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Guia-para-reportes-de-los-estudios-concernientes-a-medicamentos-genericos-intercambiables

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA 
DE MÉXICO 
 
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES 
CUAUTITLAN 
 
 
 
 
 
“GUÍA PARA REPORTES DE LOS ESTUDIOS 
CONCERNIENTES A MEDICAMENTOS GENÉRICOS 
INTERCAMBIABLES” 
 
 T E S I S 
 
QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE 
 
 QUÍMICO FARMACÉUTICO BIÓLOGO 
 
 P R E S E N T A: 
 
ARTURO MANUEL DELGADILLO AGUIRRE 
 
ASESORES: D.A.R. Juan José Díaz Esquivel 
 DRA. Raquel López Arellano 
 
Cuautitlan Izcalli, Estado de México 2006 
 
 
 
 
 
 
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
Tesis Digitales 
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El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea 
objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para 
fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo 
mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, 
reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el 
respectivo titular de los Derechos de Autor. 
 
 
 
 
 4 
 
AGRADECIMIENTOS 
 
DEDICO ESTA TESIS: 
 
A MIS PADRES 
María de Jesús Aguirre Jiménez 
Roberto Delgadillo Montiel 
Por su sacrificio y aliento para concluir mi carrer a. 
 
A MI ESPOSA 
Rosario Guadalupe Nava Cabrales 
A quién admiro por tenacidad y fortaleza. 
 
A MIS HIJOS 
Laura Angélica Delgadillo Nava 
Miguel Ángel Delgadillo Nava 
Los que me impulsan a seguir progresando. 
 
A MIS MAESTROS 
D.A.R. Juan José Díaz Esquivel 
DRA. Raquel López Arellano 
QFB. Martha E. García Corrales 
MC. Beatriz Baltazar Montes de Oca 
Dr. Rafael Villalobos García 
QFB. F. Javier Flores Rivera 
Por su apoyo, ejemplo, guía y desinterés para la 
conclusión de este trabajo 
 
A TODOS MIS COMPAÑEROS Y AMIGOS 
Porque de cada uno he aprendido algo. 
 
 
 2 
I N D I C E 
INDICE 2 
AGRADECIMIENTOS 3 
INTRODUCCION 5 
JUSTIFICACION 8 
OBJETIVOS 8 
1. ANTECEDENTES 9 
2. GENERALIDADES 12 
3. MARCO REGULATORIO 20 
4. PROCESO PARA GENERAR UN MEDICAMENTO GENERICO 
 INTERCAMBIABLE. (G.I.) 27 
5. PRUEBAS PARA QUE UN MEDICAMENTO PUEDA SER 
 INCORPORADO AL CATALOGO DE MEDICAMENTOS 
 GENERICOS INTERCAMBIABLES 30 
 A) PRUEBA A 
 B) PRUEBA B 
C) PRUEBA C 
6. INCLUSION AL CATALOGO DE MEDICAMENTOS 
 GENERICOS INTERCAMBIABLES (G.I.) 50 
7. REQUISITOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE 
 TERCEROS AUTORIZADOS 54 
8. INFORME DE UN ESTUDIO DE COMPARACION DE 
 PERFILES DE DISOLUCION 67 
9. CONDUCCION DE UN ESTUDIO DE BIOEQUIVALENCIA 72 
10. PROTOCOLO DE UN ESTUDIO DE BIOEQUIVALENCIA 82 
 
 
 
 3 
11. INFORMES 88 
 A) Clínico 
 B) Analítico 
 C) Final 
12. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA UN MEDICAMENTO 
 COMO GENERICO INTERCAMBIABLE 95 
13. CONCLUSIONES 97 
15. BIBLIOGRAFIA 99 
14. APENDICES 102 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 5 
INTRODUCCIÓN 
 
La formación profesional del Químico Farmacéutico Biólogo presenta 
multifuncionalidad al poderse adaptar y aplicar sus conocimientos 
independientemente de el área de especialización, así por ejemplo en la práctica 
diaria se pueden encontrar profesionistas del área Clínica realizando las actividades 
de los del área farmacéutica y viceversa, lo que no demerita la calidad de su trabajo 
y su compromiso de responsabilidad inherente a su formación. 
 
Los profesionistas del área clínica realizan tareas que van desde el diagnóstico, 
preparación de mezclas, docencia, investigación, monitoreo clínico, hasta 
funciones de administración y comercialización. Las tareas de los del área 
farmacéutica se enfocan hacia la elaboración de los medicamentos y todos los 
procesos inherentes desde la elaboración de las materias primas, producción del 
medicamento, manejo, dispensación, docencia, investigación hasta el monitoreo 
posterior a su consumo realizando las actividades operacionales y administrativas. 
 
Otra cualidad del Químico Farmacéutico Biólogo es la que se relaciona con su alto 
sentido de responsabilidad y compromiso con la Salud obtenida en su formación lo 
que le ha valido ser considerado como una autoridad en establecimientos 
dedicados a producir, comercializar y proporcionar servicios relacionados con la 
Salud, por lo que legalmente pueden asumir el cargo de “Responsables Sanitarios” 
y ser reconocidos como tal por la Autoridad. 
 
Esta actividad trae inherente otra aparte de la operativa, la administrativa que es la 
normativa, la cual consiste en conocer y aplicar las leyes, reglamentos y normas 
relacionadas con la Salud, y cuando se habla de esto, se tiene que pensar en una 
relación estrecha con la Autoridades gubernamentales para dar cumplimiento a lo 
solicitado en el marco legal. 
 
 6 
Por esto es importante que el Responsable Sanitario deba conocer y manejar una 
serie de trámites relacionados con todas las actividades antes mencionadas y su 
soporte legal y jurídico que le permita llevar a buen término las solicitudes, avisos y 
peticiones a la Autoridad Sanitaria, por lo que el Químico Farmacéutico Biólogo 
deberá estar preparado para la realización de dichos trámites y conocer su soporte 
legal y técnico. 
Las políticas sociales de los gobiernos tanto nacionales como extranjeros ha sido la 
de promover la inclusión en su mercado de estos medicamentos denominados 
“genéricos” la cual cumple con una doble función, impulsar la competencia en el 
mercado y la racionalización de los precios al consumidor, mejorando de esta 
manera el acceso a estos productos. 
En este caso el trabajo que se presenta es debido a la tendencia de la industria 
farmacéutica de llevar a los mercados medicamentos a un costo accesible con la 
seguridad de que cumplan con calidad y eficacia, lo que genera oportunidades de 
que el Químico Farmacéutico Biólogo también tenga otra área de desarrollo para la 
generación de la documentación de soporte y los aspectos científicos, 
administrativos y operativos que involucra el llevar a un medicamento aaparecer en 
la relación de medicamentos Genéricos Intercambiables. 
Esta relación de medicamentos llamados Genéricos intercambiables son: “La 
especialidad farmacéutica con el mismo fármaco ó sustancia activa y forma 
farmacéutica, con igual concentración ó potencia, que utiliza la misma vía de 
administración y con especificaciones farmacopeicas iguales o comparables, que 
después de cumplir con las pruebas reglamentarias requeridas, ha comprobado 
que sus perfiles de disolución o su biodisponibilidad u otros parámetros, según sea 
el caso, son equivalentes a las del medicamento innovador o producto de referencia 
y este medicamento se encuentra registrado en el Catálogo de Medicamentos 
Genéricos Intercambiables, y se identifica por su denominación genérica”. 
 7 
A efecto de garantizar a la población la calidad de los medicamentos genéricos era 
importante que la autoridad sanitaria se comprometiera a realizar una estrecha 
vigilancia de los requisitos técnicos que deben cumplir estos productos, por lo que 
se han emitido disposiciones específicas para las pruebas solicitadas las cuales 
deben presentarse a la autoridad Sanitaria para ser incluidas en este catalogo y 
poder estar en los mercados, las pruebas que se solicitan aparecen en la NOM-177 
y son las siguientes: 
A) PRUEBA A: Comparación de especificaciones fisicoquímicas. 
B) PRUEBA B: Comparación de perfiles de disolución “in Vitro” 
C) PRUEBA C: Comparación de biodisponibilidad (pruebas de bioequivalencia) 
Las que de conformidad con lo establecido deberán presentar evidencia 
documental de que el medicamento en estudio cumple con los requisitos solicitados 
de acuerdo a la naturaleza de dicho medicamento. 
En este trabajo se pretende dar un apoyo al Químico Farmacéutico Biólogo para 
poder incorporarse a equipos de trabajo, conocer el funcionamiento de las 
estructuras y grado de responsabilidad y seguir paso a paso lo que involucra la 
realización de un reporte para las pruebas solicitadas por las Autoridades Sanitarias 
para demostrar que un medicamento es Genérico Intercambiable y por lo tanto 
confiable, accesible, seguro y eficaz por lo que el Objetivo es presentar la “Guía 
para reportes de los estudios correspondientes a los medicamentos Genéricos 
intercambiables”. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 8 
JUSTIFICACIÓN 
 
El presente trabajo consiste en proporcionar una guía para la elaboración del 
reporte, recopilar la documentación y elaborar la solicitud para la realización de un 
trámite para la inclusión de medicamentos al mercado de Genéricos 
Intercambiables, para lo cual debemos conocer los fundamentos legales y técnicos 
que sustenten la solicitud enviada. 
 
 
OBJETIVOS 
 
Objetivo General: 
Describir los criterios para la inclusión de un medicamento al mercado de Genéricos 
Intercambiables. 
 
Objetivos Particulares: 
-Entender la importancia del mercado de genéricos. 
-Conocer como se genera un medicamento genérico y los aspectos legales. 
-Conocer la documentación que se presenta a la Autoridad. 
-Conocer como se requisita un trámite para el mercado de genéricos. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 9 
 
I. ANTECEDENTES 
La Salud es un valor compartido por todas la sociedades, todas las ideologías y 
por todas naciones, a través de las políticas nacionales se busca un mejor 
desarrollo económico, bienestar social para lograr una condición de desarrollo 
humano pleno. 
El sistema mexicano de salud tiene tres grupos de prestadores de servicios: 
a) Privadas 
b) Seguridad Social 
c) Instituciones que atienden a los no asegurados 
Entre las instituciones que atienden la población no asegurada, se distingue una de 
las más importantes, la Secretaria de Salud, los correspondientes a la seguridad 
social que comprenden IMSS, ISSSTE, PEMEX, los correspondientes a las fuerzas 
armadas y las instituciones privadas. Los servicios de salud tienen en común la 
atención al paciente y la prescripción médica que involucra a los medicamentos. 
Estos medicamentos son insumos de primer orden para la atención de la salud. 
Deben garantizar su seguridad, eficacia, su calidad terapéutica, sin embargo esta 
condición debe estar compartida con la necesidad social, que disponga de un 
acceso equitativo de la población a los mismos, es decir, que lleguen al menor 
costo a la comunidad que los necesite y los use racionalmente. 
El acceso a los medicamentos por parte de los derechohabientes de la Seguridad 
Social es variable ya que está condicionado a varios factores como es el abasto y la 
disponibilidad del tratamiento adecuado entre otros, mientras que en las 
instituciones de asistencia a la población no asegurada y en la privada los 
problemas son el deficiente acceso a los medicamentos debido a sus altos costos. 
 10 
Una de las estrategias que se han diseñado para mejorar el acceso a los 
medicamentos es la política de genéricos, la cual cumple con una doble función, 
impulsar la competencia en el mercado y la racionalización de los precios al 
consumidor, mejorando de esta manera el acceso a estos productos. En 1997, 
México asumió dicha estrategia propuesta por la Organización Mundial de la 
Salud al igual que la mayoría de los países miembros. 
A efecto de garantizar a la población la calidad de los medicamentos genéricos fue 
importante que la autoridad sanitaria se comprometiera a realizar una estrecha 
vigilancia de los requisitos técnicos que deben cumplir estos productos y 
específicamente los estudios de biodisponibilidad y bioequivalencia, así como de 
una extensa difusión de los resultados. 
El 31 de mayo de 2001 en el Diario Oficial de la federación se publicó el acuerdo en 
el cual se establece que las instituciones públicas el Sistema Nacional de Salud 
deberán comprar medicamentos genéricos intercambiables, siempre y cuando 
estén disponibles en el mercado nacional y con la garantía del Estado de las 
mejores condiciones a la población en cuanto a calidad, precio y oportunidad, 
Dentro del Programa Nacional de Salud en las políticas a seguir en la estrategia 2: 
Cobertura básica línea de acción 2.1 Medicamentos seguros, eficaces y accesibles 
indica las actividades a seguir, de las cuales nos interesan dos: 
*Promover una política de medicamentos que garantice se efectividad y seguridad, 
su abasto suficiente y oportuno, su prescripción racional y su venta en las 
presentaciones adecuadas y a un costo razonable. 
*Disminuir los riesgos para la Salud asociados con el consumo de medicamentos 
de baja calidad, tanto de origen nacional como extranjero. (1) 
Para la realización de este programa de genéricos la Secretaría en sus facultades 
que le atribuyen promoverá la autorización de terceros autorizados para que emitan 
 11 
las recomendaciones para poder incorporar medicamentos genéricos 
intercambiables. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 12 
2. GENERALIDADES 
 
2.1 NOMENCLATURA DE LOS MEDICAMENTOS 
 
 Los investigadores emplean nombres comunes para identificar a las 
sustancias químicas de origen natural que descubren o las sintéticas que se 
producen en sus laboratorios. Los nombres comunes se universalizan gracias a su 
difusión en las publicaciones científicas de renombre y de divulgación internacional 
al mismo tiempo se genera el nombre más complejo que es el científico con reglas 
de nomenclatura establecidas desde 1892 por la Unión Internacional de Química 
Pura y Aplicada (IUPAC), este sistema relaciona nombre, estructura y 
configuración química. Dada la complejidad se utilizan normalmente en paralelo con 
los nombres comunes. 
 
Hace décadas con el propósito de evitar confusiones y aclarar las diferencias 
existentes en varios países, se presentó la necesidad de llegar a un sistema que 
fuese oficialmente reconocido en materia de utilización e imposición de nombres 
comunes en el área farmacéutica. Un factor de homogenización y de oficializaciónde los nombres comunes ó genéricos se dio a través de las farmacopeas que en 
sus monografías establecieron denominaciones específicas para las sustancias 
empleadas en las formulaciones y, también, a algunas fórmulas de medicamentos 
terminados. 
 
En 1954, la OMS inició un programa de establecimiento de Denominaciones 
Comunes Internacionales (DCI) para las sustancias químicas empleadas en 
medicina. Varios países establecieron programas y ahora existen nombres 
oficialmente reconocidos por diversas autoridades regulatorias, nombres adoptados 
por instituciones semi-oficiales y sinónimas reconocidas. Las denominaciones 
comunes internacionales reconocidas por la OMS han adquirido el status de 
nombres genéricos universalmente aceptados aunque subsisten algunas 
diferencias entre algunos países por razones legales o de costumbres. 
 13 
Hoy día prácticamente todos los países cuentan con una legislación y 
reglamentaciones que hacen responsable a los Ministerios de Salud o las agencias 
reguladoras de medicamentos la autorización para la elaboración, importación y 
comercialización de medicamentos ante la entrada a su país con la finalidad de 
garantizar que dicho medicamento garantice seguridad, eficacia y calidad. Para lo 
cual las autoridades solicitan la presentación de información sobre las 
investigaciones y trabajos de desarrollo que condujeron al diseño y elaboración de 
cada producto farmacéutico. (2) 
 
Cuando hablamos de medicamentos conocidos o medicamentos con fármacos 
conocidos considerados básicos, debido a su contenido poco tecnológico y por 
encontrarse su elaboración o comercialización, tanto técnica como legalmente en el 
dominio público y existe información suficiente los estudios previos de seguridad, 
eficacia e inocuidad, fueron realizados por los primeros fabricantes de las 
moléculas activas o medicamentos también se denominan genéricos. 
 
Estos medicamentos actualmente genéricos en su inicio fueron considerados 
Innovadores, es decir fue un medicamento con patente que al transcurrir el tiempo 
esta venció y pasó a ser del dominio público. 
 
En la mayoría de los países para obtener el registro sanitario de un medicamento 
como genérico son necesarias algunas pruebas, pero en México solo se habían 
exigido en el caso de los genéricos intercambiables [GI] por decisión voluntaria de 
los establecimientos, admitiendo implícitamente la existencia de dos clases de 
medicinas según su demostración de seguridad y eficacia: los que cuentan con la 
evidencia plena a través de investigación clínica o a través de las pruebas de 
intercambiabilidad y los que carecen de cualquier demostración. Actualmente 
existen aproximadamente cerca de 40 mil medicamentos registrados (en 
comercialización solo 7,000), únicamente 3,109 son GI (Septiembre 2005), por lo 
que se estima que más del 60 por ciento aún no cuenta con esta evidencia. (23) 
 14 
2.2 MEDICAMENTO INNOVADOR 
 
Las moléculas nuevas producidas en laboratorios son patentadas con la finalidad 
de proteger las inversiones debido a que la investigación realizada para su 
obtención tiene un costo elevado ya que únicamente una de cada 50,000 moléculas 
evaluadas entra al mercado para su consumo y todas las moléculas pasan por un 
largo proceso donde por orden se pueden indicar las siguientes etapas 
Fase Preclínica 
Fase Clínica 
Fase I 
Fase II 
Fase III 
Fase IV 
La fase Preclínica donde se realizan estudios farmacológicos, toxicológicos y 
farmacocinéticas en animales. 
Estudios de Fase I donde se establece el perfil dosis respuesta utilizando dosis 
iniciales en estudios de animales, perfil farmacocinética, dosis única y estado 
estacionario 
 
Los estudios de Fase II se realizan en pacientes con consentimiento informado, 
donde se le da un seguimiento continuo y cuidados intensivos donde el principal 
objetivo son definir las condiciones de uso, tipo de pacientes, severidad de la 
enfermedad, rango de dosis, régimen de dosificación, farmacocinética en pacientes 
enfermos, naturaleza y severidad de los efectos adversos en pacientes especiales. 
 
Estudios de Fase III son estudios que se realizan en poblaciones con pacientes 
especiales Niños, geriatría, etc., estas poblaciones son grandes (1500-3500) para 
reforzar la información de la fase I se evalúa en pacientes con daño hepático y 
daño renal, 
 
 15 
Los estudios Fase IV se realizan en cuando el medicamento ya se encuentra en el 
mercado; estos son estudios multicéntricos que documentan la eficacia y seguridad. 
 
Todos estos estudios tienen un alto costo por lo que estos fármacos son protegidos 
por un derecho de patente, que tiene la finalidad de que la inversión realizada por 
mucho tiempo (aprox. 10 años) sea redituable y así incentivar la investigación con 
el derecho de explotar la patente durante determinado numero de años, 
 
La molécula durante los estudios de Fase IV y el tiempo que dura la explotación de 
la patente se continua estudiando y recopilando mayor información lo que refuerza 
su seguridad y eficacia, así que dicha molécula se encuentra bien caracterizada y al 
vencer dicha patente otros laboratorios pueden fabricar medicamentos utilizando el 
mismo fármaco ó principio activo, estos medicamentos no requieren presentar 
nuevamente estudios de fase I, II y III que demuestran su seguridad y eficacia, aún 
cuando estos pueden variar en excipientes y proceso de fabricación. 
 
Estos medicamentos se consideran equivalentes farmacéuticos que son aquellos 
que contienen la misma molécula activa en la misma dosis y en la misma forma 
farmacéutica y cumplen con los estándares de calidad reconocidos nacional e 
internacionalmente ó en bibliografía científica de organismos de reconocido 
prestigio. (3) 
 
2.3 MEDICAMENTO GENÉRICO 
 
Estos medicamentos generalmente son, como lo habíamos mencionado 
anteriormente, aquellos que tienen mucho tiempo en le mercado y su eficacia, 
seguridad e inocuidad ya están plenamente demostrados, así como los 
medicamentos que recientemente han dejado de estar protegidos por una patente. 
En México nos guiamos en gran medida por los lineamientos del país que va a la 
vanguardia en legislación farmacéutica que en este caso son los Estados Unidos de 
América la cual cuenta con el organismo llamado por sus siglas en inglés FDA 
 16 
(Food Drug Adminstration) que es la Administración de Alimentos y Medicamentos 
la cual en su legislación aprobada en 1984 sobre la competencia de precios de 
medicamentos y de restauración o recuperación de los plazos de vigencia ha 
permitido la incorporación con mayor facilidad de las versiones de medicamentos 
genéricos de medicamentos protegidos por patentes, 
 
Para obtener la aprobación de un medicamento genérico por la FDA, Agencia 
Federal de Control de Medicamentos y alimentos, este debe ser un equivalente 
farmacéutico del medicamento original (innovador o producto original de la 
investigación) y debe emplearse en el tratamiento con las mismas indicaciones 
terapéuticas: Deben utilizarse las mismas recomendaciones en cuanto a su 
dosificación y respetarse las mismas características del rotulado y otros materiales 
impresos. Sus especificaciones de calidad (identidad, potencia, pureza y 
desempeño) y los procedimientos de fabricación deberán de realizarse en 
conformidad con los estándares y requisitos de Buenas Prácticas de Fabricación 
que se requieren para los productos innovadores. Pero el requerimiento más 
importante, que justifica la no exigencia de estudios preclínico y clínicos para los 
medicamentos genéricos, es el de su bioequivalencia con algún producto de 
referencia. (10) 
 
En los Estados Unidos se consideran medicamentos genéricos aquellos que se 
introducen en el mercado al término de la vigencia de la patente que protege a los 
productos innovadores: Sin embargo recientemente existe un fenómeno donde los 
medicamentos innovadoresson distribuidos por subsidiarias de las empresas 
farmacéuticas de investigación y estos son colocados en el mercado con licencias 
de sus casas matrices, antes del vencimiento de la patente y con ello aseguran un 
lugar en el mercado antes de la introducción de versiones genéricas producidas por 
un tercero, (2) a estos se les ha llamado “genérico de patente”. 
 17 
En México para el registro de un medicamento el fármaco ó principio activo no debe 
estar protegido por una patente o bien el laboratorio debe ser licenciatario. (5, 7) del 
titular de la patente. 
 
2.4 MERCADO GENÉRICO INTERNACIONAL 
 
En los Estados Unidos de Norteamérica, Canadá y en Europa Occidental, existe 
una visión estratégica para impulsar y consolidar el mercado de los genéricos: En 
estos países todos los genéricos son intercambiables y se hacen esfuerzos para 
explicitar los apoyos al consumidor, reduciendo los precios y promoviendo su 
utilización para complementar los programas de salud: El papel de los GI, fortalece 
el esfuerzo de las autoridades a fin de tratar de resolver los gastos derivados de 
proporcionar atención médica a la población, por lo menos en primer nivel. 
 
La penetración de los medicamentos Genéricos Intercambiables en los mercados 
latinoamericanos varía de manera muy importante para el año 2002, de acuerdo 
con las cifras reportadas por IMSH (Institute Marketing Services Healt) en América 
Latina se observa que la penetración adquiere relevancia por lo menos en países 
como Chile donde alcanzaba el 29.3%, en Colombia el 17.6%, en Venezuela el 
8.7% y la Republica Dominicana con 8.2%. 
 
2.5 MERCADO GENERICO NACIONAL 
 
Estos medicamentos de acuerdo a la Ley General de Salud son insumos de primer 
orden de la Salud, Debe garantizarse su seguridad, eficacia y su calidad 
terapéutica y el acceso equitativo de la población a los mismos y a sus beneficios, 
es decir, no solo se requiere contar con medicamentos seguros, eficaces y de 
calidad, si no que además lleguen a un menor costo a la comunidad que los 
necesita y los use racionalmente. 
 
“En el 2000 la industria farmacéutica mexicana tuvo ventas por cincuenta mil 
millones de pesos el 80% de las cuales se hicieron en el mercado privado y el 20% 
 18 
fueron venta al gobierno. El 72% de los medicamentos fueron producidos por 
empresas de capital extranjero, y 28 por compañías mexicanas. Sólo 15 %de estos 
fueron genéricos.” (1) 
 
A efecto de garantizar a la población la calidad de los medicamentos genéricos es 
importante que la autoridad sanitaria se comprometa con la estrecha vigilancia de 
los requisitos técnicos que deben cumplir estos productos y específicamente los 
estudios de biodisponibilidad y bioequivalencia, así como la realización de una 
extensa difusión de los resultados. Por ello, es de suma importancia seleccionar 
aquellos que realmente son esenciales para atender las principales patologías y ser 
la base terapéutica de la atención medica. 
 
2.6 MERCADO INTERNACIONAL DE GENÉRICOS Y MERCADO 
NACIONAL DE GENERICOS INTERCAMBIABLES 
 
La necesidad de bajar los costos en los tratamientos médicos en los últimos años 
como una medida de competitividad, ha dirigido la atención a los Genéricos 
Intercambiables y al papel que éstos pueden jugar en la disminución de gastos por 
los pacientes. 
 
En todos los países del mundo la entrada al mercado de los genéricos esta ligada a 
la extinción de la vida de una patente de un medicamento innovador: Se aprecia en 
diferentes estudios realizados que la venta de los Genéricos Intercambiables es 
mucho mayor en países ricos, que en los países pobres, esto es a pesar que en 
esos países la población tiene un ingreso per cápita lo que nos da un indicativo que 
es debido al nivel de información que le llega al usuario por un lado y por otra el 
grado de confianza y en los países pobres prefieren los medicamentos de marca 
mayor como sinónimo de confianza. 
 
Para 2007 se estima un mercado adicional de Genéricos Intercambiables, que 
puede llegar a los 82 mil millones de dólares en el mundo; la tasa de crecimiento de 
este segmento ha sido muy superior a la del mercado, en virtud de que un número 
 19 
muy importante de medicamentos, con altos índices de venta, perderán sus 
patentes y pasarán a engrosar las filas de los Genéricos Intercambiables. Esto 
significa que en cada país se presentarán oportunidades para que las empresas 
locales de fabricar las versiones genéricas de estos medicamentos. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 20 
 
3. MARCO REGULATORIO 
 
3.1 IMPORTANCIA DE LA REGULACIÓN SANITARIA 
 
En México la Institución reguladora de todos lo procesos y actividades relacionados 
con los medicamentos es la Secretaria de Salud, esta se fundamenta en La Ley 
General de Salud, Reglamento de Insumos para la Salud y Normas Oficiales 
aplicables cuya responsabilidad se inicia desde la observancia del origen y tipo de 
insumos requeridos, fabricación, almacenamiento, distribución, comercialización, 
prescripción, consumo, hasta el monitoreo permanente después del consumo. Con 
el firme propósito de que estos medicamentos se encuentren oportunamente en el 
mercado, sean eficaces, seguros y que coadyuven no solo al bienestar físico, si no 
a un bienestar social integral. 
 
3.2 ANTECEDENTES HISTÓRICOS 
 
En mayo de 1997 se reforma la Ley General de Salud con la finalidad de dar cabida 
a los medicamentos Genéricos Intercambiables, donde se incluye en el artículo 
376 el concepto de medicamento genérico. 
 
Posteriormente en Febrero de 1998 se expide el reglamento de Insumos para la 
Salud donde se empieza a regular más específicamente la posición de estos 
medicamentos en el mercado nacional, como una política de hacer más competitivo 
el mercado y de poner a disposición de la población medicamentos accesibles a la 
mayoría de la población. En sí la política de productos genéricos es el 
reconocimiento que estos medicamentos que contengan el mismo fármaco 
presenten diferencias mínimas en las prácticas clínicas, para esto se incluyó en el 
Titulo segundo un capitulo, el VII “Medicamentos Genéricos Intercambiables el cual 
consta de 9 artículos, 72, 73 74, 75, 76, 77, 78, 79 y 80: 
 
 
 21 
3.3 ARTÍCULOS DEL TÍTULO SEGUNDO, CAPÍTULO VII DEL 
REGLAMENTO DE INSUMOS PARA LA SALUD: (4) 
El artículo 72, nos hace referencia al artículo 376 bis, fracción I de la Ley, donde se 
hace referencia al que los medicamentos deberán poseer una autorización 
otorgada por la Secretaria de Salud la cual será única para cada medicamento y 
que el laboratorio titular sólo podrá ostentar un registro de un medicamento con el 
mismo principio activo, forma farmacéutica o formulación a menos que uno sea 
destinado exclusivamente al mercado de genéricos el cual requiere sea 
intercambiable. 
El artículo 73 nos indica que El Consejo de Salubridad General y la Secretaría de 
Salud, establecerá las pruebas correspondientes de acuerdo a diversos criterios 
farmacéuticos, científicos y clínicos, que se aplicarán de acuerdo a Normas, las 
cuales serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación . 
Para el artículo 74 le confiere a el Consejo de Salubridad General tiene la 
responsabilidad de elaborar y publicar el catalogo que contenga la relación de los 
Medicamentos Genéricos Intercambiables el cual se publicará periódicamente en 
el Diario Oficial de la Federación para mantenerla periódicamente actualizada. 
El artículo 75 nos indica claramente los requisitos que se deben cumplir para ser 
catalogado como un medicamento Genérico Intercambiable y habla de las 
Especialidades Farmacéuticas las cuales son medicamentos que son preparados 
con fórmulas autorizadas y sean preparada por la industria químico-farmacéutica, 
art. 224 los cuales son. 
I. Que los medicamentos cuenten con registro sanitario vigente; 
II. Que respecto del medicamento innovador o productode referencia, tengan la 
misma sustancia activa y forma farmacéutica, con igual concentración o potencia, 
utilicen la misma vía de administración y cuenten con especificaciones 
farmacopeicas iguales o comparables; 
 22 
III. Que cumplan con las pruebas determinadas por el Consejo de Salubridad 
General y la Secretaría; (7) 
IV. Que comprueben que sus perfiles de disolución o su biodisponibilidad u otros 
parámetros, según sea el caso, son equivalentes a los del medicamento innovador 
o producto de referencia, y 
V. Que estén incluidos en el Cuadro Básico de Insumos para el primer nivel y en el 
Catálogo de Insumos para el segundo y tercer nivel. (4) 
Los artículos 76, 78 y 79 se refieren al manejo y dispensación de medicamentos 
genéricos, manejo de los catálogos. 
Y por último los artículos 77 y 80 están estrechamente relacionados debido a que el 
Consejo de Salubridad General incentivara a los laboratorios a participar en el 
mercado de genéricos intercambiables previo cumplimiento del artículo 75. Dichas 
especialidades farmacéuticas incorporadas en el Catálogo de Medicamentos 
Genéricos Intercambiables incluirán en sus etiquetas la leyenda o sello autorizado 
al efecto por la Secretaría. 
3.4 TERCEROS AUTORIZADOS 
La ley establece en su art. 391-bis la entidad jurídica y administrativa del Tercero 
autorizado al cual se otorga una constancia ó certificado por parte de las 
autoridades sanitarias competentes donde se le autoriza a realizar determinadas 
actividades que coadyuven a la vigilancia y cumplimiento de las normas sanitarias y 
la información, comprobación de hechos o recomendaciones son suficientes para 
que la Secretaria de Salud pueda expedir certificados, autorizaciones o cualquier 
otro documento. Sin embargo para ser Tercero autorizado la autoridad sanitaria se 
asegurará de la capacidad técnica y la probidad de estos agentes. 
Las autorizaciones a las que hace referencia el párrafo anterior se publicarán en el 
Diario Oficial de la Federación y se indicaran expresamente las actividades para 
 23 
las cual se otorgo dicha autorización. Los dictámenes emitidos tendrán validez 
general en los casos y requisitos establecidos en la Ley de Metrología y 
Normalización, además de que son responsables solidarios con los titulares de las 
autorizaciones o certificados que se expidan con base a la información presentada, 
dictámenes y recomendaciones para el cumplimiento de disposiciones 
reglamentarias de la Ley, Reglamentos y Normas. 
3.4.1 REQUISITOS 
La ley prevé que la Secretaria deberá publicar periódicamente convocatorias para 
la autorización de terceros autorizados los cuales podrán ser personas físicas o 
morales, para lo cual la Secretaria cuenta con un Comité Técnico integrado por 
expertos en las áreas en evaluación este comité esta conformado por personas de 
los tres sectores autoridades gubernamentales, privadas y académicas los cuales 
tendrán que determinar mediante revisiones técnicas las solicitudes para el 
otorgamiento de las autorizaciones de terceros. 
En el Reglamento de Insumos para la Salud en el Titulo Séptimo, nos indica en su 
artículo 211 lo que se requiere para operar como tercero autorizado. Se requiere 
presentar una solicitud formal donde conste la capacidad legal del solicitante, 
demostrar que cuenta con la capacidad técnica, material, humana y financiera, así 
como instalaciones, equipo y tecnología para realizar la actividad solicitada. Contar 
con PNO´s (Procedimientos Normalizados de Operación) que contenga las 
instrucciones necesarias y claras de las actividades a realiza, presentar las 
propuestas de actividades a dictaminar y servicios que pretende prestar y lo más 
importante desde el punto de vista regulatorio: “No estar sujeto a influencia directa 
por algún fabricante, comerciante o persona moral mercantil de los proceso o 
productos a evaluar”. (4) 
Otros artículos que es importante mencionar sin omisiones por su importancia son 
los siguientes: 
 24 
“ARTÍCULO 212. Presentada la solicitud para la autorización de los terceros, la 
Secretaría procederá a realizar las visitas de verificación y, conjuntamente con el 
comité de evaluación a que se refiere el artículo 210 del presente Reglamento, 
realizará las evaluaciones que sean necesarias para dictaminar si se cumplen los 
requisitos a que se refiere el artículo anterior. 
En caso de no ser favorable el dictamen que emita la Secretaría, se otorgará un 
plazo de hasta ciento ochenta días naturales al solicitante para corregir las 
anomalías detectadas. Dicho plazo podrá prorrogarse por un período igual, por una 
sola ocasión, cuando el solicitante justifique la necesidad de ello. 
En caso de que el solicitante no corrija las anomalías detectadas en el plazo 
otorgado, se considerará abandonado el trámite y se tendrá por no presentada la 
solicitud. 
 
ARTÍCULO 213. Los Terceros Autorizados deberán: 
I. Ajustarse a la normatividad aplicable a los actos o hechos en que 
intervengan; 
II. Prestar sus servicios en condiciones no discriminatorias y observar las 
demás disposiciones en materia de competencia económica; 
III. Evitar la existencia de conflictos de interés que puedan afectar sus 
actuaciones y excusarse cuando existan; 
IV. Informar de manera inmediata a la Secretaría de cualquier irregularidad 
en su relación con los clientes, el desempeño de sus funciones o 
incumplimientos identificados en los procesos que evalúa; 
V. Proporcionar a la Secretaría informes sobre los dictámenes y 
recomendaciones técnicas que expida; 
VI. Informar periódicamente a la Secretaría sobre los servicios que preste; 
VII. Asistir a la Secretaría en casos de emergencia, y 
VIII. Permitir la verificación de sus actividades y facilitar a la Secretaría el 
libre acceso a sus instalaciones, así como proporcionar la información que le 
sea requerida. 
 25 
 
ARTÍCULO 214. El resultado de las pruebas que realicen los Terceros Autorizados 
se hará constar en un dictamen que será firmado, bajo su responsabilidad, por la 
persona facultada para hacerlo. Dichos dictámenes tendrán validez ante la 
Secretaría conforme a las funciones que le hayan sido autorizadas al tercero. 
 
ARTÍCULO 215. La Secretaría podrá, en cualquier tiempo, realizar visitas de 
verificación, para comprobar que las condiciones bajo las cuales se otorgó la 
autorización correspondiente son cumplidas por los Terceros Autorizados. 
 
ARTÍCULO 216. En caso de que las condiciones a que se refiere el artículo anterior 
no subsistan, o bien, no se cumpla con las disposiciones legales aplicables, la 
Secretaría prevendrá al interesado para que subsane las anomalías encontradas y 
le otorgará un plazo de hasta ciento ochenta días para corregirlas. Cuando implique 
riesgo para la salud podrá suspender temporalmente las actividades afectadas. 
La falta de cumplimiento de las correcciones señaladas por la Secretaría, serán 
causa de suspensión de la autorización otorgada, y la Secretaría le concederá un 
nuevo plazo de noventa días para corregir las irregularidades. En caso de que no 
se cumpla con lo indicado por la Secretaría dentro de este último plazo, se revocará 
la autorización. 
 
ARTÍCULO 217. La Secretaría publicará periódicamente en el Diario Oficial de la 
Federación la relación de los Terceros Autorizados, así como las suspensiones y 
revocaciones. 
3.5 TERCEROS AUTORIZADOS Y GENÉRICOS INTERCAMBIABLE S 
Con base en el artículo 73 donde el Consejo de Salubridad General y la Secretaría 
de Salud, establecerá las pruebas correspondientes de acuerdo a diversos criterios 
farmacéuticos, científicos y clínicos, que se aplicarán de acuerdo a Normas las 
cuales serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación .” (3,7) la Secretaria 
 26 
de Salud se auxilia de Terceros autorizados y la persona autorizada por la 
Secretaria de Salud para emitir dictámenes respecto del cumplimiento de los 
requisitosestablecidos por la misma secretaria ó en las Normas correspondientes 
para realizar estudios para efectos de trámites ó autorizaciones Sanitarias. Los 
cuales pueden ser nacionales o extranjeros, de capital privado o público, las 
primeras son de particulares y las segundas generalmente son universidades ó 
Instituciones públicas. 
Estas entidades se encargan de realizar las pruebas correspondientes a los 
medicamentos que se quieran incorporar al Catalogo de medicamentos Genéricos 
Intercambiables para lo cual se ha emitido la Norma Oficial Mexicana NOM-177-
SSA1-1998, Que establece las pruebas y procedimient os para demostrar que 
un medicamento es intercambiable. Requisitos a que deben sujetarse los 
terceros autorizados que realicen las pruebas. Este documento es de 
observancia obligatoria en México y “establece los requisitos y criterios que se 
deben observarse en la realización de las pruebas para demostrar la 
intercambiabilidad de los medicamentos genéricos, así como los requisitos a que se 
deben sujetar los establecimientos que lleven a cabo dichas pruebas”. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 27 
4. PROCESO PARA REGISTRAR UN MEDICAMENTO 
GENÉRICO INTERCAMBIABLE (G.I.) 
 
4.1 FUNCIONES DEL CONSEJO DE SALUBRIDAD NACIONAL 
Una de las responsabilidades de la Secretaria de Salud en el Sistema Nacional de 
Salud es la promoción de medicamentos que garanticen que el medicamento 
cumple con una serie de normas previas durante su fabricación, la seguridad en su 
empleo, eficacia terapéutica y accesibilidad del usuario mediante un abasto en 
cantidad suficiente y a un precio razonable. 
 
Las autoridades sanitarias son en este orden: 
1. El presidente de la Republica. 
2. Consejo de Salubridad General. 
3. Secretaria de salud. 
4. Los gobiernos de las entidades federativas incluyendo el del departamento del 
 Distrito Federal. (5) 
 
El Consejo de Salubridad General tiene como finalidad dictar medidas que 
contribuyan al bienestar de la población, adicionar las listas de establecimientos 
destinados al proceso de medicamentos y las de enfermedades trasmisibles 
prioritarias y no trasmisibles más frecuentes y participa en coordinación con la 
Secretaria de Salud en instrumentación de las acciones las acciones de prevención 
y control de enfermedades, así como de vigilancia epidemiológica. 
Así que cuando existe un riesgo de que determinada enfermedad se incrementa en 
su número de casos se deben tomar las medidas necesarias para disminuirlas y 
llevar a cabo programas que en materia de salubridad les competan. 
 
4.2 RELACION DE MEDICAMENTOS SUCEPTIBLES DE SER 
INCOPORADOS AL MERCADO DE GENERICOS INTERCAMBIABLES 
 
Uno de esos programas es el de los Genéricos Intercambiables, para lo cual en las 
reuniones periódicas fundamentados el artículo 74 del Reglamento de Insumos 
para la Salud el cual dice “El Consejo de Salubridad General elaborará y publicara 
 28 
en el Diario Oficial de la Federación un catalogo que contenga la relación de los 
Medicamentos Genéricos intercambiables el cual mantendrá permanente 
actualizado” (4) 
 
De esta manera tomando en consideración los riesgos sanitarios que se presentan 
al incrementarse el número de casos de determinada enfermedad o el precio 
inaccesible a ciertos medicamentos entre otros factores el Consejo publica la 
incorporación de determinado medicamento a un listado donde determinada 
especialidad farmacéutica es susceptible de ser genérico Intercambiable y es 
publicado en el DOF, como se mencionó anteriormente. 
 
Este medicamento ó Especialidad farmacéutica se publica en el listado denominado 
“RELACION DE ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS SUCEPTIBLES DE 
INCORPORARSE AL CATALOGO DE MEDICAMENTOS GENERICOS 
INTERCAMBIABLES, SE DETERMINAN LAS PRUEBAS QUE DEBERAN 
APLICARSELES Y SEÑALA EL PRODUCTO INNOVADOR Y DE REFERENCIA” 
que aparece en la dirección Web de la Secretaria de Salud. (1,7) 
 
4.3. TERCEROS AUTORIZADOS 
 
Una vez publicado en el Diario Oficial de la Federación y en la relación anterior el 
laboratorio titular procederá a realizar un convenio con el tercero autorizado para 
realizar el tipo de prueba correspondiente indicada. (8,9) 
Una vez terminada la evaluación por el tercero autorizado, si la prueba cumple con 
la normatividad, el laboratorio titular del registro podrá solicitar la autorización 
correspondiente. (Fig. 1) 
 
Las etiquetas de los medicamentos Genéricos Intercambiables esta normado por la 
NOM-072-SSA1-1993 Etiquetado de medicamentos en su numeral numero 9 y las 
características principales del medicamento que se encuentra en el Catálogo de 
Medicamentos Genéricos Intercambiables son: que deberán llevar forzosamente 
ostentar el símbolo: 
 29 
 
 
 
 
 
Y la denominación genérica del producto. (6) 
 
 
DIAGRAMA DE FLUJO DE LA INCORPORACION DE UN GENERIC O INTERCAMBIABLE 
 
 
 
Fig. 1 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
GI 
PROBLEMA DE SALUD 
CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL 
EVALUA EL 
MEDICAMENTO 
TIPO DE PRUEBA 
E INNOVADOR 
 
RELACION DE ESPECIALIDADES 
FARMACEUTICAS SUCEPTIBLES DE 
INCORPORARSE AL CATALOGO DE 
MEDICAMENTOS GENERICOS 
INTERCAMBIABLES 
LISTA DE GENERICOS 
INTERCAMBIABLES 
MEDICAMENTO X CON MISMO FARMACO 
EVALUACION POR TERCERO AUTORIZADO 
CUMPLE SE SOLICTA 
AUTORIZACIÓN 
 30 
5. PRUEBAS PARA QUE UN MEDICAMENTO PUEDA SER 
INCORPORADO AL CATALOGO DE MEDICAMENTOS 
GENÉRICOS INTERCAMBIABLES 
 
Para realizar las pruebas correspondientes de acuerdo a la Relación de 
Especialidades Farmacéuticas Susceptibles de incorporarse al Catalogo de 
Medicamentos Genéricos Intercambiables, (7) se tiene que tratar de un 
medicamento equivalente al innovador es decir: 
Se debe realizar en medicamento que cumplan los siguientes requisitos: 
 -Especialidad farmacéutica con el mismo fármaco o sustancia activa. 
-Con la misma forma farmacéutica. 
-Con igual concentración ó potencia. 
-La misma vía de administración. 
-Con mismas especificaciones farmacopeicas iguales o comparables. 
Al cumplir con estas indicaciones las pruebas realizadas en los medicamentos se 
eliminan muchas variables que afectan las pruebas quedando únicamente el 
tamaño de las partículas cristalinas de los fármacos, el tipo y cantidad del contenido 
de los aditivos y los inherentes al proceso de fabricación. 
5.1 SOLUBILIDAD Y DISOLUCIÓN 
 
Es el proceso mediante el cual el fármaco es liberado de la forma farmacéutica y se 
disuelve en el medio, este proceso se cuantifica como velocidad de disolución que 
es la cantidad de fármaco que se disuelve por unidad de tiempo bajo condiciones 
estandarizadas de interfase sólido-líquido, temperatura y composición del solvente. 
 
Las propiedades del disolvente determinan la solubilidad y velocidad de disolución y 
consecuentemente la liberación del fármaco para posteriormente ser absorbido, por 
lo que la interfase donde interactúan el sólido (fármaco) y el líquido (medio) es muy 
importante ya que es ahí donde interactúan procesos fisicoquímicos como difusión, 
saturación y solubilidad. En este caso en fármacos de alta hidrosolubilidad la 
disolución suficientemente rápida facilita una absorción también rápida, mientras 
 31 
que si la solubilidad es escasa es importante considerar los factores que como el 
tiempo y el transporte a la zona de absorción para evaluar la absorción. 
 
La USP (The United States Pharmacopeia) (25) presenta una tabla que clasifica la 
solubilidad del los fármacos y se presenta a continuación: (Tabla 1) 
 
DEFINICION DE 
SOLUBILIDAD 
ABREVIATURA PARTES DE SOLVENTE 
REQUERIDAS PARA UN 
PARTE DE SOLUTO 
INTERVALO DE 
SOLUBILIDAD 
(mg/mL) 
SOLUBILIDAD 
ASIGNADA 
(mg/mL) 
MUY SOLUBLE vs <1 ≥ 1000 1000 
LIBREMENTE 
SOLUBLE 
fs De 1 a 10 100 - 1000 100 
SOLUBLE s De 10 a 30 33 - 100 33 
DISPONIBLMENTE 
SOLUBLE 
sps De 30 a 100 10 – 33 10 
LIGERAMENTE 
SOLUBLE 
ss De 100 a 1000 1 -10 1 
MUY LIGERAMENTE 
SOLUBLE 
vss De 1000 a10000 0.1 – 1 0.1 
PRACTICAMENTEINSOLUBLE 
pi ≥ 10000 < 0.1 0.01 
Tabla 1 Sistema de clasificación de la solubilidad 
 
 
5.1.1 Velocidad de disolución 
La velocidad de disolución es un parámetro crítico para la mayor parte de las 
formas farmacéutica sólidas, ya que impacta en la cantidad absorbida y por tanto 
en la seguridad y eficacia del medicamento, es una propiedad multifactorial que 
involucra la toda materia química sus propiedades físicas y químicas, los procesos 
de fabricación, empaque, almacenamiento e idiosincrasia del paciente. 
 
En este caso nos vamos a referir a los factores que influyen directamente en la 
solubilidad y la velocidad de disolución y consecuentemente la absorción de los 
fármacos y para su mejor apreciación recurriremos a las ecuaciones desarrolladas 
por Noyes-Whithney y Nerst-Bruner: 
 
A) Ecuación desarrollada por Noyes y Whithney : 
 
 ( )CtCsKA
dt
dc −∗= Donde: 
Dc/dt = Velocidad de disolución del fármaco. 
 32 
K = Constante de la velocidad de disolución. 
A = Superficie de intercambio entre el fármaco no disuelto y el disolvente.* 
Cs = Concentración del fármaco en la capa del disolvente que rodea al fármaco. 
Ct = Concentración del fármaco disuelto a tiempo t en el volumen total del 
 disolvente. 
 
 
b) Ecuación desarrollada por Nerst y Bruner donde se incorpora la 1ª Ley de Fick: 
 
( )CCs
h
DA
dt
dW −∗= Donde: 
 
dW/dt = Velocidad de disolución del fármaco. 
W = Masa de fármaco disuelto en cualquier instante. 
A = Superficie de intercambio entre el fármaco no disuelto y el disolvente.* 
D = Coeficiente de difusión del fármaco disuelto en el disolvente que varia 
 según la temperatura y la velocidad de agitación. 
Cs = Concentración del fármaco a saturación (límite de solubilidad en la capa 
 estacionaria del disolvente, de espesor h, que está en contacto con cada 
 partícula sólida). 
C = Concentración de fármaco disuelto a tiempo t en el volumen total del 
 disolvente. 
H = Espesor de la capa del disolvente. 
 
“En las dos ecuaciones anteriores se observa la influencia de la diferencia entre Cs 
y C sobre la velocidad de la disolución. En la ecuación de Nerst y Bruner la 
disolución se realiza a través de una capa de difusión. Esta ecuación muestra que 
el fármaco se disuelve instantáneamente en una capa delgada de disolvente 
situada alrededor de la partícula, hasta la obtención de una solución saturada. En 
ese estado, el fármaco no se puede disolver más mientras que una fracción de 
fármaco disuelto no haya salido de esta capa por difusión al ambiente líquido. 
La difusión permite la continuidad de la disolución y puede tener un lugar siempre y 
cuando no este saturado en el medio líquido, lo cual se verifica si existe absorción 
 33 
de fármaco a través de la membrana de células absorbentes que se encuentren en 
contacto con el medio líquido. La absorción del fármaco está limitada por su 
velocidad de difusión en el medio y en la membrana. Sin embargo, se debe señalar 
que alrededor de los cristales se puede establecer una película que provoque un 
retardo de la difusión.” (Teoría de la fase estacionaria) 
 
Tomando en consideración un primer paso que se presenta a nivel de la interfase 
sólido-líquido y tomando en cuenta que el sólido se disuelve muy rápido nos lleva a 
la formación de una capa saturada alrededor del cristal (capa estacionaria). 
 
5.2 PERMEABILIDAD 
Es la transferencia de la molécula del fármaco a través de la membrana que 
recubre el tracto gastrointestinal hacia la circulación sistémica. 
Esta determina la velocidad de transporte del fármaco a través de la membrana 
intestinal, 
es un valor determinado por medio de diferentes métodos entre los cuales se tiene 
(Tabla 2) 
 
METODOS VENTAJAS DESVENTAJAS 
IN VITRO 
MEMBRANAS 
ARTIFICIALES 
Determinación de 
permeabilidad pasiva permite 
screening rápido 
Baja IVIVIC y subestima el 
transporte activo. 
TEJIDOS ANIMALES Tejidos que pueden ser de 
origen humano. 
Útiles en screening 
Permeabilidad pasiva y activa 
Mejor IVIVIC por viabilidad 
del tejido y es difícil de 
mantener. 
No existe flujo sanguíneo. 
TEJIDOS AISLADOS Mejor IVIVIC al utilizar 
extensas partes del 
organismo 
Falta de circulación normal 
afecta el transporte activo. 
CULTIVOS CELULARES Mejor correlación con 
experimentos in-vivo 
Es difícil comparar los 
resultados entre laboratorios. 
Transportadores activos. 
IN VIVO (IN- SITU) 
METODOS DE PERFUSIÓN Circulación sanguínea y 
linfática intacta 
EN ANIMALES Y 
 HUMANOS VIVOS 
Condiciones que permiten 
una mejor correlación en 
humanos 
Experimentos lentos y caros. 
Dependen de las diferencias 
individuales. 
Tabla 2. Métodos para determinar la permeabilidad, ventajas y desventajas. 
(IVIVIC= Correlación in vitro in vivo) 
 34 
5.2.1 FACTORES DEL FÁRMACO 
a) Propiedades fisicoquímicas del fármaco: 
b) Tamaño de partícula 
c) Estructura cristalina 
d) Grado de hidratación del cristal 
e) Coeficiente de partición 
f) pKa. 
g) Tipo de sal o éster. 
h) Polimorfismo: se refleja diferentes propiedades fisicoquímicas como 
solubilidad, dureza, densidad y compresión. Es importante considerar 
que generalmente el polimorfo más estable presenta una menor 
velocidad de disolución que los polimorfos metaestables. 
 
5.2.2 FACTORES FISIOLÓGICOS: 
a) Variaciones de poder absorción en el tracto gastrointestinal 
b) Variaciones del pH en fluidos gástricos. 
c) Velocidad de vaciamiento gástrico. 
d) Velocidad de motilidad intestinal. 
e) Perfusión del tracto gastrointestinal 
f) Metabolismo pre sistémico del primer paso. 
h) Edad, sexo y peso, 
i) Estados de enfermedad. 
 
5.2.3 IMPLICACIONES DE LA BAJA PERMEABILIDAD: 
 a) Absorción incompleta. 
 b) Se requiere una disolución rápida y completa. 
c) Requiere modificar la liberación. 
d) Posibilidad de una ventana de absorción. 
e) Posibilidad de liberación retardada si es saturable. 
f) Puede existir un fenómeno de transporte. 
 35 
 
5.3 CLASIFICACIÓN BIOFARMACÉUTICA 
 
Para poder entender el concepto de clasificación biofarmacéutica tenemos que 
revisar nuevamente el comportamiento del medicamento y del fármaco. (fig. 2) 
 
 
 
Fig. 2 
 
5.3.1 DISOLUCIÓN DE LOS FÁRMACOS EN EL SITIO DE ABS ORCIÓN 
Transferencia de la molécula del fármaco a través de la membrana que recubre el 
tracto gastrointestinal hacia la circulación sistémica. 
 
De esta forma se considera la absorción que es el paso del fármaco del lumen 
intestinal hasta el tejido intestinal (Fa), donde el fármaco se encuentra en una 
concentración (Co) pasa por una membrana hasta el interior del tejido en una 
concentración (Ci) y donde se consideran otros factores los cuales son el área 
superficial (A), el espesor de la membrana (h) y la distancia de difusión. (fig. 3) 
 
 
FARMACO EN EL ORGANISMO 
ELIMINACION 
 
 
LIBERACION 
ABSORCION 
 
DISTRIBUCION 
SITIO DE ACCION RESPUESTA 
SOLUBILIDAD 
PERMEABILIDAD 
VELOCIDAD DE 
DISOLUCION 
METABOLISMO 
 36 
ABSORCIÓN DE UN FARMACO 
CONCENTRACION 
EXTERIOR
(Co)
MEMBRANA 
CONCENTRACION
INTERIOR
(Ci)
Area (A)
Espesor de
la membrana
(h)
Distancia de 
Difusión
(x)
Dirección inicial
del flujo del fármaco
en el sitio de acción
 
Fig. 3 
J = P A (Co – Ci ) 
Donde: 
J = Flujo (Cantidad por tiempo) 
P = Coeficiente de Permeabilidad 
Co= Concentración exterior 
Ci = Concentración interior 
A = Área superficial 
 
5.3.2 TABLA DEL SISTEMA DE CLASIFICACION BIOFARMACE UTICA. 
 
Así tenemos que para fármacos que son administrados de forma oral los 
parámetros que controlan la cantidad de fármaco que se absorbe es la solubilidad y 
disolución junto con la permeabilidad estos dos parámetros (30) que se encuentran 
multifactorialmente afectados se han considerado para caracterizar el Sistema de 
Clasificación Biofarmacéutica que por sus siglas eningles es (BCS) “The 
Biopharmaceutics Calssification System”, Es un marco científico para clasificar 
drogas basado en la solubilidad en agua y la permeabilidad intestinal para poder 
determinar cuál es el estudio de bioequivalencia aplicable. 
Al respecto, la FDA publicó en agosto de 2000 el documento " Dispensa de 
estudios de biodisponibilidad y bioequivalencia in vivo para formas orales sólidas de 
liberación inmediata". Las dispensas o excepciones se basan en la "Clasificación 
 37 
biofarmacéutica" que estratifica los principios activos en cuatro categorías, de 
acuerdo a la solubilidad y permeabilidad (absorción): (tabla 3) 
CLASE SOLUBILIDAD PERMEABILIDAD CARACTERISTICAS 
I ALTA ALTA Cuando la velocidad de disolución es 
mayor que el vaciamiento gástrico, la 
disolución no será el paso limitante. 
II BAJA ALTA La disolución es el paso limitante. En la 
correlación in vivo-in vitro. 
Factores importantes que afectan la 
correlación. 
III ALTA BAJA La disolución no es el paso limitante. 
Existe la necesidad de establecer por que 
la absorción es incompleta. 
IV BAJA BAJA Generalmente fármacos con problemas. 
La disolución in Vitro no es indicador de 
la absorción. 
 Tabla. 3 
 
Estos estudios proporcionan las bases para exentar de los estudios de 
biodisponibilidad/bioequivalencia. 
En este documento se establece que la demostración de bioequivalencia puede no 
ser necesaria para medicamentos que contienen principios activos comprendidos 
en la clase 1 (alta solubilidad y alta permeabilidad). 
Además, existe una línea de investigación abierta en Estados Unidos y Europa, que 
clasifica los principios activos en determinadas categorías de solubilidad y 
permeabilidad con el propósito de evitar la realización de estudios de 
bioequivalencia con algunos de ellos cuando se presenten en formulaciones orales 
sólidas, sustituyendo dicha evaluación por ensayos in vitro. 
5.3.3 CORRELACION IN VITRO –IN VIVO 
 
Esto sucede a partir de 1988, se publica en el foro farmacopeico la correlación in 
vivo-in vitro (VIVIC), con las clasificaciones A, B y C, y en 1990 se publican en la 
USP técnicas para correlaciones A, B y C y los métodos para establecer 
especificaciones de disolución. 
En 1997 la FDA emite una guía en donde establece los diferentes niveles de 
correlación in vitro-in vivo la forma de evaluar su predictibilidad y las aplicaciones 
que se pueden realizar. 
 38 
5.3.3.1 CORRELACION IN VITRO –IN VIVO A 
Se establece una relación punto a punto entre la fracción del fármaco absorbido y la 
fracción del fármaco disuelto. 
 
5.3.3.2 CORRELACION IN VITRO –IN VIVO B 
El promedio de tiempo de la disolución in Vitro se relaciona con el tiempo promedio 
de residencia in vivo. 
 
5.3.3.3 CORRELACION IN VITRO –IN VIVO C 
Relaciona un parámetro de disolución con un parámetro farmacocinético. 
 
5.4 PRUEBA TIPO A 
Son los medicamentos que no presentan problemas de biodisponibilidad y de 
bioequivalencia, es decir su Bioequivalencia es evidente: Son aquellos 
medicamentos que no modifican los parámetros farmacocinéticos como las solución 
es acuosas de uso parenteral, soluciones orales, gases, tópicos de uso no 
sistémico, medicamento para inhalación en sistemas acuosos y en suspensión, 
donde estos últimos demuestren que el tamaño de partícula es igual al innovador, 
los medicamentos de este tipo aunque posean algunas variantes de formulación no 
presentan diferencias discernibles de comportamiento terapéutico. Se emplean 
para su aprobación pruebas de rutina que se realizan normalmente en los 
laboratorios con las referencias farmacopeicas reconocidas o información de otras 
fuentes que permitan determinar la cantidad y calidad del fármaco presente en la 
forma farmacéutica. 
 
5.5 PRUEBA TIPO B 
De acuerdo a la regulación esta prueba debe realizarse a todas las formas 
farmacéuticas sólidas que son administradas por vía oral, con excepción de los 
incluidos en las pruebas de biodisponibilidad prueba C. Esta prueba consiste en 
realización de Perfiles de disolución, esta prueba es una prueba in Vitro evalúa la 
 39 
exposición del fármaco en un medio controlado, sin embargo se tiene conocimiento 
de que los excipientes y procesos modifican dichos perfiles de disolución. 
Sin embargo dice la regulación “ Podrán exentar las pruebas de bioequivalencia 
aquellos fármacos que, sin estar incluidos en cualquiera de los supuestos 
anteriores, demuestren experimentalmente o mediante el empleo de equivalencia 
publicada en fuentes indexadas, que tienen una alta solubilidad” (7) , en este caso 
deberán realizar la prueba de perfil de disolución en tres diferentes pH (1, 4.5 y 6.8) 
y deberán ser similares al innovador de otra manera deberán realizar la prueba de 
bioequivalencia. 
 
5.6 PRUEBA TIPO C 
Para determinar que medicamento deberá ser sometido a pruebas de 
bioequivalencia se seguirán los siguientes criterios: 
 
5.6.1 CRITERIO 1: FORMA FARMACÉUTICA 
a. Todas las formas farmacéuticas orales de liberación inmediata 
b. Todas las formas farmacéuticas de liberación modificada 
c. Todas las formas farmacéuticas no orales de acción sistemática (réctales, 
vaginales, transdérmicas) 
d. Formas farmacéuticas en suspensión y emulsión 
e. Formas farmacéuticas con combinación de activos 
 
5.6.2 CRITERIO 2: MARGEN TERAPÉUTICO ESTRECHO 
Deben ser considerados todos aquellos medicamentos en los que la relación entre 
su concentración terapéutica y su concentración tóxica sea muy cercana, así como 
todos aquellos medicamentos que presenten efectos tóxicos a sus concentraciones 
terapéuticas. 
 
5.6.3 CRITERIO 3: GRUPO TERAPÉUTICO 
Todos aquellos medicamentos que pertenezcan a los siguientes grupos 
terapéuticos debido a la necesidad de mantener concentraciones plasmáticas 
estables y ser utilizados para el tratamiento de padecimientos graves: 
 40 
1. antibióticos 
2. Hormonales 
3. Antineoplásicos 
4. Cardiotónicos 
5. Antiepilépticos 
6. Inmunosupresores 
7. Virostáticos 
8. Hipoglucemiantes 
 
5.6.4 CRITERIO 4: FARMACOCINÉTICO 
i. Medicamentos con farmacocinética no lineal 
ii. Medicamentos con baja absorción conocida 
iii. Medicamentos que presentan un alto metabolismo de primer paso (mayor de 
70%) 
iv. Medicamentos con vías metabólicas combinadas 
v. Medicamentos sin información sobre su farmacocinética 
 
5.6.5 CRITERIO 5: FISICOQUÍMICO 
i. Fármacos con baja solubilidad 
ii. Fármacos con polimorfismo 
iii. Fármacos altamente inestables 
Todos los fármacos que se encuentren en cualquiera de los supuestos anteriores 
deberán presentar para su inclusión en el Catálogo de Medicamentos Genéricos 
Intercambiables una prueba de bioequivalencia. (7) 
 
5.7 BIOEQUIVALENCIA 
 
Para entender la bioequivalencia es necesario introducirnos a algunos conceptos 
de farmacología que son la base de para poder explicar los datos, cual es el fluido 
biológico que se elige para realizar el análisis y donde se originan los modelos 
farmacocinéticos. 
 41 
Farmacología del Medicamento. 
El fármaco se puede definir de forma coloquial como una sustancia química que es 
capaz de afectar el protoplasma viviente (producir un efecto), sin embargo la 
definición legal es: 
“Toda sustancia natural, sintética o biotecnológica que tenga una actividad 
farmacológica y que se identifique por sus propiedades físicas, químicas ó acciones 
biológicas, que no se presente en forma farmacéutica y que reúna condiciones para 
ser empleada como medicamento ó ingrediente de un medicamento”. (6) 
Para conocer la actividad farmacológica nos basamos en la farmacología y su 
estudio es muy amplio y comprende el conocimiento del fármaco, propiedades 
fisicoquímicas, acciones fisiológicas, absorción destino, excreción, así como los 
usos terapéuticos del mismo, por lo que se ha dividido en varias ramas como son: 
-Farmacodinamia. 
-Farmacocinética. 
-Fármaco genética. 
-Farmacogenómica. 
-Farmacologíamolécular. 
-Farmacovigilancia. 
-Farmacoeconomia. 
-Farmoquímica. 
-Otras afines. 
Todas estas ramas son herramientas que se emplean para el estudio de la 
farmacología y se apoyan en las ciencias básicas como son la física, química, 
biología, matemáticas, bioquímica y fisiología. Sin embargo la farmacodinamia y la 
farmacocinética son las más importantes por que son las que se emplean 
regularmente para los estudios de biodisponibilidad, 
Mecanismo de Acción: 
La farmacodinamia se define como el estudio de los efectos bioquímicos y 
fisiológicos de los fármacos y sus mecanismos de acción. 
 42 
El objetivo del análisis de la acción de los fármacos es establecer las interacciones 
físicas o químicas entre el fármaco y la célula blanco y determinar los procesos 
involucrados en la producción del efecto. 
Cuando se realiza el análisis en forma profesional y exhaustiva de los 
mecanismos de acción de los fármacos permiten diseñar esquemas seguimiento 
más racionales, la evaluación de los efectos que produce el fármaco son el 
resultado de la interacción con los componentes macromoleculares del organismo, 
estas interacciones alteran las funciones de componentes pertinentes y 
desencadenan cambios bioquímicos y fisiológicos que son característicos de la 
respuesta del fármaco. 
Se le llama receptor al componente del organismo con el que se presume que el 
agente químico interactúa y al interactuar con el fármaco con el receptor se puede 
alterar la velocidad a la cual sucede una función lo que nos indica que los fármacos 
no crean los efectos si no que modulan las funciones intrínsecas del organismo. 
Todo este análisis y evaluación nos da las bases para la realización del estudio y 
conocer las posibles variables que pueden afectar el estudio. 
 
Farmacocinética: 
Estudia el curso temporal de las concentraciones de fármaco y/o metabolitos, en 
fluidos y tejidos o excreciones biológicas y se encarga de elaborar modelos 
matemáticos para explicar los datos, implica el estudio del fármaco a partir de su 
administración hasta su eliminación del organismo, consta de 4 etapas generales 
que son la absorción, distribución, metabolismo y excreción. (Fig. 4) 
 
La absorción de los fármacos es el paso desde su sitio de administración que 
puede ser Gastrointestinal, Percutánea, Subcutánea, Intramuscular, Ocular 
Sublingual, etc., a la circulación sistémica, dependiendo de la vía de administración 
empleada serán las barreras a las que se enfrentará el fármaco para alcanzar la 
circulación. 
 43 
Por ejemplo podemos mencionar las variaciones de pH en el sistema 
gastrointestinal para un fármaco por vía oral y su absorción es en duodeno. 
Distribución de los fármacos, una vez que el fármaco es absorbido tiende a unirse 
a proteínas plasmáticas, entonces la medida de distribución de los fármacos es el 
volumen de distribución y depende de la unión a proteínas plasmáticas, el 
coeficiente de partición lípido-agua y la unión del fármaco a los tejidos. 
Ahora es importante revisar el punto de vista toxicológico en la distribución de los 
fármacos por que en gran medida los efectos adversos pueden estar condicionados 
a dicha distribución. 
Por ejemplo, los órganofosforados que se acumulan en el tejido graso. 
 
Metabolismo: El metabolismo de los fármacos se define como una serie de 
reacciones químicas que hacen que el fármaco se convierta en una u otras 
sustancias, en general, las reacciones metabólicas convierten al fármaco en 
sustancias mas fácilmente excretables y con menor actividad biológica, mas esto 
no es la regla tenemos el ejemplo del Parathión que se metaboliza en paraoxón 
aún más toxico. 
Las reacciones del metabolismo se clasifican en dos tipos: reacciones de fase I y 
reacciones de fase II. 
Las reacciones de fase I son la oxidación, hidrólisis y la reducción, la más común 
de estas es la oxidación. 
Las reacciones de fase II incluyen las conjugaciones por ejemplo la glicina con el 
ácido acetil salicílico. 
Si bien se ha dicho clásicamente que el metabolismo de los fármacos se lleva a 
cabo en el hígado en los últimos años se ha demostrado la participación de 
diversos órganos en el metabolismo de los fármacos, como puede ser el riñón, 
intestino, pulmón, piel, endotelio vascular, placenta entre otros, 
La manera cuantitativa de establecer la magnitud del metabolismo es a través de la 
depuración hepática. La depuración o aclaración se define como el volumen de 
sangre que se limpia de fármaco por unidad de tiempo. 
 44 
Excreción: La principal vía de excreción de los fármacos y sus productos de 
degradación ó metabolitos se realiza por la vía renal, la excreción renal es un 
proceso complejo que involucra la filtración glomerular, la secreción tubular activa y 
la reabsorción pasiva y dependiendo de cual de estos proceso domine, será el 
balance neto de la excreción del fármaco por esta vía. Un parámetro cuantitativo 
que nos permite establecer la magnitud de la excreción de un fármaco es la 
depuración renal, al igual que la depuración hepática a este término se le define 
como el volumen de sangre que se limpia por unidad de tiempo, por ejemplo la 
depuración de creatinina, este parámetro nos sirve como diagnóstico de la 
depuración renal. Sin embargo hay que considerar en los estudios de 
biodisponibilidad la depuración por otras vías, biliar, pulmonar, salivar. 
 
Fig. 4 
 
5.8 BIODISPONIBILIDAD 
 
La biodisponibilidad se define como: “La velocidad y el grado en que el ingrediente 
activo o la entidad activa es absorbido a partir de la forma farmacéutica y se vuelve 
FARMACOCINETICA 
FARMACO EN LA 
FORMA FARMACEUTICA 
PARTICULAS DE FARMACO 
 EN LOS LIQUIDOS 
 CORPORALES 
FARMACO EN 
SOLUCION 
HIGADO 
COMPARTIMIENTO 
PERIFERICO 
 
(TEJIDOS) 
COMPARTIMENTO 
 CENTRAL 
 
 LIBRE 
 
 
UNIDO A PROTEINAS 
BIOFASE 
LIBERACION 
DISOLUCION 
EFECTO 
FARMACOLOGICO 
ABSORCION METABOLISMO 
 
EXCRECION REABSORCION 
 45 
disponible en el sitio de acción”. Para medicamentos que contienen ingredientes 
activos que no se absorben en la circulación sistémica, la biodisponibilidad se 
evalúa por medio de mediciones orientadas a reflejar la velocidad y el grado a los 
cuales el ingrediente activo o la entidad activa se vuelve disponible en el sitio de 
acción. 
 
Eso desde el punto de vista de la tecnología farmacéutica nos lleva a poder definir 
dos conceptos directamente relacionados a la Biodisponibilidad: 
 
a) Las características del fármaco que le permite estar disponible para el 
organismo. 
 
b) Las características del medicamento que contiene dicho fármaco que el permite 
que este se exponga al fármaco para que exprese sus características. 
 
Para realizar un estudio de bioequivalencia se parte de el concepto 
BIODISPONIBILIDAD que es la cantidad de fármaco que se encuentra disponible 
en el fluido biológico y que tiene la capacidad modificar las funciones intrínsecas del 
organismo y por consiguiente tener un efecto de generar lo que se conoce como 
actividad terapéutica. 
 
En los estudios de bioequivalencia se considera que la biodisponibilidad es la 
velocidad y cantidad a la cual el fármaco o entidad terapéutica se absorbe para 
alcanzar la circulación sistémica y estar disponible para ejercer su efecto. (Fig. 5) 
 
La relación existente entre biodisponibilidad y bioequivalencia es la comparación 
por métodos estadísticos de la biodisponibilidad de dos fármacos. De esta manera 
al tener una biodisponibilidad igual o muy semejante significa que 
independientemente de su formulación y proceso los dos medicamentos liberan a 
la circulación la misma cantidad de fármaco y a la misma velocidad. 
 46 
Por consiguiente dos medicamentos que poseen una biodisponibilidad comparable 
y que poseen propiedades terapéuticas que no se pueden diferenciar clínicamente 
por tener el mismo fármaco, son bioequivalentes y pueden reemplazarsemutuamente en la dispensación farmacéutica. 
 
Ahora tenemos que contestar una pregunta ¿Por qué se compara con el 
innovador? La respuesta salta a la vista, el medicamento innovador desde un 
inicio tuvo que desarrollar los estudios clínicos correspondientes, con los cuales 
determino la concentración a la cual presenta los efectos terapéuticos, forma 
farmacéutica etc., por lo que los otros medicamentos deberán asegurar la 
biodisponibilidad adecuada al innovador para que su biodisponibilidad no se 
encuentre por debajo de la dosis terapéutica efectiva o bien por arriba de la dosis 
terapéutica efectiva que podrían desencadenar efectos adversos o tóxicos. 
 
BIODISPONIBILIDAD
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
50
1 2 3 4 5 6 7 8
 TMAX T I E M P O ( H O R A S ) 
C
O
N
C
E
N
T
R
A
C
IO
N
 D
E
L 
F
A
R
M
A
C
O
 
Fig. 5 
 
 
 
 
 
C .max 
Area bajo la Curva 
(ABC) 
 47 
5.9 CONCEPTOS CINÉTICOS EN ESTUDIOS DE BIOEQUIVALEN CIA 
5.9.1 RAZONAMIENTO CINÉTICO. 
Si el mismo número de moléculas de fármaco ocupan el mismo número de 
receptores, se tendrá el mismo efecto farmacodinámico. 
-En un mismo sujeto el número de receptores es el mismo, por lo que las 
diferencias en el efecto terapéutico se deberán a diferencias en el número de 
moléculas en el sitio del receptor. 
-Dado que la circulación sistémica libera las moléculas del fármaco al sitio receptor, 
existe una relación directa entre la concentración del fármaco en sangre (plasma, 
suero) y el efecto terapéutico. 
 
Entonces analizando estos razonamientos nos lleva a que el proceso de absorción 
depende de las características fisicoquímicas del fármaco, por lo que las diferencias 
en la absorción se deberá a las diferencias en la liberación del fármaco de las 
formulaciones, lo cual está controlado por el fabricante, de igual manera si la 
diferencia en las concentraciones plasmáticas entre dos formulaciones se deben a 
diferencias en la cantidad de fármaco absorbido depende también de la 
formulación. (14) 
En un mismo individuo, los procesos de absorción, distribución, metabolismo y 
eliminación son constantes y las diferencias en los niveles plasmáticos se deben a 
las diferencias en la fase farmacéutica. 
 
Sin embargo la variabilidad individual en la absorción, distribución, metabolismo y 
eliminación son factores que incrementan la variabilidad en un estudio, por lo que 
se requiere de un incremento en el tamaño de la muestra. 
En un estudio de bioequivalencia los parámetros importantes son: 
-Concentración plasmática máxima. 
-Tiempo para alcanzar la concentración plasmática máxima. 
-Área bajo la curva. 
-Tiempo de residencia Cmax/ Área bajo la curva. 
 48 
5.9.2 PARAMETROS A EVALUAR EN UN ESTUDIO DE BIOEQUI VALENCIA 
-Concentración plasmática máxima: Relacionada con la velocidad de absorción y la 
cantidad de fármaco absorbido (Cmax). Este se obtiene directamente de la gráfica. 
-Tiempo para alcanzar la concentración plasmática máxima: Relacionado con la 
velocidad de absorción (tmax). Este se obtiene directamente de la gráfica. (Fig. 6) 
 
El área bajo la curva se obtiene por el método de los trapezoides. (Fig.7) 
 
 
 
 
Figura No. 6 
 
 
 
 
 
AREA BAJO LA CURVA VS TIEMPO
( ABC)
0
20
40
60
80
100
120
1 2 3 4 5 6
TIEMPO (HORAS)
C
O
N
C
E
N
T
R
A
C
IO
N
 (
m
cg
/m
L)
 
ABC 
 49 
 
Figura No. 7 
 
Con la siguiente ecuación: 
 
( )233232 2 tt
CpCp
ABC −∗+=→ 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Cp² 
Cp³ 
t² 
t³ 
 TIEMPO (horas) 
CONCENTRACION 
SEGMENTO DE ABC 
 50 
6. INCLUSIÓN AL CATÁLOGO DE MEDICAMENTOS 
GENÉRICOS INTERCAMBIABLES (G.I.) 
 
6.1 ANTECEDENTES 
 
El proceso para la inclusión de un medicamento al listado Genéricos 
Intercambiables se realiza en varias etapas las cuales se integran a partir de 
sesiones que se llevan a cabo por el Consejo de Salubridad General donde se 
revisan continuamente los factores demográficos y epidemiológicos como aumento 
en el número de habitantes, Sobrevida prolongada, envejecimiento de la población, 
alto número de enfermos, individuos con varias enfermedades concomitantes, 
cronicidad de las enfermedades, frecuentes complicaciones de enfermedades 
crónicas, resistencia a los agentes terapéuticos, asociación de medicamentos para 
lograr efecto terapéutico entre otros y se toman medidas con la finalidad de contar 
con medicamentos mas accesibles para las instituciones de salud y los particulares 
buscando, además mayor disponibilidad y oportunidad de los medicamentos en el 
mercado, de esta manera las decisiones se publican en el Diario Oficial de la 
Federación como acuerdo por el que se adiciona y modifica la relación de 
especialidades farmacéuticas susceptibles de incorporarse al catalogo de 
medicamentos genéricos intercambiables como se muestra a continuación: 
Ejemplo de la resolución del Consejo de Salubridad General publicado en el Diario 
Oficial de la Federación el día 23 de Junio de 2006. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 51 
CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL 
ACUERDO por el que se adiciona y modifica la relación de especialidades farmacéuticas susceptibles de incorporarse al Catálogo 
de Medicamentos Genéricos Intercambiables. 
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General. 
MERCEDES JUAN LOPEZ, Secretaria del Consejo de Salubridad General y JUAN ANTONIO GARCIA VILLA, 
Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, con fundamento en los artículos 3o. fracción XXIV, 13 
apartado A fracción II, 15 y 194 de la Ley General de Salud; 2o. fracciones II y XIV y 73 del Reglamento de Insumos para la 
Salud; 1, 5 fracciones IV y XI del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; 34 del Reglamento Interior de la 
Secretaría de Salud; 1 y 7 fracción XXVII del Acuerdo por el que se crea la Comisión Federal para la Protección contra 
Riesgos Sanitarios, y cuarto y quinto del Acuerdo por el que se relacionan las especialidades farmacéuticas susceptibles de 
incorporarse al Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables y se determinan las pruebas que deberán aplicarse, y 
CONSIDERANDO 
Que el 11 de febrero de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el 
que se adiciona y modifica la relación de especialidades farmacéuticas susceptibles de incorporarse al Catálogo de 
Medicamentos Genéricos Intercambiables y se determinan las pruebas que deberán aplicarse, el cual fue adicionado 
mediante acuerdos publicados en el mismo órgano informativo, el 5 de octubre y el 17 de octubre de 2005; así como el 22 de 
marzo y el 9 de mayo de 2006, y 
Que el artículo 73 del Reglamento de Insumos para la Salud, faculta al Consejo de Salubridad General 
y a la Secretaría a determinar, periódicamente, las pruebas que deberán aplicarse para considerar a los medicamentos como 
intercambiables, tienen a bien dar a conocer el siguiente: 
ACUERDO POR EL QUE SE ADICIONA Y MODIFICA LA RELACI ON DE 
ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS SUSCEPTIBLES DE INCORP ORARSE 
AL CATALOGO DE MEDICAMENTOS GENERICOS INTERCAMBIABL ES 
ARTICULO PRIMERO. Se adiciona la relación contenida en el artículo segundo del Acuerdo por el que se adiciona y 
modifica la relación de especialidades farmacéuticas susceptibles de incorporarse al Catálogo de Medicamentos Genéricos 
Intercambiables publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de febrero de 2005, y se determinan las pruebas que 
deberán aplicárseles a los medicamentos que se enlistan al término del siguiente párrafo. 
ARTICULO SEGUNDO. Los medicamentos distintivos respectivos, podrán incorporarse al Catálogo de Medicamentos 
Genéricos intercambiables, para lo cual deberá acreditar ante la Secretaría de Salud que reúnen los requisitos establecidos 
en el artículo 75 del Reglamento de

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