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ANEXOS-RESO61

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ANEXO I 
 
“PROVISIÓN SISTEMA DE ILUMINACION LED PARA 
EL CAMPO DE JUEGO DEL ESTADIO MARIO 
ALBERTO KEMPES” 
 
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES 
 
ÍNDICE 
 
CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES 
Art. 1° Significación y alcance. 
Art. 2° Objeto. 
Art. 3° Procedimiento de Selección y Sistema de Contratación. 
Art. 4° Cómputo de plazos. 
Art. 5° Presupuesto oficial. 
Art. 6° Plazo y Lugar de entrega. 
Art. 7° Régimen legal aplicable. 
Art. 8° Lugar y plazo para consultas. 
Art. 9° Aclaraciones a la Provisión. 
Art. 10° De la certificación de la documentación. 
 
CAPITULO II - DE LA LICITACION 
Art. 11° De la presentación de las propuestas. 
Art. 12° Responsabilidad del Oferente. Eximición de la Comitente. 
Art. 13° Capacidad necesaria para resultar adjudicatario. 
Art. 14° Mantenimiento de las propuestas. 
Art. 15° De la apertura de la licitación. 
 
CAPITULO III – DEL ESTUDIO Y COMPARACION DE LAS PROPUESTAS 
Art. 16° Causales de rechazo. 
Art. 17° De la Comisión de Estudio y Valoración de Ofertas. 
Art. 18° Oferta más conveniente – Metodología de Evaluación. 
 
CAPITULO IV – DE LA ADJUDICACION 
Art. 19° De la Adjudicación o Rechazo de las Propuestas. 
 
CAPITULO V - CONTRATO 
Art. 20° De la firma del contrato. 
Art. 21° Garantías. 
 
 
 
 
 
 
 
CAPITULO VI - PROVISIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS 
ADJUDICADOS 
 
Art. 22° De la Provisión. 
Art. 23° De la recepción provisional de los bienes y/o servicios adjudicados. 
Art. 24° Vicios Redhibitorios. 
Art. 25° Personal. 
Art. 26° De las Muestras. 
Art. 27° Plazo de Garantía. 
Art. 28° Recepción Definitiva. 
Art. 29º Devolución de las garantías. 
 
CAPITULO VII - CERTIFICACION Y PAGO DE LA PROVISION 
Art. 30° Certificaciones y forma de pago. 
Art. 31° Anticipo Financiero (Pago a Cuenta). 
Art. 32° Redeterminación de Precios. 
Art. 33° Tributos. 
Art. 34° Acopio. 
 
CAPITULO VIII - SANCIONES 
Art. 35° Régimen de multas. 
Art. 36° Rescisión del contrato. 
 
 
A N E X O S 
 
Anexo 1 Solicitud de admisión. 
Anexo 2 Declaración jurada de domicilio legal. 
Anexo 3 Declaraciones Juradas. 
Anexo 4 Formulario Propuesta. 
Anexo 5 Detalle de Obras Ejecutadas. 
Anexo 6 Detalle de Obras Contratadas y en Ejecución. 
Anexo 7 Nota de Concepto – Calificación de la Contratista. 
 
 
CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES 
 
ARTICULO 1: SIGNIFICACION Y ALCANCE 
 
Este pliego establece las condiciones particulares que se aplicarán para la licitación y 
contratación de la provisión del epígrafe. 
 
DENOMINACIONES: Las diversas denominaciones contenidas en éste pliego se 
entenderán de la siguiente forma: 
 
AUTORIDAD COMPETENTE: Agencia Córdoba Deportes S.E.M. 
 
 
 
 
 
 
 
COMITENTE: Agencia Córdoba Deportes S.E.M. 
 
AUTORIDAD ADJUDICANTE: Agencia Córdoba Deportes S.E.M. 
 
ORGANISMO TECNICO: Secretaría de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas 
y Financiamiento. 
 
ADJUDICATARIO: Oferente cuya oferta ha sido considerada por la Comitente como la 
más conveniente. 
 
PROVEEDOR: Aquél adjudicatario que previo acompañar la documentación exigida en 
el presente Pliego Particular de Condiciones, haya suscripto el Contrato de Provisión con 
la Comitente. 
 
OFERENTE: Toda persona humana o jurídica que participe en el procedimiento de 
selección de que se trate para formular su propuesta u oferta. 
 
A.C.: Agrupamientos de Colaboración. 
 
C.A.: Contratos Asociativos. 
 
C.C.: Consorcio de Cooperación. 
 
N.P.: Negocio en Participación. 
 
P.P.C.: Pliego Particular de Condiciones. 
 
T.O.: Texto ordenado de norma legal. 
 
U.T.: Unión Transitoria. 
 
ARTICULO 2: OBJETO 
 
El presente llamado a Licitación Pública tiene por objeto la “Adquisición del Sistema de 
Iluminación Led para el Campo de Juego del Estadio Mario Alberto Kempes de la 
Ciudad de Córdoba”, en un todo conforme a lo previsto en la documentación técnica del 
legajo correspondiente y a lo estipulado en la documentación que rige la licitación, y que 
forma parte integrante del presente Pliego Particular de Condiciones. 
Las características de los ítems que se licitan son las que se describen en la 
Documentación Gráfica y/o Especificaciones Técnicas que forman parte integrante del 
presente Pliego de Condiciones Particulares. 
 
CONSIDERACIONES GENERALES: 
Los Oferentes, para la formulación de sus ofertas, deberán tomar como referencia y 
fuente de información toda la documentación que compone el Pliego de Especificaciones 
Técnicas objeto de la presente Licitación. Asimismo, deberán realizar las consultas 
 
 
 
 
 
 
pertinentes en los organismos públicos y/o privados, los relevamientos y todo análisis 
y/o estudio que resultare necesario a ese fin. 
Será responsabilidad exclusiva de la empresa que resulte Adjudicataria, la obtención y 
aprobaciones definitivas de la totalidad de la documentación y/o Habilitaciones y/o 
certificaciones requeridas por La Comitente y/o cualquier organismo público o privado, 
en todas las etapas de la provisión que le corresponda, conforme a lo que se establece en 
la documentación licitatoria, hasta la puesta en funcionamiento y certificación de la 
perfomance del Sistema de Iluminación en su conjunto. No obstante, la Provincia 
prestará colaboración a la Empresa Proveedora con las distintas gestiones que deban 
realizarse ante los Organismos Públicos y/o Privados. 
 
ARTICULO 3: PROCEDIMIENTO DE SELECCION - SISTEMA DE CONTRATACION 
 
a) Procedimiento de Selección: LICITACION PÚBLICA. 
 
b) Sistema de contratación: la presente Provisión se adjudicará y contratará por 
sistema de Ajuste Alzado. 
El oferente determinará tanto la cantidad como el precio unitario del mismo, 
según su propia valoración, siendo ésta la suma global y única a pagar por la 
provisión completa y de acuerdo a su fin. 
 
Asimismo, deberá incluir en su precio todos aquellos ítems que sin estar 
especificados en la documentación contractual serán necesarios para una correcta 
puesta en servicio del Sistema de Iluminación del Campo de Juego, de manera 
tal que ofrezca en su totalidad las características que lo hagan plenamente eficaz 
para responder a las necesidades que lo motivan. 
 
c) Cotización: Se deberá cotizar mediante un precio único y global, constituyendo 
dicho valor la oferta por la que se toma el compromiso de Provisión en su 
totalidad, incluyendo todos los gastos, insumos, materiales, equipos, trabajos 
conexos para la puesta en funcionamiento y calibración, etc., que fueran 
necesarios. 
La oferta deberá incluir un presupuesto con todos los ítems detallados en el 
Cómputo y Presupuesto Oficial, con el correspondiente precio unitario de cada 
uno, que se utilizará para la recepción y certificación de la provisión. 
Previo a la cotización de la provisión, el oferente deberá verificar “in situ” las 
condiciones del Estadio en general y del Campo de Juego en particular para la 
implementación del nuevo Sistema de Iluminación. Los precios de los ítems de 
la provisión deberán ser cotizados en moneda de curso legal (Pesos). El Oferente 
deberá cotizar incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y demás cargos 
y costos aplicables. 
El precio unitario o de aplicación de cada uno de los ítems que conforman el 
presupuesto de la provisión de los artefactos de iluminación, deberá incluir la 
provisión de todos los materiales, insumos, equipos, impuestos, imprevistos, 
trámites o permisos ante privados, Reparticiones u Organismos Nacionales o 
 
 
 
 
 
 
Provinciales, cánones, trabajos conexos y mano de obra calificada para la puesta 
en funcionamiento y calibración del sistema de iluminación, etc., y toda otra tarea 
o gasto necesario para la correcta y completa provisión en todas sus etapas y 
habilitada de acuerdo con sus fines, aunque ellos no estén detallados o referidos 
en el presente Pliego o en las respectivas ofertas. 
Errores en la cotización: En caso de error en la sumatoria de los precios unitarios, 
se tomará como válido el precio total cotizado, el que deberá además indicarse 
en númerosy en letras. En tal caso, y a los efectos de la posterior certificación y/o 
pago, la Comitente podrá solicitar la adecuación de los precios unitarios al precio 
total cotizado. En caso de error entre letras y números prevalece lo expresado en 
letras. 
 
 
ARTICULO 4: COMPUTO DE PLAZOS 
 
Todos los plazos establecidos en el presente Pliego serán computados en días calendario 
(Artículo N° 13 Decreto 4758/77), salvo expresa indicación en contrario. 
 
ARTICULO 5: PRESUPUESTO OFICIAL 
 
El Presupuesto Oficial de Provisión objeto del presente asciende a la suma de pesos 
Cuarenta y Dos Millones Ciento Quince Mil con Cero Centavos ($ 42.115.000,00) incluido 
IVA y toda carga tributaria y social vigente, correspondientes a valores del mes de 
diciembre del año 2019. 
 
ARTICULO 6: PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA 
 
El plazo de entrega de los bienes adquiridos se establece en NOVENTA (90) días, 
computable desde la notificación de la resolución que adjudica la provisión objeto de la 
presente Licitación Pública. 
La entrega se realizará en el Estadio Mario Alberto Kempes - Avenida Cárcano S/N –
Barrio Chateau Carreras, Ciudad de Córdoba, en el Área de Compras y Contrataciones de 
la Agencia Córdoba Deportes S.E.M. 
 
 
ARTICULO 7: REGIMEN LEGAL APLICABLE 
 
Para la licitación a realizarse con motivo de contratar la provisión que se trata y a los 
efectos legales regirán las disposiciones contenidas en: 
- La Ley de Obras Publicas N° 8614, sus normas modificatorias y 
complementarias. 
- Decreto Reglamentario N° 25743-C-51 (T.O. N° 4757/77). 
- Reglamento de Contrataciones de la Agencia Córdoba Deportes S.E.M. 
- Decreto N° 1505/16. 
- Decreto N° 1823/16. 
 
 
 
 
 
 
- Pliego General de Condiciones - Decreto Reglamentario N° 1331-C-53 (T.O. N° 
4758/77). 
- Pliego General de Especificaciones Técnicas aprobado por Decreto N° 2791/73. 
- Pliego/s Particular/es de Especificaciones Técnicas. 
- Este Pliego de Condiciones Particulares. 
- Decreto N° 800/16, Régimen Provincial de Redeterminación de Precios por 
Reconocimiento de Variación de Costos para Obras Públicas. 
- Ley N° 10509, Ley Impositiva vigente de la Provincia de Córdoba, o la que en un 
futuro la reemplace. 
- Ley N° 10507, Presupuesto General de la Administración Pública, o la que en un 
futuro la reemplace. 
- Modificaciones al Código Tributario de la Provincia de Córdoba N° 10.411. 
- Ley N° 9086, Ley de Administración Financiera, Decreto Reglamentario N° 
150/04 y normas complementarias. 
- Para los casos no previstos expresamente en los cuerpos legales antedichos, se 
aplicarán las disposiciones que rigen el Procedimiento Administrativo de la 
Provincia, - Ley N° 5350 (T.O. Ley N° 6658), los principios generales del Derecho 
Administrativo y subsidiariamente los del Derecho Privado. 
- Decreto N° 809/96 – Capítulo IV. 
- Ley Provincial del Ambiente N° 7343/85 y Reglamento de evaluación de 
Impacto Ambiental Decreto N º 2131 y sus disposiciones conexas. 
- Ley Provincial N° 10.208, y sus Decretos Reglamentarios N° 247/2015, 248/2015 
y 288/15. 
- Ley Nacional N° 24.557, de Riesgos del Trabajo, su reglamentación y/o 
normativas que las complementen o sustituyan. 
- Ley Nacional de Seguros N° 17.418 y las normas que la modifican y 
complementan. 
- Ley Nacional N° 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y su Decreto 
Reglamentario N° 351/79. 
- Decreto N° 3925/69, Seguros de caución. 
- Decreto Ley N° 1332-C-56 y su Decreto Reglamentario N° 2074-C. 
- Decreto Provincial N° 259/17. 
- Decreto N° 1419/17 
- Decreto N° 30/18 
- Decreto N° 108/18 
 
La enumeración precedente no es taxativa y por lo tanto no excluye la aplicación de todo 
otro dispositivo legal modificatorio de los mencionados o que los sustituya, vigente a la 
fecha de Contratación. 
Asimismo, y además del Pliego Particular de Condiciones y el de Especificaciones 
Técnicas, forman parte de la presente Licitación y pasarán a formar parte del contrato de 
provisión dando fe en caso de controversia, la totalidad de la documentación técnica 
elaborada comprensiva del Proyecto y que forma parte del Legajo (Memoria Descriptiva, 
Presupuesto y Planos). 
 
 
 
 
 
 
 
ARTICULO 8: LUGAR Y PLAZO PARA CONSULTAS 
 
Toda averiguación referente a la presente Licitación Pública, vinculada con el retiro de 
Pliegos, será presentada por escrito a la Jefatura de Área Asuntos Jurídicos y Dictámenes 
de la Agencia Córdoba Deportes S.E.M., con domicilio en Av. Ramón J. Cárcano S/N° 
del Barrio Chateau Carreras de esta Ciudad de Córdoba, de Lunes a Viernes de 10.00 a 
16.00 horas, hasta tres (3) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de las 
ofertas. 
 
ARTICULO 9: ACLARACIONES A LA PROVISION 
 
Toda persona que haya retirado el Pliego Particular de Condiciones y demás 
documentación técnica de la Jefatura de Área Asuntos Jurídicos y Dictámenes de la 
Agencia Córdoba Deportes S.E.M., podrá solicitar aclaraciones a la provisión o formular 
consultas referidas a la misma, a través de un escrito que deberá ser ingresado por la 
Mesa de Entradas (SUAC) de la Agencia Córdoba Deportes S.E.M., de lunes a viernes, 
de 08.00 a 16.00 Horas. 
Dichas consultas y pedidos de aclaraciones a la provisión, serán contestados por la 
Comitente y notificados a todos los que hayan presentado escrito realizando consultas, 
pidiendo aclaraciones o demostrando interés, en los domicilios fijados por los 
interesados, por lo menos con dos (2) días de antelación a la fecha de apertura de 
propuestas. 
Los pedidos de aclaratorias y sus respuestas pasarán a formar parte del presente pliego 
particular de condiciones y de los de Pliegos de especificaciones técnicas, como 
documentación complementaria. 
No obstante, es responsabilidad de los oferentes interiorizarse previo a la apertura de la 
licitación de la totalidad de las NOTAS ACLARATORIAS emitidas por la Comitente, no 
pudiendo alegar desconocimiento de las mismas al momento de formular las 
propuestas. 
La Comitente, en cualquier momento si lo juzga necesario, podrá también formular 
aclaraciones de oficio, como así también prorrogar la fecha de apertura de ofertas, 
mediante notas aclaratorias sin consulta, que serán publicadas en el referido sitio web. 
 
ARTÍCULO 10: DE LA CERTIFICACION DE DOCUMENTACION 
 
Cuando se le requiera al Oferente, Adjudicatario o Proveedor, documentación que por 
su naturaleza deba presentarse autenticada ante la Comitente, la misma deberá ser 
debidamente certificada por Escribano Público Nacional, Autoridad Bancaria o Policial, 
Juez de Paz o Funcionarios de la Administración Pública habilitados para tal fin. 
A efectos de que un documento extranjero privado y/o público surta efectos en la 
Argentina, debe ser legalizado por el Consulado argentino correspondiente o, si el país 
forma parte del Convenio de La Haya de 1961 y se trata de un documento comprendido 
en el ámbito de aplicación de este acuerdo, por la autoridad local encargada de colocar 
 
 
 
 
 
 
el sello denominado “Apostilla de la Haya” y traducido por Traductor Público Oficial, 
en caso de que la documentación obre en idioma distinto al español. 
 
CAPITULO II – DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCION 
CARACTERÍSTICAS DE LA PRESENTACIÓN, LUGAR, DÍA Y HORA PARA LA 
APERTURA DE LAS OFERTAS: 
 
Las Ofertas deberán presentarse en el lugar que se indique, en horas hábiles de oficina, 
hasta el día y hora fijados para la presentación de Ofertas. En caso de que dichos días y 
hora de la Licitación Pública coincidieran con un asueto o feriado, el acto se llevará a 
cabo el siguiente día hábil a la misma hora. 
No serán tenidas en cuenta las propuestas que lleguen por correo o por cualquier otro 
medio, con posterioridad a la fecha y hora límite establecida para la recepción de ofertas, 
aun cuando se justifique con el matasellos u otro elemento, de haber sido despachadas a 
tiempo. 
Las propuestas deberán presentarse en formularios confeccionados de acuerdo al 
formato y textos correspondientes a los modelosque como ANEXOS se acompañan al 
presente Pliego. 
Toda la documentación que compone el legajo para la presentación de esta Licitación 
Pública deberá estar firmada y sellada por el/los Representante/s Legal/es y/o por el 
Director Técnico de la firma oferente. 
 
CONSIDERACIONES GENERALES: 
 
1. Las presentaciones son obligatoriamente en formato papel, en sobre cerrado, a través 
del SUAC de la Agencia Córdoba Deportes S.E.M. 
 
2. Los sobres en formato papel no pueden estar identificados con el nombre ni ningún 
dato del Oferente. Debe consignarse sólo la licitación para la que se presenta bajo 
apercibimiento de exclusión. 
 
Adquisición del Pliego de la Licitación Pública - GRATUIDAD: 
El Pliego de la Licitación Pública estará disponible en el portal web oficial de compras y 
contrataciones "ComprasPúblicas" (Oportunidades proveedores). Los interesados 
podrán consultarlo, descargarlo e imprimirlo sin cargo ni necesidad de registro alguno, 
pero deberá de concurrir a retirarlo mediante nota escrita a la Jefatura de área Asuntos 
Jurídicos y Dictámenes de la Agencia Córdoba Deportes S.E.M. 
 
Aclaración sobre presentación de las Ofertas 
Para participar de la presente Licitación Pública, los interesados deberán encontrarse 
inscriptos en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado (ROPyCE). 
 
Asimismo, el Oferente deberá encontrarse Registrado en Compras Públicas, con el 
objetivo de constituir un domicilio electrónico, que el mismo consta de un usuario y 
contraseña. 
 
 
 
 
 
 
El interesado podrá acceder al instructivo para llevar a cabo dicha registración en: 
http://compraspublicas.cba.gov.ar/proveedores/como-registrarte-en-compraspublicas/ 
 
 
ARTICULO 11: DE LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS 
 
Las presentaciones en formato papel se harán en un sobre o paquete cerrado que llevará 
como única inscripción: Licitación Pública “PROVISIÓN SISTEMA DE 
ILUMINACION LED PARA CAMPO DE JUEGO DEL ESTADIO MARIO ALBERTO 
KEMPES” 
 
Las presentaciones de las propuestas podrán realizarse y se recibirán hasta el día 4 DE 
FEBRERO DE 2020 hasta las 10 hs. en la Mesa de Entradas del Sistema Único de 
Atención al Ciudadano (S.U.A.C.) de la Agencia Córdoba Deportes S.E.M., sita en Av. 
Cárcano S/N (Estadio Mario Alberto Kempes) de la Ciudad de Córdoba, y el Acto de 
Apertura de la presente licitación se realizará el mismo día 4 DE FEBRERO DE 2020 a 
las 11 hs. en la Agencia Córdoba Deportes S.E.M., en el domicilio indicado supra. 
 
 Si por cualquier causa, el día fijado fuera declarado NO LABORABLE O INHÁBIL, por 
la Administración Pública Provincial, la apertura tendrá lugar el siguiente día hábil, en 
el horario indicado. 
Este sobre o paquete cerrado contendrá un índice con la documentación que a 
continuación se detalla -en original y copia-, en ese orden y debidamente foliada: 
 
1) Solicitud de Admisión (según modelo Anexo N° 1). 
 
2) Garantía de la propuesta equivalente al 1% (uno por ciento) del monto del 
Presupuesto Oficial Global estimado de la provisión, constituida por cualquiera de los 
medios establecidos en el Art. N° 20 del Decreto Reglamentario N° 1331-C-53 (T.O. N° 
4758/77). 
 
3) Declaración Jurada del domicilio legal, constituido en la Provincia de Córdoba, 
conforme al Anexo N° 2. 
 
4) Los oferentes deberán presentar una Declaración Jurada, conforme a Anexo N° 3, 
expresando: 
- Que renuncia al Fuero Federal o a cualquier otra excepción que le pudiera 
corresponder y se somete a jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de 
Córdoba con materia contencioso-administrativa, de la Primera 
Circunscripción del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. 
- Que la cuenta corriente bancaria no ha sido cerrada por orden del Banco 
Central de la República Argentina durante el transcurso del último año, 
aún si la misma hubiese sido nuevamente habilitada. 
http://compraspublicas.cba.gov.ar/proveedores/como-registrarte-en-compraspublicas/
 
 
 
 
 
 
- Que no ha sido declarado en quiebra o en concurso preventivo o que, si 
lo fuere, acredite encontrarse debidamente habilitado para participar en 
la presente licitación pública. 
- Que no pesa sobre el proponente inhabilitación civil, comercial o penal 
vigente, por sentencia judicial firme pasada en autoridad de cosa juzgada 
y que no hay inhabilitación de las mencionadas que pese sobre las 
personas físicas que integran sus órganos sociales, cuando el proponente 
fuera una persona jurídica. 
- De aceptación expresa del Artículo 36 del P.P.C. que dispone la retención 
de aportes previsionales de la certificación mensual. 
- De haber visitado el lugar de emplazamiento de la obra. 
 
5) Antecedentes de Provisiones realizadas: el Oferente deberá acreditar haber provisto 
Sistemas de Iluminación con Led en estadios de fútbol de similar o mayor envergadura 
a la que resulta ser objeto de la presente Licitación, garantizando de esta manera 
experiencia comprobable en este tipo de proyectos. 
 
6) Anexo 4 - Formulario Propuesta: 
El oferente deberá presentar su propuesta por la totalidad de la provisión motivo de la 
presente contratación en el formulario designado como "ANEXO 4", cuyo modelo forma 
parte del P.P.C, debiendo consignar el monto total de su presupuesto, elaborado con 
precios al mes anterior al de presentación de ofertas. El precio que se formule 
corresponderá a la ejecución de la totalidad de la provisión que resulte de la 
documentación obrante en el presente legajo, incluido el desarrollo de los proyectos de 
ingeniería de detalles especificados en la documentación técnica. 
La propuesta será redactada en idioma castellano, sin raspaduras, enmiendas, 
entrelíneas y testaciones que no hubieren sido salvadas formalmente al final. 
Deberá asimismo estar firmada y sellada por el proponente o apoderado de la empresa 
y el director técnico de la misma. 
 
7) Presupuestos Detallados: 
 
El oferente deberá acompañar el presupuesto detallado de la provisión, con 
determinación de los valores finales de sus cómputos, sus precios unitarios (con 
designación de la unidad de medida adoptada), importe resultante de cada ítem o rubro 
mencionado y el correspondiente precio final por el que propone realizar la provisión 
completa. 
Dicho presupuesto se realizará en base a la documentación que conforma todo el legajo 
licitatorio y su precio final será definitivo, no pudiendo sufrir modificaciones por ningún 
motivo. 
En caso de error en la sumatoria de los precios unitarios, se tomará como válido el precio 
total cotizado, el que deberá además indicarse en números y en letras. 
En tal caso, y a los efectos de la posterior certificación y/o pago, la Comitente podrá 
solicitar la adecuación de los precios unitarios al precio total cotizado. En caso de error 
entre letras y números prevalece lo expresado en letras. 
 
 
 
 
 
 
 
8) Documentación legal que acredite en forma fehaciente la representación invocada por 
el firmante de la propuesta. 
 
10) Proyecto y Cálculo del Sistema de Iluminación Propuesto para el campo de Juego en 
formato papel y en soporte digital, incluyendo fichas técnicas de las luminarias, de los 
comandos, etc. Así mismo el Oferente deberá presentar, de manera excluyente, en 
formato digital “.ies” la Curva Fotométrica para la verificación del mencionado 
proyecto. 
 
Queda establecido y entendido que toda la documentación requerida resulta 
indispensable a efectos de su valoración y análisis por parte de la Comisión de Estudio 
y Valoración de las Ofertas. 
 
Todos los documentos, modelos de planillas y anexos exigidos de este P.P.C. que deban 
ser presentados por el oferente, son de uso obligatorio. 
 
ARTICULO 12: RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE – EXIMICION DE LA 
COMITENTE 
 
Los Oferentes, en razón de su declaración jurada de haber realizado una visita de 
inspección al lugar de emplazamiento de las obras y sus alrededores, a fin de recabar 
por sí mismo y bajo su responsabilidad y riesgo, toda la información y gestión de las 
factibilidades y puntos dederivación correspondientes, condiciones para la instalación, 
etc., que puedan ser necesarios para preparar sus ofertas, no podrán luego alegar 
desconocimiento de las características de dicho emplazamiento y será a su cargo 
cualquier consecuencia económica que de ello pueda derivarse. 
 
ARTICULO 13: CAPACIDAD NECESARIA PARA RESULTAR ADJUDICATARIO 
 
Previa a la adjudicación, se verificará que el oferente seleccionado acredite contar con 
Capacidad Económica Financiera suficiente para la ejecución de los trabajos o, en su 
defecto, deberá de acreditar haber acompañado al tiempo de realizar su oferta, una 
Póliza de Seguro de caución en sustitución de la misma, por un monto equivalente al 5% 
de la diferencia resultante entre el monto del Presupuesto Oficial Total de la obra y su 
capacidad económico. 
 
A tales efectos, se procederá a verificar el cumplimiento por parte del oferente de los 
umbrales mínimos estipulados a tales efectos en el Art. 18° del presente Pliego Particular 
de Condiciones. 
ARTICULO 14: MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS 
 
Las propuestas, de acuerdo al Art. N° 28 de la Ley de Obras Públicas N° 8614, se 
consideran firmes y validas durante 30 (treinta) días a contar desde la fecha del acto de 
apertura. 
 
 
 
 
 
 
Asimismo, se entiende que tal compromiso se prorroga automáticamente cada treinta 
(30) días, de no mediar manifestación expresa en contrario por parte del proponente, con 
una antelación no menor a tres (3) días hábiles a la fecha de cada uno de los vencimientos. 
 
ARTICULO 15: DE LA APERTURA DE LA LICITACION 
 
En el lugar y hora fijados, se procederá, en presencia de la Autoridad Competente o por 
ante quien esta delegue y oferentes presentes, a la apertura de todos los sobres, según su 
orden de presentación, verificándose su contenido y dejando constancia de todo en acta. 
Los oferentes contarán con un plazo de DOS (2) días hábiles a contar desde la fecha de 
Apertura de la Licitación, para acompañar documentación que no revista carácter de 
esencial y que adviertan como faltante al tiempo de su presentación. 
 
 
CAPITULO III – EL ESTUDIO Y COMPARACION DE LAS PROPUESTAS 
 
ARTÍCULO 16: CAUSALES DE RECHAZO 
Será causal de rechazo de la propuesta, la omisión de cualquiera de los requisitos 
detallados a continuación: 
1) Garantía de la propuesta constituida por una suma equivalente al 1% (uno por ciento) 
del monto del Presupuesto Oficial Global estimado de la obra. La misma deberá de ser 
constituida por cualquiera de los medios establecidos en el Art. N° 20 del Decreto 
Reglamentario N° 1331-C-53 (T.O. N° 4758/77). 
 
2) Cláusula Anticorrupción – Prácticas Prohibidas: 
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en 
cualquier estado de la licitación o de la rescisión de pleno derecho del contrato dar u 
ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que: a) Funcionarios o empleados públicos con 
competencia referida a una licitación o contrato hagan o dejen de hacer algo relativo a 
sus funciones; b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario 
o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de 
hacer algo relativo a sus funciones; c) Cualquier persona haga valer su relación o 
influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin 
de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones. Serán considerados 
sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del 
Proveedor, directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, 
socios, mandatarios, gerentes, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o 
cualquier otra persona física o jurídica. Las consecuencias de estas conductas ilícitas se 
producirán aun cuando se hubiesen consumado en grado de tentativa. 
 
3) Antecedentes de Obras Ejecutadas, Contratadas y en Ejecución conforme lo establece 
el Art. 18.1 del presente Pliego. El incumplimiento del presente requisito, será causal de 
rechazo de la propuesta. 
 
 
 
 
 
 
 
Sin perjuicio de las causales de rechazo descriptas precedentemente, el oferente deberá 
cumplimentar la totalidad de la documentación exigida en pliego para ser adjudicatario 
de la presente obra. 
La Comisión de evaluación de ofertas podrá requerir a las empresas que subsanen 
defectos formales de la documental requerida, siempre y cuando no afecten 
sustancialmente la validez de la oferta ni alteren su esencia. 
 
ARTICULO 17: DE LA COMISION DE ESTUDIO Y VALORACION DE LAS OFERTAS 
 
 
La Comisión de Estudio y Valoración será integrada por tres (3) miembros de la Agencia 
Córdoba Deportes S.E.M., pudiendo requerir, en caso de así considerarlo, incorporar un 
miembro más perteneciente a la Secretaría de Arquitectura dependiente del Ministerio 
de Obras Públicas y Financiamiento y/o contratar asesoramiento técnico pertinente. 
 Será obligación de la Comisión de Estudio y Valoración de las Ofertas cotejar que la 
presentación de las ofertas que se hayan realizado en soporte digital sea coincidente con 
las presentadas en formato papel. 
La Comisión de Estudio y Valoración de las Ofertas, está facultada para requerir, 
mediante Cédula de Notificación, la información y/o documentación faltante o el 
completamiento respectivo, con posterioridad al acto de apertura. 
El oferente deberá suplir las deficiencias señaladas en el párrafo precedente, a entera 
satisfacción de la Comisión de Estudio y Valoración de las Ofertas, mediante su ingreso 
por Mesa de Entradas de la Comitente, dentro de los DOS (2) días hábiles de notificado. 
Caso contrario, la falta de subsanación por el oferente de las deficiencias advertidas por 
la Comisión en el plazo acordado, importará el rechazo de su propuesta. 
Para el caso de que el plazo antes consignado fuera insuficiente para el cumplimiento de 
lo requerido por la Comisión de Estudio y de Valoración de las Ofertas, el mismo podrá 
ser ampliado por igual lapso a solicitud por escrito del proponente. 
De no cumplimentarse con lo requerido en forma y tiempo, la Comisión Estudio y de 
Valoración de las Ofertas procederá, al rechazo de la propuesta. 
La Comisión de Estudio y de Valoración de Ofertas, revisará si se han cumplimentado 
en cada caso, todos los requerimientos para la licitación y procederá al estudio de las 
propuestas confeccionando planillas comparativas. 
La Comisión de Estudio y Valoración de Ofertas queda expresamente autorizada por los 
Señores Proponentes a solicitar información a Organismos Públicos y/o a terceros si lo 
considerase necesario, sin que por ello los proponentes puedan efectuar excepciones o 
reclamos de ninguna naturaleza. 
Toda adulteración o falsedad que se observase en la documentación presentada, como 
así también la recepción de informes sobre el proponente que recabare la Comisión de 
Estudio y Valoración de Ofertas y que resultara descalificante, facultará a la misma a 
proponer a la Autoridad Competente la desestimación de las propuestas en esas 
condiciones. 
 
ARTICULO 18: OFERTA MAS VENTAJOSA – METODOLOGIA DE EVALUACION 
 
 
 
 
 
 
 
La adjudicación, recaerá sobre la propuesta que a juicio de la Agencia Córdoba Deportes 
S.E.M., sea la más ventajosa entre aquellas que se ajusten a las bases y condiciones 
establecidas. La adjudicación será resuelta a través de un único renglón de contratación, 
independientemente del cómputo incluido en el Pliego de Condiciones Particulares. La 
presentación de las propuestas y su posterior estudio, no darán ningún derecho a los 
proponentes, pudiendo la Agencia Córdoba Deportes S.E.M., rechazar todas, si así lo 
considerare conveniente, o simplemente no adjudicar. 
 
Los umbrales admisibles para calificar estarán determinados por los siguientes 
indicadores, y en caso de Agrupamientos de Colaboración, se ponderarán los mismos en 
función del grado de participación declarado por las Empresas que componen el mismo. 
 
18.1. Antecedentes Empresariales:18.1.1 Calidad de trabajos ejecutados y cumplimiento de plazos: 
El oferente deberá contar con antecedentes que den cuenta de la calidad de las 
provisiones realizadas y el cumplimiento de plazos de las obras similares presentadas 
como antecedentes. 
Se considerará alcanzado el umbral mínimo, cuando las certificaciones de los comitentes 
y/o las notas de concepto aportadas, incluyan calificaciones no inferiores a “BUENO”. 
No serán tenidas en cuenta aquellas, obras cuyas calificaciones por parte de los 
comitentes sean inferiores a “BUENO”. 
La Comisión de Estudio de Ofertas está facultada a requerir las Notas de Concepto al 
oferente en caso de resultar ser necesario o en su defecto a solicitar informe a los 
Comitentes respecto de la calidad de ejecución de los trabajos y cumplimiento de plazos. 
 
18.1.2 Antigüedad de la Empresa: 
 Se requerirá de la Empresa oferente una antigüedad no inferior a DIEZ (10) años, 
demostrada mediante la inscripción en el Registro Público de Comercio, constancia de 
inscripción ante la A.F.I.P., o entidad que corresponda, según el lugar de emplazamiento 
de la empresa. 
 
18.2. Antecedentes técnicos: 
18.2.1 Obras Similares Realizadas: 
18.2.1.1 Se entenderá por obras similares, aquellas obras que por sus características 
principales: complejidad técnica, características técnicas y complejidad operativa, se 
asemejen a la provisión objeto de esta Licitación. 
 
18.2.1.2 Se evaluarán las provisiones similares ejecutadas por el oferente integralmente, 
debiendo acreditar haber realizado al menos, dos provisiones similares. 
 
18.2.1.3 Se considerarán las obras en ejecución, que no cuenten con Recepción 
Provisional, ni se encuentren paralizadas, siempre y cuando se justifique un avance 
conforme al Plan de Trabajo previsto, del TREINTA Y CINCO por ciento (35%) como 
mínimo. 
 
 
 
 
 
 
 
 
CAPITULO IV - ADJUDICACION 
 
ARTICULO 19: DE LA ADJUDICACION O RECHAZO DE LAS PROPUESTAS 
 
La adjudicación recaerá sobre la propuesta que, a juicio de la Autoridad Competente y 
previa evaluación de antecedentes técnicos, financieros, económicos, comerciales y 
empresariales, resulte la más ventajosa a los intereses de la Provincia y que se ajusten a 
las bases y condiciones establecidas para la presente contratación. 
La presentación de las propuestas y su posterior estudio no darán ningún derecho a los 
proponentes, pudiendo la Autoridad Competente rechazar todas, si así lo estimase 
conveniente. 
 
 
CAPITULO V – CONTRATO 
ARTICULO 20: DE LA FIRMA DEL CONTRATO 
 
Formará parte integrante del contrato: 
 
a) La documentación tenida a la vista al presentar la propuesta, incluidas las notas 
aclaratorias que se emitan. 
 
b) Presupuestos, y demás documentación técnica presentada por el adjudicatario 
documentación ésta que deberá contar con la expresa aprobación de la Comitente. 
 
c) Los instrumentos legales de adjudicación. 
 
d) La legislación especificada en el Art. 8 del presente P.P.C. 
 
El contrato será suscripto dentro de los CINCO (5) días a contar de la fecha de la 
notificación de la adjudicación de la obra. A tal fin el adjudicatario deberá acompañar la 
siguiente documentación: 
 
1) Presentación de garantía de contrato equivalente un porcentaje del 
CINCO por ciento (5%) del importe de la propuesta, constituida por cualquiera 
de los medios establecidos en el Art. 23 del presente P.P.C. 
2) Nombre de las personas que suscribirán el contrato con la documentación 
con las formalidades prescriptas en el Artículo 11 del P.P.C. que acredite el 
carácter que invocan. 
 
 
3) Cuando se traten de Contratos Asociativos como Unión Transitorias (UT), 
Agrupamientos de Colaboración (AC) o Consorcios de Cooperación, deberán 
además acompañar contrato social de esa unión, debidamente inscripto ante el 
 
 
 
 
 
 
Registro Público de Comercio, y constancia de Clave única de Identificación 
Tributaria (CUIT). 
 
ARTICULO 21: GARANTIAS 
 
Las garantías, cualquiera sea su fin, deberán conformarse mediante Fianza Bancaria, 
Seguro de Caución o cualquiera de los medios indicados en el Art. N° 22 de la Ley de 
Obras Públicas N° 8614. Queda exceptuado de lo expuesto la Garantía de Capacidad 
Económico-Financiera, la que sólo podrá de constituirse mediante Póliza de Seguro de 
Caución. 
Cuando se constituyan con Seguros de Caución deberán realizarse mediante pólizas 
que se adecuen a las disposiciones del Decreto N° 3925/69 y se encuentren aprobadas 
por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del Estado 
Provincial, emitidas bajo las siguientes condiciones: Calificación “A” o superior para la 
compañía como mínimo, según surja de constancias de Calificadoras de Riesgos 
nacionales e internacionales, la que necesariamente deberá constar en la póliza o en su 
defecto se deberá acompañar la certificación que acredite la misma. 
Las Compañías Aseguradoras, que emitan las pólizas, deberán en todos los casos, 
constituir su domicilio en la Ciudad de Córdoba renunciando al Fuero Federal o 
cualquier otro de excepción y aceptando someterse a la jurisdicción de los Tribunales 
Ordinarios de la Ciudad de Córdoba. 
La Fianza ofrecida podrá integrarse completando entre sí las distintas alternativas y 
podrá sustituirse durante su vigencia con la aceptación previa de la Autoridad 
competente. 
Los depósitos deberán efectuarse a la orden de la Agencia Córdoba Deportes S.E.M., en 
cuenta habilitada al efecto en el Banco de la Provincia de Córdoba. 
 
CAPITULO VI – PROVISIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS 
ADJUDICADOS 
 
ARTICULO 22: DE LA PROVISIÓN. 
 
El proveedor está obligado a realizar, por el precio cotizado, todas las provisiones y 
prestaciones necesarias para la concreción del contrato. 
El cumplimiento de las normas de calidad será una responsabilidad directa del Oferente. 
Deberá entenderse que los requerimientos técnicos y formales de este pliego son 
considerados mínimos y se deberán explicar todas aquellas ventajas y/o facilidades que 
mejoren las especificaciones solicitadas. 
Estas características deberán constar en la propuesta. La Agencia Córdoba Turismo 
S.E.M. se reserva el derecho a exigir oportunamente a las firmas oferentes o 
adjudicatarias, la documentación que respalde las citadas características. 
 
ARTICULO 23: DE LA RECEPCIÓN PROVISIONAL DE LOS BIENES Y/O 
SERVICIOS ADJUDICADOS 
 
 
 
 
 
 
 
La Agencia Córdoba Deportes S.E.M. procederá a la recepción de los bienes y/o servicios 
adjudicados. A tales efectos, confrontará la prestación con las especificaciones técnicas 
contractuales, la muestra presentada, la orden de compra y/o con los resultados de las 
pruebas que fuere necesario realizar, con el apoyo técnico de la Secretaría de 
Arquitectura de la Provincia en caso de ser necesario. En caso de verificar que la misma 
cumple con las condiciones establecidas, procederá a otorgar la conformidad de la 
recepción emitiendo en consecuencia la correspondiente Acta de Recepción Definitiva. 
Un (1) ejemplar de dicha acta será entregado al adjudicatario a los efectos del trámite de 
pago. 
En caso de verificar que los bienes entregados o los servicios prestados no cumplieran 
en cantidad y/o calidad con lo solicitado, se procederá a su rechazo y se intimará al 
Proveedor a realizar las acciones correspondientes para proceder al reemplazo de los 
bienes y/o prestar los servicios conforme lo adjudicado, dentro del plazo que se le 
otorgue. 
El Proveedor estará obligado a retirar los elementos rechazados dentro del plazo que se 
le fije, el que comenzará el día siguiente al de la notificación del rechazo. Vencido el lapso 
indicado, se considerará que existe renuncia tácita a favor de la Agencia Córdoba 
Deportes S.E.M. pudiendo ésta disponer de los elementos. Sin perjuicio de las 
penalidades que correspondieren, el Proveedor cuyos bienes hubieran sido rechazados 
deberá hacerse cargo de los costos de traslado y, en su caso, de los que se derivaren de 
la destrucción de los mismos. 
La recepción definitivase otorgará dentro del plazo de cinco (5) días de la recepción 
provisoria de los bienes o servicios, contados a partir del día siguiente de la fecha de 
entrega o prestación de los mismos. 
En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el Proveedor podrá intimar la 
recepción. Si la Agencia Córdoba Deportes S.E.M. no se expidiera dentro de los diez (10) 
días siguientes al de la recepción de la intimación, los bienes se tendrán por recibidos de 
conformidad. 
 
ARTICULO 24: VICIOS REDHIBITORIOS: 
La conformidad definitiva otorgada de acuerdo a lo normado en el artículo precedente, 
no libera al adjudicatario de las responsabilidades emergentes de los vicios 
redhibitorios que se adviertan durante el plazo de un (1) año, computado a partir de 
dicha conformidad, quedando el adjudicatario obligado a efectuar las reparaciones o 
reposiciones correspondientes en el mismo término y lugar que se indica en el presente 
pliego y la correspondiente Orden de Compra. 
 
ARTICULO 25: PERSONAL: 
El personal utilizado por la adjudicataria para realizar la entrega y/o retiro, no adquiere 
por esta contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con la Agencia 
Córdoba Deportes S.E.M., siendo por cuenta de la firma contratada todas las 
responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado. Queda 
bajo exclusiva responsabilidad de la firma adjudicataria todo accidente de trabajo que 
ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, como 
asimismo del cumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros, elementos 
 
 
 
 
 
 
de seguridad, indumentaria, beneficios y todas las obligaciones y responsabilidades 
emergentes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del 
contrato, sin excepción. 
El adjudicatario deberá cumplir con la totalidad de sus obligaciones Fiscales, 
previsionales, de la Seguridad Social y Sindicales. La Agencia Córdoba Deportes S.E.M. 
se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento la exhibición de los 
comprobantes de pago de los mismos y realizar verificaciones in situ. 
 
 
ARTICULO 26: DE LAS MUESTRAS 
 
Será obligatoria la presentación de muestras de los artefactos de iluminación propuestos. 
Éstas podrán ser presentadas, como máximo, hasta el momento de iniciación del acto de 
apertura, salvo que dicho pliego estableciera un plazo distinto, en el lugar prefijado. 
Asimismo el oferente podrá presentar muestras que contribuyan a ilustrar su oferta, pero 
en ningún caso podrá reemplazar con ellas las especificaciones técnicas fijadas en el 
Pliego de Condiciones Particulares. Las muestras deberán indicar en forma visible los 
datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura de 
las ofertas y la identificación del oferente. Como constancia de su recepción, se extenderá 
un recibo en original y copia. El recibo original será agregado al expediente en trámite, 
entregándose al oferente la copia. Las muestras correspondientes a los artículos 
adjudicados, quedarán en poder de la Comitente para ser cotejadas con las que entregue 
oportunamente el adjudicatario. Cumplido el contrato, quedarán a disposición del 
adjudicatario por el plazo de DOS (2) meses a contar desde la última conformidad de 
recepción. De no procederse a su retiro, vencido el plazo estipulado precedentemente, 
las muestras pasarán a ser propiedad de la Comitente sin cargo. En esos casos la 
Comitente queda facultada para resolver sobre el uso, venta o destrucción de las mismas, 
en este último caso cuando no tuvieren aplicación alguna. Las muestras presentadas por 
aquellos oferentes que no hubiesen resultado adjudicatarios quedarán a su disposición 
para el retiro hasta DOS (2) meses después de la comunicación efectuada por el 
organismo contratante de que las mismas están a disposición del oferente. En el caso en 
que no pasaran a retirarlas en el plazo fijado se utilizará el procedimiento citado en el 
párrafo anterior. Cuando las muestras sean "sin cargo", el oferente lo hará constar en la 
documentación respectiva. 
 
ARTICULO 27: PLAZO DE GARANTIA Y MANTENIMIENTO 
 
El plazo de garantía de la Provisión será de CINCO (5) AÑOS. Durante el mismo el 
Proveedor será responsable de la reparación de los defectos y/o desperfectos 
provenientes de la mala calidad de los materiales o de la ejecución deficiente de los 
trabajos de enfoque y calibración. En el mismo período (5 años) el Proveedor será 
responsable del Mantenimiento tanto del Sistema de Iluminación en general como de 
cada Luminaria en particular. El Oferente presentará en su propuesta el Programa de 
Mantenimiento correspondiente. 
 
 
 
 
 
 
 
ARTICULO 28: RECEPCION DEFINITIVA 
 
Transcurrido el plazo de garantía establecido en el Artículo anterior tendrá lugar la 
Recepción Definitiva, que se efectuará con las mismas formalidades que las Recepción 
Provisional y lo establecido en el Art. N° 81 del Decreto Reglamentario N° 1331-C-53 
(T.O. N° 4758/77). 
 
ARTICULO 29: DEVOLUCION DE LAS GARANTIAS 
Las garantías que tenga constituida el Proveedor serán devueltas de conformidad a las 
previsiones contenidas en los Art. N° 79 y 108 del Decreto Reglamentario N° 1331-C-53 
(T.O. N° 4758/77). 
Asimismo, se deja expresa constancia, que para el caso que el Proveedor haya 
constituido una Garantía en sustitución de su Capacidad Económico Financiera, 
conforme las prescripciones del Decreto N° 1419/17, su devolución operará en idéntica 
instancia a la devolución de la garantía por ejecución de contrato, conjuntamente con la 
aprobación del Acta de Recepción Provisional que da cuenta de la ejecución de la 
provisión objeto de la contratación. 
 
 
CAPITULO VII - CERTIFICACION Y PAGO DE LA PROVISION 
ARTICULO 30: CERTIFICACIONES Y FORMA DE PAGO 
 
La provisión objeto de esta Licitación será abonada CINCUENTA por Ciento (50%) al 
inicio de la prestación como se detalla en el Artículo 31, CUARENTA por Ciento (40%) 
a la entrega de las Luminarias y todo el equipamiento anexo, y el DIEZ por Ciento (10%) 
restante a la finalización de la prestación con la Puesta en Funcionamiento del Sistema 
de Iluminación. 
 
ARTICULO 31: ANTICIPO FINANCIERO (PAGO A CUENTA) 
 
La presente Provisión contempla el pago de un anticipo de la Provincia al Proveedor, 
del CINCUENTA por Ciento (50%) del monto de la Oferta, el que deberá liquidarse una 
vez al inicio de la prestación, una vez formalizada la Resolución de Adjudicación. Previo 
al trámite de la liquidación el Proveedor deberá presentar una garantía por el total del 
anticipo constituida por fianza bancaria de bancos con corresponsalía en Córdoba o 
Seguro de Caución emitido por Compañía autorizada por el organismo nacional 
competente y con domicilio constituido en la ciudad de Córdoba. La devolución del 
anticipo se realizará prorrateada en todos los certificados que se realicen y en todos los 
ítems. 
 
 
ARTICULO 32: REDETERMINACION DE PRECIOS 
 
 
 
 
 
 
 
OPCION N° 1: Será de aplicación lo establecido por Decreto Provincial Nº 800/2016 
“Régimen Provincial de Redeterminación de Precios por Variación de Costos para Obras 
Públicas”, a cuyo fin en los Pliegos Técnicos base de la presente contratación, se ha 
definido por el área técnica pertinente de esta Comitente, la estructura de costos de cada 
uno de los ítems del contrato, los que se encuentran integrados por lo factores de costos 
definidos en el artículo 10 de la referida normativa. 
 
ARTICULO 33: TRIBUTOS 
 
A) El Proveedor absorberá en su propuesta la totalidad de los tributos vigentes hasta el 
día de la licitación. 
La Comitente tomará a su cargo o beneficio las variaciones que en más o en menos se 
originen con motivo de modificaciones de la estructura impositiva contemplada en el 
costo contractual, según su respectivo porcentaje. 
 
B) También serán por cuenta del Proveedor y en consecuencia deberán ser incluidos en 
su propuesta el pago de todos los impuestos, tasas, patentes, regalías,derechos, etc. que 
se originen por la contratación de la Provisión objeto de esta licitación. 
 
C) La Comitente en su carácter de agente de retención de la Dirección General de Rentas 
de la Provincia de Córdoba, descontará el monto que corresponda en razón de Impuesto 
a las Ganancias. De igual modo procederá en relación a otros tributos que, conforme la 
Normativa vigente, tenga el deber de retener. 
 
D) A los fines de la aplicación del Art. 215 inc. 32 del Código Tributario Provincial 
modificado por la Ley N° 10.411 y el Art. 149 bis incorporado por Decreto N° 8/17, 
entiéndase que la presente Provisión será atendida íntegramente con recursos 
presupuestarios y/o financieros propios del Estado Provincial. 
 
ARTICULO 34: ACOPIO 
 
En la presente obra, la Secretaría de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas y 
Financiamiento, no emitirá y la Agencia Córdoba Deportes S.E.M. no abonará, 
certificados por acopio de materiales, cualquiera sea su naturaleza. 
 
CAPITULO VIII – SANCIONES 
ARTICULO 35: REGIMEN DE MULTAS 
 
Se aplicará lo que establece el Capítulo décimo del Decreto Reglamentario N° 1331-C-53 
(T.O. N° 4758/77) y el Art. N° 70 de la Ley de Obras Públicas N° 8614. 
 
De conformidad con lo dispuesto en dicha normativa, deberá considerarse: 
 
A - MORA EN LA FIRMA DEL CONTRATO: 
 
 
 
 
 
 
Si el Proveedor dejare vencer el plazo fijado para la firma del contrato sin concurrir a 
efectuarlo, o sin justificar su demora, a juicio de la Comitente, incurrirá en una multa del 
medio por mil (½ ‰) del monto de su contrato, por cada día de atraso. 
Esta multa será devuelta si se dejare sin efecto la adjudicación con pérdida del depósito 
de garantía. 
 
B - MORA EN LA PROVISIÓN: 
Si el Contratista no diere total y correcto cumplimiento a la provisión y/o realización de 
los servicios contratados dentro del plazo estipulado, incurrirá en una multa equivalente 
al uno por mil (1 ‰) del importe del contrato por cada día de atraso en la terminación 
de los trabajos. Se incluirán en el cómputo del plazo contractual las prórrogas y 
ampliaciones concedidas. 
 
E - FALTAS E INFRACCIONES: 
Si el Contratista cometiere faltas o infracciones al Pliego General o a los demás pliegos o 
a las órdenes escritas y/o resoluciones de la Comitente, se hará pasible a la imposición 
de multas que podrán variar del medio al uno por mil (½ al 1 ‰) del monto de su 
contrato según la importancia de la infracción a exclusivo juicio de la Secretaría de 
Arquitectura y siempre que no se trate de casos explícitamente contemplados en otros 
artículos. 
Estas multas podrán ser reiteradas diariamente hasta el cese de la infracción. En caso de 
persistencia contumaz o de abierto desacato del Proveedor, las multas impuestas no 
serán óbice para que la Autoridad Competente imponga penalidades de carácter más 
grave, pudiéndose llegar hasta la rescisión del contrato. 
 
ARTICULO 36: RESCISION DEL CONTRATO 
Se aplicará lo que establece en particular la Ley de Obras Públicas N° 8614, y sus 
pertinentes Decretos Reglamentarios. 
 
******* 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 ANEXO 1 AL PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES 
 
SOLICITUD DE ADMISION 
 
 
 
LICITACIÓN PÚBLICA N°……………. 
 
OBRA: 
 
UBICACION: 
 
A los fines previstos en la presente contratación de la obra.................... ............... convocado por la 
Provincia de Córdoba, quién suscribe................................ Con Documento de Identidad (Tipo y 
Nº) ..........................con domicilio (I).......................... Teléfono..................... en carácter de 
Representante Legal de la empresa (II)..................................... con domicilio de origen en 
(III)............................... solicita se considere su presentación, a cuyos efectos acompaña toda la 
documentación exigida en el Art. 12 del P.P.C. en sobre debidamente cerrado. Asimismo, declara 
que toda la información suministrada se aporta en carácter de Declaración Jurada y que como 
garantía de la Propuesta se adjunta (IV)..........................equivalente al uno por ciento (1%) del 
monto del Presupuesto Oficial de la Obra, cuyo plazo de vigencia es de................................. 
 
 
 
Director Técnico Proponente 
Nombre, título profesional Nombre, firma y 
Nro. de matrícula profesional sello aclaratorio 
Firma y sello aclaratorio Domicilio real 
Domicilio real. 
Observaciones 
 
 
(I) Domicilio del Representante Legal donde será notificado el Oferente durante toda la etapa Licitatoria. 
Será fijado dentro de la Provincia de Córdoba. 
(II) Nombre con que el Oferente se presenta a esta Licitación. Si es contrato asociativo, designar el nombre 
adoptado y el de cada una de las empresas que lo constituyen. 
(III) Indicar el domicilio de Origen de la Empresa Oferente. En caso de contratos asociativos, indicar el 
establecido para ésta y el de cada una de las integrantes. 
(IV) Constituida en alguna de las formas previstas en el Art. 23 del Pliego Particular de Condiciones. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 2 AL PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES 
 
DECLARACION JURADA DE DOMICILIO LEGAL 
 
 
 
 
 
LICITACIÓN PÚBLICA N°……………. 
 
OBRA: 
 
UBICACION: 
 
 
Los abajo firmantes, en nombre y representación de la/s Empresa/s 
Constructora/s................................................efectúan la presente declaración jurada de domicilio 
legal, fijando el mismo en calle: ..................Nro.........Piso.......Oficina...Te....... Sec. ....... de la Ciudad 
de………. - Provincia de Córdoba. 
Asimismo, quedamos obligados a comunicar fehacientemente a la Comitente dentro de las 24 
Horas de producirse cualquier cambio de domicilio. 
 
 
 
 
Proponente 
Nombre, firma y sello aclaratorio 
Domicilio real 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 ANEXO 3 AL PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES 
 
DECLARACIONES JURADAS 
 
LICITACIÓN PÚBLICA N°……………. 
 
OBRA: 
 
UBICACION: 
 
 
Los abajo firmantes, en nombre y representación de la/s Empresa/s 
Constructora/s................................................manifiestan con carácter de declaración jurada: 
- Que renuncia al Fuero Federal o a cualquier otra excepción que le pudiera 
corresponder y se somete a jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de 
Córdoba con materia contencioso-administrativa, de la Primera Circunscripción 
del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. 
- Que la cuenta corriente bancaria no ha sido cerrada por orden del Banco Central 
de la República Argentina durante el transcurso del último año, aún si la misma 
hubiese sido nuevamente habilitada. 
- Que no ha sido declarado en quiebra o en concurso preventivo o que, si lo fuere, 
acredite encontrarse debidamente facultado para participar en la presente 
licitación pública. 
- Que no pesa sobre el proponente inhabilitación civil, comercial o penal vigente, 
por sentencia judicial firme pasada en autoridad de cosa juzgada y que no hay 
inhabilitación de las mencionadas que pese sobre las personas físicas que 
integran sus órganos sociales, cuando el proponente fuera una persona jurídica. 
- Que aceptan en forma expresa el Artículo 36 del P.P.C. que dispone la retención 
de aportes previsionales de la certificación mensual. 
- Que han visitado el lugar de emplazamiento de la obra. 
 
 
Proponente 
Nombre, firma y sello aclaratorio 
Domicilio real 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 4 AL PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES 
 
FORMULARIO PROPUESTA 
 
 
LICITACIÓN PÚBLICA N°……………. 
 
OBRA: 
UBICACIÓN: 
 
 
 Los abajo firmantes, en nombre y representación de la/s 
Empresas..................................................................................................................... ...................................
...........................constituyendo domicilio legal y especial en calle ..........................................Nº................................. Barrio................................................ Piso...... Oficina........TE. .... ....................... 
Secc ..........., de la ciudad de …………-, de la Provincia de Córdoba, compenetrados de toda la 
documentación del proyecto para la provisión del epígrafe, ofrecen ejecutar todos los trabajos 
correspondientes y necesarios para la misma, con provisión de toda la mano de obra 
especializada y sus ayudantes, Representación Técnica, provisión de equipos, herramientas, 
vehículos de distinto tipo, máquinas, materiales de aplicación de consumo, etc., que sean 
necesarios para satisfacer cualitativamente y cuantitativamente los requerimientos de la 
provisión en un todo de acuerdo con los planos, planillas, pliegos, las mejores reglas del arte, la 
finalidad de la misma y el plazo establecido para su construcción y según las bases de la presente 
licitación, por la suma de 
pesos......................................................................................($.........................................), que incluyen 
IVA, como así también todos los demás impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, etc. 
Vigentes y de aplicación a la especie. 
La presente cotización es firme y válida por el término de sesenta (60) días. 
Declaramos bajo juramento tener total conocimiento y aceptación de los antecedentes y 
condiciones que rigen la presente licitación, como así también que se ha concurrido a verificar in-
situ las intervenciones a realizar. 
 
 
 
 
Proponente 
Nombre, firma y sello aclaratorio 
Domicilio real 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 5 AL PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES 
 
DETALLE DE OBRAS EJECUTADAS 
 
LICITACIÓN PÚBLICA N°……………. 
 
OBRA: 
UBICACIÓN: 
 
 
Obra Ubicación Sup. Cub. m2 Comitente Presupuesto Plazo en días Sistema Observación 
 Básico Final Contr. Final Constr. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El proponente deberá consignar en este formulario, todas las obras análogas ejecutadas, ya sean 
nacionales, provinciales, municipales o privadas. 
El proponente deberá de haber acompañado al Registro de Constructores de Obra Pública de la 
Provincia, de todas y cada una de las obras descriptas en el presente anexo, instrumento 
fehaciente que acredite los antecedentes denunciados. 
 
 
 
 
 
 
Proponente 
Nombre, firma y sello aclaratorio 
Domicilio real 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 6 AL PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES 
 
DETALLE DE OBRAS CONTRATADAS Y EN EJECUCION 
 
LICITACIÓN PÚBLICA N°……………. 
 
OBRA: 
UBICACIÓN: 
 
 
 
Obra Ubicación Sup. Cub. m2 Comitente Presupuesto Fecha de % de Plazo en Sistema Observación 
 Básico Inicio Avance Días Constr. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El proponente deberá consignar en este formulario, todas las obras análogas contratadas y en 
ejecución, ya sean nacionales, provinciales, municipales o privadas. 
El proponente deberá de haber acompañado al Registro de Constructores de Obra Pública de la 
Provincia, de todas y cada una de las obras descriptas en el presente anexo, instrumento 
fehaciente que acredite los antecedentes denunciados. 
 
 
 
 
 
 
 
Proponente 
Nombre, firma y sello aclaratorio 
Domicilio real 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 ANEXO 7 AL PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES 
ANEXO 7 
NOTA DE CONCEPTO - CALIFICACION DE LA CONTRATISTA 
 
Contratista: Fecha de Contrato: 
Obra: Plazo de Obra: 
Organismo Contratante: Ampliaciones de Plazo: 
Fecha de Apertura: Plazo Adicionales de Obra: 
Monto Contrato de Obra: Fecha Recepción Provisional: 
Monto Adicionales: Fecha Recepción Definitiva 
 
I – CONDUCTA EN RELACION A CON LAS DISPOSICIONES CONTRACTUALES 
1) Generales M. Bueno Bueno Regular Malo 
1- Cumplimiento Leyes Laborales 
2- Cumplimiento Pago Obreros 
3- Presencia Representante Técnico 
4- Cumplimiento órdenes de Servicio 
5- Responsabilidad en período de garantía 
 
2) Cumplimiento de Plazos M. Bueno Bueno Regular Malo 
1- Marcha Obra en relación al Plan Trabajo 
 
3) Calidad de los Trabajos Ejecutados M. Bueno Bueno Regular Malo 
1- Calidad de los materiales utilizados 
2- Detalles de terminación de obra 
3- Cumplimiento normas de construcción 
 
II – CAPACIDAD TECNICA DEMOSTRADA 
1- Suficiencia de Equipos afectados a obra M. Bueno Bueno Regular Malo 
2- Calidad del Personal en Obra 
3- Cantidad de Personal en Obra 
4- Organización de los Trabajos 
 
 
Observaciones: 
La presente Nota de Concepto deberá de ser completada por la inspección de obra actuante al 
concluir los trabajos, elevada a la máxima autoridad del Organismo Contratante y notificada a la 
empresa contratista. Se labrarán tres (3) ejemplares, uno (1) quedará en poder del contratista, otro 
será incorporado al Expediente y un último ejemplar se remitirá al Registro de Constructores de 
Obra Pública. 
 
 
 
 
 
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ANEXO II 
 
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 
“PROVISIÓN SISTEMA DE ILUMINACION LED PARA 
EL CAMPO DE JUEGO DEL ESTADIO M ARIO 
ALBERTO KEMPES” 
 
1. ALCANCE DEL SERVICIOALCANCE DEL SERVICIO: 
Las presentes especificaciones establecen los requisitos técnicos para la compra de un 
nuevo Sistema de Iluminación con Tecnología Led para la iluminación del Campo de 
Juego del Estadio Mario Alberto Kempes de la Ciudad de Córdoba, apto para la 
transmisión de espectáculos deportivos en directo por TV con definición Full HD 4K, 
respondiendo a los parámetros preestablecidos por Conmebol para el año 2022. 
Sólo se aceptarán equipos nuevos, de primera mano. Bajo ninguna circunstancia se 
aceptarán equipos reciclados o usados. 
 
2. REFERENCIAS NORMATIVAS: 
El presente documento ha sido elaborado en base a los lineamientos establecidos por las 
siguientes Normas: 
 Ley 19587 (Seguridad e Higiene en el Trabajo). 
 IP 66 
 IP 65 
 ISO 14001 
 IRAM 62404-2:2006 (Clase de Eficiencia Energética) 
 Norma IEC/PAS 62612 
 Norma IEC62560 
 
3. GLOSARIO: 
Lm: Lumen, unidad de flujo luminoso. Sistema Métrico Legal Argentino y Sistema 
Internacional. 
Lx: Lux 
CRI: Indice de Reproducción Cromática 
K: Grados Kelvin 
W.: Watts 
V.: Voltio 
 
 
 
 
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4. SISTEMA ILUMINACION CAMPO DE JUEGO: 
4.1. GENERALIDADES: 
El objetivo principal de esta Licitación Pública es dotar al Estadio Mario Alberto Kempes 
de un Sistema de Iluminación de última generación (Tecnología Led) que cumpla con 
los estándares que establece la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) 
sobre el Campo de Juego para la realización de partidos de fútbol profesional de nivel 
internacional, de acuerdo con los requisitos de calidad de video digital de los medios, 
para el año 2022, y en segunda instancia que este sistema sea capaz de generar múltiples 
escenarios de iluminación, por medio de proyectores de alto rendimiento equipados con 
tecnología LED, evitando causar molestias por deslumbramiento a jugadores y árbitros, 
y así mismo la contaminación lumínica del entorno y el deslumbramiento de los 
espectadores. 
 
Para esto el Proveedor deberá presentar el Proyecto de un Sistema de Iluminación del 
Campo de Juego del Estadio Mario Alberto Kempes, corregido y adecuado a las 
observaciones que la Comisión de Estudio y Valoración de las Ofertas establecida en el 
Art. 16 del PCP haya indicado en la etapa de adjudicación, de manera de dar absoluto y 
estricto cumplimiento a los parámetrosque al respeto establece Conmebol, respetando 
la metodología de cálculo y los criterios de medición de la Iluminancia real final del 
Sistema de Iluminación efectivamente instalado y calibrado que la mencionada entidad 
establece. 
Tanto el calibrado y enfoque de los artefactos de iluminación, como la puesta a punto y 
puesta en funcionamiento del Sistema forman parte de esta licitación. No forma parte de 
esta licitación la instalación de los artefactos de iluminación que será objeto de otro 
contrato. 
No obstante, el Proveedor no podrá aducir a defectos de instalación eventuales fallas de 
las luminarias provistas. En caso de que una o más luminarias fallaran será obligación 
del Proveedor la reposición inmediata de nuevas luminarias, quedando para un 
diagnóstico posterior el origen de la falla de la/s luminaria/s reemplazada/s. Esta 
reposición correrá por cuenta y cargo del Proveedor. 
 
4.2. ILUMINACIÓN CAMPO DE JUEGO 
 
La iluminación del campo deberá ser regulable, tener la capacidad de generar shows y 
escenas pre programadas, así como la operación on-line por medio de consolas de 
diferentes escenas lumínicas. 
 
El proyecto lumínico se deberá realizar con proyectores equipados con tecnología de 
LEDs con una potencia individual no mayor a los 1600W equipados con driver 
multivoltaje (90/270V) ó (230/400V) 50-60Hz, con módulos de LED intercambiables 
para su futuro mantenimiento, con un Índice de Reproducción Cromática > 80 y una 
Temperatura de color 5700 K°, Gradiente <15 y Factor de mantenimiento 0.90 
 
Se deberá utilizará un protocolo de comunicación RDM-DMX para controlar 
individualmente cada una de las luminarias por separado, en su conjunto o en diferentes 
grupos asignados. 
 
Para la Iluminación del Campo de Juego se deberán utilizar no más de 252 proyectores, 
distribuidos según proyecto lumínico a presentar como anexo integrante de la Oferta. 
 
 
 
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La Potencia Total instalada para la iluminación del Campo de Juego no deberá superar 
los 400 kW. 
 
El proyecto lumínico debe tener especialmente en cuenta que el objetivo es contar con 
un sistema específicamente diseñado para la transmisión de partidos de fútbol y otros 
eventos en forma directa por TV, aspecto fundamental para el desarrollo del Complejo. 
 
Es indispensable que el Índice de Reproducción Cromática IRC o RA no sea inferior a 80 
y que la Temperatura Color de la luz sea de 5700K°. 
 
La posición y distribución indicativa de los proyectores será la siguiente: 
 
 
Para la evaluación del proyecto, y en consecuencia, para la determinación de las 
características de los artefactos de iluminación, se establecen los siguientes criterios y 
especificaciones: 
 
 
 
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- Iluminancia Horizontal: la trama o rejilla de referencia para presentar los 
cálculos de Iluminación y su uniformidad será a (+0,25 m) sobre la superficie 
de Campo de Juego, y se empleará una rejilla de 21mx15m en toda la 
extensión de la cancha, para recopilar las mediciones y calcular la iluminación 
máxima, mínima y media del campo de juego y las uniformidades U1 y U2 
- Para el cálculo de iluminación se establece que la grilla cumpla con los 
requerimientos establecidos en la norma de la CIE 169. La trama de cálculo 
debe contener 315 puntos de medición: Separación en X: 21 pts. - Separación 
en Y: 15 pts. 
 
 
- Iluminancia Vertical: la trama o rejilla de referencia para presentar los 
cálculos de Iluminación y su uniformidad estará ubicada a (+1,50 m) sobre la 
superficie del Campo de Juego, y se empleará una rejilla de 21mx15m en toda 
 
 
 
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la extensión de la cancha, para recopilar las mediciones y calcular la 
iluminación máxima, mínima y media del campo de juego y las 
uniformidades U1 y U2, las mediciones se deberán realizar en el sentido 
longitudinal y transversal al campo de juego en ambos sentidos 
 
 
 
- Uniformidad: Los coeficientes de uniformidad se expresarán como la 
relación entre el valor de iluminancia mínima y máxima (U1) y la relación 
entre el valor de iluminancia mínima y media (U2). 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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4.3. INDICE DE DESLUMBRAMIENTO 
 
En todos los casos el índice de deslumbramiento no será mayor a 50 medido en 24 
ángulos distintos. 
 
 
4.4. FACTOR DE MANTENIMIENTO (de proyecto) 
 
Se deberán presentar los cálculos lumínicos, certificando los niveles de iluminación para 
cada uno de los encendidos del estadio, garantizando los niveles de iluminación 
aplicando un factor de mantenimiento de proyecto de 0,90. 
 
4.5. NIVELES DE ILUMINACIÓN MÍNIMOS A CUMPLIR POR EL PROYECTO: 
 
Se deberá considerar el desgaste y la depreciación de las luminarias para poder medir 
en el año 2022 la Iluminancia Vertical Media (Ev med) establecida por Conmebol cuyo 
valor es de 1300 lux. 
 
 
4.6. LUMINARIAS 
 
El proyecto de iluminación deberá ser realizado con no más de 252 proyectores y 
utilizar al menos tres (3) ópticas distintas para garantizar los valores del proyecto. 
 
4.6.1. CARACTERÍSTICAS DE LAS LUMINARIAS 
 
• Las Luminarias deberán ser de última tecnología LED que permita un control 
instantáneo y dinámico de la iluminación de sistemas ópticos altamente eficientes. 
• El fabricante deberá tener soporte global en el desarrollo de iluminación para la 
transmisión por TV. 
 
• Los reflectores deberán poseer un diseño de óptica que proporcionen luz eficiente. 
• Los reflectores no deberán generar efecto de parpadeo en aplicaciones televisadas. 
Factor de Flicker =<1 
• El sistema deberá garantizar una gestión térmica eficaz para maximizar la vida útil y 
minimizar los costos de mantenimiento. 
• La caja del controlador DMX avanzado deberá cumplir con los más altos estándares 
de rendimiento permitiendo que la luminaria interactúe con un sistema de control 
dinámico de iluminación para aumentar el valor teatral y emocional de los deportes 
para el público de TV, espectadores y jugadores. 
• Los proyectores deberán ser de aluminio inyectado a presión en una sola pieza y con 
tres módulos LED y el controlador de la luminaria no podrá ser tipo remoto. 
• La unidad de controlador de alta potencia individual deberá estar separada del 
proyector con un sistema de cableado simple que permita el control de iluminación 
externo a través del protocolo DMX-RDM 
• El paquete de lúmenes de la fuente será de hasta 195,000 lm CRI> 80), con 
tolerancias de +/- 7% y hasta 120 lm / W de eficacia del sistema. La potencia del 
proyector será de hasta 1600 W 
• Temperatura de color correlacionada. (CCT): Blanco frío (CW) 5700 K (tolerancias en 
CCT: +/- 400 K) 
 
 
 
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• Índice de reproducción cromática (CRI) mín: 80 
• TLCI por código de color: 65 (857) 
• SDCM (elipse MacAdam): <5 
• Los reflectores deberán ser adecuados para un rango de temperatura de 
funcionamiento de -40 ° C hasta + 45 ° C. Las unidades de controlador deberán ser 
adecuadas para una temperatura ambiente máxima de + 45 ° C. 
• Todos los reflectores y la unidad de controlador externo deberán poseer clase de 
aislamiento eléctrico Clase I y el grado de protección será IP66 y resistencia al impacto 
de IK08 
• La unidad del controlador seráadecuada para 230V / 50-60Hz o 380-400V / 50-60Hz 
(fluctuaciones de voltaje de suministro de red - / + 10%). Corriente de entrada 20 A 
durante 160 µs a 230 V de red y 30 A durante 160 µs a 400 V de red. El factor de 
potencia deberá ser > 0.95 a plena potencia. La protección contra sobretensiones 
(integral del conductor) deberá ser de 10 kV como estándar para todos los reflectores 
• Vida útil de la luminaria / mantenimiento de la luz: 50000 hs a 25 ° C 
• Vida útil de la unidad del controlador: 50000 horas en el rango de temperatura de 
operación y la tasa de falla 0.5% por 5000 horas 
 
4.6.2. DIMENSIONES Y PESOS: 
Las luminarias deberán tener una dimensión tal que permita que sean alojadas en las 
Torres de Iluminación y en las Pasarelas existentes: 
Dimensiones de la luminaria: aproximadamente 800 x 1000 x 150 mm (a verificar por la 
oferente in situ) 
Peso de la luminaria: entre 30 kg y 35 kg (tolerancias de peso: +/- 10%) 
 
4.6.3. MATERIAL / ACABADO 
• La carcasa del reflector y la unidad del controlador, y el soporte de montaje deberán 
estar fabricados en aluminio inyectado a presión, no corrosivo, 100% reciclable, 
contenido de cobre de aluminio Cu <1,3%, resistente a vibraciones causadas por fuertes 
vientos y tormentas. 
• Plásticos y cables con protección UV. 
 
4.6.4. INSTALACIÓN DE LUMINARIAS Y CONEXIONES ELÉCTRICAS 
• Soporte de montaje resistente en forma de U con posibilidad de fijación de 3 puntos 
mediante pernos tipo M20 
• Posibilidad de apuntar verticalmente desde la horizontal: -90⁰ / + 90⁰ y montaje de 
pie o colgado (no apto para iluminación ascendente) 
• Las luminarias se deberán suministran con una caja de conexión eléctrica que 
permite el cableado entre el reflector y la caja del controlador. Entrada de cable a través 
del prensacables 1xM25 apto para un diámetro de cable entre 13 y 18 mm y cableado 
con terminales sin tornillo para cables de hasta 2.5 mm² 
 
4.6.5. INSTALACIÓN DE LA UNIDAD DEL CONTROLADOR Y CONEXIONES 
ELÉCTRICAS 
• Preferentemente preinstalado en la luminaria. 
• La unidad del controlador deberá tener un fácil acceso a las terminales para las 
conexiones eléctricas después de abrir una cubierta. La conexión eléctrica y el cableado 
 
 
 
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se realizarán a través de terminales sin tornillos adecuados para cables de hasta 4 mm² 
para entrada de red y entrada de cable a través del prensacables 1xM25 que acepta un 
diámetro de cable entre 13 y 18 mm (sin entrada / salida de cableado) y para cables de 
hasta 2, 5 mm² para salida a luminaria y entrada de cable a través de prensa cables 
1xM25 que acepta un diámetro de cable entre 13 y 18 mm. 
• Interfaz de control DMX y conectividad a través de conectores 2xRJ45. Entrada de 
cable a través del prensacables 1xM20 que acepta dos cables (entrada / salida) de 6 mm 
(+/- 1 mm) de diámetro para conectarse a los conectores RJ45 ubicados dentro del 
compartimiento eléctrico de la unidad de controlador externo. Instalador para conectar 
los conectores machos de RJ45 después de pasar por el cable a través del prensacable. 
 
4.6.6. CERTIFICACIONES 
Las luminarias deberán cumplir con las siguientes certificaciones: 
• ENEC 
• CE 
• Reciclabilidad RoHS 
 
4.6.7. NORMAS Y ESTANDARES A CUMPLIR POR EL FABRICANTE: 
 
• Directiva de bajo voltaje (LVD), 2006/95 / CE 
- EN 60598-1: 2008 + A11: 2009 Luminarias: requisitos generales y pruebas 
- EN 60598-2-5: 1998 + AC: 1998 Requisitos particulares Luminarias para iluminación 
de inundación 
- EN 62031: 2008 Módulos led para iluminación general 
- EN 62471: 2008 Seguridad fotobiológica de lámparas y sistemas de lámparas. 
• Directiva de compatibilidad electromagnética (EMC), 2004/108 / CE 
- EN 55015: 2006 + A2: 2009 Límites y métodos de medición de las características de 
perturbaciones de radio de iluminación eléctrica y equipos similares 
- EN 61547: 2009 Equipos para iluminación general - Requisitos de inmunidad EMC 
- EN 61000-3-2: 2006 + A1: 2009 + A2: 2009 Compatibilidad electromagnética (EMC). 
Límites. Límites para las emisiones de corriente armónica (corriente de entrada del 
equipo ≤ 16 A por fase) 
• Restricción del uso de ciertas sustancias peligrosas en equipos eléctricos y 
electrónicos Directiva (RoHS), 2011/65 / CE 
- EN 50581: 2012 
• Resistencia al impacto del producto IK08 según la norma EN 62262 
• Cumple con la prueba de pulverización de 500 horas 
- Espesor de la capa de pintura con el estándar NFT 30-120 equivalente con ISO 2808-
2007 e ISO 19840 
- Adhesión de la pintura conforme a NF EN ISO 2409 
- Adhesión de la pintura al soporte después de inmersión en agua queja con la prueba 
NF EN ISO 2812-2 
 
4.7. SISTEMA DE CONTROL 
 
4.7.1. ELEMENTOS DEL SISTEMA DE CONTROL 
 
El sistema de control deberá estar conformado por (no taxativo): 
 
 
 
 
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Cant DESCRIPCION 
1 Touch Panel 
1 Caja para Montaje de Touch Panel en Pared 
1 PLC principal del Sistema 
8 Modulo I/O para interface contactos secos con terceros 
9 SWITCH DE RED 
8 Convertidor RDM/DMX 
 
 
4.8. ESQUEMA DE CONEXIÓN SISTEMA DE CONTROL 
 
Esquema de conexión DMX a nodos tipo LUMINEX ARTNET para el control de los 
proyectores 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Cada nodo tipo LUMINEX posee 4 salidas. Por cada salida se deberá conectar hasta un 
máximo de 8 drivers, total 32 luminarias. La distancia máxima entre el nodo tipo 
LUMINEX y el último proyector no deberá superar los 200 mts 
 
 
4.9. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SISTEMA DE CONTROL 
 
Solución de iluminación totalmente dedicada para instalaciones de eventos deportivos 
y multiusos y que se puede adaptar a la infraestructura del sitio. El sistema, incluido en 
las luminarias, está previsto para instalaciones de reequipamiento o nuevas 
instalaciones. El mismo es confiable durante todo el ciclo de vida y no es sensible a 
ninguna condición electromagnética (EM). Deberá estar construido a partir de un 
conjunto de componentes del sistema en red conectados a un controlador o una serie 
de controladores. 
 
Funcionabilidad 
 
 El sistema debe ser Escalable 
o Se debe poder sincronizar con 40 controladores mínimo a través de la 
red de interconexión. 
 El sistema debe poder en Simultaneo con múltiples protocolos de comunicación 
o Solamente Limitado por canales parcheados, no universos utilizados 
 
 
 
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Características y Prestaciones del sistema 
 
 DMX: activa los cambios dentro de un rango o ingresa a un rango 
 Creación de secuencias de comandos: secuencias de comandos para una 
flexibilidad total 
 Interfaz de usuario y aplicación 
 Interfaces / aplicaciones de usuario dedicadas para el control de escenas de 
iluminación (niveles de atenuación por grupos de luces, activación de 
secuencias de atenuación) portátiles o cableadas, Pantalla táctil, tableta, 
Smartphone 
 
 
5. MARCAS Y LEYENDAS: 
Tanto sobre el cuerpo de las luminarias en general, como así también sobre las diferentes 
piezas y/o componentes, deberá figurar en forma legible e indeleble la siguiente 
información: identificación del producto, marca y número de código o catálogo del 
fabricante y número de serie o lote. 
 
 
 
 
6. CONDICIONES DE ENTREGA: 
Para la entrega provisional de las Luminarias se deberán observar los siguientes 
requisitos: 
a. Las Luminarias deberán entregarse embaladas de acuerdo a sus 
características para mantenerlas al resguardo de posibles golpes y de 
condiciones ambientales adversas. 
b. Dicho embalaje no deberá presentar golpes y/o deformaciones de ningún 
tipo en su exterior. 
c. Los siguientes datos deberán constar claramente en el exterior del embalaje: 
Razón Social del Fabricante, Identificación

Otros materiales