Logo Studenta

VALDIVIA, Maria 2012 Filosofia del Derecho-1

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

MARÍA CRISTINA VALDIVIA LIMPIAS, 
actualmente es docente tular de Filoso a 
Jurídica y É ca y Es lo Forense en la Facultad 
de Ciencias Jurídicas de la Universidad Privada 
de Santa Cruz de la Sierra- UPSA; además 
de haber ejercido la cátedra de Derechos 
Humanos , Tesis I y Tesis II en anteriores 
ges ones y conforme a programación 
docente. 
Es Abogada de profesión y Profesora de 
Estado en las especialidades de Filoso a, 
Psicología y Lengua Castellana, habiéndose 
dedicado a la enseñanza de estas cátedras 
desde muy joven. Es Diplomada en Altos 
Estudios Nacionales, Magister en Seguridad , 
Defensa y Desarrollo, en la Escuela de Altos 
Estudios Nacionales y en la Universidad de las 
Fuerzas Armadas de la Nación. Ha efectuado 
cursos de especialización en Derechos 
Humanos, en Enseñanza Personalizada en 
las Ciencias Sociales y Humanas y numerosos 
cursos rela vos a la docencia de la Filoso a 
y la Literatura. Es autora de varios trabajos 
rela vos a la cátedra de Filoso a Jurídica 
y Derechos Humanos en las revistas de 
Inves gación Docente y Ensayos Jurídicos de la 
UPSA. Actualmente par cipa en el Programa 
de Doctorado de la UPSA y la Universidad del 
País Vasco, con un trabajo comprendido en 
el área de Filoso a del Derecho y Derechos 
Humanos.
 
FILOSOFIA DEL DERECHO
2da. edición corregida y aumentada
Dra. María Cris na Valdivia Limpias
Santa Cruz de la Sierra - Bolivia
2012
FICHA CATALOGRÁFICA
340.01
V. 14
Valdivia Limpias, María Cris na
“FILOSOFÍA DEL DERECHO”
2da. edición
Santa Cruz, UPSA, 2012
528 p. 24,5 cms.
1.- Filoso a del Derecho
ISBN 978-99905-58-51-7
Filoso a del Derecho
© Derechos de Autor
Autora Dra.: María Cris na Valdivia Limpias
FUNDACION UNIVERSIDAD PRIVADA DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA - UPSA
Av. Paraguá y 4to. Anillo
Tel.: (591-3) 346-46000
Fax: (591-3) 346-5757
Casilla 2944
www.upsa.edu.bo
Diseño y Diagramación: Javier J. Miranda Mollinedo
Diseño Portada: Javier J. Miranda Mollinedo
Segunda Edición en Bolivia 2012
D.L. No. 8-1-334-00
500 ejemplares
Impreso en Bolivia
“No esta permi da la reproducción total o parcial de este libro, ni su tratamiento informá co, ni la transmisión de 
ninguna forma o por cualquier medio, ya sea electrónico, mecánico, por fotocopia, por registro u otros métodos, 
sin el permiso previo del autor o de la autoridad competente de la Universidad Privada de Santa Cruz de la Sierra”.
Santa Cruz de la Sierra, Bolivia
I
Dedicatorias
* A la memoria del muchacho más bueno 
y bello del mundo, con el inmenso amor 
que atravesó la barrera del tiempo.
* A la memoria de mi maestro el Dr. Renato 
Prada Oropeza, quien guió mis primeros pasos 
por el sendero del “Amor a la Sabiduría.
* A mis alumnos, los del presente, los del pasado 
y los que vendrán, si el Creador me lo permite. 
Con cariñoso agradecimiento.
II
III
Presentación de la Segunda Edición 
Han transcurridos doce años, después de la primera edición de la obra 
“ Filoso a del Derecho”, esta vez como fruto de la experiencia años de 
aplicación como texto base de estudio en la materia del mismo nombre 
en nuestra Universidad; experiencia que me ha permi do llegar a ciertas 
refl exiones que quisiera manifestarles en forma concisa.
Primeramente, decir que era necesaria tanto su revisión como su 
reimpresión, debido a la acogida que ha tenido entre profesores de 
la cátedra y de otras materias afi nes de la Carrera de Derecho en las 
Facultades de otras Universidades además de la UPSA. Como también 
de algunas otras facultades de Ciencias Sociales y Polí cas, incluso del 
extranjero, sobre todo las que incluyen temas de Filoso a relacionados con 
la cátedra, como hemos llegado a saber; algo que no deja de brindarme 
es mulo y sa sfacción.
En segundo término, y sin querer redundar en lo expresado en su primera 
presentación, cuando se la hizo con todo el entusiasmo que caracteriza 
a los maestros de vocación, como es mi caso; al presente, después de 
doce años transcurridos que parecen ser meses, existe otra razón muy 
valedera que es : el Plagio que perpetraron de esta obra, por lo que 
ameritaba una reimpresión corregida y aumentada como la presente, a fi n 
de ir mejorando poco a poco, su contenido y aplicación; ya que sabemos 
que como toda ciencia, las Ciencias Jurídicas y la Filoso a no se quedan 
estancadas, aunque las ideas básicas y fundamentales que nos legaron 
los grandes fi lósofos de la historia, permanezcan inamovibles e incólumes, 
siempre exis rán perspec vas y aspectos necesarios para resaltar, que 
vayan acordes con los empos actuales , porque ésa es la esencia de la 
vida: transcurrir en el empo, aunque las verdades razonadas y enseñadas 
por sabidurías especiales parezcan no estar some das al devenir histórico 
dentro del que todos nosotros nos hallamos inmersos.
IV
Nuevamente me he abstenido de los “ pie de página”, porque considero 
algo sicológico para el alumno o el lector, encontrar en casi todas las 
páginas, esas palabras pequeñitas que parecen cortarlo todo en el punto 
que a veces resulta más interesante. Por lo que al igual que en la primera 
edición, me he limitado a dejarlas para el fi nal de cada tema, pero esta 
vez con el aditamento de algunas aclaraciones o explicaciones breves que 
he considerado necesarias y ú les para el estudioso; tratando de no hacer 
más extenso el libro, pero tampoco pecar de brevedad y frugalidad de 
ideas. Ésa ha sido mi intención, guiada por mi percepción de maestra, 
porque sabemos que actualmente, no somos muy apegados a la lectura, 
por muchas razones.
Asimismo expreso una vez más, mi agradecimiento a las autoridades de la 
Universidad Privada de Santa Cruz de la Sierra, en las personas de su Sra. 
Rectora Lic. Lauren Muller de Pacheco y el Sr. Decano de la Facultad de 
Ciencias Jurídicas, Dr. Fernando Núñez Jiménez, conjuntamente con todas 
las otras autoridades de la UPSA.
Sin embargo, y especialmente debo agradecer a las siguientes personas:
1.- A todos aquéllos fi lósofos, historiadores del tema, cien fi cos, periodistas 
y juristas cuyas obras están citadas en la bibliogra a consultada, va para 
ellos mi respeto y admiración desde lejos y desde siempre… Cuando se 
trabaja sobre cualquier tema cien fi co sea de cualquier orden , uno se 
hace consciente del esfuerzo que en él se pone, y de lo que signifi ca 
para el autor: la dedicación desinteresada, el empo y el amor que todo 
ello simboliza; porque en nuestro trabajo no solo van ideas consultadas, 
sino el espíritu de servicio docente para con nuestros alumnos y para el 
progreso de la ciencia, aunque sea con un minúsculo granito, tal como es 
en mi caso. 
2.-Agradezco a todos mis alumnos, los buenos alumnos y los 
despreocupados, que en estos años pasaron por mi cátedra, entre ellos 
hubieron varios que son inolvidables, aunque todos ellos, sin excepción, 
me enseñaron o mostraron algo, y tuve la suerte de tener ese contacto 
con personas jóvenes y genuinas que llevan esa pureza de corazón que 
 ene la mayor parte de los jóvenes, al no haberse endurecido todavía por 
el paso de la vida y de la experiencia en la prác ca profesional a veces 
tan ingrata en lo que se refi ere a la abogacía.
V
3.- Mi agradecimiento, algo tardío al Dr. Alvaro Cedeño Barahona de 
quien no he sabido más, pero que después de la publicación de la obra 
“Filoso a del Derecho” me hizo llegar desde Panamá, varias obras suyas, 
entre ellas “La Magia del Derecho” que yo conocía y de la cual extraje el 
siguiente pensamiento extraordinario que encabeza la primera edición de 
esta obra, que dice…
“No caben dudas de ninguna naturaleza, que el Derecho ene aprisionado 
dentro de sí un MUNDO MÁGICO lleno de MISTERIOS y secretos, que 
hacen de quien vive en él, un verdadero mago, un hombre superior, y 
es que el Derecho es la propia vida del hombre. El Derecho es toda la 
fi loso a del Ser; el Derecho lo es todo, porque representa a la Ley, y la 
Ley fue dada por DIOS: DIOSES LA LEY…”
También me he permi do transcribir la carta de felicitación de este 
pensador la noamericano, que me envió en manuscrito y en letra 
imprenta después de haber leído mi obra “Filoso a del Derecho” en su 
primera edición:
 Panamá, 10 de enero del 2001
Honorable Dra.
María Cris na Valdivia Limpias
Santa Cruz-Bolivia
Doctora:
 Si la jus cia exige equidad y la equidad obliga a dar a cada quien, según su 
capacidad y a cada capacidad, según sus obras; es jus cia equita va reconocer a la 
Dra. María Cris na Valdivia Limpias, sus ejecutorias: prosa limpia, sencilla, fl uida , 
acepta y didác ca, sin quitar profundidad ni altura a la idea, en su obra Filoso a del 
Derecho.
 
Es di cil escribir sencillo; pero es más di cil compendiar en una presentación 
esquemá ca, el contenido de una obra como la que se nos presenta. Usted ha logrado 
ambos extremos Doctora.
 Felicitaciones.
 ALVARO CEDEÑO BARAHONA 
 Santa Cruz de la Sierra, Julio del 2012
VI
VII
Prólogo
La publicación de un libro es siempre mo vo de profunda sa sfacción para 
nuestra Universidad, pues representa la cristalización de todo un proceso 
de análisis, inves gación y creación, que contribuye al enriquecimiento 
académico, profesional e intelectual de la Ins tución, al mismo empo 
que aporta al desarrollo de la ciencia y la cultura en el país. 
Esta sa sfacción ins tucional es aún mayor y se transforma en verdadera 
complacencia cuando la autora de la obra es parte esencial de la 
Universidad, como es en el caso de la Dra. María Cris na Valdivia Limpias, 
una de las docentes más apreciadas y valoradas de la Facultad de Ciencias 
Jurídicas y Sociales de la UPSA.
La Dra. Valdivia, docente de larga y reconocida trayectoria, ha plasmado 
en las páginas de “Filoso a del Derecho”, con sencillez y erudición, su 
vasto conocimiento y su amplia experiencia académica en el campo de la 
fi loso a y de la fi loso a jurídica, entregándonos una obra que nos lleva a 
situarnos en las principales doctrinas fi losófi cas sobre las que el hombre 
ha refl exionado, desde la edad an gua hasta nuestros días, en su afán de 
búsqueda de la comprensión de la disciplina del Derecho.
La Segunda Edición de “Filoso a del Derecho”, publicada por la Editorial 
UPSA, responde a la excelente aceptación que la obra ha tenido en 
las universidades, centros de inves gación y gremios profesionales, 
transformándose en un texto académico obligado de todo curso de fi loso a 
jurídica así como de bibliogra a básica para estudios e inves gaciones 
sobre el tema.
VIII
Para la Universidad Privada de Santa Cruz de la Sierra representa un 
verdadero honor entregar una vez más este importan simo texto 
académico-cien fi co cuyo valor se traslucirá en el apoyo a los estudiosos 
de la fi loso a jurídica pero fundamentalmente en el aporte a la formación 
de los futuros profesionales del Derecho.
Lauren Müller de Pacheco
Rectora de la UPSA
UNIDAD 1
FILOSOFIA Y FILOSOFIA 
DEL DERECHO.
3Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
1.1.- La Filoso a. 
1.2.- Problemas fundamentales del pensamiento fi losófi co.
1.2.1.- Problema del ser.
1.2.1.1.- La Meta sica.
1.2.1.2.- La Ontología.
1.2.1.2.1.- Clasifi cación de los entes o 
regiones de seres.
1.2.1.2.2.- Clasifi cación de Carlos Cossio.
1.2.2.- Problema del conocer.
1.2.3.- Problema del hacer.
1.3.- El punto de vista de Manuel Kant.
1.3.1.- El problema antropológico.
1.4.- Defi niciones y conceptos de Filoso a.
1.5.- Filoso a y Derecho.
1.1.- La Filoso a.-
Inicialmente, antes de todo conocimiento llamado “fi loso a” o “ciencia” 
exis eron diversos saberes e interpretaciones de la realidad cargadas de 
mis cismo religioso, acerca del fundamento y causa del mundo, del ser 
humano, de su des no y del misterio del Ser Supremo. En su origen, la 
palabra “fi loso a”, signifi ca “amor a la sabiduría”, aunque el signifi cado 
e mológico está muy lejos del que es para los fi lósofos actuales; sin 
embargo, la raíz original de la voz griega “fi loso a”, con núa teniendo 
vigencia, porque el autén co fi lósofo busca el conocimiento y comprensión 
del mundo desinteresadamente. El hecho de que la fi loso a se haya 
transformado hoy en una ciencia casi tan rigurosa como las matemá cas, 
TEMA No. 1.- 
CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LA FILOSOFIA
4 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
no debilita su fuente inicial basada en ese amor intelectual por la sabiduría 
o ciencia. 
 
La sabiduría en este caso, no es una recopilación de datos generales, ni 
la adquisición de conocimientos y técnicas especializadas dentro de un 
determinado campo cien fi co. La sabiduría, concretamente, “el sabio” 
o el fi lósofo, es quien busca penetrar mediante la refl exión y la intuición, 
en las cues ones básicas y controver das de la existencia humana como 
la vida y la muerte; en el conocimiento de la realidad y sus problemas, 
en la fi nalidad de la é ca o moral y, sobre todo, en el misterio y grandeza 
del Ser Supremo; mostrándose dispuesto a vivir en consonancia con esos 
conocimientos. En este sen do, existen muchos “fi lósofos” que nunca 
han tenido noción de que lo fuesen; pero, en general, llamamos “fi lósofo” 
en sen do propio, a la persona que dedica parte de su vida a indagar y 
refl exionar sobre las razones úl mas de su existencia y la existencia del 
mundo, y que trabaja con la precisión y la rigurosidad de todo cien fi co. 
 Génesis de la voz “fi loso a”.- Alrededor del siglo VI A.C. los primeros 
sabios o “fi lósofos” se denominaron así por las voces griegas 
“philo”(amante) y “sophos” sabiduría o ciencia. Otros atribuyen 
origen hebreo o semí co a la palabra fi loso a, que provendría 
del vocablo “sophos” que en hebreo signifi ca: “contemplar”, de 
donde se entendería por fi loso a al “amor a la contemplación”. 
Posteriormente el romano Cicerón, el fi lósofo africano Agus n 
de Hipona y el italiano Tomás de Aquino, reconocen a Pitágoras 
( del siglo VI a.c.) como el primer sabio griego en haber u lizado 
la palabra “fi lósofo”. La historia dice que Pitágoras en la escuela 
fundada por él, se dedicaba a estudiar y enseñar acerca de Dios, el 
hombre, la naturaleza, los valores morales, intelectuales y ar s cos, 
a las matemá cas abstractas y aplicadas, y hasta a la organización 
social y polí ca (1)
Sin embargo, el impulso que lleva al hombre a hacer fi loso a, varía según 
opinión de fi lósofos notables: así, Platón y Aristóteles opinaban que el 
asombro ante el mundo y sus misterios, era lo que impulsaba al hombre a 
tal tarea; Epícteto lo encontró, en la conciencia de impotencia que sufre el 
ser humano ante su des no. Schopenhauer creyó encontrar este impulso 
en la certeza acerca de la muerte, y otros como Jaspers lo atribuyeron a las 
situaciones límite en las que a veces se encuentra el ser humano en algún 
5Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
momento de la propia vida; recalcando que la fi loso a es una ciencia de 
preguntas, más que de respuestas porque mientras más profundo es el 
conocimiento fi losófi co, más preguntas surgen a la refl exión e intuición 
de quien lo aborda. Aunque la noción de sabiduría ha evolucionado en el 
transcurso de los siglos, la fi loso a es un producto cultural cuyo contenido 
y profundidad ha crecido a lo largo de la historia, contenidos y cues ones 
que no obstante el progreso cien fi co actual, con núan prevaleciendo.
La Historia de la Filoso a, muestra una constante depuración de los 
temas propios de esta ciencia, podría decirse que en la actualidad las 
cues ones fi losófi cas están limitadas a una serie de problemas precisos y 
determinados, que se sinte zan en las siguientes problemá cas: 
 Origen, naturaleza y razón de ser del Universo y delser humano 
como parte de éste
 Origen, naturaleza, fi nalidad de la conducta é ca de las personas.
 Los límites de la capacidad humana para conocer y entender el 
Universo y la Vida
 Naturaleza o esencia del Ser Supremo ( Dios)
Los fi nes que persigue la Filoso a son además, dis ntos a los de las 
otras ciencias, el fi lósofo desea conocer “el por qué” de las cosas, su raíz 
úl ma y su origen; más aún, el sen do primordial de la propia existencia. 
Cuando estudia al ser humano, busca entender quién es, por qué está 
sobre la erra y por qué es dis nto de los demás seres; para qué ha 
sido creado y cuál es su des no fi nal. Quiere en defi ni va, encontrar la 
respuesta a estos problemas por su propia cuenta, usando principalmente 
su razón: “Todos los hombres enen naturalmente el deseo de saber”, 
escribe Aristóteles al principio de su Meta sica, más adelante con núa “ 
Los que primeramente fi losofaron, fue por el asombro, que fue el principio 
del fi losofar; asombrándose primero de las cosas extrañas que tenían más 
a mano, para luego avanzar poco a poco haciéndose cues ón de las cosas 
más graves, como el movimiento de los astros y la generación del Todo. 
pero el que encuentra difi cultades y se asombra, cae en cuenta de que 
ignora”; y por eso, el mito es, en cierto modo, fi loso a, y si los humanos 
fi losofaron para huir de la ignorancia, queda claro que persiguieron la 
ciencia por si sola y no por la u lidad que ella reporte; es como decir “ser 
6 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
humano libre” al que existe por sí mismo y no por otro; así también, la 
sabiduría o fi loso a es la única que es libre entre las ciencias, porque ene 
un fi n en sí misma. (2)
1.2.-Problemas fundamentales del pensamiento fi losófi co.-
La mayoría de los autores reducen la diversidad de los problemas 
fi losófi cos a tres grandes problemas a saber:
 El problema del ser; problema meta sico y ontológico.
 El problema del conocer; problema gnoseológico.
 El problema del hacer; problema é co o moral.
Sin embargo, los tres grandes problemas, forman una unidad del 
pensamiento fi losófi co, es decir, todos ellos se relacionan estrechamente 
y examinarlos por separado implica directa o indirectamente a los demás, 
porque la fi loso a es un saber unitario y universal, a diferencia de las 
ciencias que son saberes par culares, de determinados sectores de la 
realidad y desde determinados puntos de vista. No en vano, M. García 
Morente, al iniciar su curso básico de Filoso a, se refi ere a ella como “el 
conjunto de la Filoso a”, señalando que esta ciencia es un conjunto de 
“saberes” y “ haceres” ; es decir, que no puede haber fi loso a sin tener 
vivencias interiores y externas o manifi estas de los contenidos y cues ones 
fi losófi cas.
1.2.1.- El problema del Ser.- Las disciplinas fi losófi cas que se ocupan 
son: La Meta sica y la Ontología.
1.2.1.1.- La Meta sica.- Es la disciplina fi losófi ca más importante 
y controversial y la que prác camente está presente desde el 
momento en el que como seres humanos espirituales y naturales, 
empezamos a cues onar sobre nuestra propia vida y muerte, su 
sen do y fi nalidad; sobre el Mundo y la Naturaleza, acerca del 
misterio y la necesidad del Ser Supremo, acerca del Universo y 
todos esos misterios y cues ones sin responder que los envuelven. 
Aristóteles, su creador la llamó “Sabiduría” o “Filoso a Primera”; y 
según sus palabras, la Meta sica era una ciencia que estudiaba “el 
Ser en tanto que es Ser y los accidentes propios del Ser”(3).
7Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
El origen de la palabra “meta sica” lo encontramos en Andrónico de 
Rodas, quién en el primer siglo de nuestra Era, al clasifi car las obras 
aristotélicas, encontró una serie de escritos que no correspondían 
con los tulos de los libros clasifi cados. A estos libros sin tulo, que 
se ocupaban de la di cil cues ón del estudio del Ser, los denominó 
“Meta-Física”, que quiere decir, “más allá de la sica”; aquello que 
se encuentra en cierta forma “escondido” detrás de los fenómenos 
y cosas naturales que se pueden conocer ya sea espontáneamente 
o de una forma más rigurosa o cien fi ca.
La Meta sica es una ciencia única y diferente de todas las demás, 
porque ninguna de ellas estudia al “ser” en general, como raíz úl ma 
de todo lo existe o ene de una u otra forma existencia , “ ene ser, 
o es” , y por lo tanto, puede ser objeto de nuestro conocimiento 
racional o intui vo. El Ser es lo común y lo básico que posee todo 
ente u objeto incluyendo el ser humano; es la caracterís ca más 
general y primordial de toda existencia, pero es indefi nible e 
indescifrable, debido a su generalidad, por lo que su conocimiento 
es solo mediante intuiciones que varían de acuerdo al modo de 
enfoque adoptado. A modo de comprensión del objeto de estudio 
de esta disciplina citaremos algunas frases de contenido meta sico 
que han sido enseñadas por grandes fi lósofos en diferentes épocas 
de la historia: 
“El principio de todas las cosas es el agua” Thales de Mile o. 
“La realidad es materia y es también espíritu en ín ma 
compenetración” afi rmaban los fi lósofos dualistas como Aristóteles, 
Sto Tomás y Descartes.
“La verdadera realidad es el Espíritu”, sostuvieron Berkeley y 
Hegel.
“Lo único que existe es la materia y sus manifestaciones”, enseñaron 
los Filósofos materialistas como Demócrito, Leucipo, Marx y otros.
“La realidad está formada por infi nitos puntos inextensos e 
independiente que se refl ejan unos a otros llamados Mónadas.” 
enseñó Leibnitz.
8 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
“La verdadera realidad es el mundo de los Arque pos o Ideas 
que solo captamos por la inteligencia, y del cual Mundo Perfecto, 
este mundo sensible e imperfecto, es un simple refl ejo, sombra o 
apariencia. Platón (4) 
La Meta sica trata de dar una interpretación radical y profunda de 
aquello básico y común que ene todo lo existente; esta pretensión 
tan singular y di cil ha hecho de esta disciplina la reina de las 
disciplinas fi losófi cas, y la que se enfrenta con los más profundos 
y controver dos problemas, porque los implica siempre y de una u 
otra forma, a todos.
1.2.1.2.- La Ontología.- Viene del griego “ontos”, que quiere decir 
ente u objeto. La Ontología es el conocimiento de las cosas, objetos 
o entes desde el punto de vista más general y universal, que enen 
de común, vale decir, todos ellos, una caracterís ca básica: el ser, 
porque de una u otra manera todos los entes que existen “son”. 
Aristóteles y posteriormente Chris an Wolff determinaron el objeto 
de la Ontología: “el ente en cuanto ente”.(5)
Pero, ¿cómo se nos dan los entes? Los entes, no se nos dan como 
una unidad uniforme, sino como individuos agrupados en dis ntos 
géneros, capas o estratos de la realidad que presentan caracterís cas 
generales que los dis nguen de los demás entes u objetos.
1.2.1.2.1.- Clasifi cación de los entes.- Las Regiones del Ser.- Estos 
estratos o regiones de los entes u objetos se dividen en: (6)
 Reales, son los que ocupan un lugar en el espacio y transcurren 
en el empo; (vgr. un árbol, las emociones). Los entes reales 
a su vez pueden ser: Entes sicos, porque ocupan lugar en 
el espacio y transcurren en el empo; y entes psíquicos o 
mentales, que son aquellos que transcurren en el empo o 
 enen solo duración.
 Ideales, son no espaciales y atemporales. Los entes ideales, 
a su vez se dividen en: Axiológicos o Valores, porque se 
encarnan o se realizan en objetos reales; Vgr. la Jus cia, 
la Belleza, el Bien, la Dignidad de la persona humana, etc. 
9Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
También pueden ser Matemá cos, a cuya clase corresponden 
los números y las fi guras geométricas. Por úlmo, los entes 
Lógicos a cuya clase corresponden los principios lógicos, los 
símbolos matemá cos y lógicos y los pensamientos.
 Meta sicos, son la base y principio de todo lo que existe. 
Escapan a la experiencia co diana y cien fi ca; ellos son: Dios, 
el alma, el Universo, el Ser y lo que existe por sí mismo y que 
sirve a la vez de fundamento para la existencia de todas las 
cosas, en Filoso a se llama “el Ser en sí”.
1.2.1.2.2.- Clasifi cación de Carlos Cossio.- El jurista argen no Carlos 
Cossio, agrupa cuatro categorías de objetos o regiones ón cas 
tomando como criterio de clasifi cación a una serie de caracterís cas 
que se resumen en tres condiciones comunes a cada grupo: a) su 
realidad o irrealidad. b) que estén o no estén en nuestra experiencia, 
y c) que sean posi va o nega vamente valiosos o neutros en cuanto 
al valor. Por lo que los clasifi ca en:
 Objetos ideales, son irreales, no empíricos y neutros al valor; 
por ejemplo, los números, los símbolos lógicos. Los objetos 
ideales son creación humana, su forma de aprehenderlos es 
la intelección. Tienen un método especial que los estudia: 
el método deduc vo. Las ciencias que se ocupan de estos 
objetos son: Las Matemá cas, la Geometría , la Lógica.
 Objetos naturales, son todos aquellos que están en la realidad 
y que no han sido creados por el hombre. Son empíricos 
porque se los conoce mediante los sen dos, y son neutros 
al valor como los objetos ideales. Los objetos naturales 
se aprehenden por explicación. A esta clase, le conviene el 
método empírico-induc vo, porque al ser reales se conocen 
por experiencia observable y demostrable que va de los casos 
par culares a la ley general. Se ocupan de estos objetos todas 
las ciencias naturales como la Física, la Química, la Biología , la 
Geogra a y otras.
 Objetos culturales, son aquellos objetos reales, que se 
han conformado en la naturaleza gracias a la intervención 
humana: “Cultura, es todo lo que el hombre hace sobre o 
con la naturaleza”. Los objetos culturales son tan reales y 
10 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
empíricos como los naturales, pero se diferencian de ellos 
porque encarnan valores, son valiosos. Por ejemplo, una 
escultura, una máquina, las leyes, una sinfonía, etc. A esta 
clase de objetos se les conoce mediante la comprensión, y 
el método que se les aplica es el empírico-dialéc co, porque 
también se parte de la observación y de la experiencia; sin 
embargo, los objetos culturales no se “comprenden” a primera 
vista o a primera refl exión o captación, sino que necesitan de 
una serie de sucesivas aproximaciones hasta alcanzar su total 
y completa aprehensión.
 Objetos meta sicos, no son aprehensibles cien fi camente, y 
cons tuyen la región o estrato ontológico primordial que es 
la base y fundamento de todo lo que existe, ejemplos de los 
cuales podrían ser: Dios, el Ser, el Alma, y el Universo. La 
disciplina que estudia estos objetos es una parte de la Filoso a 
que se conoce con el nombre de Meta sica. (7).
1.2.2.-El problema del Conocer.- ¿Qué es conocer? ¿Cómo conocemos? 
¿Cuáles son los límites de nuestro conocimiento? ¿Podemos llegar a la 
verdad?; todas ellas son preguntas fundamentales de la Gnoseología 
o Teoría del Conocimiento.
En la vida co diana y en nuestra habitual conducta, estamos en trato 
y relación constante con los demás; con el mundo y con las cosas. 
Si en ac tud teórica detenemos nuestra acción y nos situamos frente 
al mundo para conocerlo, al volcarnos sobre nuestro propio acto de 
conocer, en ac tud crí ca y analí ca para estudiar el conocimiento 
mismo, estamos haciendo Gnoseología.
Las disciplinas que se ocupan del conocer y del conocimiento desde 
diferentes óp cas son:
 La Gnoseología o Teoría del Conocimiento.- Disciplina de la 
Filoso a que estudia el conocimiento como relación entre sujeto 
y objeto o realidad, y los problemas que implica esta relación, que 
son: el origen del conocimiento, sea la razón o la experiencia; los 
límites y las posibilidades del mismo, la esencia y la validez del 
conocimiento en razón a su verdad o falsedad y toda la gama de 
aproximaciones intermedias hacia la verdad o falsedad que todo 
11Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
conocimiento conlleva; los que problema zados en conjunto y 
desmenuzados en sus más simples elementos forman el conjunto 
de cues ones propias de la Teoría del Conocimiento.
 La Epistemología.-Estudia el conocimiento cien fi co y sus 
problemas.
 La Psicología.- Estudia el conocimiento en su aspecto gené co 
como un proceso real que transcurre en el empo y en la 
conciencia del sujeto pensante.
 La Lógica.- Estudia los pensamientos y sus leyes en su aspecto 
formal y como objetos ideales.
1.2.3.- El problema del Hacer.- El ser humano no es solo un ser 
pensante o cognoscente ya que al estar rodeado de otros seres 
humanos y cosas, además de pensar y conocer, también siente, quiere 
y crea su propia existencia, la que en fondo se le muestra y le exige 
un permanente hacer o actuar; es pues un ser forzado a obrar y a 
elegir cómo hacerlo. A diferencia de las cosas, ha recibido -como dice 
V. Fatone-, “la carga de la acción incesante”, y en algún momento de la 
existencia, esa acción se torna ineludible para él. 
La cues ón radica en el cómo debemos comportarnos frente a nosotros 
mismos, frente a los demás y en relación con ellos, para tratar de 
formular normas y preceptos que nos permitan llevar una vida justa y 
recta, es decir, una vida orientada hacia los valores. Se puede decir que 
como seres humanos somos libres, y tenemos facultades superiores 
como el raciocinio y la voluntad para elegir la conducta a seguir; en 
otros términos, el ser humano es el único ser que goza de lo que se 
llama “libre albedrío”; algo que lo hace también responsable de sus 
actos. En la “elección”, en el “cómo” y el “por qué” de la conducta, 
con la consiguiente “responsabilidad” por los propios actos, radica el 
problema moral o é co, para muchos autores conocido como É ca o 
Filoso a Prác ca. 
Por consiguiente, las acciones humanas desde el momento en que 
persiguen fi nes orientados a la realización de valores como el Bien, la 
Jus cia, la Solidaridad, la Dignidad de la persona y otros, son objeto de 
las ciencias del deber ser, entre ellas están el Derecho y la É ca. Las 
ciencias del “deber ser”, o ciencias deontológicas son:
12 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
 La É ca o Moral, que busca los principios axiológicos supremos a 
los que debe ajustarse nuestro comportamiento, hasta las reglas 
próximas aplicables a cada caso par cular; en otras palabras, “los 
valores y deberes de la conducta, y por lo tanto, la jus fi cación 
de la conducta humana” (8). Viene del griego “ethos” que quiere 
decir costumbre, y del la n “mos” que signifi ca moral. 
 El Derecho, en términos generales, el Diccionario Jurídico lo defi ne 
como las normas obligatorias que rigen la vida de las personas y 
que hacen posible la convivencia social. El Derecho pertenece 
al orden del actuar humano, concretamente, del obrar social del 
hombre, encaminado a la consecución del Bien Común.
 Las Ciencias de la Educación, que son aquéllas que se ocupan 
de la formación y perfeccionamiento sico y espiritual del ser 
humano, como ser la Pedagogía, la Didác ca y otras.
1.3.- El punto de vista de Manuel Kant.- 
El inmortal pensador alemán Manuel Kant (1724-1804), consideraba que 
la tarea de la Filoso a estaba encaminada a dar respuesta a tres preguntas 
básicas:
 La primera: ¿qué podemos saber?, es la que concierne al 
conocimiento humano, y que a su vez comprende otras 
interrogantes, a las cuales les han dado variadas respuestas afi nes 
con los propios sistemas fi losófi cos. Entre ellas tenemos: ¿Puede 
el hombre alcanzar el conocimiento verdadero? ¿Cuál esel origen 
del conocimiento humano? ¿Conocemos mediante la razón, o 
mediante la experiencia o ambos?, ¿Cuáles son los límites de 
nuestra capacidad de conocer?
 La segunda interrogante dice, ¿qué debemos hacer? Esta pregunta 
va dirigida al obrar humano, y también implica varias otras 
interrogantes como ser: ¿Cómo debo guiar mi conducta? ¿Cómo 
debo comportarme con mis semejantes y con la sociedad? ¿Cuándo 
mi obrar es bueno y cuándo es malo? ¿En lo que se refi ere al obrar 
humano, que es lo bueno y que es lo malo?; y otras más.
 La tercer pregunta formulada por Kant dice: ¿qué me cabe esperar?, 
esta pregunta incumbe a la fe del hombre, a sus creencias y a sus 
13Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
expecta vas siempre dirigidas a dar un sen do a la propia vida. Entre 
ellas podemos formular: ¿Existe un Ser Supremo? ¿Existe el alma y 
por consiguiente su inmortalidad? ¿Qué es lo que me espera más 
allá de la vida terrena? ¿De dónde venimos y hacia dónde vamos? 
Las anteriores interrogantes forman parte del ámbito religioso. (9).
1.3.1.- El problema Antropológico.- Kant consideraba que a las 
anteriores preguntas se les debía añadir una cuarta: ¿qué es el hombre? 
a la que nosotros diríamos ¿qué es el ser humano, sea varón o mujer? , 
porque para Kant, la fi loso a del hombre y su problemá ca encierra en 
sí a todas las demás preocupaciones de la Filoso a general.
Del mismo modo, el fi lósofo contemporáneo Max Scheler (1847-1928) 
afi rmaba que “con cierta prudencia, todos los problemas centrales de 
la fi loso a pueden reducirse a la cues ón de qué es el hombre, y qué 
puesto y situación ocupa dentro de la totalidad del ser, del mundo, y 
de Dios”(10).
La Antropología fi losófi ca cuyo asunto central es la esencia del ser 
humano, la encontramos desde la Filoso a clásica griega y romana. 
La eterna pregunta ¿quién soy, y cuál es mi des no en el mundo?, 
 ende a ubicarla como la ciencia humana por excelencia y es mula al 
fi lósofo a echar mano de los conocimientos de todas las otras ciencias 
especialmente la Sociología, la Historia, la Psicología, la Biología, y 
muchas más que desde algún aspecto estudian al ser humano. Es 
una disciplina some da a un con nuo crecimiento y ampliación, cuya 
problemá ca está aún lejos de ser resuelta.
1.4.- Defi niciones de Filoso a.- 
Como ciencia universal, la Filoso a ha sido objeto de innumerables 
defi niciones, hasta contradictorias, puesto que cada pensador la entendió 
individualmente y en concordancia con su propio sistema. “Debemos 
confesar que es di cil defi nir a la Filoso a, pues ella cons tuye, más que 
una disciplina con objeto y métodos rigurosamente determinados, una 
ac tud viva y fl uctuante de cada espíritu, de cada individualidad que se 
estremece y se maravilla ante los enigmas de su propio ser y del Universo 
que nos circunda”(11). Por lo tanto no se podrá encontrar una defi nición 
completa y defi ni va por la ac tud interrogadora de esta ciencia frente 
14 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
al mundo y a la vida. Es pues más importante hacerla que saberla, tener 
una “vivencia de ella”, para poder entender mejor esa manera peculiar 
de enfrentarse a la realidad, comprenderla y darle un sen do racional, 
pero también, vivencial, y que viene a ser la aspiración principal de todo 
fi lósofo y de toda persona que refl exiona. 
 El Diccionario enciclopédico la defi ne como una “Doctrina general 
acerca de la vida, del Universo, del origen y des no humano”(12).
 Para Sócrates, la Filoso a es “una preparación para la muerte”(13).
 Los estoicos y los epicúreos la concibieron como una aspiración a la 
virtud y la felicidad respec vamente. (14).
 Reneé Descartes decía, que la Filoso a comprende “todo lo que el 
espíritu humano puede saber”(15).
 Manuel Kant, consideraba a la Filoso a “como la ciencia de los fi nes 
úl mos de la razón humana”(16).
 El fi lósofo español Miguel de Unamuno afi rma: “La Filoso a es un 
producto humano de cada fi lósofo, y cada fi lósofo es un hombre de 
carne y hueso...haga lo que quiera, fi losofa, no con la razón, sino 
con la voluntad, con el sen miento, con la carne y con los huesos, 
con el alma y con el cuerpo...”(17).
 El fi lósofo contemporáneo W. Windelband escribe que la Filoso a 
es “La ciencia crí ca de los valores de validez universal”(18).
1.5.- La Filoso a y el Derecho.- 
La Filoso a como una ciencia universal que se preocupa de lo fundamental 
acerca del mundo y de su conocimiento, como también de la problemá ca 
esencial y existencial del hombre, valiéndose principalmente de la facultad 
refl exiva y racional del ser humano, es pues, la ciencia humana y cultural 
por excelencia.
Como notas esenciales de toda Filoso a se presentan: - La orientación 
hacia la totalidad de los objetos; y, - el carácter racional (cognosci vo) 
de dicha orientación . Al ser la “ciencia madre” de todas las ciencias, la 
15Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
Filoso a ene una posición privilegiada que permite la armonía y el enlace 
en medio de una inmensa y variada conversación y discusión cultural; 
es decir, nos sirve como una especie de “puente” que comunica la larga 
tradición fi losófi ca y cien fi ca occidental con otros géneros o variedades 
del discurso actual, desde una visión más holís ca o integradora que parte 
de la ciencia en sus orígenes para ar cularse en las ciencias socio jurídicas 
y polí cas del presente.
Eminentes juristas han señalado que la ciencias jurídicas no son sufi cientes 
para explicar los cimientos que subyacen en ellas, como tampoco, los 
valores e ideales que están más allá del Derecho, pero que le dan su sen do 
y razón de ser; esta insufi ciencia metodológica y es ma va precisa de la 
refl exión fi losófi ca sobre lo que es el Derecho.
La disciplina jurídica que forma parte del ámbito del saber fi losófi co 
es la Filoso a Jurídica o Filoso a del Derecho, porque se ocupa del 
conocimiento y de la valoración de lo jurídico como una noción universal, 
presente en las normas de convivencia humana. Gracias a la voluntad de 
abstracción de nuestra ciencia, se establecerá la unidad y se proporcionará 
una visión sinóp ca y crí ca de la realidad que inves ga, en este caso, 
del Derecho y demás ciencias jurídico sociales. En el caso del Derecho, 
a través de sinnúmero de manifestaciones que éste ha tenido en todos 
los empos, la Filoso a buscará lo común y lo permanente, por sobre lo 
que es par cular, aparente y pasajero, para llegar al “ser” del Derecho, es 
decir, al conocimiento fi losófi co del Derecho: su esencia y los valores que 
persiguen las normas jurídicas
Actualmente, la Filoso a es como un buceo en lo profundo del ser humano, 
en sus necesidades básicas, sociales y espirituales; como componente de 
la sociedad y del Estado, siempre frente a una enorme y compleja maraña 
de relaciones que envuelven su existencia; por lo que la misión de esta 
ciencia es precisamente entroncar vitalmente al ser humano en su medio 
y en su ambiente; es por eso que jurista y fi lósofo se necesitan, porque sus 
saberes e inquietudes se hallan entrelazadas en la búsqueda incesante de 
la Jus cia y demás valores jurídicos, cuya realización en las leyes, ayudará 
a un mejor entendimiento y armonía en las relaciones humanas dentro de 
la convivencia social. 
16 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
Notas bibliográfi cas y complementarias.
1.- De Cadiz M. Luis. ( 1961) “ En los Umbrales de la Filoso a”, Ed. Atlán da, Bs.As. 
Argen na pp 1 a 13.
2.- Aristóteles. Meta sica. Libro I°. Extraído de Marias, Julián y Laín Entralgo, Pedro. 
“Historia de la Filoso a y de la Ciencia” Ed. Guadarrama S.A. Madrid- España. 
(1968) pp. 379 y ss….- Para la Meta sica tradicional “el ser” es lo primero que la 
mente percibe al enfrentarsecon el mundo. 
 Esta noción es intui va e inmediata, y como es una idea o “conocimiento” más 
simple y general, su división o descomposición para el análisis es imposible, por lo 
tanto, indefi nible. Solo se pueden intuir las manifestaciones del ser, es decir, los 
modos cómo alcanzamos al “ser”.
3.- Castex, Alberto. (1965) Curso de Filoso a” Ed. Carlos Lohle, Bs. As. Argen na. p. 3.
4.- Ibid. pp 22-23
5.- Hessen Johannes. (1976) “Teoría del Conocimiento” Ed. Espasa-Calpe S. Madrid 
España. p. 29 ss
6.- Castex Alberto (1965) ob. cit. p. 20.
7.- Portela, Mario. (1976) “Teoría general del Derecho” Ed. De Palma. Argen na pp. 
5-6. 
8.- Fatone, Vicente “Lógica e Introducción a la Filoso a” (1965) Ed. Heliasta. Argen na. 
p.266 y ss 
9.- Canedo Ch., Juvenal (1988) “Lógica Formal y Simbólica”, Ed. Don Bosco, La Paz-
Bolivia. pp. 9 y ss.
 Sócrates y Marco Aurelio ( fi lósofo y emperador cris ano) coinciden en que para 
encontrar la esencia del ser humano, hay que remover de él todo lo que hay de 
accidental y externo, ya que su esencia no depende de las circunstancias sino 
depende del valor que se presta a sí mismo: riqueza, rango, posición social y 
económica, belleza sica etc., son accidentales. Lo único que importa es la tendencia 
o ac tud interna propia del alma, que se examina interiormente buscando el 
sen do de la propia vida en razón de valores o virtudes morales, la principal: La 
Sabiduría. Es conocida la afi rmación de Sócrates en el diálogo platónico “Apología 
“ donde expresa que …“Una vida no examinada, no vale la pena de vivirla”.
10.- Hessen, Johannes (1962) “Tratado de Filoso a” Tomo III. Ed. Sudamericana, 
Argen na. p. 259 ss.
11.- Hubner Gallo, Jorge (1992) “Introducción al Derecho” Ed. Jurídica de Chile. 
San ago-Chile, p. 59.
12.- Cabanellas, Guillermo (1979) “Diccionario de Derecho Usual” Tomo III° 
Ed.Heliasta . Argen na. p.379.
13.- Fatone, Vicente (1969), ob.cit. p. 247.
14.- Conde O, Ramón (1961) “Enciclopedia de la Filoso a” Ed. Gasso Hnos.Barcelona 
-España. p.100.
15.- Fatone, Vicente (1965) ob. cit. p. 247.
16.- Ibid. p. 230.
17.- Conde O., Ramon (1961) ob. cit. p. 230.
18.- Canedo Ch., Juvenal (1988) ob.cit.. p. 18.
17Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
2.1.- La Filoso a del Derecho o Filoso a Jurídica.
2.2.- Defi niciones de Filoso a Jurídica.
2.3.- Las partes de la Filoso a Jurídica.
2.3.1. Problemas principales de la Filoso a del Derecho
2.4.- Filoso a del Derecho y Derecho Natural.
2.4.1.- Evolución del Derecho Natural.
2.4.2.- Ideas centrales de la concepción tradicional del 
Derecho Natural.
2.4.3.- El contenido y caracterís cas del Derecho Natural.
2.4.4.- Argumentos fi losófi co-jurídicos que demuestran la 
existencia del Derecho Natural.
2.4.5.- Derecho Natural y Derecho Posi vo.
2.4.6.- Derecho Natural y los derechos de la Persona 
Humana 
2.5.- Filoso a y Filoso a Jurídica.
2.1.- La Filoso a del Derecho o Filoso a Jurídica.- 
Si par mos de la idea de que toda noción del Derecho se funda en una 
fi loso a, y que todo sistema fi losófi co ha desembocado casi siempre 
en un concepto de lo que es el Derecho, resulta que los problemas que 
habitualmente se agrupan bajo la expresión Filoso a del Derecho o 
Filoso a Jurídica, son objeto de estudio de los juristas y iusfi lósofos, cuya 
preocupación se centra en descubrir y establecer el fundamento y valor de 
las variadas expresiones de los derechos posi vos en diferentes empos y 
lugares, para indagar acerca del por qué de esa constante inclinación del 
TEMA No. 2.- 
LA FILOSOFIA DEL DERECHO
18 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
Derecho hacia la Jus cia y la Equidad, teniendo en cuenta que los estudios 
del Derecho Posi vo no son sufi cientes para “ explicar y dar fundamento a 
una concepción unitaria de la vida y del desarrollo concreto de las ramas 
del Derecho, por lo que la generalidad o universalidad del derecho solo 
podrá ser encontrada desde el punto de vista del método fi losófi co” (1) 
Para sa sfacer esa búsqueda incesante de los principios fi losófi cos en los 
que se funda el Derecho, se descubre que cuanto más penetramos en los 
umbrales de las diversas sociedades humanas y sus ins tuciones jurídicas, 
podemos apreciar que éstas resultan ser más análogas y homogéneas 
, por lo el primer obje vo será iden fi car lo que hay de común en el 
origen de : las costumbres, tradiciones y otras expresiones jurídicas de los 
pueblos, descubriendo que lo elemental que se fue dando en el desarrollo 
de las sociedades y sus manifestaciones jurídicas son ciertos principios 
racionales que por la generalidad que alcanzan, pueden ser aplicados a 
la inmensa variedad de fenómenos y relaciones sociales, principios de 
orden racional y moral, que sin duda poseen validez e importancia para 
un jurista o un iusfi lósofo del presente.
Por lo tanto, una de las tareas principales de la Filoso a Jurídica, es 
descubrir lo común, lo constante y lo universal que aparece en las 
manifestaciones jurídicas de los pueblos y en la idea de “lo justo” que 
ellos poseían, remontándonos en lo posible, hasta los orígenes del 
Derecho, para encontrar una noción y una defi nición aceptable de lo que 
es el Derecho, que sea comprensible para todos en cualquier empo y 
lugar; tomando en cuenta que también está en juego, la fi loso a de vida 
personal y social en permanente interacción y evolución. ( 2)
Comenzaremos estudiando el fenómeno jurídico en el orden histórico, 
el que no obstante confundido con otros elementos de la vida social, 
refl eja la naturaleza de ser humano y su desarrollo social y espiritual, así 
también, indagaremos las leyes histórico-sociales constantes que rigen 
dichos fenómenos , para apreciar su realización progresiva en la creación 
y aplicación de normas jurídicas, que persiguen la idea de “lo justo.” El 
compaginar estas dos dimensiones del Derecho: - como realidad sujeta a 
leyes naturales y sociales, y, - como ideales o directrices de Jus cia que el 
ser humano trata de imponer a la realidad social mediante normas o leyes 
cons tuye la labor fundamental de la Filoso a Jurídica
19Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
Según Giorgio del Vecchio, “el estudio del Derecho en sus ingredientes 
universales cons tuye el objeto de la Filoso a Jurídica; y el estudio 
del Derecho en sus aspectos par culares, con la descripción de las 
normas jurídicas que se dan en una comunidad localizada temporal y 
espacialmente, será objeto de la Ciencia Jurídica” (3); de manera que 
la diferencia entre ambas radica en el punto de vista -sea universal o 
par cular- que consideren al Derecho.
2.2.- Defi niciones de Filoso a del Derecho.- 
 El profesor Giorgio del Vecchio afi rma que, “La Filoso a Jurídica 
es una disciplina que defi ne al Derecho en su universalidad lógica, 
inves ga los orígenes y los caracteres generales de su desarrollo 
histórico y lo valora según el ideal de la jus cia trazado por la pura 
razón”(4).
 Victor Cathrein dice que, “la Filoso a del Derecho, estudia la esencia 
y el fundamento del Derecho natural y su relación con el Derecho 
posi vo”(5). 
 En los úl mos empos, Hans Kelsen reduce el contenido de la 
Filoso a del Derecho al tema é co valora vo, como el más propio 
y fundamental de esta disciplina. Para este pensador la Filoso a 
del Derecho ene como objeto específi co al problema de la Jus cia, 
y como la Jus cia es postulado de la Moral, esta disciplina es una 
rama de la Filoso a Moral o Filoso a Prác ca, a diferencia de la 
Teoría General del Derecho, cuyo objeto es el Derecho tal como es 
en los hechos y en la realidad social, como Derecho posi vo nacional 
e internacional. (6).
 El profesor colombiano A. Naranjo V., afi rma que esta disciplina se 
ocupa fundamentalmente de “examinar la noción de lo jurídicoy 
deducir de ahí los valores que le son propios”(7).
 El jurista mejicano Miguel Villoro T. la defi ne como: “El conocimiento 
de la razón humana, que penetrando hasta las úl mas causas del 
Derecho, inves ga su esencia y los valores propios de lo jurídico”(8).
La Filoso a del Derecho o Filoso a Jurídica, es para nosotros, la ciencia que 
estudia al Derecho par endo de un criterio universal y considerándolo 
20 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
desde sus postulados y valores fundamentales, como ser: la Jus cia y 
la Equidad, el Bien Común, la Cooperación y la Solidaridad, la Paz y el 
Orden; la Libertad y la Seguridad Jurídica y otros elementos axiológicos 
que inspiran a las normas jurídicas, para que estén a tono con la dignidad 
de la persona humana.
2.3.- Partes de la Filoso a del Derecho.- 
No existe unanimidad en cuanto a la división de la Filoso a Jurídica, en 
consecuencia, citaremos algunas expuestas por autores conocidos:
 
 El jurista Rudolf Stammler divide la Filoso a Jurídica en las siguientes 
partes por orden de importancia: (9).
 El Concepto del Derecho.
 La Idea del Derecho.
 El Origen del Derecho.
 La Técnica del Derecho y
 La Prác ca del Derecho.
 Giorgio del Vecchio, divide esta disciplina en: (10).
 Parte histórica, que con ene la Historia de la Filoso a del 
Derecho.
 Parte sistemá ca, que abarca las doctrinas centrales de la 
materia: La Lógica jurídica, la Fenomenología, y la Deontología 
Jurídica.
 Eduardo García Maynez explica que los temas fundamentales de 
esta disciplina se dividen en dos grupos: (11).
 Primero: la determinación del concepto de Derecho y el 
estudio de los conceptos jurídicos básicos. La denomina Teoría 
fundamental del Derecho.
 Segundo: estudia los valores que el orden jurídico posi vo 
debe realizar. Se denomina Axiología Jurídica, otros la llaman 
también, Teoría del Derecho Justo, o Es ma va Jurídica. 
21Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
2.3.1.- Los problemas fundamentales de la Filoso a del Derecho.- 
otros autores toman en cuenta los problemas fundamentales del 
Derecho reduciéndolos a tres:
 1°. El concepto o ser del Derecho; que es una cues ón lógica u 
ontológica.
 2°. La idea, el fi n o el valor del Derecho, apreciándolo como un 
tema más de conducta humana y regulación de la libertad de 
realización de dicha conducta. En este sen do, el Derecho viene 
a ser un tema de la É ca y de la Polí ca, a lo que Recaséns Sichés 
llama Es ma va Jurídica.
 3°. La realización del Derecho, problema que sinte za los 
anteriores, porque se fi ja en el cómo se orienta el Derecho 
Posi vo, para lograr el cumplimiento de sus fi nes y valores. Esta 
tercera cues ón estudia los fundamentos de la Técnica Jurídica 
para la realización del Derecho y su aplicación en la sociedad. 
(12) 
2.4.- Filoso a del Derecho y Derecho Natural.-
Al ser una disciplina buscadora de respuestas, la Filoso a del Derecho es 
en gran parte, el estudio del llamado Derecho Natural o Ius Naturale, que 
es la vocación natural de la condición humana hacia el ideal del Derecho: 
La Jus cia o “ lo justo”, encontrándola en un Derecho superior a toda ley 
escrita y a toda norma de relación social, que está en armonía con “ un 
orden natural, universal, superior y anterior a las leyes del Estado”(13). 
y que pertenece exclusivamente a la raza humana al no ser creación 
estatal. Para la mayoría de los iusnaturalistas el Derecho Natural está 
comprendido dentro de las normas de la É ca.
 
La Filoso a del Derecho nace como “Ius Naturale”, como teoría fi losófi ca 
con una tradición de 25 siglos, dentro del Derecho clásico griego y romano; 
porque fueron los escritores del Derecho Natural quienes iniciaron la 
ciencia que hoy se conoce como Filoso a del Derecho o Filoso a Jurídica, 
que desde sus primeros pasos trató de dar fundamento, unidad y armonía 
a todas las demás ciencias jurídicas: “y es que el Derecho Natural consiste 
en el estudio y la formulación de los principios supremos que han de 
22 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
informar la vida social en virtud de la naturaleza misma del hombre; por 
lo que es pues, una disciplina fi losófi ca”(14); sin embargo, en la actualidad 
Derecho Natural y Filoso a del Derecho no se confunden, sino que el 
primero es una parte fundamental de la segunda.
2.4.1.- Evolución del Derecho Natural.- La milenaria concepción 
iusnaturalista se ha dado desde que se formó la sociedad humana; así 
tenemos que:
 En el Periodo primi vo, aparece la creencia -sin mayor análisis ni 
elaboración doctrinaria-, de la existencia de una norma suprema 
de Jus cia que los hombres conocen, por estar inscrita en sus 
propias conciencias. También hay referencias a una ley natural 
en las an guas civilizaciones china, asiria, babilónica, egipcia y 
hebrea.
 En la Época clásica griega y romana, la concepción del Derecho 
natural se racionaliza y se opone crí camente al Derecho posi vo. 
Por regla general, su fundamento estaba en la propia divinidad 
o en una Ley universal que regía a todo lo existente, tanto en la 
naturaleza como en la sociedad.
 En la Edad Media, los nuevos valores espirituales y morales del 
Cris anismo, unidos a las grandes construcciones sistemá cas 
de la Filoso a escolás ca, confi eren al Derecho natural, un 
impulso nuevo y una sólida fundamentación racional sobre todo, 
teológica.
 A par r del Renacimiento aparece la llamada “Escuela Clásica 
del Derecho Natural”, cuyos elementos comunes son la rigidez 
de sus concepciones racionalistas, que se traduce en el afán 
de fundamentar el Derecho Natural en la razón, prescindiendo 
de cualquier otro factor -incluyendo la idea de Dios-; y la 
importancia que se le atribuyó a los derechos y libertades del 
individuo. Posteriormente, Guillermo Hegel en sus especulaciones 
fi losófi cas acerca del Derecho llamó “La ciencia fi losófi ca del 
Derecho”, a aquella que ene por objeto la idea del Derecho, o 
sea, el concepto del Derecho y su realización. (15). 
 En el período Contemporáneo, a par r del siglo XIX, por el auge 
de la Escuela posi vista, se suscitó una profunda depresión del 
23Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
pensamiento fi losófi co en general y de las ideas iusnaturalistas 
en par cular, las que solo fueron cul vadas por los pensadores 
cris anos.
 En el siglo XX, habiéndose superado el Posi vismo, se ha 
producido un asombroso resurgimiento de la an gua escuela 
del Derecho Natural que reaparece entre los más destacados 
fi lósofos que se ocupan de determinadas especialidades dentro 
Derecho posi vo, presentando las siguientes tendencias:
 El Iusnaturalismo tradicional católico de orientación 
neotomista, con Victor Cathrein, Heinrich Rommen, el Papa 
Pío XII, Jacques Maritain y otros.
 El Iusnaturalisno protestante, en sus variantes fi losófi ca y 
teológica con representantes como Hans Welzel, E. Schmidt, 
E. Spranger, E. Brunner, etc.
 El Iusnaturalismo fi losófi co, sin inspiración religiosa o 
“Derecho natural humanista”, en el que dis nguen variadas 
direcciones emergentes de las corrientes fi losófi cas actuales. 
Entre sus exponentes tenemos: Gustavo Radbruch. Giorgio 
Del Vecchio, Rudolf Stammler, Francisco Carnelu , Chris an 
Renard, Mauricio Hauriou, Edgar Bonnecase, Lino Rodríguez 
Arias, Edgar Bodenheimer, Luis Recaséns Sichés, Eduardo 
García Máynez, Miguel Reale y otros. (16).
 Todos los autores mencionados, además de otros, enen 
una preocupación común aunque presenten direcciones 
diversas: El Derecho Natural, sus problemas, su restauración 
y retorno, su vigencia y actualidad, su infl uencia en el Derecho 
Internacional, como fundamentación del Derecho Posi vo, 
como ideal, como sen miento de jus cia, etc.
2.4.2.- Ideas centrales de la concepcióntradicional del Derecho 
Natural.- La noción tradicional del Derecho Natural o Iusnaturalismo, 
se puede compendiar en los siguientes puntos:
 El Derecho Natural está comprendido dentro del campo de la 
Moral, en lo rela vo a la conducta social humana relacionada con 
la Jus cia y con el Bien Común, y sus principios están impresos 
en la conciencia del hombre.
24 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
 Al igual que la Moral, el Derecho Natural es inmutable e universal 
en sus principios, y sus exigencias proceden del orden meta sico 
de los seres, y no por imposiciones voluntarias y circunstanciales 
de los hombres.
 Sin embargo, puede ser cambiante en su aplicación, porque 
depende de la variabilidad de las circunstancias del lugar y 
 empo. Su aplicación corresponderá a las autoridades estatales 
cons tuidas legalmente, para dar nacimiento a lo que llamamos 
Derecho Posi vo. 
2.4.3.- El contenido y caracterís cas del Derecho Natural.- El Derecho 
Natural, recibe el nombre de “natural”, por considerársele conforme a la 
naturaleza. E. García Máynez, caracteriza a las doctrinas iusnaturalistas 
con la afi rmación común de que “el Derecho vale y, consecuentemente, 
obliga, no porque lo haya creado un legislador humano o tenga su 
origen en cualquiera de las fuentes formales, sino por la Bondad o 
Jus cia intrínsecas de su contenido”(17).
El Derecho natural está compuesto de aquellos principios y normas 
que rigen, -según el criterio formal de la Jus cia-, la conducta social 
de los hombres y que son conocidos -como afi rmaba Cicerón-, por la 
“recta razón escrita en todos los corazones”, al estar impresos en la 
naturaleza humana y conformarse al orden natural de las cosas. (18).
Los preceptos morales, que a la vez son principios fundamentales del 
Derecho Natural son: Dar a cada uno lo suyo, y no causar daño a nadie. 
De estas normas generales, se derivan otras normas de conducta como 
ser: No robar, no matar, no prestar falso tes monio, no faltar a lo 
contratado legalmente, etc.
2.4.4.- Argumentos fi losófi co-jurídicos que demuestra la existencia 
del Derecho Natural.-
 El consen miento universal, porque todos los hombres, en 
todas las épocas, y en todos los lugares, han creído y aceptado 
la existencia de una ley moral impuesta a la conciencia y a las 
relaciones interhumanas.
 Por su presencia en la legislación posi va de todos pueblos, y 
por la necesidad de dar base sólida al Derecho Posi vo.
25Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
 Por ser necesario para dar fundamento al orden jurídico 
internacional, que todavía carece de un sistema de normas 
posi vas, obligatorias para todos los Estados del planeta.
 Y como argumenta el iusfi lósofo Victor Cathrein, “por las 
consecuencias absurdas”, que se seguirían en la prác ca si se 
aceptara la hipótesis contraria. Si no hubiese un Derecho Natural, 
habrían leyes injustas y el poder del Estado sería ilimitado. Podría, 
pues, el soberano, disponer a su arbitrio de la vida, el honor y la 
propiedad de sus súbditos, y éstos tendrían que acatar cualquier 
ley regularmente dictada, por inicua ella que fuese. (19).
2.4.5.- Derecho Natural y Derecho Posi vo.- El Derecho Natural, como 
conjunto de normas universales reguladoras de la conducta humana, 
que son justas, eternas e inmutables; es diferente al conjunto de normas 
que reciben el nombre de Derecho Posi vo. El Derecho Posi vo es 
imperfecto, temporal y cambiante, y corresponde al sistema de normas 
emanadas de la autoridad competente y promulgadas conforme a los 
procedimientos legales imperantes en los diferentes Estados que las 
crean.
Sin embargo, el Derecho Natural, no puede ser un “Derecho ideal” ni 
tampoco Posi vo; sino una especie de “ley ordenadora”, presente a la 
capacidad racional y espiritual del ser humano, como elemento jurídico 
que mezclado con otros elementos de carácter histórico, polí co, 
sociológico y cultural en general, y moldeado por procedimientos de 
carácter jurídico-estatal se refl ejarán en el Derecho Posi vo. Otros 
autores le señalan la función de “parámetro de la realidad jurídica”(20), 
al dar sen do y legi midad a todo mandato vigente .
El Derecho Natural y el Derecho Posi vo, no cons tuyen dos instancias 
de Derecho separadas entre sí, porque los principios del Derecho 
Natural guiarán la labor tanto del legislador, como del juez. Al respecto 
podríamos comparar al Derecho con el ser humano como, “unión del 
cuerpo-mente y espíritu”. El “cuerpo”, viene a ser las ins tuciones 
del Derecho Posi vo y el “espíritu” que anima esas ins tuciones, serán 
los postulados (valores) del Derecho Natural como ser: La Jus cia, 
el Bien Común, la Seguridad Jurídica, la Paz, la Solidaridad, etc. “La 
caracterís ca del Derecho Natural será su aspiración a conver rse en 
Derecho Posi vo, buscando traducir en fórmulas o normas concretas, 
26 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
los principios que impone y por ello es el con nuo inspirador de la 
legislación para que, por medio de ésta se viertan a la vida prác ca sus 
dictados. Mientras el Derecho posi vo representa la estabilidad y el 
orden, el Derecho Natural señala el progreso (21) 
2.4.6.- Derecho Natural y Derechos de la Persona Humana.- El 
Derecho Natural como expresión de los principios básicos de Jus cia 
que rigen las relaciones humanas, determinan a su vez, las facultades 
y prerroga vas que a cada persona corresponden de acuerdo con el 
ordenamiento natural. Por el Derecho Natural, la persona humana 
dotada de inteligencia y voluntad, no podrá jamás ser tratada como 
un medio para las aspiraciones de los demás. Ya Manuel Kant había 
afi rmado que el hombre es un fi n en sí mismo, y que jamás debería 
ser un medio para los fi nes de otro. Asimismo, el Cris anismo desde 
sus orígenes predica la igualdad de todos los hombres ante Dios, al 
tener todos nosotros, naturaleza espiritual, que está por encima del 
mundo sico-natural. Para otros la doctrina iusnaturalista actual se 
podría redefi nir como una teoría de los “bienes humanos genuinos” 
que según John Finnis en su obra “Natural law and natural rights” 
defi ende la existencia de ciertos bienes humanos básicos como la vida, 
el conocimiento, la experiencia esté ca, la sociabilidad, la razonabilidad 
y la religión como una cues ón de interés primario que proporciona 
sen do a la vida humana (22) 
De lo anterior se colige que los derechos de la persona humana, 
descansan sobre la idea del Derecho Natural, especialmente, el principio 
de igualdad fundamental de los seres humanos. El mismo Derecho 
Natural que establece nuestros deberes fundamentales, nos asigna 
derechos fundamentales, derechos que se encuentran vinculados con 
los deberes de reconocimiento y respeto de los mismos, por parte de 
los demás y del Estado. 
En la Filoso a Jurídica actual el tema de los Derechos Humanos ene 
una relevancia especial y es abordado por todos los autores cualquiera 
que sea la postura doctrinal que adopten, porque quienes profesan 
el Iusnaturalismo encuentran en estos principios una adecuada 
manifestación de sus tesis, al concebirlos como facultades del sujeto 
asentadas en un ordenamiento superior, universal e intangible, que es 
lo da validez y universalidad a los Derechos Humanos frente al poder 
estatal.
27Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
2.5.- Filoso a y Filoso a Jurídica.- 
La Filoso a del Derecho es una especialización de la Filoso a general, por 
lo tanto, es una tenta va por explicar el fenómeno “derecho” dentro de 
una visión totalizadora del mundo social. Toda la noción de Derecho se 
funda en una fi loso a, porque que no ha habido ningún sistema fi losófi co 
digno de consideración que no tenga su correspondiente explicación 
de lo que es el Derecho y de lo que signifi ca en la vida del hombre,de 
los pueblos y de toda la civilización, por lo que podemos concluir que la 
Filoso a del Derecho nos enseña lo que es “la vida del Derecho”.
Muchos juristas actuales la denominan “Teoría fundamental del 
Derecho”, como disciplina cons tuida por aquella parte del Derecho 
general que responde a la pregunta referente a la “naturaleza, la 
esencia, el ser del Derecho”(23), para lo cual deberá también analizar 
las repercusiones producidas en el Derecho, por su vinculación con otros 
agentes determinantes de la organización social como ser: la moral, los 
usos sociales, la religión, el poder, la polí ca y la ac vidad estatal.
El estudio del Derecho no se circunscribe a un determinado nivel de 
conocimiento. Tal estudio es propio del que hace ciencia jurídica, y lo es 
también del que se adentra en el ámbito de la Filoso a Jurídica, y, dentro 
de cada nivel gnoseológico, son muchas y variadas las perspec vas que 
pueden adoptarse. Así, hay juristas que se conforman con el conocimiento 
necesario para poder ampliar el Derecho Posi vo vigente, conocimiento 
que se coloca en un nivel propiamente cien fi co. Pero los hay también, 
aquellos que sienten la necesidad de profundizar en el saber jurídico, 
rebasando el ámbito puramente cien fi co y esforzándose por alcanzar el 
plano iusfi losófi co. Aquellos juristas que pueden llamarse de ese modo 
peculiar – los iusfi lósofos -, son los que orientan sus inves gaciones hacia 
la comprensión del “Ser” del Derecho.
Su estudio también contribuye a la formación del criterio jurídico del 
estudiante de Derecho, para poder formarse pautas es ma vas superiores, 
señalando el valor y la fi nalidad de las leyes y los ideales y valores que ellas 
persiguen, para orientar la conducta de legisladores, jueces, abogados y 
de la sociedad en general, realizando la misión más noble del Derecho 
que es la de lograr armonía, progreso y bienestar social Hacemos nuestra 
28 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
la afi rmación de muchos pensadores del Derecho que dicen que : “No 
existe gran conquista de la humanidad en el sen do de la libertad y del 
progreso, que no se ligue al nombre de algún fi lósofo del Derecho”.
Notas bibliográfi cas y complementarias
1.- Terán, Juan M. (1998) “Filoso a del Derecho” Edición XIV°. Ed. Porrúa. México 
1998. p. 15
2.- Como cualquier otra disciplina fi losófi ca, la fi loso a del derecho ene por objeto 
el estudio y análisis racional y refl exivo del Derecho sus problemas y sus valores, 
frente a las ciencias posi vas incluyendo el derecho posi vo y sus ramas, que 
son saberes par culares y concretos; de ahí surge la difi cultad aparente de que la 
Filoso a Jurídica es una ciencia di cil, por lo general y abstracto de su ac tud de 
estudio frente al Derecho…sin embargo, podemos decir, que desde el momento en 
el que el estudiante se coloque al frente del objeto “derecho” zambulléndose en 
él y considerándolo en su expresión más general y universal, además de u lizar 
inicialmente el análisis refl exivo y la deducción como métodos, eliminaría la 
aparente difi cultad.
3.- Del Vecchio, Giorgio (1974) “Filoso a del Derecho” Ed. Bosch Barcelona- España, 
p. 276.
4.- Ibid. p. 279.
5.- Man lla P., Benigno (1996) “Filoso a del Derecho” Ed. Temis S.A. Bogota -Colombia 
p. 18.
6.- Díaz, Elías (1981) “Sociología y Filoso a del Derecho” Ed. Taurus S.A. Madrid-
España, pp. 238 239.
7.- Naranjo V., Abel (1992) “Filoso a del Derecho” Ed. Temis, Bogota-Colombia, p. 9
8.- Villoro T., Miguel (1994) “Introducción al estudio del Derecho” Ed. Porrúa, México, 
p. 143.
9.- Man lla P., Benigno ( cita a Stammler) ob. cit. p. 19.
10.- Del Vecchio, Giorgio (1974) ob. cit. pp. 275-282.
11.- García M., Eduardo (1997) “Filoso a del Derecho” Ed. Porrúa. Mexico p. 17.
12.- Lo que caracteriza al derecho es su des no como orden norma vo dirigido a regular 
conductas ciudadanas, su grado de obligatoriedad, su origen consuetudinario y su 
especial vinculación con la É ca, como ciencia norma va, por lo que es concebido 
como una relación estrecha de norma-conducta en sociedad. El análisis racional 
, metódico y crí co del fenómeno jurídico, vendrá después, desde el momento 
en que se aborda el conocimiento sistemá co del Derecho como una ciencia de 
carácter norma vo con una fi nalidad axiológica.
13.- Rodríguez A., Lino (1961) “Filoso a del Derecho” Ed. Claridad. Bs. As.-Argen na, 
p. 227.
14.- Rodríguez A., Lino (1961) “Filoso a del Derecho” Ed. Claridad. Bs. As.-Argen na, 
p. 227.
29Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
15.- Hegel, Guillermo (1987) “Filoso a del Derecho” Ed. Claridad, Bs.As.-Argen na, p 
39.
16.- Hubner G., Jorge (1994) ob. cit. p.269
17.- García M., Eduardo (1996) “Posi vismo jurídico, Realismo sociológico y 
Iusnaturalismo” Ed. Coyoacán S.A. México, p. 130.
18.- Villoro T., Miguel (1992) ob. cit. p. 8.
19.- Hubner G., Iván, cita a Catrhein (1994) ob. cit. pp. 273-274.
20.- Pacheco, Máximo (1984) “Teoría del Derecho” Ed. Jurídica de Chile-San ago, p. 
473.
21.- Pacheco, Máximo, (1984), ob. cit. p. 466.
22.- Jusfi lósofo australiano , profesor de la Univ. De Oxford, uno de los más notables 
defensores del lusnaturalismo en el presente, como representante le pensamiento 
jurídico anglosajón
23.- Fernández G., Antonio (1998) “Lecciones de Teoría del Derecho y Derecho Natural”, 
Ed. Universitarias S.A. España, p. 34.
30 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
31Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
3.1.- La Gnoseología o Teoría del Conocimiento.
3.1.1.- ¿Que es el conocimiento?.
3.1.2.- Caracterís cas del fenómeno “conocimiento”.
3.1.3.- Tipos de conocimiento.
3.1.3.1.- Conocimiento o saber vulgar.
3.1.3.2.- Conocimiento fi losófi co.
3.1.3.3.- Conocimiento cien fi co.
• Conocimiento pragmá co o técnico.
3.2.- Idea general de Ciencia
3.2.1.- Clasifi cación de las Ciencias.
3.2.1.1.- Ciencias Matemá cas.
3.2.1.2.- Ciencias Naturales.
3.2.1.3.- Ciencias Humanas.
3.3.- El Conocimiento del Derecho.
3.3.1.- El Derecho desde el punto de vista del Sujeto 
cognoscente.
3.3.1.1.- El Conocimiento co diano del Derecho.
3.3.1.2.- El Conocimiento pragmá co del Derecho.
3.3.1.3.- El Conocimiento cien fi co del Derecho.
3.3.1.4.- El Conocimiento fi losófi co del Derecho.
3.3.2.- El Derecho como Objeto del Conocimiento.
3.3.2.1.- El Derecho como objeto cultural.
3.3.2.2.- Acepciones o signifi cados de “Derecho”.
3.3.2.3.- Otras facetas del Derecho.
TEMA Nro. 3.-
DERECHO Y CONOCIMIENTO
32 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
3.1.- La Gnoseología o Teoría del Conocimiento.- 
La Gnoseología o Teoría del Conocimiento es, -como su nombre lo indica-, 
una teoría o interpretación fi losófi ca del conocimiento humano, que 
además de la Gnoseología, lo estudian otras disciplinas como: La Lógica, 
la Epistemología y la Psicología.
La Lógica estudia la validez formal del conocimiento, considerándolo 
como un conjunto de pensamientos -conceptos, juicios y razonamientos-, 
o estructuras mentales que enen determinadas reglas de validez formal 
sin referencia a su contenido. La Psicología, ene como ámbito el aspecto 
gené co del conocimiento o saber; es decir, su formación como proceso 
transcurrido dentro de un sujeto que piensa. La Epistemología, se ocupa 
de todas las cues ones rela vas al conocimiento de las diversas ciencias.
La Gnoseología se inicia como disciplina autónoma con los estudios 
de René Descartes (1596-1650); pero quien sistema zó esta rama del 
quehacer fi losófi co fue John Locke (1623-1704), con su libro “Ensayo 
sobre el Entendimiento Humano”, a fi nes del siglo XVII.
3.1.1.- ¿Qué es el Conocimiento?.- Conocer es aprehender o captar 
con las facultades intelectuales los entes o la realidad, sea sica o 
síquica, y así conver rlos en objetos de un acto de conocimiento.Todo 
acto de conocimiento supone siempre una relación entre sujeto y 
objeto. “Filosófi camente hablando, signifi cará aprehender (o captar) 
teóricamente el objeto, sus cualidades, sus modos, sus relaciones; en 
una palabra, poseer la verdad”(1). 
3.1.2.- Caracterís cas del fenómeno “conocimiento”.- Según el 
análisis hecho por el fi lósofo N. Hartmann, en forma simplifi cada 
dis nguimos en todo acto o fenómeno de conocimiento, las siguientes 
caracterís cas:
 Todo conocimiento ene tres factores que son: el Sujeto 
cognoscente, el Objeto a conocer y la relación entre sujeto y 
objeto.
 La relación que se establece, es más bien una “correlación”, pues 
cada factor es lo que es, en función del otro. Además, en cada 
33Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
acto de conocimiento, esta correlación no es reversible, es decir, 
no puede inver rse. Algunos autores la denominan “mutua 
dependencia”.
 El Sujeto cognoscente se enriquece, porque aprehende o capta 
algo más allá de sí mismo; es decir, aprehende un objeto 
“trascendente”. En cambio, al Objeto le es indiferente ser 
conocido o no serlo.
 El Sujeto no es en ningún momento, un sujeto pasivo; sino, al 
contrario, se comporta ac vamente al realizar determinada 
ac vidad de sus facultades cognosci vas.
 Sin embargo, en cierto modo, será el Objeto el que determina 
al sujeto, pues éste conoce sólo lo que el Objeto le da conocer. 
“En el objeto no surge nada nuevo, mientras que en el sujeto 
nace la conciencia del objeto con su contenido: la imagen del 
objeto”(2).
 Sujeto y objeto no se agotan en esta relación, porque ambos 
existen de dos maneras: como entes de un cierto estrato 
ontológico y como sujeto cognoscente y objeto conocido; en 
ambos casos sujeto y objeto son trascendentes (separados) 
entre sí.
Autores del presente, consideran que en el fenómeno del conocimiento 
se dan otras caracterís cas como ser: - que toda correlación cognosci va 
es histórica porque ambos factores -sujeto y objeto- están enclavados 
en un momento histórico que ene fi nes y mo vaciones propias de 
su empo. -La correlación es también de carácter social, ya que el ser 
humano vive en una comunidad que lo acoge y le brinda sus pautas.
3.1.3.- Tipos de Conocimiento.- Existen varios pos o grados de 
conocimiento, con caracterís cas específi cas que sin embargo se 
pueden coordinar entre sí de muchas formas; ellos son:
 Conocimiento o saber vulgar o co diano.
 Conocimiento cien fi co.
 Conocimiento fi losófi co.
34 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
Los tres pos de saber o conocimiento pueden referirse al mismo objeto, 
sin embargo cons tuyen tres maneras diferentes de enfocarlos.
3.1.3.1.- El conocimiento o saber vulgar.- Cronológicamente es la 
primera etapa, tanto en la vida de los hombres como en la vida de 
los pueblos (3), al ser anterior al conocimiento cien fi co.
El saber vulgar sirve de base a la vida co diana, el hombre lo posee 
para enfrentarse diariamente con el mundo que lo limita y le exije. 
Lo aprendemos dentro de la vida familiar y comunitaria, como parte 
de nuestro proceso de socialización, y en parte se manifi esta a través 
de lo que llamamos “sen do común”.
Es además, espontáneo, ingenuo, a-crí co, y a-metódico. También 
se caracteriza por ser empírico y generalmente interesado, al 
tener orientación par cular y personal, para la sa sfacción de las 
necesidades prác cas e inmediatas para el diario vivir tanto personal 
como socialmente. “Al no precisar de ninguna preparación especial 
para asimilar, conservar y u lizar con efi cacia los conocimientos 
adquiridos por esa vía, todos los hombres enen la posibilidad 
de acumular y emplear los conocimientos acerca de aquellos 
objetos con los cuales entran en relación directa en la ac vidad 
prác ca”(4).
3.1.3.2.- El conocimiento fi losófi co.- El conocimiento fi losófi co 
es racional, sistemá co, poco verifi cable, totalizador y brinda una 
problema zación constante del mundo, de la vida y del ser humano 
como centro de ellos. 
Viene a ser una explicación total de la realidad, que brinda una 
cosmovisión o concepción valora va del mundo. En lugar de dar 
respuestas -como las ciencias-, elabora preguntas. “Su verdad, 
a diferencia de la cien fi ca, dependerá de que explique concreta 
y actualmente el sen do plenario de la vida y cues one su 
trascendental proyecto de existencia”. (5).
3.1.4.3.- El conocimiento cien fi co.- El saber cien fi co, a diferencia 
de los anteriores “es absoluta y radicalmente especializado y está 
orientado con exclusividad a determinado sector de la realidad”(6). 
35Dra. María Cris na Valdivia Limpias
UNIDAD 1. FILOSOFIA Y FILOSOFIA DEL DERECHO
El conocimiento cien fi co es metódico, crí co, y empírico-racional. 
Siempre se refi ere a esferas o sectores determinados de la realidad, 
considerados desde puntos de vista diversos, buscando las causas 
de los fenómenos, para llegar a la formulación de leyes que los 
expliquen y pronos quen. Pero esto, en modo alguno signifi ca 
que las conclusiones del conocimiento cien fi co sean inmutables, 
sino, al contrario, aunque son opiniones jus fi cables y verifi cables, 
pueden estar sujetas a modifi cación: “Un cien fi co jamás está 
seguro de sus conclusiones, pues si ello ocurriera, destruiría uno de 
los pilares de su trabajo: la inves gación. Toda conclusión cien fi ca 
resulta, en este sen do mejorable, cambiable y perfec ble, lo que 
explica el avance casi lineal logrado por el hombre en algunas de sus 
ciencias”(7).
Actualmente el llamado conocimiento pragmá co o técnico, ha 
adquirido importancia fundamental en la ac vidad cien fi ca; este 
conocimiento es más centralizado y específi co, y ende siempre 
al empleo o manejo de objetos determinados y especializados 
que requieren de un estudio metódico y riguroso y un aprendizaje 
especial para su u lización correcta; de ahí su estrecha relación con 
el conocimiento cien fi co. El conocimiento técnico es verifi cable 
por las consecuencias o por el éxito logrado. El sujeto de este po 
de conocimiento es el técnico o experto; que en resumidas cuentas 
es también un cien fi co (8)
3.2.- La Ciencia. Idea general.-
La idea general de “Ciencia”, como modelo de todo saber propiamente 
dicho, es producto del pensamiento moderno, desde los siglos XVI y XVII. 
La Ciencia es el conocimiento que busca leyes para poder explicar la 
realidad. Cuando se hace “Ciencia” en sen do estricto, se debe encontrar 
y formular relaciones constantes entre los fenómenos, y son justamente 
las leyes (cien fi cas), las que expresarán esas conexiones regulares y 
constantes que permiten -por un lado-, explicar, y, -por el otro-, predecir 
hechos par culares y singulares de la realidad. (9).
El término “Ciencia” ene una comprensión mayor que la del 
conocimiento cien fi co, porque forma una parte de lo que genéricamente 
se denomina “Ciencia”. La Ciencia engloba además del inmenso caudal 
36 Dra. María Cris na Valdivia Limpias
FILOSOFIA DEL DERECHO
de conocimientos “verdaderos y probables, metódicamente fundados y 
sistemá camente organizados, con respecto a las esferas de objetos”(10), 
también a todas aquellas ins tuciones públicas y privadas, nacionales e 
internacionales o también gubernamentales, dedicadas a la inves gación 
cien fi ca. Comprende también a la Comunidad cien fi ca como ser: 
inves gadores, editores cien fi cos, periodistas especializados, docentes, 
metodólogos, técnicos, etc. Además, la palabra “Ciencia”, ene varios 
sen dos: El más amplio se refi ere al conocimiento de cada época histórica, 
conocimiento que ha sido fundamentado y avalado por determinadas 
ins tuciones cien fi co-fi losófi cas ubicadas en un contexto determinado 
en cuanto a empo y lugar.
El sen do más preciso, es el referido al conocimiento surgido entre

Continuar navegando