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Página 1 ADENDUM 10 /16 Adendum al contrato Número 11/15, que celebran por una parte, el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, representado en ese y en el presente acto por el Licenciado Salvador González Resendiz, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas, a quien se le denominó LA SECRETARÍA” y por la otra parte compareció la empresa denominada Eco Business Center, Sociedad Anónima de Capital Variable, representada en ese y en el presente acto por la Ciudadana María Velia Esqueda Ponce, a quien se le denominó como EL PROVEEDOR, denominaciones que permanecerán sin modificación y quienes manifiestan su voluntad para suscribir el presente adendum, sujetándolo al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas. A N T E C E D E N T E S I.- Que con fecha 26 veintiséis del mes de Febrero de 2015 dos mil quince, el Gobierno del Estado de Jalisco y la empresa Eco Business Center, Sociedad Anónima de Capital Variable, celebraron el contrato N° 11/15, el cual se originó con motivo del concurso número C03/2015 denominado “SERVICIO DE LIMPIEZA CONTRATADA PARA LAS DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO DE JALISCO 2015”. D E C L A R A C I O N E S: 1.- Se sometió a consideración el oficio número DGL/DSG/F-0090/2016 de fecha 16 dieciséis del mes de Febrero del año 2016 dos mil dieciséis, suscrito por la Licenciada Alejandra Rosalía Avelar Pedroza, Directora de Servicios Generales, en el que solicita adendum al contrato 11/15 a favor de la empresa denominada Eco Business Center, S.A. de C.V., correspondiente al concurso C03/ 2015 denominado “SERVICIO DE LIMPIEZA CONTRATADA PARA LAS DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO DE JALISCO 2015” para la ampliación del período del contrato en mención del 01 uno al 15 quince de Marzo de 2016 dos mil dieciséis, equivalente a un monto de hasta $544,048.76 (quinientos cuarenta y cuatro mil cuarenta y ocho pesos 76/100 moneda nacional). Adendum equivalente al 4.17% por ciento del valor total del contrato lo cual no rebasa el 20% veinte por ciento previsto por el Artículo 17 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco. 2.- Los miembros de la Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, por unanimidad autorizaron el citado adendum, en su sesión de fecha 22 veintidós del mes de Febrero del año 2016 dos mil dieciséis, mediante acuerdo 03/04-E/16. 3.- Ambas partes ratifican el contenido de las declaraciones plasmadas en el contrato número 11/15, Adendum número 16/15 de fecha 16 dieciséis de Marzo de 2015 dos mil quince, Adendum número 17/15 de fecha 25 veinticinco del mes de Marzo de 2015 dos mil quince, así como el Adendum número 48/15 de fecha 15 quince del mes de Septiembre de 2015 dos mil quince, materia del presente adendum, prevaleciendo las mismas para todos los efectos legales correspondientes. C L Á U S U L A S: PRIMERA.- Se modifican las cláusulas tercera, cuarta y quinta del contrato original número 11/15, para ampliar la vigencia y continuar con los servicios de limpieza contratada para las dependencias del Gobierno de Jalisco, durante el período del 01 uno al 15 quince del mes de Marzo del año 2016 dos mil dieciséis, en los mismos términos contratados. Con motivo de lo anterior el precio que se deberá pagar por el adendum referido es por la cantidad de hasta $544,048.76 (quinientos cuarenta y cuatro mil cuarenta y ocho pesos 76/100 moneda nacional), Impuesto al Valor Agregado, incluido. SEGUNDA.- Quedan subsistentes las demás cláusulas y párrafos del contrato 11/15, Adendum número 16/15 de fecha 16 dieciséis de Marzo de 2015 dos mil quince, Adendum número 17/15 de fecha 25 veinticinco del mes de Marzo de 2015 dos mil quince, así como el Adendum número 48/15 de fecha 15 quince del mes de Septiembre de 2015 dos mil quince, materia del presente adendum que no fueron modificados a través del presente instrumento contractual, resultando procedente su formalización ya que no contraviene lo dispuesto por el Artículo 17 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, toda vez que la cantidad señalada en la cláusula que antecede no rebasa el 20% el monto total de la adquisición inicial, ni afecta a la administración pública. Leído que fue el presente instrumento contractual y enteradas las partes de su alcance y el contenido legal lo firman de común acuerdo, en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 23 veintitrés del mes de Febrero del año 2016 dos mil dieciséis. Página 2 LA SECRETARÍA EL PROVEEDOR RUBRICA Lic. Salvador González Resendiz. Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco RUBRICA Ciudadana María Velia Esqueda Ponce, Representante Legal de Eco Business Center, Sociedad Anónima de Capital Variable. TESTIGO TESTIGO RUBRICA Lic. Enrique Moreno Villalobos Director General de Abastecimientos de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco RUBRICA Lic. Pedro Salvador Delgado Jiménez. Director de Instrumentos Jurídicos de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco.
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