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Fortalecimiento en la 
estructura 
organizacional de 
cooperativas en el 
marco de la economía 
solidaria 
Escuela de economía solidaria 
Semillero Vestigium 
Facultad de Ciencias Empresariales 
Programa de Administración de empresas 
Directora: Ana María Torres 
 
Karen Julieth Velásquez Gamboa 
Camila Andrea Agudelo Linares 
Angie Delgado Cuellar 
 
 
1 
 
 
 
Presentación………………………………………………………………………….2 
1. Objetivos……………………………………………………………………........3 
1.1 Objetivo general………………………………………………………….3 
1.2 Objetivos específicos………………............................................3 
2. Metodología……………………………………………………………………….4 
3. Marco general de la Economía Solidaria………………………………..5-6 
3.1 Economía Solidaria……………………………………………………..5 
3.2 Antecedentes de la Economía Solidaria………………................6 
3.3 Principios solidarios……………………………………………………7 
3.4 Valores…………………………………………………………………….8 
3.5 Derechos y deberes……………………………………………………..9 
3.6 Tipos de cooperativas…………………………………………………….10 
4. Marco normativo de la economía Solidaria………………………………11 
4.1 Leyes 454 de 1998 y 79 de 1988………………………….…………11 
4.2 Entidades de apoyo……………………………………………………12 
5. Estructura organizacional………………………………………...............13 
5.1 Organigrama.…………………………………………………………..13 
5.2 La administración y vigilancia. Ley 79/ 88…………………13-19 
5.2.1 Asamblea General…………………………………………….13-15 
5.2.2 Consejo de Administración……………………………………...16 
5.2.3 Gerente………………………………………………………………16 
5.2.4 Junta de Vigilancia…………………………………………...16-17 
5.2.5 Revisor Fiscal……………………………………………………….17 
5.2.6 Comités……………………………………………………………...18-19 
6. Talleres de aplicación…………………………………………………….20-25 
7. Bibliografía………………………………………………………………………26 
 
Índice 
2 
 
 
 
 
El presenten documento, se realizó para reforzar y otorgar a integrantes de 
organizaciones de economía solidaria, la información relevante y precisa 
relacionada con la economía solidaria y cooperativismo en Colombia, 
ofrecida en las capacitaciones, para que de esta manera se apropien del 
conocimiento y a si mismo sea puesto en práctica y además permita 
fortalecer la estructura organizacional de estas entidades. 
 
La importancia de desarrollar este tipo de cartillas como forma de apoyo, es 
el de contribuir con el desarrollo, crecimiento y formalización de nuevas 
organizaciones de economía solidaria. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Presentación 
3 
 
 
 
1.1 OBJETIVO GENERAL 
 
Otorgar herramientas conceptuales y normativas, que permitan el acceso al 
aprendizaje en el marco de la Economía Solidaria por parte de quienes estén 
interesados en fortalecer la estructura organizacional de sus organizaciones. 
 
1.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 
Los lectores podrán: 
 
 Identificar y entender criterios, valores y principios en el marco de la 
Economía Solidaria y cooperativismo. 
 Conocer el marco legal de la Economía Solidaria y Cooperativismo. 
 Conocer la estructura organizacional de las cooperativas, como mecanismo 
de participación de los asociados. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2. objetivos 
4 
 
 
 
La capacitación es utilizada como estrategia pedagógica, enmarcada en la 
participación y el desarrollo de talleres que apoyen el proceso de aprendizaje 
a los participantes. Según Gore (1998) que la capacitación es “un agente 
de cambio y de productividad en tanto sea capaz de ayudar a la gente a 
interpretar las necesidades del contexto y a adecuar la cultura, la estructura 
y la estrategia (en consecuencia el trabajo) a esas necesidades.” De este 
modo se obtienen beneficios como el aumento en la productividad y un 
mejor ambiente de trabajo dentro de la misma, además, y no menos 
importante, aporta al desarrollo humano del trabajador y territorial del país. 
Adicionalmente, este proceso requerirá un grupo de capacitadores, quienes 
manejen los temas de Economía Solidaria, cooperativismo y la estructura 
organizacional de las cooperativas. Como apoyo a este punto, se diseñan 
instrumentos guías para el seguimiento a las temáticas y la realización de 
talleres individual y grupal, como parte del proceso de aprendizaje de 
quienes participan en dichas capacitaciones. 
Esta cartilla está dividida en cuatro (4) partes los cuales se desarrollan a 
partir de procesos de capacitación específica, conceptualización y análisis 
ahora definiremos en qué consiste cada uno de estos procesos: 
Capacitación específica y humana: es el procedimiento de formación 
metódica para que los miembros de una organización sean formados con 
respecto a la obtención de habilidades y actitudes en pro del cumplimento 
de objetivos. 
Adiestramiento: se realiza para la obtención de habilidades y aptitudes por 
parte del trabajador, para lograr aumentar la eficiencia en las funciones 
desarrolladas en su cargo. 
Conceptualización: Este proceso permite trabajar los temas a partir del 
conocimiento de los (as) participantes para luego enriquecerlo con el texto 
de la cartilla. 
Análisis: En el proceso de aprendizaje es de gran importancia no dejar el 
trabajo de conceptualización en un ejercicio únicamente reflexivo - 
informativo, sino extenderse hacia el análisis para tener mayores elementos 
de juicio respecto a los temas tratados. 
 
2. Metodología 
5 
 
 
 
 
3.1 ECONOMÍA SOLIDARIA 
 
Según la Ley 458 de 1998, en su artículo 2, define la economía solidaria 
al sistema socioeconómico, cultural y ambiental conformado por el conjunto 
de fuerzas sociales organizadas e formas asociativas identificadas por 
prácticas autogestionarias solidarias, democráticas y humanistas, sin 
ánimo de lucro para el desarrollo integras del ser humano como sujeto, actor 
y fin de la economía solidaria. 
 
3.2 ANTECEDENTES DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA 
 
La economía solidaria nace gracias al mutualismo, ya que es un mecanismo 
concebido por los hombres, para obtener bienes y servicios con ayuda 
mutua y además para intervenir en el progreso económico e impulsar el 
desarrollo integral del ser humano; más adelante aparece otro tipo de 
organización de la economía solidaria, las cooperativas. 
 
Un grupo de ingleses en 1844 al encontrarse frustrados por las pocas y 
carentes oportunidades en cuanto a las condiciones laborales y el 
incrementos en la remuneración, resolvieron constituir la primera 
organización solidaria, al principio estaba conformado por 28 personas de 
los cuales solo había una mujer, a través de reuniones idearon un almacén 
cooperativo establecido con los recursos de todos los integrantes, además 
del ahorro individual que se fijó por cada persona, más adelante la 
cooperativa llego a estar conformada por 40 asociados, porque tuvieron la 
posibilidad de rentar un local el 21 de diciembre de 1844. 
 
 
En cuanto al continente Americano y en especial para Colombia, las 
organizaciones de asociativas y de ayuda mutua, tuvo un panorama 
diferente debido a que las comunidades indígenas y las afrocolombianas se 
encontraban en las siguientes etapas de trabajo comunitario: 
 
 MINGA: desarrollo del trabajo en colectivo para beneficiar a la 
comunidad en general. (MINGA significa compromiso para un trabajo 
entre la persona y el que necesita el servicio). 
 CONVITE: todos participan en el trabajo para beneficiar a uno. 
(CONVITE significa ofrecer algo a alguien de manera voluntaria). 
 MANO PRESTADA: Trabajo del grupo o del colectivo en la tierra de 
otro que es retribuido en la tierra de otro. 
 3. Marco general de la economía solidaria 
6 
 
 FAEBA: aportar jornadas de trabajo de medio para el beneficio de la 
comunidad. 
 WAKY: sistema en el que el colectivo se organiza para cultivar semillas 
de propiedad común, donde se divide la cosecha por surcos. 
 AYNI: conocer horas de trabajo agrícola, que se cancelan 
posteriormente. (ANYI significa cooperar y ser solidario en quechua). 
 PASANAKU: fondo de ahorro humanitario para calamidades. 
(PASANAKUsignifica rotación en quechua). 
Ahora bien en el año 1904 el General Rafael Uribe y en 1916 Benjamín 
Herrera quien era Ministro de Agricultura, respaldaron el sector cooperativo 
con planes para promover la producción agropecuaria, más adelante en 
1920 el padre Adán Puerto divulgo y promovió ideas cooperativas y de ayuda 
mutua, es por ello que la Iglesia Católica, recauda fondos de auxilio mutuo, 
cooperativas y pre cooperativas. 
 
Para 1960 y 1975 se afianzaron las cooperativas, organizaciones mutuales, 
pre cooperativas y fondos de empleados. Así mismo en 1960 y 1970 los 
sindicatos laborales fomentaron e impulsaron el cooperativismo para 
obtener mejores beneficios monetarios. 
 
Ahora bien con los cambios políticos de la época CONES (Consejo Nacional 
de la Economía Solidaria) como promotor de la economía solidaria y 
DANCOOP (Departamento Nacional de Cooperativas) establecieron el 
concepto de Economía Solidaria, los derechos, deberes, principios, fines, a 
nivel nacional. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7 
 
 
 
 
 
Artículo 4º la ley 454 de 1998 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PRINCIPIOS 
SOLIDARIOS
• El ser humano, su trabajo y sus mecanismos de 
cooperación tienen prioridad sobre los medios de 
producción.
• Espíritu de solidaridad, cooperación, participación 
y ayuda mutua.
• Administración democrática, participativa, 
autogestionaria y emprendedora. 
• Adhesión voluntaria, responsable y abierta.
• Propiedad asociativa y solidaria sobre los medios 
de producción.
• Participación económica de los asociados, en 
justicia y equidad. 
• Formación e información para sus miembros, de 
manera permanente, oportuna y progresiva. 
• Autonomía, autodeterminación y autogobierno. 
• Servicio a la comunidad. 
• Integración con otras organizaciones del mismo 
sector. 
• Promoción de la cultura ecológica.
3.3 PRINCIPIOS SOLIDARIOS 
 
8 
 
 
 
3.4 VALORES 
 
 
 
 
VALORES
Responsabilidad
Autogestión
Igualdad
Cooperación
Ayuda MutuaDemocracia 
Honestidad
Transparencia
Equidad
9 
 
3.6 Tipos de cooperativas 
 
 
 
 Ley 79 de 1988 Artículos 61, 62, 63 y 64 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Especializadas
•Son las que se organizan 
para atender una 
necesidad específica, 
correspondiente a una 
sola rama de actividad 
económica, social o 
cultural.
•Estas cooperativas 
podrán ofrecer servicios 
diferentes a los 
establecidos en su objeto 
social, mediante la 
suscripción de convenios 
con otras entidades 
cooperativas.
Multiactivas
•Son las que se organizan 
para atender varias 
necesidades, mediante 
concurrencia de servicios 
en una sola entidad 
jurídica.
•Los servicios deberán ser 
organizados en secciones 
independientes, de 
acuerdo con las 
características de cada 
tipo especializado de 
cooperativa.
Integrales
•Son aquellas que en 
desarrollo de su objeto 
social, realicen dos o más 
actividades conexas y 
complementarias entre 
sí, de producción, 
distribución, consumo y 
prestación de servicios.
10 
 
3.5 Derechos y deberes de los asociados 
 
Ley 79 de 1988, Artículo 23 Ley 79 de 1988, Artículo 24 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Derechos
1. Utilizar los servicios de la cooperativa y 
realizar con ella las operaciones propias de 
su objetivo social.
2. Participar en las actividades de la 
cooperativa y en su administración 
mediante el desempeño de cargos sociales.
3. Ser informado de la gestión de la 
cooperativa de acuerdo con las 
prescripciones estatutarias.
4. Ejercer actos de decisión y elección en 
las asambleas generales.
5. Fiscalizar la gestión de la cooperativa.
6. Retirarse voluntariamente de la 
cooperativa.
El ejercicio de los derechos estará 
condicionado al cumplimiento de los 
deberes. 
Deberes
1. Adquirir conocimiento sobre los 
principios básicos del cooperativismo, 
características del acuerdo cooperativo y 
estatutos que rigen la entidad.
2. Cumplir las obligaciones derivadas del 
acuerdo cooperativo.
3. Aceptar y cumplir las decisiones de los 
órganos de administración y vigilancia.
4. Comportarse solidariamente en sus 
relaciones con la cooperativa y con los 
asociados de las mismas.
5. Abstenerse de efectuar actos o de 
incurrir en omisiones que afecten la 
estabilidad económica o el prestigio social 
de la cooperativa. 
11 
 
 
4.1 Leyes 454 de 1998 y 79 de 1988 
LEYES CONCEPTO OBJETIVOS 
Ley 79 de 1988 
cooperativismo 
 
 
 
El propósito de la presente Ley es 
dotar al sector cooperativo de un 
marco propicio para su desarrollo 
como parte fundamental de la 
economía nacional. 
 
Artículo 4º. Es cooperativa la 
empresa asociativa sin ánimo de 
lucro, en la cual los trabajadores 
o los usuarios, según el caso, son 
simultáneamente los aportantes y 
los gestores de la empresa, creada 
con el objeto de producir o 
distribuir conjunta y 
eficientemente bienes o servicios 
para satisfacer las necesidades de 
sus asociados y de la comunidad 
en general. 
 
 
 
1. Facilitar la aplicación y práctica de la doctrina y los 
principios del cooperativismo. 
2. Promover el desarrollo del derecho cooperativo como 
rama especial del ordenamiento jurídico general. 
3. Contribuir al fortalecimiento de la solidaridad y la 
economía social. 
4. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la 
democracia, mediante una activa participación. 
5. Fortalecer el apoyo del Gobierno Nacional, 
departamental y municipal al sector cooperativo. 
6. Propiciar la participación del sector cooperativo en el 
diseño y ejecución de los planes y programas de 
desarrollo económico y social, y 
7. Propender al fortalecimiento y consolidación de la 
integración cooperativa en sus diferentes 
manifestaciones. 
Una empresa asociativa no tiene ánimo de lucro, 
cuando cumpla los siguientes requisitos: 
 1. Que establezca la irrebatibilidad de las 
reservas sociales y en caso de liquidación, la del 
remanente patrimonial. 
 2. Que destine sus excedentes a la prestación 
de servicios de carácter social, al crecimiento de 
sus reservas y fondos, y a reintegrar a sus 
asociados para los mismos en proporción al uso 
de los servicios o a la participación en el trabajo 
de la empresa, sin perjuicio de amortizar los 
aportes y conservarlos en su valor real. 
 
 
 
 
 
 
 
 
Ley 454 de 1998 
Economía solidaria 
 
Se determina el marco conceptual 
que regula la economía solidaria, 
se transforma el Departamento 
Administrativo Nacional de 
Cooperativas en el Departamento 
Nacional de la Economía 
Solidaria, se crea la 
Superintendencia de la Economía 
Solidaria, se crea el Fondo de 
Garantías para las Cooperativas 
Financieras y de Ahorro y Crédito, 
se dictan normas sobre la 
actividad financiera de las 
entidades de naturaleza 
cooperativa y se expiden otras 
disposiciones. 
 
1. Promover el desarrollo integral del ser humano. 
2. Generar prácticas que consoliden una comente (sic) 
vivencias de pensamiento solidario, crítico, creativo y 
emprendedor como medio para alcanzar el desarrollo 
y la paz de los pueblos. 
3. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la 
democracia participativa. 
4. Participar en el diseño y ejecución de planes, 
programas y proyectos de desarrollo económico y 
social. 
5. Garantizar a sus miembros la participación y acceso 
a la formación, el trabajo, la propiedad, la 
información, la gestión y distribución equitativa de 
beneficios sin discriminación alguna. 
 4. Marco normativo de la economía solidaria 
12 
 
4.2 Entidades de apoyo 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Entidades
FONES (Fondo de Fomento 
de la Economía Solidaria)
Otorga planes 
fianciamiento para 
proyectos en pro de 
organizaciones solidarias 
Unidad Administrativa 
Especial de OrganizacionesSolidarias
Diseñar, adoptar, dirigir, 
coordinar y ejecutar los 
programas y proyectos para 
la promoción, planeación, 
protección, fortalecimiento 
y desarrollo de las 
organizaciones solidarias, 
de conformidad con la 
política formulada por el 
Ministerio de Trabajo. 
SUPERSOLIDARIA 
(Superintendencia de la 
Economía Solidaria) 
Ente de control, supervisa 
que el fin socieconomico de 
las organizaciones de 
economia solidria no sea 
lucrativo y protege los 
intereses de los asociados. 
CONES (CONSEJO 
NACIONAL DE ECONOMÍA 
SOLIDARIA) 
formula y coordina, a nivel 
nacional, las políticas, 
estrategias, planes, 
programas y proyectos 
generales pertinentes al 
sistema de la Economía 
Solidaria.
Ley 454 de 1998 
Artículo 20º 
Ley 454 de 1998 
Artículo 23º 
Ley 1444 de 2011 
Artículo 18º 
Ley 454 de 1998 
Artículo 35º 
Taller 1. Cifrado francmasón (Pág. 20) 
13 
 
 
 
 
 
5.1 Organigrama 
 
Imagen1. Fuente propia (2016). Organigrama cooperativa 
 
 
 
5.2 La administración y vigilancia. Ley 79/ 88. 
La administración de las cooperativas está en función de la asamblea 
general, el consejo de administración y el gerente. Artículo 26. 
 5.2.1 Asamblea general 
Es el área suprema de administración en las cooperativas, por tanto sus 
determinaciones deben ser obedecidas por todos los asociados, conforme 
con las normas y reglas legales, establecidas. De la misma manera de 
encuentra integrada por los asociados aptos y designados. Artículo 27. 
Es preciso enunciar el Parágrafo del anterior articulo enunciado, donde se 
estable que “Son asociados hábiles, para efectos del presente artículo, los 
inscritos en el registro social que no tengan suspendidos sus derechos y se 
5. Estructura organizacional 
14 
 
encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de acuerdo 
con los estatutos o reglamentos.” 
Esto anterior se apoya con el Artículo 29. Los estatutos podrán establecer 
que la asamblea general de asociados sea sustituida por asamblea 
general de delegados, cuando aquella se dificulte en razón del número de 
asociados que determinen los estatutos, o por estar domiciliado en 
diferentes municipios del país, o cuando su realización resultare 
desproporcionadamente onerosa en consideración a los recursos de la 
cooperativa. El número mínimo de delegados será de veinte (20). 
En este evento los delegados serán elegidos en el número y para el período 
previsto en los estatutos y el consejo de administración reglamentará el 
procedimiento de elección, que en todo caso deberá garantizar la adecuada 
información y participación de los asociados. 
A la asamblea general de delegados le serán aplicables, en lo pertinente, las 
normas relativa a la asamblea general de asociados. 
Por otro lado las reuniones de asamblea general deben ser ordinarias 
cuando son llevadas a cabo en los tres primeros meses del año para 
desarrollar las actividades normales excluyendo a las entidades de 
integración que las realizan en los 4 primeros meses del año y 
extraordinarias se pueden celebrar en cualquier momento del año debido 
a imprevistos que se pueden presentar antes de la siguiente asamblea. 
Enunciado en el Artículo 28. 
Estas asambleas son convocadas por el consejo administrativo quienes fijan 
fecha el lugar y hora para la reunión, pero la junta de vigilancia, el revisor 
fiscal, o un quince por ciento (15%) mínimo de los asociados, tendrán el 
derecho de pedir la citación de una asamblea general extraordinaria. según 
el Artículo 30. 
La citación se realiza a asociados hábiles o delegados elegidos, como se ha 
establecido en los estatutos y la junta de vigilancia es quien comprueba el 
grupo de asociados hábiles e inhábiles y su vínculo lo que será difundido 
entre todos integrantes de la cooperativa. 
El Artículo 31. Establece que “la asistencia de la mitad de los asociados 
hábiles o de los delegados convocados constituirá quórum para deliberar y 
adoptar decisiones válidas; si dentro de la hora siguiente a la convocatoria 
no se hubiere integrado este quórum, la asamblea podrá deliberar y adoptar 
decisiones válidas con un número de asociados no inferior al diez por 
ciento (10%) del total de los asociados hábiles, ni al cincuenta por ciento 
(50%) del número requerido para constituir una cooperativa. En las 
15 
 
asambleas generales de delegados el quórum mínimo será el cincuenta por 
ciento (50%) de los elegidos y convocados. 
Una vez constituido el quórum, éste no se entenderá desintegrado por el 
retiro de alguno o algunos de los asistentes, siempre que se mantenga el 
quórum mínimo a que se refiere el inciso anterior.” 
Las decisiones son tomadas a través de votos, para “las reformas de 
estatutos, según el Artículo 32. Para “la fijación de aportes extraordinarios, 
la amortización de aportes, la transformación, la fusión, la incorporación y 
la disolución para liquidación, se requerirá el voto favorable de las dos 
terceras partes de los asistentes.” 
 Para ello cada asociado debe aportar un solo voto, sin derecho a delegar el 
voto, y las personas jurídicas deben disponer de un representante, para la 
participación en las asambleas. Según el Artículo 33. 
 
 
 
 
Ley 79 de 1988 Artículo 3º 
 
 
•Funciones
1. Establecer las políticas y 
directrices generales de la 
cooperativa para el cumplimiento 
del objeto social.
2. Reformar los estatutos.
3. Examinar los informes de los 
órganos de administración y 
vigilancia.
4. Aprobar o improbar los estados 
financieros de fin de ejercicio.
5. Destinar los excedentes del 
ejercicio económico conforme a lo 
previsto en la ley y los estatutos.
6. Fijar aportes extraordinarios.
7. Elegir los miembros del consejo 
de administración y de la junta de 
vigilancia.
8. Elegir el revisor fiscal y su 
suplente y fijar su remuneración.
16 
 
 5.2.2 Consejo de administración 
El consejo administrativo es el miembro administrativo, que asegura el 
desarrollo del objeto social, es el área subalterna o subordinada de las 
decisiones y reglamentos de la asamblea general, en cuanto al número de 
personas que harán parte de este y funciones son establecidas en el 
estatuto. Artículo 35. 
Por otra parte en el Artículo 36. Se fija que “Cuando una persona natural 
actúe en la asamblea general en representación de una persona jurídica 
asociada en la cooperativa y sea elegida como miembro del consejo de 
administración, cumplirá sus funciones en interés de la cooperativa; en 
ningún caso en el de la entidad que representa.” 
 
 5.2.3 Gerente 
El gerente es quien representa legalmente a la cooperativa y es quien 
efectúa las decisiones tomadas en la asamblea general y del consejo de 
administración, es nombrado por el consejo. Artículo 37 
Es de importante mencionar que el gerente no resulta perjudicado por el 
control realizado por el estado a la cooperativa, para ello cuenta con la junta 
de vigilancia y un revisor fiscal. Artículo 38. 
 
 5.2.4 Junta de vigilancia 
La junta de vigilancia debe estar conformada por máximo tres asociados, 
para quienes se nombra un suplente el tiempo de duración y retiro del cargo 
depende de lo pactado en los reglamentos. Artículo 39. 
Las funciones de la junta de vigilancia se encuentran fijadas en Artículo 40 
de la siguiente manera: 
1. Velar porque los actos de los órganos de administración se ajusten a las 
prescripciones legales, estatutarias y reglamentarias y en especial a los 
principios cooperativos. 
2. Informar a los órganos de administración, al revisor fiscal y al 
Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas sobre las 
irregularidades que existan en el funcionamiento de la cooperativa y 
presentar recomendaciones sobre las medidas que en su concepto deben 
adoptarse. 
17 
 
3. Conocer los reclamos que presten los asociados en relación con la prestación 
de los servicios, transmitirlos y solicitar los correctivos por el conducto 
regular y con la debidaoportunidad. 
4. Hacer llamadas de atención a los asociados cuando incumplan los deberes 
consagrados en la ley, los estatutos y reglamentos. 
5. Solicitar la aplicación de sanciones a los asociados cuando haya lugar a ello, 
y velar porque el órgano competente se ajuste al procedimiento establecido 
para el efecto. 
6. Verificar la lista de asociados hábiles e inhábiles para poder participar en 
las asambleas o para elegir delegados. 
7. Rendir informes sobre sus actividades a la asamblea general ordinaria, y 
8. Las demás que le asigne la Ley o los estatutos, siempre y cuando se refieran 
al control social y no correspondan a funciones propias de la auditoría 
interna o revisoría fiscal, salvo en aquellas cooperativas eximidas de revisor 
fiscal por el DANCOOP. 
 
 5.2.5 Revisor fiscal 
El revisor fiscal es quien vela por los libros contables, realiza control de 
los bienes, firma los balances contables y además es quien pone en evidencia 
las irregularidades a través de informes, debe tener un suplente, con 
conocimientos en contaduría pública y que posean una matrícula, aunque 
el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas puede darle la 
potestad a las cooperativas de no tener revisor fiscal “cuando las 
circunstancias económicas o de ubicación geográfica o el número de 
asociados lo justifiquen.” Artículo 41. 
 Es importante saber que, un contador no puede ser revisor fiscal de la 
cooperativa de la cual es asociado y sus funciones se fijan en los estatutos 
y normas propias de la misma, partiendo de la norma que regula a los 
contadores. 
Por otro lado el Artículo 44. Establece que se deben llevar actas firmadas y 
autorizadas como constancia de las reuniones de área de administración y 
vigilancia de la cooperativa. 
 Así mismo el Artículo 45. Enuncia “Compete a los jueces civiles 
municipales el conocimiento de las impugnaciones de los actos o decisiones 
de la asamblea general y del consejo de administración de las cooperativas, 
cuando no se ajusten a la ley o a los estatutos, o cuando excedan los límites 
del acuerdo cooperativo. El procedimiento será el abreviado previsto en el 
Código de Procedimiento Civil.” 
 
18 
 
 5.2.6 Comités 
Las cooperativas están obligadas a desarrollar 2 comités el de solidaridad y 
educación, como apoyo para los proceso de la organización, el 20% de los 
excedentes se debe destinar únicamente al fondo de educación y el 10% al 
fondo de solidaridad o comité de solidaridad. Artículo 54 de la ley 79 de 
1988. 
 
 5.2.6.1 Comité de solidaridad 
 
Es un grupo establecido para respaldar a los asociados cuando ocurren 
calamidades familiares, como enfermedades o cualquier situación de 
infortunio, establecida en los reglamentos de la cooperativa, otorgándose el 
apoyo mutuo de los miembros de la cooperativa. 
 
Así mismo los recursos para la conformación de este comité o fondo como 
ya se mencionó serán tomados de una parte de los excedentes del ejercicio 
fiscal anual o también como lo establece el Artículo 92. “Las cooperativas 
podrán asociarse entre sí para el mejor cumplimiento de sus fines 
económicos o sociales en organismos de segundo grado de carácter nacional 
o regional.” Es decir que la integración o asociación entre cooperativas puede 
ser una alternativa para generar mayores recursos, encaminados al ejercicio 
del comité de solidaridad. 
 
 
 5.2.6.2 Comité de educación 
Las cooperativas están obligadas a realizar de modo permanente, 
actividades que tiendan a la formación de sus asociados y trabajadores en 
los principios, métodos y características del cooperativismo, así como para 
capacitar a los administradores en la gestión empresarial propia de cada 
cooperativa. Artículo 88. 
 
Es decir que las cooperativas están en la obligación de fomentar la 
formación de los integrantes de la cooperativa para aprovechar estos 
conocimientos en pro del desarrollo de la misma. 
 
A sí mismo la ley establece que “las actividades de asistencia técnica, de 
investigación y de promoción del cooperativismo, hacen parte de la 
educación cooperativa” esto anterior fundamentado como componente 
adicional para la promoción de la educación en las cooperativas. 
 
Por otra parte el Artículo 89 establece que “Se podrá dar cumplimiento a 
la obligación del artículo anterior, mediante la delegación o ejecución de 
19 
 
programas conjuntos realizados por organismos cooperativos de segundo 
grado o por instituciones auxiliares de cooperativismo especializadas en 
educación cooperativa.” 
 
Por otra parte es importante mencionar que el manejo de las actividades 
relacionadas al tema educativo deben ser totalmente democráticas y 
fundamentadas en la equidad, sin medir el aporte del asociado, pero que se 
considere que toda actividad este en pro del beneficio de la cooperativa. 
 
Es así que el comité se define a través de la norma establecida en el 
Artículo 90. “En los estatutos o reglamentos de toda cooperativa beberán 
preverse el funcionamiento de un comité u órgano de la administración 
encargado de orientar y coordinar las actividades de educación cooperativa 
y de elaborar cada año un plan o programa con su correspondiente 
presupuesto, en el cual se incluirá la utilización del Fondo de educación.” 
 
Para concluir el Artículo 91 el cual menciona que las actividades de dicho 
comité tienen como objetivo el desarrollo educativo, a través de talleres que 
son regidos por Ministerio de Educación Nacional en asocio con el 
DANCOOP. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Taller 2. Taller de participación (Pág. 22) 
Taller 3. Pasa palabras (Pág. 24) 
20 
 
 
 
 
 
Taller 1. DURACION: 25 min. 
 
Cifrado francmasón: según la UGR (Universidad de Granada) (SF) “es un 
cifrado por sustitución simple que cambia las letras por símbolos basándose 
en un diagrama.” Este cifrado se desarrolló por los masones o arquitectos 
de pirámides en el siglo XVIII para mantener la confidencialidad de sus 
mensajes. 
 
Objetivo: reconocer las características y reglamentaciones de la economía 
solidaria y cooperativismo en Colombia. 
 
Instrucciones (En grupo o individualmente) 
 
1. Lea detenidamente la información sobre el cifrado francmasón. 
2. Analice el método de codificación representado en la imagen. 
3. Siga las pistas e información suministrada y descifre el texto 
escondido en los símbolos. 
Recursos 
 Cartilla y guía cifrado francmasón. 
 Esfero o Lápiz. 
 
El método de codificación a seguir se representa en la imagen 2. De la 
siguiente manera: 
 
Ejemplo: 
1. 6. Talleres y dinámicas de aplicación 
Imagen 2. UGR (Universidad de Granada) (SF) Cifrado 
francmasón. Tomada de: 
http://www.ugr.es/~anillos/textos/pdf/2011/EXPO-
1.Criptografia/02a02.htm 
21 
 
 Pistas 
A. Sistema socioeconómico, político, democrático, cultural, y ambiental sin ánimo 
de lucro. 
B. Conjunto de patrones por medio de los cuales se ponen en práctica los valores 
de cooperativismo. Se establecen en el Artículo 4° Ley 79 de 1988. 
C. Es el principal fin del cooperativismo. 
D. Es la entidad que apoya al sistema de la Economía Solidaria a través del diseño 
y dirección de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos. 
E. Es el organismo vinculado al Departamento Nacional de la Economía Solidaria, 
bajo la autoridad y supervisión de la Superintendencia de la Economía Solidaria. 
F. Es la institución del Estado que orienta y apoya el fortalecimiento de 
organizaciones de la economía solidaria. 
G. Son las asociaciones de ayuda mutua, sin ánimo de lucro, para mejorar las 
condiciones de vida de sus afiliados y la comunidad en general. los afiliados son 
los aportantes y los gestores de la organización. 
H. Conjunto de normas y prestaciones que protegen y benefician al asociado. Se 
establece en el Artículo 23° dela Ley 79 de 1988. 
I. Conjunto de normas que fijan las responsabilidades y obligaciones adquiridas 
cuando se integra una cooperativa. Se establece en el Artículo 24° de la Ley 79 
de 1988. 
J. Las cooperativas de acuerdo a la forma que desarrollan las actividades, son 
especializadas, multiactivas e integrales. 
 
Descifre 
A. 
B. 
C. 
D. 
E. 
F. 
G. 
H. 
I. 
J. 
 
 
 
 
22 
 
Taller 2. DURACION: 25 min. 
 
 
Taller de participación Según, Reyes (SF), el taller se concibe como una realidad 
integradora, compleja, reflexiva, en que se unen la teoría y la práctica como 
fuerza motriz del proceso pedagógico, orientado a una comunicación constante 
con la realidad social y como un equipo de trabajo altamente dialógico formado 
por docentes y estudiantes, en el cual cada uno es un miembro más del equipo 
y hace sus aportes específicos. 
 
Objetivo: Identificar el orden, definición y funciones de cada una de las partes 
del organigrama de las cooperativas de Economía Solidaria 
 
Instrucciones 
 
 
1. escoja al azar una de las figuras de cada recuadro. 
2. Identifique la parte del organigrama a la que corresponde la figura y definir 
las funciones de esta. 
 
Recursos: 
 Esquema de la estructura organizacional. 
 Cartilla y guía taller de participación. 
 
 
23 
 
Imagen 3. Fuente propia (2016). Taller de participación. 
24 
 
Taller 3: DURACIÓN 15-20 min. 
 
Pasa palabra 
 
Se creó aproximadamente en el 2000 con un formato de televisión, 
galardonado en 2010 por ser un éxito televisivo 10 años, (En 
intransingente.com, 2016), los aspectos más elementales que se aprende en 
la niñez, provienen del juego, ya que es asociado con un proceso de 
aprendizaje instintivo, que se ha usado a lo largo de la evolución del ser 
humano, “El juego promueve el aprendizaje porque concita experiencias, 
resultados, somete a la repetición”(Navarro, V. 2002), además de ser 
considerada una de las técnicas más agradables, incita a promover lo 
conocido y explorar en algunos casos, conocimientos nuevos, integrarse, 
trabajar en equipo y reaccionar en algunos casos a situaciones. 
 
De igual manera, el juego puede incrementarla autoestima, ya que al 
interactuar entre sí, los participantes encuentran la manera de mostrar 
facetas diferentes frente a diferentes personas, que pueden llegar a ser 
compañeros de trabajo, “los vínculos entre el juego y el aprendizaje son, sin 
duda, importantes” (Waserman, 2008), al pasar de los años, las personas 
cambian el pensamiento, dando lugar en la mente a que el “juego” es sólo 
para los niños, pero no es así, a lo largo de la vida y por medio del juego, se 
pueden adaptar estrategias diferentes para ampliar conocimiento, 
desarrollando y perfeccionando diferentes habilidades. 
 
Objetivo Fortalecer los conocimientos acerca de la estructura 
organizacional de una cooperativa, asociando significados con las palabras 
precisas. 
 
Instrucciones 
 
1. El juego contiene 14 palabras que deben ser adivinadas por cada 
participante o pareja, si aciertan ganan 1 (Uno) punto, de ser 
errónea la respuesta no ganan ningún punto, es decir Cero (0) 
2. Dispone de 15 segundos para adivinar la palabra antes de que el 
juego presente la siguiente pregunta. 
3. Pueden existir palabras con algunas pistas que ayuden a descifrar 
la palabra. 
 
Recursos: 
 Papel 
 Esfero o Lápiz 
 Cartilla y guía pasa palabra. 
 
25 
 
 
PISTAS 
 
 
Apóyese en la presentación 
 
•Grupo de personas que forman un conjunto organizado 
para lograr un objetivoA
•Estado financiero gneral de una empresa en un 
momento degterminado, dicho estado muestra 
contablemnte los activos, pasivos y patrimonio neto.
B
•Aporte voluntario de una cantidad de dinero o de otro 
tipo de ayuda material, ayudar y concurrir con otros al 
logro de un cierto fin.
C
•A lo que los asosiados se deben regir y obligados a 
cumplir, la responsabilidad de este con la cooperativa y 
con sus asociados.
D
•Una clase de cooperativa: Multiactiva, integral y.....E
•Acción de dar fuerca a una meta o proposito establecido 
poor la cooperativa.F
•Tipo de cooperativa, que en desarrollo de su objeto social, 
realicen dos o más actividades conexas y complementarias 
entre si, de produccióin, distribución, consumo y prestación 
de servicios.
I
•porcedimineto que permite cuantificar el tributo o monto 
que la cooperativa debe pagar a un asosiado en caso de 
retiro
L
•Persona que forma parte de un grupo, comunidad o 
cooperativa.M
•Instante o momento que resultan atractivos para realizar 
una acción, negocio, algo que se presenta 
repentinamente.
O
•Seguir ciertos pasos definidos por la cooperativa y sus 
asociados para desarrollar una labor de manera eficazP
•Quien vela por los libros contables, realiza control de benes, 
firma los balances contables y además es quien pone en 
evidencia las irregularidades a través de informes.
•PISTA: R______ FISCAL
R
•Es lo que hace una persona cuando otro necesita sua 
yuda, apoyo incondicional, a alguna causa, sin tener 
intereses ajenos a la ayuda.
S
•Valoración del esfuerzo realizado por una persona, o 
elementos que contribuyen a una serie de tareas o 
actividades en pro de una meta.
T
26 
 
 
BIBLIOGRAFÍA 
 
Blanes. A. & Blanes 2010 Fotos y vectores gratis. Recuperado de: 
www.freepick.es 
 
El intransingente.com (2016). Llega “Pasa palabra”, programa de 
entretenimiento. Buenos Aires, Argentina. 
 
Navarro, V (2002). El Afán de Jugar. Teoría y práctica de los juegos motores. 
Ed. INDE publicaciones. Barcelona, España. 
 
Reyes, Gómez Melba. (NN), El Taller en Trabajo Social. En: Kisnerman, N. 
Op. Cit. 
 
Robbins, S. P., & Judge, T. A. (2009). Comportamiento organizacional. 13a. 
ed. México: Pearson educación. Pág. 519 
 
 
Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC (1988) ley 454. 
Recuperado de: 
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3433 
Silíceo (1996). Capacitación y desarrollo del personal. México: Ed. Limusa. 
 
Spencer, L y Spencer, S (1993). Competence at work, models for superior 
performance. Usa, Ed: John Wiley and Sons, Inc. 
 
UGR (Universidad de Granada) (SF) Cifrado francmasón. Recuperado de: 
http://www.ugr.es/~anillos/textos/pdf/2011/EXPO-
1.Criptografia/02a02.htm 
 
 
Waserman, M (2008). Aproximaciones al juego y al aprendizaje. Ensayos y 
errores. Ed. Noveduc Libros. Argentina. 
 
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3433
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