Logo Studenta

DocsTec-6371

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY 
 
CAMPUS MONTERREY 
 
 
ESCUELA DE GRADUADOS EN ADMINISTRACIÓN 
PÚBLICA Y POLÍTICA PÚBLICA 
 
 
 
ALTERNANCIA ELECTORAL Y TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA 
ANÁLISIS DE LAS TRANSFORMACIONES POLÍTICAS VIVIDAS EN NUEVO 
LEÓN DE 1997 AL 2007. 
 
 
TESIS 
 
 
PRESENTADA COMO REQUISITO PARCIAL PARA OBTENER EL GRADO 
ACADÉMICO DE: 
 
 
MAESTRA EN ANÁLISIS POLÍTICO Y MEDIOS DE INFORMACIÓN 
 
 
 
 
POR: 
 
 
 
 
MARÍA DE JESÚS LÓPEZ CASTAÑEDA 
 
 
 
 
 
 
MONTERREY, N. L. MAYO DE 2008 
 
 
 
 
 3 
INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY 
 
CAMPUS MONTERREY 
 
 
 
ESCUELA DE GRADUADOS EN ADMINISTRACIÓN 
PÚBLICA Y POLÍTICA PÚBLICA 
 
 
Los miembros del Comité de Tesis recomendamos que el presente proyecto de 
tesis presentado por la Licenciada María de Jesús López Castañeda sea aceptado 
como requisito parcial para obtener el grado académico de: 
 
 
Maestra en Análisis Político y Medios de Información 
 
 
 
 
Comité de Tesis: 
 
 
 
 
 
 
Dr. José Fabián Ruiz Valerio 
Asesor 
 
 
 
 
 
 
 
Lic. Fernando Elizondo Barragán 
Sinodal 
 Lic. Jesús Cantú Escalante 
Sinodal 
 
 
 
 
 
 
 
Dra. Teresa Almaguer Salazar 
Directora Académica de la EGAP 
Mayo, 2008 
 
 
 
 4 
 
AGRADECIMIENTOS 
 
 
 
 
 
Agradezco a todas las personas que me ayudaron directa o indirectamente a 
cumplir uno de mis más grandes sueños, terminar mis estudios de maestría. 
 
Muchas gracias a mis padres, pilares de mi vida y a mi familia entera por su 
apoyo, a mis maestros por brindarme las herramientas de trabajo necesarias para 
cumplir esta meta y especialmente a mi Director de Tesis, Doctor José Fabián Ruiz 
por sus siempre atinados comentarios y sus ánimos para sacar adelante el proyecto 
aún en los momentos de desesperación. Un agradecimiento muy especial a mis 
Sinodales por sus valiosas aportaciones y por el tiempo que le dedicaron a la lectura y 
estudio de la presente tesis a fin de ayudarme en su perfeccionamiento. 
 
Gracias a Dios por dejarme llegar y de nuevo muchas gracias a todas aquellas 
personas a las que les quité atención y algo de su tiempo por dedicarme al proyecto 
que hoy concluyo. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 5 
ÍNDICE 
1. INTRODUCCIÓN 6 
 
2. REVISIÓN DE CONCEPTOS 9 
 
3. QUÉ HA PASADO EN NUEVO LEÓN 19 
 
4. DEMOCRACIA Y ALTERNANCIA 24 
 
5. TRANSICIÓN 27 
 
6. LA ALTERNANCIA EN NUEVO LEÓN 39 
 
6.1. PRIMER GOBIERNO DEL PAN: ALTAS EXPECTATIVAS 41 
 
6.2. CAMINO A LA CONSOLIDACIÓN DEMOCRÁTICA 54 
 
7. ANÁLISIS DE LAS ENTREVISTAS 59 
 
7.1. Democracia 65 
7.2. Fortalezas y debilidades de la democracia 68 
7. 3. Valores y prácticas democráticas 71 
7.4. Alternancia 74 
7.5. Transición 75 
7.6. La transición y sus alcances 84 
7.7. Reflexiones sobre las Entrevistas 97 
 
8. CONCLUSIONES 106 
 
9. BIBLIOGRAFÍA 110 
 
10. ANEXOS 112 
 
 
 6 
 1. INTRODUCCIÓN 
 
La complejidad del sistema político mexicano ha sido constante a lo 
largo del tiempo. Hoy por hoy los días de un sistema monolítico y de partido 
único en el poder han terminado, pero no por ello se advierte mayor claridad en 
el horizonte de la política nacional. 
 
Las elecciones han cambiado el mapa político mexicano, sobre todo a 
partir del surgimiento del IFE como una instancia autónoma encargada de 
diseñar y controlar la realización de los procesos electorales federales, donde 
comenzamos a ser los ciudadanos y no la autoridad central, los encargados de 
manejar y calificar los procesos eleccionarios. Sin embargo, la historia del 
gobierno de alternancia en Nuevo León data del siglo pasado cuando el Partido 
Acción Nacional logró vencer al PRI en los municipios de San Pedro Garza 
García y San Nicolás de los Garza en 1963 y 1974, respectivamente. 
 
En la gubernatura, el triunfo se venía gestando desde mediados de los 
años 80’s, cuando Fernando Canales Clariond contendió frente a Jorge Treviño 
Martínez, quien lo derrotó en las urnas. La derrota, -que para muchos fue un 
fraude electoral-, sirvió de base para que el Partido Acción Nacional se fuera 
reconstruyendo y fortaleciendo para arribar, finalmente, al triunfo panista en 
Nuevo León en el año de 1997. 
 
A nivel nacional, las elecciones del 2 de julio de 1989 fueron las que 
inauguraron un nuevo periodo en el sistema político mexicano; a partir de ahí 
se comenzó una nueva etapa de la vida política y del sistema en México, 
logrando el PAN una serie de triunfos, no sólo a nivel municipal, sino en varios 
estados de la República. 
 
Así, a punto de cumplirse dos décadas de la instalación de la alternancia 
política en México, nos damos cuenta que la larguísima transición democrática 
entró a la etapa llamada “vía centrípeta o vía federalista” a la democracia. Una 
vez confirmado un triunfo de la oposición, la historia se va replicando en otros 
estados, misma que se dio no sólo para el PAN porque comenzó a expandir su 
 7 
poderío en varias entidades del país, sino también se concretaron triunfos del 
recientemente creado Partido de la Revolución Democrática, para culminar 
finalmente el 2 de julio de 2000, cuando el empresario guanajuatense Vicente 
Fox Quesada obtuvo un indiscutible triunfo frente al priista Francisco Labastida 
Ochoa y al perredista Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano. (Espinoza, 2000: 9). 
 
Para el 2000 eran ya diez los estados y el Distrito Federal en donde el 
PRI había perdido el poder, con lo que México dejaba de lado 70 años de 
dominio del Partido Revolucionario Institucional. 
 
La historia de derrotas del PRI, comenzó en el sexenio de Carlos Salinas 
de Gortari, quien reconoció el triunfo de Ernesto Ruffo Appel en Baja California, 
en el año de 1989, para continuar con una controvertida concertacesión en 
Guanajuato, en el año de 1991. El tercer triunfo de un partido ajeno al tricolor 
se dio en 1992 en el norteño estado de Chihuahua, donde Francisco Barrio 
Terrazas llegó a la primera magistratura de la entidad y, que fue seguida por 
las ratificaciones, en 1995, de Baja California, Guanajuato y la suma de Jalisco, 
con Alberto Cárdenas Jiménez. 
 
En 1997 se registraron los triunfos en Nuevo León, con el empresario 
Fernando Canales Clariond; Querétaro con Ignacio Loyola Vera y el Distrito 
Federal con el perredista Cuauhtémoc Cárdenas. En 1998 Aguascalientes con 
el panista Felipe González, Zacatecas con el ex priista Ricardo Monreal Ávila y 
Tlaxcala con Alfonso Sánchez Anaya, quien obtuvo el triunfo a través de una 
coalición de partidos de izquierda. 
 
La ruta de alternancias en el país estaba ya trazada, sin embargo en el 
camino de triunfos de panistas y perredistas se fue generando la llamada 
“alternancia sobre la alternancia”. Tal y como sucedió en Nuevo León en el 
2003, el año de 1998 significó para el PAN un revés, al perder el Gobierno de 
Chihuahua, cuando el panista Ramón Galindo perdió la contienda frente al 
priista Patricio Martínez García. 
 
 8 
Es precisamente este aspecto el que nos interesa analizar. Determinar 
qué percepción tienen los propios actores del proceso político de Nuevo León 
respecto de la transición democrática, sus alcances y su dirección. Al mismo 
tiempo, estableceremos, según la literatura especializada, cómo se define 
dicho proceso, sus partes constitutivas y modalidades. Este ejercicio nos 
permitirá establecer qué semejanzas y diferencias existen entre las visiones 
académicas y las percepciones de los actores políticos para comparar los 
puntos de vista de unos y otros. De esta manera, podremos concluir en qué 
etapa del proceso de construcción democrática nos encontramos los 
neoleoneses y qué tramo del camino nos falta recorrer aún. 
 
Para responder a nuestras preguntas de investigación se analizarán 20 
entrevistas efectuadascon los actores del proceso de alternancia en el estado, 
quienes darán sus puntos de vista en torno a lo sucedido en la entidad para 
que se concretara primero el triunfo panista y, posteriormente el regreso del 
PRI al gobierno. En este estudio se cuenta con la opinión de empresarios, 
políticos, panistas, priistas, perredistas, petistas y de una ONG, así como 
periodistas, catedráticos y ex funcionarios electorales quienes respondieron un 
cuestionario básico semi estructurado sobre el tema. 
 
Los resultados nos servirán para establecer cuáles son sus conceptos 
comunes sobre la democracia, la alternancia y la transición, así como la forma 
en que las mismas se desarrollaron en el estado. Estas visiones se habrán de 
comparar con lo dicho por los autores de la teoría política sobre el tema. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 9 
2. REVISIÓN DE CONCEPTOS 
 
 
Como primer paso de este análisis se establecerán los conceptos 
básicos de cada uno de los temas tratados en el estudio, para lo que se 
tomarán en consideración diferentes textos vinculados con esta investigación. 
 
Democracia: Michelangelo Bovero establece que ésta consiste 
sustancialmente en un sistema (para nada simple, sino, más bien, 
particularmente complejo) de reglas de juego, que permiten participar de 
manera igual a todos los individuos adultos en la determinación de las 
decisiones y orientaciones políticas de la colectividad en que viven, formulando 
y reformulando periódica y libremente las propias preferencias, (Bovero, 2000: 
15). 
 
La democracia no consiste necesaria y exclusivamente en la alternancia 
en el poder. Quien quisiera sostener la existencia de un vínculo indisoluble 
entre democracia y alternancia estaría obligado, por coherencia, a afirmar 
nuevamente un absurdo, es decir, que unas elecciones libres cuyo resultado no 
esté predeterminado en un sentido o en otro, son inútiles e, incluso, dañinas 
para la democracia. Robert Dahl establece los Criterios de un proceso 
democrático con respecto a las cuales han de evaluarse los procedimientos de 
cualquier asociación a la que se apliquen las premisas. Si un proceso los 
cumple a la perfección será un proceso democrático perfecto y, el gobierno de 
la asociación correspondiente, un gobierno democrático perfecto. 
 
a) Participación efectiva: En todo proceso de adopción de decisiones 
obligatorias, los ciudadanos deben contar con oportunidades apropiadas y 
equitativas para expresar sus preferencias con respecto a la solución final. 
Deben tener oportunidades apropiadas y equitativas para incorporar temas al 
programa de acción y para expresar las razones que los llevan a suscribir una 
solución en lugar de otra. 
 
Negar a los ciudadanos oportunidades apropiadas para su participación 
efectiva implica que no se puedan tomar en cuenta sus preferencias, ya sea 
 10 
porque se las ignore, o porque se las perciba en forma incorrecta. Pero no 
tomar en cuenta en modo equitativo sus preferencias con respecto de la 
solución final implica rechazar el principio de la Consideración Equitativa de los 
Intereses. 
 
b) Igualdad de los votos en la etapa decisoria: En la etapa decisoria de 
las decisiones colectivas, a todos los ciudadanos debe garantizárseles iguales 
oportunidades para expresar una opción, cuyo peso se considerará igual al de 
las opciones expresadas por cualquier otro ciudadano. Al determinar la 
solución en la etapa decisoria, deben tomarse en cuenta estas opciones y, solo 
ellas. 
 
La igualdad de los votos en la etapa decisoria es imprescindible para 
brindar adecuada protección a la Igualdad Intrínseca de los ciudadanos y la 
Presunción de la Autonomía Personal. 
 
c) Comprensión esclarecida: Cada ciudadano debe contar con 
oportunidades apropiadas e iguales para descubrir y convalidar, (dentro del 
lapso que permita la perentoriedad de una decisión), la elección de los asuntos 
a ser debatidos que mejor sirvan a los intereses de los ciudadanos. 
 
Este criterio implica que los procedimientos alternativos para adoptar 
decisiones se evalúen según las oportunidades que brinden a los ciudadanos 
para comprender los medios y los fines, los propios intereses y las 
consecuencias previstas que pueden tener las políticas establecidas, no sólo 
sobre cada uno de ellos, sino además de las personas involucradas. 
 
d) Control del Programa de Acción: El demos debe ser el único que 
cuente con la oportunidad de resolver cómo se ordenarán, dentro del programa 
de acción, las cuestiones que deben decidirse mediante el proceso 
democrático. 
 
Un sistema político tendría un proceso plenamente democrático aún 
cuando el demos resolviese no tomar todas las decisiones en todas las 
 11 
cuestiones, sino que algunas de ellas fuesen adoptadas en forma jerárquica 
por jueces o administradores. 
 
e) Criterio de control final: No presupone que el demos esté calificado 
para decidir todas las cuestiones que demandan una decisión obligatoria, pero 
sí para decidir: 
1) qué cuestiones requieren o no requieren decisiones obligatorias; 
2) de las que lo requieren, cuáles puede el demos resolver por sí mismo; 
3) en qué condiciones delegará su autoridad, (Dahl, 1989: 134 y ss). 
 
En la misma línea Morlino establece que la democracia es un método o 
un conjunto de reglas de juego que sirven para permitir la participación y la 
competición a todos los ciudadanos. 
 
Dichas reglas se sustancian en estructuras y procedimientos que 
permiten la resolución pacífica de los conflictos a través de diversas 
modalidades y que garantizan, en medidas diferentes empíricamente en cada 
caso, los derechos políticos y civiles, (derecho de voto, libertad de 
pensamiento, palabra, imprenta, libertad de organización, asociación, etcétera). 
Además, tales derechos permiten a su vez mayores posibilidades de defensa y 
afirmación de los intereses propios y, por tanto, de competencia y de igualdad 
política respecto al anterior periodo autoritario, (Morlino, 1986: 15) 
 
Sobre este particular David Beetham señala que los tres principales 
derechos que debe garantizar una democracia son: 
 
a) Derecho a elegir, en intervalos regulares y en forma igualitaria, a las 
autoridades políticas principales en cada nivel de gobierno mediante 
el voto universal y secreto, existiendo una auténtica y efectiva opción 
entre candidatos y partidos políticos. 
 
b) El derecho a ser postulado para un cargo público, a un acceso 
irrestricto a la realización de campañas políticas y a comunicarse con 
 12 
los electores, así como a un campo de juego “nivelado” en la 
competencia con otros candidatos y partidos. 
 
c) El derecho a votar directamente en un referéndum en cuanto a 
cambios sustantivos en la Constitución y que afectan los derechos de 
los electores o el alcance y facultades de la autoridad a nivel 
nacional. (Beetham, 2003) 
 
Para el caso de Nuevo León los derechos políticos con que se cuentan 
de acuerdo al artículo 36 de la Constitución Política local son: 
 
 Votar en las elecciones populares, 
 Ser votado para cualquier cargo de elección, 
 Hacer peticiones, reclamaciones o protestas en asuntos políticos e 
iniciar leyes ante el Congreso, 
 Formar partidos políticos y afiliarse a ellos de manera libre, voluntaria 
e individual, en los términos que prevean las leyes. 
 
En lo que se refiere a los derechos políticos establecidos en la Ley 
Electoral vigente tenemos que de acuerdo al artículo 6 un ciudadano puede: 
 
 Estar inscrito en el padrón electoral y en la lista nominal, así como 
obtener la credencial para votar con fotografía, 
 Interponer los recursos que prevé esta Ley, 
 Participar como observadores electorales. 
 
Es decir, en el estado se cumple con todos los derechos básicos. 
 
Por su parte, Morlino establece los siguientes indicadores mínimos para 
que un régimen se considere de un orden liberal democrático: 
 
 Elecciones libres,periódicas, competitivas y correctas, 
 Sufragio universal masculino y femenino, 
 13 
 Más de un partido político en liza, 
 Diferentes organizaciones de intereses, 
 Fuentes alternativas de información, 
 Elección de los cargos más importantes, (Morlino, 1986: 10 y ss). 
 
A éstos, sumamos los criterios establecidos por Gabriela Salazar en su 
tesis Democracia de Calidad, quien señala a los elementos de participación, de 
transparencia y control institucional y, el de satisfacción ciudadana como las 
dimensiones que se deben cubrir para denominar a un régimen democrático. 
 
Estos apartados están integrados de la siguiente manera: 
 
1.- Participación: 
a) El acceso de los ciudadanos a los partidos políticos y a las 
candidaturas. 
b) El conocimiento y la difusión de derechos políticos básicos de los 
ciudadanos. 
c) El diseño de campañas electorales como principal vía de 
comunicación entre partido y elector. 
d) La certeza del conteo de votos. 
 
2.- Transparencia y Control Institucional: 
a) Fiscalización y transparencia en el sistema electoral. 
 
3.- Satisfacción Ciudadana: 
a) La percepción de los ciudadanos sobre el sistema electoral, (Salazar, 
2006: 7). 
 
En este mismo tenor, es importante destacar que la evolución hacia la 
Democracia, se inicia con la instauración, la cual puede desembocar en la 
consolidación, pero también en una crisis del régimen o de todo el sistema 
político. La instauración se caracteriza por el diseño de las nuevas 
instituciones y procedimientos, además de todos los aspectos propios de un 
sistema democrático, (Morlino, 1986:15) 
 14 
La instauración suele traslaparse con la transición, por lo que a través 
del presente estudio lo que buscamos es determinar si en la entidad, -de 
acuerdo a los propios entrevistados y la literatura estudiada-, la transición sigue 
vigente, es un proceso terminado o sí simplemente no se ha concretado. 
 
Para Morlino la transición se refiere a los momentos fluidos y confusos 
en que están a punto de surgir nuevas estructuras democráticas, pero al mismo 
tiempo permanecen algunas estructuras propias del antiguo régimen; la 
transición supone un cambio político basado en un pacto entre las élites que, 
con base en una ruptura con el pasado, lleva a una transformación político-
institucional del país, (Morlino, 1986: 15). 
 
Siguiendo a Morlino, podemos decir que en su sentido más estricto, la 
transición es el periodo ambiguo e intermedio en el que el régimen ha 
abandonado algunas de las características determinantes del anterior 
ordenamiento institucional, sin haber adquirido todas las características 
determinantes del nuevo régimen que se instaurará. Se configura así un 
periodo de fluidez institucional en el que aún se enfrentan las diferentes 
soluciones políticas apoyadas por los diferentes actores en la liza. La 
transición se inicia cuando empiezan a reconocerse los derechos civiles y 
políticos que están en la base de todo ordenamiento democrático. 
 
Nos interesa también establecer que de acuerdo a Mauricio Merino la 
transición mexicana ha sido más bien votada, pues aunque se ha promovido el 
acceso a la información, se han fortalecido los organismos electorales, se ha 
promovido la oralidad en los juicios, entre otros aspectos, la transición se ha 
centrado más en el aspecto electoral y no tanto en la creación de nuevas 
instituciones, ni en el reforzamiento de potestades y libertades de los 
ciudadanos, (Merino, 2003, 17 y ss). 
 
Morlino por otra parte indica que la instauración está compuesta de dos 
momentos: 1) el de la liberalización, donde se reconocen los derechos políticos 
y 2) el de la democratización, que es propiamente donde se concreta la 
creación de las instituciones. 
 15 
Dichos momentos pueden ser sucesivos, o pueden traslaparse en el 
tiempo, además la democratización puede bloquearse y quedarse únicamente 
en la liberalización, por lo que las instituciones finalmente no aparecen. El 
principio de la instauración es la transición. 
 
La liberalización es el proceso de concesión desde arriba de mayores 
derechos políticos y civiles, más amplios y completos, pero de tal guisa que 
permiten la organización controlada de la sociedad civil, tanto a nivel de élite 
como de masa. 
 
La democratización o instauración democrática auténtica es el 
proceso distinto, alternativo o eventualmente posterior a la liberalización. Ese 
proceso implica una ampliación completa y un reconocimiento real de los 
derechos civiles y políticos; donde sea necesaria, la completa civilización de la 
sociedad; la aparición de más partidos y de un sistema de partidos, pero 
también de organizaciones colectivas de intereses, como sindicatos y otros 
grupos; la elaboración o, en cualquier caso, la adopción de los principales 
procedimientos e instituciones democráticas que caracterizan a ese régimen, 
como la ley electoral o la fijación de las relaciones legislativo-ejecutivo, u otros 
aspectos importantes para el funcionamiento del régimen. 
 
La instauración democrática se completa cuando termina la 
construcción de las principales estructuras del régimen. La fase inicial de la 
instauración puede coincidir parcialmente con la transición y se caracteriza por 
la ampliación de los derechos civiles y políticos. Puede ocurrir que la 
instauración no se complete y así se intente pararla casi inmediatamente, 
(liberalización) o que tome otras direcciones con retorno hacia soluciones de 
tipo autoritario, (Morlino, 1986: 104 y ss). 
 
Una vez completados los procesos iniciales de instauración, en sus dos 
momentos y se concluye con la transición se llega a la consolidación 
democrática, que es el proceso de reforzamiento, afirmación, robustecimiento 
del sistema democrático, encaminado a aumentar su estabilidad, su capacidad 
de persistencia y a contrarrestar y prevenir posibles crisis. Un auténtico 
 16 
proceso de consolidación no es pues, más que una de las posibilidades 
abiertas, que se pueden tener tras la instauración. (Morlino, 1986: 13 y ss) 
 
En este sentido el mismo Morlino señala que la consolidación 
democrática es el proceso de adaptación-congelación de estructuras y normas 
democráticas que son aceptadas como legítimas, en parte o del todo, por la 
sociedad civil. Tal proceso, complejo y variado se desarrolla en direcciones 
diferentes y alcanza tal refuerzo de aquellas instituciones y normas como para 
permitir su persistencia. Puede consistir en una fijación de pautas, de modelos 
de comportamientos políticos repetidos en el tiempo; puede consistir también 
en una posterior articulación de las diversas estructuras democráticas; 
caracterizarse por una adaptación progresiva de las instituciones a la realidad 
cambiante en el ámbito del modelo democrático diseñado por la carta 
constitucional y por las demás leyes fundamentales del ordenamiento 
democrático de un determinado país. Adicionalmente puede permitir a algunas 
instituciones la adquisición de identidad y un notable grado de autonomía 
respecto de la sociedad civil; puede consistir en un aumento del apoyo a las 
diferentes instituciones democráticas, (Morlino, 1986: 19 y ss). 
 
En este mismo contexto existe también la llamada no consolidación, la 
cual significa que una determinada democracia, tras la instauración o en los 
años siguientes, desemboca en la vía de la crisis o de la inestabilidad. 
 
De acuerdo a Morlino sí durante la transición y la instauración todas las 
fuerzas políticas han aceptado la participación de masas y la organización y 
representación política y sindical de las clases inferiores, la consolidación es 
más probable. 
 
La consolidación a su vez puede ser de tres modelos diferentes: 1) 
simbiótica, 2) a través de partidos y 3) carismática. 
 
La consolidación a través de partidos es aquella que se caracteriza 
ante todo por la progresiva organización y expansión de las estructurasy del 
 17 
sistema de partidos en su conjunto, que está en condiciones de controlar, 
eventualmente, moderar e integrar a todas las formas de participación. 
 
Los partidos mediante leyes creadas a propósito, se financian con dinero 
público. Se fijan claras alineaciones entre partidos y grupos sociales, de larga 
duración; se crean identidades y reglas de competencia interna de las élites de 
los partidos. Además, -y este es uno de los aspectos más importantes-, esas 
élites no son sólo decisivas en los procesos de toma de decisiones, sino que 
los partidos ocupan gradualmente los principales roles administrativos y las 
diferentes posiciones de administración y distribución de recursos a nivel local y 
nacional, (Morlino, 1986: 39 y ss) 
 
Por otra parte la consolidación simbiótica indica la presencia y el 
papel crucial, al mismo tiempo, en el sistema democrático que se forma con la 
instauración y se consolida, de las dos estructuras principales de mediación, 
partidos, (sistema de partidos) y, grupos. Unos y otros logran aquel refuerzo, 
aquella autonomía y todas las demás características señaladas como propias 
de la consolidación de los sistemas de representación, como son las 
estructuras y procedimientos, relaciones inter estructurales, partidos y sistema 
de partidos, estructuras de intereses, estructuras de mediación de la sociedad 
civil, así como las estructuras de mediación del régimen, (Morlino, 1986: 39 y 
ss). 
 
En el mismo caso que nos toca estudiar se incluye a la consolidación 
carismática, la cual contempla la posibilidad de que exista un personaje 
determinante que crea apoyos a su alrededor para concretar los procesos de 
consolidación y que de acuerdo a Morlino se le puede considerar así “si es que 
en la base de la transición y, sin duda, en la instauración democrática ha 
habido un líder carismático que ha logrado crear un amplio movimiento de 
masa en torno a sí”, (Morlino, 1986: 41) 
 
Una vez pasado este proceso de consolidación, se llega a la 
institucionalización, que es el proceso de formación de estructuras-
 18 
instituciones y su refuerzo, comprende tanto la instauración como la 
consolidación, (Morlino, 1986: 20). 
 
Uno de los aspectos en que nos vamos a centrar en el presente estudio 
es el relacionado con la alternancia, misma que de acuerdo a Morlino es la 
situación en que la titularidad del gobierno la ocupa una persona o planilla que 
pertenece a un partido o grupo político diferente al que tenía el cargo en el 
periodo inmediato anterior. Es en esta que se da “el proceso de formación de 
estructuras-instituciones y su refuerzo”, (Morlino, 1986: 20). 
 
En nuestro caso se habla de transición votada, pues se ha concentrado 
prácticamente en los asuntos electorales, ya que no ha producido un pacto 
fundacional, ni tampoco otro que afiance la gobernabilidad democrática, ni se 
ha ocupado de la reforma de las instituciones políticas para acoplarlas a los 
nuevos signos de la pluralidad partidaria, (Merino, 2003: 8). 
 
Gobierno
autoritario
Colapso del gobierno Re- equilibrio
Inicio de la transición
Liberalización
Democracia 
(Poliarquía Dahl)
Democratización
Reconocimiento
de los 
triunfos de la
oposición
Reconocimiento 
de derechos 
“desde arriba”
Creación de 
instituciones
Ampliación de derechos
Participación 
Igualdad
Comprensión 
Control
Consolidación Democrática
 
Gráfico 1: Etapas de la transición política. 
Fuente: Elaboración propia a partir de los autores consultados. 
El cuadro gris representa la zona de transición en la que se encuentra el estado de acuerdo al análisis efectuado en la presente tesis. 
 
Veamos entonces, sobre la base de estos conceptos, qué ha ocurrido en 
nuestra entidad desde 1997 a la fecha. 
 19 
3. QUÉ HA PASADO EN NUEVO LEÓN 
 
Con base en los conceptos de Michelangelo Bovero en torno a las 
características de la Democracia, se puede establecer que en Nuevo León se 
cumplen la mayoría de los elementos para asegurar la existencia de un 
régimen democrático, desde el punto de vista de los procedimientos. 
 
En este sentido es importante considerar que desde hace años la 
sociedad nuevoleonesa ha expresado sus preferencias, orientaciones, 
inclinaciones políticas distintas y, mucho más a raíz de la ciudadanización de la 
Comisión Estatal Electoral, la cual inició con Sócrates Rizzo en 1993 y se 
concretó durante el mandato de Benjamín Clariond Reyes, con lo que se 
generó una mayor confianza de la población hacia las instituciones encargadas 
de llevar a cabo los procesos eleccionarios. En este sentido podemos incluir lo 
dicho por Guillermo O’Donnell, en torno a que la democracia no es sólo un 
régimen político, sino también un modo particular de relación, entre el estado y 
ciudadanos y, entre los propios ciudadanos, bajo un tipo de estado de derecho 
que, junto con la ciudadanía política, sostiene la ciudadanía civil y una red 
completa de accountability. Es decir, un instrumento político que permite a los 
ciudadanos de un país elegir libremente a sus gobernantes, (O’Donnell, 2001: 
288 y ss). 
 
Podemos inferir, por tanto, que vivimos en un estado democrático. Sin 
embargo, es necesario estar conscientes de que la democracia no es perfecta 
y se sigue transformando, pues existen aún temas pendientes por incluir en la 
agenda. 
 
Son muchos los avances logrados a la fecha y, prueba de ello es, como 
ya se dijo, la integración de los organismos electorales con ciudadanos 
connotados de la entidad, quienes se encargan de manejar y calificar cada uno 
de los procesos de elección a los distintos puestos en pugna cada tres años; lo 
que a la fecha ha redundado en una mayor confianza de los procesos por parte 
de los ciudadanos y que queda demostrado en la percepción de respeto del 
voto. 
 20 
 
Sobre este particular retomamos la definición de democracia de Morlino, 
que alude al conjunto de reglas del juego que permiten la participación y la 
competencia de todos los ciudadanos en los procesos eleccionarios y de toma 
de decisiones. El mismo Morlino establece una serie de indicadores mínimos, -
ya mencionados anteriormente-, con los cuales se considera a un régimen de 
orden liberal democrático. 
 
Es importante destacar que al menos en el periodo que comprende el 
presente estudio, 1997 a la fecha, se presentan todas y cada de las 
características incluidas en el concepto. Con este cumplimiento podemos decir 
que se llega también a uno de los supuestos establecidos por Morlino para 
arribar a la consolidación democrática, pues si durante la transición y la 
instauración de la misma las fuerzas políticas aceptan la participación de las 
masas, así como de las organizaciones y representaciones sindicales, es 
mucho más probable que se consiga la consolidación. Además que dicha 
movilización y consolidación de los partidos y de las mismas organizaciones 
ofrecen una legitimidad amplia y general para el mismo régimen, con lo que se 
logrará adicionalmente una mayor participación de la sociedad civil y en 
general de todos los sectores de la población en las decisiones 
gubernamentales. 
 
Además, siguiendo a Morlino, se debe considerar también que si el 
cambio de régimen se da sin movilizaciones, -como sucedió en Nuevo León-, 
entonces el cambio se trata de un cambio gradual, convenido, dirigido desde 
arriba, por las misma fuerzas en el poder, en el régimen autoritario. 
 
Independientemente del juicio político que se pueda hacer de tal cambio, 
un cambio perfectamente continuo y sin rupturas reales con el pasado, tendría 
la ventaja de una transferencia de legitimidad no traumática al nuevo régimen 
por parte de los aparatos burocráticos, incluidos los militares, (Morlino, 1986). 
 
Con base a estas consideraciones podemos establecer que aunque no 
se dio una ruptura total con el régimen anterior y sus instituciones, en Nuevo 
 21 
León se ha seguidola tendencia de lograr una consolidación democrática a 
partir de un cambio gradual, el cual se fue preparando con las alternancias en 
los municipios y con un mayor trabajo de parte del Partido Acción Nacional 
para llegar al triunfo de la gubernatura en 1997. 
 
En este contexto se puede señalar que la democracia ha ido en el 
camino de la consolidación, -en el concepto de Morlino-, pues se ha logrado la 
aceptación progresiva de las estructuras y normas para la resolución pacífica 
de los conflictos, con un conocimiento cada vez mayor en la aceptación y 
apoyo al compromiso institucional. Por otra parte y en torno a los criterios de un 
proceso democrático que establece Robert Dahl se incluyen aquellas normas 
con respecto a las cuales han de evaluarse los procedimientos de cualquier 
asociación a la que se apliquen las premisas y si un proceso los cumple a la 
perfección será un proceso democrático perfecto y, el gobierno de la asociación 
correspondiente, un gobierno democrático perfecto, (Dahl, 1989: 134 y ss). 
 
Sobre este particular, se puede considerar la existencia de una 
participación efectiva de la sociedad en el estado, pues gracias a la confianza 
en el voto y en las autoridades electorales se ha logrado avanzar en la 
concurrencia de la población durante los procesos eleccionarios, pues sí bien 
sigue persistiendo el fantasma del abstencionismo, este no es tan considerable 
como en otras entidades. 
 
Esto se puede confirmar con los datos ofrecidos por las mismas 
autoridades electorales, los cuales muestran una tendencia a la alza, sobre 
todo desde que las elecciones se hicieron concurrentes y como muestra se 
puede señalar que analizando los últimos seis procesos eleccionarios la 
tendencia ha sido la siguiente: 1991 un 39.78 por ciento de votación; seguida 
de una participación del 75.96 por ciento en 1994, que ha sido el récord en el 
estado, al elegirse también al Presidente Ernesto Zedillo. 
 
En 1997 la votación cayó al 63.64 por ciento, seguida del 63 por ciento 
en el 2000, disminuyendo de nueva cuenta en el 2003 al 53.94 por ciento y 
subiendo posteriormente en el 2006 al 59.34 por ciento, (Salazar, 2006: 51). 
 22 
 
Adicionalmente en Nuevo León se cumple con las otras características 
marcadas por Dahl, en el sentido de que los ciudadanos tienen las mismas 
oportunidades para elegir y expresar sus preferencias, además que se observa 
el apartado de la igualdad de los votos, o sea que todos los votos cuentan y 
pesan por igual. 
 
Gracias a las campañas realizadas por candidatos y partidos, además 
del mismo gobierno, podemos considerar que cuando se debe tomar una 
decisión ésta se apoya en una comprensión esclarecida razonable, pues cada 
ciudadano dispone de las mismas oportunidades para descubrir y convalidar la 
elección de los asuntos a ser debatidos. 
 
Sobre este particular retomamos la idea de Gabriela Salazar, quien 
expone en su tesis que gracias a las campañas de conocimiento emprendidas 
por la Comisión Estatal Electoral se ha ido generando una mayor participación 
de los ciudadanos en los procesos eleccionarios y con ello se va fortaleciendo 
la comprensión esclarecida en la toma de decisiones. 
 
En este sentido expone que de acuerdo a los estudios efectuados por la 
Comisión Electoral reportaron que por ejemplo en el año 2002, un año antes de 
las elecciones, el 72 por ciento de los hombres y el 82 por ciento de las 
mujeres ni conocían, ni deseaban participar en el proceso electoral de ninguna 
forma. El 72 por ciento rechazaba ser funcionario de casilla, pues lo 
consideraba problemático y conflictivo. En los niveles bajos de la población 
argumentaban un temor al líder y del resto de las funciones como ser consejero 
ni siquiera eran mencionados. 
 
Sin embargo en el estudio de abril de 2003 se reportó que el 77 por 
ciento de los ciudadanos dijeron que sí aceptarían ser funcionarios de casilla si 
fueran seleccionados, lo cual se reconfirmó con el porcentaje de participación 
en el proceso, pues fue solamente el 23 por ciento de los seleccionados en la 
segunda insaculación, los que tuvieron que ser sustituidos. 
 
 23 
Después de las elecciones de 2003 el 80 por ciento de los entrevistados 
dijo conocer plenamente la tarea de funcionario de casilla y el 40.9 por ciento 
dijo estar interesado en ser, en el futuro, funcionario de casilla en cualquiera de 
sus funciones. De quienes dijeron que no querían ser funcionarios el 59 por 
ciento, argumentaron que se debía a sus ocupaciones y por falta de tiempo el 
35 por ciento; por falta de confianza en los partidos el 31 por ciento y por apatía 
el 15.9 por ciento. En posteriores ejercicios la tendencia sigue a la alza y por 
ejemplo en agosto de 2006 el estudio reportó que el 49 por ciento de los 
ciudadanos sí le interesaría participar en un próximo proceso electoral, 
(Salazar, 2006: 54 y ss). 
 
Se puede decir también que en Nuevo León se cumple además con el 
control del programa de acción, en el sentido de que si bien los ciudadanos no 
deciden sobre absolutamente todos los temas, sí participan y externan sus 
opiniones en torno a los temas importantes de la agenda gubernativa. Además 
que se reconoce que la misma autoridad posee el criterio de control final en 
torno a qué cuestiones requieren o no requieren decisiones obligatorias; de las 
que lo requieren, cuáles puede el demos resolver por sí mismo y en qué 
condiciones delegará su autoridad. Por tanto se confirma que en Nuevo León 
se cumple razonablemente con las características marcadas por O’Donnell en 
torno al proceso democrático, pues las instituciones incorporan y determinan 
qué agentes, sobre la base de qué recursos, demandas y procedimientos, se 
aceptan como voces válidas en la elaboración e implementación de decisiones. 
 
Además que establecen las probabilidades de distribución de sus 
resultados, puesto que son las encargadas de procesar las preferencias de los 
ciudadanos, además tienden a agregar y estabilizar la agregación de los 
niveles de acción y organización de los agentes que interactúan con ellas; 
inducen pautas de representación; estabilizan a los agentes/representantes y 
sus expectativas y, alargan los horizontes de tiempo de los actores. 
 
 
 
 
 24 
4. DEMOCRACIA Y ALTERNANCIA 
 
Sobre la democracia y la alternancia Michelangelo Bovero, a través de 
su texto “Democracia, alternancia, elecciones”, señala que una renovación en 
la cúspide del sistema político como consecuencia de un proceso electoral 
limpio y equitativo, sobre todo en un país en donde por largo tiempo las 
alternativas estaban bloqueadas, es un hecho sumamente relevante, (Bovero, 
2000: 14) 
 
Por lo que a poco más de una década de que se concretó en la entidad 
la alternancia en el Gobierno del Estado podemos decir que si bien este es un 
tema importante, no es una condición única para hablar de democracia, pues 
de acuerdo a lo señalado por otros autores como Morlino, en la entidad se 
cumplen con los requisitos mínimos para decir que se vive bajo éste régimen, 
tales como las elecciones libres, periódicas, competitivas y correctas, el 
sufragio universal masculino y femenino, con más de un partido político en liza, 
además de diferentes organizaciones de intereses, fuentes alternativas de 
información y, sobre todo con la elección de los cargos más importantes. 
 
En este sentido, coincido con lo establecido por Bovero, pues ya desde 
antes de la llegada de los panistas al gobierno existía la alternancia en los 
municipios metropolitanos y se podía decir que las elecciones eran competidas 
y al final se respetaba la decisión de los ciudadanos, aunque si bien esta no fue 
la regla en general, el estado se ha mantenido a la vanguardia en muchos 
aspectos y el electoral no ha sido la excepción. 
 
Es importante reconocer que tal y como lo señala Bovero “no se puede 
concluir que un estado sea, o se haya vuelto,una democracia madura por el 
solo hecho de que se haya verificado una alternancia en el poder; pero, en 
segundo lugar, tampoco se puede afirmar que el mismo estado no lo fuera 
anteriormente, por la sola razón de que no se haya producido una alternancia. 
 
 25 
De otra manera, en todas las ocasiones en que una elección confirma al 
sujeto (o al partido) en el gobierno, deberíamos concluir que el sistema no es 
democrático, lo cual evidentemente es absurdo”. 
 
Para Bovero es importante dejar en claro que “vincular de manera 
estrecha el concepto de democracia al de alternancia implica desvincularlo del 
de elecciones; y al revés, vincular el concepto de democracia al de elecciones, 
como parecería más obvio, implica reconocer las posibilidad de que pueda 
existir democracia también en los casos en que no haya alternancia”, (Bovero, 
2000:15) 
 
Siguiendo a Bovero, es importante destacar que una sociedad 
democrática (gobernada de forma democrática) puede albergar en su seno una 
gran variedad de preferencias, orientaciones, inclinaciones políticas distintas y 
alternativas entre sí, todas ellas legítimas en principio; y que el contenido de las 
directrices del gobierno y de las decisiones políticas se determinará, de vez en 
vez, con base en la aplicación y el respeto de las reglas formales del juego. 
Estas reglas pueden variar, también en medida relevante, dependiendo del 
lugar, del tiempo y de las circunstancias; pero, independientemente de las 
específicas particularidades que caracterizan las distintas constituciones, son 
reconocibles como reglas democráticas precisamente en tanto que instituyen la 
posibilidad de mutar, periódica y pacíficamente, el contenido de las directrices 
del gobierno y la sustancia de las decisiones políticas. 
 
Sobre este punto, el mismo Bovero nos lleva al concepto compuesto de 
“alternancia democrática”, ya que si bien se ha dejado en claro que los 
conceptos de democracia y alternancia no se pueden sobreponer de manera 
perfecta, pues así como es posible alternancia aún cuando no se tenga plena 
democracia, también es posible una democracia aún cuando no se verifique 
una efectiva alternancia; por lo que el análisis realizado nos lleva a señalar que 
no se puede reconocer como democrática toda alternancia que ocurra en un 
sistema político, sino la alternancia vuelta posible y mantenida siempre abierta 
por la institución y la garantía de las reglas del juego democrático, 
 26 
principalmente de aquellas que rigen un proceso electoral basado en el 
sufragio universal, igual y libre. 
 
Por tanto, la alternancia democrática se presenta como una alternancia 
pacífica, no violenta, en tanto que resulta del procedimiento de contar todas las 
cabezas sin cortar ninguna de ellas (ni las de los electores ni las de los 
elegibles). 
 
De manera recíproca, desde este particular ángulo visual, la democracia 
resultará redefinida como la forma de gobierno que consiste en la posibilidad 
siempre abierta de una alternancia pacífica en el poder, (Bovero, 2000: 14 y 
ss). 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 27 
5. TRANSICIÓN 
 
 Considerando que la intención del presente estudio es determinar si 
Nuevo León es un estado verdaderamente democrático o sigue en vías de su 
consolidación democrática es necesario que se retome en este punto a la 
transición, proceso que marca el arranque de la instauración y con ello de la 
democratización. 
 
Primeramente debemos contar con un concepto claro de lo que significa 
transición, misma que de acuerdo a Morlino son los “momentos fluidos y 
confusos en que están a punto de surgir las nuevas estructuras democráticas, 
pero al mismo tiempo permanecen algunas estructuras del antiguo régimen”, 
(Morlino, 1986: 8) 
 
En este sentido es importante reconocer que tanto en el país como en el 
estado, hasta el siglo pasado el modelo de partido único fue el dominante y, se 
caracterizó por el control total de los procesos electorales, por la ausencia de 
elecciones libres y de competencia política real para los partidos políticos. 
 
Fue a partir de la década de los setenta cuando comienzan a 
presentarse una serie de cambios en la sociedad, con lo que se marcó el inicio 
de transformaciones paulatinas, la cuales derivaron en reformas a las reglas 
electorales, mismas que desempeñaron un papel esencial en el diseño de los 
procesos a través de los cuales se concretó el acceso de otros partidos a los 
diferentes cargos de elección popular, (Salazar, 2006: 9) 
 
A diferencia de otras transiciones políticas en las que el debate se centra 
en la creación de un nuevo marco constitucional o un regreso a la democracia 
perdida bajo diferentes dictaduras, en México la transición tiene que ver con el 
diseño de una vida electoral real y no simulada, en la que participarán en 
condiciones de equidad, diferentes partidos políticos. Para otros autores en 
cambio, la transición mexicana consiste en la construcción de dos piezas 
ausentes durante el periodo autoritario, que son: la creación de partidos 
 28 
políticos fuertes y nacionales, así como una vida electoral auténtica, (Becerra, 
Salazar y Woldenberg, 2000: 29 y ss). 
 
Como ya hemos señalado reiteradamente la transición en México ha 
estado enfocada principalmente al aspecto electoral, donde la hegemonía del 
partido único es cosa del pasado. Es necesario establecer que las reformas 
que se han registrado en esta materia de 1977 a la fecha han permitido: 
 
 Apertura gradual hacia la competencia electoral real para los partidos 
distintos al partido único, (la oposición) 
 Posibilidad de creación de nuevos partidos y de condiciones viables 
para su participación en los comicios 
 Descentralización gradual, hasta concluir en la ciudadanización total 
de la organización de las elecciones en una instancia ciudadana y 
profesional 
 Mayores condiciones de equidad para los partidos políticos, 
garantizándoles financiamiento y prerrogativas para su participación 
en las contiendas 
 Realización de elecciones libres, limpias y confiables que hicieran 
posible la alternancia en el poder 
 El respeto del voto, (Salazar, 2006: 10) 
 
Es aquí donde retomamos los aspectos establecidos por Morlino en 
torno a la democracia, los cuales inician con la instauración, misma que puede 
desembocar en la consolidación, pero también en una crisis del régimen o de 
todo el sistema político, donde la instauración se caracteriza por el diseño de 
las nuevas instituciones y procedimientos, además de todos los aspectos 
propios de un sistema democrático, (Morlino, 1986: 8) 
 
En este punto retomamos a Merino y sus supuestos en torno a la 
transición votada, pues aunque se ha promovido el acceso a la información, se 
han fortalecido los organismos electorales, la oralidad en los juicios, entre otros 
aspectos, la transición se ha centrado más en el aspecto electoral y no tanto en 
 29 
la creación de nuevas instituciones, ni en el reforzamiento de potestades y 
libertades de los ciudadanos. 
 
Como ya se dijo, al inicio la instauración está compuesta de los 
momentos de liberalización, donde se reconocen los derechos políticos y de 
democratización, que es propiamente donde se concreta la creación de las 
instituciones, los cuales pueden ser sucesivos, o pueden traslaparse en el 
tiempo, además la democratización puede bloquearse y quedarse únicamente 
en la liberalización, por lo que las instituciones finalmente no aparecen. El 
principio de la instauración es la transición. 
 
Nos interesa estudiar este aspecto para determinar sí en el estado se 
cubrieron estos momentos, se siguen dando o simplemente no han llegado, lo 
que derivaría, por tanto, establecer que de ser así el proceso de consolidación 
democrática simple y sencillamente no se ha dado. 
 
Como primer paso vemos que en el caso de Nuevo León la transición, 
entendida en elsentido de dejar atrás a las viejas instituciones y crear nuevas, 
no se concretó del todo, pues aunque en su campaña Fernando Canales 
rechazó todo lo que significara “PRI-gobierno”, al estar al frente del Ejecutivo 
no sólo se integró a las antiguas instituciones, sino que las fortaleció , es decir, 
a su arribo al poder el gobierno panista no generó un rompimiento con el 
pasado tricolor; por el contrario, los antiguos bastiones priistas fueron 
ampliamente reconocidos por la administración, dándose la cohabitación del 
viejo sistema priista con el gobierno de Acción Nacional, o como diría Merino 
en Nuevo León se concretó únicamente la transición votada. 
 
Una simple prueba de ello es la participación de los funcionarios del 
gabinete estatal en las peregrinaciones a la basílica de Guadalupe realizadas 
por la dirigencia del SUSPE, así como el apoyo recibido por Canales Clariond 
de 500 cetemistas disidentes, encabezados por Andrés Caballero, hijo del 
extinto líder de la CTM en la entidad, Raúl Caballero, quien en ocasión de la 
posada navideña de la central en diciembre de 1997 se refirió a Canales 
Clariond como un “gobernador revolucionario”, (Garza, 2000: 115) 
 30 
“Si bien el voto por Canales Clariond se nutrió de un fuerte contenido 
antiPRI, antisistema, éste vínculo ya no pudo ser continuado porque no se 
crearon los mecanismos alternos que le permitieran su desarrollo y 
consolidación. Estrenar alternancia significaba hacer otras cosas, de otra 
manera. Nada de populismo, acarreo o desplantes corporativistas. Eso estaba 
claro; sin embargo no se pudo concretar pues definitivamente no es lo mismo 
mantener una relación al nivel municipal, donde la maquinaria panista ha 
logrado adecuar sus vínculos de participación-integración ciudadana, que 
aplicarlo en el plano estatal, sobre todo cuando la administración en general 
estaba carente de un modelo alterno”, (Garza, 2000: 122). 
 
Retomando los análisis de Merino en torno a la transición votada donde 
se puede considerar que Nuevo León siguió la tendencia nacional en el sentido 
de que poco a poco el régimen autoritario fue cediendo en el plano electoral, lo 
que se dio, principalmente, por la presión que en su momento ejercieron los 
integrantes de la sociedad política y la sociedad civil, que exigieron una mayor 
claridad en las reglas electorales. 
 
La transición votada permitió garantizar un organismo electoral confiable, 
mismo que fue un elemento clave en el proceso de alternancia de 1997, donde 
el Partido Acción Nacional capitalizó sus antecedentes de lucha y de denuncia 
del presunto fraude electoral de 1985, desde el cual el PAN logró una 
presencia importante como oposición democrática, por su defensa del voto y la 
exigencia de garantías y equidad electoral. 
 
Se puede considerar que la transición en Nuevo León arrancó por la 
intervención de diversos actores políticos y civiles que pugnaron por cambios 
trascendentes en material electoral, mismo que al principio no surtió efectos en 
las decisiones gubernamentales, pero que, al paso del tiempo permitió el 
nacimiento de una autoridad electoral independiente, ciudadana y autónoma y 
por tanto, que la ciudadanización de la Comisión Estatal Electoral permitió que 
se concretara la alternancia en el poder sin sobresaltos y cuestionamientos. 
 
 31 
En este mismo contexto es necesario incluir los momentos más 
relevantes en los procesos de reforma electoral en Nuevo León, mismos que 
dieron una mayor posibilidad a la alternancia en el gobierno. 
 
Para tener mayores bases al estudio que estamos presentando 
incluimos las reformas registradas a partir de 1976, con el Gobernador Pedro 
G. Zorrilla Martínez, cuando se introduce la figura de diputados de minoría en el 
Congreso del Estado; la creación de los 26 distritos uninominales, la figura de 
los regidores de representación proporcional en los Ayuntamientos y la 
Creación de la Comisión Estatal Electoral como un organismo autónomo, 
permanente, con personalidad jurídica propia, además de la eliminación de las 
candidaturas independientes. El 18 de mayo de 1987 se concretó una reforma 
más, la cual creaba un sistema mixto similar al federal; la creación del Tribunal 
Electoral para la Contencioso Electoral; la creación del Centro Estatal de 
Cómputo Electoral; el financiamiento público a los partidos políticos y la 
posibilidad de acceder a los tiempos de televisión y radio. 
 
Fue en octubre de 1993 cuando el Congreso local, de mayoría priista, 
decidió incorporar cambios “relevantes” con el objetivo de lograr la 
ciudadanización de sus instancias electorales. Estas reformas se concretaron 
el 29 de octubre de 1993 fueron principalmente orientadas a la creación del 
Tribunal Electoral del Estado; se revisó lo relacionado a los gastos de campaña 
y se incluyó la obligatoriedad de la credencial de elector. Podemos decir que 
las reformas electorales de 1993 y 1996 en Nuevo León se concretaron más 
por seguimiento a los cambios federales, que como una apuesta al cambio en 
el estado. 
 
Finalmente el 13 de diciembre de 1996 se completó la independencia 
total de la Comisión Estatal Electoral y se aprobó la doble insaculación a los 
funcionarios de casilla. Esta reforma fue muy importante, sobretodo, por 
promover la ciudadanización, pues se autorizó la integración de un 
comisionado ciudadano por cada representante de partido con registro 
definitivo. Adicionalmente se eliminó el principio de autocalificación en las 
 32 
elecciones de los diputados, pasando esta responsabilidad a la autoridad 
electoral, en este caso la CEE. 1 (Salazar, 2006: 29 y ss) 
 
La Comisión Estatal Electoral quedó integrada por cinco comisionados 
ciudadanos y dos suplentes, además de los representantes y suplentes 
acreditados por los partidos políticos, con posibilidad de voz, pero no de voto. 
Es importante destacar que a partir de esta fecha quedó a cargo de los 
diputados locales la designación de los comisionados ciudadanos, según lo 
establece el artículo 63 fracción XLVI de la Constitución Política local, que a la 
letra dice: “Corresponde al Congreso: Designar a los Comisionados 
Ciudadanos y a los Magistrados Electorales, en los términos que determinen 
esta Constitución y las leyes respectivas”. 
 
Una vez que el PAN llegó al poder, en el sexenio se concretaron tres 
reformas electorales (1999, 2000, 2002). La primera, aprobada por mayoría 
calificada, fue en julio de 1999. Esta reforma precisa los requisitos para la 
observación electoral, la elección escalonada de los comisionados ciudadanos; 
la integración de las mesas auxiliares de cómputo y de casilla, así como la 
entrega y recepción de los paquetes electorales, los medios de impugnación de 
actos electorales, además del mejoramiento de las condiciones de eficiencia 
operativa del proceso electoral.2 La reforma del año 2000 significó un avance, 
al menos en lo que se refiere al conocimiento de los problemas de los 
municipios, pues se modificó el artículo 10 de la Ley Electoral, para exigir que 
 
1
 La Comisión Estatal Electoral fue creada como tal en 1976, pero a partir de ese año, ha tenido tres importantes reformas hasta llegar a ser lo 
que es en la actualidad, un organismo ciudadanizado, integrado por siete comisionados ciudadanos (cinco propietarios y dos suplentes 
comunes). 
El 8 de noviembre de 1993. Ley Electoral del Estado de Nuevo León. Decreto N° 207. Esta ley abroga la del 27 de mayo de 1987. 
Integración de la Comisión Estatal Electoral: 
- Ciudadano designado por el Poder Ejecutivo (Presidente). 
- Dos representantes del Congreso. 
- Un representante por partido político registrado. Los representantes de los partidos políticos con registro condicionado sólo tendrán derecho a 
voz. 
- Un Comisionado Ciudadano por cada representante de partido con registro definitivo. 
- Un secretario técnico(sólo con voz). 
Nueva integración de la Comisión Estatal Electoral. Deja de ser presidida por el Secretario General de Gobierno. Se introduce la figura de 
Comisionados Ciudadanos con la intención de propiciar una mayor y efectiva participación de los ciudadanos en la vigilancia de los procesos 
electorales. Se elimina el principio de autocalificación en las elecciones de diputados. Se faculta a la CEE para el cómputo. 
Eliminación del Centro Estatal de Cómputo Electoral. 
Se crea un Tribunal de Segunda Instancia para conocer sobre recursos de reconsideración. 
Utilización del nuevo padrón y credencial con fotografía. 
 
2
 Decretos de la LXVIII Legislatura 1997-2000, publicada en el Periódico Oficial número 91, del 30 de julio de 1999. 
 
 33 
los integrantes de la planilla que compiten por los Ayuntamientos, deban de 
acreditar la residencia del municipio por al menos un año antes de su registro. 
Es importante señalar que si bien esta reforma fue aprobada en el año 2000 no 
se utilizó en el proceso eleccionario de ese año, pues hubo errores al momento 
de su publicación, por lo que comenzó a aplicarse hasta enero de 2001. 3 
 
En el año 2001 hubo otro intento de reforma, ahora por los partidos 
políticos, que planteaban, entre otros aspectos, determinar exactamente las 
funciones de los observadores electorales, el registro de los partidos políticos, 
la propaganda del gobierno en tiempos electorales, financiamiento público, 
gastos de campaña, aspectos de logística durante la jornada electoral entre la 
Comisión Estatal Electoral y el IFE, así como las candidaturas independientes y 
los medios de impugnación. 4 
 
Para realizar esta propuesta se integró la llamada Mesa del Diálogo, en 
la cual participaron representantes de la Comisión Estatal Electoral, el Instituto 
Federal Electoral Nuevo León, así como los líderes de los partidos PRI, PAN, 
PRD, PT, PVEM, Convergencia y Alianza Social. 
 
Este fue el primer esfuerzo formal encabezado por el mismo Gobierno 
del Estado de concretar una reforma integral, sin embargo muchos aspectos no 
lograron el consenso de todos los actores y todo quedó en buenas intenciones; 
finalmente no se pudo concretar una reforma electoral integral conjunta con 
apoyo de todos los partidos, pues el PAN no estuvo de acuerdo en varios de 
los aspectos que se tocaban y por tanto no firmó la iniciativa que se envió al 
Congreso local, lo que derivó finalmente en que la propuesta de la Mesa del 
Diálogo fuera llevada finalmente por una Mesa Alterna en la que estaban 
integrados solamente los partidos de oposición al PAN. 
 
La reforma electoral de 2002, modificó únicamente el artículo 158, 
referente a la conformación del distrito uno, con cabecera de Monterrey, puesto 
 
3
 Decreto No. 202 publicado el 30 de julio de 1999 y de nuevo en el decreto 383, publicado el 13 de octubre de 2000. 
 
4
 Iniciativa de Reforma enviada al Congreso el 20 de octubre de 2001. 
 34 
que a raíz de la modificación limítrofe entre Escobedo y Monterrey, el número 
de colonias de cada uno de estos cambió considerablemente. Es importante 
destacar que las reformas de los años 2000 y 2002 fueron aprobadas por 
unanimidad con 37 y 38 votos de los legisladores presentes. 5, (Periódico 
Oficial del Estado, 31 de julio del 2002) 
 
El año 2003 fue escenario de elecciones en el estado de Nuevo León 
para renovar la gubernatura, los 26 distritos electorales, los 51 municipios. En 
el 2004 partidos y organismos intermedios determinaron que era necesario 
contar con una nueva Ley Electoral, por lo que el Congreso del Estado recibió 
62 propuestas de reforma de partidos, ciudadanos, organismos intermedios y 
de los mismos organismos electorales, las cuales incluían las figuras de 
candidaturas independientes; revocación de mandato; contexto completo de las 
campañas electorales, en donde se incluyen los gastos, duración, topes, 
regulación de precampañas, entre otros aspectos; además de una redistritación 
electoral; la fiscalización de las campañas electorales; voto electrónico; 
segunda vuelta electoral y los debates entre candidatos. En esta ocasión 
tampoco se lograron acuerdos entre los partidos políticos y la reforma no 
prosperó, por lo que las últimas elecciones del estado, en el 2006, también se 
rigieron por las mismas viejas reglas, (Salazar, 2006: 32 y ss). 
 
Si bien se han logrado ciertos avances en cuestión electoral, siguen 
habiendo todavía huecos y, prueba de ello son las últimas propuestas 
presentadas ante el Congreso, con lo que se confirma el aspecto de que en el 
estado la transición, al igual que en el país, ha sido una transición votada, 
puesto que las reformas que se han planteado han sido más tendientes a 
concretar cambios en la forma de votar y ser votado, no tanto en lo que se 
refiere a la creación de nuevas instituciones. 
 
Vemos que, de acuerdo a Merino, el ideal de transición es aquella que 
supone un cambio político basado en un pacto entre las élites que, con la base 
 
5
 El congreso local está integrado por 42 Diputados y para concretar una reforma constitucional se requiere del voto favorable de la mayoría 
calificada, es decir, las dos terceras partes de los diputados 
 
 35 
de una ruptura con el pasado, lleve a una transformación político-institucional. 
Sobre este aspecto, en el caso de Nuevo León no se ha dado una ruptura con 
el régimen anterior, pues en el caso del PAN, como ya se dijo, no sólo aceptó 
las instituciones sindicales como parte de su diario actuar, sino que 
prácticamente llevaron una relación de fraternidad y complacencia. No hubo, 
por tanto, la eliminación de las viejas instituciones o del corporativismo que 
tanto se criticó como oposición, ni se dio otro de los aspectos señalados por 
Merino como es el abandono de la plaza en definitiva, pues, el PRI siguió en la 
escena y no sólo se consolidó como oposición, sino logró reagruparse y 
retomar la senda del triunfo al concretar la alternancia sobre la alternancia en el 
año 2003, (Merino, 2003: 15). 
 
En este sentido, es necesario señalar algunos otros aspectos en donde 
consideramos que no se han logrado avances para decir que el proceso de 
transición ya concluyó y que vivimos en una democracia consolidada, sino que 
estamos en vías de lograrlo. 
 
Nos referimos por ejemplo al resto de las instituciones que garantizan 
una vida democrática, enfocándonos en primera instancia a la Constitución 
Política local, misma que, si bien no es totalmente anacrónica, sí ha quedado 
rezagada en algunos de sus aspectos. A lo largo de su vigencia ha habido 
cambios y ha existido la intención de reformarla por completo, sin embargo aún 
siguen vigentes supuestos que posicionan al estado en los inicios del siglo 
pasado. 
 
Debido a que nuestra intención es solamente evidenciar el anacronismo 
de algunos de sus aspectos no abundaremos en todos y cada uno de sus 
artículos, sino solamente retomaremos unos cuantos para sustentar nuestras 
afirmaciones en torno al anacronismo de la Ley. 
 
Por ejemplo en lo que se refiere al acceso a la información, donde si 
bien contamos ya con una Comisión de Acceso a la Información Pública de 
Nuevo León, a través de la cual las instituciones gubernamentales están 
obligadas a proporcionar todos los datos que el ciudadano solicite, la 
 36 
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en su 
Artículo 8 establece que “es inviolable el derecho de petición ejercido por 
escrito de una manera pacífica y respetuosa; pero en materias políticas sólo 
pueden ejercerlo los ciudadanos del Estado. A toda petición debe recaer un 
acuerdo escrito de la Autoridad a quien se haya dirigido, y ésta tiene la 
obligación de hacer saber en breve término el resultado al peticionario”. 
 
Otro punto que hasta cierto punto se puede considerar comoilógico, 
puesto que la autoridad ha emprendido una lucha en contra del narcotráfico y 
sus consecuencias de inseguridad, pero que se contrapone a la Ley estatal, 
pues la Constitución de Nuevo León en su artículo 10 permite a los ciudadanos 
mayores de edad la posibilidad de tener un arma en casa para su legítima 
defensa. 
 
Aspectos del siglo pasado como los establecidos en el artículo 20 y 21 
que a la letra dicen: Artículo 20.- Quedan para siempre prohibidas las penas de 
mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de 
cualquiera especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualquiera 
otras penas inusitadas o trascendentales. 
 
Artículo 21.- Queda abolida la pena de muerte para los delitos políticos, 
y en cuanto a los demás, podrá imponerse al parricida, al homicida con 
alevosía, premeditación o ventaja, al incendiario, al plagiario y al salteador de 
caminos. 
 
Retomamos aquí los momentos de la instauración que nos llevan a la 
consolidación democrática, comenzando con el de la liberalización, que es 
donde se reconocen los derechos políticos de los ciudadanos, quienes de 
acuerdo a la Constitución local en su artículo 38 establece que la calidad de 
Ciudadano nuevoleonés se puede perder por, entre otros aspectos, 
“incapacidad mental; por estar procesado; por vagancia, ebriedad 
consuetudinaria o ser tahúr de profesión”. 
 
 37 
Siguiendo con el momento de la liberalización y el reconocimiento de los 
derechos políticos, podemos decir que este se inició entre los años de 1996, 
con la ciudadanización de la Comisión Estatal Electoral y 1997, con el arribo de 
la oposición al Gobierno del Estado y donde el trabajo de las instituciones es 
reconocido. 
 
El momento de la democratización, entendido, como la creación de las 
instituciones, lo podemos establecer con el fortalecimiento de la misma 
Comisión Estatal Electoral y las sucesivas creaciones de tribunales de la rama 
así como de la Comisión de Acceso a la Información Pública de Nuevo León, a 
pesar de sus fallas de ejercicio y problemas internos en su conformación. 
 
Estos momentos pueden ser sucesivos, al mismo tiempo, o extendidos 
en el tiempo, aunque también se pueden bloquear y quedarse solamente en la 
liberalización, evitando el de la democratización, lo que derivaría en que las 
instituciones finalmente no aparecen. 
 
Como ya lo señalamos la Constitución del Estado presenta varios puntos 
que requieren ser reformados, tanto en lo que hace a derechos como en la 
parte orgánica, lo que nos lleva a inferir que esta no es en sí misma totalmente 
democrática, pues aunque el proceso de liberalización se dio con el 
reconocimiento de los derechos de los ciudadanos, el de la democratización 
simple y sencillamente no avanzó lo suficiente para decir que se haya llegado a 
la consolidación de la democracia. 
 
En síntesis, podemos resumir los puntos centrales de este apartado de 
la siguiente manera: 
 
De acuerdo a lo establecido por los teóricos podemos resumir que en el 
estado se cumplen con los indicadores establecidos por cada uno de los 
autores consultados, pues no solamente existen las reglas de juego, que 
permiten participar de manera igual a todos los individuos adultos, sino que 
éstos también participan en la toma de las decisiones de aquellos asuntos y 
 38 
temas que le incumben. 
 
Se cumplen, por tanto, los indicadores mínimos de la democracia al 
existir en la entidad elecciones libres, periódicas, competitivas y correctas, con 
sufragio universal masculino y femenino, la participación de más de un partido 
político, con diferentes organizaciones de intereses, existen fuentes 
alternativas de información, y los cargos más importantes son definidos por 
elección. 
 
Sobre el proceso de instauración, caracterizado por el diseño de nuevas 
instituciones y procedimientos, el que puede ser visto como primera etapa de 
la transición democrática, podemos decir que se inició la transición, pero no ha 
logrado concluirse, pues en el estado siguen conviviendo las antiguas 
instituciones con las nuevas, es decir, no hubo un rompimiento con el pasado. 
 
En torno al momento de la liberalización, que puede ser visto como la 
segunda etapa de la transición democrática, ya que es cuando se reconocen 
los derechos políticos y el de la democratización, concretándose así la 
creación de las instituciones, podemos decir que si bien se han creado 
instituciones ciudadanizadas como la Comisión Electoral, el Tribunal Electoral, 
la Comisión de Acceso a la Información, no se ha logrado la ampliación 
completa y el reconocimiento real de los derechos civiles y políticos; el sistema 
de partidos sigue funcionando, algunas veces acotado por los intereses de los 
dirigentes, pero en general buscando su permanencia e influencia en las 
decisiones importantes del país. 
 
No ha habido, por tanto, un verdadero reconocimiento de los derechos 
de los ciudadanos y nuestra Constitución local sigue estando rezagada, la Ley 
Electoral, si bien ha sido reformada en varias ocasiones, ha sido rebasada por 
la nueva realidad de los nuevoleoneses, con lo que se puede concluir que 
aunque en Nuevo León nos encontramos transitando el camino hacia la 
consolidación democrática, aún no se ha podido concretar el proceso. 
 
 
 39 
6. LA ALTERNANCIA EN NUEVO LEÓN 
 
Entendemos por alternancia la situación en que la titularidad del 
gobierno la ocupa una persona o planilla que pertenece a un partido o grupo 
político diferente al que tenía el cargo en el periodo inmediato anterior. Esto 
nos lleva a hacer una segunda clasificación del término al señalar que la 
alternancia se puede considerar como simple, al producirse únicamente una 
vez el cambio, es decir, que cambie un partido por otro y, el recién llegado, se 
perpetúe en el poder como lo hizo su antecesor. O bien se puede decir que 
existe una alternancia consolidada, cuando en los gobiernos donde el cambio 
de titular se ha presentado en más de una ocasión en un periodo determinado 
y pueden involucrar a dos partidos únicamente o puede ser, incluso, en más 
partidos. 
 
Sobre este tema Bovero señala que la alternancia democrática se 
presenta como una alternancia pacífica, no violenta, en tanto que resulta del 
procedimiento de contar todas las cabezas sin cortar ninguna de ellas, esto es 
ni las de los electores ni las de los elegibles. De manera recíproca, desde este 
particular ángulo visual, la democracia resultará redefinida como la forma de 
gobierno que consiste en la posibilidad siempre abierta de una alternancia 
pacífica en el poder. Sobre este particular podemos considerar a la alternancia 
vivida en Nuevo León como una “alternancia consolidada”, puesto que el 
cambio de partido en el gobierno se dio primero en 1997 y a la vuelta de 6 años 
el PRI recuperó el poder perdido anteriormente, (Bovero, 2000: 17). 
 
Esta situación, no es privativa de la gubernatura de Nuevo León, pues la 
historia de alternancias no se inició en el ejecutivo estatal, sino a nivel 
ayuntamientos, principalmente en el área metropolitana de Monterrey. 
 
Para complementar esta investigación retomamos a Mentor Tijerina 
Martínez, quien a través de un estudio detectó algunas de las condiciones que 
permitieron que se concretara la alternancia sobre la alternancia, no sólo en el 
estado, sino en otras entidades del país. Sobre este particular señala que “los 
procesos de alternancia, municipales primero y estatales después, fueron la 
 40 
antesala del proceso de transición democrática que culminaría a nivel nacional 
con la alternancia en el poder en el año 2000. La derrota del PRI a nivel local 
se inscribe en el contexto de democratización del escenario electoral que se dio 
a partir de los años ochenta y noventa”. 
 
En su análisis señala que hasta antes de la liberalización electoral del 
llamado “primer ciclo de las reformas políticas”(1977-1996), el PRI mantenía el 
control de los procesos electorales en un escenario de pluralismo político 
limitado, lo que dejó al otrora “partidazo” con muy pocas aptitudes para la 
competencia en un ambiente democrático. Sin embargo, gracias a las reformas 
que se registraron en el país y a la dinámica que se estaba viviendo los 
partidos, en especial el PAN, se fueron preparando para llegar al poder en 
varias entidades, (Tijerina, 2007: 5). 
 
Si bien este fenómeno se registró en varios estados del país, el 
propósito de este análisis está enfocado a Nuevo León, donde la alternancia 
inició en las administraciones municipales y, derivó en la posibilidad de ganar la 
gubernatura en 1997. 
 
Para seguir este análisis es necesario dar cuenta de la historia política 
del estado y señalar que desde el primer Gobernador Constitucional, -José 
María Parás, quien gobernó la entidad en los plazos de 1825-1827; 1848-1849 
y de 1849-1851-, Nuevo León ha tenido 120 gobernadores, entre los que se 
cuentan un total de 59 interinos, 2 sustitutos, 7 provisionales y 3 prefectos 
imperiales. 6 
 
 
El poder en Nuevo León, -al igual que en todo el país-, estuvo durante 
muchos años bajo el mando de un mismo partido y la sucesión siempre se 
registró de la mano de los deseos del presidente en turno. Si bien los 
gobernadores siguieron siendo priistas, se pudo concretar la llegada de 
 
6
 El régimen de Porfirio Díaz heredó las prefecturas imperiales, políticas instauradas por Maximiliano para establecer su imperio y controlar a la 
sociedad. El prefecto, especie de gobernador, nombrada al alcalde, mientras que los regidores eran de elección popular. El ayuntamiento 
quedaba sólo como un cuerpo deliberativo sin capacidad real de decisión, pues el prefecto imponía su autoridad. Esta autoridad Intermedia 
sofocaba la vida democrática de los municipios a pesar de la apariencia electoral, además el jefe político interfería e impedía que el ayuntamiento 
tuviera organización administrativa capaz de cumplir sus funciones con eficacia y con la participación de la comunidad. 
 
 41 
alcaldes panistas a los municipios del área metropolitana. Adicionalmente se 
dieron algunos desencuentros entre ejecutivo de la nación y los empresarios 
nuevoleoneses integrantes del llamado Grupo Monterrey, el cual logró 
imponerse en muchas de las decisiones y con ello en la nominación de 
candidatos. A nivel legislativo, en el año de 1946 se elige a Antonio L. 
Rodríguez, como el primer Diputado federal panista del estado, quien fue electo 
en 1948 como candidato a la gubernatura de Nuevo León, convirtiéndose así 
en el primer candidato del PAN a este puesto de elección popular. 
 
En 1963 Humberto Junco Voigt fue electo como el primer alcalde panista 
en el estado de Nuevo León y tomó posesión el 1º de enero de 1964, para regir 
el municipio de San Pedro Garza García, el cual fue gobernado a partir de 1967 
por la primera mujer alcaldesa de la República Mexicana, la panista Norma 
Villarreal de Zambrano. Seguida luego de Luis J. Prieto, quien se convierte en 
el primer alcalde del PAN en el municipio de San Nicolás cubriendo el trienio 
1974 a 1976 y en Santa Catarina con Teresa García de Sepúlveda de 1988 a 
1991. 
 
6.1. PRIMER GOBIERNO DEL PAN: ALTAS EXPECTATIVAS 
 
Con la bandera del cambio y el llamado “sí se puede”, Fernando Canales 
Clariond llegó al gobierno del estado el 4 de octubre del 1997. De origen 
empresarial, el panista levantó altas expectativas entre la población, que 
esperaba la generación de 100 mil empleos en el primer año, además de 
grandes obras y, sobre todo, de la desaparición de la corrupción y malos 
manejos denunciados por el ex gobernador interino y sustituto, Benjamín 
Clariond Reyes-Retana. 
 
Como en prácticamente todo el país, la historia de la alternancia 
comenzó en los municipios y, que culminó con el arribo de Fernando Canales 
Clariond al poder el 4 de octubre de 1997. 
 
Tradicionalmente Nuevo León ha permanecido bajo un esquema 
bipartidista con una escasa presencia de los partido políticos considerados “de 
 42 
izquierda”, sin embargo es importante destacar la presencia del Partido del 
Trabajo, PT, por sobre el PRD, esto es, por el origen del peteismo, que surgió 
de los movimientos de posesionarios de Tierra y Libertad, lidereados por 
Alberto Anaya Gutiérrez, el cual se ha mantenido con una fuerza cautiva en la 
zona norte de Monterrey y en algunos municipios de la zona rural. 
 
A la fecha se han tenido muy pocas experiencias de la izquierda 
encabezando gobiernos municipales opositores en el estado de Nuevo León, 
siendo principalmente Mina, con un ex priista impulsado por el PT y en García 
para el PRD, municipio que actualmente es gobernado por un priista. 
 
Canales Clariond era ya un viejo conocido de los nuevoleoneses, pues 
en 1985 compitió en las elecciones contra el priista Jorge Treviño Martínez, 
quien logró el triunfo en una controvertida elección que arrojó como resultados 
una votación de 508 mil 912 votos para Treviño Martínez y solamente 183 mil 
374 para Canales. Sin embargo, Canales Clariond alegó un fraude en el 
proceso e inició un movimiento de protesta, del cual derivó un proyecto de ley 
electoral elaborado por la llamada Asamblea Democrática Electoral, en la que 
participaba quien fuera posteriormente el sustituto de Canales Clariond en la 
gubernatura, Fernando Elizondo, así como Javier Livas y Arturo Salinas 
Martínez. 
 
Otra de las acciones emprendidas a raíz del presunto fraude fue la 
conformación del Ejército Democrático, encabezado por Rogelio Sada 
Zambrano, quien fuera candidato panista al gobierno en el siguiente proceso, 
frente a Sócrates Rizzo García y, quien reconoció el triunfo del priista sin 
argumentar ningún tipo de fraude o ilegalidad. 
 
Si bien el PAN no logró la victoria en 1985, pudo adjudicarse las 
diputaciones federales en los distritos 1 y 2, mismos que hasta ese momento 
habían sido ganados siempre por el tricolor. 
 
El sexenio de Treviño Martínez terminó con problemas y aciertos y fue 
seguido por Sócrates Rizzo García, quien llegara del Distrito Federal al estado 
 43 
para ser, primero, dirigente del PRI, luego Alcalde de Monterrey y 
posteriormente el mandatario estatal. 
 
Muy ligado al entonces Presidente de la República, Carlos Salinas de 
Gortari, Rizzo García enfrentó algunas desavenencias con el gobernador en 
turno Jorge Treviño, sobre todo con los problemas generados a raíz del azote 
del huracán Gilberto a la entidad en 1988. Luego de un sobrevuelo en el área 
afectada y antes de abordar el helicóptero que lo llevaría al aeropuerto, Salinas 
de Gortari dijo a Rizzo, “ahí te encargo Sócrates”, lo que derivó en un 
desencuentro sin consecuencias graves en las relaciones institucionales del 
gobierno con el municipio. Para las elecciones de 1991 se esperaba la 
participación de nueva cuenta de Canales Clariond como candidato, sin 
embargo este decidió no entrar a la contienda, pues estaba más ocupado en su 
faceta empresarial, ya que el grupo IMSA había logrado la adquisición de 
Aceros Planos poco tiempo después de las elecciones de 1985 y, por el 
momento, estaba dedicado a esa labor. 
 
Sócrates Cuauhtémoc Rizzo García arribó al gobierno con una votación 
de 560 mil 140 votos, contra su más cercano contrincante Rogelio Sada 
Zambrano, quien obtuvo 293 mil 854 votos y, donde el recientemente creado 
PRD, logró 25 mil 504 sufragios. Con estos resultados dicha elección se 
convirtió en la de mayor participación de partidos hasta esa fecha. 
 
Fue en la segunda mitad del sexenio de Rizzo García que se dio con 
mayor auge el triunfo de los candidatos panistas. Como muestra se cuenta a la 
Alcaldía de Monterrey, San Nicolás, Guadalupe, San Pedro, Santa Catarina y 
Cadereyta, además de 17 de los 42 diputados en la legislatura local. 
 
El arribo

Continuar navegando