Logo Studenta

060607-seccion1

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

1ª AÑO XCV - TOMO DVIX - Nº 107CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 6 DE JUNIO DE 2007www.boletinoficialcba.gov.arE-mail: boletinoficialcba@cba.gov.arSECCIÓNPUBLICACIONES DE GOBIERNO
Designan 1.200 agentes Alta en Comisión
POLICÍA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA - ESCUELA DE SUBOFICIALES Y AGENTES “GENERAL MANUEL BELGRANO”
DECRETO Nº 804
Córdoba, 31 de mayo de 2007
VISTO: el Expediente Nº 0002-027546/2007,
del Registro de la Policía de la Provincia,
dependiente del Ministerio de Seguridad.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia
la designación en carácter de Agentes “Alta en
Comisión” , a partir del 1º de enero de 2007, a
los egresados de la Escuela de Suboficiales y
Agentes “General Manuel Belgrano”, per-
teneciente a la Promoción 208, cuya nómina
obra en autos.
Que el señor Jefe de Policía hace presente
que los propuestos han cumplimentado con los
requisitos exigidos por el Curso de Formación
Básica, en concordancia con lo establecido por
el régimen forrmativo para los planes de estudio
de los Institutos de Formación Policial.
Que se ha acompañado el documento de Con-
tabilidad, Afectación Preventiva N° 1490/07 y la
correspondiente imputación presupuestaria con
la que se atenderá el egreso que implique la
designación propiciada.
Por ello, las disposiciones de la Ley N° 6702 y
su Decreto Reglamentario, artículo 18 de la Ley N°
8575, artículo 144 incisos 1 y 10 de la Constitución
Provincial, lo dictaminado por la Asesoría Jurídica
del Ministerio de Seguridad al N° 347/07 y por
Fiscalía de Estado bajo el N° 467/07,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- DESÍGNASE a partir del 1º de
enero de 2007, en el grado de Agentes “Alta en
Comisión” de la Policía de la Provincia, a los
egresados de la Escuela de Suboficiales y
Agentes “General Manuel Belgrano”, nominados
en el Anexo I, que en diecisiete (17) fojas forma
parte integrante del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 2º.- El egreso correspondiente se
atenderá a Jurisdicción 1.16, Programa 164,
Partida Principal 01, Partida Parcial 01, Partida
Subparcial 01, Grupo 12, Cargo 200 del
Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al Señor
Ministro de Finanzas a efectuar, de
corresponder, las adecuaciones pre-
supuestarias - Planta de Personal y Recursos
Financieros- en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 1º y 2º del presente decreto.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Seguridad y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención a la Dirección Administración de la
Policía de la Provincia, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DR. JUAN CARLOS MASSEI
MINISTRO DE SEGURIDAD
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
PODER EJECUTIVO
DECRETOSRESOLUCIONES
RESOLUCION Nº 80
Córdoba, 18 de Abril De 2007
Expediente Nº 0045-013327/05-
VISTO: Este expediente en el que obra la
Resolución Nº 00140/07 de la Dirección Provin-
cial de Vialidad dependiente de este Ministerio,
relacionada con los trabajos de la Obra:
“MEJORAMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN
PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y
TERCIARIA PERTENECIENTES A LA
JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO
REGIONAL Nº 7 - DEPARTAMENTO: SAN
JUSTO”, a cargo del Consorcio Caminero Re-
gional Nº 7.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección propicia la aprobación
del Acta de Recepción Provisional, de fecha 9 de
febrero de 2007, la medición final y la Planilla
Comparativa según la cual se ha ejecutado la
obra, por un monto total de $ 1.500.477,95,
arrojando una diferencia en menos de $ -
4.459,55, el Certificado Nº 9 Final de Precios
Contractuales por el mes de enero de 2007, que
asciende a la suma de $ 333,95 que será liquidado
oportunamente mediante Orden de Pago Directa,
según Informe Nº 44/07 del Departamento I
Administración y Personal dependiente de la
Dirección Provincial de Vialidad, como asimismo
solicita se desafecte la suma de $ -4.459,55,
debido a la menor inversión, por lo que se ha
emitido documento de contabilidad a nivel de
Afectación Preventiva Negativa Nº 1715/07 -
Compromiso Nº 618/07.
Que lo propiciado por la Dirección Provincial
de Vialidad es posible en virtud de los informes
técnicos obrantes en autos y de las previsiones
de los artículos 52 de la Ley de Obras Públicas
Nº 8614, 45 y 46 primer párrafo del Decreto
Reglamentario Nº 4757/77 y 79 del Decreto Nº
4758/77.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección Gene-
ral de Asuntos Legales de este Ministerio con el
Nº 190/06 (caso similar), proveído de fecha 13-
04-07,
EL MINISTRO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Acta de
Recepción Provisional, de fecha 9 de febrero de
2007 correspondiente a los trabajos de la Obra:
“MEJORAMIENTO DE LAS REDES VIALES
SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA
Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA JURIS-
DICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO RE-
GIONAL Nº 7 - DEPARTAMENTO: SAN JUS-
TO”, a cargo del Consorcio Caminero Regional
Nº 7.
 
ARTÍCULO 2º.- APROBAR la medición final
efectuada y la Planilla Comparativa, según la
cual se ha ejecutado la Obra por un monto total
de Pesos Un Millón Quinientos Mil Cuatrocientos
Setenta y Siete Con Noventa y Cinco Centavos
($1.500.477,95), arrojando una diferencia en
menos de Pesos Cuatro Mil Cuatrocientos
Cincuenta y Nueve Con Cincuenta y Cinco
Centavos ($ - 4.459,55).
ARTÍCULO 3º.- APROBAR el Certificado Nº 9
Final de Precios Contractuales por el mes de
enero de 2007, que asciende a la suma de Pe-
sos Trescientos Treinta y Tres Con Noventa y
Cinco Centavos ($ 333,95), que será liquidado
oportunamente mediante Orden de Pago Directa,
según Informe Nº 44/07 del Departamento I
Administración y Personal dependiente de la
Dirección Provincial de Vialidad.
ARTÍCULO 4º.- DESAFECTAR la suma de
Pesos Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta Y
Nueve Con Cincuenta y Cinco Centavos ($ -
4.459,55), debido a la menor inversión por lo
que se ha emitido Documento de Contabilidad
(Afectación Preventiva Negativa) Nº 1715/07 -
Compromiso Nº 618/07, con cargo Jurisdicción
1.25, Sub-Programa 265/6, Proyecto 52,
Partidas: Principal 12, Parcial 10, Obra 3101 del
P.V.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención a la Gerencia de Recursos Eco-
nómicos y Financieros de la Dirección Provincial
de Vialidad dependiente de este Ministerio, al
Tribunal de Cuentas de la Provincia, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial,
pase a la citada Dirección a sus efectos y
archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
CONTINÚA EN PÁGINA 2 A 6
Córdoba, 6 de junio de 2007BOLETÍN OFICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DIRECCIÓN GENERAL DE SUPERINTENDENCIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO OCHOCIENTOS
OCHENTA Y SIETE - SERIE “A”. En la ciudad de CORDOBA, a
veintiún días del mes de mayo del año dos mil siete, con la Presidencia
de su titular Dr. Armando Segundo ANDRUET (h), se reunieron
para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia,
Doctores María Esther CAFURE de BATTISTELLI, Aída Lucia
Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO, María de las Mercedes
BLANC G. de ARABEL y Carlos Francisco GARCIA ALLOCCO,
con la asistencia del Director de Superintendencia Dr. Miguel Ángel
DEPETRIS y ACORDARON:
Y VISTO: Las situaciones que se plantean en el Fuero de Menores
en relación al patrocinio de mayores.
Y CONSIDERANDO: I. De conformidad a las disposiciones
vigentes, corresponde a los asesores en lo civil y comercial laasistencia, patrocinio y representación de mayores en el Fuero de
Menores (L.A.J.G., 12, 2º), en especial, en las actuaciones
prevencionales en las que los Jueces disponen medidas de protección
a favor del niño de carácter provisorio o permanente.
La intervención de los asesores puede ser solicitada por los beneficiarios
del sistema de asistencia jurídica gratuita o bien, en caso de
incomparescencia, por designación de oficio del Juez (Ley nº 9053, 26,
2do. párr.). En ambos supuestos se presentan dificultades para el contacto
entre asesor y justiciable, que generan diversidades en la actuación de
los defensores y demoras en el procedimiento prevencional.
II. A fin de atenuar dichas dificultades, dentro de las facultades
reglamentarias que tiene el Tribunal Superior de Justicia tanto en el
marco de la ley que rige la actuación de los asesores en el Fuero de
Menores (Ley nº 9053, 26, 2do. párr.), cuanto en las genéricas
atribuciones de superintendencia para el funcionamiento del Poder
Judicial (LOPJ, 12, 32º), se establece el siguiente procedimiento
uniforme de actuación.
Los Jueces de Menores citarán a los padres, tutores o guardadores
en el domicilio que figure en las actuaciones y, si no comparecieren
reiterarán la citación si fuere posible al domicilio que registren en el
Padrón Electoral. Cuando estas citaciones tuvieren resultado negativo
procederán a la designación de oficio.
El Asesor designado de oficio actuará del modo que estima posible
a los intereses del justiciable, acorde a lo que un observador razonable
pudiera efectuar con mínimos elementos de análisis, si el interesado
no compareciere en el proceso.
Cuando el Asesor intervenga patrocinando a mayores beneficiarios
del sistema de asistencia jurídica gratuita, utilizarán el mismo
procedimiento es decir los citarán al domicilio registrado en las
actuaciones y si no comparecieran en el registrado como electores.
En caso de incomparescencia actuarán del modo que estime posible
a los intereses del justiciable, acorde a lo que un observador razonable
pudiera efectuar con mínimos elementos de análisis.
Dada la gratuidad de las actuaciones ( Ley 9053, 27) no hay parte
contraria que afronte los costos de edictos ni ellos serían posibles de
atender con los recursos del Poder Judicial, a la vez que se gestaría
una demora considerable en un procedimiento que debe ser ágil
precisamente porque tiene por objeto “proveer a la protección de los
derechos de los niños y adolescente” ( Ley cit., 19). Por ello y lo
dispuesto por el Art. 166 inc. 2° de la Constitución Provincial y 12 inc.
1° de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 8435, SE RESUELVE:
Art. 1°. ESTABLECER el procedimiento uniforme de actuación en
relación a situaciones respecto de patrocinio de mayores en el Fuero
de Menores, tal como está descripto en los párrafos 2, 3, 4 y 5 del
punto II del considerando precedente.
Art. 2°. PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia.
Comuníquese a la Federación de Colegios de Abogados de la
Provincia, Colegio de Abogados de Córdoba, a los tribunales
involucrados y dese la más amplia difusión periodística.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su
contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales con la
asistencia del Dr. Miguel Ángel DEPETRIS, Director de
Superintendencia.
DR. ARMANDO SEGUNDO ANDRUET (H)
PRESIDENTE
DRA. MARÍA ESTHER CAFURE DE BATTISTELLI
VOCAL
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
VOCAL
DRA. MARÍA DE LAS MERCEDES BLANC G. DE ARABEL
VOCAL
DR. CARLOS FRANCISCO GARCIA ALLOCCO
VOCAL
DR. MIGUEL ÁNGEL DEPETRIS
DIRECTOR DE SUPERINTENDENCIA
2
VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 804
RESOLUCIÓN Nº 501
Córdoba, 31 de Mayo de 2007
VISTO: El Expediente Nº 0378-075633/2007, del Registro de la
Secretaría General de la Gobernación y Control de Gestión.-
Y CONSIDERANDO:...
LA SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Y CONTROL DE GESTIÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- APRUÉBASE lo actuado por la Comisión de
Preadjudicación del Concurso de Precios convocado por
Resolución de la Secretaría General de la Gobernación y Control
de Gestión Nro. 092/2.007, destinada a la contratación del servicio
de soporte de software en sistemas de backup corporativo, sistemas
antivirus y Citrix Metaframe.
ARTÍCULO 2°.- RECHÁZASE a la firma CEDI CONSULTING
S.R.L., la Oferta presentada al Renglón Único por no ajustarse a lo
solicitado en el Anexo III del Pliego de Especificaciones Técnicas
que rigen el presente concurso de precios (...Calidad y experiencia
de los oferentes...).
ARTÍCULO 3°.- ADJUDÍCASE a la firma INTERTRON S.A. por
ajustarse a lo solicitado en los Pliegos de Condiciones Generales,
Particulares, de Especificaciones Técnicas y precio conveniente a
los intereses del Estado Provincial la oferta presentada al Renglón
Único por un total de Pesos Cuarenta Mil Quinientos Sesenta ($
40.560) IVA incluído.
ARTÍCULO 4°.- IMPÚTESE la suma de Pesos Cuarenta Mil
Quinientos Sesenta ( $ 40.560,00) a la Jurisdicción 1.70,
Programa 710/0, Partida Principal 03, Parcial 06, Subparcial
05 del P.V., correspondiente a la Afectación Preventiva N°
5335/2.007 .
ARTÍCULO 5°.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección Ge-
neral de Administración, de la Secretaría General de la Gobernación
y Control de Gestión, dése intervención al Tribunal de Cuentas de
la Provincia, comuníquese, publíquese y archívese.
CRA. MARÍA DEL CARMEN POPLAWSKI
SECRETARIA GENERAL GOBERNACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN Y
CONTROL DE GESTIÓN ACUERDOS
ANEXO ÚNICO AL DECRETO Nº 804
Córdoba, 6 de junio de 2007 BOLETÍN OFICIAL 3
Córdoba, 6 de junio de 2007BOLETÍN OFICIAL4
Córdoba, 6 de junio de 2007 BOLETÍN OFICIAL 5
Córdoba, 6 de junio de 2007BOLETÍN OFICIAL6
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESOLUCION Nº 43 - 22/03/07 - Aprobar el Acta
Acuerdo de Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de Variación de Costos respecto de los
trabajos de la Obra: “Infraestructura de Servicios en el
Predio donde se localizan las Viviendas y Comedor
dependientes de la Secretaría Integral del Niño, ubicado
en calle Chile S/Nº Villa Revol Anexo - Córdoba -
Departamento Capital”, por la suma de Pesos Cincuenta
Mil Seiscientos Tres Con Setenta y Tres Centavos ($
50.603,73), suscripta con fecha 15 de diciembre de 2006,
entre el Director de la Dirección Provincial de Arquitectura
y el Socio Gerente de la firma Moran y Asociados S.R.L.,
contratista de la obra, que como Anexo I, compuesto de
Una (1) foja integra la presente Resolución, s/ Expte. Nº
0047-012391/05/R1/06.-
RESOLUCION Nº 47 - 27/03/07 - Aprobar las Actas
Acuerdo de la Segunda y Tercera Redeterminación de
Precio por Reconocimiento de Variación de Costos, por
trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “Ramales de
Aproximación para Abastecimiento de Gas Natural a las
Localidades de Valle Hermoso, San Marcos Sierras, Bialet
Masse y Hospital Domingo Funes”, por la suma de Pesos
Ciento Cincuenta Mil Seiscientos Veinticinco Con Cuarenta
y Tres Centavos ($ 150.625,43), suscriptas con fechas 05-
12-06 y 12-12-06 respectivamente, entre el señor Ricardo
Luis Ottogalli, Director de la Dirección de Infraestructura y
Programas dependiente del Ministerio de este Ministerio
en representación de la Provincia de Córdoba por una
parte y por la otra el Ingeniero Gerardo Brondino, en
representación de la Empresa GYHB S.A., contratista de la
obra, que como Anexos I y II compuestos por cuatro (4)
fojas cada uno, forma parte integrante de la presente
Resolución. Imputar el egreso que asciende a la suma
total de Pesos Ciento Cincuenta Mil Seiscientos Veinticinco
Con Cuarenta y Tres Centavos ($ 150.625,43), conforme lo
indica la Gerencia de Administración dependiente del
Ministerio de Obras y Servicios Públicos, en su Documento
de Contabilidad (Afectación Preventiva) Nº 921/07, con
cargo a Jurisdicción 1.25, Programa 326/0, Proyecto 52,
Partidas: Principal 12, Parcial 10, Obra 6552 del P.V.
Aprobar la sustitución de Fondo de Reparo, Póliza de
Seguro de CauciónNº 629.810, emitida por Aseguradores
de Cauciones S.A. Compañía de Seguros presentada por
la contratista Empresa GYHB S.A. por la suma de Pesos
Veintitrés Mil Ochenta y Nueve ($ 23.089,00), s/ Expte. Nº
0498-028372/04.-
RESOLUCION Nº 49 - 28/03/07 - Aprobar las Actas
Acuerdo de la Segunda Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de Variación de Costos, por trabajos
faltantes de ejecutar en la obra: “Ramal de Aproximación
para Abastecimiento de Gas Natural a las Localidades de
Cosquín y Santa María de Punilla - Edificios Públicos: Hos-
pital Colonia Santa María, Ceprocor y Colonia de
Vacaciones”, por la suma de Pesos Sesenta y Siete Mil
Ochocientos Dos Con Sesenta y Un Centavos ($ 67.802,61),
suscripta con fecha 14-12-06, entre el señor Ricardo Luis
Ottogalli, Director de la Dirección de Infraestructura y
Programas dependiente de este Ministerio en
representación de la Provincia de Córdoba por una parte y
por la otra el Ing. Héctor Osvaldo Carbonari, en
representación de la Empresa ACLADE S.R.L., contratista
de la obra, que como Anexos I compuestos por cuatro (4)
fojas cada uno, forma parte integrante de la presente
Resolución. Imputar el egreso que asciende a la suma de
Pesos Sesenta y Siete Mil Ochocientos Dos Con Sesenta y
Un Centavos ($ 67.802,61), conforme lo indica la Gerencia
de Administración dependiente de este Ministerio, en su
Documento de Contabilidad (Afectación Preventiva) Nº 919/
07, con cargo a Jurisdicción 1.25, Programa 326/0, Proyecto
52, Partidas: Principal 12, Parcial 10, Obra 6552 del P.V.
Aprobar la sustitución de Fondo de Reparo, Póliza de
Seguro de Caución Nº 621.931, emitida por Aseguradores
de Cauciones S.A. Compañía de Seguros presentada por
la Empresa ACLADE S.R.L. por la suma de Pesos Ocho
Mil Trescientos Cinco ($ 8.305,00), s/ Expte. Nº 0498-
028361/04.-
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
RESOLUCION Nº 70 - 13/09/04 - Aprobar la contratación
directa para la ejecución de la obra “Cañería Nexo Para la
Provisión de Agua a Escuela República de Costa Rica y
Barrio 25 de Mayo - Córdoba Capital” y consecuentemente
Adjudicar la misma a la Cooperativa de Trabajo Acueductos
Centro Ltda. Co.T.A.C., por la suma de Pesos Doscientos
Trece Mil Seiscientos Noventa y Dos Con Veintisiete
Centavos ($ 213.692,27), rigiendo para la presente
contratación la documentación aprobada por el Artículo 1º
de la Resolución Nº 341/04 de la Dirección Provincial de
Agua y Saneamiento, s/ Expte. Nº 0416-038141/04.-
RESOLUCION Nº 32 - 12/04/07 - Modificar el Artículo 1º
de la Resolución Nº 073/04 de esta Secretaría el cual
quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.-
Aprobar la elaboración del proyecto correspondiente a la
obra: “Avda. Circunvalación en Bell Ville - Arco Sur Oeste:
Ruta 3 (N) - Ruta (3) S - Departamento: Unión”, s/ Expte. Nº
0045-012503/03.-
RESOLUCION Nº 4 - 19/02/07 - Aprobar el Acta de
Recepción Definitiva, de fecha 1 de noviembre de 2006
correspondiente a los trabajos de la Obra: “Conservación
de Banquinas y préstamos en Ruta Provincial Nº 5 - Tramo:
Empalme Ruta Provincial S-501 - Villa General Belgrano -
Cerro de Oro - Ruta Provincial S-271 - Tramo: Villa General
Belgrano - Los Reartes y Ruta Provincial S-501 - Tramo:
Los Reartes - El Crucero”. Aprobar la Medición Final y la
Planilla Comparativa según la cual se ha ejecutado la obra
por la suma de Pesos Noventa y Cuatro Mil Seiscientos
Tres Con Ochenta Centavos ($ 94.603,80), no arrojando
diferencia. Aprobar el Certificado Nº 4 Final de Precios
Contractuales por el mes de octubre de 2006, que asciende
a la suma de Pesos Ochocientos Sesenta y Seis Con
Cincuenta Centavos ($ 866,50), que será liquidado
oportunamente mediante Orden de Pago Directa según
Informe Nº 180/06 del Departamento I Administración y
Personal dependiente de la Dirección Provincial de
Vialidad, s/ Expte. Nº 0045-013443/06.-
RESOLUCION Nº 25 - 9/04/07 - Autorizar la ejecución
de los trabajos comprendidos en la obra: “Mejoramiento
en Camino S-028301-01 - Coronel Moles” y
consecuentemente Adjudicar en forma directa los mismos
a la Municipalidad de Coronel Moldes, por la suma de Pe-
sos Cuarenta y Dos Mil Novecientos Cincuenta y Uno Con
Treinta y Seis Centavos ( $ 42.951,36), s/ Expediente. Nº
0045-013832/06.-
RESOLUCION Nº 39 - 25/04/07 - Aprobar la prórroga
por el término de tres (3) meses a partir del 1º de marzo del
2007, del contrato con el señor Luis Alberto Brunetto, quien
actúa bajo el nombre de fantasía “Universal”, para la
ejecución de los trabajos del “Servicio de Limpieza para el
Edificio de Casa Central de la Dirección Provincial de
Vialidad”, por la suma de Pesos Once Mil Quinientos
Veinte ( $ 11.520,00). Según Expediente. Nº 0045-012749/
04.-
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AGUA Y SANEAMIENTO
RESOLUCION Nº 213 - 28/03/07 - TRANSFERIR a
nombre del Sr. Juan Gómez Carbonero, el derecho a
derivar agua del Canal XV, Zona Norte, compuerta ubicada
al Km. 3,505 del Sistema de Riego del Río Primero (Suquìa),
a los fines de regar la cuantía de Ocho Hectáreas Cuatro Mil
Setecientos Treinta y Cinco Metros Cuadrados, Veintinueve
Decímetros Cuadrados (8 Ha. 4.735,29 m2),dentro del
inmueble de su propiedad de Veintiocho Hectáreas Ocho Mil
Cien Metros Cuadrados (28 Ha. 8.100 m2) de superficie total,
ubicado en Colonia Tirolesa, lugar Las Chacras, Pedanìa
Constitución, Dpto. Colón, que según plano confeccionado
por los Ings. Aldo Jorge Soave y Graciela Loyacono se designa
como PARCELA 2112-4361 y que linda: al Norte con Parcela
2112-4461 de Ramón Cristóbal Gutiérrez; al Este en parte
con parcela 2112-5563 de Armando Londero y en parte camino
Córdoba, 6 de junio de 2007 BOLETÍN OFICIAL 7
de por medio, con parcela 2112-5563 de Rubén D. Fernández;
al Sud, camino de por medio en parte con Parcela 2112-4262
de José Mocciaro y en parte con parcela 2112-4261 de Nicolás
Gómez Carbonero. El Dominio se anotó a la Matrícula Nº
493.302. El número de Cuenta de la Dirección de Rentas es
1303-22359854 y se encuentra identificado en los padrones
de esta Dirección bajo la Cuenta nº 01-10-001079. El presente
derecho se anotó como Concesión Nº 11.128 a nombre del
Sr. Ramón Cristóbal Gutiérrez mediante Resolución de fecha
24/07/64. A los efectos del pago del canon se afora en Nueve
Hectáreas (9 Ha.), s/ Expte. Nº 0416-42376/05.-
RESOLUCION Nº 214 - 28/03/07 - DESIGNAR como
miembros de la Comisión De Preadjudicación que intervendrá
en la Contratación Directa para la ejecución de la obra
“Ampliación y Mejoramiento Del Sistema De Provisión De
Agua De Villa De Soto”, a: - Cra. Graciela Spertino - Ing. Luis
Toselli - Ab. Mauricio Bongiovanni, s/ Expte. Nº 0416-044503/
06.-
RESOLUCION Nº 215 - 28/03/07 - ORDENAR -de manera
inmediata- a la Empresa Metalúrgica Zannier S.A. sita en calle
Agustín Gamarra 5509, Ferreira, el cese del vertido de líquidos
residuales al Canal Industrial Fiat, hasta tanto abone las multas
aplicadas mediante Resoluciones Nºs 422/02 y 451/05 y se
verifique mediante inspección del Dpto. Preservación del
Recurso, que se están ejecutando las obras conforme al nuevo
cronograma de tareas obrante a fs. 2 del F.U. 149, s/ Expte. Nº
0416-014041/96.-
RESOLUCION Nº 216 - 28/03/07 - AUTORIZAR EN FORMA
PRECARIA a la “Unión De Sindicatos De La Industria Maderera
De La Republica Argentina” A Descargar Al Subsuelo, a través
de un Pozo Absorbente y Un Lecho Filtrante Los Líquidos
Residuales Generados En El Establecimiento “Colonia Parque
U.S.I.M.R.A” ubicado en Av. San Lorenzo esquina Belgrano
de la localidad de Río Ceballos, Adecuadamente Tratados,
bajo las condiciones establecidas, s/ Expte. Nº 0416-041316/
05.-
RESOLUCION Nº 217 - 28/03/07 - APLICAR al
Establecimiento Estación de Servicios “Jemagas 2”, de
propiedad del Sr. Alberto Rafael Alt y/o quien resulte
responsable legal del mismo, ubicado en la intersección de
las calles Pedro José Frías y Chile de la localidad de Jesús
María, una multa de Pesos Cuatrocientos Treinta y Cinco ($
435,00), por incumplimiento a los emplazamientos formulados
por esta Dirección para regularizar la descarga de sus efluenteslíquidos. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del
término de Diez (l0) días contados a partir de la fecha de su
notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento,
de perseguir su cobro por vía judicial.-EMPLAZAR al citado
Establecimiento para que en el perentorio término de Diez
(10) días, contados a partir de la fecha de su notificación,
presente ante esta Dirección toda la documentación requerida
oportunamente, a fin de obtener la autorización de descarga
de sus líquidos residuales, bajo apercibimiento de aplicar
mayores sanciones conforme lo previsto en el Art. 276º de la
Ley Nº 5589.- NOTIFICAR a la Municipalidad De Jesús Maria
que a los efectos de la HABILITACION del Establecimiento
Estación de Servicios “Jemagas 2”, de propiedad del Sr. Alberto
Rafael Alt y/o quien resulte responsable legal del mismo,
ubicado en la intersección de las calles Pedro José Frías y
Chile, de esa localidad, deberá tener en cuenta que el
mencionado Establecimiento NO HA CUMPLIMENTADO
con la normativa legal de la Provincia, conforme a las
constancias de estas actuados y al texto de la presente
Resolución, expresando además que el mantenimiento y
otorgamiento de habilitación corre por exclusiva cuenta y
responsabilidad de la Municipalidad en función de los
deberes y obligaciones que le son propios en dicha mate-
ria, entre los que se deben incluir garantizar en todo
momento el cumplimiento de la normativa provincial
vigente, s/ Expte. Nº 0416-042868/05.-
MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO
SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y ALIMENTOS
RESOLUCION Nº 220 - 9/05/07 - Habilitar, bajo el Nº
691 y por el término de tres (3) años, a partir de la fecha de
la presente Resolución, al Establecimiento “El Galpón Insumos
Agropecuarios S.R.L.”, ubicado en Avenida Carranza Nº 750
de la localidad de Villa Nueva, Departamento General San
Martín, de propiedad de la firma El Galpón S.R.L., para el
expendio de productos, medicamentos, sueros y vacunas de
uso veterinario, destinados al diagnóstico, prevención y
tratamiento de enfermedades de los animales, por reunir los
requisitos establecidos en el Decreto Nº 6307/81 reglamentario
del artículo 11 de la Ley Nº 6429. Otorgar a la firma El Galpón
S.R.L. con domicilio en Avenida Carranza Nº 750 de la
localidad de Villa Nueva, Departamento General San Martín,
un plazo de quince (15) días hábiles para la presentación de
la debida inscripción en el Registro Público de Comercio. La
firma interesada deberá abonar a este Organismo la suma de
Pesos Veinte ($ 20) en estampillas fiscales provinciales en
concepto de reposición del sellado de Ley, s/ Expte. Nº 0437-
053181/06.-
RESOLUCION Nº 221 - 9/05/07 - Habilitar, bajo el Nº 720 y
por el término de tres (3) años, a partir de la fecha de la presente
Resolución, al Establecimiento “Veterinaria Forrajería
Unquillo”, ubicado en calle 25 de Mayo Nº 197 - 191 de la
localidad de Unquillo, Departamento Colón, de propiedad del
señor Jorge Alberto Busso (D.N.I. Nº 12.542.080), para el
expendio de productos, medicamentos, sueros y vacunas de
uso veterinario, destinados al diagnóstico, prevención y
tratamiento de enfermedades de los animales, por reunir los
requisitos establecidos en el Decreto Nº 6307/81 reglamentario
del artículo 11 de la Ley Nº 6429. La firma interesada deberá
abonar a este Organismo la suma de Pesos Dieciséis ($ 16)
en estampillas fiscales provinciales en concepto de reposición
del sellado de Ley, s/ Expte. Nº 0437-053850/07.-
RESOLUCION Nº 222 - 9/05/07 - Habilitar, bajo el Nº 101 y
por el término de tres (3) años, a partir de la fecha de la presente
Resolución, al Establecimiento “Veterinaria El Tala S.R.L.”,
ubicado en calle Córdoba Nº 498 y Río Negro de la localidad
de Huinca Renancó, Departamento General Roca, de
propiedad de la firma Veterinaria El Tala S.R.L., para el
expendio de productos, medicamentos, sueros y vacunas de
uso veterinario, destinados al diagnóstico, prevención y
tratamiento de enfermedades de los animales, por reunir los
requisitos establecidos en el Decreto Nº 6307/81 reglamentario
del artículo 11 de la Ley Nº 6429. La firma interesada deberá
abonar a este Organismo la suma de Pesos Veintiséis ($ 26)
en estampillas fiscales provinciales en concepto de reposición
del sellado de Ley, s/ Expte. Nº 0437-053853/07.-
RESOLUCION Nº 223 - 9/05/07 - Habilitar, bajo el Nº 699 y
por el término de tres (3) años, a partir de la fecha de la presente
Resolución, al Establecimiento “Veterinaria Alimentos
Vasquetto”, ubicado en Ruta 9 Km. 757,5 de la localidad de
Sinsacate, Departamento Totoral, de propiedad de los señores
Carolina Vasquetto y Elio Marinelli Sociedad de Hecho, para
el expendio de productos, medicamentos, sueros y vacunas
de uso veterinario, destinados al diagnóstico, prevención y
tratamiento de enfermedades de los animales, por reunir los
requisitos establecidos en el Decreto Nº 6307/81 reglamentario
del artículo 11 de la Ley Nº 6429. La firma interesada deberá
abonar a este Organismo la suma de Pesos Quince ($ 15) en
estampillas fiscales provinciales en concepto de reposición
del sellado de Ley, s/ Expte. Nº 0437-053725/07.-
RESOLUCION Nº 224 - 9/05/07 - Habilitar, bajo el Nº 689 y
por el término de tres (3) años, a partir de la fecha de la presente
Resolución, al Establecimiento “Veterinaria San Ignacio”,
ubicado en calle Córdoba Nº 29 de la localidad de Santa
Rosa de Calamuchita, Departamento Calamuchita, de
propiedad de la señora Mariana Lorena Pérez Ampalio (D.N.I.
Nº 25.378.172), para el expendio de productos, medicamentos,
sueros y vacunas de uso veterinario, destinados al
diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades
de los animales, por reunir los requisitos establecidos en
el Decreto Nº 6307/81 reglamentario del artículo 11 de la
Ley Nº 6429. La firma interesada deberá abonar a este
Organismo la suma de Pesos Dieciocho ($ 18) en
estampillas fiscales provinciales en concepto de reposición
del sellado de Ley, s/ Expte. Nº 0437-052137/06.-
RESOLUCION Nº 225 - 9/05/07 - Habilitar, bajo el Nº
718 y por el término de tres (3) años, a partir de la fecha
de la presente Resolución, al Establecimiento “Veterinaria
Sabuesos”, ubicado en Avda. Hipólito Irigoyen Nº 1228
de la ciudad de Río Tercero, Departamento Tercero Arriba,
de propiedad del señor Mauro Javier Moretto (D.N.I. Nº
27.541.566), para el expendio de productos,
medicamentos, sueros y vacunas de uso veterinario,
destinados al diagnóstico, prevención y tratamiento de
enfermedades de los animales, por reunir los requisitos
establecidos en el Decreto Nº 6307/81 reglamentario del
artículo 11 de la Ley Nº 6429. La firma interesada deberá
abonar a este Organismo la suma de Pesos Quince ($
15) en estampillas fiscales provinciales en concepto de
reposición del sellado de Ley, s/ Expte. Nº 0437-53851/
07.-
RESOLUCION Nº 226 - 9/05/07 - Habilitar, bajo el Nº
697 y por el término de tres (3) años, a partir de la fecha de
la presente Resolución, al Establecimiento “Veterinaria
Núñez”, ubicado en Avenida San Martín Nº 2712 de la
localidad de Unquillo, Departamento Colón, de propiedad
del señor Marcelo Fabián Figueroa (D.N.I. Nº 20.889.965),
para el expendio de productos, medicamentos, sueros y
vacunas de uso veterinario, destinados al diagnóstico,
prevención y tratamiento de enfermedades de los animales,
por reunir los requisitos establecidos en el Decreto Nº 6307/
81 reglamentario del artículo 11 de la Ley Nº 6429. La firma
interesada deberá abonar a este Organismo la suma de
Pesos Quince ($ 15) en estampillas fiscales provinciales
en concepto de reposición del sellado de Ley, s/ Expte. Nº
0437-053728/07.-
RESOLUCION Nº 227 - 9/05/07 - Habilitar, bajo el Nº
698 y por el término de tres (3) años, a partir de la fecha de
la presente Resolución, al Establecimiento “Veterinaria
Patitas”, ubicado en Avenida España Nº 1015 de la
localidad de Villa Dolores, Departamento San Javier, de
propiedad de la señora Luciana Belén Rivero (D.N.I. Nº
28.246.838), para el expendio de productos,
medicamentos, sueros y vacunas de uso veterinario,destinados al diagnóstico, prevención y tratamiento de
enfermedades de los animales, por reunir los requisitos
establecidos en el Decreto Nº 6307/81 reglamentario del
artículo 11 de la Ley Nº 6429. La firma interesada deberá
abonar a este Organismo la suma de Pesos Quince ($ 15)
en estampillas fiscales provinciales en concepto de
reposición del sellado de Ley, s/ Expte. Nº 0437-053726/
07.-
RESOLUCION Nº 228 - 9/05/07 - Habilitar, bajo el Nº
705 y por el término de tres (3) años, a partir de la fecha de
la presente Resolución, al Establecimiento “Sanatorio
Veterinario Planeta Animal”, ubicado en Avenida 24 de
Septiembre Nº 1899 - Barrio General Paz de la ciudad de
Córdoba, Departamento Capital, de propiedad de la señora
Carolina Susana Angeletti (D.N.I. Nº 26.905.780), para el
expendio de productos, medicamentos, sueros y vacunas
de uso veterinario, destinados al diagnóstico, prevención y
tratamiento de enfermedades de los animales, por reunir
los requisitos establecidos en el Decreto Nº 6307/81
reglamentario del artículo 11 de la Ley Nº 6429. La firma
interesada deberá abonar a este Organismo la suma de
Pesos Diecisiete ($ 17) en estampillas fiscales provinciales
en concepto de reposición del sellado de Ley, s/ Expte. Nº
0437-053741/07.-
RESOLUCION Nº 229 - 9/05/07 - Habilitar, bajo el Nº
121 y por el término de tres (3) años, a partir de la fecha
de la presente Resolución, al Establecimiento “Instituto
Médico Veterinario Dingo”, ubicado en calle Lamartine
Nº 2773 - Barrio Parque Vélez Sarsfield de la ciudad de
Córdoba, Departamento Capital, de propiedad de la
señora Elizabeth Fabing (D.N.I. Nº 20.872.136), para el
expendio de productos, medicamentos, sueros y vacunas
de uso veterinario, destinados al diagnóstico, prevención
y tratamiento de enfermedades de los animales, por
reunir los requisitos establecidos en el Decreto Nº 6307/
81 reglamentario del artículo 11 de la Ley Nº 6429. La
firma interesada deberá abonar a este Organismo la
suma de Pesos Dieciséis ($ 16) en estampillas fiscales
provinciales en concepto de reposición del sellado de
Ley, s/ Expte. Nº 0437-053734/07.-

Continuar navegando

Materiales relacionados

6 pag.
040208-seccion1

User badge image

Aprenda y Aprenda

8 pag.
021110-seccion1

User badge image

Aprenda y Aprenda

5 pag.
160210-seccion1

User badge image

Aprenda y Aprenda

4 pag.
120506-seccion1

User badge image

Aprenda y Aprenda