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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLAN “GUÍA PARA REPORTES DE LOS ESTUDIOS CONCERNIENTES A MEDICAMENTOS GENÉRICOS INTERCAMBIABLES” T E S I S QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE QUÍMICO FARMACÉUTICO BIÓLOGO P R E S E N T A: ARTURO MANUEL DELGADILLO AGUIRRE ASESORES: D.A.R. Juan José Díaz Esquivel DRA. Raquel López Arellano Cuautitlan Izcalli, Estado de México 2006 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. 4 AGRADECIMIENTOS DEDICO ESTA TESIS: A MIS PADRES María de Jesús Aguirre Jiménez Roberto Delgadillo Montiel Por su sacrificio y aliento para concluir mi carrer a. A MI ESPOSA Rosario Guadalupe Nava Cabrales A quién admiro por tenacidad y fortaleza. A MIS HIJOS Laura Angélica Delgadillo Nava Miguel Ángel Delgadillo Nava Los que me impulsan a seguir progresando. A MIS MAESTROS D.A.R. Juan José Díaz Esquivel DRA. Raquel López Arellano QFB. Martha E. García Corrales MC. Beatriz Baltazar Montes de Oca Dr. Rafael Villalobos García QFB. F. Javier Flores Rivera Por su apoyo, ejemplo, guía y desinterés para la conclusión de este trabajo A TODOS MIS COMPAÑEROS Y AMIGOS Porque de cada uno he aprendido algo. 2 I N D I C E INDICE 2 AGRADECIMIENTOS 3 INTRODUCCION 5 JUSTIFICACION 8 OBJETIVOS 8 1. ANTECEDENTES 9 2. GENERALIDADES 12 3. MARCO REGULATORIO 20 4. PROCESO PARA GENERAR UN MEDICAMENTO GENERICO INTERCAMBIABLE. (G.I.) 27 5. PRUEBAS PARA QUE UN MEDICAMENTO PUEDA SER INCORPORADO AL CATALOGO DE MEDICAMENTOS GENERICOS INTERCAMBIABLES 30 A) PRUEBA A B) PRUEBA B C) PRUEBA C 6. INCLUSION AL CATALOGO DE MEDICAMENTOS GENERICOS INTERCAMBIABLES (G.I.) 50 7. REQUISITOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE TERCEROS AUTORIZADOS 54 8. INFORME DE UN ESTUDIO DE COMPARACION DE PERFILES DE DISOLUCION 67 9. CONDUCCION DE UN ESTUDIO DE BIOEQUIVALENCIA 72 10. PROTOCOLO DE UN ESTUDIO DE BIOEQUIVALENCIA 82 3 11. INFORMES 88 A) Clínico B) Analítico C) Final 12. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA UN MEDICAMENTO COMO GENERICO INTERCAMBIABLE 95 13. CONCLUSIONES 97 15. BIBLIOGRAFIA 99 14. APENDICES 102 5 INTRODUCCIÓN La formación profesional del Químico Farmacéutico Biólogo presenta multifuncionalidad al poderse adaptar y aplicar sus conocimientos independientemente de el área de especialización, así por ejemplo en la práctica diaria se pueden encontrar profesionistas del área Clínica realizando las actividades de los del área farmacéutica y viceversa, lo que no demerita la calidad de su trabajo y su compromiso de responsabilidad inherente a su formación. Los profesionistas del área clínica realizan tareas que van desde el diagnóstico, preparación de mezclas, docencia, investigación, monitoreo clínico, hasta funciones de administración y comercialización. Las tareas de los del área farmacéutica se enfocan hacia la elaboración de los medicamentos y todos los procesos inherentes desde la elaboración de las materias primas, producción del medicamento, manejo, dispensación, docencia, investigación hasta el monitoreo posterior a su consumo realizando las actividades operacionales y administrativas. Otra cualidad del Químico Farmacéutico Biólogo es la que se relaciona con su alto sentido de responsabilidad y compromiso con la Salud obtenida en su formación lo que le ha valido ser considerado como una autoridad en establecimientos dedicados a producir, comercializar y proporcionar servicios relacionados con la Salud, por lo que legalmente pueden asumir el cargo de “Responsables Sanitarios” y ser reconocidos como tal por la Autoridad. Esta actividad trae inherente otra aparte de la operativa, la administrativa que es la normativa, la cual consiste en conocer y aplicar las leyes, reglamentos y normas relacionadas con la Salud, y cuando se habla de esto, se tiene que pensar en una relación estrecha con la Autoridades gubernamentales para dar cumplimiento a lo solicitado en el marco legal. 6 Por esto es importante que el Responsable Sanitario deba conocer y manejar una serie de trámites relacionados con todas las actividades antes mencionadas y su soporte legal y jurídico que le permita llevar a buen término las solicitudes, avisos y peticiones a la Autoridad Sanitaria, por lo que el Químico Farmacéutico Biólogo deberá estar preparado para la realización de dichos trámites y conocer su soporte legal y técnico. Las políticas sociales de los gobiernos tanto nacionales como extranjeros ha sido la de promover la inclusión en su mercado de estos medicamentos denominados “genéricos” la cual cumple con una doble función, impulsar la competencia en el mercado y la racionalización de los precios al consumidor, mejorando de esta manera el acceso a estos productos. En este caso el trabajo que se presenta es debido a la tendencia de la industria farmacéutica de llevar a los mercados medicamentos a un costo accesible con la seguridad de que cumplan con calidad y eficacia, lo que genera oportunidades de que el Químico Farmacéutico Biólogo también tenga otra área de desarrollo para la generación de la documentación de soporte y los aspectos científicos, administrativos y operativos que involucra el llevar a un medicamento aaparecer en la relación de medicamentos Genéricos Intercambiables. Esta relación de medicamentos llamados Genéricos intercambiables son: “La especialidad farmacéutica con el mismo fármaco ó sustancia activa y forma farmacéutica, con igual concentración ó potencia, que utiliza la misma vía de administración y con especificaciones farmacopeicas iguales o comparables, que después de cumplir con las pruebas reglamentarias requeridas, ha comprobado que sus perfiles de disolución o su biodisponibilidad u otros parámetros, según sea el caso, son equivalentes a las del medicamento innovador o producto de referencia y este medicamento se encuentra registrado en el Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables, y se identifica por su denominación genérica”. 7 A efecto de garantizar a la población la calidad de los medicamentos genéricos era importante que la autoridad sanitaria se comprometiera a realizar una estrecha vigilancia de los requisitos técnicos que deben cumplir estos productos, por lo que se han emitido disposiciones específicas para las pruebas solicitadas las cuales deben presentarse a la autoridad Sanitaria para ser incluidas en este catalogo y poder estar en los mercados, las pruebas que se solicitan aparecen en la NOM-177 y son las siguientes: A) PRUEBA A: Comparación de especificaciones fisicoquímicas. B) PRUEBA B: Comparación de perfiles de disolución “in Vitro” C) PRUEBA C: Comparación de biodisponibilidad (pruebas de bioequivalencia) Las que de conformidad con lo establecido deberán presentar evidencia documental de que el medicamento en estudio cumple con los requisitos solicitados de acuerdo a la naturaleza de dicho medicamento. En este trabajo se pretende dar un apoyo al Químico Farmacéutico Biólogo para poder incorporarse a equipos de trabajo, conocer el funcionamiento de las estructuras y grado de responsabilidad y seguir paso a paso lo que involucra la realización de un reporte para las pruebas solicitadas por las Autoridades Sanitarias para demostrar que un medicamento es Genérico Intercambiable y por lo tanto confiable, accesible, seguro y eficaz por lo que el Objetivo es presentar la “Guía para reportes de los estudios correspondientes a los medicamentos Genéricos intercambiables”. 8 JUSTIFICACIÓN El presente trabajo consiste en proporcionar una guía para la elaboración del reporte, recopilar la documentación y elaborar la solicitud para la realización de un trámite para la inclusión de medicamentos al mercado de Genéricos Intercambiables, para lo cual debemos conocer los fundamentos legales y técnicos que sustenten la solicitud enviada. OBJETIVOS Objetivo General: Describir los criterios para la inclusión de un medicamento al mercado de Genéricos Intercambiables. Objetivos Particulares: -Entender la importancia del mercado de genéricos. -Conocer como se genera un medicamento genérico y los aspectos legales. -Conocer la documentación que se presenta a la Autoridad. -Conocer como se requisita un trámite para el mercado de genéricos. 9 I. ANTECEDENTES La Salud es un valor compartido por todas la sociedades, todas las ideologías y por todas naciones, a través de las políticas nacionales se busca un mejor desarrollo económico, bienestar social para lograr una condición de desarrollo humano pleno. El sistema mexicano de salud tiene tres grupos de prestadores de servicios: a) Privadas b) Seguridad Social c) Instituciones que atienden a los no asegurados Entre las instituciones que atienden la población no asegurada, se distingue una de las más importantes, la Secretaria de Salud, los correspondientes a la seguridad social que comprenden IMSS, ISSSTE, PEMEX, los correspondientes a las fuerzas armadas y las instituciones privadas. Los servicios de salud tienen en común la atención al paciente y la prescripción médica que involucra a los medicamentos. Estos medicamentos son insumos de primer orden para la atención de la salud. Deben garantizar su seguridad, eficacia, su calidad terapéutica, sin embargo esta condición debe estar compartida con la necesidad social, que disponga de un acceso equitativo de la población a los mismos, es decir, que lleguen al menor costo a la comunidad que los necesite y los use racionalmente. El acceso a los medicamentos por parte de los derechohabientes de la Seguridad Social es variable ya que está condicionado a varios factores como es el abasto y la disponibilidad del tratamiento adecuado entre otros, mientras que en las instituciones de asistencia a la población no asegurada y en la privada los problemas son el deficiente acceso a los medicamentos debido a sus altos costos. 10 Una de las estrategias que se han diseñado para mejorar el acceso a los medicamentos es la política de genéricos, la cual cumple con una doble función, impulsar la competencia en el mercado y la racionalización de los precios al consumidor, mejorando de esta manera el acceso a estos productos. En 1997, México asumió dicha estrategia propuesta por la Organización Mundial de la Salud al igual que la mayoría de los países miembros. A efecto de garantizar a la población la calidad de los medicamentos genéricos fue importante que la autoridad sanitaria se comprometiera a realizar una estrecha vigilancia de los requisitos técnicos que deben cumplir estos productos y específicamente los estudios de biodisponibilidad y bioequivalencia, así como de una extensa difusión de los resultados. El 31 de mayo de 2001 en el Diario Oficial de la federación se publicó el acuerdo en el cual se establece que las instituciones públicas el Sistema Nacional de Salud deberán comprar medicamentos genéricos intercambiables, siempre y cuando estén disponibles en el mercado nacional y con la garantía del Estado de las mejores condiciones a la población en cuanto a calidad, precio y oportunidad, Dentro del Programa Nacional de Salud en las políticas a seguir en la estrategia 2: Cobertura básica línea de acción 2.1 Medicamentos seguros, eficaces y accesibles indica las actividades a seguir, de las cuales nos interesan dos: *Promover una política de medicamentos que garantice se efectividad y seguridad, su abasto suficiente y oportuno, su prescripción racional y su venta en las presentaciones adecuadas y a un costo razonable. *Disminuir los riesgos para la Salud asociados con el consumo de medicamentos de baja calidad, tanto de origen nacional como extranjero. (1) Para la realización de este programa de genéricos la Secretaría en sus facultades que le atribuyen promoverá la autorización de terceros autorizados para que emitan 11 las recomendaciones para poder incorporar medicamentos genéricos intercambiables. 12 2. GENERALIDADES 2.1 NOMENCLATURA DE LOS MEDICAMENTOS Los investigadores emplean nombres comunes para identificar a las sustancias químicas de origen natural que descubren o las sintéticas que se producen en sus laboratorios. Los nombres comunes se universalizan gracias a su difusión en las publicaciones científicas de renombre y de divulgación internacional al mismo tiempo se genera el nombre más complejo que es el científico con reglas de nomenclatura establecidas desde 1892 por la Unión Internacional de Química Pura y Aplicada (IUPAC), este sistema relaciona nombre, estructura y configuración química. Dada la complejidad se utilizan normalmente en paralelo con los nombres comunes. Hace décadas con el propósito de evitar confusiones y aclarar las diferencias existentes en varios países, se presentó la necesidad de llegar a un sistema que fuese oficialmente reconocido en materia de utilización e imposición de nombres comunes en el área farmacéutica. Un factor de homogenización y de oficializaciónde los nombres comunes ó genéricos se dio a través de las farmacopeas que en sus monografías establecieron denominaciones específicas para las sustancias empleadas en las formulaciones y, también, a algunas fórmulas de medicamentos terminados. En 1954, la OMS inició un programa de establecimiento de Denominaciones Comunes Internacionales (DCI) para las sustancias químicas empleadas en medicina. Varios países establecieron programas y ahora existen nombres oficialmente reconocidos por diversas autoridades regulatorias, nombres adoptados por instituciones semi-oficiales y sinónimas reconocidas. Las denominaciones comunes internacionales reconocidas por la OMS han adquirido el status de nombres genéricos universalmente aceptados aunque subsisten algunas diferencias entre algunos países por razones legales o de costumbres. 13 Hoy día prácticamente todos los países cuentan con una legislación y reglamentaciones que hacen responsable a los Ministerios de Salud o las agencias reguladoras de medicamentos la autorización para la elaboración, importación y comercialización de medicamentos ante la entrada a su país con la finalidad de garantizar que dicho medicamento garantice seguridad, eficacia y calidad. Para lo cual las autoridades solicitan la presentación de información sobre las investigaciones y trabajos de desarrollo que condujeron al diseño y elaboración de cada producto farmacéutico. (2) Cuando hablamos de medicamentos conocidos o medicamentos con fármacos conocidos considerados básicos, debido a su contenido poco tecnológico y por encontrarse su elaboración o comercialización, tanto técnica como legalmente en el dominio público y existe información suficiente los estudios previos de seguridad, eficacia e inocuidad, fueron realizados por los primeros fabricantes de las moléculas activas o medicamentos también se denominan genéricos. Estos medicamentos actualmente genéricos en su inicio fueron considerados Innovadores, es decir fue un medicamento con patente que al transcurrir el tiempo esta venció y pasó a ser del dominio público. En la mayoría de los países para obtener el registro sanitario de un medicamento como genérico son necesarias algunas pruebas, pero en México solo se habían exigido en el caso de los genéricos intercambiables [GI] por decisión voluntaria de los establecimientos, admitiendo implícitamente la existencia de dos clases de medicinas según su demostración de seguridad y eficacia: los que cuentan con la evidencia plena a través de investigación clínica o a través de las pruebas de intercambiabilidad y los que carecen de cualquier demostración. Actualmente existen aproximadamente cerca de 40 mil medicamentos registrados (en comercialización solo 7,000), únicamente 3,109 son GI (Septiembre 2005), por lo que se estima que más del 60 por ciento aún no cuenta con esta evidencia. (23) 14 2.2 MEDICAMENTO INNOVADOR Las moléculas nuevas producidas en laboratorios son patentadas con la finalidad de proteger las inversiones debido a que la investigación realizada para su obtención tiene un costo elevado ya que únicamente una de cada 50,000 moléculas evaluadas entra al mercado para su consumo y todas las moléculas pasan por un largo proceso donde por orden se pueden indicar las siguientes etapas Fase Preclínica Fase Clínica Fase I Fase II Fase III Fase IV La fase Preclínica donde se realizan estudios farmacológicos, toxicológicos y farmacocinéticas en animales. Estudios de Fase I donde se establece el perfil dosis respuesta utilizando dosis iniciales en estudios de animales, perfil farmacocinética, dosis única y estado estacionario Los estudios de Fase II se realizan en pacientes con consentimiento informado, donde se le da un seguimiento continuo y cuidados intensivos donde el principal objetivo son definir las condiciones de uso, tipo de pacientes, severidad de la enfermedad, rango de dosis, régimen de dosificación, farmacocinética en pacientes enfermos, naturaleza y severidad de los efectos adversos en pacientes especiales. Estudios de Fase III son estudios que se realizan en poblaciones con pacientes especiales Niños, geriatría, etc., estas poblaciones son grandes (1500-3500) para reforzar la información de la fase I se evalúa en pacientes con daño hepático y daño renal, 15 Los estudios Fase IV se realizan en cuando el medicamento ya se encuentra en el mercado; estos son estudios multicéntricos que documentan la eficacia y seguridad. Todos estos estudios tienen un alto costo por lo que estos fármacos son protegidos por un derecho de patente, que tiene la finalidad de que la inversión realizada por mucho tiempo (aprox. 10 años) sea redituable y así incentivar la investigación con el derecho de explotar la patente durante determinado numero de años, La molécula durante los estudios de Fase IV y el tiempo que dura la explotación de la patente se continua estudiando y recopilando mayor información lo que refuerza su seguridad y eficacia, así que dicha molécula se encuentra bien caracterizada y al vencer dicha patente otros laboratorios pueden fabricar medicamentos utilizando el mismo fármaco ó principio activo, estos medicamentos no requieren presentar nuevamente estudios de fase I, II y III que demuestran su seguridad y eficacia, aún cuando estos pueden variar en excipientes y proceso de fabricación. Estos medicamentos se consideran equivalentes farmacéuticos que son aquellos que contienen la misma molécula activa en la misma dosis y en la misma forma farmacéutica y cumplen con los estándares de calidad reconocidos nacional e internacionalmente ó en bibliografía científica de organismos de reconocido prestigio. (3) 2.3 MEDICAMENTO GENÉRICO Estos medicamentos generalmente son, como lo habíamos mencionado anteriormente, aquellos que tienen mucho tiempo en le mercado y su eficacia, seguridad e inocuidad ya están plenamente demostrados, así como los medicamentos que recientemente han dejado de estar protegidos por una patente. En México nos guiamos en gran medida por los lineamientos del país que va a la vanguardia en legislación farmacéutica que en este caso son los Estados Unidos de América la cual cuenta con el organismo llamado por sus siglas en inglés FDA 16 (Food Drug Adminstration) que es la Administración de Alimentos y Medicamentos la cual en su legislación aprobada en 1984 sobre la competencia de precios de medicamentos y de restauración o recuperación de los plazos de vigencia ha permitido la incorporación con mayor facilidad de las versiones de medicamentos genéricos de medicamentos protegidos por patentes, Para obtener la aprobación de un medicamento genérico por la FDA, Agencia Federal de Control de Medicamentos y alimentos, este debe ser un equivalente farmacéutico del medicamento original (innovador o producto original de la investigación) y debe emplearse en el tratamiento con las mismas indicaciones terapéuticas: Deben utilizarse las mismas recomendaciones en cuanto a su dosificación y respetarse las mismas características del rotulado y otros materiales impresos. Sus especificaciones de calidad (identidad, potencia, pureza y desempeño) y los procedimientos de fabricación deberán de realizarse en conformidad con los estándares y requisitos de Buenas Prácticas de Fabricación que se requieren para los productos innovadores. Pero el requerimiento más importante, que justifica la no exigencia de estudios preclínico y clínicos para los medicamentos genéricos, es el de su bioequivalencia con algún producto de referencia. (10) En los Estados Unidos se consideran medicamentos genéricos aquellos que se introducen en el mercado al término de la vigencia de la patente que protege a los productos innovadores: Sin embargo recientemente existe un fenómeno donde los medicamentos innovadoresson distribuidos por subsidiarias de las empresas farmacéuticas de investigación y estos son colocados en el mercado con licencias de sus casas matrices, antes del vencimiento de la patente y con ello aseguran un lugar en el mercado antes de la introducción de versiones genéricas producidas por un tercero, (2) a estos se les ha llamado “genérico de patente”. 17 En México para el registro de un medicamento el fármaco ó principio activo no debe estar protegido por una patente o bien el laboratorio debe ser licenciatario. (5, 7) del titular de la patente. 2.4 MERCADO GENÉRICO INTERNACIONAL En los Estados Unidos de Norteamérica, Canadá y en Europa Occidental, existe una visión estratégica para impulsar y consolidar el mercado de los genéricos: En estos países todos los genéricos son intercambiables y se hacen esfuerzos para explicitar los apoyos al consumidor, reduciendo los precios y promoviendo su utilización para complementar los programas de salud: El papel de los GI, fortalece el esfuerzo de las autoridades a fin de tratar de resolver los gastos derivados de proporcionar atención médica a la población, por lo menos en primer nivel. La penetración de los medicamentos Genéricos Intercambiables en los mercados latinoamericanos varía de manera muy importante para el año 2002, de acuerdo con las cifras reportadas por IMSH (Institute Marketing Services Healt) en América Latina se observa que la penetración adquiere relevancia por lo menos en países como Chile donde alcanzaba el 29.3%, en Colombia el 17.6%, en Venezuela el 8.7% y la Republica Dominicana con 8.2%. 2.5 MERCADO GENERICO NACIONAL Estos medicamentos de acuerdo a la Ley General de Salud son insumos de primer orden de la Salud, Debe garantizarse su seguridad, eficacia y su calidad terapéutica y el acceso equitativo de la población a los mismos y a sus beneficios, es decir, no solo se requiere contar con medicamentos seguros, eficaces y de calidad, si no que además lleguen a un menor costo a la comunidad que los necesita y los use racionalmente. “En el 2000 la industria farmacéutica mexicana tuvo ventas por cincuenta mil millones de pesos el 80% de las cuales se hicieron en el mercado privado y el 20% 18 fueron venta al gobierno. El 72% de los medicamentos fueron producidos por empresas de capital extranjero, y 28 por compañías mexicanas. Sólo 15 %de estos fueron genéricos.” (1) A efecto de garantizar a la población la calidad de los medicamentos genéricos es importante que la autoridad sanitaria se comprometa con la estrecha vigilancia de los requisitos técnicos que deben cumplir estos productos y específicamente los estudios de biodisponibilidad y bioequivalencia, así como la realización de una extensa difusión de los resultados. Por ello, es de suma importancia seleccionar aquellos que realmente son esenciales para atender las principales patologías y ser la base terapéutica de la atención medica. 2.6 MERCADO INTERNACIONAL DE GENÉRICOS Y MERCADO NACIONAL DE GENERICOS INTERCAMBIABLES La necesidad de bajar los costos en los tratamientos médicos en los últimos años como una medida de competitividad, ha dirigido la atención a los Genéricos Intercambiables y al papel que éstos pueden jugar en la disminución de gastos por los pacientes. En todos los países del mundo la entrada al mercado de los genéricos esta ligada a la extinción de la vida de una patente de un medicamento innovador: Se aprecia en diferentes estudios realizados que la venta de los Genéricos Intercambiables es mucho mayor en países ricos, que en los países pobres, esto es a pesar que en esos países la población tiene un ingreso per cápita lo que nos da un indicativo que es debido al nivel de información que le llega al usuario por un lado y por otra el grado de confianza y en los países pobres prefieren los medicamentos de marca mayor como sinónimo de confianza. Para 2007 se estima un mercado adicional de Genéricos Intercambiables, que puede llegar a los 82 mil millones de dólares en el mundo; la tasa de crecimiento de este segmento ha sido muy superior a la del mercado, en virtud de que un número 19 muy importante de medicamentos, con altos índices de venta, perderán sus patentes y pasarán a engrosar las filas de los Genéricos Intercambiables. Esto significa que en cada país se presentarán oportunidades para que las empresas locales de fabricar las versiones genéricas de estos medicamentos. 20 3. MARCO REGULATORIO 3.1 IMPORTANCIA DE LA REGULACIÓN SANITARIA En México la Institución reguladora de todos lo procesos y actividades relacionados con los medicamentos es la Secretaria de Salud, esta se fundamenta en La Ley General de Salud, Reglamento de Insumos para la Salud y Normas Oficiales aplicables cuya responsabilidad se inicia desde la observancia del origen y tipo de insumos requeridos, fabricación, almacenamiento, distribución, comercialización, prescripción, consumo, hasta el monitoreo permanente después del consumo. Con el firme propósito de que estos medicamentos se encuentren oportunamente en el mercado, sean eficaces, seguros y que coadyuven no solo al bienestar físico, si no a un bienestar social integral. 3.2 ANTECEDENTES HISTÓRICOS En mayo de 1997 se reforma la Ley General de Salud con la finalidad de dar cabida a los medicamentos Genéricos Intercambiables, donde se incluye en el artículo 376 el concepto de medicamento genérico. Posteriormente en Febrero de 1998 se expide el reglamento de Insumos para la Salud donde se empieza a regular más específicamente la posición de estos medicamentos en el mercado nacional, como una política de hacer más competitivo el mercado y de poner a disposición de la población medicamentos accesibles a la mayoría de la población. En sí la política de productos genéricos es el reconocimiento que estos medicamentos que contengan el mismo fármaco presenten diferencias mínimas en las prácticas clínicas, para esto se incluyó en el Titulo segundo un capitulo, el VII “Medicamentos Genéricos Intercambiables el cual consta de 9 artículos, 72, 73 74, 75, 76, 77, 78, 79 y 80: 21 3.3 ARTÍCULOS DEL TÍTULO SEGUNDO, CAPÍTULO VII DEL REGLAMENTO DE INSUMOS PARA LA SALUD: (4) El artículo 72, nos hace referencia al artículo 376 bis, fracción I de la Ley, donde se hace referencia al que los medicamentos deberán poseer una autorización otorgada por la Secretaria de Salud la cual será única para cada medicamento y que el laboratorio titular sólo podrá ostentar un registro de un medicamento con el mismo principio activo, forma farmacéutica o formulación a menos que uno sea destinado exclusivamente al mercado de genéricos el cual requiere sea intercambiable. El artículo 73 nos indica que El Consejo de Salubridad General y la Secretaría de Salud, establecerá las pruebas correspondientes de acuerdo a diversos criterios farmacéuticos, científicos y clínicos, que se aplicarán de acuerdo a Normas, las cuales serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación . Para el artículo 74 le confiere a el Consejo de Salubridad General tiene la responsabilidad de elaborar y publicar el catalogo que contenga la relación de los Medicamentos Genéricos Intercambiables el cual se publicará periódicamente en el Diario Oficial de la Federación para mantenerla periódicamente actualizada. El artículo 75 nos indica claramente los requisitos que se deben cumplir para ser catalogado como un medicamento Genérico Intercambiable y habla de las Especialidades Farmacéuticas las cuales son medicamentos que son preparados con fórmulas autorizadas y sean preparada por la industria químico-farmacéutica, art. 224 los cuales son. I. Que los medicamentos cuenten con registro sanitario vigente; II. Que respecto del medicamento innovador o productode referencia, tengan la misma sustancia activa y forma farmacéutica, con igual concentración o potencia, utilicen la misma vía de administración y cuenten con especificaciones farmacopeicas iguales o comparables; 22 III. Que cumplan con las pruebas determinadas por el Consejo de Salubridad General y la Secretaría; (7) IV. Que comprueben que sus perfiles de disolución o su biodisponibilidad u otros parámetros, según sea el caso, son equivalentes a los del medicamento innovador o producto de referencia, y V. Que estén incluidos en el Cuadro Básico de Insumos para el primer nivel y en el Catálogo de Insumos para el segundo y tercer nivel. (4) Los artículos 76, 78 y 79 se refieren al manejo y dispensación de medicamentos genéricos, manejo de los catálogos. Y por último los artículos 77 y 80 están estrechamente relacionados debido a que el Consejo de Salubridad General incentivara a los laboratorios a participar en el mercado de genéricos intercambiables previo cumplimiento del artículo 75. Dichas especialidades farmacéuticas incorporadas en el Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables incluirán en sus etiquetas la leyenda o sello autorizado al efecto por la Secretaría. 3.4 TERCEROS AUTORIZADOS La ley establece en su art. 391-bis la entidad jurídica y administrativa del Tercero autorizado al cual se otorga una constancia ó certificado por parte de las autoridades sanitarias competentes donde se le autoriza a realizar determinadas actividades que coadyuven a la vigilancia y cumplimiento de las normas sanitarias y la información, comprobación de hechos o recomendaciones son suficientes para que la Secretaria de Salud pueda expedir certificados, autorizaciones o cualquier otro documento. Sin embargo para ser Tercero autorizado la autoridad sanitaria se asegurará de la capacidad técnica y la probidad de estos agentes. Las autorizaciones a las que hace referencia el párrafo anterior se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y se indicaran expresamente las actividades para 23 las cual se otorgo dicha autorización. Los dictámenes emitidos tendrán validez general en los casos y requisitos establecidos en la Ley de Metrología y Normalización, además de que son responsables solidarios con los titulares de las autorizaciones o certificados que se expidan con base a la información presentada, dictámenes y recomendaciones para el cumplimiento de disposiciones reglamentarias de la Ley, Reglamentos y Normas. 3.4.1 REQUISITOS La ley prevé que la Secretaria deberá publicar periódicamente convocatorias para la autorización de terceros autorizados los cuales podrán ser personas físicas o morales, para lo cual la Secretaria cuenta con un Comité Técnico integrado por expertos en las áreas en evaluación este comité esta conformado por personas de los tres sectores autoridades gubernamentales, privadas y académicas los cuales tendrán que determinar mediante revisiones técnicas las solicitudes para el otorgamiento de las autorizaciones de terceros. En el Reglamento de Insumos para la Salud en el Titulo Séptimo, nos indica en su artículo 211 lo que se requiere para operar como tercero autorizado. Se requiere presentar una solicitud formal donde conste la capacidad legal del solicitante, demostrar que cuenta con la capacidad técnica, material, humana y financiera, así como instalaciones, equipo y tecnología para realizar la actividad solicitada. Contar con PNO´s (Procedimientos Normalizados de Operación) que contenga las instrucciones necesarias y claras de las actividades a realiza, presentar las propuestas de actividades a dictaminar y servicios que pretende prestar y lo más importante desde el punto de vista regulatorio: “No estar sujeto a influencia directa por algún fabricante, comerciante o persona moral mercantil de los proceso o productos a evaluar”. (4) Otros artículos que es importante mencionar sin omisiones por su importancia son los siguientes: 24 “ARTÍCULO 212. Presentada la solicitud para la autorización de los terceros, la Secretaría procederá a realizar las visitas de verificación y, conjuntamente con el comité de evaluación a que se refiere el artículo 210 del presente Reglamento, realizará las evaluaciones que sean necesarias para dictaminar si se cumplen los requisitos a que se refiere el artículo anterior. En caso de no ser favorable el dictamen que emita la Secretaría, se otorgará un plazo de hasta ciento ochenta días naturales al solicitante para corregir las anomalías detectadas. Dicho plazo podrá prorrogarse por un período igual, por una sola ocasión, cuando el solicitante justifique la necesidad de ello. En caso de que el solicitante no corrija las anomalías detectadas en el plazo otorgado, se considerará abandonado el trámite y se tendrá por no presentada la solicitud. ARTÍCULO 213. Los Terceros Autorizados deberán: I. Ajustarse a la normatividad aplicable a los actos o hechos en que intervengan; II. Prestar sus servicios en condiciones no discriminatorias y observar las demás disposiciones en materia de competencia económica; III. Evitar la existencia de conflictos de interés que puedan afectar sus actuaciones y excusarse cuando existan; IV. Informar de manera inmediata a la Secretaría de cualquier irregularidad en su relación con los clientes, el desempeño de sus funciones o incumplimientos identificados en los procesos que evalúa; V. Proporcionar a la Secretaría informes sobre los dictámenes y recomendaciones técnicas que expida; VI. Informar periódicamente a la Secretaría sobre los servicios que preste; VII. Asistir a la Secretaría en casos de emergencia, y VIII. Permitir la verificación de sus actividades y facilitar a la Secretaría el libre acceso a sus instalaciones, así como proporcionar la información que le sea requerida. 25 ARTÍCULO 214. El resultado de las pruebas que realicen los Terceros Autorizados se hará constar en un dictamen que será firmado, bajo su responsabilidad, por la persona facultada para hacerlo. Dichos dictámenes tendrán validez ante la Secretaría conforme a las funciones que le hayan sido autorizadas al tercero. ARTÍCULO 215. La Secretaría podrá, en cualquier tiempo, realizar visitas de verificación, para comprobar que las condiciones bajo las cuales se otorgó la autorización correspondiente son cumplidas por los Terceros Autorizados. ARTÍCULO 216. En caso de que las condiciones a que se refiere el artículo anterior no subsistan, o bien, no se cumpla con las disposiciones legales aplicables, la Secretaría prevendrá al interesado para que subsane las anomalías encontradas y le otorgará un plazo de hasta ciento ochenta días para corregirlas. Cuando implique riesgo para la salud podrá suspender temporalmente las actividades afectadas. La falta de cumplimiento de las correcciones señaladas por la Secretaría, serán causa de suspensión de la autorización otorgada, y la Secretaría le concederá un nuevo plazo de noventa días para corregir las irregularidades. En caso de que no se cumpla con lo indicado por la Secretaría dentro de este último plazo, se revocará la autorización. ARTÍCULO 217. La Secretaría publicará periódicamente en el Diario Oficial de la Federación la relación de los Terceros Autorizados, así como las suspensiones y revocaciones. 3.5 TERCEROS AUTORIZADOS Y GENÉRICOS INTERCAMBIABLE S Con base en el artículo 73 donde el Consejo de Salubridad General y la Secretaría de Salud, establecerá las pruebas correspondientes de acuerdo a diversos criterios farmacéuticos, científicos y clínicos, que se aplicarán de acuerdo a Normas las cuales serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación .” (3,7) la Secretaria 26 de Salud se auxilia de Terceros autorizados y la persona autorizada por la Secretaria de Salud para emitir dictámenes respecto del cumplimiento de los requisitosestablecidos por la misma secretaria ó en las Normas correspondientes para realizar estudios para efectos de trámites ó autorizaciones Sanitarias. Los cuales pueden ser nacionales o extranjeros, de capital privado o público, las primeras son de particulares y las segundas generalmente son universidades ó Instituciones públicas. Estas entidades se encargan de realizar las pruebas correspondientes a los medicamentos que se quieran incorporar al Catalogo de medicamentos Genéricos Intercambiables para lo cual se ha emitido la Norma Oficial Mexicana NOM-177- SSA1-1998, Que establece las pruebas y procedimient os para demostrar que un medicamento es intercambiable. Requisitos a que deben sujetarse los terceros autorizados que realicen las pruebas. Este documento es de observancia obligatoria en México y “establece los requisitos y criterios que se deben observarse en la realización de las pruebas para demostrar la intercambiabilidad de los medicamentos genéricos, así como los requisitos a que se deben sujetar los establecimientos que lleven a cabo dichas pruebas”. 27 4. PROCESO PARA REGISTRAR UN MEDICAMENTO GENÉRICO INTERCAMBIABLE (G.I.) 4.1 FUNCIONES DEL CONSEJO DE SALUBRIDAD NACIONAL Una de las responsabilidades de la Secretaria de Salud en el Sistema Nacional de Salud es la promoción de medicamentos que garanticen que el medicamento cumple con una serie de normas previas durante su fabricación, la seguridad en su empleo, eficacia terapéutica y accesibilidad del usuario mediante un abasto en cantidad suficiente y a un precio razonable. Las autoridades sanitarias son en este orden: 1. El presidente de la Republica. 2. Consejo de Salubridad General. 3. Secretaria de salud. 4. Los gobiernos de las entidades federativas incluyendo el del departamento del Distrito Federal. (5) El Consejo de Salubridad General tiene como finalidad dictar medidas que contribuyan al bienestar de la población, adicionar las listas de establecimientos destinados al proceso de medicamentos y las de enfermedades trasmisibles prioritarias y no trasmisibles más frecuentes y participa en coordinación con la Secretaria de Salud en instrumentación de las acciones las acciones de prevención y control de enfermedades, así como de vigilancia epidemiológica. Así que cuando existe un riesgo de que determinada enfermedad se incrementa en su número de casos se deben tomar las medidas necesarias para disminuirlas y llevar a cabo programas que en materia de salubridad les competan. 4.2 RELACION DE MEDICAMENTOS SUCEPTIBLES DE SER INCOPORADOS AL MERCADO DE GENERICOS INTERCAMBIABLES Uno de esos programas es el de los Genéricos Intercambiables, para lo cual en las reuniones periódicas fundamentados el artículo 74 del Reglamento de Insumos para la Salud el cual dice “El Consejo de Salubridad General elaborará y publicara 28 en el Diario Oficial de la Federación un catalogo que contenga la relación de los Medicamentos Genéricos intercambiables el cual mantendrá permanente actualizado” (4) De esta manera tomando en consideración los riesgos sanitarios que se presentan al incrementarse el número de casos de determinada enfermedad o el precio inaccesible a ciertos medicamentos entre otros factores el Consejo publica la incorporación de determinado medicamento a un listado donde determinada especialidad farmacéutica es susceptible de ser genérico Intercambiable y es publicado en el DOF, como se mencionó anteriormente. Este medicamento ó Especialidad farmacéutica se publica en el listado denominado “RELACION DE ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS SUCEPTIBLES DE INCORPORARSE AL CATALOGO DE MEDICAMENTOS GENERICOS INTERCAMBIABLES, SE DETERMINAN LAS PRUEBAS QUE DEBERAN APLICARSELES Y SEÑALA EL PRODUCTO INNOVADOR Y DE REFERENCIA” que aparece en la dirección Web de la Secretaria de Salud. (1,7) 4.3. TERCEROS AUTORIZADOS Una vez publicado en el Diario Oficial de la Federación y en la relación anterior el laboratorio titular procederá a realizar un convenio con el tercero autorizado para realizar el tipo de prueba correspondiente indicada. (8,9) Una vez terminada la evaluación por el tercero autorizado, si la prueba cumple con la normatividad, el laboratorio titular del registro podrá solicitar la autorización correspondiente. (Fig. 1) Las etiquetas de los medicamentos Genéricos Intercambiables esta normado por la NOM-072-SSA1-1993 Etiquetado de medicamentos en su numeral numero 9 y las características principales del medicamento que se encuentra en el Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables son: que deberán llevar forzosamente ostentar el símbolo: 29 Y la denominación genérica del producto. (6) DIAGRAMA DE FLUJO DE LA INCORPORACION DE UN GENERIC O INTERCAMBIABLE Fig. 1 GI PROBLEMA DE SALUD CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL EVALUA EL MEDICAMENTO TIPO DE PRUEBA E INNOVADOR RELACION DE ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS SUCEPTIBLES DE INCORPORARSE AL CATALOGO DE MEDICAMENTOS GENERICOS INTERCAMBIABLES LISTA DE GENERICOS INTERCAMBIABLES MEDICAMENTO X CON MISMO FARMACO EVALUACION POR TERCERO AUTORIZADO CUMPLE SE SOLICTA AUTORIZACIÓN 30 5. PRUEBAS PARA QUE UN MEDICAMENTO PUEDA SER INCORPORADO AL CATALOGO DE MEDICAMENTOS GENÉRICOS INTERCAMBIABLES Para realizar las pruebas correspondientes de acuerdo a la Relación de Especialidades Farmacéuticas Susceptibles de incorporarse al Catalogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables, (7) se tiene que tratar de un medicamento equivalente al innovador es decir: Se debe realizar en medicamento que cumplan los siguientes requisitos: -Especialidad farmacéutica con el mismo fármaco o sustancia activa. -Con la misma forma farmacéutica. -Con igual concentración ó potencia. -La misma vía de administración. -Con mismas especificaciones farmacopeicas iguales o comparables. Al cumplir con estas indicaciones las pruebas realizadas en los medicamentos se eliminan muchas variables que afectan las pruebas quedando únicamente el tamaño de las partículas cristalinas de los fármacos, el tipo y cantidad del contenido de los aditivos y los inherentes al proceso de fabricación. 5.1 SOLUBILIDAD Y DISOLUCIÓN Es el proceso mediante el cual el fármaco es liberado de la forma farmacéutica y se disuelve en el medio, este proceso se cuantifica como velocidad de disolución que es la cantidad de fármaco que se disuelve por unidad de tiempo bajo condiciones estandarizadas de interfase sólido-líquido, temperatura y composición del solvente. Las propiedades del disolvente determinan la solubilidad y velocidad de disolución y consecuentemente la liberación del fármaco para posteriormente ser absorbido, por lo que la interfase donde interactúan el sólido (fármaco) y el líquido (medio) es muy importante ya que es ahí donde interactúan procesos fisicoquímicos como difusión, saturación y solubilidad. En este caso en fármacos de alta hidrosolubilidad la disolución suficientemente rápida facilita una absorción también rápida, mientras 31 que si la solubilidad es escasa es importante considerar los factores que como el tiempo y el transporte a la zona de absorción para evaluar la absorción. La USP (The United States Pharmacopeia) (25) presenta una tabla que clasifica la solubilidad del los fármacos y se presenta a continuación: (Tabla 1) DEFINICION DE SOLUBILIDAD ABREVIATURA PARTES DE SOLVENTE REQUERIDAS PARA UN PARTE DE SOLUTO INTERVALO DE SOLUBILIDAD (mg/mL) SOLUBILIDAD ASIGNADA (mg/mL) MUY SOLUBLE vs <1 ≥ 1000 1000 LIBREMENTE SOLUBLE fs De 1 a 10 100 - 1000 100 SOLUBLE s De 10 a 30 33 - 100 33 DISPONIBLMENTE SOLUBLE sps De 30 a 100 10 – 33 10 LIGERAMENTE SOLUBLE ss De 100 a 1000 1 -10 1 MUY LIGERAMENTE SOLUBLE vss De 1000 a10000 0.1 – 1 0.1 PRACTICAMENTEINSOLUBLE pi ≥ 10000 < 0.1 0.01 Tabla 1 Sistema de clasificación de la solubilidad 5.1.1 Velocidad de disolución La velocidad de disolución es un parámetro crítico para la mayor parte de las formas farmacéutica sólidas, ya que impacta en la cantidad absorbida y por tanto en la seguridad y eficacia del medicamento, es una propiedad multifactorial que involucra la toda materia química sus propiedades físicas y químicas, los procesos de fabricación, empaque, almacenamiento e idiosincrasia del paciente. En este caso nos vamos a referir a los factores que influyen directamente en la solubilidad y la velocidad de disolución y consecuentemente la absorción de los fármacos y para su mejor apreciación recurriremos a las ecuaciones desarrolladas por Noyes-Whithney y Nerst-Bruner: A) Ecuación desarrollada por Noyes y Whithney : ( )CtCsKA dt dc −∗= Donde: Dc/dt = Velocidad de disolución del fármaco. 32 K = Constante de la velocidad de disolución. A = Superficie de intercambio entre el fármaco no disuelto y el disolvente.* Cs = Concentración del fármaco en la capa del disolvente que rodea al fármaco. Ct = Concentración del fármaco disuelto a tiempo t en el volumen total del disolvente. b) Ecuación desarrollada por Nerst y Bruner donde se incorpora la 1ª Ley de Fick: ( )CCs h DA dt dW −∗= Donde: dW/dt = Velocidad de disolución del fármaco. W = Masa de fármaco disuelto en cualquier instante. A = Superficie de intercambio entre el fármaco no disuelto y el disolvente.* D = Coeficiente de difusión del fármaco disuelto en el disolvente que varia según la temperatura y la velocidad de agitación. Cs = Concentración del fármaco a saturación (límite de solubilidad en la capa estacionaria del disolvente, de espesor h, que está en contacto con cada partícula sólida). C = Concentración de fármaco disuelto a tiempo t en el volumen total del disolvente. H = Espesor de la capa del disolvente. “En las dos ecuaciones anteriores se observa la influencia de la diferencia entre Cs y C sobre la velocidad de la disolución. En la ecuación de Nerst y Bruner la disolución se realiza a través de una capa de difusión. Esta ecuación muestra que el fármaco se disuelve instantáneamente en una capa delgada de disolvente situada alrededor de la partícula, hasta la obtención de una solución saturada. En ese estado, el fármaco no se puede disolver más mientras que una fracción de fármaco disuelto no haya salido de esta capa por difusión al ambiente líquido. La difusión permite la continuidad de la disolución y puede tener un lugar siempre y cuando no este saturado en el medio líquido, lo cual se verifica si existe absorción 33 de fármaco a través de la membrana de células absorbentes que se encuentren en contacto con el medio líquido. La absorción del fármaco está limitada por su velocidad de difusión en el medio y en la membrana. Sin embargo, se debe señalar que alrededor de los cristales se puede establecer una película que provoque un retardo de la difusión.” (Teoría de la fase estacionaria) Tomando en consideración un primer paso que se presenta a nivel de la interfase sólido-líquido y tomando en cuenta que el sólido se disuelve muy rápido nos lleva a la formación de una capa saturada alrededor del cristal (capa estacionaria). 5.2 PERMEABILIDAD Es la transferencia de la molécula del fármaco a través de la membrana que recubre el tracto gastrointestinal hacia la circulación sistémica. Esta determina la velocidad de transporte del fármaco a través de la membrana intestinal, es un valor determinado por medio de diferentes métodos entre los cuales se tiene (Tabla 2) METODOS VENTAJAS DESVENTAJAS IN VITRO MEMBRANAS ARTIFICIALES Determinación de permeabilidad pasiva permite screening rápido Baja IVIVIC y subestima el transporte activo. TEJIDOS ANIMALES Tejidos que pueden ser de origen humano. Útiles en screening Permeabilidad pasiva y activa Mejor IVIVIC por viabilidad del tejido y es difícil de mantener. No existe flujo sanguíneo. TEJIDOS AISLADOS Mejor IVIVIC al utilizar extensas partes del organismo Falta de circulación normal afecta el transporte activo. CULTIVOS CELULARES Mejor correlación con experimentos in-vivo Es difícil comparar los resultados entre laboratorios. Transportadores activos. IN VIVO (IN- SITU) METODOS DE PERFUSIÓN Circulación sanguínea y linfática intacta EN ANIMALES Y HUMANOS VIVOS Condiciones que permiten una mejor correlación en humanos Experimentos lentos y caros. Dependen de las diferencias individuales. Tabla 2. Métodos para determinar la permeabilidad, ventajas y desventajas. (IVIVIC= Correlación in vitro in vivo) 34 5.2.1 FACTORES DEL FÁRMACO a) Propiedades fisicoquímicas del fármaco: b) Tamaño de partícula c) Estructura cristalina d) Grado de hidratación del cristal e) Coeficiente de partición f) pKa. g) Tipo de sal o éster. h) Polimorfismo: se refleja diferentes propiedades fisicoquímicas como solubilidad, dureza, densidad y compresión. Es importante considerar que generalmente el polimorfo más estable presenta una menor velocidad de disolución que los polimorfos metaestables. 5.2.2 FACTORES FISIOLÓGICOS: a) Variaciones de poder absorción en el tracto gastrointestinal b) Variaciones del pH en fluidos gástricos. c) Velocidad de vaciamiento gástrico. d) Velocidad de motilidad intestinal. e) Perfusión del tracto gastrointestinal f) Metabolismo pre sistémico del primer paso. h) Edad, sexo y peso, i) Estados de enfermedad. 5.2.3 IMPLICACIONES DE LA BAJA PERMEABILIDAD: a) Absorción incompleta. b) Se requiere una disolución rápida y completa. c) Requiere modificar la liberación. d) Posibilidad de una ventana de absorción. e) Posibilidad de liberación retardada si es saturable. f) Puede existir un fenómeno de transporte. 35 5.3 CLASIFICACIÓN BIOFARMACÉUTICA Para poder entender el concepto de clasificación biofarmacéutica tenemos que revisar nuevamente el comportamiento del medicamento y del fármaco. (fig. 2) Fig. 2 5.3.1 DISOLUCIÓN DE LOS FÁRMACOS EN EL SITIO DE ABS ORCIÓN Transferencia de la molécula del fármaco a través de la membrana que recubre el tracto gastrointestinal hacia la circulación sistémica. De esta forma se considera la absorción que es el paso del fármaco del lumen intestinal hasta el tejido intestinal (Fa), donde el fármaco se encuentra en una concentración (Co) pasa por una membrana hasta el interior del tejido en una concentración (Ci) y donde se consideran otros factores los cuales son el área superficial (A), el espesor de la membrana (h) y la distancia de difusión. (fig. 3) FARMACO EN EL ORGANISMO ELIMINACION LIBERACION ABSORCION DISTRIBUCION SITIO DE ACCION RESPUESTA SOLUBILIDAD PERMEABILIDAD VELOCIDAD DE DISOLUCION METABOLISMO 36 ABSORCIÓN DE UN FARMACO CONCENTRACION EXTERIOR (Co) MEMBRANA CONCENTRACION INTERIOR (Ci) Area (A) Espesor de la membrana (h) Distancia de Difusión (x) Dirección inicial del flujo del fármaco en el sitio de acción Fig. 3 J = P A (Co – Ci ) Donde: J = Flujo (Cantidad por tiempo) P = Coeficiente de Permeabilidad Co= Concentración exterior Ci = Concentración interior A = Área superficial 5.3.2 TABLA DEL SISTEMA DE CLASIFICACION BIOFARMACE UTICA. Así tenemos que para fármacos que son administrados de forma oral los parámetros que controlan la cantidad de fármaco que se absorbe es la solubilidad y disolución junto con la permeabilidad estos dos parámetros (30) que se encuentran multifactorialmente afectados se han considerado para caracterizar el Sistema de Clasificación Biofarmacéutica que por sus siglas eningles es (BCS) “The Biopharmaceutics Calssification System”, Es un marco científico para clasificar drogas basado en la solubilidad en agua y la permeabilidad intestinal para poder determinar cuál es el estudio de bioequivalencia aplicable. Al respecto, la FDA publicó en agosto de 2000 el documento " Dispensa de estudios de biodisponibilidad y bioequivalencia in vivo para formas orales sólidas de liberación inmediata". Las dispensas o excepciones se basan en la "Clasificación 37 biofarmacéutica" que estratifica los principios activos en cuatro categorías, de acuerdo a la solubilidad y permeabilidad (absorción): (tabla 3) CLASE SOLUBILIDAD PERMEABILIDAD CARACTERISTICAS I ALTA ALTA Cuando la velocidad de disolución es mayor que el vaciamiento gástrico, la disolución no será el paso limitante. II BAJA ALTA La disolución es el paso limitante. En la correlación in vivo-in vitro. Factores importantes que afectan la correlación. III ALTA BAJA La disolución no es el paso limitante. Existe la necesidad de establecer por que la absorción es incompleta. IV BAJA BAJA Generalmente fármacos con problemas. La disolución in Vitro no es indicador de la absorción. Tabla. 3 Estos estudios proporcionan las bases para exentar de los estudios de biodisponibilidad/bioequivalencia. En este documento se establece que la demostración de bioequivalencia puede no ser necesaria para medicamentos que contienen principios activos comprendidos en la clase 1 (alta solubilidad y alta permeabilidad). Además, existe una línea de investigación abierta en Estados Unidos y Europa, que clasifica los principios activos en determinadas categorías de solubilidad y permeabilidad con el propósito de evitar la realización de estudios de bioequivalencia con algunos de ellos cuando se presenten en formulaciones orales sólidas, sustituyendo dicha evaluación por ensayos in vitro. 5.3.3 CORRELACION IN VITRO –IN VIVO Esto sucede a partir de 1988, se publica en el foro farmacopeico la correlación in vivo-in vitro (VIVIC), con las clasificaciones A, B y C, y en 1990 se publican en la USP técnicas para correlaciones A, B y C y los métodos para establecer especificaciones de disolución. En 1997 la FDA emite una guía en donde establece los diferentes niveles de correlación in vitro-in vivo la forma de evaluar su predictibilidad y las aplicaciones que se pueden realizar. 38 5.3.3.1 CORRELACION IN VITRO –IN VIVO A Se establece una relación punto a punto entre la fracción del fármaco absorbido y la fracción del fármaco disuelto. 5.3.3.2 CORRELACION IN VITRO –IN VIVO B El promedio de tiempo de la disolución in Vitro se relaciona con el tiempo promedio de residencia in vivo. 5.3.3.3 CORRELACION IN VITRO –IN VIVO C Relaciona un parámetro de disolución con un parámetro farmacocinético. 5.4 PRUEBA TIPO A Son los medicamentos que no presentan problemas de biodisponibilidad y de bioequivalencia, es decir su Bioequivalencia es evidente: Son aquellos medicamentos que no modifican los parámetros farmacocinéticos como las solución es acuosas de uso parenteral, soluciones orales, gases, tópicos de uso no sistémico, medicamento para inhalación en sistemas acuosos y en suspensión, donde estos últimos demuestren que el tamaño de partícula es igual al innovador, los medicamentos de este tipo aunque posean algunas variantes de formulación no presentan diferencias discernibles de comportamiento terapéutico. Se emplean para su aprobación pruebas de rutina que se realizan normalmente en los laboratorios con las referencias farmacopeicas reconocidas o información de otras fuentes que permitan determinar la cantidad y calidad del fármaco presente en la forma farmacéutica. 5.5 PRUEBA TIPO B De acuerdo a la regulación esta prueba debe realizarse a todas las formas farmacéuticas sólidas que son administradas por vía oral, con excepción de los incluidos en las pruebas de biodisponibilidad prueba C. Esta prueba consiste en realización de Perfiles de disolución, esta prueba es una prueba in Vitro evalúa la 39 exposición del fármaco en un medio controlado, sin embargo se tiene conocimiento de que los excipientes y procesos modifican dichos perfiles de disolución. Sin embargo dice la regulación “ Podrán exentar las pruebas de bioequivalencia aquellos fármacos que, sin estar incluidos en cualquiera de los supuestos anteriores, demuestren experimentalmente o mediante el empleo de equivalencia publicada en fuentes indexadas, que tienen una alta solubilidad” (7) , en este caso deberán realizar la prueba de perfil de disolución en tres diferentes pH (1, 4.5 y 6.8) y deberán ser similares al innovador de otra manera deberán realizar la prueba de bioequivalencia. 5.6 PRUEBA TIPO C Para determinar que medicamento deberá ser sometido a pruebas de bioequivalencia se seguirán los siguientes criterios: 5.6.1 CRITERIO 1: FORMA FARMACÉUTICA a. Todas las formas farmacéuticas orales de liberación inmediata b. Todas las formas farmacéuticas de liberación modificada c. Todas las formas farmacéuticas no orales de acción sistemática (réctales, vaginales, transdérmicas) d. Formas farmacéuticas en suspensión y emulsión e. Formas farmacéuticas con combinación de activos 5.6.2 CRITERIO 2: MARGEN TERAPÉUTICO ESTRECHO Deben ser considerados todos aquellos medicamentos en los que la relación entre su concentración terapéutica y su concentración tóxica sea muy cercana, así como todos aquellos medicamentos que presenten efectos tóxicos a sus concentraciones terapéuticas. 5.6.3 CRITERIO 3: GRUPO TERAPÉUTICO Todos aquellos medicamentos que pertenezcan a los siguientes grupos terapéuticos debido a la necesidad de mantener concentraciones plasmáticas estables y ser utilizados para el tratamiento de padecimientos graves: 40 1. antibióticos 2. Hormonales 3. Antineoplásicos 4. Cardiotónicos 5. Antiepilépticos 6. Inmunosupresores 7. Virostáticos 8. Hipoglucemiantes 5.6.4 CRITERIO 4: FARMACOCINÉTICO i. Medicamentos con farmacocinética no lineal ii. Medicamentos con baja absorción conocida iii. Medicamentos que presentan un alto metabolismo de primer paso (mayor de 70%) iv. Medicamentos con vías metabólicas combinadas v. Medicamentos sin información sobre su farmacocinética 5.6.5 CRITERIO 5: FISICOQUÍMICO i. Fármacos con baja solubilidad ii. Fármacos con polimorfismo iii. Fármacos altamente inestables Todos los fármacos que se encuentren en cualquiera de los supuestos anteriores deberán presentar para su inclusión en el Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables una prueba de bioequivalencia. (7) 5.7 BIOEQUIVALENCIA Para entender la bioequivalencia es necesario introducirnos a algunos conceptos de farmacología que son la base de para poder explicar los datos, cual es el fluido biológico que se elige para realizar el análisis y donde se originan los modelos farmacocinéticos. 41 Farmacología del Medicamento. El fármaco se puede definir de forma coloquial como una sustancia química que es capaz de afectar el protoplasma viviente (producir un efecto), sin embargo la definición legal es: “Toda sustancia natural, sintética o biotecnológica que tenga una actividad farmacológica y que se identifique por sus propiedades físicas, químicas ó acciones biológicas, que no se presente en forma farmacéutica y que reúna condiciones para ser empleada como medicamento ó ingrediente de un medicamento”. (6) Para conocer la actividad farmacológica nos basamos en la farmacología y su estudio es muy amplio y comprende el conocimiento del fármaco, propiedades fisicoquímicas, acciones fisiológicas, absorción destino, excreción, así como los usos terapéuticos del mismo, por lo que se ha dividido en varias ramas como son: -Farmacodinamia. -Farmacocinética. -Fármaco genética. -Farmacogenómica. -Farmacologíamolécular. -Farmacovigilancia. -Farmacoeconomia. -Farmoquímica. -Otras afines. Todas estas ramas son herramientas que se emplean para el estudio de la farmacología y se apoyan en las ciencias básicas como son la física, química, biología, matemáticas, bioquímica y fisiología. Sin embargo la farmacodinamia y la farmacocinética son las más importantes por que son las que se emplean regularmente para los estudios de biodisponibilidad, Mecanismo de Acción: La farmacodinamia se define como el estudio de los efectos bioquímicos y fisiológicos de los fármacos y sus mecanismos de acción. 42 El objetivo del análisis de la acción de los fármacos es establecer las interacciones físicas o químicas entre el fármaco y la célula blanco y determinar los procesos involucrados en la producción del efecto. Cuando se realiza el análisis en forma profesional y exhaustiva de los mecanismos de acción de los fármacos permiten diseñar esquemas seguimiento más racionales, la evaluación de los efectos que produce el fármaco son el resultado de la interacción con los componentes macromoleculares del organismo, estas interacciones alteran las funciones de componentes pertinentes y desencadenan cambios bioquímicos y fisiológicos que son característicos de la respuesta del fármaco. Se le llama receptor al componente del organismo con el que se presume que el agente químico interactúa y al interactuar con el fármaco con el receptor se puede alterar la velocidad a la cual sucede una función lo que nos indica que los fármacos no crean los efectos si no que modulan las funciones intrínsecas del organismo. Todo este análisis y evaluación nos da las bases para la realización del estudio y conocer las posibles variables que pueden afectar el estudio. Farmacocinética: Estudia el curso temporal de las concentraciones de fármaco y/o metabolitos, en fluidos y tejidos o excreciones biológicas y se encarga de elaborar modelos matemáticos para explicar los datos, implica el estudio del fármaco a partir de su administración hasta su eliminación del organismo, consta de 4 etapas generales que son la absorción, distribución, metabolismo y excreción. (Fig. 4) La absorción de los fármacos es el paso desde su sitio de administración que puede ser Gastrointestinal, Percutánea, Subcutánea, Intramuscular, Ocular Sublingual, etc., a la circulación sistémica, dependiendo de la vía de administración empleada serán las barreras a las que se enfrentará el fármaco para alcanzar la circulación. 43 Por ejemplo podemos mencionar las variaciones de pH en el sistema gastrointestinal para un fármaco por vía oral y su absorción es en duodeno. Distribución de los fármacos, una vez que el fármaco es absorbido tiende a unirse a proteínas plasmáticas, entonces la medida de distribución de los fármacos es el volumen de distribución y depende de la unión a proteínas plasmáticas, el coeficiente de partición lípido-agua y la unión del fármaco a los tejidos. Ahora es importante revisar el punto de vista toxicológico en la distribución de los fármacos por que en gran medida los efectos adversos pueden estar condicionados a dicha distribución. Por ejemplo, los órganofosforados que se acumulan en el tejido graso. Metabolismo: El metabolismo de los fármacos se define como una serie de reacciones químicas que hacen que el fármaco se convierta en una u otras sustancias, en general, las reacciones metabólicas convierten al fármaco en sustancias mas fácilmente excretables y con menor actividad biológica, mas esto no es la regla tenemos el ejemplo del Parathión que se metaboliza en paraoxón aún más toxico. Las reacciones del metabolismo se clasifican en dos tipos: reacciones de fase I y reacciones de fase II. Las reacciones de fase I son la oxidación, hidrólisis y la reducción, la más común de estas es la oxidación. Las reacciones de fase II incluyen las conjugaciones por ejemplo la glicina con el ácido acetil salicílico. Si bien se ha dicho clásicamente que el metabolismo de los fármacos se lleva a cabo en el hígado en los últimos años se ha demostrado la participación de diversos órganos en el metabolismo de los fármacos, como puede ser el riñón, intestino, pulmón, piel, endotelio vascular, placenta entre otros, La manera cuantitativa de establecer la magnitud del metabolismo es a través de la depuración hepática. La depuración o aclaración se define como el volumen de sangre que se limpia de fármaco por unidad de tiempo. 44 Excreción: La principal vía de excreción de los fármacos y sus productos de degradación ó metabolitos se realiza por la vía renal, la excreción renal es un proceso complejo que involucra la filtración glomerular, la secreción tubular activa y la reabsorción pasiva y dependiendo de cual de estos proceso domine, será el balance neto de la excreción del fármaco por esta vía. Un parámetro cuantitativo que nos permite establecer la magnitud de la excreción de un fármaco es la depuración renal, al igual que la depuración hepática a este término se le define como el volumen de sangre que se limpia por unidad de tiempo, por ejemplo la depuración de creatinina, este parámetro nos sirve como diagnóstico de la depuración renal. Sin embargo hay que considerar en los estudios de biodisponibilidad la depuración por otras vías, biliar, pulmonar, salivar. Fig. 4 5.8 BIODISPONIBILIDAD La biodisponibilidad se define como: “La velocidad y el grado en que el ingrediente activo o la entidad activa es absorbido a partir de la forma farmacéutica y se vuelve FARMACOCINETICA FARMACO EN LA FORMA FARMACEUTICA PARTICULAS DE FARMACO EN LOS LIQUIDOS CORPORALES FARMACO EN SOLUCION HIGADO COMPARTIMIENTO PERIFERICO (TEJIDOS) COMPARTIMENTO CENTRAL LIBRE UNIDO A PROTEINAS BIOFASE LIBERACION DISOLUCION EFECTO FARMACOLOGICO ABSORCION METABOLISMO EXCRECION REABSORCION 45 disponible en el sitio de acción”. Para medicamentos que contienen ingredientes activos que no se absorben en la circulación sistémica, la biodisponibilidad se evalúa por medio de mediciones orientadas a reflejar la velocidad y el grado a los cuales el ingrediente activo o la entidad activa se vuelve disponible en el sitio de acción. Eso desde el punto de vista de la tecnología farmacéutica nos lleva a poder definir dos conceptos directamente relacionados a la Biodisponibilidad: a) Las características del fármaco que le permite estar disponible para el organismo. b) Las características del medicamento que contiene dicho fármaco que el permite que este se exponga al fármaco para que exprese sus características. Para realizar un estudio de bioequivalencia se parte de el concepto BIODISPONIBILIDAD que es la cantidad de fármaco que se encuentra disponible en el fluido biológico y que tiene la capacidad modificar las funciones intrínsecas del organismo y por consiguiente tener un efecto de generar lo que se conoce como actividad terapéutica. En los estudios de bioequivalencia se considera que la biodisponibilidad es la velocidad y cantidad a la cual el fármaco o entidad terapéutica se absorbe para alcanzar la circulación sistémica y estar disponible para ejercer su efecto. (Fig. 5) La relación existente entre biodisponibilidad y bioequivalencia es la comparación por métodos estadísticos de la biodisponibilidad de dos fármacos. De esta manera al tener una biodisponibilidad igual o muy semejante significa que independientemente de su formulación y proceso los dos medicamentos liberan a la circulación la misma cantidad de fármaco y a la misma velocidad. 46 Por consiguiente dos medicamentos que poseen una biodisponibilidad comparable y que poseen propiedades terapéuticas que no se pueden diferenciar clínicamente por tener el mismo fármaco, son bioequivalentes y pueden reemplazarsemutuamente en la dispensación farmacéutica. Ahora tenemos que contestar una pregunta ¿Por qué se compara con el innovador? La respuesta salta a la vista, el medicamento innovador desde un inicio tuvo que desarrollar los estudios clínicos correspondientes, con los cuales determino la concentración a la cual presenta los efectos terapéuticos, forma farmacéutica etc., por lo que los otros medicamentos deberán asegurar la biodisponibilidad adecuada al innovador para que su biodisponibilidad no se encuentre por debajo de la dosis terapéutica efectiva o bien por arriba de la dosis terapéutica efectiva que podrían desencadenar efectos adversos o tóxicos. BIODISPONIBILIDAD 0 5 10 15 20 25 30 35 40 45 50 1 2 3 4 5 6 7 8 TMAX T I E M P O ( H O R A S ) C O N C E N T R A C IO N D E L F A R M A C O Fig. 5 C .max Area bajo la Curva (ABC) 47 5.9 CONCEPTOS CINÉTICOS EN ESTUDIOS DE BIOEQUIVALEN CIA 5.9.1 RAZONAMIENTO CINÉTICO. Si el mismo número de moléculas de fármaco ocupan el mismo número de receptores, se tendrá el mismo efecto farmacodinámico. -En un mismo sujeto el número de receptores es el mismo, por lo que las diferencias en el efecto terapéutico se deberán a diferencias en el número de moléculas en el sitio del receptor. -Dado que la circulación sistémica libera las moléculas del fármaco al sitio receptor, existe una relación directa entre la concentración del fármaco en sangre (plasma, suero) y el efecto terapéutico. Entonces analizando estos razonamientos nos lleva a que el proceso de absorción depende de las características fisicoquímicas del fármaco, por lo que las diferencias en la absorción se deberá a las diferencias en la liberación del fármaco de las formulaciones, lo cual está controlado por el fabricante, de igual manera si la diferencia en las concentraciones plasmáticas entre dos formulaciones se deben a diferencias en la cantidad de fármaco absorbido depende también de la formulación. (14) En un mismo individuo, los procesos de absorción, distribución, metabolismo y eliminación son constantes y las diferencias en los niveles plasmáticos se deben a las diferencias en la fase farmacéutica. Sin embargo la variabilidad individual en la absorción, distribución, metabolismo y eliminación son factores que incrementan la variabilidad en un estudio, por lo que se requiere de un incremento en el tamaño de la muestra. En un estudio de bioequivalencia los parámetros importantes son: -Concentración plasmática máxima. -Tiempo para alcanzar la concentración plasmática máxima. -Área bajo la curva. -Tiempo de residencia Cmax/ Área bajo la curva. 48 5.9.2 PARAMETROS A EVALUAR EN UN ESTUDIO DE BIOEQUI VALENCIA -Concentración plasmática máxima: Relacionada con la velocidad de absorción y la cantidad de fármaco absorbido (Cmax). Este se obtiene directamente de la gráfica. -Tiempo para alcanzar la concentración plasmática máxima: Relacionado con la velocidad de absorción (tmax). Este se obtiene directamente de la gráfica. (Fig. 6) El área bajo la curva se obtiene por el método de los trapezoides. (Fig.7) Figura No. 6 AREA BAJO LA CURVA VS TIEMPO ( ABC) 0 20 40 60 80 100 120 1 2 3 4 5 6 TIEMPO (HORAS) C O N C E N T R A C IO N ( m cg /m L) ABC 49 Figura No. 7 Con la siguiente ecuación: ( )233232 2 tt CpCp ABC −∗+=→ Cp² Cp³ t² t³ TIEMPO (horas) CONCENTRACION SEGMENTO DE ABC 50 6. INCLUSIÓN AL CATÁLOGO DE MEDICAMENTOS GENÉRICOS INTERCAMBIABLES (G.I.) 6.1 ANTECEDENTES El proceso para la inclusión de un medicamento al listado Genéricos Intercambiables se realiza en varias etapas las cuales se integran a partir de sesiones que se llevan a cabo por el Consejo de Salubridad General donde se revisan continuamente los factores demográficos y epidemiológicos como aumento en el número de habitantes, Sobrevida prolongada, envejecimiento de la población, alto número de enfermos, individuos con varias enfermedades concomitantes, cronicidad de las enfermedades, frecuentes complicaciones de enfermedades crónicas, resistencia a los agentes terapéuticos, asociación de medicamentos para lograr efecto terapéutico entre otros y se toman medidas con la finalidad de contar con medicamentos mas accesibles para las instituciones de salud y los particulares buscando, además mayor disponibilidad y oportunidad de los medicamentos en el mercado, de esta manera las decisiones se publican en el Diario Oficial de la Federación como acuerdo por el que se adiciona y modifica la relación de especialidades farmacéuticas susceptibles de incorporarse al catalogo de medicamentos genéricos intercambiables como se muestra a continuación: Ejemplo de la resolución del Consejo de Salubridad General publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de Junio de 2006. 51 CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL ACUERDO por el que se adiciona y modifica la relación de especialidades farmacéuticas susceptibles de incorporarse al Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General. MERCEDES JUAN LOPEZ, Secretaria del Consejo de Salubridad General y JUAN ANTONIO GARCIA VILLA, Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, con fundamento en los artículos 3o. fracción XXIV, 13 apartado A fracción II, 15 y 194 de la Ley General de Salud; 2o. fracciones II y XIV y 73 del Reglamento de Insumos para la Salud; 1, 5 fracciones IV y XI del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; 34 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 1 y 7 fracción XXVII del Acuerdo por el que se crea la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y cuarto y quinto del Acuerdo por el que se relacionan las especialidades farmacéuticas susceptibles de incorporarse al Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables y se determinan las pruebas que deberán aplicarse, y CONSIDERANDO Que el 11 de febrero de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se adiciona y modifica la relación de especialidades farmacéuticas susceptibles de incorporarse al Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables y se determinan las pruebas que deberán aplicarse, el cual fue adicionado mediante acuerdos publicados en el mismo órgano informativo, el 5 de octubre y el 17 de octubre de 2005; así como el 22 de marzo y el 9 de mayo de 2006, y Que el artículo 73 del Reglamento de Insumos para la Salud, faculta al Consejo de Salubridad General y a la Secretaría a determinar, periódicamente, las pruebas que deberán aplicarse para considerar a los medicamentos como intercambiables, tienen a bien dar a conocer el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE ADICIONA Y MODIFICA LA RELACI ON DE ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS SUSCEPTIBLES DE INCORP ORARSE AL CATALOGO DE MEDICAMENTOS GENERICOS INTERCAMBIABL ES ARTICULO PRIMERO. Se adiciona la relación contenida en el artículo segundo del Acuerdo por el que se adiciona y modifica la relación de especialidades farmacéuticas susceptibles de incorporarse al Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de febrero de 2005, y se determinan las pruebas que deberán aplicárseles a los medicamentos que se enlistan al término del siguiente párrafo. ARTICULO SEGUNDO. Los medicamentos distintivos respectivos, podrán incorporarse al Catálogo de Medicamentos Genéricos intercambiables, para lo cual deberá acreditar ante la Secretaría de Salud que reúnen los requisitos establecidos en el artículo 75 del Reglamento de
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