Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
Guía Metodológica para la Incorporación de la Perspectiva de Género en los Programas Presupuestarios Aracely Muriel Salinas Díaz Subsecretaria de Igualdad de Género Tabla de contenido PRESENTACIÓN ....................................................................................................................................... 6 JUSTIFICACIÓN ...................................................................................................................................... 7 OBJETIVOS ................................................................................................................................................ 9 GENERAL.................................................................................................................................................... 9 ESPECÍFICOS ............................................................................................................................................ 9 4. MANDATOS POLÍTICOS, NORMATIVOS Y PROGRAMÁTICOS ........................................ 10 4.2 MARCO PROGRAMÁTICO ............................................................................................................ 19 4.3 EVOLUCIÓN DE LAS POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE IGUALDAD ................................. 23 4.4 PERSPECTIVA DE GÉNERO ........................................................................................................ 30 4.5 ESTEREOTIPOS Y ROLES DE GÉNERO ..................................................................................... 31 4.6 TRANSVERSALIZACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO ........................................... 33 4.7 PRESUPUESTO PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO .............................................................. 34 5. LA TRANSVERSALIZACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO (TPG) EN EL MODELO DE GESTIÓN PARA RESULTADOS (GPR) ....................................................................................... 38 5.1 MODELO DE GESTIÓN PARA RESULTADOS: PRESUPUESTO BASADO EN RESULTADOS (PBR) Y SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO (SED) .................... 39 5.2 TRANSVERSALIZAR EN UN MODELO DE GPR ...................................................................... 42 6. ALINEACIÓN PROGRAMÁTICA ................................................................................................... 47 6. MÉTODOS COMPLEMENTARIOS ............................................................................................ 56 7.1 ANÁLISIS DE INVOLUCRADOS ................................................................................................. 60 7.2 ÁRBOL DEL PROBLEMA Y ÁRBOL DE OBJETIVOS .............................................................. 60 7. METODOLOGÍA DE MARCO LÓGICO (MML) ....................................................................... 61 8.1 NIVELES DE INTENSIDAD ............................................................................................................. 74 8.2 DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PP ............................................................................................... 76 8.3 ENFOQUES DE DERECHOS HUMANOS, IGUALDAD DE GÉNERO E INTERCULTURALIDAD......................................................................................................................... 78 9. LA VISIÓN DE LA INTERSECCIONALIDAD EN LA DEFINICIÓN DE LA POBLACIÓN OBJETIVO Y ATENDIDA EN LOS PROGRAMAS PRESUPUESTALES .................................... 79 10. INDICADORES Y METAS ............................................................................................................. 80 10.2 CONSTRUCCIÓN DE INDICADORES DE GÉNERO ............................................................. 85 GLOSARIO ............................................................................................................................................... 89 BIBLIOGRAFÍA Y FUENTES CONSULTADAS ............................................................................... 91 ANEXOS .................................................................................................................................................... 95 Índice de Gráficas Gráfica 1 Instrumentos internacionales que reconocen la igualdad entre mujeres y hombres .................................................................................................................. 11 Gráfica 2 La institucionalización del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres ...................................................................................................................................... 21 Gráfica 3 Ruta programática para el diseño e implementación del Programa Estatal para la Igualdad en Jalisco ....................................................... 22 Gráfica 4 Alcances del MED ............................................................................................... 27 Gráfica 5 Clases y naturaleza de los estereotipos ................................................. 32 Gráfica 6 Elementos del proceso de Transversalización ..................................... 34 Gráfica 7 Criterios para la elaboración de presupuestos con PEG .................. 37 Gráfica 8 Recomendación para el fortalecimiento del Presupuesto para la Igualdad de Género ............................................................................................................. 38 Gráfica 9 Proceso de planificación ............................................................................... 40 Gráfica 10 Principios del modelo de Gestión para Resultados .......................... 41 Gráfica 11 Transversalización en los elementos de la Gestión para Resultados ............................................................................................................................... 43 Gráfica 12 Proceso de planificación ampliado ......................................................... 45 Gráfica 13 Modelo general de Alineación programática ..................................... 48 Gráfica 14 Contraste entre la demanda social y la oferta institucional ..... 65 Gráfica 15 Intersectorialidad.......................................................................................... 66 Gráfica 16 Matriz de Indicadores para Resultados ................................................70 Gráfica 17 Formulación lógica completa (hipótesis) de la solución del problema .................................................................................................................................... 72 Gráfica 18 Formulación lógica completa (hipótesis) de la solución del problema .................................................................................................................................... 73 Gráfica 19 Clave presupuestaria de Jalisco ............................................................. 74 Gráfica 20 Tipos de indicadores ...................................................................................... 82 Gráfica 21 Canasta de indicadores ............................................................................... 86 Índice de Tablas Tabla 1 Instrumentos internacionales específicos del derecho a la igualdad, la no discriminación y la no violencia contra las mujeres .......................................................................................12 Tabla 2 Elementos clave en la LIMH de Jalisco para las políticas en materia de igualdad entre mujeres y hombres ................................................................................................................................ 17 Tabla 3Atribuciones en torno a las fases del Programa de igualdad entre Mujeres y Hombres en Jalisco ..................................................................................................................................................................... 22 Tabla 4 Fases de los enfoques para visibilizar el tema enel desarrollo .................................... 24 Tabla 5 Diferencias en el enfoque de mujeres en el desarrollo y género en el desarrollo ....................................................................................................................................................................................................................... 28 Tabla 6 Temática y Vinculación al PND y a la Agenda 2030 ................................................................ 52 Tabla 7 Clasificación lógica de objetivos del entorno de un programa público ................. 64 Tabla 8 El Propósito transversal como oferta institucional ................................................................. 67 Tabla 9 El Propósito como demanda social ......................................................................................................... 68 Tabla 10 Comparación entre Demanda social y Oferta institucional ......................................... 69 Tabla 11 Ejemplos de indicadores de estructura .............................................................................................. 83 Tabla 12 Ejemplos de indicadores de proceso .................................................................................................... 84 Tabla 13 Ejemplos de indicadores de resultado .............................................................................. 85 Índice de Modelos Modelo 1 Modelo General para un Programa Especial (PROIGUALDAD) ................... 63 6 Presentación Jalisco ha abierto su Clave Presupuestaria a los procesos de Transversalización de distintas agendas que se caracterizan por su complejidad, en la medida que involucran a distintas áreas administrativas, pero sobre todo porque exigen ubicar, distinguir y priorizar una diversidad de necesidades sociales, económicas y ambientales, en donde las niñas y mujeres tienen muy poca presencia y voz, cuando son ellas quienes más llevan la carga de las desigualdades. Más allá de que se trata de más de la mitad de la población de la entidad y del mundo, es innegable que colocarlas en el centro de cualquier agenda de desarrollo, conduce no sólo a replantearse la naturaleza misma de ese desarrollo, para determinar que tan sostenible, distributivo y civilizatorio es, sino que cuestiona el carácter mismo del Estado, como ente responsable de hacer cumplir las leyes y acuerdos internacionales, de conducir las políticas públicas necesarias para atender la Agenda de problemas públicos y de asegurar una recaudación justa que sea suficiente para promover los avances que la sociedad exige. Por eso, Gobernanza y Desarrollo son los pilares que en Jalisco se han reconocido en el Plan Estatal. Porque se sabe, que la discriminación, en sus múltiples formas, es el principal obstáculo para que las jaliscienses manifiesten cuáles son sus necesidades prácticas y sus intereses estratégicos a ser atendidas con oportunidad por todas las instancias públicas. Escucharlas y fomentar su efectiva participación es uno de los desafíos centrales. En esta Guía, que está destinada al personal responsable del diseño, operación y evaluación de los distintos programas, se recogen y ordenan las normas, conceptos y propuestas que sirvan para mejorar la comprensión de las instituciones acerca de la importancia de la Igualdad entre las mujeres y hombres. No es la política “de las mujeres”, es la política estatal para la transformación de la estructura de privilegios que niegan los derechos humanos de la mayoría de las personas, con su consecuente pérdida de oportunidades para el crecimiento y desarrollo general, ya que los hombres en su conjunto, también se ven afectados a la larga por los esquemas de discriminación contra las mujeres. 7 La Secretaria de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, exhorta al servicio público del estado a poner su mejor empeño en propiciar estos cambios, que además de ser una obligación es un compromiso por la igualdad. Justificación El modelo de Gestión para Resultados (GpR) y la estrategia de Transversalización de la Perspectiva de Género (TPG), son dos procesos que irrumpen desde 2008 en la administración pública de México. Sin embargo, y a pesar de sus virtudes y propósitos afines, no se ha conseguido aún, una adecuada articulación entre ambos esquemas, ni a nivel federal ni en lo que corresponde a los ámbitos estatal y municipal. A pesar de que éstos dos procesos tienen como finalidad central alcanzar resultados concretos a través de una gestión explícita y estratégica, enfocada a generar valor público, y de que gran parte de tales logros transitan por ejecutar acciones en contra de la desigualdad entre mujeres y hombres, la implementación del modelo GpR, ha sido omisa en la incorporación de la agenda por la igualdad, en su sistema programático y presupuestal. Cabe decir que la GpR consiste en establecer una gestión basada en el planteamiento de un conjunto de problemas públicos que conforman una agenda y para cuya atención se definen objetivos, con sus correspondientes indicadores, que están vinculados desde los niveles más operativos para generar los bienes y servicios que se entregarán directamente a la población, mediante los cuales se procura un impacto efectivo, susceptible de ser verificado con evidencias. Para tal fin, todas las etapas del modelo (planeación, implementación y evaluación), son igualmente importantes y deben identificar claramente a la población objetivo que debe ser atendida por los programas presupuestarios; a tales efectos, se aplica la Metodología de Marco Lógico (MML) y sus métodos complementarios. Por su parte, la TPG es un proceso estratégico que tiene como finalidad cerrar un conjunto de brechas de desigualdad entre mujeres y hombres, así como aspectos que obstaculizan el acceso de las mujeres a mejores oportunidades para su pleno desarrollo. Al colocar en el centro de toda la gestión un problema de desigualdad de género, se definen sus causas y se posibilita determinar qué tipo de medidas y por ende qué programas presupuestarios deben vincularse para tal propósito; por eso es transversal, porque convoca esfuerzos de distintos sectores administrativos para dar solución a un problema (brecha u 8 obstáculos de acceso a la igualdad) que les es común y para lo cual se requiere construir una adecuada sinergia. El instrumento que conduce esta política transversal en el estado de Jalisco es el Programa Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2020-2024 (PROIGUALDAD), el cual es uno de los diez ejes transversales y especiales, que se deriva como programa del Plan Estatal de Gobernanza y Desarrollo 2018- 2024 (PEGD). El PEGD establece que el “Eje “B. Igualdad de Género: Examina la promoción y protección de la igualdad sustantiva, en los hechos y en la práctica, entre las mujeres y los hombres. Para esto se debe buscar la eliminación del trato diferenciado en todos los ámbitos, la erradicación de la violencia, la consolidación de una cultura de igualdad sustantiva, la consolidación de la participación femenina en los cargos directivos, etc.” El PROIGUALDAD de Jalisco, ofrece un diagnóstico basado en la identificación de una canasta de brechas e indicadores de género, que son la base para establecer los objetivos, estrategias y líneas de acción. Estos indicadores más los que se encuentran comprometidos por tratados internacionales, son en una primera instancia, los Resultados que deben incorporarse y ser tomados en cuenta en la gestión pública de la entidad. El PROIGUALDAD tiene la función de fincar las prioridades estatales de la política de igualdad entre mujeres y hombres, y sus estrategias señalan cómo deben articularse los Programas Presupuestarios (Pp´s) hacia el cumplimiento de los Resultados estratégicos, es decir, haciala eliminación de las Brechas de desigualdad y el mejoramiento de los Indicadores de Género, a través de los cuales se expresa la problemática en esta materia. En el ejercicio fiscal del año 2020, el estado de Jalisco cuenta con una Estructura Programática de 364 Pp´s, de los cuales, tan sólo 33 contienen algún elemento explícito relativo a la política para la igualdad entre mujeres y hombres, lo que significa un total de 65 Componentes (bienes o servicios entregados a la población objetivo). Sin embargo, dicho contenido, con todo y su importancia, no asegura por sí sólo algún impacto en los Resultados Estratégicos. Presupuestalmente, estos 33 Pp´s significaron apenas el 0.74 por ciento del gasto programable total, razón que obliga a revisar la incorporación de la PG en la composición de la Estructura Programática, sobre todo, a asegurar que repercutan en resultados verificables. 9 A cada Programa Presupuestario corresponde una Matriz de Indicadores para Resultados (MIR), y por lo tanto la incorporación de la PG debe alinear las narrativas de estas matrices con las Brechas e Indicadores de Género, una tarea cuya magnitud implica la participación de las organizaciones sociales y de las personas responsables de las Unidades Ejecutoras del Gasto (Ueg´s). Objetivos General Elaborar una Guía Metodológica para incorporar la estrategia transversal de Igualdad de Género en la Matriz de Indicadores para Resultados de los programas presupuestarios pertinentes para el cumplimiento del PROIGUALDAD Jalisco. Específicos 1. Elaborar un marco conceptual acerca de la evolución de los esquemas de política pública para enfrentar las relaciones entre mujeres y hombres, sus limitaciones y alcances, así como de las definiciones más aplicadas por la política de igualdad; 2. Analizar el vínculo entre el modelo de Gestión para Resultados y el proceso de Transversalización de la Perspectiva de Género; 3. Elaborar una ruta de la alineación programática de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Estatal de Gobernanza y Desarrollo del Estado de Jalisco (PEGD), con el PROIGUALDAD Jalisco, los programas institucionales de la Administración Pública Estatal (APE) y la Estructura Programática, a efecto de detectar la problemática a la que debe responder la Guía Metodológica; 4. Diseñar una canasta de indicadores estratégicos de género que resuma los resultados a atender por la política de igualdad entre mujeres y hombres; 5. Crear un esquema para la vinculación de la alineación programática con la canasta de indicadores generada, que permita distinguir los niveles de intensidad en la incorporación de la Perspectiva de Género, incluyendo los programas presupuestarios en los que, aun cuando no estén dirigidos a mitigar o solventar dicho tema, se puedan identificar de forma diferenciada los beneficios específicos; 10 6. Proponer para cada tipo de problema detectado en la alineación programática una propuesta de mejora con apego a la MML y sus métodos complementarios; 7. Detectar y registrar la población objetivo y la atendida de los programas presupuestarios, diferenciada por sexo, edad, discapacidad, preferencias sexuales, región del Estado, población indígena o afromexicana. 4. Mandatos políticos, normativos y programáticos Este apartado destaca los principales elementos jurídicos, conceptuales y programáticos relacionados con la incorporación de la perspectiva de género en los distintos ámbitos de quehacer del Estado. 4.1 Marco Jurídico La incorporación de la perspectiva de género en la gestión de las instituciones del Estado tiene como fundamento un conjunto de instrumentos internacionales y nacionales que ponen el énfasis en las obligaciones del Estado para llevar a cabo todas las medidas necesarias para garantizar la igualdad formal y la igualdad sustantiva. Algunos de los instrumentos que refieren en términos generales a la igualdad son: La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), que señala que las personas nacen libres e iguales en dignidad, por lo que gozan de los mismos derechos y libertades sin distinción. Se enfatiza en la igualdad ante la ley y la protección frente a la discriminación. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948), donde se reconoce que las personas son iguales ante la ley y tienen los mismos derechos y deberes, sin que medie distinción alguna por la raza, el sexo o el idioma, entre otros elementos. La Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1965), que apunta el reconocimiento de que todas las personas nacen libre e iguales, y tienen derecho a la igual protección ante la ley, condenando la discriminación racial, la segregación y la promoción del odio en función de la discriminación racial. La Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969), la cual establece el compromiso de respetar los derechos y libertades reconocidos para 11 garantizar el libre y pleno ejercicio de todas las personas, sin discriminación por raza, sexo, idioma. En lo que corresponde a los principales instrumentos que ponen el énfasis en la igualdad entre mujeres y hombres, destacan los siguientes: Gráfica 1 Instrumentos internacionales que reconocen la igualdad entre mujeres y hombres Fuente: Elaboración propia, con información de Lara (2015: 47-48). Fuente: Elaboración propia, con información de Lara (2015: 47-48). La Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 2) El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (art. 2 y 3) El Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art. 2 y 3) Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos. Reconoce el derecho de mujeres y hombres a contraer matrimonio y formar una familia libremente. También prevé los derechos y obligaciones durante la unión y en la disolución de la misma. Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Se refiere a que las mujeres deben de trabajar en condiciones no inferiores a las de los hombres, con un mismo salario por el mismo trabajo, también refiere a las licencias de maternidad. 12 Como parte del marco internacional específico y más relevante en la igualdad y no discriminación contra las mujeres se encuentra: La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), la cual fue adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 34/180, de 18 de diciembre de 1979, y entró en vigor el 3 de septiembre de 1981. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Convención de Belém do Pará”, adoptada en 1979 y fundamental para el posicionamiento del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, la cual se originó durante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer que se llevó a cabo en Beijing, China, en septiembre de 1995. A continuación, se enfatizan algunas consideraciones sobre los instrumentos mencionados: Tabla 1 Instrumentos internacionales específicos del derecho a la igualdad, la no discriminación y la no violencia contra las mujeres CEDAW Convención de Belém do Pará Declaración y Plataforma de Acción de Beijing En su artículo 1º define a la discriminación contra las mujeres como: “toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en lasesferas política, económica, Prevé en su introducción lo siguiente: La violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades; La violencia contra la mujer trasciende todos los sectores de la sociedad independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o Se caracteriza por reconocer la igualdad como un principio transversal a diversos ámbitos, tanto en el ámbito legal, como en el de oportunidades y en el de acceso a los recursos. La Declaración apunta que: 14. Los derechos de la mujer son derechos humanos; 15. La igualdad de derechos, de oportunidades y de acceso a los recursos, la distribución equitativa entre hombres y mujeres de las responsabilidades 13 CEDAW Convención de Belém do Pará Declaración y Plataforma de Acción de Beijing social, cultural y civil o en cualquier otra esfera”. Como parte de su artículo 15, se prevé que: “Los Estados Partes reconocerán a la mujer la igualdad con el hombre ante la ley”. En el Artículo 2 se señala que los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, por lo que se comprometen a: a) Consagrar […] el principio de la igualdad del hombre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios apropiados la realización práctica de ese principio; b) Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer; c) Establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad […], y garantizar […] la protección efectiva de la mujer contra todo acto de discriminación; religión y afecta negativamente sus propias bases; La eliminación de la violencia contra la mujer es condición indispensable para su desarrollo individual y social y su plena e igualitaria participación en todas las esferas de vida, y de este modo, en el artículo 3º de la Convención se señala que: “Toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado”. Asimismo, en el artículo 4º se señala que: Toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos. Estos derechos comprenden, entre otros: a. el derecho a que se respete su vida; b. el derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral; c. el derecho a la libertad y a la seguridad personales; respecto de la familia y una asociación armoniosa entre ellos son indispensables para su bienestar y el de su familia, así como para la consolidación de la democracia; 16. La erradicación de la pobreza basada en el crecimiento económico sostenido, el desarrollo social, la protección del medio ambiente y la justicia social exige la participación de la mujer en el desarrollo económico y social e igualdad de oportunidades, y la participación plena y en pie de igualdad de mujeres y hombres en calidad de agentes y de beneficiarios de un desarrollo sostenible centrado en la persona; 17. El reconocimiento explícito y la reafirmación del derecho de todas las mujeres a controlar todos los aspectos de su salud, en particular su propia fecundidad, es básico para la potenciación de su papel. La Plataforma establece como ejes estratégicos: 14 CEDAW Convención de Belém do Pará Declaración y Plataforma de Acción de Beijing d) Abstenerse de incurrir en todo acto o práctica de discriminación contra la mujer y velar por que las autoridades e instituciones públicas actúen de conformidad con esta obligación; e) Tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer practicada por cualesquiera personas, organizaciones o empresas; f) Adoptar todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer; g) Derogar todas las disposiciones penales nacionales que constituyan discriminación contra la mujer. […] d. el derecho a no ser sometida a torturas; e. el derecho a que se respete la dignidad inherente a su persona y que se proteja a su familia; f. el derecho a igualdad de protección ante la ley y de la ley; g. el derecho a un recurso sencillo y rápido ante los tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos; h. el derecho a libertad de asociación; i. el derecho a la libertad de profesar la religión y las creencias propias dentro de la ley, y j. el derecho a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos, incluyendo la toma de decisiones. La pobreza, la educación, la capacitación, la salud, la violencia contra las mujeres, los conflictos armados, la economía, el ejercicio del poder y la adopción de decisiones, los mecanismos institucionales para su adelanto, los derechos humanos, los medios difusión, el medio ambiente, y los derechos de las niñas. Fuente: Elaboración propia, con información de la CEDAW, la Convención de Belém do Pará y la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing. En lo que respecta al marco jurídico nacional, destacan los siguientes instrumentos: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. A raíz de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, quedó fortalecida la referencia a la igualdad entre mujeres y hombres pues se elevó a rango 15 constitucional el principio de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, de tal modo que se señala que todas las instituciones del Estado deben promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, y tienen la obligación de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los mismos. Asimismo, en la Constitución se señala, en el artículo 1º que: Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Asimismo, en el artículo 4º se señala la igualdad de las mujeres y los hombres ante la ley. De este modo, el marco normativo se ve obligado a observar y respetar el principio de igualdad entre mujeres y hombres, y con ello también el marco programático. Por su parte, la Constitución Política del estado de Jalisco señala en su artículo 4º que: Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias de todo tipo, incluyendo las sexuales, el estado civil o cualquiera otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (LGIMH). Es el instrumento principal para señalar la importancia de la igualdad entre mujeres y hombres y las implicaciones en términos normativos, programáticos y de obligaciones específicas para que las instituciones respondan al principio de igualdad y no discriminación. Esta ley se publicó en 2006 y prevé los conceptos clave paraarticular, desde el estado, las medidas necesarias para garantizar la igualdad formal y, de hecho. Como parte de las obligaciones que se señalan para los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, destaca lo siguiente: Artículo 15.- Corresponde a las y los titulares de los Gobiernos Estatales y del Distrito Federal: 16 I. Conducir la política local en materia de igualdad entre mujeres y hombres; I Bis. Incorporar en los presupuestos de egresos de la entidad federativa y del Distrito Federal, la asignación de recursos para el cumplimiento de la política local en materia de igualdad; II. Crear y fortalecer los mecanismos institucionales de promoción y procuración de la igualdad entre mujeres y hombres, mediante las instancias administrativas que, se ocupen del adelanto de las mujeres en los Estados y el Distrito Federal; III. Elaborar las políticas públicas locales, con una proyección de mediano y largo alcance, debidamente armonizadas con los programas nacionales, dando cabal cumplimiento a la presente Ley, y IV. Promover, en coordinación con las dependencias de la Administración Pública Federal la aplicación de la presente Ley. La LGIMH prevé al Sistema Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y a la Política Nacional en Materia de Igualdad entre Mujeres y Hombres como dos de los instrumentos clave para que la igualdad pueda ser operada en términos de las obligaciones de las instituciones del Estado. El tercer instrumento es la observancia de la Política Nacional y corresponde a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. En lo que corresponde la Ley Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres de Jalisco, se señala como parte de las obligaciones de las instituciones del Estado las siguientes: Artículo 21. Los Poderes Públicos del Estado de Jalisco garantizarán el acceso a la justicia con igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, impulsando la modificación de concepciones, actitudes y valores discriminatorios de los encargados de la impartición de justicia. Artículo 22. Los Poderes Públicos del Estado de Jalisco y los organismos auxiliares de la administración pública estatal, en el ámbito de su competencia, adoptarán medidas específicas, razonables y proporcionadas en favor de las mujeres para hacer efectivo su derecho constitucional a la igualdad de trato y oportunidades y corregir situaciones de desigualdad de hecho respecto de los hombres. 17 Las pautas clave previstas en las políticas públicas para la igualdad de trato y oportunidades se expresan en diversos artículos, tales como el 13, el 23, el 24 y el 25, como se muestra en la siguiente tabla: Tabla 2 Elementos clave en la LIMH de Jalisco para las políticas en materia de igualdad entre mujeres y hombres Artículos Elementos clave para el diseño, implementación y presupuestación de políticas para la igualdad entre mujeres y hombres Artículos que hacen mención del presupuesto de políticas orientadas a la igualdad entre mujeres y hombres Artículo 13. El principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres permeará con carácter transversal en la actuación de todos los Poderes Públicos del Estado, organismos públicos descentralizados y municipios. Estos integrarán dicho principio en la adopción y ejecución de sus disposiciones normativas, en la definición y presupuestación de sus políticas públicas destinadas a hacer efectivo el derecho a la igualdad, a la no discriminación y el respeto a la dignidad humana. Artículo 25. El principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres se observará en la actuación de todos los Poderes Públicos del Estado de Jalisco y de los organismos auxiliares de la administración pública estatal, así como también en la adopción y ejecución de sus disposiciones normativas, en la definición y presupuestación de políticas públicas y en el desarrollo de sus actividades. Artículo 23. Es política permanente del Estado, el desarrollo de acciones afirmativas conducentes a lograr l. Generar las condiciones para la construcción de relaciones de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, así como también de las personas con discapacidad; 18 Artículos Elementos clave para el diseño, implementación y presupuestación de políticas para la igualdad entre mujeres y hombres la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, debiendo desarrollarse, con este propósito, las siguientes acciones: II. Promover el desarrollo pleno y el respeto a los derechos de los niños, niñas y adolescentes; y III. Reconocer y garantizar la participación ciudadana y los mecanismos de control social para el cumplimiento de las políticas de igualdad de trato y oportunidades. Artículo 24. Con el fin de hacer efectivo el derecho constitucional de la igualdad, los Poderes Públicos del Estado de Jalisco, adoptarán los siguientes criterios generales de actuación: I. Adoptar la perspectiva de género en las políticas, decisiones y acciones a implementar; II. El compromiso con la efectividad del derecho constitucional de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y la no discriminación; III. La integración del principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el conjunto de las políticas económica, laboral, social, educativa, salud, cultural y artística, con el fin de evitar la segregación laboral y eliminar las diferencias salariales entre mujeres y hombres; IV. La colaboración y cooperación entre las distintas instituciones y dependencias de la administración pública estatal, en la aplicación del principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres; V. La participación equilibrada de mujeres y hombres en las candidaturas electorales y en la toma de decisiones políticas y económicas; VI. La implementación de medidas específicas para brindar apoyo a los grupos sociales vulnerables o que formen parte de minorías, para proveer igualdad en las oportunidades que les permitan desarrollarse con independencia y 19 Artículos Elementos clave para el diseño, implementación y presupuestación de políticas para la igualdad entre mujeres y hombres plenitud, como son las mujeres adolescentes embarazadas, las madres solteras, los adultos de 70 años o más, las niñas, niños o adolescentes en riesgo de calle, las personas con discapacidad, a quienes habiten en comunidades de alta marginación, pueblos y comunidades indígenas o que viven en condiciones de pobreza, a las personas víctimas de violencia de género; VII. La implementación de medidas de protección de la maternidad, del embarazo, el parto y la lactancia; VIII. Promover una cultura de igualdad de trato y oportunidades que incluya acciones afirmativas encaminadas a posibilitar la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de mujeres y hombres, así como el fomento de la corresponsabilidad en las labores domésticas y en la atención a la familia; y IX. Promover, siempre que sea posible, la adopción de indicadores de género en la producción de estadísticas de los organismos e instituciones públicas y privadas. Fuente: Elaboración propia con base en la información de la LIMH de Jalisco. 4.2 Marco programático Existen instrumentos de política pública, de carácter nacional, estatal y municipal que concentran las tareas en materia de igualdad, cuyo diseño e implementación deberán llevar a cabo las instituciones de la Administración Pública. Así, la conceptualización de la igualdad como un derecho humano, se traduce en términos de obligaciones del Estado. 20 Integrar la igualdad como una preocupación presente en el diseño de las instituciones yde las políticas rectoras del actuar de los gobiernos, se consolida con su incorporación tanto en leyes como en los planes de desarrollo. Así, se ha dado paso al diseño de un instrumento en específico en México, denominado como Política Nacional en Materia de Igualdad entre Mujeres y Hombres que, prevé: La interacción entre instituciones diversas, funciones y atribuciones, denominada como Sistema de Igualdad, cuya tarea consiste en coordinar los esfuerzos en materia de igualdad para la implementación de la Política. La definición de acciones orientadas a la igualdad entre mujeres y hombres, atendiendo diversos ejes al respecto, cuya implementación es obligatoria para todas las instituciones gubernamentales. La Política Nacional en materia de Igualdad está estructurada con base en las acciones particulares que se definen para transversalizar la perspectiva de género en las instituciones, y para hacer efectiva la igualdad entre mujeres y hombres; pero al mismo tiempo ubica al Sistema de Igualdad como uno de sus componentes, al que conceptualiza como el entramado de estructuras, relaciones, funciones, métodos y procedimientos que se establecen entre las dependencias de la administración pública, las organizaciones, las autoridades de las entidades federativas y de los municipios, con el fin de ejecutar acciones comunes orientadas a la promoción y a la procuración de la igualdad entre mujeres y hombres. 21 Gráfica 2 La institucionalización del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres Fuente: Elaboración propia, con base en la LGIMH El estado de Jalisco sigue la misma línea en su LIMH que la LGIMH, en cuanto a la existencia de un sistema para la igualdad, un programa y la atribución de la observancia. De este modo, la existencia del programa de igualdad entre mujeres y hombres para Jalisco se inserta en el diseño programático de la siguiente manera: La igualdad entre mujeres y hombres como derecho humano y como demanda social Sistema Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres Observancia en materia de igualdad entre mujeres y hombres Instrumentos internacionales firmados por el Estado mexicano La institucionalización de la igualdad entre mujeres y hombres en los países En el caso mexicano, el planteamiento de la Política Nacional en materia de Igualdad entre Mujeres y Hombres en la LGIMH 22 GRÁFICA 3 RUTA PROGRAMÁTICA PARA EL DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD EN JALISCO Fuente: Elaboración propia. Respecto a la Agenda 2030, destaca que está compuesta por 17 ODS, y constituyen un llamamiento universal a la acción para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y mejorar las vidas y las perspectivas de las personas en todo el mundo. En 2015, todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas aprobaron 17 Objetivos como parte de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en la cual se establece un plan para alcanzar los Objetivos en 15 años1. En lo correspondiente a las fases para el diseño, implementación y evaluación del Programa de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Jalisco, se identificación las siguientes atribuciones: TABLA 3ATRIBUCIONES EN TORNO A LAS FASES DEL PROGRAMA DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN JALISCO Fase del Programa de Igualdad Atribuciones Elaboración del Programa Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres Le corresponde a la Secretaría de Igualdad sustantiva entre Mujeres y Hombres (Art. 37) Características del programa Establecerá los objetivos a alcanzar en materia de promoción de la igualdad de trato y oportunidades, el respeto a la dignidad humana, la no discriminación, así como las estrategias o medidas a adoptar para su consecución (Art. 38). 1 Disponibles en: https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/development-agenda/ Fecha de consulta: 08 de noviembre de 2020. Instrumentos internacionales Agenda 2030 Plan Nacional de Desarrollo Programa Estatal de Desarrollo Programa Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2020-2024 https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/development-agenda/ 23 Fase del Programa de Igualdad Atribuciones Sobre la implementación del Programa Las acciones propuestas por el Programa Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, se implementarán a través de los distintos organismos ejecutores del Estado, de acuerdo a los principios rectores establecidos en los artículos precedentes, convocando a la más amplia participación de la sociedad civil (Art. 40). Sobre la revisión y evaluación del Programa La Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres deberá revisar y evaluar el Programa Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres cada dos años, y publicará periódicamente los resultados e indicadores de su cumplimiento, así como las recomendaciones realizadas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, derivadas del ejercicio de la observancia de la Política Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (Art. 41). La previsión de otros Poderes del estado en la implementación del Programa Los informes anuales del Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, deberán contener el estado que guarda la ejecución del Programa Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, así como las demás acciones relativas al cumplimiento de lo establecido en la presente Ley (Art. 42). Sobre el presupuesto para el Programa El principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres permeará con carácter transversal, en la actuación de todos los Poderes Públicos del Estado, organismos públicos descentralizados y municipios. Estos integrarán dicho principio en la adopción y ejecución de sus disposiciones normativas, en la definición y presupuestación de sus políticas públicas destinadas a hacer efectivo el derecho a la igualdad, a la no discriminación y el respeto a la dignidad humana (Art. 13). Fuente: Elaboración propia con base en la LIMH de Jalisco. 4.3 Evolución de las políticas y programas de igualdad Como parte de las obligaciones del Estado frente al principio de igualdad entre mujeres y hombres, ha sido menester desarrollar políticas, programas y acciones dirigidos para mujeres, pero también para la población en general, con el enfoque que permite cuestionar y advertir la supuesta neutralidad de las leyes, de las instituciones y de las acciones de las mismas. 24 A raíz de la Plataforma de Acción de Beijing, se comenzaron a diseñar con más frecuencia acciones, leyes, medidas, programas, orientados a las mujeres y a la igualdad entre mujeres y hombres. De este modo, a partir de ello y de los antecedentes es que se han advertido distintas vertientes que dan cuenta de cómo se han registrado virajes e inercias en el diseño de políticas y programas, como a continuación se muestran en la siguiente tabla: TABLA 4 FASES DE LOS ENFOQUES PARA VISIBILIZAR EL TEMA EN EL DESARROLLO Fases evolutivas Hechos influyentes Foco de interés de la etapa Acciones más comunes Primera fase 1945- 1962 • Creación de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer • Adopción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos Interés centrado en señalar las desigualdades y en determinar los obstáculos al logro de la igualdad. Acciones orientadas, casi exclusivamente, a lograr igualdad jurídica. Segunda fase 1963- 1975 • Aprobación de la Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. • Aparece el documento “Estrategia de Desarrollo Internacional para la Segunda Década (1971-1980)”, donde se hablade la necesidad de la “plena integración de las mujeres al esfuerzo total del desarrollo”. • Celebración de la Primera Conferencia Mundial del Año Internacional de la Mujer, en México. El derecho de las mujeres a disfrutar de los beneficios del desarrollo y a ser integradas al proceso como una condición para el logro de las metas del desarrollo y paz duradera. • Inicio de respuestas oficiales a demandas de igualdad jurídica. • Primeros ensayos sobre la formulación de políticas dirigidas a las mujeres. • Cambios de actitudes y compromisos políticos de los gobiernos en relación con las mujeres. • Creación de las primeras estructuras institucionales muy preliminares. 25 Fases evolutivas Hechos influyentes Foco de interés de la etapa Acciones más comunes Tercera fase 1976 a 1985 • Primera Década de ONU hacia la Mujer, en el marco de la Estrategia Internacional para el Desarrollo. • Segunda Conferencia Mundial de la Mujer: Copenhague, 1980. • Adopción de la Convención para la Eliminación de toda Forma de Discriminación contra la Mujer. 1979 •Tercera Conferencia Mundial de la Mujer, Nairobi, 1985. • Cambio en la conciencia internacional sobre impacto de la situación de la mujer en el desarrollo, especialmente a través de fenómenos generalizados como la pobreza, la superpoblación, el analfabetismo, la desnutrición y otros semejantes. • Nueva concepción de la mujer como “agente y beneficiaria del proceso de desarrollo en todos los sectores y todos los niveles”. Programas dirigidos a mujeres de sectores en desventaja para fortalecer sus capacidades económicas productivas y elevar capacidades sociales básicas. Fortalecimiento progresivo de la institucionalidad a cargo de los asuntos de las mujeres. Cuarta fase 1986 a 1995 • IV Conferencia Mundial en Beijing. • Conferencias Mundiales sobre Ambiente, Derechos Humanos, del Niño y la Niña, Población, Asentamientos Humanos; Cumbre Social. • Evaluación de los impactos de los esfuerzos realizados. • Consideración del carácter global que deben tener. • Aparecen el enfoque de género y el principio de mainstreaming. • Relevancia del tema de la violencia. • Fortalecimiento organismos de las mujeres. • Políticas públicas sectoriales con atención a los asuntos de mujeres. • Primeros planes. Fuente: PNUD, 2008: 7-8. Durante los años 60, grupos de feministas comenzaron a problematizar cómo se asumía el desarrollo en las políticas y en las acciones promovidas, poniendo 26 en evidencia el supuesto de la neutralidad de género en torno a las estrategias de desarrollo. Como parte de esta lucha es que se logró llevar a cabo la primera Conferencia Mundial de la Organización de las Naciones Unidas sobre la Mujer en 1975 en México, desembocando en el Enfoque de las Mujeres en el Desarrollo (MED). De acuerdo con el PNUD, el MED se caracterizó porque: El enfoque Mujeres en el Desarrollo (MED) evolucionó en tres vertientes: MED de la Equidad, MED Antipobreza y MED de la Eficiencia. Las tres compartían el criterio de que la mujer representaba un recurso no utilizado para el desarrollo. La visión del enfoque MED de la Equidad se focalizó en el logro de la igualdad, específicamente en el orden legal, mientras que la modalidad Antipobreza concentró su atención en estimular la capacidad productiva de las mujeres en una visión muy selectiva de tal capacidad y de los estímulos empleados por los proyectos. La versión de la Eficiencia, enunciada en el marco de las primeras políticas de ajuste estructural que se dieron a principios de los años 80, asignaba a las mujeres una función en el alivio de las consecuencias de los ajustes, a través del incremento de la eficiencia de sus funciones en la familia, la producción y la participación en los asuntos de la comunidad (PNUD, 2008: 11). Así, el MED tuvo los siguientes alcances: 27 GRÁFICA 4 ALCANCES DEL MED Fuente: Elaboración propia con información de PNUD, 2008: 11. Ante las limitaciones del enfoque MED, se configuró el Enfoque de Género en el Desarrollo (GED). De acuerdo con PNUD, el GED se basa en nociones en torno a: …el sistema de relaciones de poder entre los géneros, continuidad/discontinuidad genérica de los espacios público y privado, el triple rol de las mujeres, la diferencia entre situación y posición de las mujeres, lo referido a intereses y necesidades prácticas y estratégicas, la división de trabajo por géneros, el empleo diferenciado del tiempo en hombres y mujeres, el acceso y los controles diferenciados sobre ingresos y recursos, la esencialidad del empoderamiento para revertir la asimetría, entre otros (2008: 13). Este enfoque, se caracteriza por lo siguiente (EMAKUNDE, 1998: 26-27): A lc a n c e s d e l M E D a) Concentración de su acción en “la mujer” o las mujeres, como una categoría inclusiva, lo cual ha sido tachado de unilateralidad. b) Su propósito de integrar a “la mujer” en el proceso de desarrollo. c) Intervenciones en las que la lucha contra la exclusión de las mujeres del proceso de desarrollo, otorgaba importancia a las necesidades prácticas de género, a los roles productivos de las mujeres y mantenía la vigencia de sus roles reproductivos. d) El resultado que se esperaba era más eficiencia y efectividad de las iniciativas y procesos de desarrollo. 28 Parte del reconocimiento de la relación subordinada de las mujeres como consecuencia del análisis de las relaciones entre mujeres y hombres en situaciones determinadas y teniendo en cuenta otras posiciones vitales tales como la pertenencia a un grupo social, étnico, de edad, etc. Promueve la eficiencia y la identificación de las oportunidades para mejorar la redistribución de género y la equidad en las políticas, proyectos y programas de desarrollo. Implica que las necesidades de las mujeres dejen de ser analizadas aisladamente para ser parte integrante de un análisis de las relaciones de género en los hogares, en la comunidad y en las instituciones. Se busca el “empoderamiento” de las mujeres y de los colectivos en desventaja incluyendo la satisfacción de las necesidades prácticas de género para asegurar la alimentación, vivienda, agua y autosuficiencia económica. Cuestiona el modelo de desarrollo dominante, reclamando un desarrollo humano, sostenible y equitativo. Busca la superación de las desigualdades estructurales a través del poder de movilización de la comunidad. Considera que tanto mujeres como hombres deben participar en la identificación, diseño y ejecución de sus propios proyectos sociales. Así, pues, el foco del desarrollo ha cambiado conforme se ha fortalecido el diseño de acciones gubernamentales y su implementación. Las principales diferencias entre ambos enfoques se esquematizan a continuación: TABLA 5 DIFERENCIAS EN EL ENFOQUE DE MUJERES EN EL DESARROLLO Y GÉNERO EN EL DESARROLLO Mujeres en el desarrollo Género en el desarrollo Enfoque Mujeres como centro del problema Desarrollo de mujeres y hombres Tema central Mujeres (y niñas). Relaciones entre mujeres y hombres Problema La exclusión de las mujeres del proceso de desarrollo (siendo mitad Relaciones desiguales de poder (riqueza y pobreza, hombres y mujeres) que frenan un 29 Mujeres en el desarrollo Género en el desarrollo de los recursos humanos productivos) desarrollo igualitario y la plena participación de las mujeres. Objetivo Desarrollo más eficiente Desarrollo sostenible e igualitario con toma de decisiones compartidas entre mujeres y hombres. Solución Integración de las mujeres en el proceso de desarrollo existente. “Empoderamiento”de las mujeres y personas desfavorecidas. Estrategias Proyectos de mujeres. Componentes de mujeres. Proyectos integrados. Aumentar la productividad de las mujeres. Aumentar las habilidades de las mujeres para cuidar el hogar. Identificar y señalar las necesidades prácticas de mujeres y hombres para mejorar sus condiciones de vida. Al mismo tiempo, identificar y señalar los intereses estratégicos de las mujeres. Problemas y consecuencias Este enfoque ha aumentado a menudo la carga de trabajo de las mujeres sin lograr un mayor poder económico. Las mujeres no han sido consultadas sobre el tipo de desarrollo e integración que buscan. Se da una “integración” en el mundo de los hombres sin cambio en las relaciones de poder Las intervenciones del proyecto se basan en los roles, responsabilidades y poder de las mujeres y los hombres en la sociedad a la que pertenecen y las necesidades resultantes para cambiar la situación. Se puede entender GED como un esfuerzo para mejorar la posición de las mujeres en relación a los hombres de manera que beneficie y transforme la sociedad en su totalidad. Fuente: OXFAM, citada por EMAKUNDE, 1998: 28. 30 Las herramientas conceptuales para planificar una intervención de GED son las necesidades prácticas y los intereses estratégicos. Sirven para establecer una distinción relevante entre la condición de vida de las mujeres y su posición en la sociedad. La condición tiene que ver con la “esfera inmediata de la experiencia de las mujeres: el tipo de trabajo que realizan, las necesidades que percibe para ella y su familia (agua potable, alimento, educación, vivienda, etc.)” (EMAKUNDE, 1998: 47). Por otra parte, la posición se relaciona con “el nivel social y económico de las mujeres en relación a los hombres” (EMAKUNDE, 1998: 47), de aquí se desprende el interés por las brechas salariales o el análisis de las diferenciadas oportunidades de empleo y de participación, por mencionar algunos. En lo que respecta a las necesidades prácticas, éstas se encuentran “Ligadas a la condición de las mujeres. Son identificadas y asociadas a las condiciones de vida satisfactorias y a la falta de recursos” (EMAKUNDE, 1998: 47). Bajo este panorama, EMAKUNDE señala que los intereses estratégicos se plantean a raíz de la posición de desventaja de las mujeres en la sociedad y los cambios en su estructura se definen a largo plazo, con el objetivo de potenciar el papel de las mujeres para que tengan más oportunidades y posibilidad de tomar decisiones (1998: 47). 4.4 Perspectiva de Género La perspectiva de género se inscribe en el cuestionamiento de que las mujeres viven bajo condiciones de subordinación que han afectado históricamente el ejercicio de sus derechos humanos. De este modo, cuando se plantean leyes, acciones y estrategias encaminadas a la igualdad entre mujeres y hombres, se precisa indispensable contar con un análisis que reconozca el papel que las mujeres juegan en los distintos ámbitos sociales. De manera específica, la Ley General para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia apunta que la perspectiva de género es: Una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los 31 hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones (Artículo 6, fracción IX). En este sentido, la perspectiva de género tiene un componente político, en tanto reconoce las relaciones de poder asimétricas entre mujeres y hombres que han formado parte del menoscabo a los derechos humanos de las mujeres; un componente ético, en tanto que implica que se tiene como punto de partida la desigualdad para actuar y hacerle frente; un componente analítico, porque busca advertir y documentar las condiciones y consecuencias de cómo las mujeres viven la desigualdad y la discriminación en el ámbito personal, familiar, comunitario, político e institucional. Así pues, la perspectiva de género no es sólo desagregar información por sexo, sino contar con marcos explicativos que problematicen la desigualdad y que contribuyan a generar estrategias para atender el problema con acciones de corto, mediano y largo plazo. 4.5 Estereotipos y roles de género Los roles y los estereotipos de género pueden estar presentes en las acciones que se implementen para hacer frente a la desigualdad, a la discriminación y a la violencia contra las mujeres. Algunas críticas en torno a este punto han quedado registradas en estudios (Véase Zaremberg: 2008). Esto se debe a la dificultad de diseñar e implementar no sólo políticas que tengan como población objetivo a las mujeres, sino que, además, se atraviesen por la perspectiva de género anteriormente referida. De este modo, la perspectiva de género precisa de identificar los roles y los estereotipos de género que han permeado las nociones sobre qué es ser un hombre y qué es ser una mujer. En términos generales, el estereotipo de género se entiende como: La construcción o comprensión de los hombres y las mujeres, en razón de la diferencia entre sus funciones físicas, biológicas, sexuales y sociales. El término “estereotipo de género” es un término genérico que abarca estereotipos sobre las mujeres y los subgrupos de mujeres y sobre los hombres y los subgrupos de hombres. Por lo tanto, su significado es fluido y cambia con el tiempo y a través de las culturas y las sociedades (Cook y Cusak, 2009: 2). 32 Rebecca Cook y Simone Cusack (2009) consideran que existen clases y naturalezas de los estereotipos de género, como a continuación se observa: GRÁFICA 5 CLASES Y NATURALEZA DE LOS ESTEREOTIPOS Fuente: Elaboración propia con información de Cook (2009 y 2014). Los estereotipos de género predisponen sobre el deber ser de las mujeres y de los hombres, de tal modo que puede pensarse que las mujeres tienen a ser sensibles, tiernas, débiles o dependientes; en oposición a los hombres, que usan la razón, la fuerza, tienen autoridad, son rudos e independientes. Respecto a los roles de género, estos se comprenden como “las normas, prescripciones, expectativas de comportamiento de lo femenino y de lo masculino, son la forma cono nos relacionamos ante el mundo y que nos identifican por lo que se enlaza fuertemente con el concepto de identidad” (Gobierno Federal, 2014: 22). El hecho de que una mujer o un hombre generen expectativas en torno a sus conductas, lleva también a configurar un conjunto de elementos propios de ser mujer y de ser hombre. Así, se da pie a una división de las tareas basadas en el sexo, de tal manera que se crea que quienes son mujeres visten de rosa, quieren y tienen hijas o hijos, gustan de quedarse en la casa a realizar las labores Clases de estereotipos Estereitopos de sexo. Refieren a la capacidad física o cognitiva de las mujeres, que se da por sentada como parte de sus características propias. Estereotipos sobre los roles sexuales. Aquellos que constriñen a las mujeres a ciertos ámbitos específicos, por ejemplo, que tienen capacidad para ser "amas de casa". Estereotipos compuestos. Aquellos que resultan cuando el género interesecta con otros factores como la edad, la raza o la religión. Naturaleza de los estereotipos Descriptivos. Apuntan a alguna característica que tienden a generalizar a todas las mujeres, por jemplo, las mujeres son físicamente más débiles que los hombres.Prescriptivos. Refiere al conjunto de características que las mujers tienen o deberían tener por el hecho de ser mujeres. Falsas. Se caracteriza por adjudicar características falsas a las mujeres. 33 domésticas y de cuidados; mientras que los hombres, tienden a vestirse de azul, se les relaciona con los deportes, son proveedores, por lo que se orientan por el trabajo remunerado. El hecho de que, por ejemplo, se promuevan programas productivos donde se de capacitación a mujeres para cortar el cabello, y a hombres para reparar celulares, da muestra de una acción por parte de las instituciones del Estado, basadas en los roles y los estereotipos de género. 4.6 Transversalización de la Perspectiva de Género La LGIMH le define como: “el proceso que permite garantizar la incorporación de la perspectiva de género con el objetivo de valorar las implicaciones que tiene para las mujeres y los hombres cualquier acción que se programe, tratándose de legislación, políticas públicas, actividades administrativas, económicas y culturales en las instituciones públicas y privadas” (Art. 5, fracción VII). Ahora bien, en el enfoque de GED, la TPG: …supone la incorporación de la problemática de género en los análisis, formulación y seguimiento de las políticas, programas y proyectos con el fin de asegurar que las mujeres y los hombres alcancen una igualdad real. También incorpora el proceso que evalúa las implicaciones para las mujeres y los hombres en cualquier acción planificada, incluyendo la legislación, las políticas y los programas en cualquier área y a cualquier nivel. El objetivo final es alcanzar la igualdad de género (4ª Conferencia Mundial de la Mujer, Beijing- Pekín, 1995). Así, el mainstreaming de género es la (re)organización, mejora, desarrollo y evaluación de los procesos políticos para incorporar, por parte de los actores involucrados normalmente en dichos procesos, una perspectiva de igualdad de género en todos los niveles y fases de todas las políticas (Consejo de Europa, 1998) (Peres, 2018: 8-9). Los elementos de la transversalización de la perspectiva de género son: Institucionalización, Coordinación interinstitucional y Gobernanza. 34 GRÁFICA 6 ELEMENTOS DEL PROCESO DE TRANSVERSALIZACIÓN Fuente: elaboración propia. 4.7 Presupuesto para la Igualdad de Género El surgimiento del presupuesto para la Igualdad de Género, también denominado como sensible al género, representa un esfuerzo por incorporar la perspectiva de género en todas las áreas de la política pública. De este modo, se entiende que: “los presupuestos públicos con perspectiva de género son aquellos que promueven un gasto encaminado a crear condiciones favorables para remediar y compensar las desigualdades de género, en todos los ámbitos públicos y privados” (Cámara de Diputados, 2018: 14). Transversalización Institucionalización Reglas y Normas Estructura Información Recursos (humanos, presupuestales, tecnológicos) Procedimientos Cultura Organizacional Coordinación interinstitucional Sistemas: a) Igualdad entre Mujeres y Hombres b) Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres Gobernanza Participación social Rendición de cuentas Transparencia Evaluación y Seguimiento Observancia de DH 35 Respecto a la obligación de destinar presupuesto para la igualdad, destaca que este rubro es uno de los elementos que observó el Comité de la CEDAW en su Noveno Informe Periódico, en el que señaló: b) La falta de mecanismos eficaces y la insuficiencia de los presupuestos estatales asignados a la aplicación de las leyes sobre la igualdad de género y el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y a su seguimiento no hayan permitido poner fin a la discriminación, sobre todo en sus formas interseccionales, y en particular a la que afecta a las mujeres indígenas, las afromexicanas, las mujeres migrantes, las mujeres con discapacidad, las mujeres lesbianas, bisexuales y transgénero, y las personas intersexuales; Como parte de las Recomendaciones emitidas por el Comité, se señaló en que el Estado mexicano: “b) Adopte un proceso integrado de elaboración de presupuestos con perspectiva de género y asigne recursos presupuestarios suficientes para hacer efectivos los derechos de las mujeres, vele por la utilización de mecanismos eficaces de control y rendición de cuentas en todos los sectores y niveles de gobierno, y mejore el sistema de seguimiento de la asignación de recursos destinados a la mujer” (2018, párrafo 16). En este mismo tenor se encuentra la Convención de Belém do Pará, que señala la obligación de los Estados parte de: 34. Aprobar partidas presupuestarias suficientes para la ejecución de políticas públicas y planes de prevención, atención, sanción y erradicación progresiva de la violencia contra las mujeres en los ámbitos público y privado. 35. Establecer mecanismos que permitan conocer el porcentaje del presupuesto asignado a los mecanismos nacionales de la mujer. 36. Identificar los montos o porcentajes del presupuesto nacional dedicados a los servicios para las mujeres víctimas de violencia, como: comisarías de mujeres, fiscalías u otras entidades receptoras de denuncias; capacitación de funcionarios/as; servicios especializados como refugios, casas de abrigo y acogida, líneas de asistencia gratuita, asesoría jurídica gratuita, patrocinio jurídico gratuito y consejería psicológica gratuita; campañas de prevención de la violencia contra las mujeres y servicios de salud para las mujeres afectadas por la violencia (Artículo 7 inciso c, numerales 34, 35 y 36). Por su parte, la LGAMVLV, señala: La Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias expedirán las normas legales y 36 tomarán las medidas presupuestales y administrativas correspondientes, para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, de conformidad con los Tratados Internacionales en Materia de Derechos Humanos de las Mujeres, ratificados por el Estado mexicano (Art. 2). Como se observa, la existencia de presupuestos orientados a la igualdad entre mujeres y hombres es de importancia internacional y requiere que las entidades federativas prevean, aprueben y otorguen el presupuesto para estos fines. En lo relacionado con el presupuesto con perspectiva de género, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria prevé consideraciones que pueden aplicar tanto para el conjunto de políticas, programas y acciones para la igualdad entre mujeres y hombres, como para el presupuesto en general: Artículo 27.- Los anteproyectos deberán sujetarse a la estructura programática aprobada por la Secretaría, la cual contendrá como mínimo: Las categorías, que comprenderán la función, la sub función, el programa, la actividad institucional, el proyecto y la entidad federativa; Los elementos, que comprenderán la misión, los objetivos, las metas con base en indicadores de desempeño y la unidad responsable, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo y con los programas sectoriales, y Las acciones que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres, la erradicación de la violencia de género y cualquier forma de discriminación de género. Artículo 28.- El proyecto de Presupuesto de Egresos se presentará y aprobará, cuando menos, conforme a las siguientes clasificaciones: V. La de género, la cual agrupa las previsiones de gasto con base en su destino por género, diferenciando entre mujeres y hombres. Como parte de la tarea de elaborar presupuestos con perspectiva de género, se retoman los criterios que cita la Cámara de Diputados (2018: 16): 37 GRÁFICA 7 CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE PRESUPUESTOS CON PEG Fuente: Elaboraciónpropia con información de la Cámara de Diputados (2018: 16) Asimismo, es pertinente considerar algunas observaciones que permiten advertir elementos clave para diseñar el presupuesto con perspectiva de género: Realizar de un diagnóstico de la situación actual de las relaciones de género en el ámbito político analizado, identificando qué estructuras y qué mecanismos se desean modificar. Analizar de la política de gasto desde una perspectiva de género, a fin de determinar si las necesidades de las mujeres y los hombres se tienen en cuenta igualmente y si han sido atendidos en la propuesta de gasto. Cuestionarse sobre si las medidas de gasto promueven y/o eliminan los roles de género en la división del trabajo, en la vida doméstica, y/o en la ciudadanía. Cuestionarse si las medidas en materia de gasto favorecen la distribución de los bienes y servicios y el acceso a ellos a las mujeres. Evaluar si en su conjunto el proyecto de gasto promueve la igualdad de género (formal y de hecho) y/o promueve la autonomía de las mujeres (la capacidad para las mujeres de decidir sobre sus propias vidas). 38 GRÁFICA 8 RECOMENDACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DEL PRESUPUESTO PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO Fuente: Elaboración propia con información del Congreso de la Unión (2018: 31-33). 5. La Transversalización de la Perspectiva de Género (TPG) en el Modelo de Gestión para Resultados (GpR) En primer lugar, se dará un panorama del modelo general de gestión pública en donde se inserta la tarea de Transversalización, para posteriormente concentrar la atención en el vínculo que existe entre el proceso de TPG y el modelo de GpR. Es necesario denominar las acciones de una misma manera y tener claridad sobre el tipo de acción. Hacer una alineación programática con el eje transversal del PND, del PROIGUALDAD, de instrumentos como la CEDAW, Belém do Pará y la Plataforma de Acción de Beijing, para mejorar la metodología de seguimiento al gasto público. Se requiere crear indicadores de medición de impacto del gasto público en función del conjunto de brechas de desigualdad, así como auditorías de género que contribuyan a la medición y evaluación. Se requiere una estrategia de reorientación del gasto público que asegure superar las brechas, y hacer frente a la violencia sistémica. Tomar como base de la presupuestación los diagnósticos de género que existen, así como generar sinergias con fuentes estadísticas que evidencen las problemáticas específicas y regionales de las mujeres, en especial de las mujeres indígenas y migrantes. Es necesario incorporar grupos de especialistas. Incluir en el Anexo transversal la programación del gasto público para crear un sistema de cuidados que asegure la creación de políticas públicas de conciliación entre la vida personal y laboral. 39 5.1 Modelo de Gestión para Resultados: Presupuesto basado en Resultados (PbR) y Sistema de Evaluación del Desempeño (SED) La Gestión para Resultados es un modelo de gestión pública que fue adoptado en México desde 20072, y que hace todo un replanteamiento de la función y del desempeño de la administración pública, con el propósito central de crear valor público 3 . Esto último se puede traducir como la intención por “incrementar la cantidad y calidad de los bienes y servicios públicos, reducir el gasto de operación, promover las condiciones para un mayor crecimiento económico con empleo y, sobre todo, elevar el impacto de la acción de gobierno en el bienestar de la población” (UAM-X, 2016-2017) Como su nombre lo indica, el modelo GpR, orienta toda la actuación del Estado a la correcta definición de los problemas públicos y posteriormente, hacia el logro de Resultados concretos, verificables, factibles y, que son estratégicos para el desarrollo general, en la medida en que tales problemas son atendidos; como es el caso de la desigualdad entre mujeres y hombres, que repercute en el resto de las políticas públicas.4 Uno de los rasgos más notables de este nuevo modelo respecto a sus antecesores, consiste en que ahora se deben elaborar mejores y más complejos esquemas de planeación; y de hecho apunta a replantearse lo que se comprende por desarrollo y a imaginar acciones de mayor profundidad e impacto, dado que el propósito es transformar la realidad a partir de hacer mejor las cosas para obtener resultados. 2 El modelo se inscribe en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) que mandata que "Los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados" y que "dichos recursos serán evaluados por las instancias técnicas que establezcan respectivamente la Federación, y las entidades federativas, con el objeto de propiciar que los recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos […]" (CPEUM, 1917). 3 El valor público se crea cuando se generan las condiciones orientadas a que todos los miembros de la sociedad disfruten de oportunidades para una vida digna, de empleo y bienestar, y garantizar el acceso a dichas oportunidades; es decir, cuando se aportan respuestas efectivas y útiles a las necesidades o demandas presentes y futuras de la población (SHCP, 2008, pág. 13). 4 Tanto que es objeto de compromisos globales, como la Agenda 2030, en donde no sólo se ha reconocido su función general para el alcance del desarrollo sostenible, sino también su importancia específica en sí misma. 40 Un rasgo de este modelo, radica en que las etapas de planeación y evaluación, adquieren la misma importancia que la propia operación de los programas y/o la gestión financiera y administrativa, dado que de antemano se deben determinar los resultados a perseguir, asegurando además, que nadie se quede atrás, ni grupos de población ni regiones5. En virtud de que la gestión pública se dirige a dar Resultados, para el modelo es imprescindible hacer una verificación de si los mismos se han alcanzado o no, y las razones de tal alcance. Para crear valor público, que es la finalidad de la gestión pública, se debe realizar un proceso de planificación, que debe responder las siguientes cuatro preguntas fundamentales: 1) ¿Quiénes somos o qué hacemos?; 2) ¿A dónde queremos ir?; 3) ¿Cómo podemos llegar? y, 4) ¿Cómo sabemos que hemos llegado? GRÁFICA 9 PROCESO DE PLANIFICACIÓN Fuente: Planeación Institucional con base en la MML. UAM-X 5 La planeación pretende: 1) un crecimiento del bienestar y calidad de vida de la población beneficiaria; 2) un impulso efectivo e incentivos adecuados a la actividad económica y el empleo con sustentabilidad ambiental; 3) un aumento en la cobertura y calidad de la infraestructura pública; 4) una mayor cobertura y calidad de los servicios públicos; 5) el incremento de la productividad de bienes públicos que se entregan a la sociedad; 6) una disminución del costo de operación y del gasto en actividades administrativas y de apoyo y, fundamentalmente, 7) el tener claridad sobre lo que la población recibe por la aplicación de sus impuestos y de los recursos públicos. (UAM-X, 2016-2017) ¿Cuál es el problema? ¿A dónde queremos ir? ¿Cómo podemos llegar? ¿Cómo sabemos que hemos llegado? Medidas de desempeño Estrategia s Propósito Análisis interno y de contexto
Compartir