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UNIVERSIDAD IVES XALAPA LICENCIATURA: ADMINISTRACIÓN DE EMPRESA MATERIA: PLANEACION DE RECURSOS HUMANOS TRABAJO: Alta al INFONAVIT L.A.E. MARÌA CRISTINA GARCÌA SÀNCHEZ ALUMNO: SARAI GUADALUPE RIVERA OLARTE Núm. Tarea____21______ Fecha 26/06/2021 Calif.10 NOMBRE DE ACTIVIDAD ALTA AL INFONAVIT Para la empresa COCA-COLA FEMSA es muy importe dar de alta tanto como el IMSS E INFONAVIT desde el momento que el trabajador entra a laborar en la empresa, ya que la ley marca que los patrones están obligado a darse de alta a los 5 días hábiles del inicio de la primera relación laboral, en caso de qué no lo sea podemos tener una multa del IMSS E INFONAVIT. · Multa IMSS: De 20 a 350 VSMGDF (De $1,246.60 a $21,815.50) (Arts. 304-A, fracción I y 304-B, fracción IV, LSS). · Multa Infonavit: De 301 a 350 VSMGDF (De $18,761.33 a $21,815.50) (Arts. 6o, fracción I y 8o, fracción V, RIM). · Multa IMSS: De 20 a 350 VSMGDF (De $1,246.60 a $21,815.50) (Arts. 304-A, fracción II y 304-B, fracción IV LSS. Como patrón es mi obligación afiliar a los trabajadores al IMSS E INFONAVIT para darles la prestación de seguridad social, sistema de ahorro para el retiro y la posibilidad de obtener un crédito para una vivienda. Conclusión Como gerente de COCA-COLA FEMSA es mi obligación dar de alta ante el IMSS E INFONAVIT al trabajador después de 5 días hábiles que empezó a laborar en nuestra empresa, ya que el empleado puede gozar las prestaciones de ley como el seguro social (que los ampara en caso de tener un accidente laboral y el bienestar de su familia), sistema de ahorro para su retiro y la posibilidad de obtener un crédito para una vivienda. Bibliografía https://archivos2021.aulaescolar.net:2053/download.php?usuario=202010107&tipousuario=alumno&apikey=186|5f0453f78909173a7ce2eb874d2a7f52&id_file=60d5def601c0796bf46caf92&id_curso=2793&id_operacion=1&id_actividad=8&force_download=1
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