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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE BIOQUÍMICA, FARMACIA Y DROGUERÍA CENTRAL Santa Fe, 10 de junio de 2014 Bv. Gálvez 1563 - S3000AAG - Santa Fé Tel:(0342)4573710/3713/1930 - farmacovigilancia_dbyfcia@santafe.gov.ar PROGRAMA PROVINCIAL DE FARMACOVIGLANCIA ALERTA Nº 09/14 Boletín Oficial de la Nación Nº 32.897, 03 de junio de 2014 PRODUCTOS MÉDICOS Disposición 3443/2014 Prohíbese preventivamente el uso y la comercialización de todos los lotes de los productos rotulados como: • “CALMA FLEX CREMA DESINFLAMANTE NATURAL ANESTÉSICO, Venta libre, uso externo, cont. Neto 170 cc, lote 05, vto: 12-22, POPEA-FLEX, M.S.A Y A.S. resol nº 337/92, leg. Elab. MSYAS 155/98, Industria Argentina”, que carece del número de legajo del establecimiento elaborador y de datos del responsable de la comercialización; • “VITAMAX GEL ANESTÉSICO MUSCULAR CON ALOE VERA, cont. Neto 100 cc. MS y RES 155/98, legajo 2325, ruta Nac. Nº 3- km. 42,160 - G. Catan. Prov. de Buenos Aires, industria argentina”, que carece de datos del responsable de la comercialización, fórmula cualitativa y de la codificación de lote y vencimiento; • “VITAMAX CREMA ANESTÉSICA MUSCULAR CON ALOE VERA, cont. Neto 100 cc. MS y RES 155/98, legajo 2325, ruta Nac nº 3- km. 42,160 - G. Catan. Prov. de Buenos Aires, industria argentina”, que carece de datos del responsable de la comercialización, fórmula cualitativa y de la codificación de lote y vencimiento. Disposición 3441/2014 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos rotulados: • FLEX B12, piroxicam 10 mg - carisoprodol 250 mg – dexametasona 1 mg - vitamina b6 150 mg – vitamina b12 100 mg LCM sin fecha de vencimiento y sin datos del elaborador y sin número de lote; • LORATADINA 10 MG - BETAMETASONA 0,6 MG sin fecha de vencimiento y sin datos del elaborador y sin número de lote; • AMOXICILINA 500 MG - DICLOFENAC 50 MG con fecha de vencimiento y sin datos del elaborador y sin número de lote; • BETAMETASONA 0,6 MG con fecha de vencimiento y sin datos del elaborador y sin número de lote. Boletín Oficial de la Nación Nº 32.899, 05 de junio de 2014 MINISTERIO DE SALUD Disposición 3496/2014 Prohíbese preventivamente el uso y comercialización de todos los lotes de los productos rotulados como: • “AURILL PREMIUM SHAMPOO con lauryl polyglycose para cabellos con caspa con octopirox x 275 cm3, industria argentina, elaborado por PLAYCOS SA (LEG 2689), M.S y A.S RES. 155/98”; • “AURILL ESPECIFICO SHAMPOO con hidrolizado de colágeno para puntas secas x 375 cm3 l: 1025/9, vencimiento: 03/16, industria argentina, elaborado por PLAYCOS SA, M.S y A.S RES. 155/98, LEGAJO Nº 2689 Y 7275”; • “AURILL ORIGINAL SHAMPOO CABELLOS CON CASPA x 970 cm3, L: 1041/9, vto.: 03/16, industria argentina, elaborado por PLAYCOS SA, M.S y A.S RES. 155/98, LEGAJO Nº 2689 Y 7275”; • “AURILL GEL MODELADOR SIN ALCOHOL EFECTO HUMEDO x 200 cm3, L: 1003/9, vto.: 03/16, MS. y AS Nº 155/98, LEGAJO 2154, industria argentina”; • “AURILL BAÑO DE CREMA CON EXTRACTO DE VEGETALES MARINOS x 200 cm3, L: 1005/9, vto.: 03/16, MS y AS Nº 330/20-89-16, LEGAJO 2154” DIRECCIÓN PROVINCIAL DE BIOQUÍMICA, FARMACIA Y DROGUERÍA CENTRAL Santa Fe, 10 de junio de 2014 Bv. Gálvez 1563 - S3000AAG - Santa Fé Tel:(0342)4573710/3713/1930 - farmacovigilancia_dbyfcia@santafe.gov.ar PRODUCTOS MÉDICOS Disposición 3519/2014 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: • PARACETAMOL 300 MG - DICLOFENAC 50 MG con fecha de vencimiento y sin datos del elaborador y sin número de lote (Ver Comunicados de ANMAT en hoja 3). Boletín Oficial de la Nación Nº 32.901, 09 de junio de 2014 MINISTERIO DE SALUD Resolución 789/2014 Apruébase la “CAMPAÑA NACIONAL DE VACUNACIÓN CONTRA SARAMPIÓN, RUBÉOLA Y POLIOMIELITIS EN NIÑOS DE UNO (1) A CUATRO (4) AÑOS” con el propósito de consolidar la eliminación de sarampión, rubéola, SRC y poliomielitis en Argentina. Objetivo de vacunar al noventa y cinco por ciento (95%), o más, de los niños de edad comprendida entre doce (12) meses y cuatro (4) años, once (11) meses y veintinueve (29) días con las vacunas contra sarampión y rubéola (dosis extra) o sarampión, rubeola, parotiditis (SRP) y con la vacuna anti poliomielítica (dosis extra) en todos los departamentos y partidos de la Argentina y declárese como una prioridad en Salud Pública. Los Servicios de Salud públicos y privados, deberán garantizar la vacunación contra el sarampión, rubéola y poliomielitis en forma gratuita y obligatoria a toda la población de niños y niñas de uno (1) a cuatro (4) años de edad inclusive, independientemente del antecedente de haber recibido las vacunas con anterioridad o haber padecido la enfermedad. Las actividades de la campaña se realizarán durante los meses de septiembre y octubre del 2014. Boletín Oficial de la Nación Nº 32.902, 10 de junio de 2014 MINISTERIO DE SALUD Resolución 809/2014 Apruébanse las pautas para CENTROS DE LACTANCIA MATERNA en establecimientos asistenciales. Disposición 3545/2014 Prohíbese preventivamente la comercialización y uso de los productos rotulados como: • “SHAMPOO USO FRECUENTE PH NEUTRO - para todo tipo de cabellos x 375 cm3, industria argentina”, • “SHAMPOO CON KERATINA 100% NATURAL para cabellos maltratados x 350 cm3, v: 01/15, L: 314, industria argentina”, • “ACONDICIONADOR NEUTRO para cabellos maltratados x 350 cm3, v: 01/15, L: 314, industria argentina”, • “ACONDICIONADOR CON SEMILLAS DE LINO NEUTRO PARA CABELLOS MALTRATADOS x 350 cm3, v: 01/15, L: 314, industria argentina”, • “BALSAMO POST COLOR PH 3.5 X 350 CC, LEG. ELAB. Nº 1928, M.S. y A.S. RESOL. 155/98, industria argentina”, • “BALSAMO KIWI X 350 CC, LEG. ELAB. Nº 1928, M.S. y A.S. RESOL. 155/98, industria argentina”, • “CREMA DE ORDEÑE CON VITAMINA A Y D CON FILTRO SOLAR UV FACTOR 15 X 250 GS, vencimiento: 12/2016, que detalla en su rótulo las leyendas bactericida, cicatrizante, lubricante, entre otras, elab. leg. nº 1420, M.S. y A.S. resol. 337/94”, • “4G SERUM, industria argentina”, • “4G MASCARA SUPER NUTRITIVA (KERATINA + SILICONA + KARITE), industria argentina”, • “4G CREMA SILICONADA X 250 GRS”, • “4G MASCARA EXTRA ACIDA X 250 GRS”, • “MAX SHOCK DE KERATINA, ANTRI FRIZZ, BRILLO”, • “EXPRESS KERATINICO BY MINT KOSMETIK, tratamiento capilar, exclusivo uso profesional x 125 ml”, • “NOVITA COSMETICA CAPILAR-reparador de puntas x 50 cc, industria argentina”, Todos sin más datos; y otros. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE BIOQUÍMICA, FARMACIA Y DROGUERÍA CENTRAL Santa Fe, 10 de junio de 2014 Bv. Gálvez 1563 - S3000AAG - Santa Fé Tel:(0342)4573710/3713/1930 - farmacovigilancia_dbyfcia@santafe.gov.ar Disposición 3546/2014 Prohíbese preventivamente el uso y comercialización de todos los lotes de los productos rotulados como: • “VITAL BLUE PROACTIVE CELLS, crema de tratamiento regeneradora – hidratante x 100 cc, elaborador legajo nº 7110, RMS y AS 155/98, industria argentina”, • “VITAL BLUE BIOACTIVE EYES, reducción de bolsas palpebrales y ojeras x 30 cc, elaborador legajo nº 7110, RMS y AS 155/98, industria argentina”, • “VITAL BLUE ANTIOX BERRY, crema reafirmante, antioxidante, reestructurante, hidratante para todo tipo de piel x 250 cc, elaborador legajo nº 7110, RMS y AS 155/98, industria argentina”, •“VITAL BLUE PEELING BERRY, loción mandelica al 8% —ácido mandélico— renovador celular 100 cc, elaborador legajo nº 7110, RMS y AS 155/98, industria argentina”, • “VITAL BLUE FLASH ANTIAGE, antioxidante - regenerador profundo de tejido x 15 cc, elaborador legajo nº 7110, RMS y AS 155/98, industria argentina”, Cuyos envases carecen del dato del responsable de la comercialización, de los ingredientes y de la codificación de lote y vencimiento; y otros. LOS TEXTOS COMPLETOS DE LAS DISTINTAS NORMAS PUEDEN SER SOLICITADOS POR ESTE MEDIO COMUNICADOS ANMAT ANMAT PROHIBE LOTES ILEGÍTIMOS DE PARACETAMOL/DICLOFENAC Mediante la Disposición N° 3519/2014, publicada en el Boletín Oficial, la ANMAT ha prohibido la comercialización y el uso en todo el territorio nacional de un producto rotulado como: “PARACETAMOL 300 mg - DICLOFENAC 50 mg”, el cual carece de datos de elaborador y número de lote. La detección de unidades correspondientes a tres lotes del producto ilegítimo, que llevaban como fecha de vencimiento 5/15, 6/15 y 7/15, respectivamente, fue realizada por personal de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud de esta Administración Nacional durante una inspección. Teniendo en cuenta que se trata de un medicamento ilegítimo no registrado ante la ANMAT, se advierte a la población que evite su adquisición y consumo. En la siguiente fotografía puede observarse el producto en cuestión, a fin de facilitar su identificación: Fuente: http://www.anmat.gov.ar/comunicados/Paracetamol_Diclofenac_No_Registrado.pdf DIRECCIÓN PROVINCIAL DE BIOQUÍMICA, FARMACIA Y DROGUERÍA CENTRAL Santa Fe, 10 de junio de 2014 Bv. Gálvez 1563 - S3000AAG - Santa Fé Tel:(0342)4573710/3713/1930 - farmacovigilancia_dbyfcia@santafe.gov.ar LEVANTAMIENTO DE PROHIBICIÓN SOBRE PLANTA DE INDUSTRIAS GMB DE ESPAÑA La ANMAT informa a los titulares de certificados de medicamentos que ha recibido una notificación emitida por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). Allí se comunica que la firma INDUSTRIAS GMB S.A., sita en C/Circunvalación 4, Polígono Industrial Ca N'Estape, Castellbisbal, 08755, Barcelona (España), se encuentra autorizada a retomar las actividades en el área de micronización de principios activos no betalactámicos. La AEMPS tomó la decisión mencionada luego de realizar una nueva inspección en la planta, a fin de verificar las medidas correctivas implementadas como consecuencia de los incumplimientos críticos detectados en su oportunidad, y que dieran lugar a la prohibición que esta Administración Nacional comunicara el día 7 de febrero de 2014 (Alerta 04/14 PPFVSta.Fe). Fuente: http://www.anmat.gov.ar/comunicados/Industrias_GMB_levant_prohib.pdf PARA NOTIFICAR ONLINE AL PROGRAMA DE FARMACOVIGILANCIA NOTIFICACIÓN DE EVENTOS ADVERSOS RELACIONADOS AL USO DE MEDICAMENTOS: http://salud.santafe.gov.ar/farmacovigilancia/ EVENTOS ASOCIADOS A VACUNAS: http://salud.santafe.gov.ar/farmacovigilancia/index.php?section=cargaDenunciaEsavi
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