra propia sexualidad. Gracias a ello las 
mentes creativas han desarrollado teorías para responder a éstas preguntas. 
Hecha la pequeña introducción, pero, no por su tamaño nada explicativa, en 
primer lugar señalare que la sexualidad para fines de la sociedad, como lo 
 - 32 - 
establece Janet Shibley Hyde es: una forma de conducta social, la cual es 
adquirida a través del ambiente que nos rodea y en determinadas ocasiones por 
biología propia.53 
También puede ser entendida desde la perspectiva de Paul B. Horton, 
mismo quien nos dice que: la Sexualidad no es más que la mezcla de todos los 
sentimientos y comportamientos vinculados mediante la biología y el aprendizaje 
social de su impulso sexual.54 
De igual manera, no hay que perder de vista la idea que el presente capitulo 
está dividido en dos grandes materias, puesto, por un lado tenemos las teorías de 
la sexualidad vistas desde la perspectiva sociológica y por el otro diversas teorías 
desde un análisis psicológico. 
Una de éstas teorías y probablemente la más controvertida es la Teoría de 
la herencia biológica, y aunquesu nombre nos dirija a una rama de la medicina, no 
quiere decir que sea propia de ésta materia. A groso modo la teoría en comento 
nos propone que todos los seres humanos tienen ciertas similitudes biológicas, 
como cinco dedos, dos manos, glándulas sexuales y un cerebro complejo y éstas 
similitudes biológicas nos ayudan a explicar ciertas similitudes en la personalidad y 
en el comportamiento de las personas incluyendo lo sexual.55 
En este punto debe advertirse que el doctrinario Paul B. Horton, explica de 
manera muy clara y sistemática la Teoría de la herencia biológica, por lo cual la 
transcripción hecha a continuación es lo suficientemente amplia, pero, debido a su 
importancia es necesario transcribirla. 
La teoría de la herencia biológica (hoy ya superada) en un principio marco 
una revolución en las orientaciones sexuales, puesto, aseguraba de forma íntegra 
que las condiciones sexuales de una persona eran transmitidas de forma biológica a 
través de los genes a sus hijos, de tal forma que: si de padre homosexual surgía un 
 
53 Shibley Hyde, Janet. Sexualidad humana, 9ª ed., México, Distrito Federal, Ed. Mcgraw Hill, 2006, 
pp. 25. 
54 B. Horton, Paul. op. cit., pp. 138 - 139. 
55 B. Horton, Paul. op. cit., pp. 85. 
 - 33 - 
hijo, este tendría una inclinación fuertemente homosexual, lo mismo desde la 
perspectiva lésbica; sin embargo no sólo para las deviaciones sexuales era aplicable 
ésta teoría, sino también para las características criminales, de honradez, 
perseverancia, instinto de matar, etc. por el contrario, ahora se reconoce que todas 
éstas características de la personalidad se forman por la experiencia.56 
Por otro lado, hay quienes apoyan la teoría de la herencia biológica y no la 
descartan como tal; de hecho, los investigadores que simpatizan en este sentido, 
han demostrado con pruebas fehacientes que la herencia juega un papel 
importante en la personalidad del ser humano, no obstante, los investigadores 
están de común acuerdo en que ningún caso puede medirse cuanta es la 
influencia de la herencia en la personalidad, y por tal razón concluyen que aunque 
los potenciales heredados de alguien estén plenamente desarrollados, esa 
persona siempre se verá muy afectada por su experiencia social.57 
Al complementar la teoría anterior, tenemos que existen sistemas dentro de 
la sociología y psicología que se encuentran como base de las investigaciones 
psicológico sociales y sexuales, tal como es el caso de los investigadores Alfred 
Vierkandt y Julius Robert Oppenheimer, quienes nos muestran que la forma de 
actuar, junto con la personalidad, deriva de los impulsos psicológicos que la 
sociedad a establecido en los seres humanos, es decir: 
Alfred Vierkandt estudia las disposiciones e impulsos psíquicos innatos, así 
como la formación de la personalidad con su aparejada sexualidad por el ambiente 
social, entendiendo este ultimo como el intercambio psíquico y de conciencia como 
consecuencia de una vinculación intima; mientras Julius Robert Oppenheimer parte 
de las bases psicológico individuales en la sociedad al exponer una detallada teoría 
de los impulsos; a cual se le une una segunda parte consistente en un fundamento 
psicosocial que ya no trata de los individuos y sus impulsos, sino de las relaciones 
entre los hombres.58 
Otra de las grandes teorías en donde se explica cómo es que una persona 
toma cierta apreciación a determinados géneros sexuales es la Teoría de la 
experiencia de grupo, ésta se identifica como primordial para la aceptación de la 
 
56 Idem, pp. 86. 
57 Ibidem. 
58Alfred Vierkandt y Julius Robert Oppenheimer citados por F. Senior, Alberto. Sociología, 10ª ed., 
México, Ed. Porrúa, pp. 254. 
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experiencia, pero no personal, sino aquella que se puede obtener a partir de la 
experiencia de los demás, es decir, la influencia de la experiencia de la sociedad 
en mi persona y en mi sexualidad. Bien nos explica Paul B. Horton como la 
maduración física y con la acumulación de experiencias sociales, el niño forma 
una imagen de la clase de persona que es, es decir, una imagen de sí mismo 
proyectada por los demás.59 
En apoyo a estas teorías, cada característica física está definida social y 
culturalmente por la sociedad, por ejemplo, las muchachas gordas son admiradas 
en Dahomey.60 Por lo tanto una característica física puede hacer a alguien una 
persona bella en la sociedad o una persona no muy atractiva en otra, resultando 
que una característica física en particular se convierte en un factor para el 
desarrollo de la personalidad, según como se trate o se defina en la sociedad y en 
los grupos de referencia.61 
Muchos grandes investigadores dentro de la psicología y psiquiatría como 
Sigmund Freud, E. O. Wilson, Albert Bandura, y Jhon Gagnon contemplan sus 
estudios en diferentes maneras, es decir, a pesar que son teóricos dentro de la 
misma ciencia, cada uno de ellos visualiza aspectos diferentes en cuanto a la 
interacción de una persona en la sociedad, la personalidad y sexualidad del ser 
humano, un ejemplo claro nos lo permite Janet Shibley Hyde: 
Imaginemos a dos personas hacer el amor, es posible que Freud estuviese 
maravillado de la manera en que la pulsión sexual biológica, la libido, se expresada 
de manera tan fuerte y directa. Wilson, el sociólogo, estaría pensando en la manera 
en que la conducta de apareo es similar a la de otras especies de animales y como 
es claro que es producto de la selección evolutivas de conductas que conducen a una 
exitosa reproducción. Tal vez Bandura estaría pensando que la excitación sexual y el 
orgasmo actúan como poderosos reforzadores positivos que conducirían a la pareja a 
repetir el acto de manera frecuente; por último los pensamientos de Gagnon podrían 
 
59 B. Horton, Paul. op. cit., pp. 93. 
60 El Reino De Dahomey fue un antiguo Estado africano que se distinguió por su ejército de 
amazonas y como centro de la trata de esclavos en el siglo XVIII. situado al oeste del País Yoruba, 
en la región costera de la actual República de Benín, Dahomey fue probablemente fundado en la 
primera mitad del siglo XVII y estuvo originalmente sometido al reino de Allada de quien sólo logró 
independizarse hacia 1715. 
61 B. Horton, Paul. op. cit., pp. 86. 
 - 35 - 
referirse a los guiones sociales de la sexualidad; ésta pareja comenzara por besarse, 
siguen las caricias y terminan con el coito, siguiendo un guion estricto por la 
sociedad.62 
Ahora bien, es necesario mencionar la Teoría sociobiológica, la cual es 
polémica y que fue propuesta por el biólogo de Harvard, E.O. Wilson, quien la 
presentó por primera vez en su libro, titulado Sociobiología, la nueva ciencia en 
1975. La sociobiología se define como la aplicación de la biología evolutiva a la 
comprensión de la conducta social de los animales, incluyendo a los humanos. 
Ésta evolución, también contempla la conducta sexual.63 Sin embargo, ¿Que es 
evolución?, pregunta que es contestada por Janet Shibley Hyde en términos 
siguientes: 
Es una característica biológica de todos los seres vivientes que han adquirido 
su forma actual a través de cambios genéticos de forma gradual, desde luego ésta 
evolución no actúa sola, ya que, es la selección natural quien la impulsa, de igual 
manera, la selección natural es el proceso mediante el cual lo seres vivos, mejor 
adaptados a su ambiente tienen mayores probabilidades sobrevivir, reproducirse y 
heredar sus genes la siguiente generación.64 
La selección natural favorece a que los individuos prefieran especies que 
tengan un éxito reproductivo máximo, así es posible que nuestra preocupación por 
el atractivo físico sea producto de la evolución y de la selección natural. 65 De igual 
manera, ésta selección natural es aplicable a teorías sexuales,de aquí el 
surgimiento de la selección sexual; teoría propuesta por Charles Robert Darwin 
quien propuso el término casero selección sexual, ésta propuesta nos explica 
cómo a partir de las diferencias entre las características físicas y biológicas se 
afecta el acceso a las parejas, tales diferencias consisten en dos procesos: 
En primer lugar la selección intrasexual, proveniente de la competencia 
entre los miembros de un género (por lo general los machos) para obtener el 
acceso al apareamiento con miembros del otro género; mientras que por otro lado, 
 
62 Sigmund Freud, E. O. Wilson, Albert Bandura, y Jhon Gagnon referidos por Shibley Hyde, Janet. 
op. cit., pp. 25. 
63 Ibidem. 
64 Ibidem. 
65 Idem, pp. 26. 
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la selección intersexual descrita como la elección preferencial de los miembros de 
un género (por lo general las hembras) de ciertos miembros del otro género. En 
otras palabras, los machos compiten entre sí por el derecho de aparearse por las 
hembras, y por su parte las hembras prefieren a ciertos machos apareándose con 
ellas en tiempo que rehúsan aparearse con otros.66 
En referencia con la selección sexual, Charles Robert Darwin establece que 
ésta teoría contiene tres estrategias sexuales que el varón tiene para el 
apareamiento, por lo cual, si al macho no le funciona una proseguirá con otra. 
Éstas mismas pueden ser consideradas en el siguiente orden: 
La primera es tener éxito en la selección sexual intrasexual, es decir, derrotar 
a otros varones y así tener acceso a las mujeres; la segunda es tener éxito en la 
selección intersexual, consistente en poseer y ostentar los recursos físicos y 
materiales que buscan las mujeres... Cuando varón que no tiene éxito en ninguna de 
las dos anteriores se encuentra en una tercera estrategia, el huso de la fuerza para 
obtener el coito.67 
Se han hecho muchas críticas a ésta teoría, puesto, se ha reprobado a la 
sociobiología por fundamentarse en una teoría anticuada, pues se encuentra 
enfocada principalmente en la lucha del individuo por sobrevivir y sus esfuerzos 
para reproducirse, en cambio, los biólogos modernos centran su atención en 
características más complejas, tales como la supervivencia del grupo y de la 
especie, además que los sociobiólogos asumen que la función primordial del sexo 
es la reproducción, cuestión que pudo haber sido cierta en momentos históricos, 
sin embargo hoy en día ha cambiado tal circunstancia.68 De igual manera, los 
defensores de ésta teoría se han encontrado en dificultad por explicar la 
homosexualidad, factor que juega un papel muy importante dentro de ésta tesis, 
por último se encuentra la gran falta de evidencia para comprobar tales 
circunstancias. 
 
66 Idem, pp. 27. 
67 Charles Robert Darwin referido por Ibidem. 
68 Ibidem. 
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La Psicología evolutiva es una teoría propuesta por David Buss,69 cuya 
presta su atención a los mecanismos psicológicos que la selección natural ha 
moldeado. Su función consiste en dar respuesta a las presiones selectivas de 
forma plausible, es decir, discutir que las características cognitivas o emocionales 
de un ser vivo han evolucionado, así, un hombre que juzgue de manera acertada 
que una mujer es fértil y sana tendría más éxito en reproducirse.70 
Una línea de investigación se ha concentrado que las estrategias sexuales 
de la teoría Psicología evolutiva van encaminadas en que las mujeres y los 
varones se enfrentan a diferentes problemas adaptativos en el apareo, ya sea en 
el corto o largo plazo; éstas diferencias conducen estrategias distintas o conductas 
señaladas para la resolución de dichos problemas. Janet Shibley Hyde nos lo 
explica de la siguiente forma: 
En el apareo a corto plazo una mujer puede elegir a una pareja que le ofrece 
recursos inmediatos, tales como comida o dinero. En el apareo a largo plazo es 
posible que la mujer elija a una pareja que parezca ser capaz de proporcionar 
recursos a un futuro indefinido. Es posible que el varón en el apareo a corto plazo 
busque una mujer sexualmente activa, mientras que en el apareo a largo plazo sus 
expectativas cambien.71 
Ahora nuestro teórico principal es Sigmund Freud, quien propone la Teoría 
psicosexual, en donde afirma que toda persona durante su vida pasa por tres 
etapas de desarrollo y en cada una de éstas etapas se acciona una zona erógena 
que es el centro de atención. Estas etapas son: 
La primera etapa es desde el nacimiento hasta el primer año de edad y es 
conocida como etapa oral, aquí el estimulo principal surge cuando el niño comienza a 
chupar y estimular su boca y labios de otras maneras. La segunda etapa que ocurre 
aproximadamente el segundo año de vida, es la etapa anal, de ésta manera el niño 
se interesa de manera primordial en la eliminación. La tercera etapa dura desde los 
tres años hasta la edad de los cinco o seis, es la etapa fálica. El niño se centra en su 
 
69 David Buss (n. 14 de abril de 1953) es un catedrático profesor de psicología social y escritor 
sociológico estadounidense. Imparte clases en la Universidad de Texas en Austin y es 
particularmente conocido por sus estudios de las diferencias entre hombres y mujeres en la 
selección sexual, desde el análisis de la psicología evolucionista y un enfoque antropológico. 
70 Shibley Hyde, Janet. op. cit., pp. 28. 
71 Ibidem. 
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pene a mediados de la masturbación, indudablemente es aquí donde surge el 
complejo de Edipo (enamorarse de su madre y ver al padre como un rival) y el 
complejo de Electra (tener envidia del padre o del hermano por tener pene).72 
Sigmund Freud afirmó que después de ésta etapa los niños pasan a una 
conocida como latencia, la cual dura hasta la adolescencia, en ésta etapa los 
deseos sexuales se reprimen o se encuentran en un estado inactivo, cuando llega 
la pubertad se desatan los instintos sexuales y se pasa a la etapa genital. Durante 
ésta etapa el impulso sexual se vuelve definidamente genital y los impulsos, 
orales, anales y genitales se fusionan entre sí a fin de promover la función 
biológica de la reproducción. 73 Según Freud las personas no pasan de una etapa 
en otra como deberían, puesto, una persona se puede quedar en una etapa de 
forma permanente, incluso muchos adultos presentan síntomas de retraso de 
etapas tempranas que permanecen dentro de sus personalidades. 
Por último la Teoría cognitiva, misma que surgió en la década de los 80´s y 
90´s cuando una revolución cognitiva sacudió al mundo de la psicología, en 
contraste con la tradición conductista, la cual decía que sólo los psicólogos 
podrían observar conductas de manera directa. 
Los psicólogos cognitivos creen que es muy importante estudiar los 
pensamientos de las personas, es decir, la manera en que los individuos piensan y 
observan. Ésta teoría puede explicar ciertos aspectos de la sexualidad humana 
con facilidad, pues es entendible que sustrae de manera espontanea los 
raciocinios de las personas, es decir, las razones del porque los sujetes actúan 
como lo hacen. Nos explica Janet Shibley Hyde: 
La Teoría cognitiva trabaja a partir de una suposición básica, donde nuestros 
pensamientos influyen sobre nuestros sentimientos. Si tenemos pensamientos felices 
y positivos, tendremos a sentirnos mejor que si tenemos ideas negativas. Los 
terapeutas que utilizan un abordaje cognitivo creen que la afición psicológica es 
frecuentemente el resultado de pensamientos desagradables, que por lo general, no 
 
72 Idem, pp. 28 - 30. 
73 Sigmund Freud referido por Idem, pp. 28 - 30. 
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son acordes a la realidad y que incluyen ideas falsas, distorsiones, exageraciones de 
problemas y evoluciones irrazonablemente negativas de los sucesos.74 
Para los

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