Logo Studenta

acu-2004-004

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
ACUERDO No. 004
(Septiembre 27 de 2004)
"Por medio de la cual se crea el programa de Prestamos Estudiantiles y la
fuente de financiación para su funcionamiento"
El Consejo Superior Universitario de la Universidad Distrital Francisco José de
Caldas en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO
Que la ley 30 de 1992, establece como objetivo de la educación superior y de sus
instituciones, el prestar a la comunidad un servicio con calidad, el cual hace
referencia a los resultados académicos a los medios y procesos empleados, a la
infraestructura institucional, a las dimensiones cualitativas y cuantitativas del
mismo y a las condiciones en que se desarrolla cada institución.
Que la ley 30 de 1992 en su capítulo VI "Autonomía de las Instituciones de
Educación Superior." artículo 28, define: "La autonomía universitaria consagrada
en la Constitución Política de Colombia y de conformidad con la presente ley,
reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos,
designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y
desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas,
académicas. docentes científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes,
seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus
correspondientes regímenes y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el
cumplimiento de su misión social y de su función institucional."
Que el Estatuto Estudiantil vigente (Acuerdo 027 de diciembre 23 de 1993 del
Consejo Superior Universitario) en el artículo 98 establece que la universidad
según sus posibilidades financieras, tiene un programa de préstamo de matricula
para estudiantes de escasos recursos, el cual es administrado por un comité de
prestamos estudiantiles, adscritos a la Vicerrectoría. La universidad puede realizar
convenios con instituciones públicas y privadas con este fin. El Consejo
Académico reglamentará la composición y funcionamiento del comité de
prestamos estudiantiles.
c~ SUperIor Unl\Wslark)
Acuerdo No.OO4de 2004
Hoja No .2
Que el Consejo Superior Universitario conforme al Acuerdo No 003 de abril 8 de
1997 artículo 14, tiene a su cargo "...m. Definir politicas y programas de
Bienestar Universitario y organizar mediante mecanismos de administración
directa o fiduciaria, sistemas de becas, subsidios y créditos estudiantiles."
Que en merito de lo anteriormente expuesto este cuerpo colegiado;
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO. Crear el programa de prestamos estudiantiles de la
Universidad Distrital Francisco José de Caldas, como política de bienestar y
cumplimiento de la misión social e institucional.
ARTICULO SEGUNDO. Crear el Comité de préstamo estudiantil de la Universidad
Distrital Francisco José de Caldas como un órgano de cumplimiento de la misión
social e institucional.
ARTICULO TERCERO. Facultar al Consejo Académico de la Universidad Distrital
Francisco José de Caldas para reglamentar el comité de prestamos estudiantiles,
su composición y funcionamiento.
ARTICULO CUARTO. Fuentes de financiación. las fuentes de financiamiento
de los recursos para los prestamos estudiantiles provendrán de los recursos de
Bienestar Institucional, creando para el efecto la subcuenta: PRESTAMOS
ESTUDIANTilES. con el Código 3.1.2.02.99.07.001
PARÁGRAFO PRIMERO. Para financiar los prestamos a que hace referencia el
artículo anterior se tomará como base el quince por ciento (15%) del total al que
hace referencia el artículo 118 de la ley 30 de 1992.
Consejo Superior Universitario
Acuerdo No. 004 de 2004
Hoja No.3
PARÁGRAFO SEGUNDO. Autorícese al señor redor para hacer las
modificaciones presupuesta les necesarias que permitan dar cumplimiento al
parágrafo primero del presente artículo.
El presente Acuerdo rige a partir de su expedición, y deroga las normas que le
sean contrarias.
PUBLlQUESE y CUMPLASE
Dado en Bogotá D. C a los veintitrés (23) días del mes de septiembre de dos mil
cuatro (2004).
\
'y,-'Ctó ~n~l Cál:~r~s C.i~r~
:lI~bio 1{,lIIg~1 [{1m

Otros materiales