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INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERRE , TECNOLOGICO DE MONTERREY® "?? e¿, 2_0'""¿ BIBLJOTECJ ANÁLISIS DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS DE TIPO BIOLÓGICO INFECCIOSO DESDE UNA PERSPECTIVA DE POLÍTICA E IMPACTO AMBIENTAL TESIS QUE PARA OPTAR EL GRADO DE MAESTRA EN CIENCIAS DE DESARROLLO SOSTENIBLE PRESENTA ARLET PAOLA CAMPOS ORTIZ Asesor: Dr. CARLOS ANTONIO CABALLERO V ALDÉS Jurado: Dr. PEDRO ÁVILA PÉREZ Presidente Dr. PABLO PÉREZ AKAKI Secretario Dr. CARLOS ANTONIO CABALLERO Vocal VALDÉS Atizapán de Zaragoza, Edo. Méx., Noviembre de 2011. RESUMEN Esta investigación presenta un análisis de la situación actual de la gestión de residuos peligrosos biológico infecciosos (RPBI) en México, desde la perspectiva de política ambiental vigente y sus instrumentos, para determinar si éstas son aplicadas y consideran los impactos ambientales generados durante el manejo de los mismos o sólo se enfocan a los riesgos a la salud. Adicional a la revisión documental, se planteó la evaluación de la generación de impactos ambientales de la gestión de RPBI utilizando la herramienta de "Análisis de Ciclo de Vida", que se basa en la identificación y cuantificación, tanto del uso de materia prima y energía como de las emisiones al entorno. Se determinó que hay una evidente falta de aplicación de la política ambiental en materia de residuos, siendo más acentuada en el caso de los RPBI al observarse la falta de infraestructura para su tratamiento, la falta de seguimiento y actualización de la norma aplicable y la falta de instrumentos, como el plan de manejo, para su gestión. En cuanto al Análisis de Ciclo de Vida se determinó que la gestión de RPBI genera impactos al ambiente en las siguientes categorías: Toxicidad humana, terrestre y acuática, acidificación y gases de efecto invernadero ( cambio climático), atribuible al transporte de residuos y consumo de energía eléctrica durante su almacenamiento y tratamiento. La propuesta incluye la descentralización, basada en el principio de proximidad, de la gestión de residuos peligrosos, el tratamiento in situ y la incineración como mejores opciones para el tratamiento de RPBI y la actualización de instrumentos de política ambiental. ABSTRACT This investigation presents an analysis of the actual hospital waste management in Mexico, from a perspective of environmental policy and its instruments, to deterrninate if they are been applied and considers the environmental impact generated during its life cycle or if its only focus on the health risks. Further to the documental review, it presents the evaluation of the environmental impacts of the hospital waste management using the Life Cycle Analysis tool, that is based on the identification and quantification of the raw material, energy and emissions to air, soil and water. lt has been deterrninated an evident lack of appliance of the environmental waste policy in Mexico, being more noticeable in the hospital waste where we can observe a lack of infrastructure for its treatment, a lack of tracing and updating of the law, as well as a lack of instruments, such as the management plan. Regarding to the Life Cycle Analysis, it has been deterrninated that the hospital waste management generates environment impacts to the following categories: human, terrestrial and aquatic toxicity, acidification and greenhouse gases, ali this attributable to waste transport and energy consumption during its storage and treatment. The proposal includes the decentralization of the hospital waste management, based on the proximity principie, and the in situ treatment and waste incineration as the best options for the hospital waste treatment, as well as the actualization of environmental policy instruments. Índice 1.Introducción .......................................................................................... 12 2.Planteamiento ................................................ ....................................... 14 2.1 Preguntas de investigación ........................................................................................................ 14 2.2 Hipótesis .................................................................................................................................... 14 2.3 Objetivo general ........................................................................................................................ 15 2.3.1 Objetivos particulares ................................................................................................ 15 2.4. Materiales y Métodos ............................................................................................................... 15 3. Marco teórico ....................................................................................... 16 3.1 Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos ............................................................................... 16 3.2 Política Ambiental en México ................................................................................................... 19 3.2.1 Política Ambiental sobre residuos ........................................................... 23 3.3 Análisis de Ciclo de Vida .......................................................................................................... 27 3.4 Contexto Internacional sobre el manejo de Residuos Peligrosos .............................................. 30 3.5 Contexto Nacional sobre el manejo de Residuos Peligrosos .................................................... 32 4. Gestión actual de RPBI en México ...................................................... 33 4.1 Política ambiental en materia de residuos .................................................................................. 33 4.2Marco legal ................................................................................................................................. 34 4.2.1 Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos ......................... 35 4.2.2 Reglamento de la LGPGIR ........................................................................................ 41 4.2.3 NOM-087-SEMARNAT-SSAI-2002 ..................................................................... .42 4.2.4 NOM-098-SEMARNAT-2002 .................................................................................. 45 5. Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos en México ...................... .48 5.1 Definiciones ............................................................................................................................... 48 5.2 Riesgos asociados a los RPBI's ................................................................................................. 50 5.3 Generación ................................................................................................................................. 53 5.4 Transporte .................................................................................................................................. 54 5.5 Tratamiento ............................................................................................................................... 54 5.5.1 Incineración ............................................................................................................... 57 5.5.1 Esterilización ............................................................................................................. 59 5.5.1 Otros tratarnientos ...................................................................................................... 60 5.6 Disposición final ........................................................................................................................ 61 5.7 Indicadores ................................................................................................................................ 61 6. Determinación del Impacto Ambiental de la Gestiónde RPBI mediante Análisis de Ciclo de Vida ......................................................... 63 6.1 Objetivo del ACV ...................................................................................................................... 63 6.2 Alcance ...................................................................................................................................... 63 6.2.1 Límite espacial ........................................................................................................... 63 6.2.2 Límite temporal ......................................................................................................... 63 6.2.3 Unidad funcional ....................................................................................................... 64 6.3 Limitaciones, calidad de los datos y consideraciones ............................................................... 64 6.4 Descripción de los escenarios .................................................................................................... 65 6.4.1 Decreto 83/1999 ........................................................................................................ 67 6.5 Análisis del inventario ............................................................................................................... 69 6.6 Categorías de impacto ............................................................................................................... 70 6.7 Resultados del ACV .................................................................................................................. 74 7. Resultados ............................................................................................ 85 7 .1. Discusión .................................................................................................................................. 85 7.1. Líneas de investigación ............................................................................................................ 88 8. Bibliografía .......................................................................................... 90 ÍNDICE DE TABLAS Tabla l. Clasificación de desechos hospitalarios, (Organización Mundial de la Salud, 2003) Tabla 2. Distribución de competencias en gestión de residuos (LGEEPA, 2007) Tabla 3. Clasificación de generadores de RPBI (NOM-087-SEMARNAT-SSA-2002) Tabla 4. Límites máximos de emisión para la incineración de residuos (NOM-098-SEMARNAT- 200) Tabla 5. Microorganismos de interés en los hospitales (Biologycal Agents Biosafety 2005). Tabla 6. Distribución de RPBI por tipo (Compendio de Estadísticas Ambientales 2010) Tabla 7. Indicadores de gestión de residuos peligrosos Tabla 8. Composición de los residuos en relación con la unidad funcional. Tabla 9. Composición de los residuos aplicando la legislación de la UE Tabla 10. Composición en % de los residuos aplicando la legislación de la UE. Tabla 11. Datos de transporte Tabla 12. Resumen de resultados por categoría de impacto. ÍNDICE DE FIGURAS Figura l. Símbolo universal de riesgo biológico (NOM-087-SEMARNAT-SSA-2002) Figura 2. Evolución de la gestión ambiental en México (Pérez, J. 2010) Figura 3. Etapas del Análisis de Ciclo de Vida. Fuente: ISO 14040 (ISO, 1997). Figura 4. Marco legal aplicable a RPBI. Fuente: SEMARNA T 2011. Figura 5. Distribución de la capacidad para el manejo de residuos peligrosos. Fuente: Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos 2009-2012. Figura 6. Distribución de la capacidad instalada autorizada para el tratamiento de residuos peligrosos. Fuente: Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos 2009-2012. Figura 7. Tipos de tratamiento de RPBI y distribución (SEMARNAT 2007) Figura 8. Gestión bajo legislación mexicana (Manual y manifiestos IMSS 2010) Figura 9. Gestión de acuerdo a la legislación de la UE (DECRETO 83/1999) Figura 10. Contribuciones a la categoría de Acidificación a) valor total de los dos escenarios y b) porcentaje de aportación por tipo de residuo Figura 11. Contribuciones a la categoría de Degradación de recursos abióticos a) valor total de los dos escenarios y b) porcentaje de aportación por tipo de residuo Figura 12. Contribuciones a la categoría de Degradación de ozono estratosférico a) valor total de los dos escenarios y b) porcentaje de aportación por tipo de residuo Figura 13. Contribuciones a la categoría de Eutrofización a) valor total de los dos escenarios y b) porcentaje de aportación por tipo de residuo Figura 14. Contribuciones a la categoría de Gases de efecto invernadero a) valor total de los dos escenarios y b) porcentaje de aportación por tipo de residuo Figura 15. Contribuciones a la categoría de Toxicidad acuática a) valor total de los dos escenarios y b) porcentaje de aportación por tipo de residuo Figura 16. Contribuciones a la categoría de Toxicidad humana a) valor total de los dos escenarios y b) porcentaje de aportación por tipo de residuo Figura 17. Contribuciones a la categoría de Fotooxidantes a) valor total de los dos escenarios y b) porcentaje de aportación por tipo de residuo Figura 18. Contribuciones a la categoría de Toxicidad terrestre a) valor total de los dos escenarios y b) porcentaje de aportación por tipo de residuo Figura 19. Contribuciones a la categoría de Acidificación a) valor total de los dos escenarios y b) porcentaje de aportación por tipo de residuo Acrónimos ACV: Análisis de Ciclo de Vida CRETIB: Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Tóxico, Inflamable, Biológico Infeccioso IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social INE: Instituto Nacional de Ecología LGPGIR: Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos LGEEPA: Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente NOM: Norma Oficial Mexicana OMS: Organización Mundial de la Salud PNPGIR: Programa nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos PROFEPA: Procuraduría Federal de Protección al Ambiente RLGPGIR: Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos RME: Residuos de Manejo Especial RP: Residuos Peligrosos RPBI: Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos RSU: Residuos Sólidos Urbanos SSA: Secretaría de Salud SEMARNAT: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. UE: Unión Europea 12 l. INTRODUCCIÓN La preocupación por los riesgos a la salud y al ambiente, derivados del manejo inadecuado de residuos tóxicos, adquirió niveles internacionales al difundirse casos de intoxicación severa provocados por el vertimiento al mar de desechos industriales que contenían mercurio o de residuos mineros que contenían cadmio a las aguas de un río utilizadas para irrigar cultivos agrícolas en Japón, o por el entierro de solventes orgánicos volátiles y otros residuos tóxicos industriales en un depósito subterráneo sobre el que se construyeron casas habitación y escuelas en Estados Unidos (PNPGR 2009(331). Los legisladores mexicanos respondieron a esta preocupación mundial publicando la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPAP 71) en 1988, en esta ley se encuentran las primeras disposiciones regulatorias de la generación y manejo de los residuos peligrosos corrosivos, reactivos, explosivos, tóxicos, inflamables y biológico infecciosos (CRETIB), a la par se expidieron el Reglamento en Materia de Residuos Peligrosos y 7 Normas técnicas ambientales. En México los peligros asociados al manejo inadecuado de los residuos sólidos siguen siendo un problema de salud pública, ejemplo de ello es la contaminación del agua por disposición inadecuada de estos residuos. Pero adicional a los llamados peligros tradicionales (agua contaminada con coliformes fecales, saneamiento inadecuado, enfermedades transmitidas por vectores, como el dengue), ahora se enfrentan peligros modernos ( contaminación por residuos sólidosy peligrosos, incluida la liberación de metano producido por la biodigestión de residuos orgánicos, el incendio de vertederos o la incineración inadecuada de residuos peligrosos que liberan dioxinas y furanos en sus procesos) (PNPGR 2009[33D- Entre los residuos peligrosos, los biológico infecciosos (RPBI), son los que (desde su nombre) generan más preocupación, esto es por el riesgo de daños a la salud y todo lo que esto implica. 13 Son muchos los esfuerzos que las dependencias ambientales han realizado en materia de gestión de residuos, sin embargo, estos esfuerzos se han quedado en papel, un ejemplo de esto es la falta de información clara y actualizada en cuanto a generación, transporte y tratamiento de RPBI, o la falta de actualización de la única Norma que regula estos residuos. Contrario a esto, y debido a la alarma general sobre estos residuos, se han maximizado las "precauciones" que algunos generadores toman ante estos residuos, esto trae como consecuencia que aumente el volumen de residuos tratados como RPBI aunque realmente no cumplan con las características para considerarse como tales. También se tiene el uso indiscriminado de cajas refrigeradas para el almacenaje y transporte, y casos más críticos en los que los residuos, al finalizar el tratamiento, son tratados como residuos de manejo especial o incluso como residuos peligrosos, a pesar de que la Ley no los considere así. (Manifiestos de generación, transporte y disposición final [Zt]). Existen muchos trabajos relacionados con el manejo de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos, sin embargo, estos están enfocados al manejo dentro de la institución que los genera y tomando como base la NOM-087-SSA-SEMARNAT-200il251 • Los trabajos hacen énfasis en el riesgo que representa para las personas que están en contacto con los residuos., aunque no se tiene casos reportados de personas que hayan contraído alguna enfermedad derivada del manejo de RPBI. Ninguno de los trabajos encontrados, hace mención a los impactos ambientales generados durante el manejo de los mismos, y mucho menos, que incluya el impacto ambiental de todo el ciclo de vida de la gestión de los residuos, desde su generación y hasta su disposición final. La legislación aplicable a Residuos Peligrosos es amplia, a la par se generan programas y políticas de manejo que rara vez mencionan específicamente a los RPBI. Adicional a esto, se encontró un desfase entre la generación de planes, programas, leyes y normas que restan mérito al esfuerzo realizado por el gobierno en materia de gestión de residuos. Por esto se hace necesario un trabajo que incluya la revisión del instrumento legislativo, contrastándolo con planes y programas de gobierno y un análisis del impacto ambiental que se genera durante toda la gestión de los RPBI, la herramienta que nos permitirá esto es el Análisis de Ciclo de Vida. A través de esta herramienta podemos conocer el impacto ambiental generado durante toda la gestión de los residuos peligrosos de tipo biológico infecciosos, y generar una propuesta que incluya los mismos. 14 2. PLANTEAMIENTO 2.lPREGUNTAS DE INVESTIGACIÓN ¿La política ambiental y legislación nacional cubre las necesidades particulares de gestión de los RPBI? ¿La gestión ambiental de RPBI considera y mitiga el total de los impactos sociales y ambientales de los mismos? 2.2 HIPÓTESIS La gestión actual de RPBI genera impactos ambientales asociados al manejo, transporte y tratamiento, no considerados en la legislación actual. 15 2.3 OBJETIVO GENERAL Analizar la gestión actual de los Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI) desde una perspectiva de política e impacto ambiental mediante la revisión documental y el uso de la herramienta de Análisis de Ciclo de Vida (ACV), para identificar impactos ambientales y generar una propuesta que tenga como base el impacto actual generado por esta gestión ó falta de la misma. 2.3.lOBJETIVOS PARTICULARES Revisar la existencia y aplicación de políticas, planes, programas, proyectos y legislación de RPBI, en México; Evaluar el impacto ambiental generado durante toda la gestión de residuos peligrosos biológico infecciosos utilizando la herramienta de Análisis de Ciclo de Vida desde la obtención de la materia prima, hasta la disposición final. Generar una propuesta de modificación a los instrumentos actuales de gestión de RPBI para México con base en los resultados obtenidos en la presente investigación. 2.4 MATERIALES Y MÉTODOS Se analizaron los documentos en los que se fundamenta la actual gestión de RPBI en México, así como los documentos que han surgido desde la última revisión de la Norma en el 2002, a partir de esto, se identificarán las áreas de oportunidad desde el punto de vista de política ambiental para generar una propuesta. Adicional a esto, se realizó un análisis de los impactos ambientales asociados a la gestión de RPBI utilizando la herramienta de Análisis de Ciclo de Vida. Con la finalidad de tener un punto de referencia, se evaluaron 2 escenarios de gestión de RPBI, el primero basado en la legislación mexicana y el segundo tomando la legislación de la Unión Europea, particularmente de España, para residuos biosanitarios. El análisis de Análisis de Ciclo de Vida se realizó mediante el software Tool for Environmental Analysis and Managemet (TEAM) desarrollado por ECOBILAN, se utilizarán las bases de datos disponibles en el Data for Environmental Analysis and Management (DEAM). A partir del análisis documental y del ACV, se generará una propuesta para la modificación del instrumento legislativo aplicable a residuos peligrosos biológico infecciosos con aplicación en la República Mexicana. 16 3. MARCO TEÓRICO 3.1 RESIDUOS PELIGROSOS BIOLÓGICO INFECCIOSOS En el 2003, la Organización Mundial de Salud (OMS) publicó la guía práctica "Prevención de las infecciones nosocomiales" ,(OMS, 2003l31 J) en esta se reconoce que los residuos de los establecimientos de atención de salud pueden contener microorganismos patógenos y exigen una manipulación adecuada, sin embargo, señala que "los únicos desechos que constituyen un riesgo de transmisión de infecciones son los objetos cortantes y punzantes contaminados con sangre. La OMS señala que entre el 75% y 90% de los desechos generados en las unidades de atención médica no presentan ningún riesgo y son desechos comparables a los residuos domésticos. El 10- 25% restante se considera peligroso y puede generar riesgos a la salud. (Tabla 1) Para la OMS, los desechos infecciosos son aquellos que "contienen agentes patógenos (bacterias, virus, parásitos u hongos) en concentraciones o cantidades suficientes para causar enfennedad en huéspedes vulnerables" dentro de esta categoría considera los siguientes: Cultivos y caldos de agentes infecciosos del trabajo de laboratorio. Desechos de intervenciones quirúrgicas y autopsias de pacientes con enfermedades infecciosas (por ejemplo, tejidos y materiales o equipo que han estado en contacto con sangre u otros humores corporales). Desechos de pacientes infectados en pabellones de aislamiento (por ejemplo, excretas, vendajes de heridas infectadas o quirúrgicas, ropa muy contaminada con sangre humana u otros humores corporales). 17 Desechos que han estado en contacto con pacientes infectados sometidos a hemodiálisis (por ejemplo, equipo de diálisis, como tubos y filtros, toallas desechables, delantales, guantes y batas comunes y de laboratorio). Animales de laboratorio infectados. Cualquier otro instrumento o material contaminado por una persona o un animal infectado. Tabla 1. Clasificación de desechos hospitalarios, (Organización Mundial de la Salud, 2003) Residuos infecciosos Desechos que presuntamente contienen agentes patógenos, por ejemplo, cultivos de laboratori o. desechos de pabellones de aislamiento, tejidos, materiales o equipo que ha estado con pacientes Residuos patOlógicos Residuos patológicos:Tejidos o humores humanos, por ejemplo, partes del cuerpo; sangre y otros humores corporales, fetos. Objetos cortantes y Objetos cortantes y punzantes: desechos de instrumentos cortantes y punzantes, por ejemplo, agujas, punzantes equipo de infusión, bisturíes. cuchillos. navajas. vidrio roto. Residuos citotóxicos Residuos citotóxicos: Desechos que contienen sustancias con propiedades genotóxi(:as, por ejem~ medicamentos citostáticos (a menudo empleados para el tratamiento del cáncer), susta:l'lcias químicas ,J Residuos farmacéuticos: Desechos que contienen productos farmacéuticos, por ejemplo, productos Residuos frumacéuticos vencidos o innecesarios, artículos contaminados por productos farmacéuti cos (frascos, cajas) o que · - ._ · . . ... -- • • 1. •• • •• - Resludos qufmioos Residuos químicos; Desechos que contienen sustancias químicas, por ejemplo, reactivos de laboratorio, revelador de pelfculas. desinfectantes vencidos ó innecesarios, disolventes. Residuos con algo Residuos con alto contenido de metales pesados: Incluye residuos con mercurio que se generan de contenido de metales manera típica por caída y ruptura de instrumental médico . .. ... .. - ..J ... - - Residuos radiactivos: Desechos que contienen sustancias radiactivas, por ejemplo, líquidos sobrantes Residuos radiactivos de radioterapia o de investigaciones de laboratorio; objetos de vidrio, paquetes o papel absorbente contaminados; orina y excretas de pac:ientes tratados o examinados con radtonucleoti4os sin sellar; fuentes selladas. No existe un consenso internacional en cuanto a la clasificación de los residuos infecciosos generados en los centros de atención médica, cada país ha generado una clasificación para estos residuos y la legislación correspondiente. Sin embargo, existe un símbolo universal de riesgo biológico (figura 1) La legislación que regula el manejo de RPBI en México, está basada en los riesgos asociados a la salud de las personas. El manejo incluye separación del resto de los residuos, contenedores especiales, transporte y tratamiento exclusivo para este tipo de residuos, incluso los estudios 18 realizados acerca de este tipo de residuos, se enfocan en el manejo dentro de la organización que los genera. Respecto al riesgo a la salud asociado a los RPBI, Cristina Cortinas (2007( 71) menciona lo siguiente: "Si se pone en perspectiva el manejo de residuos biológico infecciosos con respecto al consumo de agua y alimentos contaminados con agentes patógenos o a la exposición intra- hospitalaria a estos agentes, el riesgo de enfermarse por manejar tales residuos es insignificante''. RESIDUOS PELIGROSOS BIOLOGICO-IIIFECCIO SOS Figura l. Símbolo universal de riesgo biológico. Fuente: NOM-087-SEMARNA T-SSA 1- 20024. En cuanto a la investigación realizada respecto a RPBI menciona que "La revisión de la literatura muestra que prácticamente no se han reportado casos de transmisión de enfermedades infecciosas por manejo de residuos biológico-infecciosos, por el contrario, abundan las publicaciones que manifiestan la alta probabilidad de enfermedad por consumo de agua y alimentos contaminados, así como relativa a las enfermedades nosocomiales (transmitidas por mal manejo de pacientes en los establecimientos médicos). Las estadísticas de morbilidad y mortalidad por enfermedades gastrointestinales infecciosas (así como sobre enfermedades respiratorias infecciosas que se transmiten, entre otros, por contacto directo con los enfermos) en México, confirman la importancia de estos padecimientos, ligados a una higiene deficiente en nuestra vida cotidiana" (Cortinas C. 2007l71). Dentro del documento "Bases para una política nacional de residuos peligrosos ( ¡ 994(21 )" emitido por el Instituto Nacional de Ecología, en el apartado "Efectos ambientales del manejo de los 19 residuos peligrosos" se menciona que "a la fecha, las instituciones encargadas de la política de manejo de residuos peligrosos no cuentan con un esquema metodológico para determinar el potencial de afectación y evaluar los riesgos a la salud y al ambiente asociados a este problema los estudios de evaluación de los efectos ambientales realizados en México se han enfocado principalmente a los problemas generados por mal manejo de residuos peligrosos en casos específicos o por accidente.". Posterior a la publicación de las "Bases para una política nacional de residuos peligrosos", se realizaron modificaciones a la legislación, sin embargo, hasta la fecha, los estudios realizados sobre los RPBI siguen enfocados al manejo dentro de las instituciones generadoras, los indicadores de seguimiento que publica la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNA T) están enfocados a la generación y al número de empresas existentes para el transporte y tratamiento, todo esto basado sólo en los trámites ingresados a esta secretaría. 3.2 POLITICA AMBIENTAL EN MÉXICO El tema ambiental en la política del país se incorporó como consecuencia de un conjunto de procesos coincidentes (Micheli, 2002r23l): Un ciclo de catástrofes tanto naturales como generadas por la actividad productiva, que dejaron en claro la ausencia de una capacidad institucional de atención a estos fenómenos y a sus profundas consecuencias sociales. La emergencia del modelo neoliberal en la estrategia de desarrollo económico y social del país, lo cual implicó una rápida pérdida de capacidad de intervención del Estado en los mecanismos de cohesión y legitimación social que eran tradicionales del sistema político mexicano, tales como el empleo y el salario. El afianzamiento de tendencias internacionales de creación de un mercado ambiental. Pérez, J, (2010[291) menciona que la evolución de la política ambiental en México se da en tres etapas. Menciona que la primera tuvo un enfoque "sanitario", si entendemos por salubridad tanto el conocimiento como el mejoramiento de las condiciones sanitarias del ambiente natural de la población. Para este autor, la política ambiental se instala desde 1841 con la creación del Consejo Superior de Salubridad del Departamento de México, y con la creación de un código sanitario. En 1917 se crea la Secretaría de Seguridad Pública y en 1943 la Secretaría de Seguridad y Asistencia, las cuales se encargarían de la gestión ambiental, vigilando el cumplimiento de este código sanitario. En 1917 se crea la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental, primer ordenamiento jurídico mexicano de naturaleza ambiental con disposiciones en 20 materia de aire, aguas y suelos. La segunda etapa está caracterizada por el enfoque integral hacia la preservación y restauración del equilibrio ecológico, mientras que en la tercera etapa la política ambiental adquiere un enfoque de "Desarrollo Sustentable" en la cual se plantea la necesidad de planear el manejo de los recursos naturales y políticas ambientales en nuestro país desde un punto de vista integral, articulando los objetivos económicos, sociales y ambientales. En la década de los 70s y hasta 1984, los principales instrumentos con que contaba el Estado eran dos: en el plano legal la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental ( 1971) y en el aspecto de la gestión, un órgano de administración que en un inicio fue la Subsecretaría de Mejoramiento del Ambiente (1972-1976), la cual pertenecía a la Secretaría de Salubridad y Asistencia. Después esta secretaría pasó a formar parte de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología como Subsecretaría de Ecología (Micheli, 2002Í231). Cabe mencionar que las primeras fases de política ambiental en México, como casi en todo el mundo, se orientaron hacia las causas más aparentes de la contaminación, entre estas destacaba el sector industrial (Giner de los Ríos, 200Jl9l). Durante el sexenio de Miguel de la Madrid ( 1982-1986) se incluyó por primera vez el tema de la ecología como factor explícito en el desarrollo socialy económico del país dentro del Plan Nacional de Desarrollo. En este documento se establecieron estrategias para el uso de recursos naturales, la promoción de tecnologías eficientes y el crecimiento urbano en algunas zonas del país. En 1987, se modificó el artículo primero de la Ley Federal de Protección al Ambiente y se introdujo por primera vez la obligación del Estado para generar normas en defensa del medio ambiente. De igual manera se estableció en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos[61, donde se adicionó al artículo 27 la obligación del Estado para dictar las medidas necesarias para ayudar a mantener el equilibrio ecológico. Esta reforma dio paso a la publicación de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA, 1988[t 7D vigente hasta la fecha, en sus inicios, la LGEEPA en sus inicios, se enfocó a los siguientes puntos: Protección de las áreas naturales. Prevención y control de la contaminación de la atmósfera, suelo y agua. Control de materiales y residuos peligrosos Clasificación de las fuentes de contaminación Sanciones 18'41 Consejo Supenor de Sa;ubrid¡d 1917 Secretaria de Salubridad Pública 1943 Secretaria de Salubndad y Asis~enci¡ {SSA) J9n(SSA) 1971 Ley Feoona p.an. P--t!veni ... ~;r~~i~~~~~ Aír'bie,..ul Subsecretaria de Mejoramiento del Ambiente 1982 19&4 1983 Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología (SE:JUE). C:ONADE, C:NA LO)' Federal de Protecc On alA:-bio-u, Pr7ca.m1 Nicio:i.a t---------1------------, de colog> 1992 ~-1'""9e-8---~ 199C Prcsnma Nacio.•al p.1ra la Procecc1on delMe<iio Secretaria de Desarrollo Social (5EDESO_) LO)' Grertl do INf, l"\Off PA :i-ri~:~¡!~º~flico A~o;e .. re 1995 p .. o,ra:.,....a. de Medio Amb ente 2001 p .. ograma N:acional die Med, o Ambiente y_Recursos Na.t .. ra.es 2007 1995 Secre-.aria de Med10Amb1ente. Recursos Naturales y Pesca /5:NA~NA•) co,ASIO 2000 Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SE~AR,AT) C:O,AN•: 1,~TA; Conalor Pro,.'ilma Sectorial de Medio A-bie.-ce y Rec_nos Nu .. n. a Amb ence 2003 Lev Gene""1.· de Desa~ro11o Foresal S.ste."'table 2:l04 LO)' ce Ar.as Nacio"ales lOOS Ley Genen de Vidl Si- vestre y LO)' oe Biosegur dao Figura 2. Evolución de la gestión ambiental en México (Pérez, J. 20107) La LGEEP A se publicó con 5 reglamentos: Evaluación de impacto ambiental. Residuos peligrosos. Transporte terrestre de residuos peligrosos. Contaminación atmosférica. 21 Contaminación por vehículos en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México (ZMCM) De acuerdo a Micheli (20026) "comenzaron en ese año un conjunto de acciones que darían pie a la concreción de intereses de los agentes sociales y económicos como requisito de un mercado ambiental: la publicación de normas, llamadas Normas Técnicas Ecológicas (21 para contaminación de agua, 3 para contaminación atmosférica y 2 para residuos peligrosos); el sistema de denuncia popular a la contaminación, la obligación de realizar estudios de impacto ambiental previo a inversiones y el registro de consultores ambientales". 22 Es importante mencionar que durante este periodo el gobierno mexicano ratificó el Protocolo de Montreal (l 987), para la protección de la capa de ozono y firmó el convenio de Basilea ( 1989), para regular el tránsito transfroterizo de residuos peligrosos. Para Micheli (2002[231), ésta primera etapa de política ambiental en México presentaba debilidades, como "la ausencia de reglas "objetivas" para la actuación gubernamental, en el marco de una opinión pública que reclamaba crecientemente acciones para detener el deterioro ambiental" y esto como consecuencia "privaba la confusión acerca de las responsabilidades y los mecanismos de acción estatales y sociales". En 1992 se crean se crean dos organismos clave para la política ambiental (Micheli, 2002[231), el Instituto Nacional de Ecología (INE) y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA). El primero encargado de generar normas y definir políticas, y el segundo, responsable de vigilar y fiscalizar el cumplimiento de las normas y leyes. Para Micheli (2002Í231) el sexenio de 1994-2000 representa una segunda fase de política ambiental, en la que se corrigieron las fallas de la primera. En 1995 se crea el Programa del Medio Ambiente y la Secretaría del medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP), este organismo reunía la gestión de los recursos naturales renovables con la del medio ambiente a partir de tres estrategias: contener las tendencias del deterioro ambiental, fomentar la producción limpia y sustentable y contribuir al desarrollo social. En el 2000 la SEMARNAP se convierte en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNA T) y el Programa Nacional del Medio Ambiente y Recursos Naturales. Con esto, se adoptó un nuevo diseño institucional y una nueva estructura en la que actualmente la política ambiental es una política de Estado. La publicación de la LGEEPA y la creación y posterior conversión de la SEMARNAP a SEMARNA T, marcan el estado actual de la política ambiental. De acuerdo a Jesús Quintana (2009[351), la política ambiental puede ser formulada a través de tres vías que son: - Vía Legislativa - Vía administrativa - Vía de la planeación También menciona que en México, las principales políticas ambientales se establecen por esta vía. 23 3.2.1 POLÍTICA AMBIENTAL SOBRE RESIDUOS En 1994, el Instituto Nacional de Ecología (INE) y la Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP, ahora Secretaría de Recursos Naturales SEMARNAT) publicaron el documento llamado "Bases para una política nacional de residuos peligrosos" (19947), en este se realizó un diagnóstico en cuanto a la generación, marco jurídico e infraestructura instalada para el manejo y tratamiento de Residuos Peligrosos. Dentro de este documento se incluye un apartado de "Instrumentos Económicos" donde se menciona que "los problemas ambientales se pueden interpretar convenientemente como resultado de fallas en los mercados, carencia de información, diseños institucionales y de política, que se traducen en la transferencia de costos de quienes los provocan hacia otros sectores de la sociedad o incluso, a las generaciones futuras" Un punto relevante en el documento, es que propone la importancia de "adoptar, aplicar y desarrollar nuevas metodologías de evaluación económica para el ambiente, que han sido propuestas y utilizadas con cierto éxito en otros países", esto bajo la justificación de que "los instrumentos económicos pueden requerir, para su plena eficacia y eficiencia, valuar costos ambientales como premisa para la intemalización, o bien, pueden operar a partir de topes o umbrales, arrojando como resultado precios que incorporen plenamente costos sociales". Adicional a esto se incluyen los siguientes conceptos a considerarse en la generación de una política: Derecho a la información: Si la población conoce el tipo de residuos peligrosos que existen en su comunidad, la forma en que se manejan y los daños que pueden causar a su salud y al ambiente, podrá decidir si está dispuesta a aceptar ese riesgo y se sentirá obligada a participar activamente en los planes de emergencia y en programas concertados de reducción en la generación de residuos. Participación pública y procedimientos de negociación: Se debe considerar la participación de la población civil en el proceso de autorización para la operación de instalaciones para el manejo de residuos peligrosos. En el caso de confinamientos controlados, deberán realizarse audiencias públicas en las cuales la comunidad pueda escuchar la participación libre de investigadores universitarios y otras personas interesadas en el proyecto. Se debe publicar un resumen de las evaluaciones y estudios sobre el proyecto, dar un plazo límite para que el público presente sus inconformidades, consustento técnico y legal y publicar respuestas a dichos argumentos. Afectación de intereses locales: Formalizar un proceso de proponer-anunciar-negociar- autorizar-instalar, o reconsiderar el emplazamiento geográfico y la naturaleza tecnológica de algún proyecto. Esto por la oposición casi generalizada de gobiernos y comunidades 24 locales a aceptar instalaciones para el maneJo de residuos peligrosos. Es necesario involucrar a la comunidad receptora, a través de mecanismos pre establecidos y legitimados. "Lo importante es que la comunidad receptora perciba claramente los beneficios del proyecto y esté satisfecha con ellos". Como ya se mencionó, después de este documento no se emitió ninguna política ambiental relacionada con el manejo de Residuos Peligrosos, sin embargo, el marco normativo si tuvo modificaciones, aunque se desconoce si fue resultado del trabajo realizado en las "Bases para una política nacional de residuos peligrosos" La política ambiental de México en materia de residuos (sólidos municipales, industriales, peligrosos y no peligrosos) identifica como primera opción la prevención de su generación, como segunda el reuso y como tercera el tratamiento ya sea para recuperar los materiales con valor económico, producir composta y para destruirlos o reducir su volumen y peligrosidad, mediante tecnologías que incluyan la destrucción térmica con recuperación de energía, y como último recurso su disposición final en rellenos sanitarios, con aprovechamiento del biogás o en confinamientos controlados de residuos industriales no peligrosos. Los instrumentos de la política para el manejo integral de residuos sólidos comprenden: Planes, programas y proyectos piloto para el manejo integral de residuos sólidos municipales. Capacitación técnica y profesional Incentivos y sanciones económicas Divulgación de información confiable Monitoreo e inspección Sanciones disciplinarias y compensatorias Apoyo técnico y financiero a los estados y municipios Educación ambiental constante y consistente Condiciones para el mercado de material reciclado, composta y biogás Disposiciones legales 25 Actualmente, el tema ambiental se trata desde el Plan Nacional de Desarrollo, para este periodo en particular, el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012[3°l, contiene en su eje 4 la estrategia para la "Sustentabilidad Ambiental" y en particular, la estrategia 12.2 que tiene como objetivo "Promover el desarrollo de la infraestructura apropiada para la gestión integral de los residuos peligrosos". En este plan, se menciona que "el adecuado manejo de los residuos peligrosos requiere de infraestructura y tecnologías especializadas que aseguren la integridad de los ecosistemas y sobretodo la salud de la población. Para ello se requiere de un inventario que provea información sobre los generadores, las características de los residuos, los volúmenes que se producen y su distribución geográfica". En Diciembre de 2008, se publicó el "Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos1331" emitido por SEMARNA T, este programa "propone y establece la política ambiental en materia de residuos. Este programa tiene como objetivo principal: "Contribuir al desarrollo sustentable de México a través de una política ambiental de residuos basada en la promoción de cambios en los modelos de producción, consumo y manejo, que fomenten la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos, de manejo especial, peligrosos y minero-metalúrgicos; a través de acciones de prevención y minimización de la generación, separación de residuos en la fuente, reutilización y reciclado, la valorización material y energética, hasta la disposición final restringida y apropiada de los residuos como última opción. Lo anterior, enmarcado en sistemas de gestión integral que incorporen esquemas de responsabilidad compartida y diferenciada de los diferentes actores de la sociedad, con acciones ambientalmente adecuadas, técnicamente factibles, económicamente viables y socialmente aceptables". (Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos 2009-2012) El programa está fundamentado en los siguientes principios: 1. Principio de autosuficiencia; Demanda que se debe contar con los recursos financieros, económicos, de infraestructura y organizativos (intermunicipal o regional), así como los esquemas, las capacidades y el equipamiento necesarios para asegurar que los residuos que se generen en el país, se manejen de una manera ambientalmente adecuada, técnicamente factible, económicamente viable y socialmente aceptable. 2. Principio de desarrollo sustentable; Establece que el objetivo fundamental de cualquier estrategia de manejo de residuos debe ser a través de un proceso evaluable mediante criterios e indicadores de carácter ambiental, económico y social, que tienda a mejorar la 26 calidad de vida y la productividad de las personas, que se funda en medidas apropiadas de conservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y aprovechamiento de recursos naturales, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras. 3. Principio de prevención y minimización; implica la adopción de medidas operativas de manejo (sustitución de insumos y productos, rediseño de productos y procesos), que permitan prevenir y disminuir, hasta niveles económicos y técnicamente factibles, la generación de residuos tanto en cantidad como en su potencial de causar contaminación al ambiente o afectaciones negativas a la salud humana. Asimismo, implica el desarrollo en acciones enfocadas a reducir la cantidad de residuos enviados a disposición final. 4. Principio de manejo seguro y ambientalmente adecuado; Requiere que el manejo de los residuos se realice con un enfoque multimedios, que observe criterios para impedir la transferencia de contaminantes de un medio a otro, suelo, subsuelo, cuerpos superficiales de agua, mantos freáticos, acuífero y atmósfera. 5. Principio de aprovechamiento y valorización; Implica el desarrollo de acciones que fomenten la creación de infraestructura para el reuso, reciclaje y aprovechamiento material o energético de los materiales contenidos en los residuos, con la participación coordinada de los tres órdenes de gobierno y los diversos sectores involucrados en la generación y manejo de residuos. 6. Principio de comunicación, educación y capacitación; Implica el desarrollo de acciones para fomentar el conocimiento, sensibilización y concientización de la sociedad, en la problemática que implica el manejo inadecuado de los residuos, el significado del cambio en el comportamiento de la sociedad, la promoción para la formación de especialistas e investigación en la materia, que fomente la formación de una cultura de minimización en la generación y la disposición final para apoyar la gestión integral de los residuos. 7. Principio de información; Plantea la sistematización, análisis, intercambio intra e interinstitucional y difusión de información sobre la generación, caracterización, manejo, reuso, reciclaje, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de residuos, así como la información correspondiente a programas y acciones que se realicen en la materia. Por otro lado debe garantizar la rendición de cuentas y el libre acceso de los ciudadanos a la información que estará disponible para consulta para todos los sectores de la sociedad. 8. Principio de participación social; Demanda asegurarse de que al diseñar, instrumentar, ejecutar, evaluar y vigilar los sistemas de gestión integral de residuos, los tres órdenes de gobierno promuevan la participación corresponsable e informada de la sociedad. 27 9. Principio de responsabilidad compartida; Plantea como parte fundamental el reconocimiento de la responsabilidad y la participación corresponsable pero diferenciada de todos los miembros de la sociedad (gobierno, industria,comercio, servicios, academia, organizaciones no gubernamentales y consumidores en general, entre otros), en la gestión integral de los residuos. 1 O. Principio de quien contamina paga; Establece que cada persona o entidad colectiva es responsable de las consecuencias de sus acciones sobre el ambiente y de los impactos que estas conllevan. También será responsable de los costos derivados por los impactos ambientales que se ocasionen, la caracterización y la restauración de los sitios que han sido impactados y no puede ni debe transferir esta responsabilidad a otros miembros de la sociedad o a generaciones futuras. 11. Principio de desarrollo tecnológico; Sugiere el fomento en el uso, aplicación o desarrollo de tecnología que permita contar con procesos de producción limpia que beneficie a la prevención y minimización de la generación de residuos en industria, servicios, comercios y población, el aprovechamiento de los materiales sujetos a valorización o el tratamiento aplicable para reducir la disposición final y adecuada de los residuos. 12. Principio de armonización de las políticas; Sugiere la congruencia de las políticas ambientales entre los diversos órdenes de gobierno y los diversos instrumentos en aplicación como el ordenamiento territorial y ecológico y desarrollo urbano con la del manejo integral de los residuos en el país. 13. Principio precautorio; A falta de certeza científica sobre los efectos que pueda ocasionar alguna actividad, sustancia o producto, deberán tomarse las acciones y medidas necesarias para evitar que aquellos materiales contenidos en los residuos entren en contacto con el medio ambiente. 3.3 ANÁLISIS DE CICLO DE VIDA De acuerdo a la SET AC (Society of Environmental Toxicology And Chemistry s.f. [JSJ) "El Análisis del Ciclo de Vida (ACV),es un proceso objetivo para evaluar las cargas ambientales asociadas a un producto, proceso o actividad, identificando y cuantificando tanto el uso de materia prima y energía como las emisiones al entorno, para determinar el impacto de ese uso de recursos y esas emisiones y para evaluar y llevar a la práctica estrategias de mejora ambiental. El estudio incluye el ciclo completo del producto, proceso o actividad, teniendo en cuenta las etapas de: extracción y procesado de materias primas, producción, transporte y distribución, uso, reutilización y mantenimiento, reciclado y disposición final". 28 Los primeros estudios enfocados sobre algunas etapas del ciclo de vida de ciertos productos se remontan hacia fines de la década de los años 60 y principios de los 70. Esos estudios pusieron el énfasis en el análisis de la eficiencia, en el consumo de la energía y sus fuentes, el consumo de materias primas y, en menor medida, en la disposición final de los residuos generados. En 1969, Coca Cola Company financió un estudio destinado a relacionar y comparar el consumo de recursos para fabricar los envases para sus bebidas con las emisiones asociadas a los procesos productivos correspondientes. Por la misma época, también en Europa se estudiaba una especie de inventario que más tarde se conoció como "Ecobalance". En 1972, en el Reino Unido, Lan Boustead se dedicó a calcular la energía total que se requería para la fabricación de diversos tipos de envases (de vidrio, plástico, acero y aluminio) para bebidas. Sus conclusiones pueden consultarse en su artículo "LCA-How it carne about -The beggining in the UK" publicado en el International Jounal of Life Cycle Assessment en 1996). Al principio, se consideró que el consumo de energía tenía mayor prioridad respecto a la generación de residuos, las descargas y emisiones hacia el medio ambiente, entre otras cosas quizás porque todavía no había tantas demandas por parte de la opinión pública para que las empresas tuvieran en cuenta la prevención del deterioro ambiental.(Trama y Trojano 2001 [391). La Norma ISO 14040 (199?Í271), define el Análisis de Ciclo de Vida como una herramienta para determinar los aspectos ambientales e impactos potenciales asociados con un producto, compilando un inventario de las entradas y salidas relevantes del sistema; evaluando los impactos ambientales potenciales asociados a esas entradas y salidas, e interpretando los resultados de las fases de inventario e impacto en relación con los objetivos del estudio. De acuerdo a esta norma, el análisis de ciclo de vida se lleva a cabo en cuatro fases que son: Definición del objetivo y alcance: En esta se define el objetivo del estudio, se determina el alcance y la unidad funcional de acuerdo al producto o actividad objeto del estudio. Análisis del inventario: Se trata de una lista cuantificada de todos los flujos entrantes y salientes del sistema durante toda su vida útil, los cuales son extraídos de recursos del medio ambiente o bien desechados en este, calculando los requerimientos energéticos y materiales del sistema y la eficiencia energética de sus componentes, así como las emisiones producidas en cada uno de los procesos y sistemas. ( López, 2010P 9D· Evaluación del impacto: Con los datos alimentados al software, se realiza una clasificación de los mismos y se agrupan de acuerdo a los impactos ambientales evaluados. 29 Interpretación: Los resultados de las fases precedentes son evaluados juntos, en un modo congruente con los objetivos definidos para el estudio, a fin de establecer las conclusiones y recomendaciones para la toma de decisiones. De acuerdo a Güereca (2006l 1º1) El primer paso, definición de objetivo y alcance, debe expresar claramente el propósito y la extensión del estudio, además debe describir el o los sistemas estudiados y la unidad funcional. La unidad funcional se refiere a la cantidad de productos o servicios necesarios para cumplir la función que se compara, sirve de base para la comparación entre sistemas y a partir de ella se cuantifican las entradas y salidas funcionales de un sistema productivo o de servicios. Eatructur• de ACV Definición del objetivo y alcance Anill•I• del Inventarlo EV11luación del Impacto lnterpret8cl6n Aplicaciones cllrKtas: -Desarrollo y mejora del producto -Planlflcaclon •sn"tlloa .Polldca pública -Marketing Figura 3. Etapas del Análisis de Ciclo de Vida. Fuente: ISO 14040 (ISO, 1997). "El análisis de inventario del ciclo de vida (ICV), comprende la obtención de datos y los procedimientos de cálculo para cuantificar las entradas y salidas relevantes de un sistema, tomando como referencia la unidad funcional. Esas entradas y salidas pueden incluir el uso de recursos y las emisiones al aire, agua y suelo asociadas con el sistema a lo largo del ciclo de vida, es decir, desde la extracción de las materias primas hasta la disposición final. Las interpretaciones pueden sacarse de esos datos, dependiendo de los objetivos y alcance del ACV. Esos datos también constituyen las entradas para la evaluación de impacto de ciclo de vida. A pesar de que el Análisis del Ciclo de Vida es una herramienta que se está desarrollando rápidamente, aún requiere de mucho trabajo para alcanzar el consenso y superar las limitaciones 30 que ahora presenta, las cuales se relacionan principalmente con la incertidumbre y la subjetividad, debido a que: 1) Existen incertidumbres en: • Los datos usados para generar el inventario • La metodología usada para analizar el inventario y para evaluar el impacto, • La descripción del sistema en estudio, y • En los datos usados como referencia para la normalización. 2) El pesaje involucra elementos ideológicos y valores éticos que no pueden determinarse objetivamente. (Güereca Hemández, 2006¡,oJ) Por esto, el ACV debe ser un instrumento en la toma de decisiones, sin embargo, debe complementarse con un análisis detallado de toda la información que se tenga a la mano acerca del tema de interés. 3.4 CONTEXTO INTERNACIONAL SOBRE EL MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS 1.- Convenio de Basilea: Sobreel Control de los Movimientos Trasfronterizos de Desechos Peligrosos y su Disposición. Se estableció en 1989, su propósito principal, fue reducir el tráfico de residuos peligrosos de un país a otro, particularmente en países industrializados hacia países en desarrollo) y asegurar su disposición final ambientalmente adecuada. México lo ratificó el 22 de febrero de 1991 y entró en vigor el 5 de mayo de 1992. Este convenio se enfoca a proteger la salud humana y el medio ambiente de los efectos adversos que pudieran resultar del manejo de desechos peligrosos y otros desechos. (PNPGR 2009(331). 2.- Convenio de Estocolmo: Sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP's). Este convenio global firmado en el 2001, tiene como propósito proteger la salud humana y demás organismos de la biota, a través de la reducción y, en la medida de lo posible, la eliminación de la producción, utilización, importación y exportación de productos COP's (como plaguicidas dorados y bifenilospoliclorados). También busca reducir o eliminar las liberaciones no intencionales de COP's en fuentes estacionarias, como las incineradoras de residuos, o difusas, como en la quema de residuos a cielo abierto mediante la adopción de "mejores técnicas disponibles" y "mejores 31 prácticas ambientales". Como resultado de este convenio, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNA T), en coordinación con la Secretaría de Energía (SER), formularon el Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo para México. (PNPGR 2009¡331). 3.- Convenio de Rotterdam: A partir de este convenio, adoptado en 1998, se formuló el Reglamento en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos. 4.- Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte: Este acuerdo, suscrito por México, Canadá y Estados Unidos en 1994, tiene el propósito de facilitar la cooperación regional en esta materia y de promover la participación social en la determinación y evaluación de políticas públicas para el desarrollo sustentable de los tres países. A partir de este acuerdo se creó la Comisión para la Cooperación Ambiental, en la cual, se han constituido diversos grupos de trabajo involucrados algunos de ellos en cuestiones de residuos peligrosos, particularmente en el manejo ambientalmente adecuado de sustancias químicas y en la prevención de la contaminación y cumplimiento de la legislación ambiental. (PNPGR 2009[331) 5.- Programa Frontera 2012: En este programa se incorporan acciones relacionadas con la gestión de los residuos peligrosos, alentando el intercambio de información, conocimientos y experiencias, no solo entre los estados de los dos lados de la frontera entre México y Estados Unidos, sino también con los estados del resto de nuestro país. En particular, se propone promover la formulación de un Programa para la Prevención y Manejo Integral de Residuos Peligrosos en la Zona de la Frontera Norte. 6.- Gestión Internacional Ambientalmente Adecuada de los Residuos: La Agenda 21 l321 , surgida en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo de 1992, sigue siendo el marco base en el cual se han establecido los distintos convenios internacionales que involucran la gestión ecológicamente racional de los desechos peligrosos y otros desechos. Específicamente, en el capítulo 20 del Programa 21 l32l se plantea que: "Para velar por la protección de la salud y del medio ambiente, una ordenación adecuada de los recursos naturales y un desarrollo sostenible, es de extrema importancia controlar eficazmente la producción, el almacenamiento, el tratamiento, el reciclado y la reutilización, el transporte, la recuperación y la eliminación de los desechos peligrosos. Esto precisará la cooperación y participación activa de la comunidad internacional, los gobiernos y la industria. Los elementos esenciales para lograrlo son: la prevención de la producción de desechos peligrosos y la rehabilitación de los lugares 32 contaminados, y para ambas casos se requieren conocimientos, personas con experiencia, instalaciones adecuadas, recursos financieros y capacidades técnicas y científicas". Se plantea que la gestión ecológicamente racional de los desechos debe ir más allá de la simple eliminación o el aprovechamiento por métodos seguros de los mismos y procurar resolver la causa fundamental del problema intentando cambiar las pautas no sostenibles de producción y consumo. 7.- Conferencia de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo: En la conferencia sobre medio ambiente y desarrollo de 1992, se adoptó como la guía para la acción la agenda 21, que hace referencia en su capítulo 20 a la gestión ecológicamente racional de los desechos peligrosos. Establece que el manejo de los residuos debe contemplar la minimización de su generación, así como su reciclaje, recolección, tratamiento y disposición final adecuados y tan cerca de su fuente de origen como sea posible, aplicando la responsabilidad común pero diferenciada. Cada país y ciudad establecerá sus programas para lograr lo anterior de acuerdo a sus condiciones locales y a sus capacidades económicas. 8.- Iniciativa 3R's (Reducir, Reusar y Reciclar): En 2006 Japón y México firmaron la minuta del proyecto "Desarrollo de Políticas de Manejo de Residuos incorporando el Principio de las 3R's". La finalidad de este proyecto es crear y desarrollar una política de manejo de residuos basada en las 3R's , que involucre a todas las instituciones, sectores del gobierno y sociedad relacionados con el manejo de los residuos, con la finalidad de lograr una sociedad sustentable. En el concepto amplio se considera también la oportunidad del comercio internacional o flujo internacional de materiales y subproductos con el fin específico de reutilización y reciclaje. 3.5 CONTEXTO NACIONAL SOBRE EL MANEJO DE RESIDUOS 1.- Red Mexicana de Manejo Ambiental de Residuos (REMEXMAR): Esta red busca lograr la gestión integral de los residuos, en el marco de un desarrollo sustentable, su función es facilitar la coordinación para que esto ocurra. 2.- Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos 2009-2012: Se menciona que "El desarrollo sustentable en México depende de la conservación y aprovechamiento racional de los recursos naturales y la protección de sus ecosistemas, para lo cual, es necesario promover cambios en los modelos de producción, consumo y manejo de los residuos, así como establecer sistemas para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos, de manejo especial y peligrosos, que sean ambientalmente adecuados, tecnológicamente factibles, económicamente viables y socialmente aceptables". 33 4. GESTIÓN ACTUAL DE RPBI EN MÉXICO 4.1 POLÍTICA AMBIENTAL EN MATERIA DE RESIDUOS El Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos 2009-20121, establece las bases para la política ambiental de residuos en México. Dentro de este se promovieron líneas de acción para cumplir los principios de prevención de la generación, valorización y gestión integral de Residuos Peligrosos, estas líneas de acción son las siguientes: Prevención "Actualizar los listados de residuos peligrosos en la normatividad correspondiente, a fin de adecuarlos a partir de los avances internacionales en materia de ciencia de materiales y riesgos ambientales". Para esta línea de acción se propone publicar la modificación quinquenal de la NOM-052-SEMARNA T-2005[241 _ "Elaborar la normatividad requerida para determinar las condiciones y especificaciones que se deben cumplir para la disposición final de residuos peligrosos en confinamientos controlados". "Desarrollar un estudio de actualización bianual para determinar la infraestructura requerida en el país para satisfacer la demanda de manejo de RP". "Elaborar los lineamientos para el controly gestión integral de los RP de m icrogeneradores" Desarrollar programas para promover la producción más limpia en las industrias, mismos que fomenten la reducción de la generación de RP mediante la sustitución de insumos o 34 materias primas, la reingeniería de los procesos productivos o por medio de mejores prácticas, en un marco de factibilidad tecnológica, económica y ambiental". 4.2 MARCO LEGAL La base para la legislación mexicana es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosl6l, el artículo 4° menciona que "Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta constitución. También menciona que "Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar". Dentro del Artículo 122 se menciona como facultad de la Asamblea Legislativa: "Legislar en materia de planeación del desarrollo; en desarrollo urbano, particularmente en uso del suelo; preservación del medio ambiente y protección ecológica ... " Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 1 Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente 1 Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos 1 Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los residuos NOM'S NOM-087-SEMARNAT-SSA-2002 Protección Ambienta l- Salud Ambiental- Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos- Clas1f1cac1ón y Especificaciones de Manejo NOM-052-SEMARNAT-2005 Que establece las características, el procedimiento de 1dent1f1caoón, clas1f1cac1ón y los listados de los residuos peligrosos. NOM - 098-SEMARNAT-2002 Protección Ambiental- Incineración de residuos, espec1f1caciones de operación y límites de em1s1ón de contaminantes. NOM-055-SEMARNAT-2003Que establece los requ1s1tos que deben reun ir los s1t1os que se destinarán para un confmam,ento controlado de residuos peligrosos previamente estabilizados. * PROY-NOM-160-SEMARNAT-2011 Que establece los elementos y proced1m1entos para formular los planes de manejo de residuos peligrosos Figura 4. Marco legal aplicable a RPBI. Fuente: SEMARNAT 2011 ¡isJ. 35 4.1.1 LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA 2011 [t 7J) dedica un capítulo a los "Materiales y Residuos Peligrosos", sin embargo, en el 2007 se publicó la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR[ 181) para tratar de manera específica todo lo relacionado con la gestión de residuos en México. En cuanto a la legislación particular de RBPI 's, la primera referencia se encuentra en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento (LGPGIR, 2007). La LGPGIR tiene por objeto "garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente adecuado y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos peligrosos, de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial; prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación así como establecer las bases para (LGPGIR 2007): I. Aplicar los principios de valorización, responsabilidad compartida y manejo integral de residuos, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social, los cuales deben de considerarse en el diseño de instrumentos, programas y planes de política ambiental para la gestión de residuos Il. Determinar los criterios que deberán de ser considerados en la generación y gestión integral de los residuos, para prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente y la protección de la salud humana; III. Establecer los mecanismos de coordinación que, en materia de prevenc1on de la generación, la valorización y la gestión integral de residuos, corresponden a la Federación, las entidades federativas y los municipios ... IV. Formular una clasificación básica y general de los residuos que permita uniformar sus inventarios, así como orientar y fomentar la prevención de su generación, la valorización y el desarrollo de sistemas de gestión integral de los mismos; V. Regular la generación y manejo integral de residuos peligrosos, así como establecer las disposiciones que serán consideradas por los gobiernos locales en la regulación de los residuos que conforme a esta Ley sean de su competencia; VI. Definir las responsabilidades de los productores, importadores, exportadores, comerciantes, consumidores y autoridades de los diferentes niveles de gobierno, así como de los prestadores de servicios en el manejo integral de los residuos; 36 VII. Fomentar la valorización de residuos, así como el desarrollo de mercados de subproductos, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica y económica, y esquemas de financiamiento adecuados; VIII. Promover la participación corresponsable de todos los sectores sociales, en las acciones tendientes a prevenir la generación , valorización y lograr una gestión integral de los residuos ambientalmente adecuada, así como tecnológica, económica y socialmente viable ... IX. Crear un sistema de información relativa a la generación y gestión integral de los residuos peligrosos, sólidos urbanos y de manejo especial, así como de sitios contaminados y remediados; X. Prevenir la contaminación de sitios por el manejo de materiales y residuos, así como definir los criterios a los que se sujetará su remediación; XI. Regular la importación y exportación de residuos; XII. Fortalecer la investigación y desarrollo científico, así como la innovación tecnológica para reducir la generación de residuos y diseñar alternativas para su tratamiento, orientadas a procesos productivos más limpios y XIII. Establecer medidas de control, medidas correctivas y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta Ley y las disposiciones de de ella se deriven, así como para la imposición de las sanciones que corresponda. Es importante señalar que en el artículo 2 de la LGPGIR se establecen los principios que se deben aplicar en la formulación de políticas ambientales en materia de gestión de residuos, esta menciona que "en la formulación y conducción de la política en materia de prevención, valorización y gestión integral de los residuos a que se refiere esta Ley, la expedición de disposiciones jurídicas y la emisión de actos que de ella deriven, así como en la generación y manejo integral de residuos, según corresponda, se observarán los siguientes principios": l. El derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar; ll. Sujetar las actividades relacionadas con la generac1on y manejo integral de los residuos a las modalidades que dicte el orden e interés público para el logro del desarrollo nacional sustentable; 37 Ill. La prevención y minimización de la generación de los residuos, de su liberación al ambiente, y su transferencia de un medio a otro, así como su manejo integral para evitar riesgos a las salud y daños a los ecosistemas; IV. Corresponde a quien genere residuos, la asunción de los costos derivados del manejo integral de los mismos y, en su caso, de la reparación de los daños; V. La responsabilidad compartida de los productores, importadores, exportadores, comercializadores, consumidores, empresas de servicios de manejo de residuos y de las autoridades de los tres órdenes de gobierno es fundamental para lograr que el manejo integral de los residuos sea ambientalmente eficiente, tecnológicamente viable y económicamente factible; VI. La valorización de los residuos para su aprovechamiento como insumos en las actividades productivas;Vil. El acceso público a la información, la educación y la capacitación, para lograr la prevención de la generación y el manejo sustentable de los residuos; VIII. La disposición final de residuos limitada sólo a aquellos cuya valorización o tratamiento no sea económicamente viable, tecnológicamente factible y ambientalmente adecuada; IX. La selección de sitios para la disposición final de residuos de conformidad con las normas oficiales mexicanas y con los programas de ordenamiento ecológico y desarrollo urbano; X. La realización inmediata de acciones de remediación de los sitios contaminados, para prevenir o reducir los riesgos inminentes a la salud y al ambiente; XL La producción limpia como medio para alcanzar el desarrollo sustentable, y XII. La valorización, la responsabilidad compartida y el manejo integral de residuos, aplicados bajo condiciones de eficiencia ambiental, tecnológica económica y social, en el diseño de instrumentos, programas y planes de política ambiental para la gestión de residuos. En la LGPGIR, en el título segundo "Distribución de competencias y coordinación" se establecen las atribuciones de los tres órdenes de gobierno (federación, entidades federativas y municipios, tabla 2), los residuos peligrosos. En el artículo 7, inciso 11, se menciona que es facultad de la 38 federación: "Expedir reglamentos, normas oficiales mexicanas y demás disposiciones jurídicas para regular el manejo integral de los residuos peligrosos, su clasificación, prevenir la contaminación de sitios o llevar a cabo su remediación cuando ello ocurra". Sin embargo, en cuanto a residuos peligrosos, la ley señala como facultad de las entidades federativas "Autorizar y llevar a cabo el control de los residuos peligrosos generados o manejados por microgeneradores, así como imponer sanciones que procedan, de acuerdo con la normatividad aplicable y lo que establezcan los convenios que se suscriban con la Secretaría y con los municipios" así como también "Promover, en coordinación con el Gobierno Federal y las autoridades correspondientes, la creación de infraestructura para el manejo integral de residuos sólidos urbanos, de manejo especial y residuos peligrosos, en las entidades federativas y municipios, con la participación de los inversionistas y representantes de los sectores sociales interesados". En el caso de los municipios, en el artículo l O se señala que tiene la facultad de "Participar en el control de los residuos peligrosos generados o manejados por microgeneradores, así como imponer las sanciones que procedan, de acuerdo con la normatividad aplicable y lo que establezcan los convenios que se suscriban con los gobiernos de las entidades federativas respectivas" y "Coadyuvar en la prevención de la contaminación de sitios con materiales y residuos peligrosos y su remediación". En el capítulo II se especifican las obligaciones en cuanto a Planes de Manejo, que se define en esta ley de la siguiente manera: " Instrumento cuyo objetivo es minimizar la generación y maximizar la valorización de residuos sólidos urbanos, residuos de manejo especial y residuos peligrosos específicos, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social, con fundamento en el Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de Residuos, diseñado bajo los principios de responsabilidad compartida y manejo integral, que considera el conjunto de acciones, procedimientos y medios viables e involucra a productores, importadores, exportadores, distribuidores, comerciantes, consumidores, usuarios de subproductos y grandes generadores de residuos, según corresponda, así como a los tres niveles de gobierno". 39 Tabla 2. Distribución de competencias en gestión de residuos (LGEEPA, 2007) Fonnular el Programa Nacional para la Prevención Y Gestión Integral de los Residuos Fonnular el Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados El manejo integral, la clasificación y el transporte de los residuos pelit,'TOSOS. La prevención y remediación de sitios contaminados con residuos peligrosos. Fonnular, conducir y evaluar la política estatal. Formular los Programas de Prevención y Gestión Integral de Residuos de Manejo Especial. Residuos de manejo especial. Identificación de los residuos que dentro de su La elaboración de Nonnas Oficiales Mexicanas territorio puedan ser sujetos de planes de para prevenir o remediar la contaminación de manejo. suelos y cuerpos de agua. Nonna para la elaboración de piones de manejo: criterios, listados y procedimientos para su fonnulación para los 3 tipos de residuos Residuos peligrosos: autorizaciones para su manejo integral, importación, exportación y tnínsito por territorio nacional. Nonnatividad de su competencia. Cobro por servicios de manejo integral de residuos de mu.nejo especial Residuos de manejo especial: autorizaciones para su manejo integral. Microgeneradores de residuos peligrosos, previo convenio con la federación. Planes de manejo Normatividad relativa a residuos de manejo especial. Microgeneradores de residuos peligrosos, previo convenio con la Federación. Formular los Programas Municipales para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos. Residuos Sólidos Urbanos: control, prestación del y cobro por el servicio público de limpia. Grandes generadores de residuos sólidos urbanos: registro. Coadyuvar en el control de los icrogeneradores de RP con la entidad federativa. Normatividad relacionada con residuos sólidos urbanos. En el artículo 31, se establecen los residuos que están sujetos a un plan de manejo, entre los que se mencionan: XIII. La sangre y los componentes de ésta, sólo en su forma líquida, así como sus derivados; XIV. Las cepas y cultivos de agentes patógenos generados en los procedimientos de diagnóstico e investigación y en la producción y control de agentes biológicos; XV. Los residuos patológicos constituidos por tejidos, órganos y partes que se remueven durante las necropsias, la cirugía o algún otro tipo de intervención quirúrgica que no estén contenidos en formol, y 40 XVI. Los residuos punzo-cortantes que hayan estado en contacto con humanos o animales o sus muestras biológicas durante el diagnóstico y tratamiento, incluyendo navajas de bisturí, lancetas, jeringas con aguja integrada, agujas hipodérmicas, de acupuntura y para tatuajes Sin embargo, en este mismo artículo se hace la siguiente aclaración: "La Secretaría determinará, conjuntamente con las partes interesadas, otros residuos peligrosos que serán sujetos a planes de manejo, cuyos listados específicos serán incorporados en la NOM que establece las bases para su clasificación". Actualmente se encuentra en revisión el proyecto de norma PROY -NOM-160-SEMARNA T- 2011 f34l "Que establece los elementos y procedimientos para formular los planos de manejo de residuos peligrosos", en el punto 7, "Procedimiento para la formulación de planes de manejo de productores, exportadores, importadores y distribuidores de productos que al ser desechados se convierten en residuos peligrosos" se hace referencia al artículo 31 de la LGPGIR pero no incluye los últimos 4 puntos que pertenecen a la categoría de RPBI, por lo que, de ser publicada la norma de esta manera, no sería claro si los generadores de RPBI están sujetos o no a la elaboración de un plan de manejo. De acuerdo a la LGPGIR en su capítulo III, artículo 50, se requiere autorización de la Secretaría para: l. La prestación de servicios de manejo de residuos peligrosos; 11. La utilización de residuos peligrosos en procesos productivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de este ordenamiento; (Artículo 63. La Secretaría, al reglamentar y normar la operación de los procesos de incineración y co- procesamiento de residuos permitidos para tal efecto, distinguirá aquellos en los cuales los residuos estén sujetos a un co-procesamiento
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