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Cartilla-TS-en-Higiene-y-Seguridad-en-el-Trabajo

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IES N° 7 1 
 
 
 
TECNICATURA SUPERIOR 
EN HIGIENE Y SEGURIDAD 
EN EL TRABAJO 
INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR N° 7 
“POPULORUM PROGRESSIO – IN.TE.LA.” 
 
 
SEDE PERICO 
IES N° 7 2 
 
AUTORIDADES 
MONS. CÉSAR DANIEL FERNÁNDEZ – OBISPO DE JUJUY 
PBRO. OSCAR ALFREDO CÁCERES – REPRESENTANTE LEGAL 
PROF. MARÍA DEL HUERTO RIZZOTTI – RECTORA 
MGTER. IRENE PÉREZ DE PUGLIESE – VICERRECTORA (Sede San Salvador) 
PROF. JORGE MAMANÍ – VICERRECTOR (Sede San Salvador) 
LIC. MARÍA JOSÉ FERNÁNDEZ – VICERRECTORA (Sede San Pedro) 
LIC. GLADIS GALLO – VICERRECTORA (Sede Perico) 
A.P.U. ANALÍA ASAYE – REGENTE (Sede Libertador Gral. San Martín) 
 
COORDINACIÓN DEL CURSO DE ORIENTACIÓN 
RECTORA Prof. María del Huerto Rizzotti 
DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN INICIAL Prof. Carolina Requelme 
SECRETARÍA ACADÉMICA – DPTO. ALUMNOS Lic. María Sandra Cisneros 
COORDINACIÓN DE LA CARRERA TSHyS Martín Pericás 
EQUIPO DOCENTE Lic. Juan Rojas 
TSHyS Gino Fabbroni 
IES N° 7 3 
 
PALABRAS DE BIENVENIDA 
A LOS INGRESANTES 2021 DEL I.E.S. Nº7: 
Deseamos, por este intermedio, darles una calurosa y fraternal bienvenida a nuestra Casa de 
Estudios. Como institución educativa, sabemos lo que significa para ustedes este momento de su vida, 
momento de decisiones, proyectos y de caminos por construir. 
Durante la pandemia, y el cambio, exigido por el COVID-19, la Institución se adaptó a la situación 
sanitaria reinante, centrando la formación en la modalidad de educación remota mediada por la tecno-
logía, siendo empáticos con la realidad socioemocional de docentes y estudiantes, en pos de allanar 
las diferencias existentes. 
La experiencia en el nivel superior supone el compromiso personal de aplicar todas sus capacida-
des, dedicación y compromiso para prepararse como profesionales comprometidos con la verdad, con 
el saber, con la realidad social y desarrollarse como ciudadanos activos en la transformación de los 
espacios que transitamos. 
Busquen incansablemente el desarrollo hacia la plenitud humana, busquen incansablemente la 
verdad, ejercitando permanentemente la libertad responsable. Así podrán formarse como hombres y 
mujeres de espíritu abierto, dispuestos a escuchar, a comprender, a cuestionar, y también aceptar. Se-
rán personas preparadas para asumir los riesgos y las responsabilidades que requiere el ejercicio de 
la profesión elegida y plenamente asumida. 
Sabemos que el Señor bendice a quienes se esfuerzan por cumplir con el llamado vocacional 
que está impreso en el corazón de cada persona. Por eso su dedicación y nuestros esfuerzos lograrán 
alcanzar la meta. 
Sean nuevamente bienvenidos, y que el Señor acompañe esta etapa de formación en sus vidas. 
Prof. María del Huerto Rizzotti 
 Rectora I.E.S. Nº 7 
IES N° 7 4 
 
EL CURSO DE INGRESO 2021 
El Curso de Ingreso 2021 constituye un espacio de primer acercamiento a la carrera y tiene como 
finalidad orientar y acompañar a los aspirantes en las exigencias del nuevo escenario de aprendizaje 
que implica la educación superior, promoviendo el desarrollo de sus potencialidades y creando un es-
pacio de reflexión que les permita conocer un poco más de lo que significa estudiar en el IES Nº 7 y de 
los requerimientos de la carrera elegida. 
Dada la situación sanitaria por la pandemia del COVID-19, las actividades presentadas en esta 
cartilla se desarrollarán entre febrero y marzo 2021, de forma totalmente virtual. 
Dado que el actual ciclo lectivo de la escuela secundaria está finalizando con algún grado de incer-
tidumbre respecto de las fechas, es fundamental que, los y las estudiantes ingresantes al IES N° 7, 
tomen conocimiento de las formas de contacto establecidas por la institución, a fin de canalizar por este 
medio cualquier inquietud o dificultad que pudiera plantearse respecto a las Actividades de Ingreso. 
Es importante que cada aspirante sea protagonista de sus aprendizajes, siendo necesaria su 
participación activa, crítica y responsable en este proceso para favorecer su ingreso y permanencia en 
la carrera elegida. 
OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL CURSO DE INGRESO 2021 
• Generar instancias para el conocimiento de los principales aspectos que caracterizan la vida 
institucional, compartiendo el ideario basado en la síntesis fe, ciencia y cultura. 
• Ofrecer un acercamiento teórico básico al objeto de estudio de cada carrera. 
• Orientar al aspirante en el abordaje de las características distintivas de la carrera en la que 
se inscribe, poniendo énfasis en el perfil y oficio del estudiante del nivel superior. 
EJES TEMÁTICOS 
I. SER ESTUDIANTE DEL NIVEL SUPERIOR: En este eje se brinda información sobre aspectos 
relevantes del I.E.S. Nº 7 para que el aspirante pueda conocer la institución. Ello permitirá adaptarse a 
la nueva etapa de estudios, familiarizarse con el sistema del Nivel Superior, conocer el marco normativo 
y aprender el rol de estudiante de una carrera profesional. 
II. SER TÉCNICO EN HIGIENE Y SEGURIDAD: Eje que presenta las características de la ca-
rrera, plan de estudios, perfil del egresado y un taller de reflexión vocacional. 
III. SABERES Y EXPERIENCIAS FORMATIVAS DE LA CARRERA: Eje que desarrolla los nú-
cleos temáticos básicos de la disciplina para que el aspirante pueda avanzar progresivamente hacia 
el abordaje de contenidos básicos y de las herramientas necesarias para su cursado. 
IV. EL OFICIO DE ESTUDIANTE: En esta área se brinda herramientas metodológicas para opti-
mizar la actitud del aspirante frente al estudio en el Nivel Superior. 
IES N° 7 5 
 
FECHAS DEL CURSO DE INGRESO 
Desarrollo de Contenidos 
 del Curso de Ingreso 
22 de febrero al 05 de marzo 
Evaluaciones 10 y 11 de marzo 
Publicación de listas 
de Ingresantes 
 
15 de marzo 
Classroom 
Comisión 1 
Comisión 2 
Contacto 
Página web: https://ies7-juj.infd.edu.ar/sitio/ 
Facebook: 
https://www.facebook.com/Populorum-Perico-670321206766442/ 
Mail de Coordinador: martinpericas2@gmail.com 
Mail Dpto. Alumnos: popupericoalumnos@gmail.com 
Teléfonos: 
Mesa de Entrada: (0388) 4911909 
Tesorería: (0388) 4911909 
FIGURA CLAVE: 
Coordinador de la Carrera: TSHyST Martín Pericás 
 
https://ies7-juj.infd.edu.ar/sitio/
https://www.facebook.com/Populorum-Perico-670321206766442/
mailto:martinpericas2@gmail.com
mailto:popupericoalumnos@gmail.com
IES N° 7 6 
 
REGLAMENTO DEL CURSO DE INGRESO 
RESOLUCIÓN 406-R-16 
Artículo 1: Del Objeto. El presente reglamento tiene por objeto regular las pautas institucionales 
para la organización y desarrollo de las modalidades previstas para el ingreso de los aspirantes a todas 
las carreras del IES N° 7 “Populorum Progressio – In. Te. La.” 
Artículo 2: Del Curso de Ingreso. El curso de ingreso es de cursado obligatorio y se concibe 
como el primer momento de la trayectoria formativa que los estudiantes realizarán en el Instituto de 
Educación Superior N° 7, en ejercicio de su derecho a estudiar y construir un proyecto de vida en 
relación con la profesión elegida. 
Los propósitos del mismo son: Generar instancias para el conocimiento de los principales aspectos 
que caracterizan la vida institucional, compartiendo el ideario basado en la síntesis fe, ciencia y cultura. 
Ofrecer un acercamiento teórico básico al objeto de estudio de cada carrera. Orientar al aspirante en el 
abordaje de las características distintivas de la carrera en la que se inscribe, poniendo énfasis en el perfil 
y oficio del estudiante del nivel superior. 
Artículo 3°: De la Pre-Inscripción. 
Para ingresar a cada carrera del Instituto, el aspirante debe registrar personalmente su preinscrip-
ción en fechas que se estipulen para tal fin. Los requisitos para esta instancia son: 
a. Con Secundario Completo: Fotocopia autenticada por autoridad competente y/o escriba-
no público del Título de Nivel Secundario o constancia de título en trámite. 
b. Con Secundario Incompleto: Certificado de estudios de Nivel Secundarioo constancia de 
aprobación en trámite; donde se indique materias que se adeudan. Registrarán inscripción proviso-
ria los aspirantes que adeuden espacios curriculares de nivel secundario o polimodal, debiendo 
completar estudios hasta la fecha que determine la Dirección de Educación Superior. 
c. Documento Nacional de Identidad: fotocopia de ambas caras de la credencial. 
d. Para Alumnos Extranjeros: certificado de estudios completo de Nivel Medio legalizado por 
el Ministerio de Educación del país de origen, Embajada o Consulado Argentino, o Ministerio de 
Relaciones Exteriores y Culto de Argentina; fotocopia de pasaporte y cédula de identidad del país 
de origen. 
e. Para Alumnos Mayores de 25 Años: los aspirantes mayores de 25 años con estudios in-
completos podrán registrar inscripción de acuerdo a la normativa vigente (RM 114/02 y resolución 
interna N° 1082/02). 
f. Pago del arancel de inscripción al curso de ingreso. 
g. Completar la planilla de inscripción y ficha de antecedentes de salud, dando conformidad 
bajo conocimiento del presente reglamento. 
h. Dejar constancia de la elección del turno en el que desea efectuar el cursado en aquellas 
carreras que tienen doble turno, respetando el cupo establecido. 
IES N° 7 7 
 
Artículo 4°: De la Programación. El Curso se desarrollará al inicio del Ciclo Lectivo en fechas 
programadas para tal fin, y se organizará en tres ejes interrelacionados, a saber: Ambientación al Nivel 
Superior, Introducción al Conocimiento Disciplinar y Alfabetización académica. Las modalidades del 
curso para cada carrera (ingreso presencial, semipresencial o ingreso directo) serán definidas por 
Rectorado y Coordinación de Formación Inicial y dadas a conocer a través de la Cartilla de Ingreso 
vigente al año de inscripción. 
Artículo 5°: De la Acreditación del Curso de Ingreso. El curso será de aprobación obligatoria 
para matricularse como estudiante en las carreras del Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum 
Progressio – In. Te. La.”, debiendo acreditar las siguientes condiciones: 
a. Cumplir con un mínimo de 65% de asistencia. 
b. Obtener un promedio de las evaluaciones mayor o igual a 6 (seis), debiendo estar los 100% 
de las mismas aprobadas en las carreras de Salud, y un promedio mayor o igual a 4 (cuatro) en las 
otras carreras. 
c. Para rendir las evaluaciones, los aspirantes deberán presentar indefectiblemente documento 
que acredite su identidad. 
d. La ausencia a la/s evaluaciones sólo podrá ser justificada por razones de salud o duelo 
debiendo presentar a la coordinación de carrera, la respectiva certificación dentro de las 24 horas 
en que se incurrió en la misma, a fin de tener derecho a las evaluaciones. 
e. En caso de no justificar la inasistencia, automáticamente queda sin posibilidades de ingreso. 
f. En caso de desaprobar, el aspirante tendrá derecho a una instancia recuperatoria, sólo si 
existieran cupos disponibles en la carrera en la que se encuentra preinscripto. 
g. Los exámenes deberán ser rendidos, indefectiblemente, en los días y horarios establecidos 
en el cronograma. La Coordinación de la Carrera podrá efectuar modificaciones, cuando así lo obli-
guen razones de fuerza mayor. 
h. Las calificaciones obtenidas serán publicadas en los transparentes del Instituto en fecha 
determinada en el calendario académico institucional. 
i. Los aspirantes que no cumplimenten con las condiciones y requisitos establecidos en el 
presente reglamento no podrán matricularse como estudiantes del Instituto. 
j. Los aspirantes que no hubieran ingresado podrán retirar la documentación presentada dentro 
de los 60 (sesenta) días de iniciado el año académico. 
Artículo 6°: Del Cupo de Ingreso. El cupo para el ingreso en cada comisión lo establece 
Rectorado según disponibilidad de vacantes de cada carrera. Dicho cupo se conformará según orden 
de mérito, determinado en función de los puntajes obtenidos por los aspirantes en las respectivas 
evaluaciones. En caso de paridad en el orden de mérito se definirá el ingreso considerando el prome-
dio alcanzado en el Nivel Secundario, registrado en el certificado analítico respectivo. 
No ingresarán aquellos aspirantes que no estén comprendidos en el listado de orden de mérito. 
IES N° 7 8 
 
Artículo 7°: De las Situaciones Durante El Curso Pasibles de Sanción. Las situaciones im-
procedentes que impliquen la posibilidad de alterar la igualdad de oportunidades de los aspirantes en 
la instancia de evaluación, como por ejemplo: la consulta de materiales impresos o digitalizados no 
autorizados por el docente o a compañeros durante la evaluación, la copia de respuestas de evalua-
ciones ajenas o la corrección de los propios trabajos cuando sean entregados para la consulta y el uso 
del teléfono celular o cualquier dispositivo tecnológico durante la evaluación, serán causas para la se-
paración del curso. La aplicación de esta sanción será inapelable. 
Artículo 8°: De la Inscripción Definitiva. Una vez aprobado el Curso de Ingreso al I.E.S. Nº 7, 
el estudiante deberá completar los requisitos de inscripción antes de la fecha estipulada por Dirección 
de Educación Superior. De no concretar este trámite, se le dará la baja como estudiante de la Institución. 
Requisitos complementarios: 
• 2 fotos tipo carnet 
• Partida de nacimiento (actualizada) 
• Planilla Prontuarial 
• Certificado de aptitud psicofísica (con ficha que otorgará el I.E.S. Nº7 una vez aprobado el 
curso de ingreso con el detalle de estudios médicos solicitados para cada carrera) 
Artículo 9°: Otras Disposiciones. Los casos no contemplados en el presente reglamento que-
darán sujetos a la decisión de Rectorado, quien podrá dictar normas complementarias de aplicación, 
las que serán comunicadas oportunamente. 
 
IES N° 7 9 
 
EJE I: SER ESTUDIANTE DEL NIVEL SUPERIOR 
SER ESTUDIANTE 
DEL NIVEL SUPERIOR 
 
IES N° 7 10 
 
LA EDUCACIÓN SUPERIOR 
La Ley de Educación Nacional (L.E.N.) Nº 26206 establece en los artículos 34 y 35 que la Edu-
cación Superior comprende tanto a la formación desarrollada en Universidades estatales o privados 
autorizados, como en Institutos de Educación Superior de gestión estatal o privada. 
Un Instituto de Educación Superior (I.E.S.) no es la Universidad, pero ofrece como aquella, 
formación para el ejercicio de una carrera profesional en el ámbito de la docencia o como técnico 
profesional especializado en alguna rama del saber. 
Un IES puede establecer convenios con la Universidad para articular los ciclos de formación y 
ofrecer el grado universitario a los sujetos que completaron sus estudios en los IES. Es importante 
buscar la información necesaria de la carrera elegida para conocer fehacientemente la existencia de 
algún tipo de articulación con la universidad. 
 
 
¿Qué es el nivel superior? 
En nuestro país la educación superior comprende las instituciones de formación superior, sean 
universitarias o no universitarias, nacionales, provinciales o municipales, tanto estatales como 
privadas, todas las cuales forman parte del Sistema Educativo Nacional regulado por la Ley 
24.521. El artículo 3° de la mencionada norma plantea los fines y objetivos del Nivel. 
Artículo 3° 
La Educación Superior tiene por finalidad proporcionar formación científica, profesional, huma-
nística y técnica en el más alto nivel, contribuir a la preservación de la cultura nacional, promo-
ver la generación y desarrollo del conocimiento en todas sus formas, y desarrollar las activida-
des y valores que requiere la formación de personas responsables, con conciencia ética y soli-
daria, reflexivas, críticas, capaces de mejorar la calidad de vida, consolidad el respeto al medio 
ambiente, a las instituciones de la República y a la vigencia del orden democrático. 
IES N° 7 11 
 
EL I.E.S. Nº7 “POPULORUM PROGRESSIO - IN.TE.LA.” 
El Instituto de Educación Superior Nº 7 “Populorum Progressio – In. Te.La.” forma parte de la 
Educación Superior no universitaria. Pertenece a la Iglesia Católica, Obispado de Jujuy y fue creado 
bajo el ideario de contribuir “al progreso de los pueblos con la misión salvífica de servicio, apoyo y 
elevación de la cultura de la comunidad jujeña y en especial por la preocupación real de la Iglesia 
por el desprotegido social”. 
Los fines del I.E.S. Nº 7 son: 
• Ser un instrumento de evangelización de la cultura y de diálogo entre ciencia y fe. 
• Buscar la verdad y la promoción integral del hombre mediante la formación humanística, 
religiosa, social, científica y profesional a través de la docencia y la investigación en sus 
formas superiores. 
• Formar la persona en una auténtica cosmovisión cristiana de manera que lleguen a ser hom-
bres preparados para desempeñar funciones de responsabilidad en la sociedad. 
• Formar profesores y técnicos profesionales capaces de actuar con solvencia en conocimientos 
y competencias eficaces y relevantes en el ámbito que les toque actuar. 
• Desarrollar sus actividades con los principios y valores democráticos, republicanos y federales, 
enunciados por la Constitución Nacional Argentina. 
• Buscar constantemente respuestas adecuadas a los graves problemas contemporáneos, 
particularmente de la realidad argentina y regional en un esfuerzo tendiente a promover la 
cultura superior. 
• Servir a la comunidad de acuerdo con su naturaleza, sin imponer discriminación de orden 
religioso a sus alumnos, pero reflejando en su investigación y enseñanza el mensaje cristiano 
como lo enseña a la Iglesia Católica en búsqueda ecuménica de la verdad. 
 
IES N° 7 12 
 
LOGO DEL INSTITUTO 
Por tratarse de una institución dependiente del Obispado de Jujuy, asume como logo institucional el 
Escudo Episcopal del Obispo de la Diócesis de Jujuy, Monseñor Cesar Daniel Fernández. 
El escudo de Monseñor Fernández se encuentra dividido en cuatro partes, 
signo de las virtudes cardinales. Además, tiene el color oro, que, de acuerdo 
a la tradición, significa vivir las virtudes de la fe, luz y sabiduría, y el color azul 
símbolo de la verdad, caridad, justicia y lealtad. 
La parte izquierda presenta tres cerros con los colores de la tierra jujeña. Apa-
rece una estrella blanca representando a la Virgen María, “estrella de la nueva 
evangelización”, la espiritualidad del Sagrado Corazón de Jesús está marcada 
por el símbolo del Corazón abierto, y la Palabra de Dios abierta con las letras 
Alfa y Omega: Principio y fin de la historia. Al medio y por delante del escudo, aparece el báculo 
pastoral, signo de Cristo Buen pastor, y recuerda al Obispo que debe conducir al rebaño hacia el 
encuentro del Señor. El lema episcopal de Monseñor Fernández es: “Servir y dar la vida”. 
LAS SEDES DEL I.E.S. Nº 7 
Sede San Salvador Sede San Pedro Sede L.G.S.M. Sede Perico 
Sarmiento Nº 268 Mitre Nº 257 
Mariano Moreno 
Nº 1368 
Avda. Malvinas Ar-
gentinas Nº 199 
Te: (0388) 4224514 Te: (03888) 422744 Te: (03886) 424494 Te: (0388) 4911909 
 
IES N° 7 13 
 
ESPERO INGRESAR… ¿DÓNDE ESTOY? 
UNA ACLARACIÓN IMPORTANTE CON RESPECTO A LAS COMISIONES 
Cuando te inscribiste en el curso de ingreso de la carrera que elegiste, el Departamento Alum-
nos te incluyó en una comisión. Te recomendamos corroborar la comisión en la que te encuentras 
inscripto/a y horario del primer encuentro a partir del 18 de febrero de 2021 en las páginas oficiales 
del Instituto. 
El Departamento Alumnos tiene como función canalizar los procedimientos administrativos per-
tinentes que los alumnos y docentes requieran. Una vez aprobado el Curso de Ingreso, tu situación 
cambia, te transformas en alumno ingresante, y deberás presentar en el Dpto. Alumnos la documen-
tación exigida por el Instituto. 
 
IES N° 7 14 
 
UN RECORRIDO POR EL EDIFICIO DE LA INSTITUCIÓN: 
P
L
A
N
T
A
 B
A
J
A
 
SECTOR INFORMACIÓN GENERAL 
HORARIO DE 
ATENCIÓN 
MESA DE 
ENTRADA 
Recepción y seguimiento de Trámites 
17:00 a 21:30 
COCINA 
COORDINACIONES 
DE CARRERAS 
• Gestión técnica y pedagógica de las carreras 
• Trámites de equivalencias y resoluciones 
de índole pedagógicas. 
De acuerdo a los 
horarios de cada 
coordinador 
VICERECTORADO Gestión directiva 18:00 a 22:00 
SECRETARÍA AD-
MINISTRATIVA 
• Legajos, asistencia, constancias y toda 
documentación de docentes y personal 
del Instituto 
17:30 a 21:30 
TESORERÍA • Pago de aranceles varios 
DEPARTAMENTO 
ALUMNOS 
▪ Trámites de constancias, inscripción por 
materias para cursado y a exámenes. 
▪ Tramitación de libreta estudiantil. 
Formación de legajos. 
17:00 a 22:30 
SALON DE USOS 
MULTIPLES 
Espacio para el dictado de capacitaciones, talleres y reuniones 
PATIO DE ESTUDIO 
AULAS 3 a 6 
P
L
A
N
T
A
 A
L
T
A
 
FOTOCOPIADORA 
Fotocopiado 
Encuadernaciones 
17:00 a 22:00 
PATIO DE 
ESTUDIO 
 
 
BIBLIOTECA 
Consulta de material en sala, presentando 
D.N.I. y recibo de pago de inscripción al curso 
(consultar por protocolo según la situación sa-
nitaria de la provincia) 
18:00 a 22.00 
DEPARTAMENTO 
PASTORAL 
Acompañamiento Espiritual. 
Difusión del Ideario Institucional. 
 
AULAS 7 - 13 
 
 
 
IES N° 7 15 
 
CONSIDERACIONES GENERALES 
Una vez completado el proceso de admisión, es decir haya aprobado el curso de ingreso y for-
malizado la inscripción definitiva en Departamento Alumnos cumplimentando los requisitos solicitados; 
comenzará a transitar la carrera elegida como un/a estudiante de Nivel Superior. Ello implica una serie 
de derechos y obligaciones. En primer lugar, deberá tomar conocimiento de dos documentos impor-
tantes en el ámbito de la Educación Superior: 
- El Régimen de Correlatividades del plan de estudios de la carrera y, 
- El Régimen Académico Provincial (RAP), que contiene la reglamentación general para el cur-
sado y aprobación de los/las espacios/ unidades curriculares, es decir lo que comúnmente se 
conocen como materias. 
La consulta a ambos documentos puede realizarse en biblioteca o en la coordinación de 
la carrera. 
En lo que al Régimen de Correlatividades se refiere, debe saber que, en este nivel, lo tendrá 
que tener presente para progresar en el cursado de la carrera. De acuerdo al mismo, ya sea al mo-
mento de inscripción para cursar o rendir un/a espacio/unidad curricular, el requisito será haber apro-
bado o regularizado “la correlativa”, es decir aquella materia que, por sus contenidos, debe apren-
derse con anterioridad y de ese modo servir como base para apropiar saberes nuevos. 
Un buen consejo es planificar la trayectoria estudiantil priorizando el circuito de correlativi-
dades especialmente cuando decida cuál examen preparar en primer lugar. 
Otro documento que deberá tener en cuenta como estudiante de nivel superior es el Régimen 
Académico Provincial. 
Cada vez que inicie un año académico o cuatrimestre (primero o segundo) deberá inscribirse 
en la materia que desee cursar, en Departamento Alumnos. 
Ver el Régimen Académico de Emergencia (RAE 1762-E-20). Disponible en: 
https://ies5tello-juj.infd.edu.ar/sitio/wp-content/uploads/2020/06/1762-1082-81-20-REGIMEN-
ACADEMICO-EXTRAORDINARIO-5-Copiar.pdf 
Una aclaración: al iniciar el primer año de la carrera queda automáticamente inscripto en todas 
las materias de primer año anuales y del primer cuatrimestre. 
https://ies5tello-juj.infd.edu.ar/sitio/wp-content/uploads/2020/06/1762-1082-81-20-REGIMEN-ACADEMICO-EXTRAORDINARIO-5-Copiar.pdf
https://ies5tello-juj.infd.edu.ar/sitio/wp-content/uploads/2020/06/1762-1082-81-20-REGIMEN-ACADEMICO-EXTRAORDINARIO-5-Copiar.pdf
IES N° 7 16 
 
 
CONDICIONES PARA ACREDITAR LAS MATERIAS 
CONDICIÓN 
Régimen Académico 
Provincial Res. 6815-E/11 
Régimen académico Excepcio-
nal Res. 1762-E/20 
PROMOCIÓN 
80% Asistencia 
80% Trabajos Prácticos 
aprobados 
100% de evaluaciones 
aprobadas con calificación 
7 (siete) como mínimo con 
una instancia recuperatoriapor cada evaluación. 
Coloquio aprobado con 
calificación 7 (siete). 
a) Actividades obligatorias: 60 % 
de presentación de trabajos 
prácticos y/o actividades 
establecidas según el formato del 
espacio y/o unidad curricular. 
b) Trabajo Integrador Final: 
Aprobación con calificación de 
siete (7) como mínimo, con 
opción a instancias de 
fortalecimiento. 
En los casos de los estudiantes 
que no promocionen se regirá 
conforme al Articulo17° del 
Régimen Académico Provincial 
aprobado por Resolución 
N° 6815-E/11. 
REGULAR 
Esta condición tiene una 
duración de 2 (dos) años 
calendario desde la finaliza-
ción del cursado y caduca 
transcurrido ese plazo o 
cuando el estudiante 
resultare desaprobado por 
tercera vez en la instancia de 
examen final. 
65% Asistencia 
80% Trabajos Prácticos 
aprobados 
100% de evaluaciones 
aprobadas con calificación 
4 (cuatro) como mínimo con 
una instancia recuperatoria 
por cada evaluación. 
Como alumno regular de-
berá rendir examen final 
ante tribunal en los turnos 
reglamentarios. 
a) Actividades obligatorias: 40 % 
de presentación trabajos 
prácticos y/o actividades 
establecidas según el formato 
del espacio y/o unidad 
curricular. 
b) Trabajo Final: Aprobación con 
calificación de cuatro (4) como 
mínimo, con opción a instan-
cias de fortalecimiento. 
LIBRE 
En esta condición deberá 
rendir ante tribunal 
examinador, incluyendo una 
instancia escrita y oral 
(ambas eliminatorias). 
Deberá aprobar cualquiera de 
las instancias con una nota 
mínima de 4 (cuatro) puntos. 
Si el alumno fuera aplazado 
por tercera vez, deberá cursar 
o recursar. 
Por opción: solo si lo admite 
el diseño curricular de la 
carrera. 
Por condición: 
b.1. Por no obtener la 
regularidad 
b.2. Por pérdida de la 
regularidad 
--------------------------------- 
IES N° 7 17 
 
¿QUÉ ES UN EXAMEN FINAL? 
Es una instancia de evaluación y acreditación presencial, oral y/o escrita, que da cuenta del logro 
de los aprendizajes básicos que se plantean en una MATERIA para los alumnos en condición Regular 
o Libre. 
EL EXAMEN FINAL 
Durante la enseñanza remota de emergencia el examen final de acreditación se regirá con idén-
tico protocolo aprobado por la Institución y toda otra norma que con posterioridad emita el Ministerio de 
Educación. 
¿CUÁNDO SE RINDE? 
Los exámenes finales se desarrollan en un “turno” y las veces que el tribunal examinador 
conformado por tres profesores (presidente, 1º vocal, 2º vocal) es convocado en el mismo turno se 
denomina “llamado”. 
LOS TIPOS DE TURNOS EXISTENTES SON: 
Asimismo, la Dirección de Educación Superior 
puede determinar turnos de carácter excepcional. 
ORDINARIO EXTRAORDINARIO 
Febrero/Marzo Dos llamados 
Con suspensión de cla-
ses 
Autorizado por la Rectora 
mediante resolución en los 
siguientes casos: 
• Cuando hayas terminado de 
cursar y regularizar todas las 
U.C. de la carrera. 
• Cuando tengas pendientes 2 
(dos) U.C. para completar 
estudios. 
Mayo Un llamado 
Sin suspensión 
de clases 
Julio/Agosto Un llamado 
Con suspensión 
de clases 
Septiembre Un llamado 
Sin suspensión 
de clases 
Noviembre/ 
Diciembre 
Dos llamados 
Con suspensión 
de clases 
IES N° 7 18 
 
¿DÓNDE ME INSCRIBO PARA RENDIR? 
¿CUÁNTOS ESPACIOS/UNIDADES CURRICULARES PUEDO RENDIR EN UNA MISMA FECHA? 
Hasta 2 (dos) siempre que no sean correlativas entre sí. 
¿QUÉ ELEMENTOS NO DEBO OLVIDAR TRAER A UN EXAMEN FINAL? 
• Libreta Estudiantil. 
• Programa del/la Espacio/Unidad Curricular. 
• Puntualidad tanto en la presencialidad como en la virtualidad. 
¿QUÉ SUCEDE SI ME AUSENTO A UN EXAMEN FINAL? 
Si por razones de salud o duelo no puede presentarse a rendir debe informárselo al coordinador 
de carrera el mismo día del examen, salvo caso excepcional, y justificar presentando las certificaciones 
correspondientes dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas hábiles. 
 
PRESENCIAL 
VIRTUAL POR 
EMERGENCIA SANITARIA 
En el Departamento Alumnos, 48 (cuarenta y 
ocho) horas hábiles antes de la fecha del 
examen. Para realizar este trámite no debe 
olvidar llevar: Libreta Estudiantil y Recibo de 
pago de la cuota del mes fijado por Tesorería. 
Para borrar la inscripción debe hacerlo con 
24 (veinte cuatro) horas hábiles de antela-
ción al examen. 
La Institución publicará a través de la página 
oficial, dónde y cuándo se realizará la 
inscripción. 
IES N° 7 19 
 
EJE II: SER TÉCNICO EN HIGIENE Y SEGURIDAD 
SER TÉCNICO 
SUPERIOR EN 
HIGIENE Y SEGURIDAD 
EN EL TRABAJO 
 
IES N° 7 20 
 
CARRERA 
TECNICATURA SUPERIOR EN HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO 
Resolución Ministerial N° 3288-E-15 
La Tecnicatura en Higiene y Seguridad en el Trabajo se propone: 
- Formar profesionales técnicos con sólidos conocimientos en higiene y 
seguridad para promover un adecuado nivel de bienestar físico, mental 
y social en ambientes de distinto tipo, principalmente laborales. 
- Formar profesionales técnicos capacitados para planificar, organizar, coordinar, dirigir y controlar 
sistemas y conductas seguras en actividades laborales de variada naturaleza a fin de salvaguardar 
la vida, la salud de las personas y la integridad de los trabajadores. 
- Formar profesionales técnicos idóneos en el manejo de técnicas y métodos de prevención, anali-
zando riesgos e impartiendo cursos de capacitación y motivación a los trabajadores 
TÍTULO 
TÉCNICA/O SUPERIOR EN HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO 
• Duración de la carrera: 3 años 
• Modalidad: Presencial 
PERFIL PROFESIONAL DEL T.S. EN HIGIENE Y SEGURIDAD 
El Técnico Superior en Seguridad e Higiene en el Trabajo habilita al profesional para: analizar, 
evaluar, organizar, planificar, dirigir, auditar, acompañar e intervenir en ambientes laborales en todo 
lo inherente a Seguridad e Higiene. 
El técnico profesional estará capacitado para: 
- Elaborar diagnósticos relacionados con el campo de la higiene y la seguridad en empresas y 
organizaciones, diagramando estrategias de políticas laborales que tiendan a disminuir las pér-
didas en este campo. 
- Asesorar al personal de empresas y organizaciones en materia de higiene y seguridad, evitando 
y/o resolviendo situaciones de riesgo en el trabajo. 
- Efectuar estudios y propuestas en relación a accidentes, enfermedades del trabajo y otras situa-
ciones que estén vinculadas a la gestión de la especialidad. 
- Participar en equipos interdisciplinarios que favorezcan su desarrollo profesional. 
- Desarrollar actividades de capacitación tendientes a la prevención de los accidentes y riesgos 
en el trabajo. 
IES N° 7 21 
 
- Elaborar programas de técnicas de seguridad e higiene industrial, laboral, legajos técnicos, nor-
mas de prevención y reglamentos, para el desarrollo del trabajo sin riesgos y controlando el 
cumplimiento de objetivos, metas, normas y reglamentos. 
- Participar en la selección, aprobación, modificación y control de sistemas, elementos y equipos 
de transporte, de su producción, de almacenamiento, de transformación, distribución y uso de 
la energía y todo aquello relacionado con estudios y proyectos sobre instalaciones y ampliacio-
nes en el área de su competencia. 
- Participar en el diseño, prueba, selección, aprobación, normalización y aplicación de elementos 
y equipos para la protección personal y ambiental, de defensa contra incendios y de seguridad 
e higiene en general. 
- Revisar y analizar métodos y normas de trabajo, velando por su efectivo cumplimiento. 
- Intervenir en el análisis, evaluación y control de los riesgos de productos terminados, subproductos, 
materiales de rezago y efluentes industriales, considerando su impacto con el medio ambiente. 
- Realizar estadísticas relacionadas con su tarea. 
- Realizar y gestionar programas de: reducción de siniestralidad, prevención de accidentes y en-
fermedades profesionales. 
- Integrar equiposde trabajo para la revisión y/o aprobación de diseños, esquemas o proyectos 
destinados a establecer, ampliar o modificar condiciones de los lugares de trabajo. 
ÁMBITO SOCIO OCUPACIONAL 
El Técnico Superior en Higiene y Seguridad en el Trabajo estará capacitado para acceder a 
empresas y organizaciones de distintas características, rubros de actividad, para actuar en la pre-
vención de riesgos, accidentes y enfermedades profesionales, promoviendo y obteniendo así, mejo-
ras en la calidad del trabajo. 
El campo Ocupacional puede abarcar a empresas, instituciones, estatales o privadas y 
organizaciones gubernamentales y no gubernamentales. 
También podrá acompañar en el cálculo, dirección e implementación de sistemas e insta-
laciones en ambientes laborales y actividades con riesgo. Además, estará capacitado para im-
plementar programas de trabajo en materia de Higiene y Seguridad Laboral y desarrollar progra-
mas de capacitación de prevención y protección de riesgos laborales. 
Realizará normas y redactará especificaciones técnicas referidas a Higiene y Seguridad en 
el Trabajo para la utilización, adquisición, importación y exportación de máquinas, herramientas, 
equipos e instrumentos. 
Su formación le permitirá investigar accidentes y enfermedades profesionales, confeccionar los 
índices estadísticos de los factores determinantes y fijar medidas correctivas. Se dedicará a cuidar la 
salud del personal, diseñando, evaluando y controlando los equipos y elementos de protección personal. 
IES N° 7 22 
 
ESTRUCTURA CURRICULAR 
Año 
O
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Espacio curricular 
R
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e
n
 
Régimen de Apro-
bación 
1° 
1 Psicología Laboral y Relaciones Humanas A Prom/ Ex final 
2 Matemática A Prom/ Ex final 
3 Medicina Laboral A Examen final 
4 Seguridad I A Examen final 
5 Física A Prom/ Ex final 
6 Organización Laboral 1º C Prom/ Ex final 
7 Higiene Laboral I 2º C Examen final 
8 Formación Religiosa A Prom/ Ex final 
9 Práctica Profesionalizante I A Prom/ Ex final 
2º 
10 Estadísticas y Costos Aplicados 1º C Prom/ Ex final 
11 Química A Prom/ Ex final 
12 Ergonomía y Estudio del Trabajo 1º C Examen final 
13 Ambiente de Trabajo A Examen final 
14 Análisis de Riesgos 2º C Examen final 
15 Higiene Laboral II A Examen final 
16 Seguridad II A Examen final 
17 Inglés Técnico 2º C Prom/ Ex final 
18 Práctica Profesionalizante II A Prom/ Ex final 
3° 
19 Tratamiento de Residuos 1º C Examen final 
20 Ética y Deontología Profesional 1º C Prom/ Ex final 
21 Capacitación del Personal 1º C Examen final 
22 Seguridad III A Examen final 
23 Gestión Ambiental 2º C Examen final 
24 Derecho Laboral 2º C Prom/ Ex final 
25 Informática y Sistema de Representación A Prom/ Ex final 
26 Doctrina Social de la Iglesia A Prom/ Ex final 
27 Práctica Profesionalizante III A Prom/ Ex final 
 
IES N° 7 23 
 
CARACTERÍSTICAS DE LOS ENCUENTROS 
VIRTUALES DURANTE EL CURSILLO DE INGRESO 
Aula Virtual 
Es el espacio o sitio en la web, pensado para la enseñanza, con la idea de hacer un uso edu-
cativo de internet, y será el medio de intercambio (ambiente virtual) donde la clase tendrá lugar. Las 
tecnologías de la información y la comunicación (TIC) permiten que el estudiante acceda al material 
de estudio y, a su vez interactúe con el profesor y con otros estudiantes. Por ejemplo, la Plataforma 
Google Classroom. 
Características del Aula Virtual 
• Organización menos definida del espacio y el tiempo educativo. 
• Uso más amplio e intensivo de las TIC. 
• Planificación y organización del aprendizaje más guiado en sus aspectos globales. 
• Contenidos de aprendizaje apoyados con mayor base tecnológica. 
• La interacción social se lleva a cabo de forma virtual. 
• Desarrollo de las actividades de aprendizaje más centrada en los estudiantes. 
Ventajas de la educación en entornos virtuales 
• La asincronía. 
• Permite que cada estudiante aprenda a su ritmo. 
• El acceso al contenido es más flexible y está disponible en cualquier momento y no se res-
tringe a las paredes del aula. 
• Posibilidad de acceder a la información desde cualquier lugar que posea conexión a internet. 
• Combina distintos recursos para mejorar el proceso de enseñanza y aprendizaje. 
• Facilita el aprendizaje cooperativo y colaborativo. 
• El alumno puede descargar el contenido y acceder a este, aunque no tenga internet. 
• El estudiante, si lo necesita, puede repasar una lección o actividad si tiene dudas. 
• No tiene que trasladarse a ningún centro de estudios. 
• Le permite al alumno ser independiente ya que le da la oportunidad de organizar su tiempo. 
 
Según Lineamientos “Curso de Ingreso 2021 a Carreras Docentes y Técnicas” de la Dirección 
de Enseñanza Superior (DES), que establece que la propuesta de cada carrera deberá reali-
zarse en formato digital, pensada para una cursada desde la virtualidad. 
https://www.ecured.cu/index.php?title=Interacci%C3%B3n_social&action=edit&redlink=1
IES N° 7 24 
 
El desarrollo de las clases virtuales puede ser: 
Sincrónico 
Proceso de aprendizaje en línea, llevado a cabo en tiempo real, donde la interacción del 
alumno-profesor es simultánea. 
Asincrónico 
Se refiere al tipo de comunicación o proceso de aprendizaje que se produce de manera dife-
rida, es decir, en distintos tiempos. Este tipo de interacción permite el intercambio de información en 
cualquier momento y le ofrece al estudiante la posibilidad de reflexionar, pensar, consultar el material 
de referencia y estudiar los contenidos a su propio ritmo. Las herramientas de comunicación asincró-
nica como los foros son recursos muy útiles en las plataformas educativas. 
La evaluación: 
La instancia de evaluación se realizará a través de Formularios de Google, que nos permiten 
respuestas cortas, párrafos, selección múltiple, casillas de verificación, colocar fecha y hora, entre 
otras opciones. 
 
IES N° 7 25 
 
EJE III: SABERES Y EXPERIENCIAS FORMATIVAS DE LA CARRERA 
SABERES 
Y EXPERIENCIAS 
FORMATIVAS 
DE LA CARRERA 
 
IES N° 7 26 
 
PARA COMENZAR 
MENSAJE DEL COORDINADOR 
Como coordinador de esta carrera me complace darles la bienvenida, en representación de 
nuestra institución y todos los que la componen, a esta nueva etapa en sus vidas. 
Nuestra sede, como todas las que componen el POPULORUM PROGRESSIO INTELA, está 
comprometida con su formación en esta profesión que es parte importante del ámbito laboral y mucho 
más importante aún, como descubrirán en el transcurso de la cursada, en la vida de las personas. 
Sin olvidar fortalecer los principios y valores que les fueron inculcados en sus hogares, por lo que los 
invitamos a entregar su corazón y espíritu en concluir sus estudios, los que seguramente con es-
fuerzo, esperanza y fe lograran finalizar. Es responsabilidad para cada uno de los integrantes que 
formamos parte del IES N° 7 POPULORUM PROGRESSIO INTELA, ustedes incluidos, fomentar en 
las aulas el respeto, la ética, y la responsabilidad, los cuales permitirán formar profesionales éticos y 
comprometidos con la sociedad y el mundo en el cual se desarrollaran profesionalmente. 
Que sea este, el inicio de muchos logros y satisfacciones, que enriquezcan el espíritu y el 
crecimiento de cada uno de ustedes, nuestros nuevos ingresantes. Gracias por elegirnos para ser 
parte de su formación ¡Éxitos! 
TSHyST MARTÍN RAÚL PERICÁS 
Coordinador de Carrera 
 
IES N° 7 27 
 
HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO 
OBJETIVO: Se pretende que se adquieran conceptos fundamentales básicos de trabajo y salud, 
qué es lo que se entiende en este momento sobre condiciones de trabajo, así como cuáles son sus 
posibles repercusiones sobre la seguridad y la salud en el trabajo. En el presente capítulo, se persigue 
también, dar a conocer los derechos y deberes de los trabajadores establecidos en la Ley de Preven-
ción de Riesgos Laborales, con el fin de evitar los daños a la salud ocasionados por el trabajo.Higiene y Seguridad en el Trabajo o Higiene Industrial se define como la “disciplina dedicada 
al reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores ambientales o tensiones emana-
das o provocadas por el lugar de trabajo y que pueden ocasionar enfermedades, destruir la 
salud y el bienestar o crear algún malestar significativo entre los trabajadores”. 
En la definición dada hemos visto cómo se encuentran incluidos los objetivos básicos de la 
misma: el “reconocimiento”, la “evaluación” y el “control” de los factores ambientales del trabajo, fun-
ciones que pasan necesariamente por el estudio del proceso de trabajo y por la adopción de las 
soluciones técnicas para reducir el ambiente de trabajo a condiciones higiénicas. 
Las siguientes definiciones permiten establecer la relación existente entre ambas técnicas preventivas: 
Seguridad del Trabajo: conjunto de procedimientos y recursos técnicos aplicados a la eficaz 
prevención y protección frente a los accidentes. 
Higiene del Trabajo: conjunto de procedimientos y recursos técnicos aplicados a la eficaz pre-
vención frente a las enfermedades del trabajo. 
En síntesis, la Higiene y Seguridad del Trabajo comprende las normas técnicas y las medidas 
sanitarias de control o de cualquier otra índole que tenga por objeto: 
1) Eliminar o reducir los riesgos de los distintos centros de trabajo. 
2) Estimular y desarrollar en los trabajadores una actitud positiva y constructiva respecto a la 
prevención de los accidentes y enfermedades profesionales que pueden derivarse de su acti-
vidad profesional. 
3) Lograr, individual y colectivamente, un óptimo ambiente de trabajo”. 
IES N° 7 28 
 
El objetivo de la seguridad e higiene industrial es prevenir los accidentes laborales, los cuales se 
producen como consecuencia de las actividades de producción, por lo tanto, una producción que no 
contempla las medidas de seguridad e higiene no es una buena producción. Una buena producción 
debe satisfacer las condiciones necesarias de los tres elementos indispensables, seguridad, producti-
vidad y calidad de los productos. Por tanto, contribuye a la reducción de sus socios y clientes. 
• Conocer las necesidades de la empresa para poder ofrecerles la información más adecuada 
orientada a solucionar sus problemas. 
• Comunicar los descubrimientos e innovaciones logrados en cada área de interés relacionada 
con la prevención de accidentes. 
La política de prevención genera: 
1. Interés en la seguridad. 
2. Investigación de las causas. 
3. Evaluación de los efectos. 
4. Acción correctiva. 
¿Qué es Salud? 
La salud, según la Organización Mundial de la Salud, es un estado de completo bienestar 
físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. 
Salud física: Corresponde a la capacidad de una persona de mantener el intercambio y resolver 
las propuestas que se plantea. Esto se explica por la historia de adaptación al medio que tiene el hom-
bre, por lo que sus estados de salud o enfermedad no pueden estar al margen de esa interacción. 
Salud mental: El rendimiento óptimo dentro de las capacidades que posee, relacionadas con 
el ámbito que la rodea. La salud radica en el equilibrio de la persona con su entorno de ese modo, lo 
que le implica una posibilidad de resolución de los conflictos que le aparecen. 
Salud social: Representa una combinación de las dos anteriores: en la medida que el hombre 
pueda convivir con un equilibrio psicodinámico, con satisfacción de sus necesidades y también con 
sus aspiraciones, goza de salud social. 
IES N° 7 29 
 
DEFINICIÓN DE TRABAJO 
Es toda actividad productiva realizada por una persona que requiera un esfuerzo, ya sea físico o 
mental, a cambio de una remuneración, para lograr satisfacer necesidades sus necesidades persona-
les (económicas, psicológicas y/o sociales) 
CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO 
Las condiciones y medio ambiente de trabajo (CyMAT) están constituidos por los factores socio-
técnicos y organizacionales del proceso de producción implantado en el establecimiento y por los fac-
tores de riesgo del medio ambiente de trabajo. Existe entonces una relación estrecha entre el proceso 
de trabajo y la salud, y esto es lo que vuelve fundamental la actividad de prevención para aislar a los 
trabajadores del riesgo. 
 
Tres tipos de agentes condicionan el trabajo: 
a. De naturaleza física: iluminación, ruido, temperatura, etc. 
b. El tiempo: duración de la jornada, períodos de descanso. 
c. Factores sociales dentro de la situación de trabajo: organización informal, status, selección 
de roles, etc. 
La higiene industrial se ocupa exclusivamente de las condiciones físicas, relacionadas al am-
biente de trabajo aunque no descuida los otros dos elementos. 
La seguridad en el trabajo es el conjunto de medidas técnicas, médicas, psicológicas y de ca-
pacitación empleadas para prevenir accidentes y eliminar las condiciones inseguras. 
Su empleo es indispensable para el desarrollo satisfactorio del trabajo. 
 
IES N° 7 30 
 
ACCIDENTE E INCIDENTE 
ACCIDENTE 
Es un hecho súbito y violento ocurrido en el lugar donde 
el trabajador realiza su tarea y por causa de la misma o en el 
trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo 
o viceversa (in itinere), siempre que el damnificado no hu-
biere alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo. 
INCIDENTE 
Un INCIDENTE es un suceso repentino no deseado que ocurre por las mismas causas que se 
presentan los accidentes, sólo que por cuestiones del azar, no desencadena lesiones en las personas, 
daños a la propiedad, al proceso o al ambiente. 
 
En cuanto a los accidentes, éstos suceden porque se dan una serie de hechos que hacen po-
sible que los mismos ocurran, estas situaciones pueden ser: 
Condición insegura: es aquella circunstancia o condición física que hace posible que ocurra 
el accidente. Por ejemplo: piso roto, derrame de aceite o grasa en el suelo, maquinaria sin defensas, 
falta de orden y limpieza, deficiente iluminación, etc. 
Acto inseguro: es el acto que por ser realizado u omitido hace posible que el accidente ocurra. 
Por ejemplo: no usar antiparras frente a una piedra esmeril, utilizar herramientas defectuosas, no res-
petar el método de trabajo, violar normas de seguridad, etc. 
Una combinación de ambos. 
Los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales no sólo tienen consecuencias físicas 
para los trabajadores, sino también económicas para la empresa. Ante la presencia de accidentes se 
ponen de manifiesto: 
 
IES N° 7 31 
 
Costos directos: resultantes de las obligaciones para con los empleados expuestos a los ries-
gos inherentes al trabajo, como asistencia médica y hospitalaria dada a los accidentados, rehabilita-
ción y las correspondientes indemnizaciones. En general, los gastos los cubren las aseguradoras de 
riesgos del trabajo. 
Costos indirectos: pérdida de tiempo del accidentado y otros trabajadores, entrenamiento de 
otro trabajador, daños a equipos y herramientas, pérdida de producción en el resto de la jornada, etc. 
El costo indirecto representa cuatro veces el costo directo, sin hablar de la tragedia personal y familiar 
que puede ocasionar el accidente de trabajo. Una contingencia: es un hecho imprevisible y, por lo 
tanto, inevitable. 
 
Ver video: https://www.youtube.com/watch?v=0pWvRYJuaN4 
 
IES N° 7 32 
 
RIESGO Y PELIGRO 
Estos términos, básicos al hablar de prevención de riesgos laborales, aunque están relaciona-
dos entre sí, significan cosas diferentes. Estas definiciones nos ayudarán a utilizarlos correctamente. 
Peligro: Fuente, situación o acto con potencial para causar daño en términos de daño humano 
o deterioro de la salud, o una combinación de estos. 
Riesgo: Combinación de la probabilidad de que ocurra un suceso o exposición peligrosa y 
la severidad del daño o deterioro de la salud que puede causar el suceso o exposición. 
LACADENA DEL ACCIDENTE: DEFINICIONES Y CONCEPTOS 
FACTORES DE RIESGO 
Cuando utilizamos el vocablo riesgo nos referimos a la probabilidad de ocurrencia de un daño 
a la salud y / o a la integridad del trabajador. Si bien para la evaluación técnica de los riesgos laborales 
nos basaremos en una ecuación matemática (*), es fundamental entender que riesgo no significa 
necesariamente accidente: la existencia de un riesgo determinado en la actividad laboral conlleva 
una probabilidad, no una posibilidad y menos una certeza, ni mediata ni inmediata. 
(*) La ecuación matemática empleada para el análisis de riesgos de un puesto de trabajo, es 
el producto de dos variables: 
Gravedad: que se determina por el nivel del daño que puede ocasionar un accidente (días de 
trabajo perdidos, cantidad de trabajadores afectados, incapacidades permanentes, etc.) 
Frecuencia: que se determina por la cantidad de accidentes que pueden ocurrir en la unidad 
de tiempo (días, meses, año) Sólo a partir de esta definición de riesgo podremos analizarlo y acotarlo 
para llegar a las máximas condiciones de seguridad o, lo que es lo mismo, a las mínimas posibilida-
des de daño. 
IES N° 7 33 
 
MEDIDAS PREVENTIVAS Y MEDIDAS CORRECTIVAS 
Las medidas preventivas son las que se aplican a ambientes de trabajo o métodos de trabajo 
donde se identifica un riesgo potencial de incidente, con estas medidas se busca disminuir o lo elimi-
nar esta condición. 
Las medidas correctivas son aplicadas en acciones o sistemas luego de que ocurre un acci-
dente para evitar que vuelva a ocurrir. Esto ocurre cuando se realiza una evaluación de riesgo y no 
se logra identificar el riesgo causante del accidente. 
Por ejemplo, en una escalera colocamos cinta antideslizante, esta es una medida preventiva si 
no cayó un trabajador, si la cinta se coloca después de que alguien cayó, esta es una medida correctiva. 
A.S.T. (Análisis de Trabajo Seguro) 
Metodología analítica, documentada, que tiene como objetivo identificar peligros potencia-
les y los riesgos durante la realización de un trabajo y establecer los controles necesarios para 
evitar o reducir la probabilidad de un incidente, accidente o enfermedad ocupacional. 
Establece parámetros, para que de manera analítica se puedan revisar metodologías de trabajo 
qe permitan identificar, controlar o eliminar riesgos potenciales ocultos que podrían resultar en 
incidentes, accidentes o enfermedades ocupacionales que afecten la productividad. 
 
 
 
IES N° 7 34 
 
Solemos clasificar los riesgos según su procedencia en: 
• Riesgos físicos 
• Riesgos químicos 
• Riesgos ergonómicos 
• Riesgos biológicos 
• Riesgos eléctricos 
• Riesgos de incendio 
RIESGOS FÍSICOS 
Los efectos de los agentes físicos se deben a un intercambio de energía entre el individuo y el 
ambiente a una velocidad y potencial mayor que la que el organismo puede soportar, lo que puede 
producir una enfermedad profesional. La forma de clasificar dichos riesgos se detalla a continuación: 
• Ruido. 
• Iluminación. 
• Carga térmica. 
• Radiaciones no ionizantes. 
• Radiaciones ionizantes. 
• Bajas temperaturas. 
• Vibraciones. 
RIESGOS QUÍMICOS 
Los riesgos químicos son agentes ambientales presentes en el aire, que ingresan al organismo 
por las vías respiratoria, cutánea o digestiva, que pueden generar una enfermedad profesional. 
Los riesgos químicos se presentan en el ambiente en forma de polvos, gases, vapores, rocíos, 
nieblas y humos metálicos. Teniendo en cuenta ello, lo podríamos clasificar en: 
• Inhalación de polvos. 
• Inhalación de gases. 
• Inhalación de vapores. 
• Inhalación de humos. 
 
 
IES N° 7 35 
 
Riesgos Ergonómicos 
Corresponden a aquellos riesgos que se originan cuando el trabajador interactúa con su puesto 
de trabajo y cuando las actividades laborales presentan movimientos, posturas o acciones que pue-
den producir daños a su salud. Los clasificamos en: 
• Carga postura estática. 
• Carga postura dinámica. 
• Levantamiento de cargas. 
• Carga física total. 
• Carga de manutención. 
• Diseño de puesto. 
 
RIESGOS BIOLOGICOS 
El riesgo biológico (biohazard en inglés) consiste en la presencia de un organismo o la sustan-
cia derivada de un organismo, que plantea una amenaza a la salud humana (una contaminación 
biológica). Son aquellos que causan enfermedades comunes, pero si su contagio se produce en el 
lugar de trabajo constituye una enfermedad profesional. Los clasificamos en: 
• Virus. 
• Bacterias. 
• Hongos. 
 
Riesgo Eléctrico 
Es aquel susceptible de ser producido por ins-
talaciones eléctricas, partes de las mismas, y 
cualquier dispositivo eléctrico bajo tensión, con 
potencial de daño suficiente para producir fenó-
menos de electrocución y quemaduras. 
 
 
IES N° 7 36 
 
Riesgo de incendio 
El peligro de incendio se refiere a una condición que puede contribuir al inicio o propagación 
del fuego o a la puesta en peligro de la vida o la propiedad por este fuego. Los peligros de ignición 
son condiciones bajo la cual algo que puede arder (combustible) está o puede estar demasiado cerca 
de algo que está caliente (fuente de energía). 
Riesgo Mecánico 
Conjunto de factores físicos que pueden dar lugar a una lesión por acción (asociado a la ener-
gía cinética) mecánica de elementos de máquinas, herramientas, piezas a trabajar o materiales pro-
yectados solidos o fluidos. 
 
RIESGO CERO es un sistema para la prevención de accidentes basado en el principio de 
neutralización y/o eliminación de sus causas, para evitarlos accidentes y, por consiguiente, sus efec-
tos. Este objetivo incluye en su metodología los procedimientos ANALÍTICO, CORRECTIVO, PRE-
VENTIVO y EVALUATIVO. 
El procedimiento Analítico tiene por finalidad la detección y evaluación de riesgos, su análisis 
y clasificación en condiciones inseguras, factores personales inseguros y actos inseguros, cuya to-
talidad debidamente registrada conformará la denominada situación básica. 
El procedimiento Correctivo tiene por finalidad la neutralización de riesgos y, basándose en 
la situación básica, conformará un Programa de Medidas Correctivas de condiciones, factores per-
sonales y actos inseguros. 
El procedimiento Preventivo tiene como fin evitar riesgos y mantener el estado de seguridad 
logrado. Para su aplicarlo, el sistema determina la elaboración de un Plan Maestro que, partiendo de 
la situación básica, incluye el Programa Correctivo y un Programa Preventivo. 
 El procedimiento Evaluativo tiene como propósito la evaluación del Plan, que se integra con 
la totalidad de los procedimientos. Dicha evaluación conforma un Programa de Controles Periódicos 
sobre los demás programas y la respuesta y el grado de participación de los distintos niveles de la 
organización. 
 
IES N° 7 37 
 
LA PRÁCTICA DE LA HIGIENE Y LA SEGURIDAD LABORAL 
Las etapas clásicas de la práctica de la higiene y seguridad laboral son las siguientes: 
• Identificación de posibles peligros para la salud en el medio ambiente de Trabajo, entendién-
dose por peligro a toda fuente con potencial de daños en términos de lesión y o daños a la 
propiedad. 
• Evaluación de los peligros, un proceso que permite valorar la exposición y extraer conclusiones 
sobre el nivel de riesgo de cada peligro para la salud humana; 
• Prevención y control de riesgos, un proceso que consiste en desarrollar e implantar estrategias 
para eliminar o reducir a niveles aceptable es la presencia de agentes y factores nocivos en el 
lugar de trabajo, teniendo también en cuenta la protección del medio ambiente. 
Ver video: https://www.youtube.com/watch?v=tB6gAkzlQQw 
CONCEPTOS BASICOS Y TERMINOLOGIA 
Procedimiento de trabajo seguro (PTS) 
PTS que sirve como guía para establecer los lineamientos y requerimientos básicos de seguri-
dad y salud ocupacional aplicables a los procesos, con el fin de proporcionar acciones alcanzables, 
eficaces y medibles,para prevenir y controlar los riesgos inherentes a la actividad. 
JERARQUIA DE CONTROL DE RIESGOS 
Los riesgos para la salud en el ambiente laboral, como químicos, contaminantes de aire y es-
tructuras potencialmente peligrosas, se pueden controlar de diversas formas. El objetivo del control 
de riesgos es proteger a todos los trabajadores, así como también a la comunidad circundante, del 
daño en el ambiente laboral. La Occupational Health and Safety Administration (OHSAS) ofrece una 
"jerarquía de controles" estandarizada para encarar los riesgos para la salud en el lugar de trabajo. 
1. Eliminación 
2. Sustitución 
3. Controles de ingeniería 
4. Señalizaciones, alertas y/o controles administrativos 
5. Usar Equipos de Protección Personal (EPP), adecuado para el tipo de actividad que se desa-
rrolla en dichas áreas. 
 
IES N° 7 38 
 
Ergonomía 
La ergonomía tiene por objeto el comprender el trabajo para contribuir al diseño y a la transfor-
mación de las situaciones de trabajo actuando de forma positiva sobre los dispositivos técnicos y los 
medios de trabajo, sobre los entornos de trabajo, sobre la organización y sobre las personas. 
Esta acción tiene en cuenta: 
Las características fisiológicas y psicológicas de los seres humanos en actividad en las situa-
ciones socialmente finalizadas, especialmente en el trabajo 
Los objetivos que estos seres humanos persiguen, sus propias intenciones, el sentido y la sig-
nificación de su actividad 
Los objetivos y finalidades de la empresa Los criterios de la acción ergonómica dirigidos en el 
interés de las personas y de las empresas se refieren de una parte la salud, la seguridad, el confort 
y las competencias de las personas, por otra parte, la eficacia y la calidad del trabajo. 
Área de trabajo 
Colores y señales de seguridad según la norma IRAM 10005 - 1º Parte 
La función de los colores y las señales de seguridad es atraer la atención sobre lugares, objetos 
o situaciones que puedan provocar accidentes u originar riesgos a la salud, así como indicar la ubica-
ción de dispositivos o equipos que tengan importancia desde el punto de vista de la seguridad. 
La normalización de señales y colores de seguridad sirve para evitar, en la medida de lo posible, 
el uso de palabras en la señalización de seguridad. Esto es necesario debido al comercio internacional 
así como a la aparición de grupos de trabajo que no tienen un lenguaje en común o que se trasladan 
de un establecimiento a otro. 
Por tal motivo en nuestro país se utiliza la norma IRAM 10005- Parte 1, cuyo objeto fundamental 
es establecer los colores de seguridad y las formas y colores de las señales de seguridad a emplear para 
identificar lugares, objetos, o situaciones que puedan provocar accidentes u originar riesgos a la salud. 
 
IES N° 7 39 
 
Definiciones 
Color de seguridad: A los fines de la seguridad color de características específicas al que se le 
asigna un significado definido. 
Símbolo de seguridad: Representación gráfica que se utiliza en las señales de seguridad. 
Señal de seguridad: Aquella que, mediante la combinación de una forma geométrica, de un color 
y de un símbolo, da una indicación concreta relacionada con la seguridad. La señal de seguridad puede 
incluir un texto (palabras, letras o cifras) destinado a aclarar sus significado y alcance. 
Señal suplementaria: Aquella que tiene solamente un texto, destinado a completar, si fuese 
necesario, la información suministrada por una señal de seguridad. 
 
IES N° 7 40 
 
MEDICINA LABORAL 
La medicina del trabajo o laboral, es la especialidad médica que se dedica al estudio de las 
enfermedades y los accidentes que se producen por causa o consecuencia de la actividad laboral, así 
como las medidas de prevención que deben ser adoptadas para evitarlas o aminorar sus consecuencias. 
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL 
La capacitación en prevención de riesgos laborales tiene el objetivo de brindar conocimientos 
especializados que ayuden al trabajador a evitar accidentes en su empresa, contribuyendo de esta 
manera a crear una cultura de la seguridad preventiva. 
Se utiliza cuando ingresa personal nuevo a una empresa o institución, cuando se adquiere ma-
quinaria, cuando se reasigna al personal a una nueva tarea, para la correcta utilización de E.P.P., etc. 
ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL 
Se entiende como Elemento de Protección Personal (EPP) a todo aquel dispositivo o medio que 
pueda disponer una persona con el objeto de que la proteja contra uno o varios riesgos que puedan 
amenazar su salud, tanto en accidentes como en prevención a contraer alguna enfermedad. Por ejem-
plo, el impacto producido por virutas, esmerilado de piezas, trabajos en albañilería, carpintería, limpieza 
de arena, entre otras, significa un riesgo que requiere anteojos de seguridad, protección de facial, entre 
otros elementos, según los riesgos se presenten. 
Por otro lado, es mandatorio cumplir las exigencias esenciales de sanidad y seguridad aplicables 
al diseño y a la fabricación de los EPP de acuerdo a las normas nacionales o internacionales. Es im-
portante exigir que se entregue a los trabajadores un documento informativo junto con el EEP que 
detalle su correcto modo de empleo y de que riesgos lo protege. 
TIPOS DE E.P.P. 
Son aquellos que protegen al individuo frente a riesgos que actúan preferentemente sobre partes 
o zonas concretas del cuerpo. Entre otros, se encuentran: 
 Para la protección de la cabeza. 
 Para la protección de los ojos y cara 
 Protección del oído 
 Para la protección del sistema respiratorio 
 Para la protección de los pies y las piernas. 
 Para la protección de las manos y brazos. 
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Ver video: https://www.youtube.com/watch?v=4ymvWwkMDy0 
NORMATIVAS LEGALES SOBRE SEGURIDAD E HIGIENE. 
LEY 19.587: HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO 
RESUMEN 
Establece las condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo de cumplimiento en todo el te-
rritorio de la República Argentina y de aplicación a todo establecimiento y explotación que persiga o no 
fines de lucro, cualesquiera sean la naturaleza económica de las actividades, el medio donde ellas se 
ejecuten, el carácter de los centros y puestos de trabajo y la índole de las maquinarias, elementos, 
dispositivos o procedimientos que se utilicen o adopten. 
Tendrá como objeto proteger la vida, preservar y mantener la integridad sicofísica de los trabaja-
dores; prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos centros o puestos de trabajo; esti-
mular y desarrollar una actitud positiva respecto de la prevención de los accidentes o enfermedades 
que puedan derivarse de la actividad laboral. 
DECRETO 351/79 
TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES 
- Capítulo 1: Establecimientos: Dispone que todo establecimiento que se instale en el territorio de la 
República Argentina deberá dar cumplimiento a la Ley Nº 19587 y sus Reglamentaciones. 
TÍTULO II: PRESTACIONES DE MEDICINA Y DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO 
- Capítulos 2, 3 y 4: Derogados por Decreto Nº 1338/96 
 
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/40000-44999/40574/norma.htm
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TÍTULO III: CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS 
- Capítulo 5: Proyecto, Instalación, Ampliación, Acondicionamiento y Modificación: Indica que todos los 
establecimientos deben prever adecuadas condiciones de higiene y seguridad. Establece parámetros 
de ubicación y distribución de los servicios sanitarios, vestuarios, comedor, cocina y locales destinados 
a los Servicios de Medicina del Trabajo y de Higiene y Seguridad en el Trabajo. 
- Capítulo 6: Provisión de Agua Potable: Dispone que todos los establecimientos deben contar con 
provisión y reserva de agua para uso humano, especificando cantidad y cualidad. 
- Capítulo 7: Desagües Industriales: Incluye características de construcción y ubicación de los desa-
gües y el envío de los efluentes a plantasde tratamiento. 
TÍTULO IV: CONDICIONES DE HIGIENE EN LOS AMBIENTES LABORALES 
- Capítulo 8: Carga Térmica: Define qué es la carga térmica, cuáles son las condiciones higrotérmicas 
(determinadas por la temperatura, humedad, velocidad del aire y radiación térmica) y cómo se evalúan. 
- Capítulo 9: Contaminación Ambiental: Establece que los procesos susceptibles de producir contami-
nación ambiental, deberán utilizar dispositivos que eviten que los niveles de contaminante puedan afec-
tar la salud del trabajador. Además, fija los parámetros a tener en cuenta al realizar inspecciones. 
- Capítulo 10: Radiaciones: En el caso de las radiaciones ionizantes, define autoridad de aplicación, 
dónde debe tramitarse la autorización para operar y la expedición de licencias. Para las radiaciones no 
ionizantes, establece la utilización de dispositivos y elementos de protección personal para el trabaja-
dor, así como los tiempos de exposición permitidos para cada tipo de radiación. 
- Capítulo 11: Ventilación: Dispone cuál es la ventilación mínima requerida en los locales, en función 
del número de ocupantes. 
- Capítulo 12: Iluminación y Color: Define parámetros de iluminación que deben cumplimentar los sec-
tores de trabajo; indica la disposición de iluminación de emergencia y establece colores de seguridad 
para identificar personas, lugares y objetos. 
- Capítulo 13: Ruidos y Vibraciones: Establece que ningún trabajador puede estar expuesto a un nivel 
sonoro superior a lo establecido en el Anexo V; cuando este sea superado, deberán tomarse medidas 
correctivas. Respecto de las vibraciones, dispone que ningún trabajador pueda estar expuesto a valo-
res límites superiores a los especificados en el Anexo V, debiendo adoptar medidas correctivas en caso 
de que estos sean superados. 
 
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/30000-34999/32030/dto351-1979-anexo5.htm
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TÍTULO V: 
- Capítulo 14: Instalaciones Eléctricas: Indica que tanto las instalaciones y equipos eléctricos como los 
materiales y equipos que se utilicen en instalaciones eléctricas, deben cumplir con las normas técnicas 
correspondientes. Incluye medidas de seguridad. 
- Capítulo 15: Máquinas y Herramientas: Establece que tanto las máquinas como las herramientas usa-
das en los establecimientos deben ser seguras, y en caso de que originen riesgos, deben emplearse 
con la protección adecuada. Indica protecciones y dispositivos de seguridad que deben emplearse en 
caso de existir riesgos mecánicos, incluyendo en este Capítulo herramientas, aparatos para izar, apare-
jos para izar, ascensores y montacargas. 
- Capítulo 16: Aparatos que puedan desarrollar presión interna: Establece que deben fijarse instruccio-
nes señalando dispositivos de seguridad y las prescripciones para su correcta utilización. Indica ade-
más que deben instalarse protecciones en los aparatos que aumentan la temperatura ambiente y los 
requisitos para el almacenamiento de gases licuados a presión. 
- Capítulo 17: Trabajos con riesgos especiales: Establece disposiciones y medidas preventivas para la 
fabricación, manipulación y empleo de sustancias peligrosas para la salud de los trabajadores. 
- Capítulo 18: Protección contra Incendios: Comprende el conjunto de condiciones de construcción, 
instalación y equipamiento que deben cumplirse tanto en edificios como en tareas fuera de estos. Es-
tablece disposiciones para los trabajos que utilizan combustibles e identifica las clases de fuego. 
TÍTULO VI: PROTECCIÓN PERSONAL DEL TRABAJADOR: 
- Capítulo 19: Equipos y Elementos de Protección Personal: Establece qué protecciones deben brin-
dar los equipos y elementos de protección personal. 
TÍTULO VII: SELECCIÓN Y CAPACITACIÓN DEL PERSONAL: 
- Capítulo 20: Selección de Personal: Indica que los Servicios de Medicina, Higiene y Seguridad, y 
otras dependencias relacionadas deben actuar en forma coordinada para la selección y el ingreso 
del personal. Además, establece que los trabajadores deben someterse a exámenes preocupacio-
nales y periódicos que disponga el Servicio de Medicina. 
- Capítulo 21: Capacitación: Establece que todo establecimiento está obligado a capacitar a su personal 
en materia de seguridad e higiene y en prevención de enfermedades profesionales y accidentes de 
trabajo, según los riesgos a los que puede hallarse expuesto. Indica los medios a través de los cuales 
se puede capacitar. Dispone que los Servicios de Medicina y de Higiene y Seguridad son los encargados 
de planificar y desarrollar los programas de capacitación. 
 
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TÍTULO VIII: ESTADÍSTICAS DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES DEL TRABAJO: 
- Capítulo 22: Registros e Información: Derogado por Decreto 1338/96, art. 2. 
TÍTULO IX: PLAZOS, MDIFICACIONES Y SANCIONES: 
- Capítulo 23: Plazos: Indica que la Ley 19587 y su reglamentación se deben cumplir a partir de la 
promulgación de este Decreto (Nº 351/79) , en la construcción y equipamiento de toda obra donde se 
realice trabajo humano. 
- Capítulo 24: Sanciones: El incumplimiento de las obligaciones que establece la Ley 19587. 
RESUMEN ANEXOS DEL DECRETO REGLAMENTARIO Nº 351/79 
ANEXO II: Carga Térmica: 
Amplía las prescripciones acerca de los Valores Límite para la exposición al estrés por frío, estable-
ciendo su evaluación y control. Además, establece el régimen de calentamiento en el trabajo, reco-
mendaciones especiales sobre el lugar de trabajo y tablas sobre estrés térmico y carga térmica. 
ANEXO III: Introducción a las sustancias químicas: 
Establece la aplicación del Valor Límite Umbral, el cual hace referencia a concentraciones de sustancias 
que se encuentran en el aire y que representa condiciones por debajo de las cuales se cree que casi 
todos los trabajadores pueden estar expuestos periódicamente sin sufrir efectos adversos para la salud. 
ANEXO IV: Iluminación y Color: 
Establece la exigencia mínima de iluminación que deben tener los locales de trabajo. Incluye tablas 
sobre la Intensidad Media de Iluminación para diversas clases de tarea visual, la Intensidad Mínima 
de Iluminación, Relaciones Máximas de Luminancias e Iluminación General Mínima. Contiene ade-
más la disposición de los colores a utilizar para la identificación de lugares y objetos. 
ANEXO V: Acústica: 
Contiene la tabla de valores límite para el ruido, determinadas por el Nivel de presión acústica y la 
duración de la exposición por día. Incluye disposiciones para el Infrasonido y sonido de baja frecuen-
cia, Ruido continuo o intermitente, Ruido de impulso o de impacto, Ultrasonido. Vibración segmental 
mano- brazo: continua, intermitente, de impacto o de impulso, Vibración de cuerpo entero. 
ANEXO VI: Instalaciones Eléctricas: 
Incluye definiciones y terminología, y Capacitación. Trabajos y maniobras en instalaciones eléctricas, 
Condiciones de seguridad de las instalaciones eléctricas. 
 
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ANEXO VII: Protección contra Incendios: 
Establece definiciones, resistencia al fuego de los elementos constitutivos de los edificios, medios de 
escape, potencial extintor de los matafuegos, condiciones de situación, de construcción y de extinción. 
 
DECRETO REGLAMENTARIO Nº 1338/96. 
RESUMEN 
Deroga los Títulos II y VIII del Anexo I del Decreto Nº 351/79. Dispone cuáles son las misiones y 
funciones y cómo deben ser los Servicios de Medicina y de Higiene y Seguridad en el Trabajo, así 
como la cantidad de horas profesionales dedicadas mensualmente. 
Incluye la aplicación del concepto de Trabajadores Equivalentes. Establece quienes pueden di-
rigir los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo y las áreas de prevención de las Aseguradoras 
de Riesgos del Trabajo. 
RESOLUCIÓN Nº 295/03. 
RESUMEN 
Anexo I: Especificaciones Técnicas de Ergonomía; Trastornos musculo esqueléticos relacionados 
con el trabajo; Método NAM (Nivel de Actividad Manual); tablas de valores límite para el levanta-
miento manual de cargas 
Anexo II:Especificaciones Técnicas sobre radiaciones: Radiación Ionizante, Láseres, Radiación No 
Ionizante y Campos, Tablas. 
 
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Ley de Riesgo de Trabajo 24557 – Objetivos de la misma 
• REDUCIR: ¿Qué? SINIESTRALIDAD LABORAL (riesgos) Cómo? a través de la prevención de los riesgos 
• REPARAR: ¿Qué? Daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales. 
¿Cómo? A través de asistencia médica y quirúrgica- rehabilitación- hospitalización cuando el caso lo 
requiera- medicamentos y materiales de curación- los aparatos de ortopedia y prótesis necesarios. 
• PROMOVER LA RECALIFICACIÓN: recolocación de los trabajadores damnificados. 
• PROMOVER LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA: laboral para la mejora de las medidas de prevención 
y de las prestaciones reparadoras. 
• RECALIFICAR Y RECOLOCAR AL TRABAJADOR: La reinserción y recolocación del trabajador 
forma parte de las virtudes de la Ley. 
Sujetos de la LRT: 
1. Trabajador: como sujeto de la prevención -anticipándose por medios técnicos y preventivos a los 
hechos dañosos- o como sujeto sometido a la curación, en razón de que ha sufrido las consecuencias 
de un accidente laboral o una enfermedad profesional. 
2. Empleador: como responsable directo de la prevención, y el sujeto obligado a contratar en forma 
obligatoria los servicios de una ART. 
3. Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.): empresas creadas especialmente y de objeto 
único, que tendrán a su cargo todo el marco de las prestaciones en dinero y en especie del sistema 
a fin de asistir a los trabajadores damnificados. 
4. Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.): es el órgano de contralor autónomo, respon-
sable de vigilar el cumplimiento de la legislación a todos los sujetos involucrados, tanto asegurados 
como auto-asegurados; es la encargada de efectuar investigaciones y sumarios y en el caso aplicar 
sanciones; finalmente administra fondos especiales para atender la insolvencia de empleadores o de 
ART que puedan entrar en liquidación. 
5. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (el Estado) (M.T.S.S.): tiene a su cargo el manejo de 
la política social en materia de riesgos de trabajo, y por supuesto es el responsable de la reglamen-
tación de la LRT a través de decretos y resoluciones. 
6. Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN): controla a las ART como empresas, y es también 
la que dicta normas para que las mismas se ajusten, conforme a atribuciones delegadas de la LRT. 
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Contingencias cubiertas por la LRT (Concepto de cada una de ellas) 
1. Accidente de trabajo: se denomina accidente de trabajo al hecho súbito, generalmente violento 
v traumático, que se produce dentro del ámbito laboral o por el hecho o en ocasión del trabajo, y que 
lesiona física o psicológicamente al sujeto, y le produce una incapacidad. 
2. Enfermedad profesional: son las enfermedades originadas ante la presencia de un agente 
hostil dentro del ambiente laboral que produce una incapacidad para trabajar, y que generalmente tiene 
lenta evolución. En la actualidad sólo son enfermedades profesionales las incluidas en un listado que 
forma parte de la reglamentación de la LRT. El listado identificará agente de riesgo, cuadros clínicos y 
actividades, en capacidad de determinar por sí la enfermedad profesional. Las enfermedades no inclui-
das en el listado como sus consecuencias en ningún caso serán consideradas resarcibles. 
3. Accidente in itinere: es el evento súbito, generalmente violento y traumático, que se produce 
en el trayecto entre el domicilio del trabajador y lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no 
hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo. El trabajador podrá declarar 
por escrito ante el empleador, y éste dentro de las setenta y dos (72) horas ante el asegurador, que el 
itinere se modifica por razones de estudio, concurrencia a otro empleo o atención de familiar directo 
enfermo y no conviviente, debiendo prestar el pertinente certificado a requerimiento del empleador den-
tro de los tres (3) días hábiles requerido. 
4. Incapacidad e invalidez: es un estado en que se encuentra la persona que no puede desarrollar 
normalmente su trabajo por efecto de un accidente o una enfermedad profesional. El estado de inca-
pacidad puede ser temporario o permanente, en este último caso se dice que la persona es inválida. 
5. Muerte: la muerte del trabajador es una contingencia social en tanto y en cuanto afecta los 
ingresos del grupo familiar habitualmente generados por el causante, y puede producir desamparo y 
otros efectos negativos. 
6. Desempleo como contingencia dentro de la LRT: el trabajador afectado por un estado de in-
validez parcial y permanente tendrá graves dificultades para reinsertarse, de modo que para la LRT es 
función importante la de potenciar las facultades del trabajador, reconvirtiéndolo o capacitándolo para 
que logre conquistar un nuevo puesto de trabajo adecuado a sus posibilidades. 
Contingencias no cubiertas por la LRT 
1-Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales causados por dolo del trabajador o 
por fuerza mayor extraña al trabajo. 
2- Las incapacidades del trabajador preexistentes a la iniciación de la relación laboral y acreditada en 
el examen pre-ocupacional efectuado según las pautas establecidas por la autoridad de aplicación. 
Ver video: https://www.youtube.com/watch?v=r-jtF5a2BUs 
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EJE IV: EL OFICIO DE ESTUDIANTE 
EL OFICIO 
DE ESTUDIANTE 
 
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ESTUDIAR EN EL NIVEL SUPERIOR 
Iniciar el cursado de una carrera, requiere aprender el oficio de estudiar, como también requiere 
de la entrega y el deseo de conocer y aprender sobre lo que se eligió y los enigmas que se le plantean 
a cada uno respecto de lo que se desconoce. 
Un estudiante de nivel superior es un profesional del estudio y del aprendizaje permanente. 
Pensar con claridad, argumentar, organizar ideas es importante, pero, un estudiante superior debe, 
además: intercambiar ideas, integrar grupos de trabajo, aceptar opiniones, juzgar críticamente situa-
ciones, comprometerse, leer e interpretar a diferentes autores de una manera crítica que permita 
posicionarse con fundamentos. Todo esto no se logra pasivamente, sino a través de una partici-
pación activa en el estudio, en la vida académica de la institución, que comienza desde el ingreso a 
una carrera. 
Estudiante es una palabra que conlleva varias significaciones: viene del verbo Studio que sig-
nifica dedicarse, trabajar con empeño en, buscar con afán, desear, aspirar, es decir que el estudiante 
es el que desea, busca, trabaja con empeño. 
El acto de aprender de un alumno siempre supone que haya otro que enseña; la enseñanza 
y el aprendizaje se dan en un campo que se crea entre profesor y alumno, El sujeto (estudiante) 
es influido por el Otro (profesor), en la búsqueda de un saber más elaborado, es así que junto con 
el deseo de saber está la relación transferencial con el otro (algún profesor en especial). 
Estudiar es un proceso complejo que compromete a toda la persona a fin de alcanzar obje-
tivos de aprendizaje mediante el empleo racional de todas sus habilidades y procesos guiados 
por el propio deseo de saber. 
 
IES N° 7 50 
 
Estilos de Aprendizaje1 
¿Qué es un estilo de aprendizaje? 
De acuerdo con el “California Journal of Science”, un estilo de aprendizaje consiste en 
una serie de características personales con las que naces y que desarrollas conforme vas 
creciendo. Determina, entre otras cosas, a través de qué actividades y sentidos tiendes a absor-
ber información más fácilmente; ya sea a través de la vista, el oído, el tacto, el habla, la toma de 
notas o una combinación de estas. Presta atención a las características de cada uno de ellos 
para poder mejorar tu rendimiento académico. 
¿Cuántos estilos de aprendizaje existen? 
Tenemos tres grandes sistemas para representar

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