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SOLICITUD DE COTIZACION N°: 2015/000013 FECHA EJERCICIO ESTADO 12/08/2015 2015 EXPEDIENTE N°: 0680-118007/2015 GENERADO Condiciones de Contratación - Generales y Particulares - 170 - Gastos Generales De La Administración 90 - Ministerio De Gestión Pública PUBLICADO EN COMPRAS PÚBLICAS: SI Cap. I: Generalidades Art. 1. Tipo de procedimientos de selección: SUBASTA ELECTRÓNICA INVERSA Art. 2. Objeto de la contratación: Provisión del servicio de acceso a internet para Los Establecimientos Escolares de la Provincia de Córdoba. 2.1. Plazo de duración: La presente contratación se realizará por un plazo de diez (10) meses. 2.2. Autoridades: a) Autoridad competente: Secretaría de Innovación de la Gestión Pública. b) Autoridad de aplicación:Secretaría de Innovación de la Gestión Pública. Art. 3. Régimen legal: La presente contratación se regirá por las siguientes normas: a) Ley N° 10.155, Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración Pública Provincial, sus modificatorias y disposiciones complementarias. b) Decreto Reglamentario N° 305/2014. c) Resoluciones de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Gestión Pública. d) Condiciones de contratación generales y particulares de esta contratación. e) Condiciones de contratación - especificaciones técnicas de esta contratación. f) Ley N° 10.250, Ley Impositiva de la Provincia de Córdoba. g) Ley N° 10.248, Presupuesto General de la Administración Pública Provincial . Para los casos no previstos expresamente en los cuerpos legales antedichos, se aplicarán las disposiciones que rigen el procedimiento administrativo de la Provincia, Ley N° 5.350, los Principios Generales del Derecho Administrativo y subsidiariamente los del Derecho Privado. La presentación de la oferta por el proponente en la presente subasta electrónica inversa, implica que conoce todo el régimen legal indicado y que lo acepta lisa y llanamente en todas sus partes. Todo agregado, modificación, sustitución, alteración, salvedad o cláusula que el oferente consigne en la formulación de su propuesta, será de ningún valor y se tendrá por no escrita, manteniéndose inalterada la regulación normativa; conforme el artículo 21 de la Ley N° 10.155 y el Decreto Reglamentario N° 305/2014. Art. 4. Domicilio a los fines de la contratación: A todos los efectos legales se considerará domicilio constituido del proponente y eventual adjudicatario, el domicilio electrónico constituido en los términos del artículo 4.3 del Decreto Reglamentario N° 305/2014. Considerándose domicilio electrónico, el usuario y contraseña, generado a través del trámite de Registro en ComprasPúblicas. Solo podrán participar de un procedimiento de subasta electrónica inversa los proponentes que se encuentren Registrados en ComprasPúblicas conforme el artículo 8.2.1.4 del Decreto Reglamentario N° 305/2014. Para Registrarse en ComprasPúblicas, deberán ingresar a la página web: compraspublicas.cba.gov.ar, en la sección Proveedores, donde encontrarán mayor información a este fin o podrán comunicarse con el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado, vía correo electrónico al ropyce.compraspublicas@cba.gov.ar o telefónicamente al (0351) 442-0919. Página 1 de 8 Impresión: - 12/08/2015 02:06:40p.m. Art. 5. Jurisdicción: Las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios competentes en materia Contencioso - Administrativa en la Primera Circunscripción del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba (Ley de Mapa Judicial), para resolver cualquier controversia emergente de la presente subasta electrónica inversa, haciendo expresa renuncia al Fuero Federal o cualquier otro de excepción que pudiera corresponder. Art. 6. Aclaratorias - Lugar de consulta: Los interesados que posean dudas y/o quieran realizar consultas, podrán evacuarlas a través del portal web oficial de compras y contrataciones "ComprasPúblicas", ingresando a la página web que se detalla a continuación: compraspublicas.cba.gov.ar, con su usuario y contraseña. Deberán dirigirse a la acción "Preguntas y Respuestas" de la Sección "Mis Invitaciones" respecto del procedimiento de subasta electrónica inversa en el cual se está participando. Las mismas serán respondidas y quedarán visibles para todos aquellos oferentes que se encuentren registrados en ComprasPúblicas. - Fecha y horario de consulta: 14/08/2015 10:00 Hs. - Referente para contacto: Consultas sobre las Condiciones de contratación- Generales y Particulares : Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de Gestión Pública, teléfono (0351) 524-3069. Consultas sobre las Condiciones de contratación - Especificaciones Técnicas: Secretaría de Innovación de la Gestión Pública del Ministerio de Gestión Pública, teléfono (0351) 524-3172 (Mauricio Bisaro). Art. 7. Observaciones: -Fecha límite de consultas: Las consultas desde ComprasPúblicas podrán responderse hasta la fecha y hora límite, indicada en el apartado -Fecha y horario de consulta-. -Interpretación y conocimiento de la reglamentación: Las personas que participen de la presente subasta electrónica inversa y/o sus representantes no podrán plantear cuestiones fundadas en la falta de conocimiento del régimen legal referido precedentemente. -Aclaratorias de oficio: La Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de Gestión Pública y la Secretaría de Innovación de la Gestión Pública del Ministerio de Gestión Pública, se encontrarán facultados para efectuar de oficio las aclaraciones que estime pertinentes. -Efectos jurídicos del llamado: La autoridad competente no queda obligada ni asume responsabilidad alguna por el llamado a subasta electrónica inversa, pudiendo dejarlo sin efecto en cualquier estado del trámite previo a la adjudicación, conforme lo especificado en el artículo 6, punto 6.2.3.2 del Decreto Reglamentario N° 305/2014. -Efectos jurídicos de la presentación: La presentación de ofertas implica la aceptación de todas las estipulaciones que rigen la contratación, en virtud de lo normado por el artículo 21 de la Ley N° 10.155. Cap. II: Garantías Art. 8. Tipos y Formas de Garantía: 8.1 Garantía de mantenimiento de la oferta: Los oferentes deberán acompañar junto con la documentación establecida en el artículo 16, una garantía de oferta del tres por ciento (3 %) del valor total de su oferta, por todo el plazo de mantenimiento de la misma (artículo 14). Dicha garantía podrá instrumentarse en alguna de las siguientes formas, debiendo estar en todos los casos documentada con certificación de firmas: 1)En efectivo, mediante depósito en cuenta oficial del Banco de la Provincia de Córdoba - Sucursal Nueva Córdoba (José M. Estrada N° 141, Córdoba); en boletas de depósito en la Cuenta N° 8243/1 - Ministerio de Coordinación - Garantías de Depósito - Fondos de Terceros, acompañando la boleta pertinente. 2)En títulos aforados en su valor nominal de la deuda pública nacional, provincial o municipal, bonos del tesoro o cualquier otro valor similar. En caso de ejecución de los valores a que se refiere este apartado, se formulará cargo por los gastos que ella ocasione y por la diferencia que resultare si se liquidare bajo la par. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías. 3)Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del Gobierno de la Provincia de Córdoba u organismo contratante , Página 2 de 8 Impresión: - 12/08/2015 02:06:40p.m. constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano, y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa. 4)Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del Estado Provincial, emitida bajo las siguientes condiciones: a)Calificación -A- o superior para laCompañía como mínimo, según surja de constancias de Calificadoras de Riesgos nacionales e internacionales. b)Reaseguro con que se cuenta, el cual deberá presentarse conjuntamente con la aprobación directa o mediante declaración jurada. Si se constituye en otra plaza distinta de la local, deberá darse cumplimiento a la obligación contraída en los respectivos documentos en la Ciudad de Córdoba, renunciando desde su presentación al Fuero Federal o cualquier otro de excepción, sometiéndose a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios competentes en materia contencioso ¿ administrativa en la Primera Circunscripción del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba (Ley de Mapa Judicial). 8.2 Garantía de cumplimiento del contrato: Los adjudicatarios deberán ofrecer una garantía de cumplimiento del contrato del veinte por ciento (20 %) del valor total de la adjudicación, en el plazo de ocho (8) días hábiles contados a partir de la notificación del instrumento legal de adjudicación con copia de la orden de compra, debiendo cumplimentar para su devolución el total de las prestaciones a su cargo conforme los pliegos de bases y condiciones generales y particulares y los de especificaciones técnicas que rigen la presente Subasta Electrónica. Dicha garantía deberá instrumentarse en alguna de las formas establecidas en el punto 8.1 del presente artículo. 8.3 Garantía de Impugnación: Para impugnar, los oferentes deberán constituir un depósito de garantía del uno por ciento (1 %) del valor del o de los renglones impugnados, en el Banco de la Provincia de Córdoba - Sucursal Nueva Córdoba (José M. Estrada Nº141, Córdoba), en boletas de depósito en la Cuenta Nº 917-008243/1 - Ministerio de Administración y Gestión Pública - Garantías de Depósito - Fondos de Terceros. Cap. III: Presentación de propuesta Art. 9. Forma de presentación: Los oferentes que se encuentren habilitados para participar de una subasta electrónica inversa, es decir que se encuentren Registrados en ComprasPúblicas, en los términos del artículo 8.2.1.4 del Decreto Reglamentario N° 305/2014 y que estén interesados en subastar, podrán realizar sus lances, a través del portal web oficial de compras y contrataciones, dentro del día y horario establecidos en los artículos 11, 12 y 13 de las presentes condiciones de contratación generales y particulares. El precio de referencia o precio de arranque de la subasta electrónica inversa, será de pesos un millón novecientos ochenta mil ($1.980.000)con 00/100 ctvos para ofertar el renglón 1. Las ofertas electrónicas que superen el mismo serán inadmisibles y el sistema las rechazará automáticamente. Asimismo, para mejorar la última oferta admisible, los proponentes deberán respetar los márgenes mínimos de mejora de ofertas conforme el artículo 14 de las presentes condiciones de contratación generales y particulares, es decir que entre la última mejor oferta admisible y la nueva oferta realizada, deberá haber una diferencia de precio equivalente al porcentaje de mejora, caso contrario el sistema rechazará la misma en forma. Durante el período de lances, los oferentes podrán visualizar online todos los lances admisibles y la posición de los mismos en el orden de prelación según la oferta realizada, sin perjuicio de la confidencialidad que se mantendrá sobre la identidad de los oferentes. Para el caso de que en el curso de una subasta electrónica inversa, dos o más proponentes ofertaran el mismo ítem a igual precio, el sistema registrará los lances según el orden en se hubieran enviado cronológicamente dichas ofertas. Art. 10. Lugar de presentación: Las ofertas serán presentadas electrónicamente a través de su usuario y contraseña, generado con su Registro en ComprasPúblicas, conforme el artículo 4 de las presentes condiciones de contratación generales y particulares. Página 3 de 8 Impresión: - 12/08/2015 02:06:40p.m. Art. 11. Fecha de subasta: 19/08/2015 Art. 12. Hora de inicio de la subasta: 10:00 Hs. Art. 13. Hora de finalización de la subasta: 15:00 Hs. Art. 14. Margen mínimo de mejora de ofertas: 0.0500 % Art. 15. Plazo de mantenimiento de la oferta: 30 Días Art. 16. Documentación a presentar: El oferente que haya quedado primero en el presente procedimiento de subasta electrónica inversa deberá acompañar, dentro de los dos (2) días hábiles de notificada el acta de prelación, la documentación que se anexa en las presentes condiciones de contratación ( Ver Anexo I). Art. 17. Orden de la documentación a presentar: La documentación enumerada en el artículo 16 de las presentes condiciones de contratación, generales y particulares, deberá presentarse en una carpeta con todas las páginas numeradas en forma correlativa y rubricada por el Representante Legal del oferente; en el orden que se detalla a continuación: A. Documentación legal sobre el oferente y su capacidad jurídica (Anexo I punto A). B. Declaración jurada de los oferentes (Anexo I punto B). C. Acreditación de experiencia (Anexo I punto C). D. Detalle de las características técnicas de los bienes y/o servicios ofrecidos (Anexo I punto D). E. Garantía de mantenimiento de la oferta (Anexo I punto E). Art. 18. Muestras: - Art. 19. Observaciones: - Cap. IV: Proceso de evaluación y pre-adjudicación Art. 20. Criterio de selección: Precio Art. 21. Causales de rechazo de ofertas: Serán inadmisibles y en consecuencia rechazadas las ofertas que: a) Se aparten de las condiciones de contratación generales y particulares o de las condiciones de contratación-especificaciones técnicas, o sean condicionadas. (art. 7.1.3.3. inc. a del Decreto Reglamentario N° 305/2014). b) Sean formuladas por firmas suspendidas o inhabilitadas en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado al momento de presentar las ofertas. (art. 7.1.3.3. inc. c del Decreto Reglamentario N° 305/2014). c) No cumplan con la documentación y elementos que se detallan en el Anexo I de las presentes condiciones de contratación generales y particulares. Art. 22. Observaciones: El organismo contratante de la presente subasta electrónica inversa, evaluará la oferta y documentación presentada por el proveedor, pudiendo fundadamente rechazar la misma por las causales establecidas en el artículo 21 de las presentes condiciones de contratación generales y particulares. Art. 23. Anuncio de la pre-adjudicación: Una vez finalizado el período de lances de la presente subasta electrónica inversa, el sistema automáticamente procesará las ofertas recibidas, ordenando a los postores, por renglón, según el Página 4 de 8 Impresión: - 12/08/2015 02:06:40p.m. monto de su último lance, generando electrónicamente un acta de prelación final. El acta de prelación final, quedará registrada a través del sistema y será publicada durante dos (2) días hábiles, en el portal web oficial de compras y contrataciones "ComprasPúblicas" (compraspublicas.cba.gov.ar) donde se verá reflejada la identidad de los oferentes que han participado de la subasta electrónica inversa. Sin perjuicio de esta publicación se notificará fehacientemente al domicilio electrónico, el acta de prelación final al oferente que haya quedado primero en el presente procedimiento de subasta electrónica inversa. A partir de la notificación, el oferente deberá enviar a la Dirección General de Coordinación Operativa, en el plazo de dos (2) días hábiles, la documentación requerida conforme los artículos 16 y 17 de las presentes condiciones de contratación ¿ generales y particulares, para considerar firme la oferta económica realizada en el presente procedimiento de subasta electrónica inversa. En caso de incumplimiento, se tendrá por desistida la oferta, sin perjuicio de las sanciones correspondientes. En caso de desistimiento o rechazo de la oferta presentada, la Dirección General de Coordinación Operativa, notificará a quien ocupe el segundo lugar en el acta de prelación final y así sucesivamente, hastacontar con una oferta admisible. Será una oferta admisible aquella que provenga de un proveedor que cumplimentó todos los requisitos exigidos en las condiciones de contratación. Cap V: Impugnaciones Art. 24. Plazo para impugnar: 2 Días Art. 25. Observaciones: Plazo para impugnar: Los oferentes interesados podrán formular impugnación fundada al acta de prelación dentro del plazo establecido en el artículo anterior, contados a partir de la publicación de la misma en el portal web oficial de compras y contrataciones "ComprasPúblicas" (compraspublicas.cba.gov.ar). Cap. VI: Adjudicación Art. 26. Criterio de adjudicación: Renglón Art. 27. Criterio de Ampliación o disminución de la cantidad ofertada: Renglón Art. 28. Lugar de prestación o entrega: El servicio comenzará a prestarse a partir de la notificación de la Orden de Compra en los establecimientos detallados en el Anexo III y conforme a la planificación presentada por el adjudicatario y aprobada por la Secretaría de Innovación de la Gestión Pública. Art. 29. Cesión: NO Art. 30. Redeterminación: SI Art. 31. Estructura de costo: Para establecer el factor de redeterminación de precios, se aplicará la estructura de costos que se detalla a continuación: CONCEPTO ESTRUCTURA INSUMO CAPACIDAD SALTELITAL (1) 54% MANO DE OBRA (2) 32% REPUESTOS (3) 5% COMBUSTIBLE (4) 4% Página 5 de 8 Impresión: - 12/08/2015 02:06:40p.m. GASTOS VARIOS (5) 5% TOTAL 100% Para los cuales se utilizarán las siguientes fuentes de información: - Insumo capacidad satelital: cotización dólar tipo vendedor BCRA - Mano de obra: variación según el Convenio de Empleados de Comercio, Personal auxiliar especializado B. - Combustibles: variación según el Índice de Precios Interno al por Mayor (IPIM) publicado por el INDEC. - Gastos generales: variación según el Índice de Precios Interno al por Mayor (IPIM) publicado por el INDEC. Art. 32. Incumplimiento y resolución: La Secretaría de Innovación de la Gestión Pública, será el organismo de control de las infracciones e incumplimientos y aplicación de las correspondientes penalidades, debiendo informar de esta situación a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Gestión Pública, en los términos del punto 4.1 del Anexo V del Decreto Reglamentario N° 305/2014, a los fines de que aplique las sanciones que correspondan. Se podrán aplicar las siguientes penalidades: a) Perdida de la garantía de mantenimiento de la oferta: por las causales establecidas en el Anexo V punto 2.1 del Decreto Reglamentario N° 305/2014. b) Perdida de la garantía de cumplimiento del contrato: por las causales establecidas en el Anexo V punto 2.2 del Decreto Reglamentario N° 305/2014. c) Multa: por las causales establecidas en el Anexo V punto 2.3 del Decreto Reglamentario N° 305/2014. d) Rescisión: por las causales establecidas en el Anexo V punto 2.4 del Decreto Reglamentario N° 305/2014. Art. 33. Multas por incumplimiento: - Art. 34. Otras responsabilidades: El adjudicatario será responsable de los daños y/o perjuicios que por causas imputables a él o a su personal, pudieran sufrir los bienes del patrimonio de la Provincia. También alcanzará la responsabilidad por la desaparición, robo, hurto, daños intencionales y/o accidentales, etc. de los bienes de la Administración Contratante y/o su personal. Probada la culpabilidad, el adjudicatario deberá reponer lo desaparecido y/o dañado, o bien reintegrar el importe que al efecto determine la Administración en su carácter de damnificada . Lo antedicho, solo aplicará en caso de no tratarse de casos fortuitos o de fuerza mayor, debidamente probados por el adjudicatario. Art. 35. Otras cláusulas adicionales: - Art. 36. Observaciones: 1) Cesiones: el adjudicatario no podrá ceder o transferir total o parcialmente el contrato sin el previo consentimiento del organismo contratante, conforme lo establece el artículo 26 del Decreto Reglamentario N °305/2014. La violación de esta prohibición podrá ser considerada como causal de rescisión del contrato por culpa de la contratista. 2) Reposición del Impuesto a los Sellos: Notificada la Orden de Compra al Proveedor Adjudicado deberá cumplir conforme al siguiente detalle: A) Propuestas exentas: Deberá acompañar la Resolución de la Dirección General de Rentas en la que se los declare exentos. B) Orden de compra: seis por mil (6 0/00) del total de la misma. Los cedulones para el pago del impuesto a los sellos podrán imprimirse ingresando a https://www.dgrcba.gov.ar o tramitarse personalmente en los centros de atención de la Dirección General de Rentas. Cap. VII: Facturación Página 6 de 8 Impresión: - 12/08/2015 02:06:40p.m. Art. 37. Forma de facturación: La facturación deberá ser mensual y por mes vencido con cargo a la Dirección General de Administración del Ministerio de Gestión Pública, juntamente con los remitos o controles de los bienes recibidos, debidamente conformados por el Secretaría de Innovación de la Gestión Pública, del Ministerio de Gestión Pública. Art. 38. Facturación a nombre de: "DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERIA Y CRÉDITO PUBLICO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA - C.U.I.T. N° 34-99923057-3" y deberá consignarse número de expediente, orden de compra, período, y concepto facturado y por los mismos importes que figuran en la orden de compra. Art. 39. Lugar de entrega de la factura: El adjudicatario deberá presentar las pertinentes facturas por los servicios adquiridos en la Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de Gestión Pública. Cap. VIII: Pago Art. 40. Forma y Condiciones de pago: Una vez conformadas las facturas por Secretaría de Innovación de la Gestión Pública, las mismas serán remitidas a la Dirección General de Administración del Ministerio de Gestión Pública, para el trámite de pago. La cancelación de las correspondientes facturas deberá perfeccionarse dentro de los treinta (30) días de su conformación. En caso de errores o discrepancia en las facturas o remitos presentados, ya sea en las cantidades o diferencias en la calidad del producto, la documentación será devuelta con las aclaraciones del caso, y se interrumpirán los plazos indicados en el presente artículo hasta su regularización. Asimismo, la Dirección General de Administración del Ministerio de Gestión Pública, podrá efectuar los ajustes que en más o en menos pudieran surgir conforme lo establecido en el artículo 13 del Decreto Reglamentario N°305/2014. Art. 41. Certificado Fiscal: Recuerde que al momento del pago deberá presentar el Certificado Fiscal para contratar vigente, extendido por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba. Cap. IX: Para contratación de servicio: Art. 42. Obligaciones laborales: La firma adjudicataria empleará a todo el personal necesario según lo establecido en los pliegos de especificaciones técnicas para prestar un servicio de primera categoría, teniendo en cuenta su idoneidad y antecedentes de conducta, presentación, educación y salud. Asimismo, la firma adjudicataria asume todas las obligaciones laborales y previsionales que en su carácter de empleador emanen de las disposiciones legales y convencionales actuales o futuras. El personal que sea afectado por la contratista para la prestación del servicio contratado no será considerado en ningún caso en relación de dependencia para con el Estado Provincial y, por lo tanto, aquella mantendrá indemne a esta última respecto de cualquier demanda , acción o reclamo judicial o extrajudicial proveniente de sus empleados y, en todo caso, le reembolsará de inmediato toda erogación originada en reclamos de tal naturaleza, incluyendo honorarios profesionales.Art. 43. Personal afectado: La dotación del personal afectado a este servicio deberá reunir como mínimo las siguientes condiciones: a) Tener dieciocho (18) años de edad cumplidos como mínimo. b) No registrar antecedentes policiales o penales. c) Guardar debida consideración y respeto en el trato con el resto del personal. Antes de comenzar la prestación del servicio, el adjudicatario deberá presentar a la Secretaría de Innovación de la Página 7 de 8 Impresión: - 12/08/2015 02:06:40p.m. Gestión Pública la nómina de las personas a su nombre o bajo sus órdenes afectados al mismo, indicando su domicilio debidamente acreditado con el pertinente certificado y acompañando además el certificado de buena conducta de dicho personal extendido por las Autoridades Competentes. Toda modificación que sea introducida en dicho plantel, deberá ser comunicada con debida antelación a la Secretaría de Innovación de la Gestión Pública. La inobservancia de esta formalidad podrá dar lugar a que no se permita la entrada y /o permanencia de toda persona no inserta en la nómina citada. Art. 44. Seguros y leyes sociales: Estarán a cargo del contratista, además del seguro de vida y por accidente de todo su personal, el cumplimiento de todas las obligaciones que establece la legislación laboral vigente. Antes de la iniciación del servicio, la adjudicataria deberá presentar a la Secretaría de Innovación de la Gestión Pública , constancia de haber contratado un Seguro contra Riesgos del Trabajo (inscripción en ART) para todo el personal asignado a la prestación del servicio y que cubra las indemnizaciones por concepto de incapacidad total permanente , parcial o absoluta y/o muerte, contratación que deberá mantener en vigencia durante el lapso del contrato, en un todo de acuerdo a las previsiones establecidas en la Ley Nacional Nº 24.557 y sus reglamentaciones, en la que deberán constar los nombres y documentos de identidad de las personas que empleará para el cumplimiento del objeto de la presente licitación pública. En dicha póliza se agregará una Cláusula de No Repetición, con los siguientes términos : ¿La ART renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición contra el Gobierno de la Provincia de Córdoba , sus funcionarios o empleados, bien sea con fundamento en el Artículo 39 inciso 5° de la Ley 24.557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especies o dinerarias que se vea obligado a otorgar o a abonar al personal dependiente de la empresa adjudicataria alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, sufridas o contraídas por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo¿. La firma adjudicataria asume todas las obligaciones laborales y previsionales que en su carácter de empleador emanen de las disposiciones legales y convencionales actuales y futuras. Cap. X: Otras observaciones: - Cap. XI: Documentos adjuntos - Anexo I.docx - ANEXO II.doc - ANEXO III.doc Página 8 de 8 Impresión: - 12/08/2015 02:06:40p.m. ANEXO I Art. 16. Documentación a presentar: El oferente que haya quedado primero en el presente procedimiento de subasta electrónica inversa deberá acompañar, dentro de los dos (2) días hábiles de notificada el acta de prelación, la siguiente documentación: A. Documentación legal sobre el oferente y su capacidad jurídica: 1) Constancia de inscripción en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado (tarjeta de proveedor) a) Deberá presentar constancia de inscripción en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado (tarjeta de proveedor) vigente, o constancia de inicio del trámite de inscripción debidamente presentado en Mesa de Entrada del Centro Cívico del Bicentenario, sito en el Centro Cívico del Bicentenario Gobernador Juan Bautista Bustos de la Ciudad de Córdoba, Código Postal X5004GBB, entendiéndose por tal el formulario de inscripción generado a través de su cuenta de usuario y contraseña en ComprasPúblicas, la cual podrá gestionarse ingresando a la dirección: compraspublicas.cba.gov.ar, en la sección Proveedores. En caso de haber presentado constancia de inicio de trámite de inscripción ante el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado deberán acompañar, previo a la etapa de pre-adjudicación, la constancia de inscripción vigente. Si aún no hubieren finalizado el trámite de inscripción ante el mismo, deberán presentar toda la documentación solicitada en el punto siguiente. b) Si no contara con constancia de inscripción en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado (tarjeta de proveedor) vigente previo a la adjudicación o constancia de inicio de trámite de inscripción en los términos establecidos en el punto anterior, deberá acompañar la siguiente documentación: i. Para las personas físicas: (1) Copia certificada de la primera y segunda hoja del Documento Nacional de Identidad. (2) Cambio de domicilio, si lo hubiere. (3) Constitución de domicilio especial en la Provincia de Córdoba a los fines de la contratación. (4) Copia certificada de poder general o especial que otorgue las facultades suficientes para obligar al sujeto oferente, que deberá ser legalizado en caso de haber sido extendido en extraña jurisdicción. ii. Para las personas jurídicas: (1) Contrato social o estatuto y, cuando corresponda, actas de autorización para presentarse al procedimiento de selección articulado. Los mismos deberán estar debidamente inscriptos ante la Autoridad de Contralor que en cada caso corresponda, y presentarse en copia debidamente certificada y, cuando correspondiere, legalizada. (2) Documental social de designación de las autoridades que concurran en representación de la persona jurídica o, en su caso, poder general o especial que otorgue las facultades suficientes para obligar al sujeto oferente. Se tendrá que acompañar copia debidamente certificada y cuando correspondiere legalizada; o constancia emitida por el Registro Público de Comercio, Inspección de Personas Jurídicas o la entidad que corresponda, donde se informe la nómina de autoridades debidamente inscriptas. En caso de apoderados deberá presentar también, original y/o copia certificada de la documentación que acredite la representación legal del oferente: poder general o especial que le otorgue las facultades suficientes para obligar a la persona jurídica, que deberá ser legalizado en caso de haber sido extendido en extraña jurisdicción. (3) Constitución de domicilio especial en la Provincia de Córdoba a los fines de la contratación. iii. Para las Uniones Transitorias de Empresas (UTE), además de lo consignado por el apartado i y ii según estén conformadas por personas físicas o jurídicas o ambas, la siguiente documentación: (1) Para UTE no constituidas al momento de la presentación de la oferta, el compromiso de constitución de UTE de donde surja expresamente que cada una de ellas será solidariamente responsable por el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la contratación. El Compromiso de Constitución de UTE deberá realizarse, conforme las disposiciones del Código de Comercio y las exigencias de condiciones de contratación generales y particulares, debiendo acompañar copias certificadas de los instrumentos societarios que autorizan la conformación de la UTE. Al momento de la adjudicación deberá estar formalmente constituida la Unión, debiendo cumplirse entonces con los requisitos enumerados en el punto siguiente. (2) Para Uniones Transitorias de Empresas constituidas al momento de la presentación de la oferta, deberá además cumplimentarse con los siguientes requisitos: (a) Copia certificada del instrumento de constitución formal debidamente inscripto ante la autoridad competente. (b) Copia certificadade las resoluciones societarias de cada una de las empresas integrantes, de las que surja la voluntad de cada empresa de participar en la presente subasta electrónica inversa. (c) Instrumento legal correspondiente donde se establezca expresamente, que todos los integrantes de la UTE son solidaria e ilimitadamente responsables por el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes de la presente contratación. (d) Cada uno de los integrantes debe cumplir con todos y cada uno de los requisitos y exigencias establecidos en las presentes condiciones de contratación generales y particulares. (e) Constitución de domicilio especial en la Provincia de Córdoba a los fines de la contratación. iv. Para los casos de los incisos i, ii y iii además deberán presentar copia expedida por la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), suscripta por el apoderado o representante legal. B. Declaración jurada de los oferentes: Los oferentes deberán presentar una declaración jurada expresando: 1) Que su cuenta corriente bancaria no ha sido cerrada por orden del Banco Central de la República Argentina durante el transcurso del último año, aún si la misma hubiese sido nuevamente habilitada. 2) Que no ha sido declarado en quiebra o en concurso preventivo o que, si lo fuere, acredite encontrarse debidamente facultado para participar en la presente subasta electrónica inversa. 3) Que no pesa sobre él inhabilitación civil, comercial o penal vigente, por sentencia judicial firme pasada en autoridad de cosa juzgada. Inclusive, para el caso de tratarse de personas jurídicas, que no posea inhabilitación de las mencionadas que pese sobre las personas físicas que integran sus órganos sociales. 4) Que no se es actor o demandado en litigios judiciales cuya contraparte sea el Estado Provincial y en particular algún Organismo Oficial de la Provincia de Córdoba (Administración Central, Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos o Sociedades del Estado). 5) Que renuncia al Fuero Federal o a cualquier otra excepción que le pudiera corresponder y su sometimiento a la competencia de las Cámaras en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Córdoba. C. Detalle de las características técnicas de los bienes y/o servicios ofrecidos: 1) Para cada uno de los bienes y/o servicios ofrecidos deberá presentarse un detalle de las características técnicas, especificando marca y modelo de los mismos. 2) El oferente deberá presentar en concepto de declaración jurada, un detalle de las características técnicas, especificando marca y modelo de cada uno de los bienes ofrecidos. Para el supuesto de que todos o algunos de los bienes ofertados sean importados, deberá expresar qué bienes tienen origen extranjero e indicar su valor en pesos y su correspondiente equivalente en dólares americanos, conforme el tipo de cambio vendedor del Banco de la Provincia de Córdoba al cierre del día anterior al que se efectuó el período de lances de la presente Subasta Electrónica, conforme el artículo 19.1.7 del Decreto Reglamentario N° 305/2014. En caso de silencio, se presumirá que los bienes ofertados son de producción nacional. D. Garantía de mantenimiento de oferta: conforme lo establecido en el artículo 8 del Pliego de Condiciones Generales y Particulares. Dicha garantía podrá instrumentarse en alguna de las siguientes formas, debiendo estar en todos los casos documentada con certificación de firmas: 1) En efectivo, mediante depósito en cuenta oficial del Banco de la Provincia de Córdoba – Sucursal Nueva Córdoba (José M. Estrada N° 141, Córdoba), en boletas de depósito, en la Cuenta N° 8243/1 – Ministerio de Coordinación – Garantías de Depósito – Fondos de Terceros, acompañando la boleta pertinente o la que corresponda. 2) En títulos aforados en su valor nominal de la deuda pública nacional, provincial o municipal, bonos del tesoro o cualquier otro valor similar. En caso de ejecución de los valores a que se refiere este apartado, se formulará cargo por los gastos que ella ocasione y por la diferencia que resultare si se liquidare bajo la par. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías. 3) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del Gobierno de la Provincia de Córdoba, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano, y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa. 4) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del Estado Provincial, emitida bajo las siguientes condiciones: a) Calificación “A” o superior para la Compañía como mínimo, según surja de constancias de Calificadoras de Riesgos nacionales e internacionales. b) Reaseguro con que se cuenta, el cual deberá presentarse conjuntamente con la aprobación directa o mediante declaración jurada. Si se constituye en otra plaza distinta de la local, deberá darse cumplimiento a la obligación contraída en los respectivos documentos en la Ciudad de Córdoba, renunciando desde su presentación al Fuero Federal o cualquier otro de excepción, sometiéndose a la Jurisdicción de los Tribunales en lo Civil y Comercial de Primera Instancia de la Primera Circunscripción Judicial del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba (Ley de Mapa Judicial). SOLICITUD DE COTIZACION N°: 2015/000013 FECHA EJERCICIO ESTADO 2015 EXPEDIENTE N°: 0680-118007/2015 GENERADO Condiciones de Contratación -Especificaciones Técnicas- 170 - Gastos Generales De La Administración 90 - Ministerio De Gestión Pública PUBLICADO EN COMPRAS PÚBLICAS: SI RENGLÓN N° 1: SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET PARA ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES 8111210001 - SERVICIOS DE PROVEEDORES DE SERVICIO DE INTERNET (ISP) DIRECCION GRAL COMPRAS MANTENIMIENTO INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS 2.200 2015: $720,0000 2016: $1080.0000 $ 1.980.000,0000 1 CÓDIGO - ÍTEM IMPORTE TOTALPRECIO UNITARIOCANTIDADFECHA / PLAZOPREST. ÚNICA?OFICINA SOLICITANTE Especificaciones Técnicas: CONTRATACION DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET PARA LOS ESTABLECI-MIENTOS ESCOLARES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA.Contratación de vínculos de Acceso a Internet de alta velocidad para 1100 (Un mil cien) establecimien-tos educativos de la Provincia de Córdoba por el termino de 10 meses. Distribuidos en todo el territorio provincial, posibilitando la gestión administrativa, la inclusión digital en las estrategias docentes y la disminución de la brecha digital ocasionada por la falta de acceso a las TIC . Autoridad de Aplicación: Area Técnica de Consulta: TOTAL ESTIMADO DEL RENGLÓN: $ 1.980.000,0000 UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA MIL CON 0000 / 10000 PESOS ARGENTINOS TOTAL ESTIMADO DE LA COTIZACIÓN: $ 1.980.000,0000 UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA MIL CON 0000 / 10000 PESOS ARGENTINOS Página 1 de 1Impresión: - 12/08/2015 02:09:37p.m. 1 ANEXO II ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CONTRATACION DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET PARA LOS ESTABLECI- MIENTOS ESCOLARES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA. 1. OBJETIVO El presente pliego técnico indica los lineamientos específicos que deben cumplir los oferentes para la provisión de vínculos de acceso a internet de alta velocidad para 1100 (mil cien) esta- blecimientos educativos del Gobierno de la Provincia de Córdoba por el término de 10 meses. Estos establecimientos están distribuidos en todo el territorio provincial, posibilitando la ges- tión administrativa, la inclusión digital en las estrategias docentes y la disminución de la bre- cha digital ocasionada por la falta de acceso a las TIC. Entre los objetivos específicos de esta contratación se destacan.� Facilitar a cada establecimiento el acceso a los sistemas utilizados por el Ministerio de Educación. � Mejorar la eficiencia de los trámites administrativos de los docentes. � Ahorrar costos, en la gestión administrativa de los Recursos Humanos. � Incorporar futura herramienta basadas en la web. A los fines de brindar un filtrado de los contenidos web accesibles a través de Internet, la solución deberá permitir al Gobierno de Córdoba configurar sus nodos en reparticiones de forma que se pueda acceder a una Aplicación Especifica de Filtrado de Contenidos (AFC). Esta solución deberá ubicarse en un emplazamiento especial del tipo Data Center directa- mente conectado al Backbone IP del proveedor con enlaces de gran capacidad de transporte. Para garantizar la óptima calidad de los servicios contratados, los enlaces deberán acceder a una plataforma de Backbone IP única, de gran capacidad de transporte con interconexión segurizada al mundo Internet. En el ANEXO III se encuentra el listado de los 1100 sitios a los cuales se le debe proveer de un acceso a Internet de alta velocidad. 2. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS El servicio de acceso a Internet, en todos los casos, será del tipo 7x24x365 (7 días de la se- mana x 24 horas x 365 días al año), con tiempos de atención y respuesta en sitio determina- dos. El servicio se proveerá en el puerto de conexión del equipo de acceso provisto por el presta- dor (conector RJ-45 o puerto USB). Este puerto marcará la frontera entre el equipamiento del prestador y el equipamiento de cada establecimiento perteneciente al Gobierno de la Provin- cia de Córdoba. Hasta el puerto perteneciente al equipo del prestador será responsabilidad del prestador y a partir del cable de conexión conectado en dicho puerto, será responsabilidad del Gobierno de la Provincia de Córdoba. La infraestructura de la red de transporte del prestador deberá soportar requerimientos de ampliación del ancho de banda por parte del Gobierno de la Provincia de Córdoba. 2 Deberá incluir la asistencia técnica para la superación de problemas o mejoras de la perfor- mance del servicio, ya sea a través de recomendaciones en la innovación de accesorios u otros que mejoren el servicio o en la forma de emplear o configurar cada uno de los compo- nentes que intervienen en la solución, pudiéndose realizar reuniones de mutuo acuerdo para dicho propósito y sin que afecten el costo del servicio. Cumplir con los requerimientos mínimos de calidad expuestos en el punto 13 ”Aseguramiento de la Calidad”. El servicio tendrá un abono mensual de importe fijo, que incluye todos los cargos e impuestos, independientemente de la cantidad de datos que se transmitan, de horas que esté conectado o del tipo de modulación en que esté conectado e incluirá el servicio de filtrado de contenidos. 3. CONDICIONES A CUMPLIR POR LOS OFERENTES Los oferentes deberán realizar un informe que contenga una descripción técnica de la compo- sición de cada subsistema que forma parte de la red de Backbone y de la Solución Integral planteada para los puntos ofertados, cumpliendo con los valores de ancho de banda de cada punto solicitado, tecnología/medio y método de acceso empleado en cada establecimiento. Deberán presentar: descripción técnica del equipamiento, normas y estándares soportados por los mismos, como así esquemas de interconexión de toda la red en su conjunto. Se deberá detallar los alcances de la plataforma de Filtrado de Contenidos (AFC), acceso al sistema, configuración, metodología de filtrado, etc. El/los Centros de Datos donde se establecerán la/las AFCs deberán cumplimentar condicio- nes de entorno especificas para este tipo de emplazamientos, el oferente en su oferta deberá detallar las características de la infraestructura que cuenta en su Data Center (tipo de co- nexión, sistema de energía, de climatización, de control de acceso, etc) El proveedor tendrá la responsabilidad de la administración de su red, de modo de cumplir con la calidad de servicio requerida. Los servicios, independientemente del tipo de acceso utilizado, se deberán proveer mediante un Backbone IP común/único de alta capacidad de transporte, desarrollado sobre una plata- forma de fibra óptica con equipamiento y enlaces redundantes. El Backbone IP tendrá inter- conexión directa a Internet a través de acuerdos de interconexión nacional e internacional con proveedores. No se admitirán soluciones que utilicen a los establecimientos educativos como puntos de sub-distribución. Las Aplicaciones de Filtrado de Contenidos (AFC), deberán disponerse en un Centro de Da- tos (Datacenters) del proveedor, emplazado en la Provincia de Córdoba. Los Centros de Datos donde se disponga las AFCs, deberán cumplimentar como mínimo la normativa referida a condiciones de diseño y operación requeridas para una infraestructura de alta disponibilidad y sistema auto-sustentable TIER3. El oferente deberá acreditar autorización de los organismos reguladores, mediante licencia habilitarte para la prestación de los servicios objeto de la presente contratación 4. RED DE BACKBONE IP DEL PROVEEDOR Los servicios de acceso a Internet licitados, deberán soportarse en la red de backbone IP del proveedor. El Backbone IP (BBIP) del proveedor de servicios deberá disponer una estructura de enlaces ópticos y equipos redundantes: dos nodos Giga-Routers IP tipo Carrier-Class co- 3 mo mínimo. Estos Routers deberán emplazarse físicamente en la provincia de Córdoba y es- tar instalados en condiciones de entorno compatible con dicha característica (energía seguri- zada, ambiente controlado, seguridad física, etc.). Los oferentes deberán poseer una infraestructura de Backbone IP, de forma tal que toda la información que se trafique hacia/desde Internet y/o Data Center del proveedor, sean cursa- das por esta red y no por redes propiedad de terceros. El BBIP deberá contar con tecnología de transporte de datos de alta velocidad en enlaces ópticos, simétricas y de muy bajo retardo de propagación entre extremos, ya que sobre estos puntos se concentrará un importante volumen de tráfico. Los enrutadores de la red del Backbone IP del proveedor, deberán estar interconectados y segurizados por al menos dos trayectos distintos para garantizar alta disponibilidad y calidad de servicio/seguridad requerida para tener una respuesta inmediata y dinámica de la red ante fallas de algún componente de la misma. 5. SERVICIO DE FILTRADO DE CONTENIDOS El servicio de Filtrado de Contenidos se proveerá desde una infraestructura de entorno com- patible con la criticidad de esta para el conjunto de la solución. A los fines de garantizar una adecuada accesibilidad al sistema y su alta disponibilidad, la aplicación y su equipamiento asociado deberán estar instalados en un ambiente seguro y controlado como lo es un Centro de Datos (Datacenter). El Centro de Datos deberá estar localizado en la provincia de Córdoba y deberá poseer una infraestructura básica definida por: • Se dispondrá el espacio físico para la instalación del equipamiento informático y aplicativos que constituyen el Servicio de Filtrado de Contenidos, en recintos acon- dicionados, seguros y vigilados permanentemente. • Se deberá disponer ambiente acondicionado, energía segurizada, alimentación de energía ininterrumpida con múltiples etapas de redundancia. • Permitir la posibilidad de control y configuración – tanto local, como remota - del equipamiento y los aplicativos mediante monitoreo de los mismos. • Conectividad segurizada y de alta capacidad para la conexión de las dependencias del Gobierno de Córdoba al Aplicativo de Filtrado de Contenidos y desde éste a la Red Internet.• Disponer múltiples alternativas de conectividad directa al Backbone IP, con la flexi- bilidad para absorber aumentos temporales de tráfico (ráfagas) sin necesidad de sobre-dimensionar la capacidad de las conexiones. • Deberá contar con un área de NOC/SOC (Network Operation Center/Services Operation Center) donde opera el personal del DC las 24 hs. los 365 días del año • Contar con dos o más, servidores DNS instalados en el DC. • Se deberá disponer equipamiento Firewall, para la implementación de políticas pa- ra el filtrado de paquetes por dirección IP, puerto de aplicación y/o dirección URL. 6. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO A CONTRATAR Los servicios de internet Banda Ancha a contratar en cada establecimiento, deben permitir la conexión a Internet no impidiendo que otro servicio sea compartido por el mismos medio físico o inalámbrico por donde se provee internet. 4 En caso de no tener instalado, se proveerá a cada establecimiento de un equipo (equipo CPE) que se conectará a la red LAN (Ethernet/IEEE 802.3) del establecimiento y brindará el acceso a Internet, quedando este equipamiento como propiedad del estado provincial. El equipo CPE debe soportar DHCP para autoconfigurar los equipos que forman la LAN de cada establecimiento escolar. El equipo CPE contará con tecnología WiFi para la conexión de LAN inalámbrica, debe ser multiusuario para permitir que varias estaciones de trabajo compartan el enlace, empleando configuraciones del tipo NAT o Proxy o alguna de similares características. El Ancho de Banda (velocidad de transmisión) de cada acceso deberá ser como mínimo el especificado en “Requerimientos del Ancho de Banda”. El prestador deberá informar dos ser- vidores DNS. Cada servicio de internet deberá incluir 2 casillas de e-mail con dominio propio (50 MB c/u) y panel de Control para la administración de las mismas. La administración se efectuará a través de un panel de control basado en un entorno web amigable, fácil de comprender y de ejecución en tiempo real, accediendo por medio de un browser. Todos los gastos de instalación del CPE como los de la puesta en operación del vínculo son a cargo del oferente, quedando de propiedad del Gobierno Provincial los equipos y las instala- ciones, debiéndose facturar el abono mensual por la cantidad de escuelas conectadas. 7.SERVICIO DE FILTRADO DE CONTENIDOS Y CENTRO DE DA TOS El servicio de Filtrado de Contenidos garantizará la seguridad de los usuarios y de sus equi- pos, se deberá incluir las siguientes capacidades: - Web Filter (Filtrado de Contenidos) - Filtrado de Protocolos - Estos servicios alcanzarán todos los aspectos de la seguridad lógica en la red, a saber: - Filtrado de Contenidos: permitirá bloquear con un alto nivel de eficacia las páginas de Internet con contenido ilícito, ilegal y/o indeseable. - Filtrado de contenidos no deseados (Ads Filter): Permitirá navegar sin anuncios, Gifs, Pop-ups, lográndose un alto nivel de eficacia del enlace contratado. - Filtrado de Protocolos: Bloquear el tráfico conforme al tipo de protocolo y/o puerto en el que se establece la comunicación (Correo Electrónico, Mensajería Instantá- nea, Chat, Pear to Pear). La solución contará con las herramientas de gestión mínimas que permitan: - Una forma sencilla y amigable para la configuración del aplicativo, incluirá una inter- faz basada en formato Web, de modo que pueda ser gestionada desde cualquier navegador. - Actualización del software, contar con la capacidad para gestionar tareas re- lacionadas con la actualización automática de la aplicación. - Gestor de protocolos, desde donde se configuraran los protocolos permitidos. 5 El filtrado de contenidos será definido por el Ministerio de Educación mediante listas de acce- sos por catálogos de tipo de información y serán ingresados vía web al servidor de contenidos por el administrador o área responsable designados por el Gobierno de la Provincia de Córdoba para realizar dicha tarea. 8. REQUERIMIENTOS DEL ANCHO DE BANDA En cada establecimiento se requiere: Capacidad Downstream, 1Mbps Capacidad Upstream, 256Kbps El ancho de banda total de cada vínculo se deberá distribuir entre acceso Nacional e Interna- cional, debiendo asignarse dinámicamente. 9. REQUERIMIENTOS DE MONITOREO El monitoreo de los enlaces correrá por parte del Gobierno de la Provincia de Córdoba y con- sistirá en verificar Conectividad. El equipo CPE instalado en cada establecimiento deberá res- ponder peticiones ICMP de echo (Ping). De esta manera, un servidor de monitoreo del Go- bierno de la Provincia de Córdoba con conexión a Internet verificará la conectividad con cada una de las direcciones IP públicas asignadas dinámicamente a los CPEs instalados en cada uno de los establecimientos. 10. REQUERIMIENTOS DE MANTENIMIENTO Y RECLAMOS El proveedor deberá prestar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo las veinticua- tro (24) horas del día los trescientos sesenta y cinco (365) días del año, incluyendo la provi- sión de repuestos para sus equipos, mano de obra, supervisión técnica del sistema y todo otro elemento que garantice la correcta prestación del servicio mientras dure el contrato y a partir de la puesta en marcha. Los cargos por mantenimiento estarán incluidos en los cargos mensuales. El soporte técnico del oferente deberá ser acorde a la importancia y calidad de las prestacio- nes solicitadas, para lo cual se deberá demostrar capacidad para realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de instalaciones similares. El/los oferentes deben presentar por escrito el esquema de escalamiento de soporte, formas de generación de incidentes, datos necesarios para iniciarlo, forma de realizar el seguimiento de los mismos, números telefónicos para contacto 24hs. 11. PLAZO DE EJECUCIÓN La implementación del servicio, instalación y puesta en operación de todos los vínculos adju- dicados no deberá excederse del plazo máximo que es de de 60 días (sesenta días). 12. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LAS ACTIVIDADES La Dirección de Telecomunicaciones de la Secretaria de Innovación de la Gestión Pública, podrá monitorear la conectividad de cada enlace y utilizando protocolos de control, comprobar 6 el Retardo y Ancho de Banda de cada enlace. La medición del Throughput Se realizará des- de cada nodo hacia algunas de la direcciones IP mencionadas en el Item 14. Para el control de los parámetros de prestaciones en enlaces de comunicaciones y la deter- minación de desvíos, se tomarán como base para su cumplimiento los valores que conforman la OFERTA del Adjudicatario, para ese servicio, por la cual resultó adjudicado. Asimismo, se establece que “Satisfacer” un parámetro o valor implica para el caso de rangos, encontrarse dentro la cota del mismo; para el caso de valores máximos, encontrarse en ese valor o por debajo de él, y para el caso de valores mínimos, encontrarse en ese valor o por encima de él. Se establecen los siguientes métodos, realizando una batería de mediciones en cada sentido: Para la medición de “Throughput” de los vínculos, se fija como elemento patrón de medición el uso de los programas “ttcp” y “ttcpw” ambos de dominio público y amplia aplicación, el pri- mero de amplia distribución en plataformas UNIX tradicionales y el segundo en su versión ejecutable sobre en entornos Windows 95 y superiores. Tanto los programas ejecutables co- mo sus códigos fuentes pueden ser obtenidos de la universidad de Carolina del Norte, EEUU (“NC State University”) en la ubicación “http://renoir.csc.ncsu.edu/ttcp/ “. Este programa seencuentra, además, embebido en los sistemas operativos más nuevos de diversos Routers de renombrada calidad. Las medidas se realizarán tomando como puntos de inicio y finalización los puertos LAN – WAN pertenecientes a Nodos Remotos. Si los equipos de comunicación cuentan con este programa embebido, se los podrá disparar desde ellos, caso contrario se ejecutarán los co- rrespondientes programas en estaciones de trabajo conectadas a las interfases LAN de los Routers de delimitan el enlace, estando esta estaciones dentro del mismo dominio de “Broad- cast” que la interfaz citada. Se realizará una medición de “Throughput” que no durarán en ningún caso menos de un (1) minuto, de forma tal que no se propaguen errores matemáticos. Ante resultados inconsistentes, dudosos, o falta de acuerdo en los resultados entre Adjudica- tario y Comitente, se tomarán hasta diez (10) mediciones seguidas, de la duración indicada, con una separación entre ellas no mayor que un minuto y se tomará como valor resultante al promedio de ellas. Si los equipos de comunicación poseen embebido el método mencionado, se dará preferencia a su uso frente al de la estación de trabajo. Si persistieran los resultados inconsistentes, se tomará una única medición de Diez (10) minu- tos de duración y su valor se tomará como concluyente. La conversión de “Throughput” a velocidad se realizará según lo preestablecido, obteniendo así los parámetros de Velocidad en “UpLoad y DownLoad”. Para la medición de enlaces de un único salto, se podrán utilizar mensajes “ICMP Echo Re- quest” (Ping), ejecutando el procedimiento señalado para “ICMP TRACE”, aunque en este caso, cada medición tomará el resultado de un conjunto de Diez (10) mensajes. Se debe aclarar que los valores obtenidos deben ser ajustados, cuando corresponda, para reflejar la medición en un solo sentido (en los casos que los métodos midan retardo de “Ida y Vuelta” (Round Trip), el valor obtenido se dividirá por dos (2). Si las aplicaciones de medición lo permiten, se utilizarán mezcla de paquetes de tráfico tipo IMIX, si ello no fuera posible se utilizará tamaño de paquete fijado en Doscientos Cincuenta (512) bytes, si ello tampoco fuera posible, se utilizará el tamaño estándar que la aplicación provee. Ante resultados inconsistentes, dudosos, o falta de acuerdo en los resultados entre Adjudica- tario y Comitente, se tomarán hasta diez (10) mediciones seguidas, del modo indicado, con una separación entre ellas no mayor que un minuto y se tomará como valor resultante al pro- 7 medio de ellas. Si los equipos de comunicación poseen embebido el método mencionado, se dará preferencia a su uso frente al de la estación de trabajo. Se obtendrán así los parámetros de Retardo en “UpLoad” y “DownLoad”. 13. ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD En vías de asegurar una buena calidad del servicio, se deberán respetar los siguientes pará- metros: Disponibilidad. El servicio se deberá prestar durante las 24 Hs, todos los días del año. Tiempos de Respuesta. Garantizar un tiempo máximo de no funcionamiento de un vínculo y/o disponibilidad del mismo, siempre y cuando las causas sean debidas a desperfectos propios del servicio que presta el adjudicatario; no incluyéndose en este caso las causas por fuerza mayor, o atribuibles a falta de cumplimiento del Gobierno. Servicio de Acceso a Internet Tipo de Acceso Tiempo Máximo de Repara- ción Disponibilidad Anual xDSL 48 horas 95,5 % Servicio DataCenter Retardos . • Conexión nacional: 200 ms. • Conexión internacional: 300 ms. 14. PLANILLA DE OFERTA ECONOMICA RENGLON CONCEPTO ABONO MENSUAL IMPORTE TOTAL 1 Provisión de acceso a Internet para 1.100 Escuelas del Gobierno de la Provincia de Córdoba de acuerdo a lo solicitado en el pliego de especi- ficaciones técnicas. 15. PRESUPUESTO OFICIAL El presupuesto oficial para la presente contratación se establece en UN MILLÓN NOVE- CIENTOS OCHENTA MIL PESOS ($1.980.000,00) Tipo de Acceso Tiempo Máximo de Reparación Disponibilidad Anual 12 Horas 99,75% AnexoIII – Listado de Establecimientos Escolares 1 Nro. NOMBRE DIRECCION LOCALIDAD DEPARTAMENTO 1 ESCUELA LUIS MARIA DRAGO CALLE 22 ESQ. 5 SANTA ROSA DE CALAMUCHITA CALAMUCHITA 2 J.DE INF. MARIANO MORENO EL NOGAL 164 SANTA ROSA DE CALAMUCHITA CALAMUCHITA 3 ESCUELA MARIANO MORENO LIBERTAD 470 SANTA ROSA DE CALAMUCHITA CALAMUCHITA 4 ESCUELA JOSE MARMOL AV. LOS PLATANOS 1346 CORDOBA CAPITAL 5 ESCUELA JAPON AVENIDA PUEYRREDON 2400 CORDOBA CAPITAL 6 J.DE INF. JOSE JAVIER DIAZ GARZON MACEDA 67 CORDOBA CAPITAL 7 J.DE INF. BERNARDO DE MONTEAGUDO AV. SANTA ANA 3451 CORDOBA CAPITAL 8 J.DE INF. GOBERNADOR AMADEO SABATTINI LOS MARTIRES 54 CORDOBA CAPITAL 9 ESCUELA GOBERNADOR AMADEO SABATTINI GERMANIA 2665 CORDOBA CAPITAL 10 J.DE INF. RICARDO GUIRALDES GAVILAN 139 CORDOBA CAPITAL 11 J.DE INF. DR.EMILIO ESTEBAN SANCHEZ AVENIDA ALCARAZ 5765 CORDOBA CAPITAL 12 ESCUELA JUSTO JOSE DE URQUIZA SUIPACHA 2309 CORDOBA CAPITAL 13 J.DE INF. JUSTO JOSE DE URQUIZA SUIPACHA 2333 CORDOBA CAPITAL 14 J.DE INF. PROF.LUZ VIEIRA MENDEZ JUAN CAVERO 1280 CORDOBA CAPITAL 15 J.DE INF. EJERCITO ARGENTINO PASAJE WASHINGTON ESQ. CALLE 100 S/Nº CORDOBA CAPITAL 16 ESCUELA PROFESOR JOSE TORIBIO HERNANDEZ COCHABAMBA 3200 CORDOBA CAPITAL 17 ESCUELA NOCTURNA PAULO FREIRE TRANSITO CACERES DE ALLENDE 250 CORDOBA CAPITAL 18 J.DE INF. ARTURO CAPDEVILA AVELLANEDA 4150 CORDOBA CAPITAL 19 J.DE INF. BERNARDINO RIVADAVIA NUFLO DE AGUILAR 541 CORDOBA CAPITAL 20 I.P.E.M. Nº 199 DR. JUAN EMILIO REMONDA SOSA REVELLO 590 CORDOBA CAPITAL 21 ESCUELA DR. ALEJANDRO GALLARDO AGUSTIN ALCAIN 6032 CORDOBA CAPITAL 22 J.DE INF. U.N.E.S.C.O. CALLE PUBLICA S/Nº CORDOBA CAPITAL 23 J.DE INF. OLEGARIO VICTOR ANDRADE CALLE PUBLICA S/Nº CORDOBA CAPITAL 24 ESCUELA JORGE NEWBERY A. MACIAS CORDOBA CAPITAL 25 J.DE INF. JORGE NEWBERY TEODORO FELS 5860 CORDOBA CAPITAL 26 I.P.E.M. Nº 191 MONSEÑOR ENRIQUE ANGELELLI BOULEVAR FEDERICO RAUCH 2790 CORDOBA CAPITAL 27 C.E.N.M.A. POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA HUMBERTO PRIMERO 147 CORDOBA CAPITAL 28 C.E.N.M.A. Nº 107 TRANSITO CACERES DE ALLENDE 250 CORDOBA CAPITAL 29 J.DE INF. ALEJO CARMEN GUZMAN AUGUSTO LOPEZ 643 CORDOBA CAPITAL 30 ESCUELA ALEJO CARMEN GUZMAN AUGUSTO LOPEZ 643 CORDOBA CAPITAL 31 J.DE INF. MARIA SANCHEZ DE MENDEVILLE AV. ENRIQUE BODEREAU 7720 CORDOBA CAPITAL 32 ESCUELA NOCTURNA ANTARTIDA ARGENTINA ANEXO II COLOMBRES 1300 CORDOBA CAPITAL 33 ESCUELA VICTOR MERCANTE CAUCETE 4008 CORDOBA CAPITAL 34 I.P.E.M. Nº 207 EDUARDO RAUL REQUENA AV.FARADAY 5127 CORDOBA CAPITAL 35 ESCUELA EJERCITO ARGENTINO STEPHENSON 6900 CORDOBA CAPITAL 36 J.DE INF. PEDRO RUIZ DE GARIBAY GUANDACOL 1850 CORDOBA CAPITAL 37 ESCUELA RICARDO NASSIF MARTIN FERMIN S/n? CORDOBA CAPITAL 38 ESCUELA ESPECIAL DRA. CAROLINA ANA MOSCA BRASIL ESQ. BELGRANO S/n CORDOBA CAPITAL 39 ESCUELA JUAN BAUTISTA ALBERDI AV. GENERAL PAZ 488 CORDOBA CAPITAL 40 J.DE INF. EJERCITO ARGENTINO LUMIERE 5525 CORDOBA CAPITAL 41 INST. SUP. PBRO.MANUEL ROBERT Juan B. Justo 3600 CORDOBA CAPITAL 42 ESCUELA MARIA SANCHEZ DE MENDEVILLE AV. E. BODEREAU- KM 14 7720 CORDOBA CAPITAL 43 J.DE INF. ERNESTO BANCALARI FRAY BENTOS 4596 CORDOBA CAPITAL 44 ESCUELA ERNESTO BANCALARI MONTERROSO 4597 CORDOBA CAPITAL 45 ESCUELA DE LAS AMERICAS RIMINI 626 CORDOBA CAPITAL 46 J.DE INF. DE LAS AMERICAS RIMINI 675 CORDOBA CAPITAL 47 J.DE INF. RITA LATALLADA DE VICTORIA FERDINAND DE LESSEPS 250 CORDOBA CAPITAL 48 I.P.E.T. Nº 70 PROF. DR. HUMBERTO DIONISI AV. JUAN B. JUSTO 4350 CORDOBA CAPITAL 49 ESCUELA GOB. SANTIAGO DEL CASTILLO GELLY Y OBES ESQ. RAMON MUNILLA S/Nº CORDOBA CAPITAL AnexoIII – Listado de Establecimientos Escolares 2 50 ESCUELA PROVINCIA DE CORDOBA LA PAMPA 550 CORDOBA CAPITAL 51 I.P.E.M. Nº 194 NICOLAS LOBOS PORTO BOLIVAR896 CORDOBA CAPITAL 52 ESCUELA GOBERNADOR EMILIO F. OLMOS AV. FUERZA AEREA ARGENTINA 2229 CORDOBA CAPITAL 53 J.DE INF. PROVINCIA DE CORDOBA ARTIGAS 725 CORDOBA CAPITAL 54 J.DE INF. LEONOR DE TEJEDA FRUCTUOSO RIVERA 540 CORDOBA CAPITAL 55 ESCUELA NOCTURNA DR. CARLOS VAZ FERREIRA CLEMENTE ZARRAGA 1770 CORDOBA CAPITAL 56 J.DE INF. ESCUELA MATERNAL Nº 2 MATEO LUQUE 1060 CORDOBA CAPITAL 57 J.DE INF. ING. JUAN MARIO MASJOAN TANTI 1631 CORDOBA CAPITAL 58 ESCUELA 20 DE JUNIO BV. DEL COMERCIO 835 CORDOBA CAPITAL 59 J.DE INF. 20 DE JUNIO BOULEVAR DEL COMERCIO 857 CORDOBA CAPITAL 60 ESC. ESP. HELEN KELLER MAESTRO MARCELO LOPEZ S/N° CORDOBA CAPITAL 61 ESC. ESP. INST. DEL LENGUAJE Y LA AUDICION CORDOBA MAESTRO MARCELO LOPEZ S/N CORDOBA CAPITAL 62 INST. SUP. DE FORM. DOC. RENEE TRETTEL DE FABIAN GOMEZ CARRILLO 2450 CORDOBA CAPITAL 63 ESCUELA REPUBLICA ARGENTINA RUFINO VARELA ORTIZ 2112 CORDOBA CAPITAL 64 C.E.N.P.A. CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS BERLIN 375 CORDOBA CAPITAL 65 J.DE INF. CADETES DE LA FUERZA AEREA ARGENTINA LEOPOLDO CASAVEGA 2320 CORDOBA CAPITAL 66 J.DE INF. GABRIELA MISTRAL ANDRES CHAZARRETA 2284 CORDOBA CAPITAL 67 J.DE INF. REPUBLICA ARGENTINA URITORCO Y VARELA ORTIZ CORDOBA CAPITAL 68 J.DE INF. MANUEL LUCERO FRAGUEIRO 2164 CORDOBA CAPITAL 69 I.P.E.M. Nº 269 DR. CESAR MILSTEIN AV. GRAL. PAZ 488 CORDOBA CAPITAL 70 C.E.N.M.A. Nº 70 SANTA ROSA 650 CORDOBA CAPITAL 71 ESCUELA GOBERNADOR JOSE MANUEL ALVAREZ WENCESLAO PAUNERO ESQ. C. ARENAL CORDOBA CAPITAL 72 ESCUELA CDRO ROBERTO M. ECHEGOYEN CALLE PUBLICA CORDOBA CAPITAL 73 J.DE INF. ALMAFUERTE ABEL CHANETON 380 CORDOBA CAPITAL 74 J.DE INF. GABRIELA MISTRAL LEONOR DE TEJEDA 1353 CORDOBA CAPITAL 75 I.P.E.T. Nº 64 MALVINAS ARGENTINAS ENTRE RIOS 1549 CORDOBA CAPITAL 76 ESCUELA NOCTURNA 25 DE MAYO AV. 24 DE SEPTIEMBRE 2400 CORDOBA CAPITAL 77 ESCUELA FRAY JOSE ANTONIO DE SAN ALBERTO ESQUIU 1340 CORDOBA CAPITAL 78 ESCUELA ESTANISLAO DEL CAMPO RIO PRIMERO 1208 CORDOBA CAPITAL 79 ESCUELA NOCTURNA BERNARDO O HIGGINS MARIO BRAVO ESQ ENTRE RIOS 0 CORDOBA CAPITAL 80 J.DE INF. CANONIGO PIÑERO MARTIN CARTECHINI CORDOBA CAPITAL 81 J.DE INF. PANAMERICANA SOTO 900 CORDOBA CAPITAL 82 J.DE INF. VICENTE FIDEL LOPEZ AVENIDA DEL TRABAJO 1452 CORDOBA CAPITAL 83 ESCUELA NOCTURNA REPUBLICA DEL LIBANO MARIANO USANDIVARAS 2254 CORDOBA CAPITAL 84 J.DE INF. MAESTROS PUNTANOS JULIO ESSAIN 25 CORDOBA CAPITAL 85 ESCUELA JUAN MARIA GUTIERREZ BV. LOS ALEMANES 4200 CORDOBA CAPITAL 86 ESCUELA PRESIDENTE KENNEDY JULIAN PAZ 1851 CORDOBA CAPITAL 87 I.P.E.M. Nº 208 MARINA WAISMAN AV.SAGRADA FAMILIA 1545 CORDOBA CAPITAL 88 J.DE INF. CDRO. R. MOISES ECHEGOYEN GASTON TOBAL Y BECCAR VARELA CORDOBA CAPITAL 89 ESCUELA PROVINCIA DE CORRIENTES DOMINGO ZIPOLI 1358 CORDOBA CAPITAL 90 ESCUELA SUPERIOR INT DE TEATRO ROBERTO ARLT AV. PABLO RICHIERI 2200 CORDOBA CAPITAL 91 I.P.E.T. Nº 66 DR.JOSE A.BALSEIRO HIPOLITO IRIGOYEN 258 CORDOBA CAPITAL 92 J.DE INF. REPUBLICA DEL LIBANO BARROS PAZOS 3970 CORDOBA CAPITAL 93 J.DE INF. REPUBLICA DE CHILE MANUEL ALVAREZ DE LAS CASAS 230 CORDOBA CAPITAL 94 ESCUELA ROMA ECHEVERRIA 370 CORDOBA CAPITAL 95 ESCUELA REPUBLICA DE MEXICO RIO NEGRO 486 CORDOBA CAPITAL 96 J.DE INF. ATILIO ARGUELLO LLANQUELEN 5151 CORDOBA CAPITAL 97 J.DE INF. GRAL. ENRIQUE MOSCONI FELIX ROBIN FERREYRA 2324 CORDOBA CAPITAL 98 J.DE INF. REPUBLICA DE VENEZUELA BOYERO 511 CORDOBA CAPITAL 99 ESCUELA LEOPOLDO LUGONES LARTIGAU LESPADA 2820 CORDOBA CAPITAL 100 I.P.E.M. Nº 175 PADRE GRENON CANDIDO GALVAN 1331 CORDOBA CAPITAL 101 ESCUELA PRESIDENTE YRIGOYEN CASTRO BARROS 802 CORDOBA CAPITAL AnexoIII – Listado de Establecimientos Escolares 3 102 J.DE INF. PTE.DR.ARTURO UMBERTO ILLIA TOTORAL (ENTRE ARICA Y RIO GRANDE) S/Nº CORDOBA CAPITAL 103 ESCUELA MANUEL BELGRANO FERNANDO ABRAMO 2545 CORDOBA CAPITAL 104 J.DE INF. PROF. MARINA RAVIOLI 27 DE FEBRERO 2540 CORDOBA CAPITAL 105 ESCUELA EJERCITO ARGENTINO QUILMES CORDOBA CAPITAL 106 J.DE INF. EJERCITO ARGENTINO CHASCOMUS 3370 CORDOBA CAPITAL 107 J.DE INF. RAUL ANGEL FERREYRA CALLE PUBLICA CORDOBA CAPITAL 108 J.DE INF. FEDERICO FRÖEBEL PAMPAYASTA ESQ. AMBOY CORDOBA CAPITAL 109 INST. DE EDUCACION SUPERIOR DR. DOMINGO CABRED DEODORO ROCA Y AVENIDA EL DANTE S/Nº, PARQUE SARMIENTO (X5000) CORDOBA CAPITAL 110 ESC.ESP. BLANCA ESTELA FEIT AVENIDA DON BOSCO 3950 CORDOBA CAPITAL 111 ESC. ESP. Y FORM.LABORAL Nº 19 .A.MARTINEZ ALLIO MAESTRO MARCELO LOPEZ 2620 CORDOBA CAPITAL 112 ESC. ESP. Y FORM.LABORAL Nº 19 BEATRIZ.A.MARTINEZ ALLIO - ANEXO COLINAS DEL CERRO MARIANO MANSILLA 1025 CORDOBA CAPITAL 113 J.DE INF. SANTIAGO DE LAS CARRERAS DAVID LUQUE 149 CORDOBA CAPITAL 114 ESCUELA SANTIAGO DE LAS CARRERAS AV.24 DE SETIEMBRE 1088 CORDOBA CAPITAL 115 J.DE INF. GOBERNADOR EMILIO F. OLMOS AVENIDA FUERZA AEREA 2229 CORDOBA CAPITAL 116 I.P.E.M. Nº 114 ARTURO JAURETCHE CALLAO ESQ.SAN JERONIMO CORDOBA CAPITAL 117 ESCUELA JUAN ZORRILLA DE SAN MARTIN JOSE ESTEBAN BUSTOS 1875 CORDOBA CAPITAL 118 ESCUELA PRIMERA JUNTA CLAUDIO DE ARREDONDO 4446 CORDOBA CAPITAL 119 J.DE INF. PRIMERA JUNTA FRANCISCO ORTIZ DE OCAMPO 4445 CORDOBA CAPITAL 120 ESCUELA NOCTURNA FRAY JUSTO SANTA MARIA DE ORO PEDERNERA 952 CORDOBA CAPITAL 121 J.DE INF. GRECIA OBISPO MALDONADO 3450 CORDOBA CAPITAL 122 J.DE INF. GENERAL MARTIN GUEMES CHICLANA ESQUINA SOLARES 0 CORDOBA CAPITAL 123 ESCUELA JOSE MARIA BEDOYA AGUSTIN GARZON 2738 CORDOBA CAPITAL 124 J.DE INF. JAVIER LASCANO COLODRERO Raimundo Caparroz 7347 CORDOBA CAPITAL 125 I.P.E.M. Nº 187 JOSE AMERICO MALANCA FCO. ORTIZ DE OCAMPO 4421 CORDOBA CAPITAL 126 J.DE INF. JUAN ZORRILLA DE SAN MARTIN AVENIDA MALBRAN 4178 CORDOBA CAPITAL 127 ESCUELA GABRIELA MISTRAL 27 DE ABRIL 5650 CORDOBA CAPITAL 128 J.DE INF. GABRIELA MISTRAL PALPA 5630 CORDOBA CAPITAL 129 I.P.E.M. Nº 205 RICARDO HUGO PALLADINO 27 DE ABRIL 5300 CORDOBA CAPITAL 130 J.DE INF. ANTARTIDA ARGENTINA BELGRANO CORDOBA CAPITAL 131 ESCUELA NOCTURNA EULOGIA SALVATIERRA DE PALACIO HUMBERTO PRIMO 2285 CORDOBA CAPITAL 132 J.DE INF. GOB. BRIG. JUAN IGNACIO DE SAN MARTIN ENFERMERA CLERMONT 1225 CORDOBA CAPITAL 133 J.DE INF. ROSARIO VERA PEÑALOZA JOSE FIERRO 3847 CORDOBA CAPITAL 134 J.DE INF. MANUEL ESTEBAN PIZARRO AVENIDA GARCIA MARTINEZ ESQ. SICK S/Nº CORDOBA CAPITAL 135 ESCUELA NOCTURNA DALMACIO VELEZ SARSFIELD BRADLEY CORDOBA CAPITAL 136 J.DE INF. ARTURO CAPDEVILA AVDOR. ZANNI 3346 CORDOBA CAPITAL 137 J.DE INF. REPUBLICA DEL PERU VIEYTES SUR 1568 CORDOBA CAPITAL 138 ESCUELA DALMACIO VELEZ SARSFIELD AENIDA COLON 2295 CORDOBA CAPITAL 139 I.P.E.T. Nº 129 HEROES DE MALVINAS AV.PETTIROSSI 1050 CORDOBA CAPITAL 140 ESCUELA PRIMER TENIENTE AVILA QUINCHAN 1070 CORDOBA CAPITAL 141 ESCUELA ALAS ARGENTINAS BONN 4627 CORDOBA CAPITAL 142 J.DE INF. PRIMER TENIENTE AVILA ALTO ALEGRE 1079 CORDOBA CAPITAL 143 J.DE INF. MANUEL E. PEREZ BULNES Francisco de Arteaga esq. Formosa 0 CORDOBA CAPITAL 144 J.DE INF. MIGUEL R. DE LA TORRE LA GRANJA 3199 CORDOBA CAPITAL 145 J.DE INF. ARZOBISPO CASTELLANO MIGUEL RODRIGUEZ DE LA TORRE 1311 CORDOBA CAPITAL 146 J.DE INF. PROVINCIA DE CATAMARCA AVENIDA VELEZ SARSFIELD 3500 CORDOBA CAPITAL 147 I.P.E.M. Nº 38 FRANCISCO PABLO DE MAURO PAUNERO 699 CORDOBA CAPITAL 148 J.DE INF. BARTOLOME MITRE ACROPOLIS 1974 CORDOBA CAPITAL 149 ESCUELA ARZOBISPO CASTELLANO RODRIGUEZ DE LA TORRE 1383 CORDOBA CAPITAL 150 J.DE INF. AERONAUTICA ARGENTINA DIAZ DE LA FUENTE 2620 CORDOBA CAPITAL 151 ESCUELA AERONAUTICA ARGENTINA ESMERALDA Y DIAZ DE LA FUENTE S/Nº CORDOBA CAPITAL AnexoIII – Listado de Establecimientos Escolares 4 152 ESCUELA PROVINCIA SANTIAGO DEL ESTERO PABLO DE MAURO 558 CORDOBA CAPITAL 153 J.DE INF. JOSE MARIA TORRES ESTADOS UNIDOS 2619 CORDOBA CAPITAL 154 C.E.N.P.A. TERCILIO GAMBINO (DOC:FERNANDEZ CLAUDIA) JOSE ISEAS 1550 CORDOBA CAPITAL 155 ESCUELA BARTOLOME MITRE LA PAMPA 1560 CORDOBA CAPITAL 156 ESCUELA SUPERIOR DE CERAMICA FERNANDO ARRANZ AVENIDA PABLO RICHIERI 2200CORDOBA CAPITAL 157 ESCUELA REPUBLICA DE SIRIA TRAFUL 908 CORDOBA CAPITAL 158 C.E.N.M.A. Nº 232 LA RIOJA 2°PISO 1450 CORDOBA CAPITAL 159 C.E.N.M.A. Nº 232 - ANEXO U.N.C. SEDE A DISTANCIA VALPARAISO CORDOBA CAPITAL 160 C.E.N.M.A. N° 232 ANEXO SEDE SELC Dean Funes 64 CORDOBA CAPITAL 161 J.DE INF. RICARDO PALMA D ALEMBERT 5621 CORDOBA CAPITAL 162 J.DE INF. PROVINCIA DE CORRIENTES JUAN LAFINUR 2574 CORDOBA CAPITAL 163 J.DE INF. PRESIDENTE KENNEDY ITALIA 2247 CORDOBA CAPITAL 164 J.DE INF. EJERCITO DE LOS ANDES GENERAL TOMAS GUIDO 114 CORDOBA CAPITAL 165 J.DE INF. REPUBLICA DE SIRIA VIRGILIO MOYANO 830 CORDOBA CAPITAL 166 ESCUELA YAPEYU OSTIA 4200 CORDOBA CAPITAL 167 J.DE INF. MAHATMA GANDHI CURUPAYTI 3264 CORDOBA CAPITAL 168 J.DE INF. JUANA MANSO CERRITO 1820 CORDOBA CAPITAL 169 J.DE INF. DOCTOR RAMON J. CARCANO CATAMARCA 1459 CORDOBA CAPITAL 170 J.DE INF. PROF. MIGUEL LUCIANI AVENIDA 11 DE SETIEMBRE 4460 CORDOBA CAPITAL 171 J.DE INF. LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN SANTIAGO MORALES 4400 CORDOBA CAPITAL 172 I.P.E.T. Nº 77 GDOR.DR.S.DEL CASTILLO DIEGO PACHECO 4830 CORDOBA CAPITAL 173 J.DE INF. CONSTANCIO C. VIGIL JUAN LLERENA 5560 CORDOBA CAPITAL 174 I.P.E.M. Nº 176 GRANADERO JOSE MARQUEZ AUGUSTO MARZANO 4500 CORDOBA CAPITAL 175 ESCUELA CONSTANCIO C. VIGIL JUAN LLERENA 5561 CORDOBA CAPITAL 176 ESCUELA JUAN XXIII CONESA Y BENAVIDEZ S/Nº CORDOBA CAPITAL 177 J.DE INF. FRAY JUSTO SANTA MARIA DE ORO CALLAO ESQ. MEDRANO S/Nº CORDOBA CAPITAL 178 I.P.E.M. Nº 136 DR. ALFREDO L. PALACIOS CALINGASTA 5800 CORDOBA CAPITAL 179 I.P.E.M. Nº 153 JUAN MARTIN DE PUEYRREDON SARMIENTO 1450 CORDOBA CAPITAL 180 J.DE INF. PROVINCIA DE MISIONES BARBADOS 3150 CORDOBA CAPITAL 181 J.DE INF. MERCEDITAS BALCARCE DE SAN MARTIN CERRITO 1025 CORDOBA CAPITAL 182 ESCUELA PATRICIAS MENDOCINAS VICENTE FORESTIERI 5100 Y CARMELO IBARRA S/Nº CORDOBA CAPITAL 183 ESCUELA MANUEL BELGRANO SUECIA 2832 CORDOBA CAPITAL 184 ESCUELA BANDERA ARGENTINA AV. MAYOR FERNANDO CASADO 2118 CORDOBA CAPITAL 185 J.DE INF. BANDERA ARGENTINA AV. FERNANDO CASADO 2112, SANTA ISABEL 1º SECCION (X5017) CORDOBA CAPITAL 186 J.DE INF. JOSE MARMOL AV. LOS PLATANOS 1346 CORDOBA CAPITAL 187 ESCUELA MAURO FERNANDEZ AVIADOR ALBARRACIN 4237 CORDOBA CAPITAL 188 J.DE INF. JAPON JULIAN AGUIRRE 2651 CORDOBA CAPITAL 189 ESCUELA ESPECIAL MARIA MONTESSORI PERU 1751 CORDOBA CAPITAL 190 ESC. ESP. BILINGÜE PARA SORDOS (IBIS) VIEYTES 131 CORDOBA CAPITAL 191 ESCUELA JOSE MARIA PAZ AV. COLON 2772 CORDOBA CAPITAL 192 C.E.N.M.A. Nº 94 AV. COLON 2772 CORDOBA CAPITAL 193 ESCUELA BERNARDO DE MONTEAGUDO PJE. SAN LUIS 3450 CORDOBA CAPITAL 194 I.P.E.M. Nº 131 DR. JUAN MARTIN ALLENDE LUNA Y CARDENAS 3845 CORDOBA CAPITAL 195 I.P.E.A. Nº 4 CHACRA DE LA MERCED CALLE PUBLICA S/Nº CORDOBA CAPITAL 196 J.DE INF. RICARDO ROJAS ALFONSINA STORNI 840 CORDOBA CAPITAL 197 J.DE INF. DR. HENOCH D. AGUIAR JOAQUIN CASTELLANOS ESQ.JOSE OLMEDO S/Nº CORDOBA CAPITAL 198 ESCUELA RICARDO ROJAS ALFONSINA STORNI 820 CORDOBA CAPITAL 199 ESCUELA DR. HENOCH DOMINGO AGUIAR JOSE DE OLMEDO 650 CORDOBA CAPITAL 200 I.P.E.M. Nº 196 DRA. ALICIA MOREAU DE JUSTO Publica CORDOBA CAPITAL 201 ESCUELA U.N.E.S.C.O. RUTA 9 KM. 13 CORDOBA CAPITAL 202 I.P.E.M. Nº 182 DR. JORGE W. ABALOS AVDA. JUAN B. JUSTO 8500 CORDOBA CAPITAL 203 I.P.E.A.y T. Nº 189 DR. JUAN MAMERTO GARRO Av. LAS MALVINAS esq. LAS QUINTAS CORDOBA CAPITAL AnexoIII – Listado de Establecimientos Escolares 5 5000 204 ESCUELA RABINDRANATH TAGORE OCARINA 1613 CORDOBA CAPITAL 205 ESCUELA REPUBLICA DE LA INDIA CAMINO A MONTE CRISTO KM 5 S/N CORDOBA CAPITAL 206 ESCUELA ANTARTIDA ARGENTINA PADRE LUIS MONTI 3689 CORDOBA CAPITAL 207 ESCUELA ALMIRANTE GUILLERMO BROWN EDUARDO SAUL MARTIN 1441 CORDOBA CAPITAL 208 J.DE INF. ALMIRANTE G. BROWN EDUARDO S. MARTIN 1441 CORDOBA CAPITAL 209 ESCUELA HONORATO LACONI TOMAS DE IROBI 557 CORDOBA CAPITAL 210 ESCUELA NACIONES UNIDAS CORTADA 8 CORDOBA CAPITAL 211 I.P.E.M. Nº 121 GOB.JUSTO PASTOR PAEZ MOLINA CAROLA LORENZINI 381 CORDOBA CAPITAL 212 ESCUELA PAULA ALBARRACIN DE SARMIENTO AV. PABLO NERUDA ESQ. ACAMPES CORDOBA CAPITAL 213 J.DE INF. PAULA ALBARRACIN DE SARMIENTO AVENIDA PABLO NERUDA ESQ. ACAMPES S/Nº CORDOBA CAPITAL 214 J.DE INF. FRANCISCO VIDAL MARCOS INFANTE 560 CORDOBA CAPITAL 215 ESCUELA ARTURO CAPDEVILA AVELLANEDA 4100 CORDOBA CAPITAL 216 C.E.N.M.A. ASIMRA DR.MANUEL LUCERO 560 CORDOBA CAPITAL 217 C.E.N.M.A. ASIMRA - ANEXO Bº PATRICIOS 3 DE JUNIO 2343 CORDOBA CAPITAL 218 I.P.E.M. Nº 152 DR. ALEJO CARMEN GUZMAN AGUSTO LOPEZ CORDOBA CAPITAL 219 ESCUELA MARIANO MORENO SANTA ROSA 1299 CORDOBA CAPITAL 220 C.E.N.M.A. N° 135 ANEXO BATERIA LIBERTAD POTRERILLO S/N° CORDOBA CAPITAL 221 C.E.N.M.A. Nº 135 - ANEXO Bº AMPLIACION LAS PALMAS MANUELA CACIGAS 650 CORDOBA CAPITAL 222 C.E.N.M.A. Nº 135 ANEXO SEDE ASOCIACION CORDOBESA DE FUTBOL AVENIDA COLON 1141 CORDOBA CAPITAL 223 J.DE INF. GREGORIA MATORRAS DE SAN MARTIN JUAN B JUSTO 8500 CORDOBA CAPITAL 224 ESCUELA 9 DE JULIO JOSE A. CABRERA 5051 CORDOBA CAPITAL 225 ESCUELA JUAN M. DE PUEYRREDON ANCASTI 4555 CORDOBA CAPITAL 226 ESCUELA MONSEÑOR M. DE ANDREA 17 DE JULIO 3980 CORDOBA CAPITAL 227 J.DE INF. RICARDO NASSIF LUCIANO PIQUET 6200 CORDOBA CAPITAL 228 J.DE INF. REPUBLICA DE PANAMA MARIANO MANSILLA 1025 CORDOBA CAPITAL 229 ESC. ESP. DR. DOMINGO CABRED AV. MAESTRO MARCELO LOPEZ 2650 CORDOBA CAPITAL 230 ESC. ESP. DR. JERONIMO DE MORAGAS PAMPAYASTA 3080 CORDOBA CAPITAL 231 J.DE INF. ROSARIO VERA PEÑALOZA RIVERA INDARTE 489 CORDOBA CAPITAL 232 J.DE INF. JUAN M. PUEYRREDON ANCASTI 4575 CORDOBA CAPITAL 233 J.DE INF. MONSEÑOR N. DE ANDREA ENRIQUE BERDUC 2281 CORDOBA CAPITAL 234 ESC. SUP. DE TURISMO Y HOTELERIA MARCELO MONTES PACHECO AVENIDA CÁRCANO 3590, CHATEAU CARRERAS (X5003) CORDOBA CAPITAL 235 I.P.E.M. Nº 201 LEOPOLDO MARECHAL ROQUE SAENZ PEÑA (3er.Piso) 1211 CORDOBA CAPITAL 236 C.E.N.M.A. No 168 ROQUE SAENZ PEÑA 1211 CORDOBA CAPITAL 237 ESCUELA PROVINCIA DE FORMOSA RODRIGUEZ PEÑA 1548 CORDOBA CAPITAL 238 ESCUELA GRAL. FRANCISCO ORTIZ DE OCAMPO SALTA 250 CORDOBA CAPITAL 239 I.P.E.M. Nº 134 ING. REGINO MADERS MAURICIO YADAROLA 653 CORDOBA CAPITAL 240 J.DE INF. GENERAL MANUEL BELGRANO MANCO CAPAC 3161 CORDOBA CAPITAL 241 I.P.E.M. Nº 167 JOSE MANUEL ESTRADA AVENIDA O`HIGGINS 2632 CORDOBA CAPITAL 242 ESCUELA PRESIDENTE ROQUE SAENZ PEÑA AV. VELEZ SARSFIELD 1002 CORDOBA CAPITAL 243 ESCUELA DR. CARLOS VAZ FERREIRA CLEMENTE ZARRAGA Y FUENCARRAL S/Ná CORDOBA CAPITAL 244 J.DE INF. ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA SANTA CRUZ 455 CORDOBA CAPITAL 245 ESCUELA ALMAFUERTE ABEL CHANETON 390 CORDOBA CAPITAL 246 CONSERVATORIO SUPERIOR DE MUSICA FELIX TOMAS GARZON AVENIDA PABLO RICHIERI 2200 CORDOBA CAPITAL 247 I.P.E.M. Nº 171 BRIGADIER JUAN I. SAN MARTIN ESMERALDA 4983 CORDOBA CAPITAL 248 ESCUELA CADETES DE LA FUERZA AEREA ARGENTINA LEOPOLDO CASAVEGA 2320 CORDOBA CAPITAL 249 I.P.E.T.y M. Nº 101 REPUBLICA ARGENTINA DIAZ DE LA FUENTE 2040 CORDOBA CAPITAL 250 I.P.E.M. Nº 154 GRAL. MARTIN MIGUEL DE GUEMES OCTAVIANO NAVARRO 2751 CORDOBA CAPITAL 251 ESCUELA REMEDIOS ESCALADA DE SAN MARTIN ESPORA 2283 CORDOBA CAPITAL 252 C.E.N.M.A. Nº 215 -ANEXO SERV.PENITENC.N°2 COLOMBRES 1300, SAN MARTIN (X5008) CORDOBA CAPITAL 253 I.P.E.M. Nº 169 RAFAEL M.ESCUTI P. Naon. Manzana 116 Lote 2 CORDOBA CAPITAL AnexoIII – Listado de Establecimientos Escolares 6 254 I.P.E.M. Nº 122 DIEGO GOMEZ CASCO FRAGUEIRO 3017 CORDOBA CAPITAL 255 ESCUELA NOCTURNA RICARDO ROJAS ANTONIO DEL VISO 944 CORDOBA CAPITAL 256 J.DE INF. SIMON BOLIVAR TUCUMAN 2947 CORDOBA CAPITAL 257 ESCUELA SIMON BOLIVAR FRAGUEIRO 3017 CORDOBA CAPITAL 258 J.DE INF. PROVINCIA DE ENTRE RIOS TRAFALGAR 875 CORDOBA CAPITAL 259 ESCUELA PROVINCIA DE ENTRE RIOS TRAFALGAR 875 CORDOBA CAPITAL 260 C.DE REHABILT. P/CIEGOS ADULTOS JULIAN BAQUERO AV. RAFAEL NUÑEZ 5187 CORDOBA CAPITAL 261 I.P.E.M. Nº 206 FERNANDO FADER Gregorio de Laferrere 2435 CORDOBA
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