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Manual Organizacional Laboratorio de 
Urgencias 
 
O.P.D. Hospital Civil de 
Guadalajara 
“Fray Antonio Alcalde” 
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MANUAL ORGANIZACIONAL 
 
LABORATORIO DE URGENCIAS 
 
 
 
HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA 
“FRAY ANTONIO ALCALDE” 
 
 
 
 
 
 
 
2006 
 
 
 
 
 
 
Manual Organizacional Laboratorio de 
Urgencias 
 
O.P.D. Hospital Civil de 
Guadalajara 
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INDICE 
 
 
 
I. Introducción .......................................................................................... 3,4 
II. Antecedentes Históricos ....................................................................... 5,6 
III. Misión, Visión, Valores Y Objetivo ...................................................7,8,9,10 
IV. Marco Legal .........................................................................11, 12, 13 y 14 
V. Fundamento Legal ................................................................................ 15 
VI. Estructura Orgánica .............................................................................. 16 
VII. Organigrama ......................................................................................... 17 
VIII. Descripción de Funciones ................................................ 18, 19, 20, 21 y 22 
IX. Validación ............................................................................................. 23 
 
 
 
 
Manual Organizacional Laboratorio de 
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O.P.D. Hospital Civil de 
Guadalajara 
“Fray Antonio Alcalde” 
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INTRODUCCIÓN 
 
 
El Manual de Organización General del O.P.D. Hospital Civil de 
Guadalajara, es un instrumento administrativo fundamental en el proceso de 
consolidar la descentralización y desconcentración de los Servicios Personales de 
Salud, Salud Pública y Regulación Sanitaria, del Gobierno Federal al Estado; y 
tiene como propósito fortalecer el Sistema Estatal de salud, por consiguiente 
resulta prioritario optimizar la estructura organizacional y funcional del Organismo 
con el objeto de proporcionar servicios con eficiencia, eficacia, calidad y equidad. 
 
El Manual de Organización General se elabora con el fin de que el Hospital 
Civil de Guadalajara, cuente con un documento que explicará la misión, estructura 
orgánica, atribuciones y funciones de las Direcciones Generales, Direcciones y 
Departamentos, que lo integran. 
 
Este documento contribuye a presentar una visión global del organismo; su 
misión o razón de ser; precisa las atribuciones y funciones de las Direcciones 
Generales, Direcciones y Departamentos, con el objeto de delegar 
responsabilidades, evitar duplicaciones y detectar omisiones; contribuye en 
favorecer la ejecución correcta de las labores encomendadas al personal y 
propicia la uniformidad en el trabajo; permite utilizar de manera racional los 
recursos humanos y materiales en la realización de sus funciones, sirve así mismo 
como un instrumento para la inducción al puesto al personal de nuevo ingreso, 
facilitando su incorporación a las distintas áreas del Organismo. 
 
 
 
 
 
 
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El documento se conforma de ocho apartados Básicos para manuales de 
Organización General y Específicos: Introducción, Antecedentes Históricos, 
Misión, Atribuciones, Fundamento Legal, Estructura Orgánica, Organigrama y 
Descripción de Funciones. 
 
Por lo cual el presente manual pretende ser un instrumento administrativo 
dinámico, flexible y de fácil comprensión, que optimice los sistemas 
organizacionales que el Hospital Civil de Guadalajara requiera para cumplir con us 
misión y objetivos estratégicos. 
 
Por consiguiente este instrumento administrativo se deberá revisar 
anualmente con el objeto de llevar a cabo las adecuaciones correspondientes, y 
poder tener un documento operativo y vigente. 
 
 
 
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ANTECEDENTES HISTÓRICOS 
 
El 3 de Mayo de 1794, se inaugura el Hospital Civil de Guadalajara con 
capacidad para 1,000 pacientes, gracias a Fray Antonio Alcalde Barriga, Obispo 
de Guadalajara. 
El 17 de Mayo de 1975 el Hospital Civil se adhiere al Instituto Jalisciense de 
Asistencia Social. 
El 24 de Mayo de 1987 en el diario Oficial del Estado de Jalisco se publica 
el Reglamento del Complejo Médico Hospital Civil, quedando como una institución 
pública dependiente del Gobierno del Estado de Jalisco con carácter de organismo 
desconcentrado, el complejo Médico estará estructurado por las siguientes 
unidades: 
 
I. El Nuevo Hospital Civil de Guadalajara 
II. El Hospital de Especialidades, mismo que incluirá: 
a) La Unidad de Oftalmología 
b) La Unidad de Oncología 
c) La Unidad Materno–Infantil 
III. El Instituto de Investigación Biomédicas 
IV. El Centro Cultural de la Salud. 
Por situaciones especiales no entra nunca en vigor, sin embargo es hasta el 
11 de Abril de 1997 que se pública la Ley de Creación del Hospital Civil de 
Guadalajara como un organismo público descentralizado de la administración 
pública estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual tendrá por 
objeto prestar servicios de salud a la población en los términos que se establece 
en el presente ordenamiento, en las Leyes General y Estatal de Salud, y se 
sujetará a lo establecido en el Acuerdo de Coordinación para la Descentralización 
Integral de los Servicios de Salud, entre los Ejecutivos Federal y el de esta Entidad 
Federativa. 
 
 
 
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 Así también, fungirá como hospital–escuela de la Universidad de 
Guadalajara para las funciones de docencia, investigación y extensión en el área 
de salud, cuyos programas académicos se desarrollarán de conformidad con la 
normatividad de esta Casa de Estudios. 
 
El organismo se conformará con dos unidades hospitalarias: El Antiguo 
Hospital Civil de Guadalajara y el Nuevo Hospital Civil de Guadalajara. 
 
En 1997 se cambia el Nombre del Nuevo Hospital Civil de Guadalajara por 
el de Hospital Dr. Juan I. Menchaca. 
 
En el año 2001 a 300 años del nacimiento de Fray Antonio Alcalde, en 
sesión de cabildo el Congreso decide dar el Nombre al Antiguo Hospital Civil de 
Guadalajara, el de Hospital Civil Fray Antonio Alcalde. 
 
 
 
 
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 MISIÓN, VISIÓN, OBJETIVO Y VALORES 
 
 
Misión del Gobierno del Estado de Jalisco. 
 
Promover, dirigir y coordinar los esfuerzos de la sociedad para lograr el bien 
común, mediante el compromiso entre el pueblo y un Gobierno honesto, eficiente y 
democrático. 
 
El presente manual nace ante la necesidad de contar con un documento 
que contenga la información de los procedimientos del Laboratorio de Patología 
Clínica, y representa un instrumento útil y valioso de la acción diagnóstica y 
terapéutica. 
Contiene los procedimientos así como las normas estructurales y funcionales que 
se llevan a cabo en ésta Unidad Médica. 
El contenido esta dirigido al personal del Laboratorio de Análisis Clínicos como 
son: Químicos, Laboratoristas, Patólogos Clínicos, Enfermeras, etc. Para que 
aporten sugerencias y modificaciones que logren mejorar la operatividad del 
Servicio. Puede ser útil a: Médicos y los interesados en el tema para su aplicación 
en la práctica Clínica. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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MISION 
Practicar estudios de laboratorio que contribuyan como auxiliares del 
diagnóstico clínico, ya sea para ratificarlo o rectificarlo, también para la evaluación 
y control del tratamiento establecido así como para formar un pronóstico de 
acuerdo a los resultados obtenidos, en beneficio de los pacientes. 
 
 
 
VISION 
 
Brindar al paciente una rápida y eficiente atención, practicando sus estudios 
con un equipo capacitado técnica y humanamente utilizando equipos de 
laboratorio con tecnología de punta que nos garantice un exacto y preciso control 
de calidad, tanto interno como externo, para que nuestros usuarios y médicos 
obtengan resultados confiables que garanticen un correcto diagnóstico y su 
adecuada atención. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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 “LA SALUD DEL PUEBLO ES LA SUPREMA LEY” 
 
 Denota los valores que llevaron a este personaje a crear un hospital que a dos 
centurias, aún trabaja intensamente. 
 
 
UNIVERSALIDAD 
 
 Las unidades hospitalarias prestaran sus servicios médico asistenciales a la 
población que lo demande, sin considerar su situación socioeconómica, religión, 
afinidad política, en respeto al derecho a la atención de la salud de todo 
ciudadano. 
 
VOCACIÓN DE SERVICIO 
 
Los integrantes del OPD, mantendrán la mística de servir a la población más 
desprotegida. 
 
HUMANITARISMO 
 
Atender a los pacientes con sensibilidad, calidez y respeto a su situación de 
enfermo. 
 
ÉTICA 
 
La atención del paciente bajo los principios morales que no atenten contra su 
dignidad, integridad y pudor. 
 
 
PROFESIONALISMO 
 
Todo el personal que integra el OPD, prestara sus servicios con altos niveles de 
competitividad, siempre pensando en recuperar y preservar la salud en bien del 
paciente y de la comunidad. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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CREATIVIDAD 
 
Las acciones médico asistencial y administrativa, que se desarrolle en las 
unidades hospitalarias, deberán contener un alto sentido de creatividad asertiva, 
para la resolución de problemáticas en torno a la salud. 
 
 
AUTOCRÍTICA 
 
La practica médica y administrativa, se auto evaluará en un ambiente constructivo 
que permita el crecimiento y el desarrollo de quienes lo integran. 
 
 
EFICACIA Y EFICIENCIA 
 
Las acciones en la atención médico asistenciales desarrolladas por los diferentes 
grupos de trabajo del organismo, estarán encaminadas a la mejora constante, 
imprimiendo en ellas una relación costo efectividad, que propicie elevar los niveles 
de calidad en los servicios que prestamos. 
 
 
 
CONGRUENCIA 
 
Reflejar en los hechos, la coherencia del actuar y el pensar cotidiano ante los 
compromisos asumidos. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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MARCO LEGAL 
 
 
El documento legal, que le otorgo una personalidad jurídica y marcó las 
atribuciones de nuestro hospital y consecuentemente de nuestra división, fue 
publicado a través del decreto 16527 en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, 
el 27 de abril de 1997, siendo gobernador del Estado de Jalisco, el C. Ingeniero 
Alberto Cárdenas Jiménez. 
 
Articulo 1. El Hospital civil de Guadalajara es un organismo publico 
descentralizado de la administración publica estatal, con personalidad jurídica y 
patrimonios propios, el cual tendrá por objeto prestar servicios de salud a la 
población en los términos que se establecen en el presente ordenamiento, en las 
Leyes General y Estatal de Salud, y se sujetara a lo establecido en el Acuerdo de 
coordinación para la Descentralización Integral de los Servicios de Salud, entre 
los Ejecutivos Federal y el de esta Entidad Federativa. Así también fungirá como 
hospital-escuela de la Universidad de Guadalajara para las funciones de 
docencia, investigación y extensión en el área de salud, cuyos programas 
académicos se desarrollaran de conformidad con la normatividad de esta casa de 
estudios. 
 
El organismo se conformara con dos unidades hospitalarias: el Antiguo Hospital 
civil de Guadalajara y el Nuevo Hospital Civil de Guadalajara. 
 
Articulo 2. Para los efectos de la presente Ley, deberá entenderse por 
Organismo: organismo Publico Descentralizado denominado “ Hospital Civil de 
Guadalajara” 
 
Acuerdo de Coordinación : Acuerdo de Coordinación para la descentralización 
Integral de los Servicios de salud, entre los Ejecutivos Federal y el del Estado de 
Jalisco. 
 
Articulo 3. El organismo tendrá a su cargo las funciones que en la presente ley 
se determinan, para dar cumplimiento a su participación en la consolidación del 
Sistema Estatal de Salud a la Población, conforme a las disposiciones legales 
aplicables y al Acuerdo de Coordinación. 
 
 
Articulo 4. El Hospital Civil de Guadalajara tendrá las siguientes funciones: 
 
 
 
 
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I. Organizar y operar servicios de atención medica, fundamentalmente a 
población abierta. 
 
II. Colaborar en la organización del Sistema Estatal de Salud en los términos 
de las Leyes General y Estatal de Salud, así como en lo que establece el 
Acuerdo de Coordinación. 
 
III. Realizar todas aquellas acciones tendientes a garantizar el derecho a la 
protección de la salud de los habitantes del Estado. 
 
IV. Conocer y aplicar la normatividad general en materia de salud, tanto 
nacional como internacional, así como, proponer adecuaciones a la 
normatividad estatal y esquemas que logren su correcto funcionamiento. 
 
V. Establecer las políticas específicas que en materia de salud deberán llevar 
a cabo las unidades hospitalarias que lo integran, para dar cumplimiento a 
los programas que se deriven de la Secretaria de Salud Jalisco y del 
acuerdo de Coordinación. 
 
VI. Proponer las medidas, procedimientos y condiciones que se estime 
necesario para mejorar la calidad en la prestación de la atención medica de 
las unidades hospitalarias a su cargo, y para un cumplimiento pleno de las 
funciones asistenciales y docentes. 
 
VII. Apoyar los programas en materia de salud, que para tal efecto determine la 
Secretaria de Salud Jalisco. 
 
VIII. Impulsar, apoyar y capacitar en materia de salud a los profesionales, 
especialistas y técnicos que desempeñen sus labores en el organismo; 
 
IX. Llevar a cabo actividades de investigación científica y docencia en el área 
de la salud, de conformidad con la normatividad de la Universidad de 
Guadalajara y los convenios que esta Casa de Estudios tenga celebrados; 
 
 
X. Integrar un acervo de información y documentación que facilite a las 
autoridades e instituciones competentes, en la investigación, estudio y 
análisis de ramas y aspectos específicos en materia de salud. 
 
XI. Difundir en general entre la población de la Entidad y en especial entre las 
autoridades correspondientes, mediante publicaciones y actos académicos, 
los resultados de los trabajos de investigación, estudio, análisis y de 
recopilación de información, documentación e intercambio que realiza. 
 
 
 
 
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XII. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros que reciba de 
los sectores público, social y privado, con sujeción al régimen legal que le 
corresponda. 
 
XIII. Vigilar la aplicación de la normatividad en materia laboral en beneficio de 
sus trabajadores. 
 
XIV. Las demás que esta Ley y otrasdisposiciones legales le confieran para el 
cumplimiento de su objeto. 
 
Articulo 5. El patrimonio del organismo estará constituido por: 
 
 
Los bienes muebles e inmuebles y recursos que le transfiera el Gobierno Estatal, 
en los términos del Acuerdo de Coordinación. 
 
 
I. Las aportaciones que los gobiernos Federal, Estatal y Municipales le 
otorguen. 
 
II. Las aportaciones, donaciones, legados y demás análogas que reciba de los 
sectores social y privado. 
 
III. Las cuotas de recuperación que reciba por los servicios que presta. 
 
IV. En general todos los bienes y derechos que entrañen utilidad económica o 
sean susceptibles de estimación pecuniaria y que obtenga por cualquier 
titulo legal. 
 
 
 
Articulo 6. El organismo administrara su patrimonio con sujeción a las 
disposiciones legales aplicables y lo destinara al cumplimiento de su objeto, asi 
como lo establecido por el Acuerdo de Coordinación. 
 
 
Articulo 7. El organismo deberá mantener en buen estado los bienes muebles e 
inmuebles que la Universidad de Guadalajara autorice para uso de este, de 
acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de dicha Casa de Estudios. 
 
 
 
 
 
 
 
 
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FUNDAMENTO LEGAL 
 
 
 
 
 Constitución política de los estados unidos Mexicanos.(5 de febrero de 
1917) Reforma (diciembre 3 de 1985). 
 
 
 Ley general de salud (D.O. 7 de febrero de 1984)de acuerdo a lo señalado 
en los artículos 3°, fracciones I y VII ,XII,XIII, apartado A, fracción II y 
apartado 13, fracción VII y XXV. 
 
 
 Ley orgánica de la administración publica federal (D.O.29 de diciembre de 
1976)Reforma(D.O. 21 de enero de 1985.) 
 
 
 Ley general de salud del estado de Jalisco. 
 
 
 Reglamento de la ley general de salud en materia de prestación de atención 
medica artículos 4°,7 y 10 fracción y capítulos IV y V (D.O.7 de febrero de 
1984.) 
 
 
 Reglamento interior de la secretaria de salud (D.O. 19 de agosto de 1995.) 
 
 
 Reglamento de la ley del organismo publico descentralizado denominado 
Hospital Civil de Guadalajara (21 de octubre 1997.) 
 
 
 
 
 
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ESTRUCTURA ORGANICA DEL 
LABORATORIO DE PATOLOGIA CLINICA 
 
 
 
 
 Jefe del Servicio 
 Químicos Farmacobiologos 
 Técnicos Laboratoristas 
 Enfermeras 
 Auxiliares de Laboratorio 
 Personal Administrativo 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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Dirección General O.P.D. 
Hospital Civil de Guadalajara. 
Dirección Unidad Hospitalaria 
“Fray Antonio Alcalde” 
 
Sub Dirección de Servicios 
Auxiliares de Diagnóstico, 
Tratamiento y Paramédico, 
 
División de Servicios Auxiliares 
de Diagnostico y Tratamiento 
 
Jefatura Lab. De Patología 
Clínica 
 
Lab. De Patología Clínica 
 
Lab. Urgencias 
 
Química Sanguínea 
 
Citología Hemática 
 
Coagulación 
 
Procalcitonina 
Gases Arteriales 
Orinas 
Organigrama 
 
 
 
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DESCRIPCION DE FUNCIONES 
DESCRIPCION Y FUNCIONES DEL PERSONAL 
 
RESPONSABLE DEL LABORATORIO 
 
Descripción del puesto 
Dirección técnica y administrativa del laboratorio 
 
Jefe inmediato 
Subdirector de Servicios Auxiliares de Diagnostico Tratamiento y Paramédicos 
 
Subordinados directos 
Todo el personal adscrito al Laboratorio de Urgencias. 
 
Coordinación 
Con médicos y jefes de departamentos clínicos y quirúrgicos 
 
Atención 
A todos los pacientes de hospitalizados y de urgencias adultos y pediátricos. 
 
Responsabilidad 
De la eficiencia profesional y administrativa del servicio. 
 
Autoridad 
Para seleccionar equipo y materiales del Laboratorio 
Para programar el trabajo en el servicio a su cargo 
Para distribuir el personal y el trabajo dentro del servicio 
Para mantener el orden y la disciplina dentro del servicio. 
 
Deberes 
Programar el trabajo del servicio. 
Vigilar la atención adecuada, tomando parte en ella. 
Supervisar la toma de muestras, práctica de exámenes y entrega oportuna de 
resultados. 
Mantener las mejores relaciones humanas con el personal a su cargo 
Comunicar por escrito a su jefe inmediato las faltas graves del personal 
 
 
Solicitar por escrito los abastos necesarios para el funcionamiento del laboratorio 
Valorar y adecuar la capacidad técnica de su personal 
 
 
 
 
 
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Requisitos 
Títulos profesionales de médico Especialista en Patología Clínica 
Comprobar su capacidad técnica y su aptitud psicológica necesarias al 
cumplimiento del puesto de acuerdo con las normas de este manual. 
 
QUIMICO 
 
Descripción del puesto 
Realización de Exámenes, Calibración de aparatos y preparación de reactivos 
 
Jefe Inmediato 
Jefe del servicio o Responsable del Laboratorio 
 
Coordinación 
Con todo el personal adscrito al servicio 
 
Atención 
A pacientes hospitalizados y de urgencias. 
 
Responsabilidad 
De la exactitud, y corrección técnica de los exámenes. 
Del abasto de reactivos y material necesarios para el proceso de exámenes. 
Del correcto funcionamiento de equipos, reportando fallas oportunamente. 
 
Autoridad 
Para orientar y supervisar la labor del personal de la sección a su cargo 
Para determinar la parte técnica de la ejecución de exámenes, calibración de 
aparatos. 
 
Deberes 
Practicar los exámenes de acuerdo con las normas de este manual. 
Registrar y reportar resultados. 
Preparar y controlar, equipo, material y reactivos necesarios para su labor. 
Ejecutar ordenes que le imparta su jefe inmediato superior. 
 
Requisitos 
Titulo profesional de Químico Farmacobiologo 
Comprobar su capacidad Técnica y aptitud psicológica de acuerdo a las normas 
establecidas 
 
 
 
 
 
 
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LABORATORISTAS 
 
Descripción del puesto 
Auxiliar en la parte técnica de exámenes de laboratorio 
 
Jefe inmediato 
Jefe de Servicio o Responsable del laboratorio 
 
Coordinación 
Con Químicos y personal Administrativo 
 
Atención 
A pacientes hospitalizados y de urgencias. 
 
Responsabilidad 
Del proceso de exámenes 
De la disposición de material, orden y conservación del mismo 
Del correcto funcionamiento de equipos, reportando fallas oportunamente 
 
Deberes 
Proceso de exámenes 
Ejecutar las órdenes que le imparta su jefe inmediato superior 
 
Requisitos 
Estudios adecuados al nivel de la plaza 
Práctica adecuada al nivel de la plaza 
Comprobar su capacidad técnica y aptitud psicológica de acuerdo con las normas 
establecidas 
 
SECRETARIA DEL JEFE DE SERVICIO 
 
Descripción del puesto 
De las funciones administrativas del servicio 
 
Jefe inmediato 
Jefe del Servicio 
 
Coordinación 
Con todo el personal del Servicio 
 
Atención 
Al jefe del servicio y personal del mismo 
 
 
 
 
 
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Responsabilidad 
De pedidos de reactivos y material necesarios para el servicio 
De informes y estadísticas del Servicio 
De suplir al personal (vacaciones, ausencias) 
De elaboración de oficios y comunicaciones 
De la organización del archivo del laboratorio 
Autoridad 
 
 
Para solicitar cooperación del personal de recepción y de intendencia par la 
atención adecuada de los pacientes hospitalizados y de urgencias.Requisitos 
Los que marca el reglamento de trabajo del OPD 
Comprobar su capacidad técnica y aptitud psicológica de acuerdo con las normas 
establecidas 
 
AUXILIARES DE LABORATORIO 
 
Descripción del puesto 
Encargado de la limpieza del laboratorio 
Lavado de material 
 
Jefe inmediato superior 
Jefe o encargado del laboratorio 
 
Coordinación 
Con todo el personal Adscrito 
 
Atención 
A las instrucciones del jefe de servicio 
 
Responsabilidad 
Del lavado de material 
De la limpieza en general del servicio 
 
Autoridad 
Para sugerir mejoras del trabajo 
 
Deberes 
Limpieza del servicio y del material 
 
 
 
 
 
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Requisitos 
Las que marca el reglamento del OPD 
Comprobar su aptitud psicológica de acuerdo con las normas establecidas 
 
Encargado de Sub Almacén 
 
Descripción del puesto 
Responsable de la solicitud, almacenamiento y distribución de material y reactivos 
de laboratorio. 
 
Jefe Inmediato 
Jefe del servicio o Responsable del Laboratorio 
 
Coordinación 
Con todo el personal adscrito al servicio 
 
Atención 
A pacientes en general 
 
Responsabilidad 
Control de material y reactivos del laboratorio. 
 
Autoridad 
Para solicitar guardar y entregar los materiales y reactivos 
 
Deberes 
Llevar el inventario de reactivos y materiales. 
Hacer solicitudes de material y reactivos. 
Entregar reactivos y material al personal del servicio. 
 
Requisitos 
Los establecidos en el reglamento del O.P.D. Hospital Civil de Guadalajara. 
Comprobar actitud psicológica de acuerdo a las normas preestablecidas. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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VALIDACION 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez 
Director del A. H. C. G. F.A.A. 
 
 
 
Dr. Martín Vargas Magaña 
Sub Director de Serv. Aux. de Dx. Tx. y 
P. 
 
 
 
Dr. Daniel Meraz Rosales 
Jefe de la Div. de Diagnostico 
 
 
 
Dr. Ramón Sigala Arellano 
Jefe de Lab. De Patología Clínica 
 
 
 
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“La Salud Del Pueblo es La Suprema Ley” 
 
 
“2006, Año del Bicentenario del 
Natalicio de Benito Juárez 
García” 
 
 
 
Fray Antonio Alcalde

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