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ARTICULO 10 CONSTITUCIONAL 
DERECHO A LA LEGITIMA DEFENSA 
USO O PORTACION DE ARMAS DE FUEGO EN MÉXICO PARA DEFENSA 
PROPIA 
 
ABEL NAVARRO MARMOLEJO 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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INDICE 
I- INTRODUCCION 3 
II- ANTECEDENTES 4 
III- SITUACION ACTUAL 8 
IV- CONCLUSIONES 16 
V- PROPUESTAS 18 
VI- BIBLIOGRAFIA 20 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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USO O PORTACION DE ARMAS DE FUEGO EN MÉXICO PARA DEFENSA 
PROPIA 
INTRODUCCION 
El artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos 
Mexicanos se encuentra ubicado en el capítulo I, por lo cual 
podemos interpretar que se trata de un derecho humano, así pues 
al mismo nivel que la educación, la salud o formar una familia, 
poseer armas en México es un derecho humano garantizado por la 
Constitución. Es legal no sólo la venta y compra de armas, portarlas 
en la vía pública, poseerlas en domicilio privado, usarlas en defensa 
propia y matar con ellas en determinadas circunstancias, sino 
también importarlas. 
Como todos los derechos humanos la obligación de respeto, 
protección y garantía del derecho de seguridad es correspondiente 
a los Estados, las autoridades mexicanas tienen la facultad de llevar 
a cabo las acciones que crean pertinentes para su realización 
efectiva, en este sentido el derecho a la posesión de armas 
establecida en el artículo 10 de la Constitución Política de los 
Estados Unidos Mexicanos surge como medida excepcional para la 
protección del derecho a la seguridad, basándose en el 
reconocimiento de la legitima defensa como un medio que 
disponen las personas. 
 
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ANTECEDENTES 
Como lo menciona el Dr. Jose de Jesús Covarrubias Dueñas en su 
obra Dos Siglos de Constitucionalismo en México los antecedentes 
del artículo 10 constitucional son los siguientes: 
FECHA DOCUMENTO 
1811 Bando de José de la Cruz 
1812 Constitución Política de la Monarquía Española 
1814 Decreto Constitucional para la Libertad de la América 
Latina 
1822 Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano 
1856 Proyecto de Constitución Política de la República 
Mexicana 
1856 Congreso Constituyente 
1857 Constitución Política de la República Mexicana 
1916 Mensaje de Proyecto de Constitución Venustiano 
Carranza 
1916 Congreso Constituyente 
1917 Constitución Política de la República Mexicana 
(Covarrubias J. 2014. P.1424). 
 
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El derecho a portar armas queda incluido en la Constitución de 
1857 donde se establece lo siguiente: 
Artículo 10 “Todo hombre tiene derecho de poseer y portar armas 
para su seguridad y legítima defensa. La ley señalará cuáles son las 
prohibidas y las penas en que incurren los que las portaren.” 
En la Constitución de 1917 el artículo 10 fue redactado de la 
manera siguiente: 
Artículo 10. “Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen 
libertad de poseer armas de cualquier clase para su seguridad y 
legítima defensa, hecha excepción de las prohibidas expresamente 
por la ley de las que la nación reserve para el uso exclusivo del 
ejército, armada y guardia nacional; pero no podrán portarlas en 
las poblaciones sin sujetarse a los reglamentos de policía.” 
Aquí ya se empiezan a poner restricciones para su portación y su 
uso libremente. 
El artículo se reforma el 22 de Octubre de 1917 mediante 
publicación en el Diario Oficial de la Federación, en donde la 
principal característica es que el uso de armas se regula a través de 
la ley federal de armas de fuego y explosivos. 
El artículo vigente establece lo siguiente: 
Artículo 10. “Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen 
derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y 
legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley 
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Federal y de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, 
Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. La ley federal 
determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se 
podrá autorizar a los habitantes la portación de armas.” 
 
 
 
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Tiene por objeto tres supuestos jurídicos: el derecho de los 
habitantes del país para poseer armas de cualquier clase, para su 
seguridad y defensa; la prohibición de poseer determinadas armas 
y, los requisitos para portarlas en las poblaciones, con sujeción a los 
reglamentos policiacos. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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SITUACION ACTUAL 
En la actualidad se vive en el país y en el mundo un ambiente de 
violencia e inseguridad en muchos aspectos. Esto se debe a 
muchos factores, como bien lo menciona el Dr. Jose de Jesús 
Covarrubias Dueñas,” en la actualidad los principales promotores 
de la inseguridad social y de la gran carencia de controles 
institucionales son: la pobreza, la desintegración familiar, la escasa 
salud y educación y los medios manipulan a la opinión 
pública.”(Covarrubias J.,2014, p.47). Esto nos indica que los planes 
que se están llevando a cabo por parte del Gobierno para disminuir 
la inseguridad en el país no han sido los correctos ya que cada día 
se aprecia mayor número de robos, asaltos y homicidios. 
“El 70% de los mexicanos cree que la situación de inseguridad en 
México aumenta, según resultados de una encuesta de México 
Unido contra la Delincuencia (MUCD) en mancuerna con Consulta 
Mitofsky”(Martines P., Animal Político, 20 de junio de 2013) 
 
Hoy en día la ley que regula la posesión y el uso de armas de fuego 
en el país es la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, la cual 
establece en su artículo 7 y 8 las bases para poder ser propietario de 
una. 
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Artículo 7o.- La posesión de toda arma de fuego deberá 
manifestarse a la Secretaría de la Defensa Nacional, para el efecto 
de su inscripción en el Registro Federal de Armas. 
Artículo 8o.- No se permitirá la posesión ni portación de las armas 
prohibidas por la Ley ni de las reservadas para el uso exclusivo del 
Ejército, Armada y Fuerza Aérea, salvo los casos de excepción 
señalados en esta Ley. 
Y el artículo 15 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos 
refuerza lo argumentado en el artículo 10 constitucional al dar las 
bases para poseer un arma en el domicilio. 
Artículo 15.- En el domicilio se podrán poseer armas para la 
seguridad y defensa legítima de sus moradores. Su posesión impone 
el deber de manifestarlas a la Secretaría de la Defensa Nacional, 
para su registro. 
Por cada arma se extenderá constancia de su registro. 
 
Estos lineamientos que establece la ley no son del todo respetados 
ya que como se menciona autor Jose de Jesús González. 
“Se ha estimado que unas 2 mil armas se introducen de manera 
ilegal de Estados Unidos a México cada día. Además, dos de cada 
tres armas involucradas en hechos criminales en este país, han sido 
fabricadas o importadas legalmente de los Estados Unidos y de esa 
cifra se desprende que en el estado de Texas tiene su origen del 
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40% de las armas que han llegado a las manos de los 
narcotraficantes mexicanos. Se ha especulado que sin los recursos 
provenientes del narcotráfico difícilmente las organizaciones 
criminales hubieran podido llegar a tener el poder de fuego que 
tienen en la actualidad y que sin el flujo de armas de los Estados 
Unidos a nuestro país, las agrupaciones delincuenciales mexicanas 
no habrían tenido la oportunidad de dotarse del armamento para 
confrontar a otras facciones criminales, enfrentarse con el Estado y 
poner en juego la seguridad de los ciudadanos”. (González J., 
Diciembre 2014). 
En México, el auge de la violencia armada data de la sangrienta 
guerra contra las drogas del año 2006 entre el ejército y los cárteles 
mexicanos. La tasa nacional de homicidios aumentó más del doble 
desde entonces. 
Hoy en día cualquier la mayoría de los delincuentes poseen un 
arma de fuego con el cual cometen los delitos por lo que las 
consecuencias en violencia delcontrabando de armamento hacia 
nuestro país pueden apreciarse de manera cotidiana. Aunque 
existan diferencias en las cifras de personas asesinadas o lesionadas 
por armas de fuego en México, prevalece la percepción de que el 
ingreso de ese armamento ha sido determinante para explicar tales 
decesos y para comprender el aumento de violencia en que se ha 
visto inmerso nuestro país en los últimos años. 
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El artículo 26 de la Ley establece que para poder portar un arma de 
fuego es necesario reunir los siguientes requisitos lo cual los 
delincuentes no cumplen: 
A. Tener un modo honesto de vivir. 
B. Haber cumplido, los obligados, con el Servicio Militar Nacional. 
 C. No tener impedimento físico o mental para el manejo de las 
armas. 
 D. No haber sido condenado por delito cometido con el empleo 
de armas. 
 E. No consumir drogas, enervantes o psicotrópicos. 
F. Acreditar, a criterio de la Secretaría de la Defensa Nacional, la 
necesidad de portar armas por: 
 a) La naturaleza de su ocupación o empleo. 
 b) Las circunstancias especiales del lugar en que viva. 
c) Cualquier otro motivo justificado. 
 
En la actualidad algunas zonas del país son más violentas que otras 
por lo cual en estas regiones el uso de armas de fuego es mayor, 
entre los factores sociales que han demostrado funcionar como 
catalizadores de violencia armada en escenarios de no conflicto, 
son la urbanización rápida y descontrolada, un porcentaje alto de 
hombres jóvenes que no trabajan ni estudian, la alta desigualdad 
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económica, un historial de conflicto armado reciente, migraciones 
masivas y acontecimientos violentos en países vecinos, al igual que 
la presencia del narcotráfico y de grupos armados altamente 
estructurados como las pandillas. 
En comparación con otros países de Latinoamérica la posesión de 
armas de fuego en México es relativamente alto como lo revela el 
estudio realizado, ya que varía según la regulación legal, la riqueza 
por habitante, la producción local, el perfil importador y la actitud 
frente a las armas de fuego, entre otros factores. 
 
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(1) Estimaciones de posesión civil de armas pequeñas, a partir 
de datos de población de 2010. (2) Promedio de los datos 
correspondientes a las tasas nacionales de homicidios 2007-
2012, o último año disponible. Fuente: elaboración propia a 
partir de datos de Karp (2012) y Geneva Declaration 
Secretariat (2015). 
 
En los últimos meses se han visto acontecimientos que las personas 
han hecho justicia por su propia cuenta ya que las medidas que ha 
tomado el gobierno para combatir la delincuencia no han sido 
efectivas y se ven rebasadas por los delincuentes, sobre todo en el 
transporte urbano que es “pan de cada día” los asaltos a mano 
armada, como comenta Odilón López Nava responsable de 
la Cámara Nacional de Autotransporte en el Estado de México, “La 
dejación del Gobierno es radical, no se toman las medidas 
necesarias y los estados se refugian en que se trata de un problema 
federal”, afirma Alejandro Hope, antiguo directivo del servicio de 
inteligencia mexicana. “Hay violencia, tiros y pasajeros heridos. La 
percepción de inseguridad ha aumentado y también los transportes 
ilegales; las autoridades no actúan para imponer la ley”. 
En estos acontecimientos recientes se han evitado los asaltos por 
personas que portaban arma de fuego y lograron abatir a los 
delincuentes, no se tiene conocimiento si estas personas cuentan 
http://canapat.org.mx/
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con el permiso correspondiente para portar dicha arma o lo hacían 
de manera ilegal pero protegieron los derechos de más civiles, de 
existir un mejor control y políticas sobre el uso de armas de fuego 
podría rastrearse un poco más fácil al propietario de dicha arma y 
no ser juzgado por preservar sus derechos así como los de las demás 
personas que se encontraban en el lugar. 
Sin información de las armas de fuego y municiones que se 
encuentran en el país no es posible que exista un control viable, a 
esto debe agregarse que los datos deben ser de buena calidad y 
estarse actualizados. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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CONCLUSIONES 
Algunos piensan que el derecho de las posesión de armas no se 
trata de un derecho aunque se encuentre ubicado en el capítulo I 
de la Constitución que trata sobre los derechos humanos y sus 
garantías, ya que no lo consideran como tal pero al tratarse de un 
derecho humano relacionado con la seguridad opino que si 
debería considerarse como tal. 
Se cree que existe una relación muy directa entre el aumento de 
armas de fuego con el aumento de asaltos y violaciones a los 
derechos humanos, pero creo que si un mayor número de personas 
contaran con algún arma de fuego de fuego la delincuencia 
podría disminuir ya que no existiría una desventaja para poder 
hacer frente a los delincuentes para proteger los derechos 
humanos, de misma manera los delincuentes pensarían antes de 
cometer una violación ya que tendrían la incertidumbre si la victima 
podría tener en su posesión algún tipo de arma. 
El estado es el encargado de proteger y resguardar los derechos 
humanos de la sociedad, en la actualidad las se ha observado que 
los procedimientos no son los adecuados ya que los controles que 
tiene establecido el gobierno se ven sobrepasados por las acciones 
de los delincuentes, creo que se debe hacer un mayor estudio 
sobre el efecto y beneficios al poder hacer uso de armas de fuego 
en casos donde se va en peligro los derechos de una persona, esto 
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podría ser mediante la sociología, ya que como lo define el Dr. Jose 
de Jesús Covarrubias Dueñas: 
“la Sociología estudia los hechos sociales y las interrelaciones 
humanas en contextos históricos determinados; la sociología 
Jurídica estudia los fenómenos sociales a la luz del derecho, lo que 
es en relación con el deber ser, las interrelaciones del animal político 
o social que es el hombre; sus conductas a la luz de los valores, 
principios e intereses establecidos en las normas dentro de una 
circunstancia especifica; los operadores o aplicadores del derecho 
en forma directa o indirecta, la cultura jurídica, la eficacia jurídica y 
la justicia respecto de la axiología y como teleología del 
derecho.”(Covarrubias J. (2015) p.61). 
Por ultimo creo que es fundamental que todos los mexicanos 
conozcamos los derechos y obligaciones que tenemos para poder 
ejercerlos y hacer uso de la sociología, como lo dice el Dr. Jose de 
Jesús Covarrubias Dueñas: 
“Por tanto, la importancia de conocer nuestra Constitución y leyes 
del país, para que nuestras voluntades no sean manipuladas por 
intereses distintos a los de la patria, a los del país, de nuestra 
economía, sociedad y derecho, de ahí la importancia de la 
Sociología y de la Nomología”( Covarrubias J. (2015) p.366). 
 
 
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PROPUESTAS 
 La posesión de armas de fuego por parte de la ciudadanía 
podría ser positivo ya que los delincuentes tendrían el 
conocimiento de que todo el mundo posee un arma y esto 
podría hacerlos disuadir de planificar crímenes. 
 
 Ofrecer mejor entrenamiento para su uso a las personas que se 
encuentren calificadas de poseer un arma de fuego, ya que 
en la actualidad casi no se cuenta con ningún lugar o 
proyecto que lo ofrezca, a diferencia de Estados Unidos y 
Canadá. 
 
 Establecer pruebas y exámenes especiales para poder 
obtener la licencia de posesión y adquisición de un arma de 
fuego. 
 
 Crear campañas por parte del Gobierno en conjunto con la 
SEDENA y las policías municipales donde se muestre el correcto 
uso y funcionamiento de las armas a los civiles que cumplen los 
requisitos de posesión y portación de arma de fuego. 
 
 Hacer un poco más accesible la compra legal de armas de 
fuego para así evitar que se consigan en el mercado negro y 
tener un mayor control y registro sobre las armas que circulan 
en el país. 
 
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Que los civiles puedan adquirir armas de un poco mayor 
calibre para poder tener una cierta ventaja o igualdad ante 
los delincuentes o bandas del crimen organizado, ya que estos 
poseen armas automáticas y de mayor alcance. 
 
 Establecer penas mayores a aquellas personas que utilicen 
armas de fuego y no tengan el debido permiso ni se 
encuentren facultadas para hacerlo. 
 
 Hacer más severas las penas para los delincuentes e 
integrantes del crimen que porten o usen armas de fuego 
exclusivas del ejército y de salir nuevamente libres mantenerlas 
en constancia vigilancia como se lleva en Estados Unidos de 
América con los programas de libertad condicional. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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BIBLIOGRAFIA 
González Rodríguez Jose de Jesús. Trafico de Armas, entorno, 
propuestas legisltativas y opinión pública. Centro de estudios 
sociales y de opinión pública. México, 2014. 
Paris Martinez. (2013) México. Animal Político 
Covarrubias Dueñas Jose de Jesús. Dos Siglos de Constitucionalismo 
en México. Porrúa. México, 2014. 
Covarrubias Dueñas Jose de Jesús. Antología de Sociología 
Criminal. Universidad de Guadalajara. México, 2014. 
Covarrubias Dueñas Jose de Jesús. La Sociología Jurídica en 
México. Porrúa. México, 2015. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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