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1 ANEXO I BASES Y CONDICIONES DE CONCURSOS RESOLUCIÓN MINISTERIO DE LA MUJER N°115/22 DE FECHA 14 DE OCTUBRE DE 2022 I. ALCANCES DE LA CONVOCATORIA I.1 Cargos a concursar: Se concursan cargos del Tramo Personal Superior cuyas denominaciones, dependencias, objetivos, funciones, requisitos y competencias, se encuentran detallados y referenciados para cada caso en los Anexos que forman parte integrante de la Resolución Nº 115/22 del Ministerio de la Mujer. I.2 Tipo de convocatoria: Para cubrir los cargos vacantes de Jefaturas de Área, Subdirecciones de Jurisdicción y Direcciones de Jurisdicción, la convocatoria es abierta a todo ciudadano argentino, sin otras limitaciones que las que imponen la Constitución Provincial (Artículo 177°), la Ley N° 7233 (Arts. 12°, 13° y 19° a 24°), la Resolución de convocatoria, las Resoluciones que aprueban las descripciones de puestos y los requisitos que en las presentes Bases se especifican. Para cubrir los cargos de Jefaturas de Sección, Jefaturas de División y Jefaturas de Departamento sólo podrán participar los agentes que satisfagan los requisitos establecidos en la Resolución de convocatoria, en las Resoluciones que aprueban las descripciones de puestos, en estas Bases y en las disposiciones pertinentes de la Ley N° 9361. I.3 Carácter de las designaciones: Las designaciones que se realicen en virtud de los concursos sustanciados en el marco del presente llamado tendrán carácter permanente, en los términos de la Ley N° 7233, a excepción de los de cargos de Subdirección de Jurisdicción y Dirección de Jurisdicción los que tendrán un plazo de duración de cinco años, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 22° de la Ley N° 9361. I.4 Sitio Oficial: Toda la información referida al proceso concursal (incluyendo las funciones, descripción del puesto, requisitos mínimos excluyentes y requisitos deseables), estará publicada en la Página Web Oficial del Gobierno de la Provincia de Córdoba en el link de público acceso www.cba.gov.ar/concursos-publicos-2022/. Es responsabilidad del aspirante consultar periódicamente dicho Sitio a fin de anoticiarse sobre las novedades del proceso. I.5. Notificaciones oficiales: Las notificaciones oficiales referidas al presente proceso concursal –incluidas las relativas al orden de mérito y a las decisiones recaídas en instancias recursivas–, serán enviadas mediante comunicación electrónica dirigida al domicilio administrativo electrónico del postulante, en los términos del artículo 55 de la Ley Nº 5350 (T.O. Ley Nº 6658) de Procedimiento Administrativo. http://www.cba.gov.ar/concursos http://www.cba.gov.ar/concursos http://www.cba.gov.ar/concursos 2 II. INSCRIPCIÓN II.1 Generalidades La inscripción al concurso se realizará vía Web –con clave única de “Ciudadano Digital” Nivel 2– a través del Formulario Digital habilitado en el Sitio Oficial. El formulario tiene carácter de Declaración Jurada. En el caso de concursos de Jefes de Sección, División y Departamento, el incumplimiento del requisito previsto en el acápite 5) del subinciso A) del inciso II) del Artículo 14 de la Ley N° 9361 impedirá la conclusión del proceso de inscripción. En ese caso, el aspirante, a través del Formulario Digital habilitado, deberá manifestar la voluntad de participar en el concurso e indicar la denominación del cargo al que se postula durante el plazo de inscripción establecido a tal fin para todos los aspirantes, resultando dicha acción una condición previa obligatoria para proceder según el Punto II.4 de las presentes Bases. II.2 Documentación En relación a la documentación respaldatoria el aspirante podrá optar por adjuntar documentación escaneada al momento de la inscripción vía Web o bien por remitirse a documentación que posee en el Sistema de Administración de RRHH o en su legajo personal, siempre que conste relevada en la plataforma de inscripción. En el primer caso, deberá presentar dicha documentación ante el Tribunal Concursal al momento de la entrevista personal, en original o copia certificada por Escribano Público o Juez de Paz, para su cotejo. En el segundo caso, toda la información se tiene por válida y fiel, sin necesidad de exhibición alguna. Documentación Excluyente Documentación que acredite el cumplimiento de todos y cada uno de los “Requisitos Excluyentes” exigidos para el cargo, según detalle incorporado en el Anexo de la Resolución de llamado a concurso y la correspondiente descripción del puesto aprobada en el marco de la Resolución Nro. 631/2020 de la Secretaría General de la Gobernación y su modificatoria, a cuyo fin deberá incorporarse –a excepción de la que conste relevada en la plataforma de inscripción, conforme lo detallado en el punto precedente–: – Licencia de Conducir (Apartado 5.1 del formulario de Descripción de Puesto) en caso de corresponder. – Educación Mínima Requerida: (Apartado 5.2 del formulario de Descripción de Puesto). – Otros Requisitos Excluyentes: (Apartado 5.4 del formulario de Descripción de Puesto). Pautas objetivas para la valoración de Otros Requisitos Excluyentes: – En caso de que la descripción del puesto requiera “conocimientos” sobre alguna temática o función determinada, los mismos sólo podrán acreditarse mediante los 3 respectivos títulos académicos y/o certificados de capacitación expedidos por instituciones oficiales. – En caso de que la descripción del puesto requiera “experiencia” en el desempeño de determinadas funciones, sólo podrá acreditarse con documentación de donde surja claramente el desarrollo de las actividades relacionadas, no siendo suficiente la certificación de un superior jerárquico donde obre su apreciación subjetiva. Documentación Puntuable a) Título/s de estudios académicos, debidamente legalizado/s: mediante los dispositivos que cada institución tenga vigente a tales efectos (Sello, código QR, etc.). b) Certificado/s de Evaluación de Idoneidad y Desempeño por el ejercicio del cargo que se concursa o cargos similares: Si el cargo pertenece a la Administración Pública Provincial, surgirá de la constancia de servicios y de la/s Evaluación/es de Desempeño relevadas en la plataforma de inscripción. Si el cargo fuera externo a la Administración Pública Provincial o interno pero su ejercicio abarcara períodos o cargos distintos a los comprendidos a partir de la vigencia del Sistema Integral de Evaluación de Desempeño, deberá presentar la documentación que exponga el detalle del periodo al cual se refiere la evaluación, los datos de la persona evaluada, su evaluador, las funciones realizadas y la calificación. A modo orientativo, se encuentra disponible un modelo de formulario en el Sitio Oficial. Asimismo, en los casos de cargos externos a la Administración Pública Provincial, deberá incorporar además constancia de servicios de donde surja el puesto ejercido y los aportes a la Seguridad Social. c) Constancia de Servicios, la cual será informada al Tribunal de Concurso por la Secretaría de Capital Humano a los fines de la verificación de las pautas establecidas en el Punto III.5 del presente documento. d) Certificados de los cursos realizados o dictados mediante los dispositivos que cada institución tenga vigente a tales efectos (Firma, Sello, código QR, etc.). II.3 Alcance Es requisito para inscribirse y participar del presente concurso, no encontrarse participando de otro concurso -en cualquier instancia- para cubrir cargos del Tramo Superior, convocado en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial y sus Organismos durante el corriente año, ni estar inscripto en otro cargo del concurso regido por estas Bases y Condiciones. II.4 Período excepcional: postulantes que no concluyeron inscripción por incumplimiento de requisito Todos aquellos aspirantes que no hubieran podido concluirel proceso de inscripción en concursos de Jefaturas de Sección, División y Departamento conforme lo establecido en el Punto II.1 de las presentes Bases, dispondrán de un plazo comprendido entre el 15/11/2022 y el 16/11/2022 inclusive, para solicitar formalmente su admisión al concurso. 4 A tal fin, deberá presentar obligatoriamente el correspondiente reclamo en la Plataforma Ciudadano Digital (CiDi) a través de e-trámite, en la opción “Solicitud de revisión de requisitos (Concurso Tramo Superior Año 2022)”, bajo apercibimiento de inadmisibilidad, junto con la documentación de la que haya de valerse para acreditar el cumplimiento del requisito previsto en el acápite 5) del subinciso A) del inciso II) del Artículo 14 de la Ley N° 9361. En esa instancia, deberá además completar el Formulario de Inscripción y la documentación pertinente. II.5. Recusaciones y Excusaciones de Miembros de Tribunales Se presentarán cuando concurran las causales establecidas en el artículo 18 inc. e) de la Ley Nº 9361, por Trámite Multinota dirigido a la Jurisdicción del cargo que se concursa, en la oportunidad establecida en el cronograma del punto IV. II.6 Declaración de Concursos Cerrados Desiertos Cuando el concurso para cubrir cargos comprendidos en el subinciso A) del inciso II) del artículo 14 de la Ley Nº 9361 -Escalafón para el Personal de la Administración Pública Provincial- fuera declarado desierto y realizada una nueva convocatoria por el/la titular de la Jurisdicción, se aplicarán para dicho concurso las presentes Bases y Condiciones, debiendo determinarse el cronograma de actividades para dicha instancia. III. PAUTAS A CONSIDERAR PARA LA EVALUACIÓN DE LOS CONCURSANTES El puntaje aplicable será en todos los casos el indicado en la Ley 9361 — art. 19. III.1 Título: Ley 9361 – art 19 – inc. a) Los Títulos que se considerarán deberán tener validez oficial y ser de Instituciones Educativas públicas o privadas reconocidas por las autoridades educativas pertinentes. Se otorgará puntaje en todos los casos a los Títulos de Nivel Medio. La posesión y acreditación según los medios previstos de un Título de Nivel Superior que implique la finalización de los estudios de Nivel Medio, releva al concursante de la necesidad de acreditar este último. Para el caso de los Títulos de Nivel Superior se otorgará el puntaje establecido en el artículo 19 inc. a) de la Ley Nº 9361 sólo cuando dicho título se encuentre comprendido en los “Requisitos Excluyentes” o los “Requisitos Deseables” de la descripción del puesto respectiva. Para los títulos de postgrado, se otorgará el puntaje establecido en citado dispositivo de la Ley Nº 9361, cuando dichos títulos correspondan a disciplinas o especialidades afines a las nominadas en los “Requisitos Excluyentes” o “Requisitos Deseables”. III.2 Evaluación de idoneidad y desempeño en el cargo que se concursa: Ley 9361 - art 19 inc. b.1): 5 En la asignación del puntaje por desempeño en el cargo que se concursa, el Tribunal de Concurso tendrá en cuenta el tiempo en que el agente haya ejercido el cargo, conforme a la información que surja de las Constancias de Servicios y Resultados de las Evaluaciones de desempeño y a las siguientes pautas: – Para acceder al puntaje, el aspirante deberá acreditar, mínimamente, seis (6) meses de ejercicio en el cargo contado hasta el día inmediato anterior al de inicio del periodo de inscripción al concurso, sea que lo esté ejerciendo o lo haya ejercido con anterioridad. Asimismo, sólo se considerará/n el/los puntajes/s obtenido/s hasta el cierre del periodo calificatorio 2022 (31/08/2022). – Si el aspirante registra evaluación/es de idoneidad y desempeño con resultado Muy Bueno o Excelente (u 8 a 10 Puntos), se computarán 0.25 puntos por cada mes completo de ejercicio. – Si el aspirante registra evaluación/es de idoneidad y desempeño con resultado Bueno (o 6 a 7 Puntos) se computarán 0.125 puntos por cada mes completo de ejercicio. – No se asignará puntaje alguno para periodos sin evaluación de idoneidad y desempeño o con calificación Regular o Insuficiente en la misma. III.3 Evaluación de idoneidad y desempeño en cargos similares: Ley 9361 – art 19 – inc. b 2): En la asignación del puntaje por desempeño en cargos similares al que se concursa, el Tribunal de Concurso tendrá en cuenta el tiempo en que el agente haya ejercido el/los cargo/s, la evaluación de idoneidad y desempeño y el grado de similitud con el cargo que se concursa, conforme a la información que surja de las Constancias de Servicios, Resultados de las Evaluaciones de desempeño, Descripciones y/o Funciones de Puestos y a las siguientes pautas: – Para acceder al puntaje, el aspirante deberá acreditar, mínimamente, seis (6) meses de ejercicio en cada cargo, contado hasta el día inmediato anterior al de inicio del periodo de inscripción al concurso. Asimismo, sólo se considerará/n el/los puntaje/s obtenido/s hasta el 31/08/2022. – Si el aspirante registra evaluación/es de idoneidad y desempeño con resultado Muy Bueno o Excelente (u 8 a 10 Puntos), se computarán 0.125 puntos por cada mes completo de ejercicio. – Si el aspirante registra evaluación/es de idoneidad y desempeño con resultado Bueno (o 6 a 7 Puntos) se computarán 0.07 puntos por cada mes completo de ejercicio. – No se asignará puntaje alguno para periodos sin evaluación de idoneidad y desempeño o con calificación Regular o Insuficiente en la misma. – Para considerar el grado de similitud del cargo en cuestión, se aplicará al puntaje obtenido de acuerdo a los párrafos precedentes, el porcentaje que corresponda según la siguiente tabla: GRADO DE SIMILITUD DENTRO DE A.P.P. FUERA DE A.P.P. ALTO 100% 50% 6 MEDIO 50% 25% – Para el caso de cargos ejercidos en ámbitos de Administración Pública, sólo podrá asignarse puntaje por este ítem cuando se encuentre acreditado el ejercicio de cargos de conducción con reflejo orgánico y designación formal, mediante constancia de servicios y/o instrumento legal de dicha designación. No podrá asignarse puntaje alguno a los aspirantes que acrediten el ejercicio de cargos operativos, de ejecución, o contratos de servicios, aunque poseyeran certificaciones de funciones de conducción. – Para el resto de los casos, sólo se asignará puntaje por este ítem cuando se encuentren acreditadas: a) la relación de empleo mediante constancia de realización de aportes a la seguridad social; y b) el ejercicio de funciones jerárquicas mediante certificación de la máxima autoridad de la organización, y/o constancia de servicios respectiva de la que surja su cargo jerárquico de conducción. III.4 Cursos de Capacitación Los cursos puntuables a los efectos del presente concurso serán los dictados y/o realizados cuyos certificados hayan sido emitidos hasta el día inmediato anterior al de inicio del periodo de inscripción, en las siguientes instituciones: - Organismo de Capacitación de la Provincia. - Escuela de Abogados del Estado. - Áreas dependientes del Gobierno de la Provincia destinadas a capacitación en servicio (con rango de Direcciones de Jurisdicción o Superior). - Entidades gremiales reconocidas por la Ley N° 7233. - Instituciones y Organismos Oficiales (Públicos o Privados). Los cursos que no tuvieran especificada la carga horaria, no recibirán asignación de puntaje. El Tribunal de Concurso podrá desestimar –de manera fundada-, cursos presentados que, en virtud de la fecha de realización y la temática de que se traten, no se ajusten a la realidad actual de la materia en cuestión. No deberán ponderarse las materias de las carreras incompletas, aunque estén aprobadas. Las capacitaciones referidas en el punto 8.3.2. de la Resolución N° 2022/SGG- 00000477Capacitación para acceder a cargos y/o funciones de conducción-como así también las correspondientes a la Ley Yolanda y Ley Micaela, deberán ser consideradas como cursos generales de capacitación (Ley 9361 –art 19– inc. b 4). Ello, sin perjuicio de ser considerados como afines a la función específica (Ley 9361 – art 19– inc. b 3) cuando surja esta correspondencia de las funciones propias del puesto concursado y con la debida fundamentación del Tribunal de Concurso. a) Por cursos de capacitación afines a la función específica: Ley 9361 – art 19 – inc. b 3). https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-27592-345172 https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-27592-345172 https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-27592-345172 7 Se considerarán cursos de capacitación afines, realizados o dictados, a aquella capacitación de cualquier modalidad que esté directamente referida/relacionada a las funciones propias del cargo a concursar. La puntuación por este ítem, será el resultado de la sumatoria de los puntos correspondientes a cada uno de los conceptos señalados, conforme a las siguientes pautas: – A los cursos de capacitación que fueron dictados o culminados y aprobados, se otorgará 0.2 (cero con veinte centésimos) puntos por cada hora de capacitación. – El resto de las capacitaciones sumarán 0.1 (cero con diez centésimos) puntos por cada hora de capacitación. – A los títulos de grado o posgrado relacionados con las funciones propias del cargo que se concursa y que no pudieran ser ponderados en el marco del Art. 19 a) 1) porque el/la aspirante tiene más de un título de grado o de postgrado o no es exigido como requisito excluyente o deseable del cargo, se les asignará por cada uno 3 (tres) puntos. b) Por cursos generales de capacitación: Ley 9361 — art 19 — inc. b 4). Se considerará en este apartado, la capacitación de cualquier modalidad, realizada o dictada que, sin estar directamente vinculada con las funciones propias del cargo, resulte de utilidad para el desempeño de las tareas del puesto que se concursa. La puntuación por este ítem, será el resultado de la sumatoria de los puntos correspondientes a cada uno de los conceptos señalados, conforme a las siguientes pautas: – A los cursos de capacitación que fueron dictados o culminados y aprobados, se otorgará 0.1 (cero con diez centésimos) puntos por cada hora de capacitación. – El resto de las capacitaciones sumarán 0.05 (cero con cero cinco centésimos) puntos por cada hora de capacitación. – A los títulos de grado o posgrado cuya ponderación no correspondiera en el marco del Art. 19 a) 1) o Art. 19 b) 3), se les asignará a cada uno 1.5 (uno con cincuenta centésimos) puntos, siempre que aporte conocimientos para el desempeño del puesto. III.5 Por antigüedad: dentro de la Administración Pública Provincial. Ley 9361 - art 19 - inc. c). Para determinar los Organismos que dan derecho a computar antigüedad en los términos de la Ley N° 9361, debe seguirse la descripción obrante en el art. 5º de la Ley Nº 9086 “de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial” o art. 8° de la Ley N° 10835 “de Administración Financiera y Control del Sector Público No Financiero de la Provincia”, según la que se encuentre vigente el día inmediato anterior al de inicio del periodo de inscripción correspondiente. Se computarán en consecuencia, todos los servicios remunerados efectivamente prestados en el ámbito de la Administración Pública Provincial en cualquiera de sus Poderes, Agencias, Empresas o Entes Autárquicos, con excepción del Sector Público Financiero, por los cuales 8 se hayan realizado los correspondientes aportes personales y contribuciones patronales a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba. No se considerarán los servicios prestados en el Estado Nacional (incluidas las Universidades Nacionales), en otros Estados Provinciales, en Estados Municipales o Comunales, en el ámbito privado, incluidas las escuelas privadas provinciales, aunque estén subvencionadas, ni en la Banca Pública Provincial. A los efectos del cómputo de la antigüedad, se considerará para la asignación del puntaje el día inmediato anterior al de inicio del periodo de inscripción del presente concurso. III.6 Prueba de Oposición: La prueba se realizará de manera presencial, por escrito y podrá ser administrada por medios digitales, en el lugar y horario determinados por el Tribunal de Concurso, los que serán debidamente notificados vía CIDI. Para poder ingresar al examen, los participantes deberán presentar Documento de Identidad. Podrán asimismo concurrir con antecedentes legales y bibliografía para su consulta. Durante la prueba no se permitirá el uso de internet ni de teléfonos celulares, notebooks, netbooks, tablets, dispositivos de almacenamiento digital o electrónico, salvo que se aclare expresamente lo contrario en algún caso particular. El examen consta de dos partes diferenciadas, tal y como se detalla a continuación: • Nociones Generales (Ley N° 9361 Art. 19 Inc. d Punto 2) El temario general y sus fuentes de consulta son las que se detallan a continuación: TEMARIO FUENTE DE CONSULTA Constitución Provincial. www.cba.gov.ar Ley 7233 y su reglamentación. Ley 9361 y su reglamentación. Ley 5350 (T.O. Ley 6658). Ley 10618 y su reglamentación. Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo – Decreto N° 1615/2019 y sus modificatorios Nº 93/2020, Nº 1485/2021 -ratificados por Leyes Nros. 10726 y 10805-, Nº 1150/2022, Nº 1162/2022 y Nº 1366/2022. • Prueba de suficiencia inherente al cargo a desempeñar (Ley N° 9361 Art. 19 Inc. d Punto 1) El temario específico y sus fuentes de consulta serán las definidas para cada cargo correspondiente a concursos abiertos en el Anexo II de la Resolución que aprueba las presentes Bases. Los temarios específicos y fuentes de consulta para los cargos correspondientes a concursos cerrados serán definidos y publicados oportunamente. http://www.cba.gov.ar/ http://www.cba.gov.ar/ 9 Para aprobar este examen, la calificación no podrá ser inferior al setenta por ciento (70%) de la puntuación máxima exigida. La no aprobación de esta instancia implica la eliminación del concurso. Los concursantes que no hayan aprobado Prueba de Oposición podrán presentar, en el caso que lo consideren pertinente y dentro de los 3 días hábiles siguientes al de la notificación del resultado, por Trámite Multinota dirigido a la Jurisdicción del cargo que se concursa, la solicitud de revisión correspondiente ante el Tribunal de Concurso. En el asunto se deberá consignar la denominación del cargo concursado. Vencido dicho plazo, de no haber sido impugnada la calificación, la misma quedará firme. Si la calificación es modificada, el participante será oportunamente notificado de dicha situación y de la fecha de la Entrevista. III.7. Entrevista Personal En la entrevista personal en la que deben evaluarse las condiciones personales y de ejecutividad, se ponderarán las aptitudes para el ejercicio del cargo, la actitud para su ejercicio y el conocimiento de las funciones del mismo. El/la aspirante deberá presentarse en el día y hora establecidos por el Tribunal Concursal con la observancia del punto II.2 de las presentes bases concursales, en caso de corresponder. La puntuación correspondiente por Entrevista Personal, será el resultado de la sumatoria de los puntos correspondientes a cada uno de los conceptos señalados, conforme a las siguientes pautas: Aptitudes para el ejercicio del cargo Hasta 3 Puntos Actitud para el ejercicio del cargo Hasta 3 Puntos Conocimiento de las funciones del cargo Hasta 4 Puntos El Tribunal de Concurso deberá justificar por escrito la puntuación asignada por este ítem en el caso que la misma sea menor al mínimo previsto enel artículo 20° de la Ley Nº 9361. IV. CRONOGRAMA ACTIVIDADES RESPONSABLES PLAZO INSCRIPCIÓN DE POSTULANTES Postulantes Secretaría de Capital Humano 10/11/2022 al 14/11/2022 PRESENTACIÓN EXCEPCIONAL PARA POSTULANTES QUE NO CONCLUYERON INSCRIPCIÓN EN PERIODO PRECEDENTE (según Condiciones Punto II.1 segundo párrafo y Punto II.4.) Postulantes Secretaría de Capital Humano 15/11/2022 y 16/11/2022 PRESENTACIÓN DE EXCUSACIONES Y/O RECUSACIONES PARA MIEMBROS DEL TRIBUNAL Inscriptos / Tribunales de Concurso 17/11/2022 al 22/11/2022 10 RESOLUCIÓN DE EXCUSACIONES Y/O RECUSACIONES Comisiones Laborales de Concurso y Promoción 23/11/2022 al 29/11/2022 PUBLICACIÓN DE NÓMINA DEFINITIVA DE INTEGRANTES DE CADA TRIBUNAL Y CRONOGRAMA Secretaría de Capital Humano 30/11/2022 al 02/12/2022 Todas las instancias de consulta o presentaciones que prevea el Proceso Concursal, deberán ser realizadas en los períodos indicados en el Cronograma publicado y resueltas por la Comisión Laboral de Concurso y Promoción o los Tribunales de Concurso según corresponda. Dichas Resoluciones no serán recurribles atento ser actos preparatorios en los términos del art. 78 de la Ley 5350 (T.O. Ley 6658) – Ley de Procedimiento Administrativo-. V. TRIBUNALES DE CONCURSO: Se constituirán los Tribunales de Concurso, según lo establecido para cada cargo en los Anexos II y III de la Resolución que aprueba las presentes Bases. VI. DISPOSICIONES FINALES • Para ingresar al orden de mérito, el puntaje obtenido por el/la concursante en la Prueba de Oposición y en la Entrevista Personal no podrá ser inferior al setenta por ciento (70%) de la puntuación máxima exigida para cada uno de los incisos. • Como resultado del proceso concursal, se establecerá un orden de mérito decreciente para cada cargo. Serán designados los concursantes ganadores allí nominados que no desistan de acceder al cargo. Se deja constancia expresa que en el caso de que el postulante que haya obtenido el puntaje superior en el orden de mérito respecto del puesto que se concursa, no haya aceptado acceder al cargo, automáticamente habilitará a ocuparlo a quien tenga el puntaje inmediato inferior; y así sucesivamente hasta cubrir el cargo vacante. • Una vez dictado el orden de mérito por el Tribunal de Concurso, los participantes tendrán derecho a un período perentorio de vista de todos los antecedentes de los concursantes, para lo cual deberán, dentro de los dos días hábiles siguientes a la notificación del mismo, realizar la correspondiente solicitud. Vencido dicho término, tendrán un plazo de tres días hábiles para efectuar las observaciones que estimen corresponder. En ambos casos, por Trámite Multinota dirigido a la Jurisdicción del cargo que se concursa. El Tribunal de Concurso resolverá las observaciones que eventualmente hubiere y emitirá el orden de mérito definitivo. • Las/os aspirantes que al momento de la inscripción del concurso se encontrarán en condiciones de acceder o gozando de un beneficio jubilatorio en los ámbitos nacional, provinciales o cualquier otro régimen, no podrán participar del concurso. • El requisito de capacitación exigido en el artículo 14 inciso II) subinciso A acápite 3 de la Ley Nº 9361 será excluyente para la participación en el concurso cuando se tratará de cargos de Jefe de Sección, Jefe de División y Jefe de Departamento, según lo especificado en el punto 8.3.2. -Capacitación para acceder a cargos y/o funciones de conducción- de la 11 Resolución N° 2022/SGG-00000477. Esta obligación deberá estar cumplimentada antes del inicio del periodo de inscripción al concurso. La vigencia de las referidas capacitaciones se verificará considerando la fecha del inicio del periodo de inscripción respecto al momento del tiempo en el que fueron realizadas. 1 ANEXO II CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL PUESTO A CONCURSAR 1. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO NOMBRE DEL PUESTO: DIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO. DEPENDENCIA DIRECTA: DIRECCIÓN GENERAL DE VIOLENCIAS. JURISDICCIÓN: MINISTERIO DE LA MUJER. 2. REQUISITOS: SEGÚN DESCRIPCIÓN DE PUESTO APROBADA POR RESOLUCIÓN Nro. 100/2022 3. TEMARIO Y FUENTES PARA PRUEBA DE SUFICIENCIA INHERENTE AL CARGO ART.19 INC. D 1) LEY 9361 TEMARIO: 1) Estructura orgánica y competencias del Ministerio de la Mujer. Polo Integral de la Mujer en situación de violencia como modelo de gestión: composición, funcionamiento. Sedes del Interior: Polos Regionales y Equipos Técnicos: ubicación, competencia. Competencias del Ministerio de la Mujer Planificación institucional con enfoque de género. 2) Normativa sobre protección de Derecho de las mujeres. Prevención: sensibilización y difusión de la temática. Contravenciones en materia de Género Unidad. Contravencional Especializada: competencia. FUENTES: 1) Decreto N°1615/2019 y 1652/2019 https://www.cba.gov.ar/organismo/ministerio- de-la-mujer/ 2) Declaración Universal de los Derechos Humanos. Plataforma de Acción de Beijing. Ley N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia hacia las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales y sus modificatorias Ley N° 27.501 (incorporación del acoso callejero) y Ley N° 27.533. (Incorporación violencia en el ámbito político). Ley 10.352 Adhesión a la ley nacional 26.485, Ley N° 10.401 de Protección Integral las víctimas, a la mujer por cuestión de género, en el marco procesal, administrativo y jurisdiccional. Provincia de Córdoba. Código de Convivencia Ley N° 10.326, Ley N° 10.327, Resolución N° 8/20 de Fiscalía 2 3) Violencias contra las mujeres. Ciclo de la violencia-Ruta Crítica (definición- factores impulsores e inhibidores). 4) Género-Concepto- Roles y Estereotipos-perspectiva de género. Violencia de género- concepto-tipos y modalidades. Sistema patriarcal. Feminismos General de creación de la Unidad Contravencional de Género, Resolución N° 1/21 de la Fiscalía General de Reglamentación de la Unidad Contravencional de Género y su Anexo. 3) 100 reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia para personas en condición de vulnerabilidad. Ley N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia hacia las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales y sus modificatorias Ley N° 27.501 (incorporación del acoso callejero) y Ley N° 27.533. (Incorporación violencia en el ámbito político). Ley 10.352 Adhesión a la ley nacional 26.485, Ley N° 10.401 de Protección Integral las víctimas, a la mujer por cuestión de género, en el marco procesal, administrativo y jurisdiccional. Provincia de Córdoba. Libro La Ruta Crítica de las mujeres afectadas por la violencia intrafamiliar en América Latina. (Monserrat Sagot - Ana Carcedo Recopilación Material Teórico Diplomatura de Formación de Acompañantes Comunitarios contra la Violencia de Género. 4) Ley N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia hacia las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales y sus modificatorias Ley N° 27.501 (incorporación del acoso callejero) y Ley N° 27.533. (Incorporación violencia en el ámbito político). Ley 10.318 de Licencia laboral por violencia de género. Ley N° 27.499 Ley Micaela. Capacitación obligatoria de género para todas las personas que integran los tres poderes del estado y su decreto provincial reglamentario 38/2019.Ley N°10.628 Adhesión provincial a la ley 27.499 Género y Ciudadanía.(Diana Maffía- Instituto interdisciplinario de estudios de género-UBA) 3 5) Violencia Familiar- concepto-tipos Órgano de aplicación. Medidas Cautelares. 6) Indicadores de violencia familiar y de género-evaluación de riesgo. Instrumentos de valoración de riesgo. Estrategias de intervención. Género y violencia. Interseccionalidad Modelo Ecológico. 7) Binarismo y Sexismo. Conceptos. Diversidad 8) Fuero penal en violencia familiar y de género - fiscalías de instrucción especializadas. 9) Parámetros subjetivos y objetivos según el fuero penal en violencia de género- competencias. Trato prioritario y urgente en caso de violencia familiar y de género- conflictos de competencias. Libro Epistemologías Críticas feministas: aproximaciones actuales. (Mabel Alicia Campagnoli). Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) y protocolo facultativo. Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Belém do Pará). 5) Ley N° 9283 de Violencia Familiar y su modificatoria Ley N° 10.400 Libro Violencias cotidianas. Violencia. (Susana Velázquez). 6) Recopilación Material Teórico Diplomatura de Formación de Acompañantes Comunitarios contra la Violencia de Género. S.A.R.A. (Manual para la valoración del riesgo de violencia contra la pareja) Valoración del riesgo de violencia: instrumentos e indicaciones de aplicación. (Antonio Andrés Pueyo y Enrique Echeburúa). Interseccionalidad: una herramienta para la Justicia de Género y la Justicia Económica. Modelo Ecológico para una vida libre de violencias, Edith Olivares Ferreto y Teresa Inchaustegui Romero. 7) Recopilación Material Teórico Diplomatura de Formación de Acompañantes Comunitarios contra la Violencia de Género. Ley N° 26.743 de Identidad de género. 8) Acuerdo reglamentario N°98/22 (Ministerio público fiscal de la provincia de Córdoba). 9) Acuerdo reglamentario N°98/22 (Ministerio público fiscal de la provincia de Córdoba). 4 10) Juzgados de Niñez, adolescencia, violencia familiar y de género- competencias 11) Unidades judiciales especializadas en violencia familiar, delitos contra la integridad sexual y unidad contravencional de género- creación-competencias 12) Derechos de niñas, niños y adolescentes. Organismos especializados – medidas – procedimientos. 13) Delitos contra la Integridad Sexual: regulación normativa, principales reformas legislativas. 14) Educación Sexual Integral- derechos sexuales-programas implementados 15) Salud Mental- Internaciones. Derivaciones. Abordajes 16) Centro integral de Varones en situación de violencia – competencias. Masculinidades- concepto- abordajes. 10) Ley 10.402 Creación de Juzgado de Niñez, adolescencia, violencia familiar y de género. 11) Ley N°10.753 Creación fuero penal en violencia de género. Código penal y código de procedimiento penal. 12) Convención de los derechos del niño. Ley 26.061 de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Ley Provincial N° 9944 de Promoción y protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en la Provincia de Córdoba. Ley N° 10.636 Abogado del niño. Ley N° 27.234 Educar en Igualdad. 13) Código Penal, Código de Procedimiento Penal de Córdoba, Código de Procedimiento Penal de la Nación, Acordadas del T.S.J e Instrucciones del MPF en materia de delitos sexuales. 14) Principios de Yogyakarta. Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género. Ley N°26.150 Programa Nacional de Educación Sexual Integral. Ley 25.929 Parto respetado. Protección del embarazo y recién nacido. 15) Ley N° 26.657 de Salud Mental y su modificación. 16) Recopilación Material Teórico Diplomatura de Formación de Acompañantes Comunitarios contra la Violencia de Género. 5 17) Programas de Fortalecimiento Económicos del Ministerio de la Mujer. 18) Discapacidad. Implicancias. Trabajo interinstitucional. Derivaciones. 19) Políticas Públicas en materia de género: “Punto Mujer Córdoba” Espacios Seguros de Violencia de Género, Red Municipalista, Red de Acompañantes Comunitarias contra la Violencia de Género, Ecofem, Espacio Mujeres Tec, Córdoba Rosa, “Mujeres a la Cancha” Programa de inclusión igualitaria en el fútbol, Atención Integral a las Mujeres Migrantes, Taller Textil Fem, Lideresas, Comisión de Género de la Región Centro Diplomatura universitaria en formación de acompañantes comunitarias contra la violencia de género. Objetivos, fundamentación, módulo de acceso a la justicia, infancias, acompañantes comunitarias, modelos de gestión. 20) Ley Micaela 17) Decreto N° 1340/03, 358/2009 y Decreto N° 325 “Nueva Vida”, DECRETO 175/2016 “Nuevo Rumbo”, Resolución 197/21 “APROSS POR VOS” 18) Ley N° 22431 (1981), Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: Ley N° 27.044 (2014) 19) Recopilación Material Teórico Diplomatura de Formación de Acompañantes Comunitarios contra la Violencia de Género. Decreto N° 155/20 creación del Programa “Punto Mujer”; Ley N° 10503 Programa “Córdoba Rosa. 20) Ley Nacional N° 27499 y Ley Provincial N° 10628 4. TRIBUNALES DE CONCURSO TITULAR SUPLENTE NIVEL DIRECTIVO REARTES, JULIA ALEJANDRA DNI N°17.531.553 BELVEDER, MARIA JOSÉ DNI N°23.534.050 NIVEL CONDUCCIÓN HERNAN ORDUNA DNI N°23.534.506 RAÚL RAMÓN TISSERA DNI N°12.812.203 U.P.S. MARÍA ÍNES PALACIOS DNI N°24.120.492 EDUARDO ÁNDRES BELTRAMINO DNI N°16.293.467 1 ANEXO II CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL PUESTO A CONCURSAR 1. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO NOMBRE DEL PUESTO: DIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEPENDENCIA DIRECTA: DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA JURISDICCIÓN: MINISTERIO DE LA MUJER 2. REQUISITOS: SEGÚN DESCRIPCIÓN DE PUESTO APROBADA POR RESOLUCIÓN Nro. 100/22 3. TEMARIO Y FUENTES PARA PRUEBA DE SUFICIENCIA INHERENTE AL CARGO ART.19 INC. D 1) LEY 9361 TEMARIO: 1. Procedimiento administrativo 2. Ejecución del presupuesto de la administración pública 3. Simplificación y Modernización de la Administración Pública 4. Obras Publicas en General 5. Inmuebles del estado provincial 6. Orgánica Fiscalía de Estado 7. Estatuto del personal de la APP 8. Sistema Integral de Evaluación de Desempeño 9. Escalafón para el personal de la APP 10. Ciudadano Digital. Características Generales. Alcances y Servicios 11. ASPECTOS TRIBUTARIOS E IMPOSITIVOS: Impuesto a las Ganancias de 3 y 4 categoría : Concepto, alcances, base imponible, ingresos deducciones, agentes de retención - Impuesto al Valor Agregado: Objeto Sujeto, hecho imponible, exenciones, liquidación -Impuestos Provinciales: Disposiciones Generales - Organismos - Recursos- Ingresos Brutos- Impuesto de sellos. Impuesto inmobiliario. exenciones- Convenio Multilateral. 12. TRIBUNAL DE CUENTAS: Autoridades, Organización Composición e integración, Atribuciones, Facultades, Sujetos de Control, Obligados, Intervención Preventiva de los Actos. Definición, tipos de Actos. Procedimiento de rendición de Cuentas, Alcances, Obligaciones, responsables, FUENTE: 1. Ley Provincial N° 5350 2. Ley Provincial N°5901 – T.O. Ley N°6300 3. Ley provincial 10.618 y su Decreto Reglamentario N° 750/2019 (mod.Dec. N° 680/2021) -Ley provincial 8836 4. Ley Provincial N° 8614 y sus modificaciones5. Ley Provincial N° 10580 Resolución SGG 1130/2019 6. Ley Provincial N°7854 – Decreto 782/90 7. Ley Provincial N° 7233 8. Resolución N° 374/14 del Ministerio de Gestión Pública – Resolución N° 1405/2017 de la Secretaría General de la Gobernación, www.cba.gov.ar – link Empleados – Compendio Capital Humano 9. Ley Provincial N° 9361 10. Web de Ciudadano Digital: http://ciudadanodigital.cba.gov.ar 11. Ley Nacional N° 20628 - Ley Nacional N° 23349 - Código Tributario Ley Provincial N° 6006 - Ley N° 10790 https://cms.rentascordoba.gob.ar/ca/convenio- multilateral/ - Convenio Multilateral del 18/08/1977. 12. Constitución de la Provincia de Córdoba - Ley Provincial N° 7630 - Resolución 180/2021 TCP. http://ciudadanodigital.cba.gov.ar/ 2 plazos, Rendiciones Universales. Procedimiento administrativo de determinación de Responsabilidad. Sumario, Órgano de Control Externo del Poder Ejecutivo, Rendición de Cuentas, Intervención preventiva – exclusión. 13. ADMINISTRACIÓN FINANCIERA GUBERNAMENTAL: Ley de Administración Financiera - Definiciones - Alcances - Objetivos -Criterios metodológicos- Sector Público no Financiero. -Estructura del Sector Público - SUBSISTEMA PRESUPUESTO: Definición- Funciones y Responsabilidades - Normas técnicas aplicables -Organización- Competencias - Formulación- Aprobación- Plan de Inversiones Públicas - Presupuesto de Agencias y Empresas- Crédito Público- Deuda Pública.- SUBSISTEMA TESORERIA: Definición- Funciones y responsabilidades - Normas técnicas aplicables - Organización-Competencias - Órgano Rector- SUBSISTEMA CONTABILIDAD: Definición- Funciones y responsabilidades - Organización - Órgano Rector Competencia Resultado Financiero, Ejecución Presupuestaria, Compromiso Preventivo y Definitivo. Devengado y Ordenado a Pagar. Pago- Normas para la ejecución presupuestaria y cierre de cuentas. Erogaciones y Recursos - Clasificación - Fuente. Sistema de Control Interno - Auditoria- Compatibilidad con el Control Externo. Responsabilidad por daño económico. Responsabilidad solidaria- Prescripción. Servicio Administrativo- conducción, funciones. 14. REGIMEN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE LA APP: Reglas Generales - Principios básicos, Procedimientos de selección, publicidad, y difusión, portal de compras públicas- Licitación Pública-Subasta electrónica inversa - Convenios Marco-Contrataciones electrónicas- Bienes subastables- Compulsa Abreviada. Requisitos, condiciones. Contratación Directa – Casos, Índices máximos permitidos Registro de proveedores -Órgano Rector 13. Ley Provincial N° 9086 – Decreto N° 150/04 14. Ley Provincial N° 10155 - Decreto N° 305/2014- Resolución N° 2022/D-00000203 del Ministerio de Finanzas - Decreto N° 402/2014 y sus modificaciones -Decreto N° 676/2016 - Decretos 252/2021 N°1349/2021 - Resolución Dirección General de Compras y Contrataciones 8/2020- Decreto 1157/2021 - Ley Provincial N° 9331- Resolución 13/2020 Ministerio de Coordinación- Resolución N° 128/19 del Ministerio de Finanzas (B.O. 06/05/19)- Resolución N° 1731/15 del Ministerio de Gestión Pública (20/11/15) - Resolución N° 3 Endeudamiento - Limitaciones Previsiones - Requisitos – Autorizaciones- Índices para autorizaciones y adjudicaciones de Contrataciones Directas para adquisición de Bienes y Servicios – Redeterminación de precios -Uso del Expediente Electrónico para redeterminación de Precios por Variación de Costos – Bienes y Servicios - RopyCe y Acceso a Compras Públicas - Contrataciones con proveedores de economía popular.- Productos de origen provincial. Preferencias. Obligatoriedad Casos -Contratación relativa a bienes específicos- Proveedores en Situación de Vulnerabilidad Social -Criterios sustentables en materia de Compras Públicas - Reglamento de expediente digital - Subasta Electrónica Directa- Uso del Expediente Electrónico para Redeterminación de Precios por Variación de Costos – Bienes y Servicios -Plataforma de ingreso de trámites digitales. 15. REGIMEN FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL Y BUENAS PRACTICAS DE GOBIERNO: Ley de Presupuesto Anual - Contenido - Fecha de Presentación Presupuesto Anual - Estimación del Gasto Tributario - Resultado Financiero Equilibrado – Restricciones - Presupuestos Plurianuales - Sujetos Obligados Fecha – Contenido, Proyección de Recursos -Información que deben brindar las Provincias -Indicadores y Parámetros de la Gestión Pública – Requisitos -Sistema Integrado de Información Fiscal – Funciones -Gasto Público - Autorizaciones Máxima -Gasto Público - Tasa Nominal de Incremento - Limitaciones - Excepciones – Restricciones -Ingresos Públicos - Cálculo de Recursos - Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal - Estructura Básica - Funciones – Misiones- Incumplimientos – Sanciones. 16. SISTEMA UNICO DE ADMINISTRACION FINANCIERA (SUAF): SUAF - Obligatoriedad -Objetivos Generales y Específicos-Marco conceptual y procedimientos de recursos y gastos- Ejecución de Recursos y Erogaciones, 46/2022 - Ministerio de Coordinación– Resolución N° 2022/D-00000012 (B.O. 06/09/2022) - Resolución N° 2022/D-00000008 (B.O. 17/08/2022) -Resolución N° 2022/D- 00000008 (B.O. 17/08/2022). 15. Ley Nacional N° 25917-27428 - Ley Provincial N°10538-Ley Provincial N°10788. 16. Ley Provincial N° 9086 - Resolución 3/2018 SAF -Ministerio de Finanzas. https://www.cba.gov.ar/legislacion-vigente-2/ - Resolución366/012 Ministerio de Finanzas.. https://www.cba.gov.ar/legislacion-vigente-2/ 4 RUE- Estado de la Ejecución Presupuestaria de Gastos -Registro del Compromiso Preventivo y Definitivo - Registro del Devengado y Ordenado Pagar.-Pago – Cierre de Cuentas - Contenido de la Cuenta Ahorro-Inversión- Financiamiento – Control Interno – Servicios administrativos -Modificaciones Presupuestarias - Tipos y procedimientos - Gastos Personal- Cupos presupuestarios – Proyecciones, Clasificación de Erogaciones y Recursos por Finalidad y Objeto, Pagos efectuados por el estado provincial; Situación Fiscal Regularizada - MEP: Medios electrónicos de pago -Requisitos para efectuar pagos en la Administración Pública Provincial -Tratamiento de los embargos y cesiones RUCE Cargo del DUEE, concepto, Casos. - Reserva, Compromiso, Devengado, Ordenado, a Pagar, Pagado- DUEE FONDO PERMANENTE: Definición - Requisitos. - Cuentas Especiales y Recursos Afectados. Definiciones destino de los fondos, Remanente. - Cierre de Ejercicio Financiero. Procedimientos y documentación contable. Formalidades. Obligaciones, Deber de información - Registro patrimonial de bienes. Concepto, identificación y marca casos particulares, alta por compra, donación y decomiso. Tratamiento de semovientes. Bajas; subasta donación. 17. COMPENSACION POR VIATICOS Y GASTOS: Personal comprendido, Montos Básicos. Autorizaciones Traslados en comisión. Requisitos, reembolsos. 18. VIOLENCIA FAMILIAR 19. CORDOBA CON ELLAS 20. LEY MICAELA 21. CUARTO MES DE LICENCIA POR MATERNIDAD 22. CÓRDOBA ROSA 23. Políticas Públicas en materia de género: “Punto Mujer Córdoba” Espacios Seguros de Violencia de Género, Red Municipalista, Red de Acompañantes Comunitarias contra la Violencia de Género, Ecofem, Espacio Mujeres Tec, Córdoba Rosa, “Mujeres a la Cancha” Programa de inclusión igualitaria 17. Decreto N° 1534/06 y actualizaciones 18. Ley Provincial N° 9283 DR 308/07 -Ley Provincial N° 9505 DR 1726/08 DR 480/2014 19. Decreto 1330/16 20. Ley nacional N° 27.499 Ley provincial N° 10.628 21.Ley N°10.342 22. Ley Provincial N°10.503 23. Decreto N° 155/20 creación del Programa “Punto Mujer”; www.cba.gov.ar, Página del Ministerio de la Mujer http://www.cba.gov.ar/ 5 en el fútbol, Atención Integral a las Mujeres Migrantes, Taller Textil Fem, Lideresas, Comisión de Género de la Región Centro. 24. Presupuestos con perspectiva de género. 24. Propuesta para el Diseño de planes de igualdad de género de segunda generación en el contexto de la agenda 2030 para el desarrollo sostenible www.cepal.org, 4. TRIBUNALES DE CONCURSO TITULAR SUPLENTE NIVEL DIRECTIVO REARTES, JULIA ALEJANDRA DNI N°17.531.553 BELVEDER, MARIA JOSÉ DNI N°23.534.050 NIVEL CONDUCCIÓN HERNAN ORDUNA DNI N°23.534.506 RAÚL RAMÓN TISSERA DNI N°12.812.203 U.P.S. MARÍA ÍNES PALACIOS DNI N°24.120.492 EDUARDO ÁNDRES BELTRAMINO DNI N°16.293.467 http://www.cepal.org/ 1 ANEXO II CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL PUESTO A CONCURSAR 1. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO NOMBRE DEL PUESTO: DIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN PROTECCIÓN 24 HORAS. DEPENDENCIA DIRECTA: SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA A LA MUJER Y TRATA DE PERSONAS. JURISDICCIÓN: MINISTERIO DE LA MUJER. 2. REQUISITOS: SEGÚN DESCRIPCIÓN DE PUESTO APROBADA POR RESOLUCIÓN Nro. 100/22 3. TEMARIO Y FUENTES PARA PRUEBA DE SUFICIENCIA INHERENTE AL CARGO ART.19 INC. D 1) LEY 9361 TEMARIO: 1) Estructura orgánica y competencias del Ministerio de la Mujer. Polo Integral de la Mujer en situación de violencia como modelo de gestión: composición, funcionamiento. Sedes del Interior: Polos Regionales y Equipos Técnicos: ubicación, competencia. Competencias del Ministerio de la Mujer Planificación institucional con enfoque de género. 2) Derechos humanos de las mujeres reconocimiento- principales derechos – acciones- perspectiva de género- 3) Violencia Familiar y de Género – tipos- modalidades- denuncias- procedimiento- medidas cautelares- protección. FUENTES: 1) Decreto to N°1615/2019 y 1652/2019 https://www.cba.gov.ar/organismo/minis terio-de-la-mujer/ 2) Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y protocolo facultativo; convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Belén do Pará), 100 Reglas de Brasilia sobre el acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, Plataforma de Beijíng 3) Constitución Nacional, Ley 26485 LEY DE PROTECCION INTEGRAL A LAS MUJERES, Ley 9283 Violencia Familiar Córdoba, Ley 10352 Adhesión a ley 26485, Protocolo Medidas Cautelares en Fuero de Familia ACUERDO REGLAMENTARIO NUMERO: SERIE "A" Creación de Oficina Centralizada Ar1472- A-2018 Creación de Of. de Atención Ciudadana, Protección Procesal Ley de https://www.cba.gov.ar/organismo/ministerio-de-la-mujer/ https://www.cba.gov.ar/organismo/ministerio-de-la-mujer/ https://www.justiciacordoba.gob.ar/justiciacordoba/files/mediacion/Acuerdo%20Reglamentario%20555.pdf https://www.justiciacordoba.gob.ar/justiciacordoba/files/mediacion/Acuerdo%20Reglamentario%20555.pdf https://leyesadmin.justiciacordoba.gob.ar/deposito/ACUERDOS/Ar1472-A-2018%20%20Creaci%C3%B3n%20de%20Of.%20de%20Atenci%C3%B3n%20Ciudadana.pdf https://leyesadmin.justiciacordoba.gob.ar/deposito/ACUERDOS/Ar1472-A-2018%20%20Creaci%C3%B3n%20de%20Of.%20de%20Atenci%C3%B3n%20Ciudadana.pdf https://leyesadmin.justiciacordoba.gob.ar/deposito/ACUERDOS/Ar1472-A-2018%20%20Creaci%C3%B3n%20de%20Of.%20de%20Atenci%C3%B3n%20Ciudadana.pdf http://defensapublicacba.gob.ar/pdf/legislacion/provincial/Ley%20de%20Protecci%C3%B3n%20a%20las%20V%C3%ADctimas_%20Ley%2010401.pdf 2 4) Identidad de Género 5) Trata de Personas 6) Delitos Contra la Integridad Sexual. 7) Ruta crítica y círculo de la violencia. 8) Ley de Salud Mental. 9) Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. 10) Creación de los fueros especializados – competencias- reglamentación 11) Acuerdos reglamentarios dispositivos electrónicos de alarma personal. Protección a las Víctimas Ley 10401, Licencia por Violencia Ley 10318, Formulario de Denuncia AR 1698 serie “A” 2021, ANEXO-AC-1698 MPF, “Guías de Santiago para la protección de víctimas y testigos. Versión 2020” Guía de Santiago. 4) Ley 26743 Identidad de Género. Principios de Yogyakarta. 5) Ley 10060, Ley 26364 y 26842, Protocolo de Palermo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas. Ley Provincial. N° 10654 de Procedimiento ante la desaparición de personas. 6) Código Penal, Ley N° 25.087, Ley N° 26705 (Ley Piazza), Ley N° 27206 (2015), Ley N° 27455 (2018), Ley 10318. 7) “La ruta crítica de las mujeres afectadas por la violencia intrafamiliar en América Latina” Monserrat Sagot. 8) Ley 26657. 9) Ley 9944 Promoción y protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en la provincia de Córdoba, Ley 26061 ley de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, Convención de los Derechos del Niño. 10) Reglamento Fiscalía General N°83/17, Reglamento Fiscalía General N° 98/22, Ley N° 10402 de Creación Fuero de Niñez, Adolescencia, violencia Familiar y de Género, Creación Fuero Penal en Violencia de Género, Código de Convivencia. 11) Acuerdo reglamentario TSJ N°1409 serie “A” año 2017, Acuerdo reglamentario TSJ N°1511, Acuerdo reglamentario TSJ N°144 serie “B” año 2016, Acuerdo reglamentario TSJ N°1539 serie “A” año 2018, Acuerdo reglamentario TSJ N°1472 serie “A” año 2018. 12) Modelo de Protocolo Latinoamericano de Violencia contra las mujeres. ONU MUJERES, UFEM-Protocolo para la http://defensapublicacba.gob.ar/pdf/legislacion/provincial/Ley%20de%20Protecci%C3%B3n%20a%20las%20V%C3%ADctimas_%20Ley%2010401.pdf https://ar.vlex.com/vid/ley-10318-588421994 https://comercioyjusticia.info/wp-content/uploads/2021/05/ANEXO-AC-1698.pdf https://observatorioviolencia.org/wp-content/uploads/Protocolo_Palermo_-_ESP.pdf https://observatorioviolencia.org/wp-content/uploads/Protocolo_Palermo_-_ESP.pdf https://leyesadmin.justiciacordoba.gob.ar/deposito/ACUERDOS/Ar1409-A-2017%20Bot%C3%B3n%20Antip%C3%A1nico-Pautas%20de%20orden%20pr%C3%A1ctico.pdf https://www.mpf.gob.ar/ufem/files/2018/03/UFEM-Protocolo-para-la-investigaci%C3%B3n-y-litigio-de-casos-de-muertes-violentas-de-mujeres-femicidios.pdf 3 12) Femicidios: Consejo Provincial para la prevención y el abordaje de Femicidios, Travesticidios y Transfemicidios, Observatorio Provincial de Femicidios y Violencias por razones de Género. Victimas secundarias/ sobrevivientes de Femicidios. Intervención de crisis, urgencia y emergencia. 13) Programas de reparación y fortalecimiento económico. 14) Políticas Publicas en materia de Género: “Punto Mujer Córdoba”, espacios seguros de violencia de género, Red Municipalista, Red de Acompañantes Comunitarias contra la Violencia de Género, Espacio Mujeres TEC, Córdoba Rosa, “Mujeres a la Cancha” Programa de inclusión igualitaria en el fútbol, atención integral a las Mujeres Migrantes, Taller Textil Fem, Lideresas, Comisión de Género de la Región Centro. 15) Espacios de formación del Ministerio de la Mujer: Red de Universidades por la No Violencia hacía la Mujer, Diplomatura Universitaria en Formación de Acompañantes Comunitarias contra la Violencia de Género, Ley Micaela, Residencias con Especialización en Violencia Familiar y de Género, Curso de Posgrado en “Nuevas Masculinidades”. Contenidos, Objetivos. 16) Ley Micaela investigación y litigio de casos de muertes violentas de mujeres (Femicidios y feminicidio), Resolución Fiscalía General de Córdoba N° 5/21, CODIGO PENAL Ley N° 11179-16546;Decreto Nacional N° 123/2021 adhesión de Córdoba a la creación del Consejo Federal para abordar esta temática. . Ley Provincial N° 10654 de Procedimiento ante la desaparición de personas. 13) Decreto N° 1340/03, 358/2009 y Decreto N° 325 “Nueva Vida”, DECRETO 175/2016 “Nuevo Rumbo”, Resolución 197/21 “APROSS POR VOS”. Apoyo Urgente a Familiares de Víctimas de Femicidios, travesticidios y transfemicidios (PAU), Ley RENNYA 27452. 14) Decreto N° 155/20 creación del Programa “Punto Mujer”; Ley N° 10503 Programa “Córdoba Rosa”. 15) Ley N° 27499, Ley N° 10628 de adhesión de la Provincia de Córdoba a la Ley Micaela, Decreto Reglamentario N° 952/19 y las Resoluciones N° 54/2020 y 22/2021. 16) Ley Micaela N° 27499 y Ley N° 10628 4. TRIBUNALES DE CONCURSO TITULAR SUPLENTE NIVEL DIRECTIVO REARTES, JULIA ALEJANDRA DNI N°17.531.553 BELVEDER, MARIA JOSÉ DNI N°23.534.050 NIVEL CONDUCCIÓN HERNAN ORDUNA DNI N°23.534.506 RAÚL RAMÓN TISSERA DNI N°12.812.203 U.P.S. MARÍA ÍNES PALACIOS DNI N°24.120.492 EDUARDO ÁNDRES BELTRAMINO DNI N°16.293.467 https://www.mpf.gob.ar/ufem/files/2018/03/UFEM-Protocolo-para-la-investigaci%C3%B3n-y-litigio-de-casos-de-muertes-violentas-de-mujeres-femicidios.pdf https://www.mpf.gob.ar/ufem/files/2018/03/UFEM-Protocolo-para-la-investigaci%C3%B3n-y-litigio-de-casos-de-muertes-violentas-de-mujeres-femicidios.pdf http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2016/04/Resolucion-FG-5-21.pdf http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2016/04/Resolucion-FG-5-21.pdf https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-11179-16546/texto https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-11179-16546/texto 4 1 ANEXO II CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL PUESTO A CONCURSAR 1. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO NOMBRE DEL PUESTO: DIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y VINCULACIÓN INSTITUCIONAL DEPENDENCIA DIRECTA: DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA JURISDICCIÓN: MINISTERIO DE LA MUJER 2. REQUISITOS: SEGÚN DESCRIPCIÓN DE PUESTO APROBADA POR RESOLUCIÓN Nro. 100/22 3. TEMARIO Y FUENTES PARA PRUEBA DE SUFICIENCIA INHERENTE AL CARGO ART.19 INC. D 1) LEY 9361 TEMARIO: 1. Competencia de la Jurisdicción que concursa. 2. Estructura orgánica de la Jurisdicción que concursa. Cargos de conducción y superiores. Funciones y requisitos. 3. Ejecución de Presupuesto: Estructura de Presupuesto y Organización 4. Estatuto del Personal de la Administración Pública: Ámbito de aplicación- Personal comprendido y excluido, permanente y no permanente. Requisitos de ingreso y reingreso. Deberes- Prohibiciones- Incompatibilidades de los agentes. Derechos de los agentes. Bonificación Art.45- Requisitos, condiciones, cómputos para la percepción. Traslados y Permutas: condiciones, FUENTES: 1. Decreto N° 1615/2019 y 1652/2019 2. Ley N°5901 y Ley N°9086 3. Ley 7233 y reglamentación Decreto N°1080/86. Resolución Ministerio de Administración y Gestión Pública N°1288/12 – Ley 5624. Ley 10.173 – Dec.1845/07 - Resoluciones 02/13, 05/13, 02/15 de la Secretaría de Capital Humano del Ministerio de Gestión Pública, Res. N° 804/12, 26/12 y 1510/12 del Ministerio de Gestión Pública. Ley 10.068. Circular normativa 01/04 y 01/05 de la SGG- Decreto N° 2689/11. 4. Ley 7233 y reglamentación Decreto N°1080/86 y sus modificatorias. 2 requisitos. Excepciones del requisito de vacantes. Forma de Computo de Plazos – Reconocimiento de Servicios- Procedencia- Efectos- Acreditación. Licencias remuneradas y no remuneradas- Supuestos y Procedencia – Disposiciones comunes – Artículos 50 y 51. Licencia Anual: Antigüedad requerida – Periodo de otorgamiento- Caducidad- Requisitos- Fraccionamientos- Suspensión de su goce. Supuestos de pago. Licencia por Maternidad y Nacimiento de Hijos: Adopción. Licencia por Enfermedad y por largo Tratamiento: Cómputos de términos- Jubilación por Invalidez provisoria: Reserva del cargo. Supuestos baja del agente por enfermedad. Solicitud de licencia por razones de salud encontrándose fuera del radio. Prestaciones dinerarias y en especie. Determinación y revisión de incapacidades. Responsabilidad civil del empleador. Artículo 52: Procedencia- Términos- Condiciones- Franquicias Horarias: Forma – Eximición en la obligación de la prestación de servicios. 5. Regímenes disciplinarios: Investigación administrativa y sumarios – Características y procedimiento de cada uno de ellos. Tipo y causa de sanciones – Autoridades de aplicación. Obligación de funcionarios ante ilícitos penales. 6. Escalafón del Personal de la Administración Pública: Tramos- Agrupamientos- Categorías- Cambio de agrupamientos. Requisitos de ingreso. Promociones: Requisitos, derecho a promoción, acceso a nueva categoría. Periodos de permanencia. Cambio de agrupamiento: Procedimiento, prioridades. Cobertura de Vacantes: Personal de ejecución, personal de supervisión, personal superior. Plazo, autoridad de aplicación, procedimiento de convocatoria, tribunal de concurso, 5. Ley N°9361 y Decreto N°1641/07, Resolución 374/14 del Ministerio de Gestión Pública. 6. Ley N°24.557 y N°26.773. Ley N°9361. Decretos N°1572/09 y N°450/13. 3 puntajes, adjudicación del cargo, carácter de designaciones. Capacitación: Derechos y obligación. 7. Ley de Riesgos de Trabajo: Ámbito de aplicación- Objetivos- Auto seguro. Prevención de los Riesgos de Trabajos- Obligaciones- Recargos por incumplimientos. 8. Asignaciones Familiares: Tipos de prestaciones- Condiciones para la percepción. 9. Régimen General De Jubilaciones, Pensiones y Retiros: Ámbito de aplicación- Requisitos para personal administrativo y para el personal Docente. Aportes y contribuciones – Concepto de remuneraciones. Sumas no sujetas a aportes y contribuciones. 10. Sistemas de Administración de Recursos Humanos- People Net- Reportes. Factor Humano y Nomina 11. Régimen del Personal Docente de Nivel Medio- Secundario- Técnico- Superioridad Ley 7233. Régimen de Licencia del personal docente. Reglamento de Faltas. Sumario ordinarios e investigaciones, Zona desfavorable. 12. SIED . Sistema integral de evaluación de desempeño de los agentes; Promociones y Calificación Satisfactoria. 13. Documentación Personal: Requisitos Ingresantes; Control y Formulario de Control de Documentación Personal 14. Ley Micaela 7. Ley N°24.714 – Decreto N°396/15- Anexo I y sus modificatorias 8. Ley N°8024 y reglamentación. Circular Caja Provincial de Jub., Pens. y Retiros N°033/14 y sus modificatorias 9 Instructivos People. Net www.cba.gov.ar 10 Decreto Ley N°214/E/63 (Modif. Ley N°9822) y reglamentación. Ley N°9870. Decreto N°4556/85. Ley N°4356. Decreto N°10.895/60. Decreto N°586/63. 11 Ley N°7233 y reglamentación. Decreto N°1080/86. Decreto- Ley N°214/E/63- Decreto N°3489/69 12 Res 374/2014 Ministerio de Gestión Publica; Res. 07/2017 Secretaria de Capital Humano; : Res. 1405/2017 Secretaria General de la Gobernación y sus modificatorias. www.cba.gov.ar 13 Res 06/2017 Secretaria de Capital Humano 14 Ley nacional N° 27.499. Ley Provincial N° 10.628 4. TRIBUNALES DE CONCURSO TITULAR SUPLENTE NIVEL DIRECTIVO REARTES, JULIA ALEJANDRA DNI N°17.531.553 BELVEDER, MARIA JOSÉ DNI N°23.534.050 NIVEL CONDUCCIÓN HERNAN ORDUNA DNI N°23.534.506 RAÚL RAMÓN TISSERA DNI N°12.812.203 U.P.S. MARÍA ÍNES PALACIOS DNI N°24.120.492 EDUARDO ÁNDRES BELTRAMINO DNI N°16.293.467 1 ANEXO II CONDICIONES ESPECÍFICASDEL PUESTO A CONCURSAR 1. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO NOMBRE DEL PUESTO: DIRECCIÓN DE ASISTENCIA Y PREVENCIÓN DE LA TRATA DE PERSONAS Y DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL DEPENDENCIA DIRECTA: DIRECCIÓN GENERAL DE VIOLENCIAS JURISDICCIÓN: MINISTERIO DE LA MUJER 2. REQUISITOS: SEGÚN DESCRIPCIÓN DE PUESTO APROBADA POR RESOLUCIÓN Nro. 100/22 3. TEMARIO Y FUENTES PARA PRUEBA DE SUFICIENCIA INHERENTE AL CARGO ART.19 INC. D 1) LEY 9361 TEMARIO: 1) Polo Integral de la Mujer en Situación de Violencia como Modelo de Gestión: composición, funcionamiento. Sedes del Interior: Polos Regionales y Equipos Técnicos: ubicación, competencia. Centro Integral de Varones en Situación de Violencia. Estructura Orgánica del Ministerio de la Mujer. Competencias del Ministerio de la Mujer. 2) Derechos Humanos con perspectiva de género. Género y violencia: Modelo Ecológico de intervención en violencia; interseccionalidad; Ruta Crítica. 3) Trata de Personas con fines de explotación sexual y laboral Fuero competente en materia de Trata de Personas. Consejo FUENTES: 1) Decreto N°1615/2019 y 1652/2019 https://www.cba.gov.ar/organismo/ministerio- de-la-mujer 2) CEDAW y Protocolo Facultativo; Belén do Pará, 100 Reglas de Brasilia, Plataforma de Beijín, Convención Internacional de Derechos Humanos, Pacto de San José de Costa Rica, Principios de Yogyakarta, Convención de los Derechos del Niño, Ley N° 26485, Ley 27501, Ley 27533, Ley 27499, Ley 10.628, Ley 9283, Ley 10352 Adhesión a ley 26485, Ley 10400, Ley 10401 y Ley 10402. “La ruta crítica de las mujeres afectadas por la violencia intrafamiliar en América Latina” Monserrat Sagot Anexo de bibliografía sugerida. 3) Protocolo de Palermo, Leyes 26364 y 26842, Decreto Reglamentario N° 11/2015, Resolución N° 1280/2015, Ley Pcial N° 10060 y D.R. N° 582/2012, Convenios de O.I.T. 111 2 Federal para la lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas. Organismo competente: PROTEX MPFN, Programa Nacional de asistencia a víctimas de Trata, Protocolo “Alerta Sofía” Asistencia integral: abordaje, derechos de las víctimas, indicadores, fases de la intervención, articulación interinstitucional y coordinación de acciones con otros organismos, grupos focales provinciales. Operativos: objetivo y modalidad Prevención: sensibilización y difusión de la temática de Trata Comisión Provincial de Lucha contra la Trata de Personas y de Contención y Recuperación de Víctimas de Explotación Sexual. Delitos conexos con Trata de Personas con fines de explotación sexual. 4) Delitos contra la Integridad Sexual: regulación normativa, principales reformas legislativas Fuero penal: unidad judicial y fiscalías de instrucción especializadas. Parámetros subjetivos y objetivos según el fuero penal en violencia de género- competencias. Medidas cautelares para la protección de personas en situación de Trata y violencia sexual. Programa Provincial de Prevención e Intervención en el Abuso Sexual en las Infancias: integración, objetivos. 5) Intervención en violencia sexual con personas adultas y menores y 119, Código Penal y Código Procesal Penal de la Nación Resolución PGN N°805/13, Ley 27.508. Protocolo “Alerta Sofía”, Missing Children. Ley Pcial. N° 10654 de Procedimiento ante la desaparición de personas. Anexo de bibliografía complementaria. 4) Código Penal, Ley N° 25.087, Ley N° 26705 (Ley Piazza), Ley N° 27206 (2015), Ley N° 27455 (2018), Ley N° 26316 Declaración del día 19 de noviembre como de prevención del abuso sexual en niños, niñas y adolescentes ratificada por Ley Pcial. N° 10501, Ley N° 26904 (grooming), Ley 10060, D.R. N° 582/2012, Código de Procedimiento Penal de Córdoba, Código de Procedimiento Penal de la Nación, Acordadas del T.S.J e Instrucciones del MPF en materia de delitos sexuales. Resolución N° 18/2019 de la Secretaría de Niñez Adolescencia y Familia de la Pcia. de Córdoba. Anexo de bibliografía complementaria. 5) Código de Procedimiento Penal de la Nación y modificación incorporada por Ley 27.372, 3 de edad, dispositivos específicos para el abordaje, evaluación de riesgo, Cámara Gesell, Equipo Técnico de Intervención en Víctimas de Delitos contra la Integridad Sexual (ETIV). 6) Contravenciones en materia de Género, Unidad Contravencional Especializada: competencia. 7) Identidad de Género: abordaje en materia de diversidad. 8) Educación Sexual Integral- Derechos sexuales: ILE/IVE Articulación, acompañamiento y consejería en salud sexual. 9) Discapacidad: Intervención, articulación con instituciones especializadas, acompañamiento Salud mental –internaciones – conceptos –procedimientos, articulación con instituciones especializadas. Código Procesal Penal de Córdoba y modificación incorporada por Ley 9197, Acuerdo Reglamentario T.S.J. 1595, Serie “A” e Instrucción General M.P.F. N° 4/19, Ley 26061, Ley 9944, Ley 10.636, Convención de los Derechos del Niño Instrucción General N° 11/2004., Instrucción General N° 2/2005, Resolución de FG n° 96/2004 (21/12/2004) y el Reglamento de FG n° 72/15 (12/2/2015), Instrucción General N° 2/2009, Instrucción General N° 8/2011, Resolución de FG n° 6/2016 (23/11/2016), Instrucción General N° 2/2014 REGLAMENTO NUMERO 98/22 M.P.F. AR 1409 Serie “A” (2017), AR 1511 Serie “A” (2018), Ley 25.764. Anexo de bibliografía complementaria. 6) Ley N° 27501, Código de Convivencia Ley N° 10.326, Ley N° 10.327, Resolución N° 8/20 de Fiscalía General de creación de la Unidad Contravencional de Género, Resolución N° 1/21 de la Fiscalía General de Reglamentación de la Unidad Contravencional de Género y su Anexo. Anexo de bibliografía complementaria. 7) Ley Nª 26.743 de Identidad de Género. Principios de Yogyakarta. Anexo de bibliografía complementaria. 8) Ley N° 27610, Decreto Reglamentario N° 516/2021 y Protocolo para la Atención Integral de las personas con derecho a la interrupción voluntaria y legal del embarazo (actualización 2021). Anexo de bibliografía complementaria. 9) Ley N° 22431 (1981), Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: Ley N° 27.044 (2014) Ley N° 26.657. Derecho a la Protección de la Salud Mental, Decreto Reglamentario N° 603/13, CONSENSO DE PANAMÁ, Ley N° 26743. Anexo de bibliografía complementaria. http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2017/02/INSTRUCC-11-2004.pdf http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2017/02/INSTRUCC-2-2005.pdf http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2017/02/INSTRUCC-2-2005.pdf http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2017/02/Resolucion-FG-96-2004-UJ-de-la-mujer.pdf http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2017/02/Resolucion-FG-96-2004-UJ-de-la-mujer.pdf http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2016/05/REGLAMENTO-FG-72-UJ-ESPECIALES.pdf http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2016/05/REGLAMENTO-FG-72-UJ-ESPECIALES.pdf http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2017/02/INSTRUCCION-GENERAL-2-2009.pdf http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2017/02/INSTRUCCION-GENERAL-2-2009.pdf http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2017/02/INSTRUCCION-GENERAL-8-11.pdf http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2016/11/Resolucion-FG-6-16-Nueva-Fiscalia-de-Instruccion-Delitos-contra-la-Integridad-Sexual.pdf http://www.mpfcordoba.gob.ar/wp-content/uploads/2017/02/instruccion-gral-2-14.pdf http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/85000-89999/87581/norma.htm4 10) Programas de Fortalecimiento Económicos del Ministerio de la Mujer: objetivos, requisitos, modalidades. 11) Políticas Públicas en materia de género: “Punto Mujer Córdoba” Especios Seguros de Violencia de Género, Red Municipalista, Red de Acompañantes Comunitarias contra la Violencia de Género, Ecofem, Espacio Mujeres Tec, Córdoba Rosa, “Mujeres a la Cancha” Programa de inclusión igualitaria en el fútbol, Atención Integral a las Mujeres Migrantes, Taller Textil Fem, Lideresas, Comisión de Género de la Región Centro. 12) Espacios de Formación del Ministerio de la Mujer: Red de Universidades por la No Violencia hacia la Mujer, Diplomatura Universitaria en Formación de Acompañantes Comunitarias contra la Violencia de Género, Ley Micaela, Residencias con Especialización en Violencia Familiar y de Género, Curso de posgrado en “Nuevas Masculinidades”: contenidos, objetivos. 13) Ley Micaela 10) Decreto N° 358/2009 y Decreto N° 325 Programa “Nueva Vida”, DECRETO 175/2016 Programa “Nuevo Rumbo”, Resolución 197/21 “APROSS POR VOS”. Anexo de bibliografía complementaria. 11) Decreto N° 155/20 creación del Programa “Punto Mujer”; Ley N° 10503 Programa “Córdoba Rosa”. Anexo de bibliografía complementaria. 12) Ley N° 27499, Ley N° 10628 de adhesión de la Provincia de Córdoba a la Ley Micaela, Decreto Reglamentario N° 952/19 y las Resoluciones N° 54/2020 y 22/2021. Anexo de bibliografía complementaria. 13) Ley nacional N° 27.499 Ley provincial N° 10.628 4. TRIBUNALES DE CONCURSO TITULAR SUPLENTE NIVEL DIRECTIVO REARTES, JULIA ALEJANDRA DNI N°17.531.553 BELVEDER, MARIA JOSÉ DNI N°23.534.050 NIVEL CONDUCCIÓN HERNAN ORDUNA DNI N°23.534.506 RAÚL RAMÓN TISSERA DNI N°12.812.203 U.P.S. MARÍA ÍNES PALACIOS DNI N°24.120.492 EDUARDO ÁNDRES BELTRAMINO DNI N°16.293.467 1 ANEXO II CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL PUESTO A CONCURSAR 1. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO NOMBRE DEL PUESTO: JEFATURA DE ÁREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEPENDENCIA DIRECTA: DIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN DE ADMINISTRACIÓN JURISDICCIÓN: MINISTERIO DE LA MUJER 2. REQUISITOS: SEGÚN DESCRIPCIÓN DE PUESTO APROBADA POR RESOLUCIÓN Nro. 100/22 3. TEMARIO Y FUENTES PARA PRUEBA DE SUFICIENCIA INHERENTE AL CARGO ART.19 INC. D 1) LEY 9361 TEMARIO: 1) Polo Integral de la Mujer en Situación de Violencia como Modelo de Gestión: composición, funcionamiento. Sedes del Interior: Polos Regionales y Equipos Técnicos: ubicación, competencia. Centro Integral de Varones en Situación de Violencia. Estructura Orgánica del Ministerio de la Mujer. Competencias del Ministerio de la Mujer. 2. Procedimiento administrativo. 3. Ejecución del presupuesto de la administración pública. 4. Simplificación y Modernización de la Administración Pública. 5. Ciudadano Digital. Características Generales. Alcances y Servicios. 6. TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA: Autoridades, Organización Composición e integración, Atribuciones, Facultades, Sujetos de Control, Obligados, Intervención Preventiva de los Actos. Definición, tipos de Actos. Intervención preventiva – exclusión. FUENTE: 1. Decreto N°1615/2019 y 1652/2019 https://www.cba.gov.ar/organismo/ministerio- de-la-mujer 2. Ley Provincial N° 5350 3. Ley Provincial N°5901 – T.O. Ley N°6300 4. Ley provincial 10.618 y su Decreto Reglamentario N° 750/2019 - Dec. N° 680/2021. 5. Web de Ciudadano Digital: http://ciudadanodigital.cba.gov.ar 6. Constitución de la Provincia de Córdoba - Ley Provincial N° 7630 - Resolución 180/2021 TCP “Compendio Normativo Unificado”. https://www.cba.gov.ar/organismo/ministerio-de-la-mujer https://www.cba.gov.ar/organismo/ministerio-de-la-mujer http://ciudadanodigital.cba.gov.ar/ 2 7. ADMINISTRACIÓN FINANCIERA GUBERNAMENTAL: Ley de Administración Financiera - Definiciones - Alcances - Objetivos -Criterios metodológicos- Sector Público no Financiero. - Estructura del Sector Público- Entidad, Jurisdicción. - Estructura del Sector Público- ámbito de Aplicación - Sistemas de Administración Financiera – Subsistemas. 8. REGIMEN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE LA APP: Reglas Generales - Principios básicos, Procedimientos de selección, publicidad, y difusión, portal de compras públicas - Licitación Pública-Subasta electrónica inversa - Convenios Marco- Contrataciones electrónicas- Bienes subastables-Compulsa Abreviada. Requisitos, condiciones. Contratación Directa – Casos, Índices máximos permitidos Registro de proveedores - Índices para autorizaciones y adjudicaciones de Contrataciones Directas para adquisición de Bienes y Servicios - Proveedores en Situación de Vulnerabilidad Social - RopyCe y Acceso a Compras Públicas- Criterios sustentables en materia de Compras Públicas- Productos de origen provincial. Preferencias. Obligatoriedad Casos- Contratación relativa a bienes específicos -Plataforma de ingreso de trámites digitales. 9. SISTEMA UNICO DE ADMINISTRACION FINANCIERA (SUAF): SUAF - Obligatoriedad - Objetivos Generales y Específicos - Marco conceptual y procedimientos de gastos- Registro único de Ejecución de Erogaciones - Registro del Compromiso Preventivo y Definitivo. 10. Violencia Familiar 11. Córdoba con Ellas 7. Ley Provincial N° 9086 – Decreto N° 150/04. 8. Ley Provincial N° 10155 - Decreto N° 305/2014- Resolución N° 2022/D-00000203 del Ministerio de Finanzas - Decreto N° 402/2014 y sus modificaciones - Decreto Nº 1157/2021- Resolución Dirección General de Compras y Contrataciones 8/2020 - Ley Provincial N° 9331- Resolución 13/2020 Ministerio de Coordinación - Resolución N° 128/19 del Ministerio de Finanzas (B.O. 06/05/19) - Resolución N° 1731/15 del Ministerio de Gestión Pública (20/11/15)- Resolución N° 46/2022 - Ministerio de Coordinación– Resolución N° 2022/D-00000012 (B.O. 06/09/2022) - Resolución N° 2022/D- 00000008 (B.O. 17/08/2022) -Resolución N° 81/20 del Ministerio de Coordinación (22/07/20). 9. Ley Provincial N° 9086 - Resolución 3/2018 SAF - Ministerio de Finanzas. https://www.cba.gov.ar/legislacion-vigente-2/ - Resolución366/012 Ministerio de Finanzas. 10. Ley Provincial N° 9283 DR 308/07 - Ley Provincial N° 9505 DR 1726/08 DR 480/2014. 11. Decreto 1330/16 https://www.cba.gov.ar/legislacion-vigente-2/ 3 12. Ley Micaela 13. Programas de reparación y fortalecimiento económico. 14. Políticas Públicas en materia de género: “Punto Mujer Córdoba” Espacios Seguros de Violencia de Género, Red Municipalista, Red de Acompañantes Comunitarias contra la Violencia de Género, Ecofem, Espacio Mujeres Tec, Córdoba Rosa, “Mujeres a la Cancha” Programa de inclusión igualitaria en el fútbol, Atención Integral a las Mujeres Migrantes, Taller Textil Fem, Lideresas, Comisión de Género de la Región Centro 12. Ley nacional N° 27.499 Ley provincial N° 10.628 13. Decreto N° 1340/03, 358/2009 y Decreto N° 325 “Nueva Vida”, DECRETO 175/2016 “Nuevo Rumbo”, Resolución 197/21 “APROSS POR VOS”. Apoyo Urgente a Familiares de Víctimas de femicidios, travesticidios y transfemicidios (PAU), Ley RENNYA 27452. Bibliografía complementaria consignada en anexo. 14. Decreto N° 155/20 creación del Programa “Punto Mujer”; Ley N° 10503 Programa “Córdoba Rosa”. www.cba.gov.ar Página del Ministerio de la Mujer 2. TRIBUNALES DE CONCURSO TITULAR SUPLENTE NIVEL DIRECTIVO REARTES, JULIA ALEJANDRA DNI N°17.531.553 BELVEDER, MARIA JOSÉ DNI N°23.534.050 NIVEL CONDUCCIÓN HERNAN ORDUNA DNI N°23.534.506 RAÚL RAMÓN TISSERA DNI N°12.812.203 U.P.S. MARÍA
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