Logo Studenta
¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

CFF
ARTÍCULO 28 
II. Los registros o asientos
contables deben 
cumplir con el 
RCFF y el SAT 
III. La documentación 
comprobatoria
de dichos registros o asientos 
deberá estar 
disponible en el domicilio 
fiscal del contribuyente.
III. Los registros o asientos
 que integran
 la contabilidad se
llevarán en medios electrónicos
segun
el RCFF y el SAT,

Más contenidos de este tema