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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE QUÍMICA ANÁLISIS DE LA CAPACIDAD DE COFEPRIS EN LOS AÑOS 2014, 2015 Y 2016 PARA ATENDER VISITAS DE VERIFICACIÓN INTERNACIONALES CON EL FIN DE OBTENER EL CBPF T E S I N A QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE QUÍMICO FARMACÉUTICO BIÓLOGO P R E S E N T A JESÚS RIVERA SANTIAGO Ciudad Universitaria, CD. MX., 2017 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. JURADO ASIGNADO: PRESIDENTE: Profesor: Flores Marroquín Elsa VOCAL: Profesor: Jasso Martínez Carlos SECRETARIO: Profesor: Ramírez Luna Lorena Rocío 1er. SUPLENTE: Profesor: Bravo Leal David 2° SUPLENTE: Profesor: Serrano Andrade Miriam Isabel SITIO DONDE SE DESARROLLÓ EL TEMA: COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DIRECCIÓN: OKLAHOMA NO. 14, PISO 4, COL. NÁPOLES, DEL. BENITO JUÁREZ, CIUDAD DE MÉXICO, MÉXICO. C.P. 03810 ASESOR DEL TEMA: QFB. Lorena Rocío Ramírez Luna ____________________________ SUPERVISOR TÉCNICO: M. en C. Miriam Isabel Serrano Andrade ____________________________ SUSTENTANTE: Jesús Rivera Santiago ____________________________ RESUMEN La certificación de Buenas Prácticas de Fabricación de fármacos, medicamentos y otros insumos para la salud en establecimientos extranjeros es obligatoria para la importación de productos farmacéuticos de uso humano comercializados en el país y para su obtención, se debe solicitar una visita de verificación sanitaria con el trámite COFEPRIS 01-029. Para optimizar el tiempo de inspección y mantener la capacidad operativa de atención de trámites, se implementó un nuevo modelo de verificación sanitaria, los lineamientos que establecen los requisitos que se deben cumplir para la acreditación de los Certificados de Buenas Prácticas de Fabricación y el listado de fármacos de alto riesgo. Se analizó el seguimiento de los trámites que ingresaron en los años 2014, 2015 y 2016, el país de origen de los establecimientos involucrados, el tipo de producto solicitante y producto verificado, la capacidad para atender trámites por visitas de verificación, y los errores documentales encontrados en las solicitudes del año 2016. Como resultado se encontró que la implementación de los lineamientos y el listado disminuyeron la cantidad de trámites que proceden a una visita de verificación. El impacto de los anteriores documentos y el nuevo modelo de verificación sanitaria determinaron una capacidad operativa en la atención de trámites por visitas de verificación internacionales en el mismo año de ingreso de 54% en el año 2014, 58% en el año 2015 y 43% en el año 2016. Palabras clave: buenas prácticas de fabricación, verificación sanitaria, certificación, capacidad operativa, trámite COFEPRIS-01-029. ÍNDICE DE CONTENIDO CAPÍTULO Página 1. INTRODUCCIÓN.....…………………………………………………………….... 1 1.1 Antecedentes generales.......................................................................... 1 1.2 Planteamiento del problema …...………………………………………...... 2 1.3 Pregunta de investigación ....………………….…………………..……….. 3 1.4 Hipótesis.......…………………………………………………………………. 3 1.5 Objetivos................................................................................................. 4 1.5.1 General...…………………..……………......................................... 4 1.5.2 Específicos.....……………..……………......................................... 4 1.6 Justificación……………………………………………………………….…. 5 2. MARCO TEÓRICO……………………………………………………………...... 6 2.1 Antecedentes históricos.......................................................................... 6 2.2 Origen de las Buenas Prácticas de Fabricación..................................... 8 2.3 Armonización regulatoria...................................................................... 11 2.3.1 PIC/S............................................................................................ 16 2.4 Buenas Prácticas de Fabricación en México........................................ 18 2.4.1 Antecedentes legislativos............................................................. 18 2.4.2 Secretaria de Salud...................................................................... 20 2.4.3 COFEPRIS................................................................................... 21 2.4.4 Certificado de BPF....................................................................... 24 2.4.5 Tendencias en las BPF................................................................ 26 2.4.6 Terceros autorizados.................................................................... 30 2.5 Vigilancia sanitaria................................................................................ 33 2.5.1 Instrumentos de la verificación sanitaria...................................... 35 2.5.2 Modelo de verificación sanitaria................................................... 36 2.5.3 Gestión de riesgos de calidad...................................................... 38 2.5.4 Aplicación y limitantes de la visita de verificación........................ 41 2.6 Trámite COFEPRIS 01-029.................................................................. 41 2.6.1 Requisitos documentales............................................................. 43 2.6.2 Visita de verificación internacional............................................... 45 2.6.3 Procedimiento interno para la atención de trámites 01-029......... 46 2.7 Lineamientos para la acreditación de los certificados de BPF............. 48 2.7.1 Fármacos y medicamentos de fabricación extrajera.................... 48 2.7.2 Requisitos que deben cumplir los CBPF extranjeros................... 50 2.7.3 Listado de fármacos de alto riesgo............................................... 51 3. METODOLOGÍA.....………………………………………………………...…... 52 4. RESULTADOS Y DISCUSIÓN.....………............………………………….... 53 4.1 País de origen de los establecimientos solicitantes............................. 53 4.2 Estatus de los trámites 01-029............................................................. 56 4.3 Tipo de producto sometido................................................................... 62 4.4 Tipo de producto verificado................................................................... 65 4.5 Capacidad operativa anual de COFEPRIS........................................... 68 4.6 Errores documentales del año 2016..................................................... 72 5. CONCLUSIONES……………………………………………………………….. 77 5.1 Enfoque final y proyecciones................................................................ 80 6. BIBLIOGRAFÍA……………………………………………………………...….. 82 Apéndice A. Definiciones……………………………..……………….……………….. 87 Apéndice B. Símbolos y abreviaturas…………………….……….………………….. 91 ÍNDICE DE CUADROS Cuadro Título Página 1. Episodios críticos que motivan la implementación de las BPF…………….. 10 2. Armonización regulatoria internacional .......................................................13 3. Cooperación regulatoria en el marco de la Alianza del Pacífico.................. 14 4. Acuerdos bilaterales con agencias regulatorias extranjeras........................ 14 5. Reconocimiento de certificados de BPF...................................................... 15 6. Proceso de adhesión a PIC/S...................................................................... 17 7. Actualizaciones de las normas de BPF........................................................ 20 8. Ámbito de competencia de la COFEPRIS.................................................... 22 9. Comparación de inspecciones realizadas por COFEPRIS vs TA................ 31 10. Clasificación del riesgo asociado a TA......................................................... 32 11. Vigilancia sanitaria realizada por la SESV................................................... 34 12. Acta de verificación vigente.......................................................................... 35 13. Actas utilizadas en el anterior modelo de verificación................................. 36 ÍNDICE DE FIGURAS Figura Título Página 1. Ejes de la homologación internacional de COFEPRIS...........………….….. 11 2. Proyectos desarrollados con la OPS .......................................................... 12 3. Estructura orgánica de la COFEPRIS.......................................................... 23 4. Procesos por los cuales se exige el cumplimiento de las BPF.................... 25 5. Tipos de certificados de BPF....................................................................... 26 6. Ruta de obtención del CBPF (COFEPRIS) ................................................ 26 7. Ruta de obtención del CBPF (TA) ............................................................... 30 8. Proceso general del SGR............................................................................. 38 9. Valoración de riesgo QRM........................................................................... 40 10. Desarrollo de la inspección en sitio.............................................................. 40 ÍNDICE DE TABLAS Tabla Título Página 1. País de origen 2014.................................................................…………….. 53 2. País de origen 2015.................................................................…………….. 54 3. País de origen 2016.................................................................…………….. 55 4. Estatus de trámites 2014.............................................................................. 56 5. Estatus de trámites 2015.............................................................................. 57 6. Estatus de trámites 2016.............................................................................. 58 7. Trámites atendidos por lineamientos/ listado en 2016................................. 60 8. Producto sometido en 2014......................................................................... 62 9. Producto sometido en 2015......................................................................... 63 10. Producto sometido en 2016......................................................................... 64 11. Producto verificado de 2014......................................................................... 65 12. Producto verificado de 2015......................................................................... 66 13. Producto verificado de 2016......................................................................... 67 14. Trámites atendidos por visitas de verificación en 2014............................... 68 15. Trámites atendidos por visitas de verificación en 2015............................... 69 16. Trámites atendidos por visitas de verificación en 2016............................... 69 17. Porcentaje de trámites con visita en el mismo año de ingreso.................... 71 18. Requisitos evaluados en 2016..................................................................... 73 ÍNDICE DE GRÁFICAS Gráfica Título Página 1. Porcentaje del país de origen 2014….........................................………….. 53 2. Porcentaje del país de origen 2015............................................................. 54 3. Porcentaje del país de origen 2016............................................................. 55 4. Porcentaje del estatus de trámites 2014...................................................... 56 5. Porcentaje del estatus de trámites 2015...................................................... 57 6. Porcentaje del estatus de trámites 2016...................................................... 59 7. Porcentaje de trámites atendidos por lineamientos/ listado en 2016........... 60 8. Porcentaje de producto sometido en 2014.................................................. 62 9. Porcentaje de producto sometido en 2015.................................................. 63 10. Porcentaje de producto sometido en 2016.................................................. 64 11. Porcentaje de producto verificado de 2014.................................................. 65 12. Porcentaje de producto verificado de 2015.................................................. 66 13. Porcentaje de producto verificado de 2016.................................................. 67 14. Cantidad de trámites atendidos por visitas en 2014, 2015 y 2016.............. 70 15. Porcentaje de requisitos evaluados en 2016............................................... 73 1 CAPÍTULO 1. INTRODUCCIÓN 1.1 Antecedentes generales La industria farmacéutica es un sector empresarial dedicado a la fabricación, preparación y comercialización de productos químicos, que con ayuda de la investigación, la innovación y el desarrollo tecnológico, brinda a la población terapias eficaces, seguras y acordes a los padecimientos que nos aquejan. Los medicamentos e insumos para la salud son la tecnología médica más usada para la prevención, el tratamiento y la rehabilitación de la salud, por lo que precisan de un riguroso proceso de producción para garantizar la seguridad, eficacia y calidad de los mismos, controlada por la regulación y vigilancia sanitaria efectuada por el Estado. Para confirmar el estado de cumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, la industria farmacéutica tiene que contar con el Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación (CPBF) expedido por la autoridad regulatoria de su país. Las Buenas Prácticas de Fabricación (BPF) son un instrumento administrativo en virtud del cual el Estado se compromete, a petición de una parte interesada, a certificar que: - Está autorizada la venta o distribución del producto. - Las instalaciones industriales donde se fabrica el producto están sometidas a inspecciones regulares, para comprobar si el fabricante se ajusta a las buenas prácticas de manufactura e inspección de la calidad. La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) es el organismo competente en México encargado de evaluar el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación. Las BPF establecen los requisitos mínimos necesarios para el proceso de fabricación y promueven la implementación y desarrollo del Sistema de Gestión de Calidad, Gestión de Riesgos de Calidad, personal, instalaciones y equipo, calificación y validación, https://es.wikipedia.org/wiki/Empresa 2 sistemas de fabricación, laboratorios de control de calidad, liberación de producto terminado, retiro del producto del mercado, actividades subcontratadas, destino final de residuos y Buenas Prácticas de Almacenamientoy Distribución. 1.2 Planteamiento del problema COFEPRIS mediante la Subdirección Ejecutiva de Supervisión y Verificación (SESV) de la Comisión de Operación Sanitaria (COS) realiza entre otras actividades, vigilancia dirigida solicitada por el trámite 01-029 al evaluar, verificar y supervisar el cumplimiento de las BPF llevando a cabo visitas de verificación sanitaria a establecimientos ubicados en el extranjero. Para facilitar el intercambio de CBPF, mitigar los tiempos de autorizaciones y costos de los medicamentos, esta autoridad solicitó en diciembre de 2014 ingresar al Esquema de Cooperación en Inspección Farmacéutica (PIC/S). Para poder ingresar fue necesario eliminar el uso de Terceros Autorizados (TA) en la inspección de plantas farmacéuticas y modificar las Normas Oficiales Mexicanas de Buenas Prácticas de Fabricación de fármacos y de Buenas Prácticas de Fabricación de medicamentos. Por tal motivo, la cantidad de trámites por solicitud de visita de verificación sanitaria para la certificación de BPF fue en aumento y se necesitó la implementación de medidas para optimizar el tiempo de inspección y mantener la atención de trámites 01-029 por visitas de verificación internacionales. Con el objetivo de disminuir los tiempos de inspección y mantener la capacidad operativa de atención de trámites, se implementó el nuevo modelo de verificación sanitaria que establece un cambio en el proceso técnico-administrativo integrando la recopilación previa de información, la integración del plan de inspección y la organización por escrito de la visita de verificación. Para limitar los trámites que proceden a una visita de verificación, el 18 de julio y septiembre de 2016, fueron publicados en la página de COFEPRIS los 3 lineamientos para la acreditación de los certificados de Buenas Prácticas de Fabricación y el listado de fármacos de alto riesgo respectivamente. Los anteriores documentos son complementarios y cruciales para la asignación de una visita de verificación, ya que el primero establece los criterios para que las empresas extranjeras obtengan y/o acrediten el CBPF, mientras que, se apoya en el segundo para establecer que los fármacos de alto riesgo proceden a una visita de verificación y los de bajo riesgo deberán de apegarse a los lineamientos. 1.3 Pregunta de investigación En los años 2014, 2015 y 2016, ¿La capacidad operativa en la atención de trámites por visitas de verificación internacionales en el mismo año de ingreso se mantuvo por arriba del 50 % del total de trámites con visita? 1.4 Hipótesis La atención de trámites por visitas de verificación internacionales en el mismo año de ingreso se logró mantener por arriba del 50 % del total de trámites con visita en los años 2014, 2015 y 2016. 4 1.5 Objetivos 1.5.1. General. Analizar el impacto del nuevo modelo de verificación sanitaria, los lineamientos que establecen los requisitos que se deben cumplir para la acreditación de los certificados de Buenas Prácticas de Fabricación para la solicitud de modificaciones, prórrogas y Registro Sanitario de medicamentos y el listado de fármacos de alto riesgo, en la capacidad de COFEPRIS para ejercer vigilancia sanitaria al atender visitas de verificación internacionales en los años 2014, 2015 y 2016 con el fin de obtener el Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación (trámite 01-029). 1.5.2 Específicos. ► Identificar el país de origen de los establecimientos solicitantes del CBPF. ► Analizar el estatus de los trámites ingresados en 2014, 2015 y 2016. ► Analizar las solicitudes que no requieren una visita con base al reconocimiento de actas o informes de inspección entre COFEPRIS y las autoridades regulatorias extranjeras. ► Analizar el tipo de producto a verificar, solicitado en el trámite 01-029. ► Analizar la cantidad de productos que se apegan a los lineamientos y el listado, así como los productos que sí requieren visita de verificación. ► Determinar la capacidad operativa de atención de trámites por visitas de verificación internacionales en los años 2014, 2015 y 2016. ► Determinar los errores documentales al ingreso de las solicitudes del año 2016. 5 1.6 Justificación Uno de los grandes retos que enfrenta la industria farmacéutica es poder garantizar que las condiciones en las que se llevan a cabo los procesos de manufactura de productos farmacéuticos son las idóneas, de tal forma que aseguren el cumplimiento de las BPF y las características de identidad, pureza, seguridad, eficacia y calidad requeridas para el consumo de la población mexicana. En función de establecimientos extranjeros que pretendan cumplir con las BPF para el otorgamiento, modificación o prorroga del Registro Sanitario, se debe solicitar con el trámite COFEPRIS-01-029 una visita de verificación para la certificación de BPF de fármacos, medicamentos y otros insumos para la salud. Las solicitudes tienen recepción en la SESV, donde se analiza la información del tipo de visita de acuerdo a la ficha técnica correspondiente (giro, ubicación, productos) y, en dado caso que cumpla con la documentación requerida, se programa la visita de verificación. Uno de los objetivos principales de la Subdirección es programar la mayor cantidad de visitas anuales internacionales y ejercer la vigilancia dirigida. Determinar la capacidad operativa en la atención y seguimiento de los trámites 01-029 es de gran importancia para mejorar el proceso técnico-administrativo, tomar medidas para contrarrestar el aumento de los trámites, incrementar la eficiencia de las áreas encargadas del proceso de certificación, determinar las causas de retraso en las visitas internacionales para generar ahorros y mitigar los tiempos de autorizaciones para tener mayor acceso a alternativas terapéuticas que compitan con el mercado nacional e incrementen la calidad y esperanza de vida de la población. 6 CAPÍTULO 2. MARCO TEORÍCO 2.1 Antecedentes históricos La aplicación de remedios para sanar o, al menos, para aliviar el sufrimiento es tan antigua como la humanidad, por eso es muy difícil determinar cuándo comienza la práctica farmacéutica. Informa Carballo Junco (2009) la existencia de referencias del período Paleolítico donde se evidencia que ya se usaban plantas y partes de animales. En Mesopotamia, Egipto y China se empleaban algunos procesos químicos para la elaboración de remedios, los griegos propagaron la Farmacia en Europa y los romanos profundizaron el conocimiento de los remedios farmacológicos y aumentaron considerablemente el número de drogas medicinales. Durante la Edad Media este conocimiento fue cultivado por los monjes, aunque durante siglos la alquimia y la superstición estuvieron mezcladas con la Farmacia. Hasta principios del siglo XIX los boticarios europeos obtenían sus materias primas a través de especieros/comerciantes y a partir de ellos elaboraban remedios farmacéuticos como jarabes, ungüentos, tinturas y píldoras. El éxito de los avances, como la vacuna contra la viruela o el empleo de la quina contra la malaria, tenían mucho que ver con eventos accidentales y debido a la falta de experimentación o de una teoría adecuada se hacía imposible su generalización. En la década de 1930 la industria farmacéutica era un negocio de artículos de consumo general. Las compañías principales eran casas plenamente dedicadas a la farmacia: fabricaban y vendían un conjunto completo de todos los ingredientes que el farmacéutico necesitaba para preparar las recetas médicas. En estos tiempos, los adelantos terapéuticos eran lentos y las compañías realizaban muy poca investigación. 7 Hacia el final de la década de 1950 las compañías farmacéuticas habían crecido con rapidezy se concentraron en productos de especialidad, cuyo valor podía protegerse por patentes y marcas registradas que eran objeto de intensa publicidad. La compañía de integración vertical que combinaba el descubrimiento de fármacos, la producción y la distribución en una sola red corporativa llegó a dominar la industria. A medida que los reglamentos gubernamentales crearon una clasificación de fármacos que no podían venderse legalmente sin receta, la publicidad se dirigía cada vez más a la profesión médica. Las BPF surgieron en respuesta a hechos graves relacionados con la falta de calidad, pureza y eficacia de alimentos y medicamentos. El episodio decisivo tuvo lugar el 4 de julio de 1962 en Alemania, cuando se identificaron los efectos secundarios de un medicamento (Talidomida), hecho que motivó la creación de la primera guía de BPF. Este acontecimiento cambió por completo la forma en la que los medicamentos son aprobados y regulados. Las BPF son una parte de la garantía de calidad en empresas dedicadas a la elaboración de productos farmacéuticos, de manera que asegure una fabricación uniforme y controlada de acuerdo con las normas sobre su uso y conforme a las condiciones exigidas para su comercialización. La calidad de los productos debe construirse durante el proceso de manufactura, donde el diseño, la evaluación y el control permitan asegurar la reproducción fiel del artículo originalmente delineado. No obstante, a pesar de que dicha definición se ha divulgado ampliamente en actividades que forman parte de los programas de capacitación de las empresas, en reuniones de carácter nacional e internacional cuyos fines son la armonización de criterios y el trabajo conjunto entre la industria, la academia y los organismos reguladores, no es garantía del total entendimiento práctico y conceptual de cada uno de los requerimientos. Al respecto, el Mtro. Flores Miranda de CANIFARMA (2016: párr. 4) sostiene que “el trabajo diario e interdisciplinario en las labores de aseguramiento de calidad es el elemento que ha permitido 8 comprender su verdadero alcance y significado, además de haber propiciado el surgimiento de los nuevos enfoques”. A nivel internacional la OMS se ha encargado de establecer las políticas en materia de las BPF, en donde los medicamentos esenciales desempeñan un papel crucial: Si están disponibles, son asequibles, de buena calidad y si se usan adecuadamente pueden ofrecer una respuesta sencilla y económica para diversos problemas de salud. En muchos países, el gasto en medicamentos representa una parte significativa del presupuesto total en salud, existen problemas frecuentes por la carencia del servicio, la mala calidad y el uso irracional de estos productos. En el informe de los Avances en Armonización Regulatoria Internacional (COFEPRIS, 2016: 8) se sostiene que “la experiencia internacional ha demostrado que la mejor manera de abordar dicha problemática es mediante un marco común”, ya que los planteamientos parciales pueden dejar problemas sin resolver y a menudo fracasan. Con base a lo anterior, la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que todos los países formulen y apliquen una política farmacéutica nacional e integral, basada en la armonización y vigilancia internacional. 2.2 Origen de las Buenas Prácticas de Fabricación La salud es un eje fundamental para el bienestar y el desarrollo, en este contexto los fármacos son uno de los elementos más importantes en la fabricación de medicamentos, los cuales son esenciales para el cuidado de la salud. La fabricación de fármacos y medicamentos incluye la recepción de los insumos, producción, empaque, etiquetado, control de calidad, liberación, almacenamiento, distribución y el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación. La voluntad política para realizar un cambio en la regulación farmacéutica provino a principios de la década de 1930, alentada por la indignación nacional https://codigof.mx/tag/oms/ 9 sobre algunos ejemplos atroces de productos para el consumidor que envenenaron, lisiaron y mataron a mucha gente. El primer evento ocurrió en 1937, cuando un producto farmacéutico no probado (Elixir de Sulfanilamida) mató a muchos pacientes tan pronto como salió al mercado. El siguiente episodio involucra la tragedia de la Talidomina que fue fabricada y comercializada a finales de 1960 en Alemania occidental como tranquilizante prescrito por los médicos a mujeres embarazadas para aliviar las náuseas matutinas. Tiempo después se comprobó que producía un patrón de defectos congénitos graves. En 1982, el Tylenol fue uno de los líderes analgésicos de venta sin receta. A finales de ese año, cierto número de persona murió por envenenamiento de Cianuro después de ingerir este medicamento en forma de cápsula. Rápidamente se determinó que las cápsulas se habían abierto en alguna parte a lo largo de la cadena de distribución. Por último, el más reciente episodio fue el brote de meningitis causado por contaminación de hongos en 2012, causando 39 pacientes muertos y más de 600 enfermos. Según Welty Gordon (2013), estas personas habían recibido inyecciones en la columna para aliviar el dolor de espalda, del esteroide producido y comercializado por NECC (New England Compounding Center). Esta compañía encontró una laguna en la normativa etiquetándose a sí mismo como farmacia y se declararon en bancarrota para evitar la responsabilidad civil hacia los perjudicados. A continuación se muestra un resumen de los episodios críticos mencionados (Ver Cuadro No. 1). 10 Cuadro 1. Episodios críticos que motivan la implementación de las BPF. No. Episodio Año 1 Elixir de Sulfanilamida 1937 2 La Talidomina 1960 3 La manipulación de Tylenol 1982 4 Meningitis Fúngica 2012 Fuente: Welty, 2013: 36. Las regulaciones garantizan que un producto es seguro para su uso, y que contiene los excipientes y concentraciones que dice tener; por lo tanto, proteger la salud pública al regular estos productos, fomentar la innovación, mejorar continuamente los procesos y proveer al público la información necesaria para su uso, debe ser una obligación de carácter nacional en México. Las Buenas Prácticas de Fabricación (BPF) son el conjunto de lineamientos y actividades destinadas a garantizar la producción uniforme de medicamentos que satisfagan las características de identidad, pureza, seguridad, eficacia y calidad requeridas para su uso. Estas directrices enmarcan las prácticas y procedimientos de fabricación y comercialización que la industria debe aplicar para asegurar que las instalaciones, métodos y controles usados en la elaboración y venta de sus productos son adecuados. Las BPF son obligatorias para todos los establecimientos dedicados a la fabricación de fármacos comercializados en el país, así como fármacos en desarrollo y almacenes de distribución (NOM-164-SSA1-2015, 2016: 2). Y obligatorias para todos los establecimientos dedicados a la fabricación y/o importación de medicamentos para uso humano, comercializados en el país y/o con fines de investigación, así como los laboratorios de control de calidad, almacenes de acondicionamiento, depósito y distribución (NOM-059-SSA1-2015, 2016: 2). 11 2.3 Armonización regulatoria La estrategia internacional de COFEPRIS consiste en la homologación con las mejores prácticas internacionales y se fundamenta en dos grandes ejes (Ver Figura No. 1). Figura 1. Ejes de la homologación internacional de COFEPRIS. Fuente: Avances en Armonización Regulatoria Internacional, 2016: 2. Los beneficios de la estrategia: Mayor acceso a opciones terapéuticas innovadoras que incrementen la calidad y esperanza de vida de los mexicanos. Ahorros públicos y privados por la entrada de genéricos. Impulso a la competitividad de las empresas. Facilitar la entrada a los mercados extranjeros farmacéuticos y de dispositivos médicos. COFEPRIS fue declarada una Agencia Funcional por la OMS en 2014 (sólo 35 agencias más cuentan con este reconocimiento alrededor del mundo) y al mismo tiempo ha sido certificada como una Agencia de Referencia Nacional por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) desarrollado varios proyectos (Ver Figura No. 2). 1. Modificación al marco normativo mexicano para eliminar barreras de entrada al mercado. 2. Ampliación del acceso de la población a insumos para la salud garantizando la seguridad, eficacia y calidad. 12 Figura 2. Proyectos desarrollados con la OPS. Fuente: Avances en Armonización Regulatoria Internacional, 2016: 5. Además la Comisión participa en al menos seis de los grupos más importantes de armonización regulatoria internacional, de los cuales se aprende y contribuye con información relevante que resulta en el fortalecimiento de todas las agencias participantes (Ver Cuadro No. 2). 13 Cuadro 2. Armonización regulatoria internacional. Fuente: Avances en Armonización Regulatoria Internacional, 2016: 6 y 7. En el marco de la Alianza del Pacífico, México participa en diferentes grupos técnicos, que tienen como objetivo encontrar las mejores prácticas internacionales y promover las mejores prácticas regulatorias. COFEPRIS participa en el grupo de Cooperación Regulatoria, específicamente en el sub-grupo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (Ver Cuadro No. 3). 14 Cuadro 3. Cooperación regulatoria en el marco de la Alianza del Pacífico. Fuente: Avances en Armonización Regulatoria Internacional, 2016: 8. Como parte de la estrategia internacional, la COFEPRIS ha firmado diversos acuerdos bilaterales con agencias reguladoras alrededor del mundo, con el objetivo de establecer esquemas de comunicación que permitan a las agencias compartir información y entrenamiento de una forma estructurada y efectiva (Ver Cuadro No. 4). Cuadro 4. Acuerdos bilaterales con agencias regulatorias extranjeras. Fuente: Avances en Armonización Internacional, 2016: 9. 15 A través de los años, la COFEPRIS ha emprendido acciones (ahora el Programa 5/15) que han permitido el fortalecimiento de su marco regulatorio y recursos humanos. Es por ello, que ha alcanzado el reconocimiento internacional de sus Buenas Prácticas Regulatorias, lo que ha resultado en la firma de acuerdos para el reconocimiento de sus certificados de BPF en diferentes países (Ver Cuadro No. 5). Cuadro 5. Reconocimiento de certificados de BPF. Fuente: Avances en Armonización Regulatoria Internacional, 2016: 10. La armonización regulatoria favorece la competitividad de la industria nacional por la reducción de barreras a la entrada de exportaciones mexicanas en mercados internacionales con la normatividad más estricta. Además, México se coloca en posición de ingresar a foros internacionales con la factibilidad de firmar acuerdos de reconocimiento mutuo con países que tengan una regulación equivalente en materia de BPF. Esto coloca a México en una posición privilegiada frente a países como China e India que no cuentan con un marco regulatorio homologado. Según el informe de los Avances en Armonización Regulatoria Internacional (COFEPRIS, 2016: 15) se estiman “beneficios económicos para la industria mexicana de alrededor de $1,000 millones de pesos” por este tipo de medidas. 16 2.3.1 PIC/S. El Esquema de Cooperación en Inspección Farmacéutica o Pharmaceutical Inspection Co-operation Scheme (PIC/S) fue establecido en 1995 como una extensión de la Convención de Inspección Farmacéutica de 1970; es un mecanismo no vinculante de cooperación entre las autoridades reguladoras en materia de las BPF de medicamentos de uso humano y veterinario. Está abierto a cualquier autoridad que tenga un sistema de inspección de BPF comparable. Actualmente en el esquema PIC/S participan 49 agencias sanitarias de todo el mundo (Europa, África, América, Asia y Oceanía). PIC/S tiene como propósito armonizar procedimientos al desarrollar normas comunes de BPF, generar oportunidades de capacitación para los inspectores y facilitar la cooperación-trabajo entre las autoridades con el fin de incrementa los estándares de inspección. La misión del esquema es “liderar el desarrollo, la aplicación y el mantenimiento internacional de las normas de BPF y de los sistemas de calidad de los servicios de inspección en el ámbito de los medicamentos” (PIC/S, 2017: párr. 3). En diciembre de 2014, México solicitó ingresar a este selecto grupo con el objetivo de facilitar el intercambio de CBPF y en consecuencia, mitigar los tiempos de autorizaciones y costos de los medicamentos, beneficiando así a la población en términos de salud y economía. Para lograr que la COFEPRIS aplicara a este gremio, fue necesario modificar las Normas Oficiales Mexicanas de BPF para fármacos y medicamentos ya que gran parte de la evaluación consiste en una minuciosa revisión de su Sistema de Gestión de Calidad por parte de los expertos de PIC/S. Dentro de las principales modificaciones de ambas normas se logró la actualización y/o implementación del Sistema de Gestión de Calidad, Revisión Anual de Producto, Buenas Prácticas de Almacenamiento y Distribución, liberación paramétrica, Gestión de Riesgos de Calidad, integridad de datos, validación de https://codigof.mx/tag/pics/ 17 sistemas computacionales, contratistas, la inclusión de referencias internacionales de PIC/S, Reportes Técnicos de OMS, entre otras. El ingreso de COFEPRIS a este conjunto de agencias reguladoras fomentará la cooperación activa y constructiva de los esquemas de BPF, ya que se apoyará en el expertis internacional a fin de facilitar el cumplimiento de la regulación vigente y de promover el intercambio científico y comercial del sector farmacéutico a nivel mundial. De esta manera la Comisión busca el desarrollo económico del ramo en el país y el incremento del bienestar social. El informe de los Avances en Armonización Regulatoria Internacional anticipa que la “integración a PIC/S fomentará significativamente la participación de México en los mercados internacionales, lo que se verá reflejado en el crecimiento económico de la industria farmacéutica nacional” (COFEPRIS, 2016: 14). La Comisión Federal se encuentra como aplicante dentro del proceso de adhesión a PIC/S (Ver Cuadro No. 6). Cuadro 6. Proceso de adhesión a PIC/S. Fuente: Avances en Armonización Regulatoria Internacional, 2016: 14. 18 2.4 Buenas prácticas de fabricación en México 2.4.1 Antecedentes legislativos. El 05 de febrero de 1917 se promulgó la vigente Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la cual establece en el artículo 4o. que “toda persona tiene derecho a la protección de la salud” (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2014: 20). La Asociación Farmacéutica Mexicana (2014) reporta que la industria farmacéutica tuvo sus orígenes durante el periodo posrevolucionario (1917-1940). Tras la llegada de capitalistas extranjeros, el Estado se inclinó hacia una industrialización rápida con la ayuda del capital foráneo, favoreciendo a las industrias principales y relegando a aquellas que no sostenían la economía, como la industria nacional. Es hasta el periodo cardenista (1934-1940) cuando se empiezan a decretar políticas proteccionistas más formales para la industria mexicana. En esta perspectiva, la industria farmacéutica se vería parcialmente favorecida, al aumentar de forma considerable su producción y el personal mexicano que laboraba en ella. Sin embargo, la importación de medicamentos continuaría de manera impresionante,así como las preferencias del médico y del consumidor por el producto extranjero. Esto último sería un factor que desaceleraría el desarrollo de la industria farmacéutica nacional a lo largo de su historia. El 07 de febrero de 1984 se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley General de Salud (LGS) en donde se reglamenta el derecho a la protección de la salud, se establecen las bases y modalidades para el acceso a los servicios, la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. “Es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social” (LGS, 2017: 1). En esa misma línea, el 04 de febrero de 1998 se publicó el Reglamento de Insumos para la Salud (RIS) el cual tiene por objeto “reglamentar el control sanitario de los insumos y de los remedios 19 herbolarios, así como el de los establecimientos, actividades y servicios relacionados con los mismos” (RIS, 2014: 1). Para garantizar que la ciudadanía tenga acceso a medicamentos de calidad, seguridad y eficiencia probada, se establecen normas técnicas de carácter obligatorio que den certeza jurídica que los productores de medicamentos en México y en el extranjero cumplen con las BPF. El 31 de julio de 1998 y el 15 de noviembre de 2000 se publicaron las normas oficiales mexicanas: NOM-059-SSA1- 1993 acerca de las Buenas Prácticas de Fabricación de medicamentos y la NOM- 164-SSA1-1998 acerca de las Buenas Prácticas de Fabricación de fármacos. El 05 de julio de 2001 se decreta la creación de la COFEPRIS, donde se estableció la organización y el funcionamiento de un órgano administrativo encargado de proteger a la población contra riesgos sanitarios ocasionados por el uso y consumo de alimentos, bebidas, medicamentos, equipos médicos, productos de perfumería, belleza y aseo, nutrientes vegetales, plaguicidas y otros productos y sustancias. El 04 y 05 de febrero de 2016 se publicaron las últimas versiones vigentes de la NOM-164-SSA1-2015 de Buenas Prácticas de Fabricación de fármacos y la NOM-059-SSA1-2015 de Buenas Prácticas de Fabricación de medicamentos respectivamente. A continuación se presenta un resumen de las actualizaciones de las normas de BPF (Ver Cuadro No. 7). 20 Cuadro 7. Actualizaciones de las normas de BPF. No. Norma Oficial Mexicana Fecha 1 NOM-059-SSA1-1993 31/07/1998 2 NOM-164-SSA1-1998 15/11/2000 3 NOM-059-SSA1-2006 22/12/2008 4 NOM-164-SSA1-2013 25/06/2013 5 NOM-059-SSA1-2013 22/07/2013 6 NOM-164-SSA1-2015 04/02/2016 7 NOM-059-SSA1-2015 05/02/2016 Fuente: Elaboración propia, 2017. 2.4.2 Secretaria de Salud. Nuestro sistema de salud se fundó en 1938, año donde se crea la Secretaría de Salubridad y Asistencia, hoy Secretaría de Salud, y en donde surgió la primera generación de reformas en salud que buscó responder a las demandas del desarrollo industrial y el cuidado de la población obrera, atendida en los institutos de seguridad social. La Secretaría de Salud es una secretaría de estado del poder ejecutivo federal, encargada de la salud del pueblo mexicano, así como de su educación, cuidado a través de campañas de vacunación y fomento a través de diversos programas de salud. Dentro de sus competencias se encuentran: Dictar las normas oficiales mexicanas que quedarán sujetas a la prestación en todo el territorio nacional, de servicios de salud en materia de salubridad general así como el cumplimiento de las mismas. Organizar y operar los servicios de salud a su cargo y, en todas las materias de salubridad general, desarrollar temporalmente acciones en las entidades federativas, cuando éstas se lo soliciten, de conformidad con los acuerdos de coordinación que se celebren al efecto. https://es.wikipedia.org/wiki/Secretario_de_Estado https://es.wikipedia.org/wiki/Poder_ejecutivo https://es.wikipedia.org/wiki/Poder_ejecutivo https://es.wikipedia.org/wiki/Salud 21 Coordinar el Sistema Nacional de Salud. Regular, desarrollar, coordinar, evaluar y supervisar las acciones de protección social en salud. Ejercer la coordinación y la vigilancia general del cumplimiento de las disposiciones de la ley y demás normas aplicables en materia de salubridad general. 2.4.3 COFEPRIS. La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) actúa como un “órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica, administrativa y operativa, que tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios en los términos de la Ley General de Salud y demás disposiciones aplicables” (Reglamento de la COFEPRIS, 2004: 8). Tiene por objeto el ejercer las atribuciones de la Secretaría de Salud en materia de efectos del ambiente general y ocupacional en la salud, de residuos peligrosos, de saneamiento y de accidentes que involucren sustancias tóxicas, peligrosas o radiaciones. El ámbito de competencia de la COFEPRIS, se define como aquellos actos del poder ejecutivo federal que tienden a proteger a la población contra riesgos por el consumo de bienes y servicios. A continuación se presenta el ámbito de competencia de esta autoridad (Ver Cuadro No. 8). 22 Cuadro 8. Ámbito de competencia de la COFEPRIS. Fuente: SEMARNAT, 2012: 1. Las funciones principales de la COFEPRIS son: o El control y vigilancia de los establecimientos de salud. o La prevención y el control de los efectos nocivos de los factores ambientales en la salud del hombre. o La salud ocupacional y el saneamiento básico. o El control sanitario de productos, servicios y de su importación y exportación, y de los establecimientos dedicados al proceso de los productos. o El control sanitario del proceso, uso, mantenimiento, importación, exportación y disposición final de equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos, de curación y productos higiénicos, y de los establecimientos dedicados al proceso de los productos. o El control sanitario de la publicidad de las actividades, productos y servicios. o El control sanitario de la disposición, donaciones y trasplantes de órganos, tejidos y sus componentes (células de seres humanos). o La sanidad internacional. 23 La Comisión Federal cuenta con Unidades Administrativas para su debida organización y funcionamiento (Ver Figura No. 3). Figura 3. Estructura orgánica de la COFEPRIS. Fuente: COFEPRIS, 2010: 6. Las actividades relacionadas con la emisión del CBPF en las respectivas comisiones son: Comisión de Autorización Sanitaria (CAS). Expedir certificados oficiales de condición sanitaria para diversos productos como por ejemplo medicamentos, biológicos para uso humano, dispositivos médicos, biotecnológicos, servicios de salud, alimentos, tabaco, plaguicidas, nutrientes vegetales y precursores químicos, entre otros. Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura (CCAYAC). Ejerce la realización de ensayos de laboratorio a todos aquellos productos sujetos al control sanitario, emitiendo resultados confiables y oportunos para la toma de decisiones y amplía la cobertura en las actividades de vigilancia sanitaria a través de Terceros Autorizados y de la Red Nacional de Laboratorios Estatales 24 de Salud Pública para contribuir a la prevención y protección contra riesgos sanitarios. Comisión de Operación Sanitaria (COS). ʘ Realizar vigilancia sanitaria mediante la evaluación, verificación y supervisión, emitir el dictamen correspondiente y sustanciar en su caso, el procedimiento respectivo por el incumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos y demás disposiciones administrativasde carácter general. ʘ Ejercer el control sanitario de los productos que pretendan ingresar o ingresen al territorio nacional, así como de los establecimientos de otros países que los procesen, en los términos de la ley, los instrumentos internacionales aplicables y demás disposiciones aplicables. ʘ Diseñar, instrumentar y operar en coordinación con las Unidades Administrativas competentes de la Comisión Federal, las acciones derivadas de los convenios o acuerdos internacionales celebrados. 2.4.4 Certificado de BPF. El Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación (CBPF) es un documento emitido por la Autoridad Sanitaria de un país, posterior a la visita de verificación realizada a un establecimiento, en donde se avala el cumplimiento con las BPF y se asegura que se cuenten con productos de calidad para el consumidor. El CBPF es el único documento que acredita el reconocimiento de las BPF y será válido sólo por el período que comprende su vigencia: “treinta meses a partir del término de la visita de verificación” (RIS, 2014: 43). La COFEPRIS como agencia regulatoria está facultada para exigir el cumplimiento de las BPF a través del proceso de vigilancia, licenciamiento o certificación (Ver Figura No. 4). 25 Figura 4. Procesos por los cuales se exige el cumplimiento de las BPF. DICTAMEN Fuente: Nuevo Modelo de Verificación Sanitaria, 2016: 3. En seguimiento a la NOM-164-SSA1-2015 de BPF de fármacos y la NOM- 059-SSA1-2015 de BPF de medicamentos, existen dos tipos de certificados (Ver Figura No. 5). Figura 5. Tipos de certificados de BPF. Fuente: Nuevo Modelo de Verificación Sanitaria, 2016: 4. La certificación es un proceso necesario para la comercialización de productos farmacéuticos en la nación. México ha desarrollado una política farmacéutica encaminada a cumplir con las recomendaciones internacionales y establecer en la política nacional acciones que garanticen el cumplimiento de las BPF para renovar, modificar y registrar insumos necesarios para el mercado, ofreciendo a la población productos innovadores y alternativas terapéuticas. A Vigilancia Licenciamiento /Certificación CBPF para laboratorios que producen medicamentos 2 2 CBPF para laboratorios que producen fármacos 1 (Biológicos, hemoderivados y biotecnológicos) BPF 1 Cumplimiento 2 26 continuación se presenta la ruta para el otorgamiento del CBPF solicitado por una empresa a COFEPRIS (Ver Figura No. 6). Figura 6. Ruta de obtención del CBPF (COFEPRIS). Fuente: Proceso de inspección: Valoración de riesgos, 2015: 3. 2.4.5. Tendencias en las BPF. En el informe de tendencias en las BPF de medicamentos (COFEPRIS, 2015: 27) se afirma que el “ingreso al esquema PIC/S conlleva un programa de trabajo para cerrar las brechas en nuestro marco regulatorio”, así como, la revisión en la práctica de nuestro modelo de inspección. La implementación de las modificaciones de los procesos, sistemas, métodos, operaciones y personal requiere que la industria tome en cuenta la revisión del impacto en su producción utilizando la Gestión de Riesgos de Calidad como herramienta. Los principales aspectos y las tendencias de la regulación sanitaria mexicana en BPF son las siguientes: a) Sistema de Gestión de Calidad. El Sistema de Gestión de Calidad (SGC) representa un conjunto de medidas adoptadas de manera planificada y sistematizada, con el objetivo de garantizar en todo su ciclo de vida que los medicamentos son de la calidad requerida para el uso al que están destinados. La Gestión de Calidad incorpora, por lo tanto, las normas 27 de BPF y los principios de la Gestión de Riesgos de Calidad. El SGC funciona como un paraguas donde todos los sistemas involucrados en la fabricación de los medicamentos convergen, dedicado a favorecer la innovación, la mejora continua y fortalecer la unión entre el desarrollo farmacéutico y las actividades de fabricación. b) Gestión de Riesgos de Calidad. El establecimiento debe contar con un Sistema de Gestión de Riesgos (SGR) que asegure de forma científica y sistemática las acciones para identificar, mitigar y controlar las potenciales fallas en los sistemas, operaciones y procesos que afecten la calidad de los productos. La evaluación de los riesgos debe basarse en conocimientos científicos y debe tener como objetivo principal la protección de los pacientes. El nivel de esfuerzo, de detalle y el volumen de documentación que suponga el proceso de gestión deben estar acordes con el nivel del riesgo. c) Revisión Anual de Producto. El Reporte Anual de Producto (RAP) funciona como herramienta para identificar desviaciones y riesgos potenciales que impacten la calidad del producto y puedan poner en riesgo la salud de las personas. En la revisión se determina la necesidad de llevar a cabo cambios en el proceso de fabricación, en los controles de proceso y en las especificaciones. Esto incluye la identificación de mejoras al producto y al proceso de fabricación basados en un análisis de tendencias y evaluación de riesgos. d) Personal. El elemento más importante para la seguridad, eficacia y calidad de los medicamentos es el personal, por lo que es responsabilidad del fabricante contar con el número suficiente de empleados calificado para llevar a cabo todas las actividades requeridas para la fabricación de medicamentos. El personal debe recibir inducción en BPF desde su contratación, entrenamiento en las actividades de ejecución y capacitación continua. 28 El responsable sanitario debe tener la formación académica, conocimiento y experiencia suficiente para la toma de decisiones en aspectos de BPF. Los representantes legales de los titulares de registro en el extranjero deberán contar con un responsable sanitario en México. e) Sistemas de fabricación. Para asegurar las propiedades de los medicamentos tenemos que contar con la garantía global de la calidad en la fabricación, incluida la organización adecuada de las actividades de producción y control. Estos procesos y prácticas adecuadas en la fabricación deben reflejarse en todos los productos estériles, biológicos, biotecnológicos, hemoderivados, aerosoles u homeopáticos. El muestreo se debe aplicar en la validación de proveedores de principios activos y aditivos. f) Liberación concurrente. La liberación concurrente permite la validación de lotes aunque no se haya utilizado el mínimo necesario para completarla. Los lotes fabricados bajo esta condición, podrán ser liberados y comercializados si éstos cumplen con Atributos Críticos de la Calidad: todos los requisitos de las BPF, los criterios de aceptación establecidos en el protocolo de validación, las conclusiones satisfactorias del reporte de validación de cada lote y las especificaciones de liberación previamente establecidas. La liberación concurrente en la etapa de calificación del proceso solo es aceptable en casos tales como demanda limitada, vidas medias cortas y por emergencia sanitaria. g) Liberación paramétrica. La liberación paramétrica solo aplica a procesos de esterilización terminal por calor húmedo. Es un sistema de liberación que ofrece la garantía de que el producto es de la calidad deseada basándose en la información recogida durante el proceso de fabricación y en el cumplimiento de las normas. La liberación paramétrica es posible cuando se tiene un amplio conocimiento del proceso de esterilización, los parámetros físicos del proceso están bien definidos, son 29 predecibles, medibles y cuentan con la evidencia de que el proceso esta validado y bajo control. h) Integridad de datos: Validación de sistemas computacionales. La validación de sistemas computacionales para garantizar la integridad de los datos es un instrumento esencial en el cumplimientode las BPF. La auditoría de los datos debe prevenir su alteración y debe de estar disponible, convertible y entendible con el fin de permitir la evidencia en la cadena de eventos. i) Actividades subcontratadas. Cualquier actividad que sea subcontratada debe de estar definida, acordada y controlada para evitar imprecisiones que puedan dar como resultado un producto u operación de calidad insatisfactoria: Control de los proveedores de servicios de análisis y sistemas críticos que impactan la calidad. El Sistema de Gestión de Calidad del agente contratante debe reflejar claramente el modo en el que el responsable sanitario o persona que autoriza la liberación de cada lote de producto contempla las actividades subcontratadas en su responsabilidad. Todos los contratistas para servicios de maquila de procesos de fabricación de medicamentos, servicios de laboratorio de análisis, servicios a sistemas críticos y equipos que impactan la calidad del producto, deben ser evaluados y calificados como proveedores. Los maquiladores de procesos de fabricación de medicamentos están obligados a contar con el CBPF vigente, cumplir con esta norma y con las disposiciones jurídicas aplicables. j) Buenas Prácticas de Almacenamiento y Distribución. La cadena de suministro se tiene que mantener integra durante la distribución de los medicamentos. La implementación de las buenas prácticas tienen como objetivos garantizar que el producto entregado conserve la calidad 30 durante el almacenamiento y transporte, evitando el desvió, la falsificación o la entrada de medicamentos ilegales en la ruta. 2.4.6. Terceros autorizados. La COFEPRIS como parte de sus facultades y atribuciones en materia de regulación, control, vigilancia y fomento sanitarios, realiza funciones de evaluación de productos tales como medicamentos y dispositivos médicos. Para cumplir con esas funciones, lleva a cabo el procedimiento de Autorización de Terceros de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Los Terceros Autorizados (TA) son personas autorizadas por la COFEPRIS para apoyar en el control y vigilancia sanitaria a través de la realización de diversas pruebas analíticas, actos de muestreo, verificación, estudios de bioequivalencia y/o biodisponibilidad. Dentro de sus funciones están: Ampliar la cobertura de la Autoridad Sanitaria. Emitir informes técnicos favorables reconocidos por la Comisión Federal. Evaluar el cumplimiento basado en procedimientos estandarizados y un sistema de calidad. A continuación se presenta la ruta para el otorgamiento del CBPF solicitado por una empresa a un TA (Ver Figura No. 7). Figura 7. Ruta de obtención del CBPF (TA). Fuente: Proceso de inspección: Valoración de riesgos, 2015: 3. 31 En la estadística de inspecciones realizadas por COFEPRIS y los TA de los años 2012 al 2015 presentado en el informe del Proceso de inspección: Valoración de riesgos (COFEPRIS, 2015: 6) se encontró una tendencia creciente sobre el número de inspecciones solicitadas y realizadas por los Terceros Autorizados (Ver Cuadro No. 9). Cuadro 9. Comparación de inspecciones realizadas por COFEPRIS vs TA. Fuente: Proceso de inspección: Valoración de riesgos, 2015: 6. Con el objetivo del acceso al esquema PIC/S se pretendió identificar los riesgos asociados al uso de los TA en la inspección de plantas fabricantes de medicamentos y principios activos farmacéuticos no biológicos ni biotecnológicos. Tomando en cuenta la probabilidad de ocurrencia, el índice de severidad y la probabilidad de detección, se obtuvo una clasificación del riesgo asociado a cada una de las etapas del modelo de verificación utilizado. (Ver Cuadro No. 10). 0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 2012 2013 2014 YTD 2015 COFEPRIS 84% 71% 60% 48% TERCEROS 16% 29% 40% 52% P o rc e n ta je 2015 32 Cuadro 10. Clasificación del riesgo asociado a TA. Etapa Descripción Riesgo de usar TA 1 Solicitud del interesado con el tramite COFEPRIS-01-029 Bajo 2 Notificación de inspección a COFEPRIS Bajo 3 Documentación equivalente al Archivo Maestro del Sitio enviado por el interesado Alto 4 Inspección 4.1 Uso de orden de inspección Bajo 4.2 Alcance de la inspección nacional Alto 4.3 Alcance de la inspección internacional Alto 4.4 Uso de la lista de chequeo o check list emitido por COFEPRIS de documentos necesarios para la visita Alto 4.5 Número de inspectores Medio 4.6 Duración de la inspección Medio 4.7 Reunión de apertura, agenda, recorrido y reunión de cierre Bajo 4.8 Identificación y descripción de hallazgos Bajo 5 Dictamen por CAS-COFEPRIS Bajo 6 Inspecciones de seguimiento Bajo 7 Comunicación Inspector – Dictaminador Alto 8 Notificación de riesgos a COFEPRIS - Dictamen Sanitario Alto 9 Emisión de certificados Bajo Fuente: Elaboración propia, 2017. Dentro de las etapas del modelo de verificación utilizado por los TA se obtuvo un alto y mediano riesgo asociado en: Documentación equivalente al Archivo Maestro del Sitio o Site Master File (SMF) enviado por el interesado: La documentación equivalente al SMF es un requisito en las solicitudes ingresadas a COFEPRIS; las solicitudes ingresadas a los TA no tienen este requisito y la información solicitada por el TA podría no cubrir el contenido mínimo del SMF. Alcance de la inspección nacional e internacional: Las inspecciones realizadas por los TA carecen de antecedentes para poder planear un alcance con enfoque de riesgo. 33 Uso de check list emitido por COFEPRIS: La utilización de versiones no vigentes y uso incorrecto de los anexos. Llenado incorrecto del acta de inspección. Inspecciones limitadas a las preguntas del acta cerrada sin enfoque de riesgos. Número de inspectores y duración de la inspección: Que la inspección no cubra los sistemas o elementos mínimos que reflejen el estado de cumplimiento a las BPF de la planta inspeccionada. Comunicación Inspector – Dictaminador: La falta de comunicación puede generar información incompleta que no pueda ser corroborada por el inspector. Notificación de riesgos a COFEPRIS - Dictamen Sanitario: Que se detecten irregularidades críticas o mayores que ameritan la aplicación de medidas de seguridad. Como consecuencia, el 21 de diciembre de 2015 se dio a conocer el Oficio Circular No. COS/01/OR/ 000437 /2015 en donde se informa que los TA ya no podrán realizar visitas de verificación para la fabricación, almacenamiento y distribución de principios activos, medicamentos e insumos para la salud, por lo que, la fecha máxima para poder someter certificados de BPF sería el 01 de abril de 2016 (la única visita de verificación sobre la cual tendrán injerencia es para farmacias). 2.5 Vigilancia sanitaria La vigilancia de productos, procesos y servicios se realiza a través de visitas de verificación con base al esquema de vigilancia regular y dirigida, siendo ésta última, la relacionada con la atención de trámites 01-029. 34 El proceso de vigilancia sanitaria contempla dos vías: A. Por vigilancia dirigida: Trámite 01-029 para obtener el CBPF. B. Por vigilancia regular: Aquella programada por la propia Autoridad Sanitaria, derivada de la información obtenida a través de un sistema de valoración de riesgo asociado a un establecimiento, denuncia o aleatoriamente sobre el universo a vigilar. La SESV entre muchas de sus funciones realiza vigilancia dirigida al evaluar, verificar y supervisar el cumplimiento de las BPF en establecimientos extranjeros (Ver Cuadro No. 11). Cuadro 11. Vigilancia sanitaria realizada por la SESV. Fuente: Nuevo Modelo de Verificación Sanitaria, 2016: 6. Productos Insumos para la salud Plaguicidas y nuetrientes vegetales Tabaco y alcoholAlimentos, bebidas, suplementos alimenticios Productos de perfumería, belleza y aseo Procesos y servicios Buenas prácticas de fabricación, almacenamiento, distribución y venta Servicios de salud: hospitales, laboratorios clínicos, transplantes y bancos de sangre Centros de tratamiento , Servicios de embellecimiento Buenas prácticas de productos y servicios Vigilancia de terceros autorizados Zonas libres de humo de tabaco Comercialización Publicidad y etiquetado Importación y exportación Dispensación Vigilancia del mercado 35 2.5.1 Instrumentos de la verificación sanitaria. La verificación sanitaria se realiza por el personal autorizado de la Comisión Federal y tiene por objeto, obtener información de las condiciones sanitarias del establecimiento, identificación de anomalías y deficiencias sanitarias, tomas de muestra (si aplica), liberación o aplicación de medidas de seguridad y realización de actividades de orientación, instrucción y educación de índole sanitaria. Para practicar las visitas, los verificadores deben contar con la orden de verificación y el acta de verificación; el primero es un documento administrativo- legal que permite a los inspectores realizar la verificación en sitio y el segundo es donde se hace constatar los hechos ocurridos durante el desarrollo de la visita, precisando de manera objetiva y concisa las desviaciones o anomalías detectadas y/o que constató a través de observación física, análisis documental o sucesos presenciados. Se utiliza el formato de acta autorizado y vigente según tipo de establecimiento a verificar. La vigente acta de verificación para establecimientos dedicados a la fabricación de fármacos, medicamentos y dispositivos médicos, considera el formato utilizado por el esquema PIC/S y se basa en la valoración de riesgo (Ver Cuadro No. 12). Cuadro 12. Acta de verificación vigente. Acta de verificación para evaluar el cumplimiento de BPF para establecimientos dedicados a la fabricación de insumos para la salud 1 Datos Generales 2 Inspección 3 Clasificación Anexo 1. Productos fabricados y exportados Anexo 2. Número de empleado, por áreas, de la empresa Anexo 3. Insumos farmacéuticos activos Observaciones Generales Normatividad en la que se aplica: Norma Oficial Mexicana NOM-164-SSA1-2015 Norma Oficial Mexicana NOM-059-SSA1-2015 Norma Oficial Mexicana NOM-241-SSA1-2012 Fuente: Elaboración propia, 2017. 36 2.5.2 Modelo de verificación sanitaria. El anterior modelo de verificación contaba con las siguientes partes y utilizaba actas específicas para cada tipo de producto (Ver Cuadro No. 13). I. Solicitud de inspección (vigilancia regular / licenciamiento / certificación). II. Designación del equipo de inspección. Determinación del objeto y alcance de la inspección estándar. Emisión de orden de inspección. III. Inspección. Cuadro 13. Actas utilizadas en el anterior modelo de verificación. Fuente: Nuevo Modelo de Verificación Sanitaria, 2016: 5. La COFEPRIS estableció el nuevo modelo de verificación en el Procedimiento Operativo Interno COS-DESVS-P-01-POI-09 para la ejecución de visitas de verificación con enfoque de riesgos de calidad (2016) y cambió el proceso técnico-administrativo contemplando la recopilación previa de información, la integración del plan de inspección y la organización por escrito de la visita de verificación. Medicamentos NOM-059 Acta General 8 anexos 10 días Fármacos NOM-164 Acta específica de Fármacos No biológicos/ biotecnológicos 8 días Dispositivos Médicos NOM-241 Acta específica de Dispositivos Méd. Todas las clases 5-8 días 37 Nuevo modelo de verificación sanitaria: I. Solicitud de inspección (vigilancia regular / licenciamiento / certificación). II. Recopilación de información del establecimiento (SMF, Expediente de registro, etc.). III. Designación del equipo de inspección. IV. Plan de Inspección. Revisión de antecedentes (SMF, expediente de registro, etc.). QRM – Sistema de valoración de nivel de riesgo. a. Elaboración de la agenda (planificación del recorrido, visita con duración de 5 día hábiles, estimación de tiempos de inspección). b. Determinación de objeto y alcance de la inspección. Emisión de orden de inspección. V. Inspección. Instrumento de inspección. Reunión de apertura, agenda, recorrido e informes diarios. Identificación, descripción y clasificación de hallazgos. Recomendación del verificador de otorgar o no el CBPF. Reunión de cierre: firma del acta de inspección. El objetivo del Procedimiento Operativo Interno es proporcionar a los verificadores una guía para iniciar, planear, decidir, preparar, ejecutar, reportar y dar seguimiento a las inspecciones realizadas con fines de evaluación del cumplimiento de las BPF, disminuir los tiempos de inspección y aumentar la atención de trámites en la programación anual de visitas de verificación. La valoración de riesgo permite priorizar técnicamente cuales serán los puntos críticos de las inspecciones. Con esto se logra que las inspecciones que significan mayor riesgo se realicen con una mayor profundidad que aquellos con niveles de riesgo bajos. El informe del Nuevo Modelo de Verificación Sanitaria (COFEPRIS, 2016: 11) sostiene que “el sistema de valoración de riesgo o Quality Risk Management (QRM) implementado, pondera el nivel de riesgo para 38 determinar la frecuencia recomendada de verificaciones posteriores a la emisión del CBPF y el alcance de estas visitas”. 2.5.3 Gestión de riesgos de calidad. La Gestión de Riesgos de Calidad es un proceso sistemático que consiste en valorar, controlar, comunicar y revisar los riesgos que pueden afectar la calidad de un producto durante todo su ciclo de vida. La valoración de riesgo es la base para elaborar del Plan Maestro de Validación, el soporte de evaluación de acciones preventivas y correctivas, así como la evidencia técnica para las desviaciones y cambios críticos de sistemas, operaciones y procesos. La guía tripartita armonizada de la ICH (2005: 1) sostiene que “el riesgo asociado a la calidad es solamente un componente del riesgo total”, por lo tanto, debe de estar sustentada en herramientas de análisis que aseguren la gestión efectiva y lógica del SGR (Ver Figura No. 8). Figura 8. Proceso general del SGR. Fuente: ICH, 2005: 2. 39 La valoración de riesgo consiste en identificar, analizar y evaluar los riesgos asociados a la exposición. « Identificación de riesgo: Detectar peligros asociados al riesgo planteado o al problema descrito. « Análisis de riesgo: Estimación de la probabilidad de que ocurra un daño y la gravedad asociada. « Evaluación de riesgo: Comparar el riesgo identificado y analizado frente a los criterios de riesgo dados. El sistema de valoración de riesgo (QRM) implementado en el nuevo modelo de verificación determina el nivel de riesgo asociado al establecimiento fabricante tomando en cuenta los riesgos intrínsecos y el riesgo obtenido en la última verificación: Riesgo intrínseco asociado al fabricante. » Complejidad: Depende del número de líneas de fabricación, tipo de productos basado en su actividad farmacológica y número de edificios. » Criticidad: Depende de las formas farmacéuticas, tecnologías de fabricación, tipo de análisis realizado y la criticidad de los productos fabricados en función de su disponibilidad en el mercado. Riesgo asociado al cumplimiento basado en la última verificación: Riesgo asociado a los resultados de la última visita de verificación. » Bajo: Ninguna anomalía crítica o mayor. » Medio: 1 a 10 anomalías mayores. » Alto: 1 o más anomalías críticas y más de 10 mayores. Tomando en cuenta lo anterior, a partir de la asignación del nivel de riesgo se determina el objeto y alcancede la visita de verificación (Ver Figura No. 9). 40 Figura 9. Valoración de riesgo QRM. Fuente: Nuevo Modelo de Verificación Sanitaria, 2016: 11. Un enfoque eficaz de la Gestión de Riesgos de Calidad puede incrementar las garantías de una elevada calidad, proporcionando un medio proactivo para identificar y controlar riesgos asociados durante el desarrollo y la fabricación. Para realizar la visita de verificación es fundamental valorar el riesgo asociado al establecimiento fabricante ya que permite revisar las áreas donde se identificaron deficiencias en la inspección anterior, áreas que no fueron verificadas, áreas consideradas con recursos, equipos o servicios inadecuados y cualquier otra área, proceso o sistema que el inspector considere necesario revisar con mayor profundidad. A continuación se presenta el desarrollo en sitio de la visita de verificación (Ver Figura No. 10). Figura 10. Desarrollo de la inspección en sitio. Fuente: Nuevo Modelo de Verificación Sanitaria, 2016: 11. 41 2.5.4 Aplicación y limitantes de la visita de verificación. Visita de verificación nacional. Para visitas de certificación de BPF, aplica el enfoque de riesgos QRM siempre que ésta autoridad cuente con antecedentes suficientes (SMF, dossier, al menos una visita previa, etc.). Visitas generadas a partir del programa de vigilancia con actas de verificación sin anomalías críticas ni mayores podrán solicitar un CBPF con esa misma acta. No aplica para visitas de solicitud de licencia sanitaria, modificaciones a la licencia o autorización de áreas. Visita de verificación internacional. Todas las visitas de CBPF fuera de territorio nacional se ejecutarán con enfoque de riesgos QRM. En todos los casos se solicitará el SMF completo y actualizado así como los dos últimos Reportes Anuales de Producto (RAP´s). Las visitas de verificación mantienen restricciones en cuanto al número de productos o líneas a verificar, éstas se evaluarán caso por caso. 2.6 Trámite COFEPRIS 01-029 En la Comisión de Operación Sanitaria se encuentran la Gerencia de Verificación de Establecimientos (GVE) y la Subdirección Ejecutiva de Supervisión y Verificación (SESV) que realizan entre otras actividades: Vigilancia Sanitaria: Acciones de evaluación, verificación y supervisión del cumplimiento de los requisitos que deben observarse en los procesos, productos, métodos, instalaciones, servicios o actividades relacionadas con las materias competentes de la Comisión Federal. 42 Verificación Sanitaria: Diligencia o cargo del personal expresamente autorizado por COFEPRIS para constatar el cumplimiento de la LGS y demás disposiciones aplicables en materia de protección contra riesgos sanitarios. La GVE (visita nacional) y la SESV (visita internacional) son las áreas responsables de la atención y seguimiento de los trámites ingresados en el Centro Integral de Servicios (CIS) con Homoclave COFEPRIS 01-029: Solicitud de visita de verificación para la certificación de Buenas Prácticas de Fabricación de fármacos, medicamentos y otros insumos para la salud en establecimientos ubicados en México y en el extranjero para el otorgamiento o prórroga del Registro Sanitario fundamentado por los artículos 204 y 376 de la Ley General de Salud (LGS, 2017: 87 y 146) y los artículos 167 y 190 BIS 1, 190 BIS 2, 190 BIS 3 y 190 BIS 4 del Reglamento de Insumos para la Salud (RIS, 2014: 42, 43 y 59-63). La solicitud de visita de verificación sanitaria tiene que ir acompañada de documentos necesarios para su evaluación. Para reducir los requisitos documentales se crearon ocho modalidades específicas considerando requisitos particulares para cada supuesto. Trámite COFEPRIS -01-029 ѳ Modalidad A. Medicamentos de fabricación nacional. ѳ Modalidad B. Medicamentos de fabricación extranjera. ѳ Modalidad C. Fármacos o medicamentos en establecimientos ubicados en el extranjero que provengan de países con los que COFEPRIS cuente con reconocimientos de informes de inspección. ѳ Modalidad D. Fármacos de fabricación nacional. ѳ Modalidad E. Fármacos de fabricación extranjera. ѳ Modalidad F. Dispositivos médicos de fabricación nacional. ѳ Modalidad G. Dispositivos médicos de fabricación extranjera. ѳ Modalidad H. Almacén con acondicionamiento primario ubicado en México o en el extranjero. 43 Las modalidades pretenden determinar documentos necesarios para cada tipo de visita, evitar duplicidad de información, disminuir la emisión de oficios de prevención por falta de documentos y la revisión integral de documentos para agendar fechas de visita con mayor rapidez disminuyendo el tiempo de respuesta. 2.6.1 Requisitos documentales. La solicitud para la certificación de BPF se acompaña de la siguiente documentación según el instructivo de llenado del formato Autorizaciones, Certificados y Visitas de COFEPRIS (2011): Formato de Autorizaciones, Certificados y Visitas, debidamente requisitado. Comprobante de pago de derechos, en términos de la Ley Federal de Derechos. Nombre y datos generales del establecimiento solicitante, que deberá contar con el equivalente de la licencia sanitaria expedida por la autoridad competente del país de origen; en caso de que el solicitante no sea el fabricante, deberá presentar la autorización de éste. Nombre del fármaco, medicamento o dispositivo médico, para el cual solicita verificación de BPF. Nombre y domicilio completo del o los establecimientos involucrados en cada etapa de fabricación del fármaco, medicamento o dispositivo médico. Descripción del proceso que se lleva a cabo en cada uno de los establecimientos involucrados. Para el caso de medicamentos, dispositivos médicos y otros insumos, uso, acción terapéutica, profiláctica o rehabilitatoria del producto para el cual se solicita verificación de BPF. Para el caso de fármacos, proceso de fabricación para el cual se solicita verificación de BPF, así como listado y descripción de productos que se elaboran en dicha línea. 44 Para el caso de medicamentos, línea de fabricación según forma farmacéutica para la cual se solicita verificación de BPF, así como listado y descripción de productos que se elaboran en dicha línea. Para el caso de dispositivos médicos y otros insumos, proceso de fabricación según giro o familia de productos para la cual se solicita verificación de BPF, así como listado y descripción de productos que conforman dicha línea. Nombre del representante legal, responsable sanitario o persona que se designe por parte del establecimiento solicitante para atender la diligencia. Documentación técnica de la línea de fabricación a verificar: > Organigramas (general, de los departamentos de producción y de calidad, indicando las líneas de reporte y nombres del personal clave). > Planos del establecimiento y de las áreas de producción. > Esquema de bloques de los procesos de fabricación con controles. > Resumen del Sistema de Gestión de Calidad incluyendo validación y calificación. > Archivo Maestro del Sitio (SMF). > En el caso de fármacos y medicamentos, información de los dos últimos reportes de revisión anual de los productos a verificar, indicando concretamente: lotes fabricados, lotes rechazados (indicando motivos), lotes liberados que fueron sujetos a investigación, conclusión y acciones realizadas, número de lotes reprocesados, quejas, devoluciones y retiro de productos en el mercado, así como conclusiones del reporte. Los documentos que acompañen a las solicitudes deberán encontrarse redactados en idioma español, en caso contrario, deberán adjuntar a los mismos su respectiva traducción al español, avalada con la firma del responsable sanitario. Los documentos expedidos por autoridades de otros países deberán estar apostillados,
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