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CONDICIONES GENERALES DEL TRABAJO origen nacionalidad sexo genero edad discapacidad condicion social preferencias sexuales embarazo familia estado civil salvo modalidades consignadas en la ley Basadas en el principio de igualdad, sustantiva entre mujeres y hombres, no pueden ser inferiores y tienen que ser proporcionales o exclusiones por moitov de: trabajador podrá realizar labores conexas o complementarias son aquellas relacionadas permanentemente y directamente con las que estén pactadas en los contratos individuales y colectivos de trabajo JORNADA DE TRABAJO tiempo durante el cual el trabajador esta a disposicion del patrón para prestar su trabajo horarios Diurna 6 a 20 horas nocturana de 20 a 6 horas mixta contiene de ambas dias de descanso cada 6 dias de trabajo tienen que tener 1 de descanso por lo menos y con goze de sueldo obligatorios en el articulo 74 LFDT 1 DE ENERO 1 LUNES DE FEBRERO 3 LUNES DE MARZO 1 DE MAYO 16 DE SEPTIEMBRE VACACIONES por cada año de servicios se dará un periodo anual de vacaciones de minimo 6 dias laborales los cuales aumentaran 2 dias por cada año adicional hasta llegar a 12 y dos dias cada 5 años prima vacacional se le dara esta remuneración la cual no debe de ser menor al 25 % del pago que le corresponda por vacaciones aguinaldo se dara de julio a diciembre quien no lleva 1 año aun laborando se le pagara proporcional y el que lleve un año serán minimo 15 dias de salario se tendrá que pagar antes del 20 de diciembre 3 LUNES DE NOVIEMBRE 1 DE DICIEMBRE CADA 6 AÑOS 25 DE DICIEMBRE Se tiene que establecer su naturaleza trabajador patron ambos convendran: salario remunerador prestaciones jornada maxima SALARIO retribucion del patrón al trabajador por su trabajo UNIDAD DE TIEMPO monto de pago tomará como base el salario del día que nazca el derecho a la indemnización incluyendo la cuota diaria y parte proporcional de las prestaciones en el artículo 84 de la Ley Federal del trabajo trabajo por hora jornada diaria que debe ser pagada con el salario mínimo correspondiente al menos salario minimo es la cantidad menor que debe de recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo el salario mínimo lo determina la Comisión Nacional integrada por representantes de trabajadores patrones y Gobierno unidad de tiempo unidad de obra comisión precio alzado deberá fijarse por pago de deudas concentradas por anticipo de salarios pago de renta artículo 151 no puede exceder el 15% pago de abonos de préstamos de Infonavit el 1% del salario pago de cuotas de caja de ahorros y sociedades cooperativas 30% del salario mínimo pago de pensión alimenticia en favor de los deudores alimentarios pago de cuotas sindicales ordinarias pago de abonos de créditos garantizados en el artículo 103 bis no debe exceder del 20% normas protectoras y privilegios del salario ·trabajadores dispondrán libremente de su salario cualquier circunstancia contraria es nulo ·el salario y los devengados son irrenunciables ·se pagará directamente al trabajador en efectivo deberá pagarse con moneda legal ·nula sesión de salarios en favor del patrono de terceros ·obligación del patrón de pagar el salario no se suspende ·prohibido la aplicación de multas a los trabajadores cualquiera que sea su causa ·pago en el lugar donde los trabajadores presten sus servicios y en días laborables ·descuentos de los salarios están prohibidos salvo lo dispuesto en el artículo 210 qué sería prima de antiguedad es el pago adicional que se otorga a los trabajadores y consiste en el pago de 12 días por cada año de servicio y es el beneficio por laborar en una sola compañía por año reparto de utilidades ·Comisión Nacional integrada con representantes de los trabajadores y de los patrones fijará el porcentaje a repartir ·investigaciones y realizarán los estudios apropiados para conocer las condiciones generales de la economía nacional ·la comisión podrá recibir el porcentaje fijado cuando existan nuevos estudios o investigaciones que lo justifiquen ·se exentan las empresas de nueva creación se tomará como base la renta gravable de conformidad con las disposiciones que la ley del impuesto sobre la renta ·normal el derecho de los trabajadores de participar en las utilidades artículo 123 fracción novena apartado a de la Constitución Política de México la cual nos dice que los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas y estarán reguladas se integra por ·presidente el cual es nombrado por el presidente de la República ·Consejo de representantes el cual es integrado por representantes de los trabajadores y de los patrones ·dirección técnica exceptuados no pueden participar en la repartición de utilidades los directores gerentes y administradores de las empresas ·empresas de nueva creación durante su primer año de función ·Instituto Mexicano del Seguro Social ·asistencia o beneficencia ·productos nuevos por 2 años extracción PATRONES ·cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a la empresa o establecimiento ·pagar salarios e indemnizaciones ·local seguro para la guarda de los instrumentos y útiles de trabajo pertenecientes al trabajador ·expedir cada 15 días a solicitud del trabajador una constancia escrita del número de días trabajados y del salario ·es pedir al trabajador que lo solicite o se separe de su labor una constancia del tiempo trabajado ·tiempo para el voto para jurados electorales y concejales ·establecer y sostener las escuelas ·hacer por su cuenta cuando emplea más de 100 y menos de 1000 los gastos para sostener los estudios técnicos etcétera de uno de los trabajadores o hijos designado por sus cualidades y más de 1000 = 3 becarios y estos tendrán que presentar servicios durante un año por lo menos al trabajador que pagó sus estudios ·deducciones de sindicatos patrones artículo del 132 de la Ley Federal del trabajo derechos y obligaciones de los trabajadores y los patrones ·no cometer actos discriminatorios ·exigir a los trabajadores compren sus artículos de consumo en tienda o lugar determinado ·exigir o aceptar dinero como gratificación ·obligar por coacción o afiliarse o retirarse del sindicato ·votar ·restringir los derechos de los trabajadores ·propaganda política o religiosa ·portar armas ·presentarse en estado de embriaguez o bajo los efectos de algún enervante ·hostigamiento y acoso sexual DERECHOS DE LOS PATRONES Derecho de administración: El patrón puede dirigir y gestionar absolutamente todo lo relacionado al trabajo, incluyendo las tareas a realizar, los salarios, los horarios, el lugar de trabajo y más. Mientras todo esto esté dentro de la ley, un trabajador tiene que respetar las decisiones del patrón. Derecho de elección: De acuerdo con este derecho, el patrón puede asignar a la persona que crea más capacitada en un puesto de trabajo. Pero siempre debe de tenerse presente que el 90% de los trabajadores en una empresa tienen que ser mexicanos. Además, esta elección no debe de ser hecha discriminando a nadie, como lo indica la Ley Federal del Trabajo. Derecho de fidelidad: El patrón tiene que cumplir con sus obligaciones, así como los trabajadores. Cuando ambos respetan estas obligaciones, hay lealtad entre ellos. Por eso, si un patrón cumple con sus obligaciones, tiene derecho a que el trabajador también cumpla con las suyas, por ejemplo, al asistir en el horario indicado, hacer bien el trabajo o no revelar secretos de la empresa. Derecho a tener un papel en las comisiones mixtas: Las comisiones mixtas son organismos donde se discuten temas de interés tanto para los trabajadores como para los patrones. Por ejemplo, los salarios, las utilidades, etc. El patrón tiene derecho a formar parte de estas comisiones. Derecho a premiar o a sancionar: El patrón tiene la capacidad de premiar a alguien por su buen trabajo. Pero si un trabajador no está cumpliendo con lo que debería, el patróntiene derecho a sancionarlo. Todo esto debe de hacerse de forma justificada. Derecho de despedir a un trabajador: El patrón puede despedir a alguien si se cumple con alguno de los puntos indicados en el artículo 47 de la LFT. https://www.sesamehr.mx/control-de-asistencia/ https://www.sesamehr.mx/blog/ley-federal-del-trabajo-en-mexico/ https://www.sesamehr.mx/blog/cuales-son-las-obligaciones-del-patron-segun-la-ley-federal-del-trabajo/ https://www.sesamehr.mx/blog/que-conceptos-esta-obligado-a-pagar-el-patron-ante-un-despido-injustificado/ TRABAJADORES OBLIGACIONES ·Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que les sean aplicables; ·Observar las disposiciones contenidas en el reglamento ·Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, ·Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos; ·Dar aviso inmediato al patrón, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, de las causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo; ·Restituir al patrón los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles que les haya dado para el trabajo, ·Observar buenas costumbres durante el servicio; ·Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesiten, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas o los intereses del patrón o de sus compañeros de trabajo; ·Integrar los organismos que establece esta Ley; ·Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior ·Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de las mismas; ·Comunicar al patrón o a su representante las deficiencias que adviertan, a fin de evitar daños o perjuicios a los intereses y vidas de sus compañeros de trabajo o de los patrones; y ·Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente REFLEXION considero que este curso fue de gran relevancia para mi ya que aparte de adquirir conocimientos como futura abogada, me di cuenta que el derecho laboral es una area poco conocida para muchos trabajadores los cuales en muchos casos son abusados por sus empleadores por este mismo desconocimiento de las leyes. analizando toda esta nueva información pude caer en la cuenta que yo misma en muchas ocasiones fui violentada en mis derechos laborales, por ejemplo tuve un trabajo en donde me multaban y descontaban de mi salario por cualquier circunstancia. considero que es importante dar a conocer a los trabajadores sus derechos para con esto poder acabar con abusos de autoridad que se cometen, y que en muchas ocasiones se callan por miedo a perder el mismo trabajo. agradezco grandemente el que haya compartido sus conocimientos y su gran labor como docente
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