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SOLICITUD DE COTIZACION N: 2020/000018 
FECHA EJERCICIO ESTADO 
26/06/2020 2020 ENVIADA PENDIENTE 
EXPEDIENTE N: 0034-092845/2020 
PUBLICADO EN COMPRAS PÚBLICAS: Si 
, GOBJERNJO DE LA 
FPi 
 
PROVINCIA DE 
CORDOBA 
115- Ministerio De Finanzas 
45 - Ministerio De Finanzas 
1 1 JUL 2020 
Condiciones de Contratación 
- Generales y Particulares - 
Cap. 1: Generalidades 
Art. 1. Tipo de procedimientos de selección: Subasta Electrónica Inversa 
Art, 2. Objeto de la contratación: SERVICIOS DE AUDITORÍA PARA EL SEGUIMIENTO Y CONTROL SOBRE EL 
CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y LOS COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA CONTRATISTA - SERVICIOS 
Y CONSULTORÍA S.A. Y CÍA. DE GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN S.A. - UNIÓN TRANSITORIA- EN 
LA ASISTENCIA Y COLABORACIÓN PARA OPTIMIZAR LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS A CARGO DE LA 
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA (LICITACIÓN PÚBLICA DECRETO 1429/2017) Y 
SERVICIO DE AUDITORÍA PARA EL CONTROL ECONÓMICO-CONTABLE DE LAS LIQUIDACIONES POR COMISIÓN 
BASE, PREMIO POR RESULTADOS, FONDO PARA INCENTIVO AL PERSONAL -FIP- Y FONDO PARA OBRAS Y 
TECNOLOGÍA -FOT- (ANEXO F DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES APROBADO PARA EL CITADO 
INSTRUMENTO LEGAL) Y PARA EL CONTROL DE EJECUCIÓN Y RENDICIONES DE CUENTA DEL FONDO PARA 
OBRAS Y TECNOLOGÍA -FOT-(ANEXO F PUNTO 1.4) EN EL MARCO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA DECRETO 
1.429/2017. POR EL TÉRMINO DE 19 MESES. 
Art. 3. Régimen legal: La presente contratación se regirá por las siguientes normas: 
a) Ley No 10.155, Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración Pública Provincial, sus modificatorias 
ydisposiciones complementarias. 
b) Decreto Reglamentario N° 305/2014 y modificatorias. 
c) Decreto 1160/2016 y modificatorias. Régimen Provincial de Redeterminación de Precio por Variación de Costos para 
Provisión de Bienes y Prestación de Servicios. 
d) Resolución N 149/2020 de la Secretaría General de la Gobernación, en cuanto fuere apIicEij' 
e) Resoluciones emanadas de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependientlae i 
Finanzas. 	 1 F0L0 
f) Pliegos de bases y condiciones generales y particulares que rigen la presente contratación. LEY 
g) Pliego de especificaciones técnicas que rigen la presente contratación. 	 DCTO 
h) Ley Impositiva Anual vigente de la Provincia de Córdoba. 	 RESOL 	O1 
i) Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial. 
Para los casos no previstos expresamente en los cuerpos legales antedichos, se aplicarán las disposiciones que rigen 
el procedimiento administrativo de la Provincia, Ley N 5.350 (T.O. Ley N° 6658) y sus modificatorias, los principios 
generales del Derecho Administrativo y subsid ¡aria mente los del Derecho Privado 
La presentación de la oferta por el proponente en la Subasta Electrónica Inversa, implica que conoce todo 1-régimen 
legal indicado y que lo acepta lisa y llanamente en todas sus partes. Todo agregado, modificació 	itución, 
alteración, salvedad o cláusula que el oferente consigne en la formulación de su propue
.
.1 a-1 ,será de ningún valor y se 
tendrá por no escrita, manteniéndose inalterada la regulación normativa- conf 	e.las—diSposiciones dl1tíc4 21 de 
la Ley N 10 155 su Dec 	n 	N 	184 sua 	ioatoria 
- 
- CS-U S-1 
L 	! 	 565a m 	
agina Ide 8 
el Bustos Pe 
)iAc3LeYak 
" 	.._ 	 ,misterio de Fin 
Art. 4. Domicilio a los fines de la contratación: Se considerará domicilio electrónico al usuario y contraseña, 
generado a través del trámite de Registro en el Portal Web de Compras Públicas (Compras y Contrataciones). 
Solo podrán participar de un procedimiento de Subasta Electrónica Inversa los proponentes que se encuentren 
registrados en dicho Portal conforme a lo establecido por el artículo 8.2.1.4 del Decreto Reglamentario N° 305/2014, 
Para Registrarse en el Portal de Compras Públicas, deberán ingresar a la página web: compraspublicas.cba.gov.ar, en 
la sección Proveedores, donde encontrarán mayor información a este fin o 
comunicarse con el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado, vía correo electrónico al 
ropyce.compraspublicas@cba.gov.ar o telefónicamente al (0351) 447-4875. 
Art. 5. Jurisdicción: Las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios competentes en la Primera 
Circunscripción del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, para resolver cualquier controversia emergente de la 
presente subasta electrónica inversa, haciendo expresa renuncia al Fuero Federal o cualquier otro de excepción que 
pudiera corresponder. 
Art. 6. Aclaratorias 
- Lugar de consulta: Los interesados que posean dudas y/o quieran realizar consultas, podrán evacuarlas 
a través del portal web oficial de compras y contrataciones: Compras Públicas, ingresando a la página web 
que se detalla a continuación: compraspubiicas.cba.gov.ar, con su usuario y contraseña. Deberán dirigirse 
a la acción: Preguntas y Respuestas de la Sección: Mis Invitaciones, respecto del procedimiento (le 
subasta electrónica inversa en el cual se está participando. Las mismas serán respondidas y podrán ser 
visualizadas por todos aquellos oferentes que se encuentren registrados en Compras Públicas. 
- 	Fecha y horario de consulta: 29/06/2020 12:00 Hs. 
- 	Referente para contacto: Área Contrataciones de la Dirección General de Coordinación Operativa del 
Ministerio de Finanzas. 
- Teléfono: 
Art. 7. Observaciones: Efectos jurídicos del llamado: La autoridad competente no queda obligada ni asume 
responsabilidad alguna por el llamado a subasta electrónica inversa, pudiendo dejarlo sin efecto en cualquier estado del 
trámite previo a la adjudicación, conforme lo especificado en el artículo 4 del Decreto N 969/2018 modificatorio del 
Decreto Reglamentario No 305/2014. Efectos jurídicos de la presentación: La presentación de ofertas implica la 
aceptación de todas las estipulaciones que 
rigen la contratación, en virtud de lo normado por el artículo 21 de la Ley N° 10.155. 
Cap. II: Garantías 
Art. 8. Tipos y Formas de Garantía: Exceptuado en los términos de lo dispuesto por el artículo 24.4 del Decreto N" 
305/2014 y sus modificatorios, Reglamentario de la Ley N10.155. 
Cap. III: Presentación de propuesta 
Art. 9. Forma de presentación: Los oferentes que se encuentren habilitados para participar de una subasta 
electrónica inversa, es decir que se encuentre'ñ"Registrados en Compras Públicas, en los términos del articulo 8.2.1.4 
del Decreto Reglamentario N 305/2014 y que estén interesados en subastar, podrán realizar sus lances, a través del 
portal web oficial de compras y contrataciones, dentro del día y horario establecidos en los artículos 11, 12 y 13 de las 
presentes condiciones decontratación generales y par-tic 11 	 *'1, 	 ". 
El precio de r rencia o precio de arr,que de/la suta6 	rónicas 	s 	 ad 	s. condiiones de 
1 1 A 	
7 	 Paglna 2 de 8 
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7 JUL 2020 
contratación - especificaciones técnicas. Las ofertas electrónicas que superen el mismo serán inadmisibles y el 
sistema las rechazará automáticamente. Asimismo, para mejorar la última oferta admisible, los proponentes deberán 
respetar los márgenes mínimos de mejora de ofertas conforme el artículo 14 de las presentes condiciones de 
contratación generales y particulares, es decir que entre la última mejor oferta admisible y la nueva oferta realizada 
deberá haber una diferencia de precio equivalente al porcentaje de mejora, caso contrario el sistema rechazará la 
misma en forma automática. Durante el período de lances, los oferentes podrán visualizar on -line todos los lances 
admisibles y la posición de los mismos en el orden de prelación según la oferta realizada, sin perjuicio de la 
confidencialidad que se mantendrá sobre la identidad de los oferentes. Para el caso de que en el curso de una subasta 
electrónica inversa, dos o más proponentes ofertaran el mismo ítem a igual precio, el sistemaregistrará los lances 
según el orden en se hubieran enviado cronológicamente dichas ofertas. 
Art. 10. Lugar de presentación: Las ofertas serán presentadas electrónicamente a través de su usuario y 
contraseña, generado con su Registro en Compras Públicas, conforme a lo indicado en las presentes condiciones de 
contratación generales y particulares. 
Art. 11. Fecha de subasta: 30/06/2020 
Art. 12. Hora do inicio de la subasta: 08:00 Hs. 
Art. 13. Hora do finalización de la subasta: 12:00 Hs. 	
FOLIO 
LFY 
Art. 14. Margen mínimo de mejora de ofertas: 1.0000% 	
CTO 
Art. 15. Plazo de mantenimiento de la oferta: 60 Días 
Art. 16. Documentación a presentar: El oferente que haya quedado primero en el presente procedimiento de subasta 
electrónica inversa deberá acompañar, dentro del plazo de cinco (5) días contados a partir del día siguiente de la 
notificación del acta de prelación, la siguiente documentación: 
1) Documentación legal sobre el oferente y su capacidad jurídica: 
1.1) Constancia de inscripción en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado, o constancia de inicio 
del trámite de inscripción debidamente presentado en Mesa de Entradas del Ministerio de Finanzas, sito en Av 
Concepción de Arenal N 54 esq. Chile, entendiéndose por tal el formulario de inscripción generado a través de su 
cuenta de usuario en Compras Públicas, la cual podrá gestionarse ingresando a la dirección 
compraspublicas.cba.gov.ar, en la sección Proveedores. 
1.2) Si no contara con constancia de inscripción en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado vigente 
o constancia de inicio de trámite de inscripción, deberá acompañar la siguiente documentación: 
A) Para las PERSONAS JURÍDICAS: 
al) Contrato social o estatuto y, cuando corresponda, actas de autorización para presentarse al procedimiento de 
selección articulado, debidamente inscriptos. 
a.2) Documental social de designación de las autoridades que concurran en representación de la persona jurídica o, en 
su caso, poder general o especial que otorgue las facultades suficientes para obligar al sujeto oferente. 
a.3) Constitución de domicilio especial en la provincia de Córdoba a los fines de la contratación. 
B) Además, deberán presentar copia expedida por la Administración Federal de Ingresos Públicos éla ClaveÚ%de 
Identificación Tributaria (CUIT). 	
/ 
2) Documentación acreditante de lo exigido en el punto "H" del PliegQ
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 de 	ifi Çiones Técnicas. 
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¡COLAS RA".P 
S UAF Im'Í eslón- 	OJ 08 6:55a. 	 le 
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Ab Mi el Áe ustos Revol 	 Mnster'c i 1- rzrizas 
Jete de Atea L 	s 
'o 
 
Dirección de AstntoS L 9 
MineteriO de Finana 
La mencionada documentación deberá ser presentada en la Mesa de Entradas del Ministerio de Finanzas (SUAC), sito 
en Av. Concepción de Arenal N° 54 esq. Chile, dentro del plazo ut-supra estipulado en sobre cerrado que contenga los 
datos del proveedor y de la contratación en cuestión. En caso de incumplimiento se tendrá por desistida la oferta en los 
términos de lo prescripto por el artículo 23 último párrafo del presente Pliego. 
Art. 17. Orden de la documentación a presentar: La documentación enumerada en las presentes condiciones de 
contratación generales y particulares, deberá presentarse en una carpeta con todas las páginas numeradas en forma 
correlativa y rubricadas por el Representante Legal del oferente. 
Art. 18. Muestras: No 
Art. 19. Observaciones: Los oferentes se obligan al mantenimiento de su oferta por el término mínimo de sesenta (60) 
días corridos, a contar desde la fecha de la subasta, entendiéndose que tal compromiso se prorroga automáticamente 
por 30 días más cada treinta (30) días corridos, de no mediar manifestación expresa en contrario por parte del oferente, 
con una antelación no menor a tres (3) días a la fecha de cada uno de los vencimientos, en los términos del Art. 19.1.8 
del Decreto Reglamentario N305/2014 y sus modificatorias. 
Cap. IV: Proceso de evaluación y pre-adjudicación 
Art. 20. Criterio de selección: Precio 
Art. 21. Causales de rechazo de ofertas: Serán inadmisibles yen consecuencia rechazadas, las ofertas que: 
a) Se aparten de los pliegos de bases y condiciones de la contratación o sean condicionadas. 
b) No estén firmadas por el oferente, salvo que se trate de un procedimiento electrónico. 
c) Sean formuladas por firmas suspendidas o inhabilitadas en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del 
Estado al momento de presentar las ofertas. 
d) Formuladas por firmas inscritas en rubros que no guarden relación con la contratación. 
Serán admisibles y no se rechazarán las ofertas que contengan defectos de forma subsanables. Entendiéndose por 
tales los que no impidan su exacta comparación con las demás ofertas presentadas. Estos defectos, podrán ser 
notificados a los oferentes, quienes deberán regularizar los mismos en un plazo de dos (2) días a partir de que fueron 
notificados, bajo apercibimiento de considerar desistida la oferta. 
Art. 22. Observaciones: La adjudicación recaerá en favor de la propuesta más ventajosa. Entiéndase por propuesta 
más ventajosa aquella que, ajustada a las bases y condiciones, sus cotizaciones sean las de más bajo precio. La 
Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas evaluará la oferta y documentación presentada 
por el proveedor, pudiendo fundadamente rechazar la misma por las causales establecidas en el artículo 21 de las 
presentes condiciones de contratación generales y particulares. 
Art. 23. Anuncio de la pre-adjudicación: Una vez finalizado el período de lances de la presente subasta electrónica 
inversa, el sistema automáticamente procesará las ofertas recibidas, ordenando a los postores, por cada renglón. 
según el monto de su último lance, genera 	electrónicamente un acta de prelación final. El acta de prelación final 
quedará registrada a través del sistema y ,prá publicada en el portal web oficial de compras y contrataciones: Compras 
Públicas (compraspublicas.cba.gov.ar) donde se verá reflejada la identidad do los oferentes que han participado de la 
subasta electrónica inversa Sin perjurcr9,'de esta publicación se notificara fehacientemente al domiçilio elctronico el 
acta de prelación finaj -al oferent 	u haya ueaj 	mero en 	pce 	ptocedlmle4 4 subasta electrónica iL 
Página 4 de 8 
rección de A 	lo 
L 	/ red. oca 	 inister 	Finan as 
11 -as 
17 JUL 2020 	 G~ 
A partir de la notificación el oferente deberá presentar ante la Mesa de Entradas del Ministerio de Finanzas (sito en Av. 
Concepción Arenal 54 esq. Chile), en el plazo máximo de cinco (5) días, un sobre cerrado dirigido al Área 
Contrataciones de la Dirección General de Coordinación Operativa conteniendo la documentación requerida conforme 
los artículos 16 y 17 y lo solicitado por el Pliego de Especificaciones Técnicas, para considerar firme la oferta 
económica realizada en el presente procedimiento. 
En caso de incumplimiento, se tendrá por desistida la oferta, sin perjuicio de las sanciones correspondientes. En caso 
de desistimiento o rechazo de la oferta presentada, el Área Contrataciones notificará a quien ocupe el segundo lugar en 
el acta de prelación final y así sucesivamente, hasta contar con una oferta admisible. Será oferta admisible aquella que 
provenga de un proveedor que cumplimentó todos los requisitos exigidos en las condiciones de contratación y pliego de 
especificaciones técnicas. 
Cap V: Impugnaciones 
Art. 24. Plazo para impugnar: 2 Días 
Art. 25. Observaciones: Los oferentes interesados podrán formular impugnación fundada al acta de prelación dentro 
del plazo establecido en el artículo anterior, contados a partir del segundo día de publicación de la misma en el portal 
web oficial de compras y contrataciones: Compras Públicas (compraspublicas.cba.gov.ar). 
Garantía de Impugnación: 
Para impugnar, los oferentes deberán constituir una garantía del unopor ciento (1%) del valor del o de los renglones 
impugnados. Dicha garantía podrá instrumentarse en alguna de las siguientes formas, debiendo estar en todos los 
casos documentada con certificación de firmas: 
1) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del Gobierno de la Provincia de Córdoba u organismo contratante 
constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano, y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y 
excusián en ¡os términos del Código (,'ivil, así como al beneficio de interpelación judicial previa. 
2) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a 
favor del Estado Provincial debidamente certificada ante escribano público o con firma digital debidamente autorizada 
por el organismo competente. Si se certifica fuera de la provincia de Córdoba, deberá tener legalización del Colegio de 
Escribanos Respectivo. Dicha póliza deberá contar con una Calificación Tipo "A" o superior como mínimo, según surja 
de constancias de Calificadoras de Riesgos nacionales e internacionales, la que necesariamente deberá constar en la 
póliza o en su defecto se deberá acompañar la certificación que acredite la misma. Si se constituye en otra plaza 
distinta de la local, deberá darse cumplimiento a la obligación contraída en los respectivos documentos en la Ciudad de 
Córdoba, renunciando desde su presentación al Fuero FçieçaIo cualquier otro de excepción, sometiéndose a la 
Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Prin)Ø 	 bçión JudÇciI deor' 	 de 
ANExbL 
UOLIC j 	-- - 
LEY 
DCTO 
RLOLOOTotOi 
L' LJf i 
1 
Córdoba. 
Cap. VI: Adjudicación 
Art. 26. Criterio de adjudicación: Renglón 
7 	A 1 b1 .iel Ángel Bustos 
\ete de Area Le 
/fl 	Direcion da 	os LeçJes 
4ni . de Finzas 
Art. 27. Criterio de Ampliación o disminución de la cantidad ofertada: Renglón 
Art. 28. Lugar de prestación o entrega: Según Pliego de Espe cificaciones Técnicas. 
Art. 29. Cesión: NO 
--)SUAF Impresión: - 26/06/2020 08:56:55a.m. 
O LAS 
PágIna 5 del 
Socrutari Lq . 
Ministerio o, 
Art. 30. Redeterminación: Si 
Art. 31. Estructura de costo: Estructura de costo: Se permitirá solicitar redcterminación de precios por variación de 
costos, en los términos de lo normado por el Decreto N° 1160/2016 y modificatorias. 
Para establecer el factor de redeterminación de precios, los oferentes deberán presentar: 
a) El presupuesto desagregado del servicio a prestar (considerando el costo de la mano de obra y todo otro elemento 
que resultare significativo), indicando precios unitarios o su incidencia en el precio total si correspondiera: y 
b) El análisis de precio de cada uno de los items, desagregados en todos sus componentes, según la siguiente 
estructura tipo: 
Factor Concepto Porcentaje 
6.18 	Mano de Obra 	100% 
Total Costos 	100.00% 
Los factores de costos se actualizarán de acuerdo a lo determinado por la Dirección General de Estadísticas y Censos 
de la Secretaría General de la Gobernación en virtud de lo dispuesto por el articulo 5 del Anexo 1 al Decreto N 
1160/2016 modificatorio del Anexo l al Decreto No 305/2014. 
Excepcionalmente, podrá recurrirse a Información de precios de otros organismos oficiales según lo establecido en e 
último párrafo del mencionado artículo 5. 
La rama de actividad que se contemplará para redeterminar los precios del factor Mano de Obra será del punto 6.18 - 
Sector Público Provincial-, de acuerdo a las publicaciones mensuales que realiza la Dirección General de Estadísticas 
y Censos de la Secretaría General de la Gobernación en cuanto a los Índices de variación de precios de los factores de 
costo, establecidos en Anexo 1 del Decreto N° 1160/16. 
Art. 32. Incumplimiento y rosolución: La Secretaría de Ingresos Públicos, será la encargada del control de las 
infracciones e incumplimientos y aplicación de las correspondientes 
penalidades, debiendo informar de esta situación a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de 
Finanzas, en los términos del art. 4.1 del Decreto Reglamentario 305/14 y sus modific:atorias, a los fines de que aplique 
las sanciones que correspondan: 
a) Multa: por las causales establecidas en el Anexo V punto 2.3 del Decreto Reglamentario N° 305/2014. 
d) Resolución: por las causales establecidas en el Anexo V punto 2.4 del Decreto Reglamentario N° 305/2014. 
Art. 33. Multas por incumplimiento: Por las causales establecidas en el Anexo V punto 2.3 del Decreto 
Reglamentario N° 305/2014 y modificatorios y las establecidas en pliegos. 
Art. 34. Otras responsabilidades: El adjudicatario será responsable de los daños y/o perjuicios que por causas 
imputables a él o a su personal, pudieran sufrir los bienes del patrimonio de la Provincia. También alcanzará la 
responsabilidad por la desaparición, robo, hurto, daños intencionales y/o accidentales, et.de los bienel de la. 
Administración Contratante y/o su personal Probada la culpabilidad el adjudicatario deber'pner loesapa -pcço 
 
y/o dañado, o bien reintegrar el importe que al efecto determine la Administración en su.çaráóe damnificada . L6 
- 1 
antedicho, solo aplicará en caso de no tratarse de casos fortuitos o de fuerza mayor, debi'm 	probados por el [ 	1 
adjudicatario 
Art 35 Otras cláusulas adicionales >adJudicatario podrá en el termino de cinco (5) días 	otifi 	
b fique¡ Angel BLoS Re 
adjudicación realizar observaciones o errores que pudiere contener la orden de comp.m 	 fe leAr a Le 	ç 
/dic'aciones 	
Drcc,ond Asuntos LegMee
Minjsen o Firianz
Art. 36. Observacione: Las acfl 	se realizarán, por renglón, a la oferta que se encuentre ajustada a los 
pliegos y resultenr las m/ 	nientes a los intereses del Estado Provincial, a través del dictado del pertinente 
.7 /' 
08:56:55a.m. 	
Página 6 de 8 
.SUAF pres 	26/0612020 
¡ 	'JGO NCQL; RÁM,: 
acto administrativo. 	 1 7 JUL 2Ü20 
La modalidad de contratación es de orden de compra cerrada conforme el articulo 13 del Decreto Reglamentario N° 
305/2014 y modificatorias. 
Cap. VII: Facturación 
Art. 37. Forma de facturación: La factura deberá ser conformada por la autoridad del área requirente. 
La factura deberá indicar los precios unitarios y totales, Número de Orden de Compra correspondiente, Número de 
Expediente y cumplir con toda la legislación del régimen de facturación. 
Art. 38. Facturación a nombre de: Ministerio de Finanzas - Dirección de Administración - C.U.I.T. N°30-99925671-2. 
Aclarando el destino entre paréntesis Ni deberá consignarse orden de compra y concepto facturado por los mismos 
importes que figuran en la misma. 
Art. 39. Lugar de entrega de la factura: Las facturas deberán ser presentadas a través del -Portal de Pagos a 
Beneficiarios-, ingresando a dicho servicio web de Ciudadano Digital del Ministerio de Finanzas (cidi.cba.gov.ar) con su 
clave CiDi nivel 2. En caso de que la factura a presentar no sean electrónicas, deberá digitalizarla a los fines de su 
presentación a través del portal y luego entregar la factura original en la Secretaria de Ingresos Públicos, 	calle 
Rivera Indarte N°650 de la Ciudad de Córdoba. 	 _.AN EXOT 
FOLIO 
Cap. VIII: 	 LEY 
í.'ro 
Art. 40. Forma y Condiciones de pago: Una vez conformadas las facturas, 	 eberá 
perfeccionarse dentro de los treinta (30) días de su conformación. En caso de errores o discrepancias en las facturas, 
ya sea en las cantidades o cualquier otra diferencia, la documentación será devuelta con las aclaraciones del caso, y 
se interrumpirán los plazos indicados en el presente articulo hasta su regularización. 
Asimismo, la Dirección General de Coordinación Operativa dependiente de la Secretaria Legal y Técnica del Ministerio 
de Finanzas, podrá efectuar los ajustes que en más o en menos pudieran surgir conforme lo establecido en el artículo 
13 del Decreto Reglamentario N° 305/2014 y modifi cato rios. 
Art. 41. Certificado Fiscal: Recuerde que al momento 
la DirecciónGeneral de Rentas de la Provincia de Cr 
Finanzas, vigente desde el 25 de Abril de 2016. 
t 	1 
Cae. IX: Para contratación de servicio: 
treUlarrzad 	 Pisca¡ en 
segúi'i<p' visto 	 Fist'rio de 
CJ 
lis 
f 	.guee' Bustos Revol 
/ 	Dire cion e Asun!os Lec is 
Art. 42. Obligaciones laborales: El adjudicatario empleará a todél personal neçsario s 	 en los 
pliegos de especificaciones técnicas para prestar un servicio de primera categorí 	teniendo en cuenta su idoneidad y 
antecedentes de conducta, presentación y educación. Asimismo, el adjudicatario asu e todas las obligaciones 
laborales y previsionales que en su carácter de empleador emanen de las disposiciones legales y convencionales 	_-- 	- 
actuales o futuras. El personal que sea afectado por la contratista para la prestación del servicio subastado n 	 / 
considerado en ningún caso en relación de dependencia para con el Estado Provincial y, por lo tan , quella 
mantendrá indemne a esta última respecto de cualquier demanda, acción o reclamo judicial,o extrajudicial provenient 
de sus empleados y, en todo caso, le reembolsará de inmediato toda erogación originada en reclamos de tal 
naturaleza, incluyendo honorarios profesionales. 
Página 7 de 8 
,SUAF impresión- - 26/06/2020 08:56:55a.m. 
Art. 43. Personal afectado: - 
Art. 44. Seguros y leyes sociales: Estarán a cargo del adjudicatario, además del seguro de vida y por accidente de 
todo su personal. el cumplimiento de todas las obligaciones que establece la legislación laboral vigente. 
El adjudicatario asume todas las obligaciones laborales y previsionales que en su carácter de empleador emanen de 
las disposiciones legales y convencionales actuales y futuras. 
Cap. X: Otras observaciones: Para el pago del Impuesto de Sellos el Proveedor deberá emitir por la 
página web de la Dirección General de Rentas: www.rentasweb.gob.ar, el formulario: F-411 Rey. Vigente 
DDJJ y Autoliquidación de Impuesto de Sellos. Para ello, deberá ingresar a dcho sitio con Clave a través 
de alguna de las siguientes opciones: 
-Sellos/Genere su Boleta de Pago. 
-Sellos/Inicie un trámite/Liquidación del Impuesto de Sellos. 
El plazo de acreditación del pago del Impuesto a los Sellos ante el Área Contrataciones es dentro del 
término de quince (15) días de otorgarse la presente Orden de Compra. En caso de no acreditar el 
mencionado pago, dentro del plazo previsto, esta alícuota se incrementará según la escala del Artículo 31 
de la Ley Impositiva Anual Provincial Vigente 
Cap. XI: Documentos adjuntos 
- Pliego de Especificaciones Técnicas yAnexo.pdf 
E1) UUPIA 
nge! Bustos P.evol 
e Área Le'.j3Ies 
de Asuntos Legales 
no de F;Rnzas 
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JJ 	
* 
UAF impresión: -26/06/2020 08:56:55a.m. 
Página 8 de 8 
17 JUL 2020 
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 
1. 	Objeto de la contratación: 
1.1. 	Servicios de Auditoria para el Seguimiento y Control sobre el cumplimiento de las obligaciones 
y los compromisos asumidos por la contratista 'Servicios y Consultoría s.a. y Cía. de Gestión, 
Administración y Fiscalización S.A. - Unión Transitoria -" en la Asistencia y colaboración para optimizar 
la gestión de los recursos a cargo de la Administración Tributaria de la Provincia de Córdoba 
(Licitación Pública Decreto 1429/2017). 
1.2. 	Servicio de Auditoría para el Control Económico - Contable de las Liquidaciones por Comisión 
Base, Premio por Resultados, Fondo para Incentivo al Personal -FIP- y Fondo para Obras y 
Tecnología -FOT- (Anexo F' del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el citado instrumento 
legal) y para el control de ejecución y rendiciones de cuenta del Fondo para Obras y Tecnología -FOT-
(Anexo F punto 1.4) en el marco de la Licitación Pública Decreto 1.429/2017. 
Dichos servicios constituyen el objeto indivisible de la contratación, por lo que la oferta deberá incluir 
ambos en una única cotización, siendo inadmisible la oferta que comprenda sólo uno de ellos. 
2, 	Descripción: Las tareas a desarrollar por la contratista se encuentran descriptas en los 
Términos de Referencia que se detallan a continuación y que forman parte integrante del presente 
Pliego de Especificaciones Técnicas, de los que surgen las especificaciones y requisitos a cumplir por 
los oferentes para considerar válida su oferta. 
3. En virtud de la importancia de la Auditoría cuya contratación se propicia es que se requiere que 
el prestador del servicio tenga reconocido prestigio, idoneidad e independencia a fin de garantizar que 
la información presentada sea fundada, seria y confiable y se interprete adecuada y objetivamente. 
Ello como garantía necesaria a la importancia de los valores y bienes comprometidos, para lo cual se 
aceptarán únicamente ofertas de Universidades Públicas Nacionales f 
4. Plazo de duración de la contratación: Desde el 01 de Julio . 	O3l11L ener de 
2022. 
	LlywVMT7— Términos de Referencia: 
Servicios de Auditoría para a) Seguimiento y Control del Control de! Contrato de Servicios p ra la 
optimización de la gestión de los recursos a cargo de la Administración Tributaria de la Provincia de 
Córdoba (en adelante Auditoría de Cumplimiento Contractual"); y para b) Control Económico 
Contable de las Liquidaciones por Comisión Base, Premio por Resultados, Fondo para Incentivo al 
Personal -FIP- y Fondo para Obras y Tecnología -FOT- (Anexo F) y para el cdntrol de ejecución y 
y .P\ 
rendiciones de cuenta del Fondopara OLr'as 	eiqI9Ia -50T-(Anexo F Punto Jn el marco de 
la Licitación Pública Decreto 1.429/201,7 (en a,d antAi.iditoría Componente 	mi ió Contratista - 
Anexo F"). 
A. 	Antecedentes 	 L' 
Ab. guel Ángel Bustos Revo 
Jefe (le Área Legales 
reccnde Asuntos L$g&$ 
Ministerio de Fú~ 
B. Objetivo general y objetivos específicos de los servicios 
C. Alcance 
D. Metodología 
E. Actividades a desarrollar 
F. Informes a entregar 
G. Recursos estimados 
H. Perfiles requeridos 
1. 	Confidencialidad de a información 
A. 	Antecedentes 
1, 	Con base en el proceso licitatorio iniciado por el Decreto N° 1429/17, la Provincia de Córdoba' 
"Servicios y Consultaría S.A. - Compañía de Gestión, Administración y Fiscalización S.A. UT" 
suscribieron un 'Contrato de servicios para la Optimización de la Gestión de los Recursos a cargo de 
la Administración Tributaria de la Provincia de Córdoba". 
El marco que regula las obligaciones exigibles está dado por: 
a. El Pliego de Bases y Condiciones (y Anexos); 
b. Circulares Aclaratorias; 
c. Oferta técnica y económica emitida por "Servicios y Consultoría S.A. - Compañía de Gestión, 
Administración y Fiscalización S.A. - UT"; 
d. Decreto de Adjudicación; 
e. Contrato de Servicios suscripto con fecha 31 de enero de 2018 (Decretos N° 2075/2017 y N° 
68/2018); 
f. Acta de inicio de las prestaciones (del 1 de Febrero de 2018). 
g Acta de Redefinición de Compromisos Básicos 2019 (deI 1 de Febiçp de 2l9) 
- V\ 
2. 	El Decreto N° 1429/17 previó la existencia de una Coisióndei¡miento a la que se 
atribuyo las siguientes funciones: 	 ! < 	 J)\\ 
a. Efectuar el control y seguimiento del cumplimiento del CQntIt 	/ II 
b. Proponer la aplicación de sanciones al Contratista por fal t, 7 
el cumplimiento del contrato o de las metas y obligaciones previst 
C. 	Informar a la Autoridad de Aplicación el avance producido por el Contratista, de 
Plan de Trabajo aprobado, verificando el cumplimiento de todos los compromisos y7 
contempladas en el Pliego de Bases y Condiciones y en la Oferta. 
d. Emitir partes de recepción mensuales y cualquier otro que pudiera corresponder. 
e. Llevar un registro de notificaciones, reclamos y requerimientos que se formulen al Gobierno de 
la Provincia de Córdoba y al Contratista con relación a la ejecución del Contrato. 
f. Aprobar mensualmente y en forma provisoria la gestión del Contratista conforme al Plan de 
Trabajo comprometido y a los reportes mensuales de ejecución del mismo, 
g. Confeccionar las liquidaciones de comisiones correspondientes al Contratistaconforme a lo 
/ 
gu 
Jefe 	rea L aies 
cción de Asuntos LegiIs 
rdo con el 
s de gestión 
17 JUL 2020 
previsto en el Pliego de Bases y Condiciones. 
h. Toda otra gestión que sea inherente al control de las actividades y/o tareas del Contratista. 
i. Controlar el cumplimiento de los compromisos asumidos en la integración de los Equipos de 
Trabajo y en el Plan de inversión en recursos materiales y tecnológicos. 
j. Toda otra función necesaria a los fines del correcto cumplimiento de los objetivos previstos en 
la licitación. 
A fines de asistir a la Comisión de Seguimiento en el ejercicio de las funciones de control y 
seguimiento del cumplimiento del Contrato por parte del Contratista, el Decreto N° 1429/17 previó la 
contratación de auditorias, a ejecutar por auditores de reconocido prestigio. Mediante Resolución N° 
170/18 del Sr. Ministro de Finanzas, se adjudicó la Subasta Electrónica Inversa -Cotización N° 
2018/000046-, a favor de la "Universidad Nacional de Córdoba". 
En el Pliego de Condiciones Generales y Especificaciones Técnicas de dicha Licitación, se propuso un 
Tablero de Control en el que se listaron los indicadores y en base al cual debía estructurarse la 
Auditoría, pudiendo el Auditor, en dicho marco, proponer mejoras, reemplazarlos yio sugerir otros 
indicadores, a fin de lograr un control efectivo sobre el cumplimiento de las obligaciones de la U.T. 
contratista. Dicho Tablero de Control y los ajustes efectuados por la Universidad Nacional que resultó 
adjudicada en el proceso de selección, forman parte del presente documento como Anexo 1. En igual 
sentido se procedió con las Fichas de Indicadores que se adjuntan al presente como Anexo ti. 
Respecto a la Auditoria para el Control Económico - Contable de las Liquidaciones por Comisión Base, 
Premio por Resultados, Fondo para Incentivo al Personal -FIP- y Fondo para Obras y Tecnología - 
FOT- (Anexo "F" ) y para el control de ejecución y rendiciones de cuenta del Fondo para Obras y 
Tecnología (Anexo F punto 1.4) en el marco de la Licitación Pública Decreto 1.429/201T', se adjudicó 
la Subasta Electrónica Inversa N° 2019/000037 a la "Universidad Nacional de Córdoba" mediante 
Resolución N° 169/19 del Sr, Ministro de Finanzas. 
Las auditorias contratadas en ambos procedimientos de contra 
requeridos de verificación y control para asegurar el cabal cun-
Trabajo presentado por la Contratista "Servicios y Consult 
Administración y Fiscalización SA - UT" y se procediera a la Li 
componentes. 
Los servicios de Auditoría objeto de la presente contratación 
tacion, presentaron sendos Iníc 
plF$j XOto11 del PI 
ora 
q L4dtióv4e-.1as-Comisiones --4 
DCTO 	- 
E E SOL 
mes 
i de 
tión, 
sus 
reas 
encomendadas en los procesos de selección -subastas electrónicas inversas- antes mencionados, 
con lo cual la experiencia ganada deberá ser tomada como situación inicial a partir de la cual se 
definirá el plan de trabajo, metodología y actividades a realizar. En este sentido, tanto el Tablero de 
Control, los informes presentados y todas 	ellas espejfica 
hayan surgido en la ejecución de los 
y ajustes que 
iderados como 
rol y verificación 
HDire
tiene por objeto auditar el
gueI Ángel BustoS Revo
d Area LeJal5 
cC'Ofl 1e Asuntos 
,lin,ster10 de Finanzas 
línea de base que marquen la planificain di 
encomendadas en el presente. 	>1 
3. 	Auditoría de Cumplimiento Co rac 
cumplimiento de los compromisos asumidos por la contratista Servicios y Consultoría S.A. y 
Compañía de Gestión, Administración y Fiscalización S.A. - Unión Transitoria-" (C.U.I.T. 30-71590293- 
8, en la asistencia y colaboración para la optimización de la gestión de los recursos a cargo de la 
Administración Tributaria de la Provincia de Córdoba en cinco áreas de trabajo (Art. 2 del Pliego de 
Condiciones Generales y Particulares aprobado por el mencionado Decreto 1429/2017, "Objeto de la 
Contratación'): 
a. Atención y comunicación al Ciudadano/Contribuyente que interactúa con la Administración 
Tributaria Provincial Directa. 
b. Soporte, mantenimiento y desarrollo de plataformas y sistemas informáticos de gestión —vigentes o 
a mplementarse en el futuro-- de recursos a cargo de la Administración Tributaria Provincial Directa. 
c. Integración, captura, mejoras y migraciones de datos asociados a la gestión de la Administración 
Tributaria Provincial Directa. 
d. Gestión administrativa y judicial de la deuda a cargo de la Administración Tributaria Provincial 
Directa. 
e. Colaboración y asesoramiento general para la optimizacián de la gestión de la Administración 
Tributaria Provincial Directa. 
Deberá darse especial consideración a los compromisos asumidos por la U.T. aludida en la Oferta 
Presentada a la Licitación Pública en la que detalló las actividades, tareas, recursos a utilizar 
(humanos y materiales) y resultados, con la correspondiente medición a través de indicadores y metas 
y el contrato y acta de inicio de las prestaciones suscripto el 1 de febrero de 2018, en donde se 
precisan servicios y actividades con sus correspondientes indicadores, métricas y metas a alcanzar. 
Que, en virtud de la facultad de la Autoridad de Aplicación conferida por el punto 4 del Contrato de 
Servicios de instruir y acordar adecuaciones al Plan de Trabajo Propuesto por La Contratista en su 
oferta, es que de coman acuerdo se redefinieron objetivos y metas a cumplir en la ejecución de la 
tareas previstas mediante Acta de Compromisos Básicos 2019, encontrándose dichas metas 
operativas hasta tanto no sean modificadas o redefinidas por necesidades propias de la actividad de la 
administración tributaria provincial. 
Que en virtud de lo expuesto precedentemente y por razones de poj1ia tributaria como de necesidad 
de ampliación, modernización o de reemplazo de sistemas yapl caái 
reserva la facultad de efectuar variaciones al plan de trabaf /indicadorz métricas, que re ulten 
» 	: 	\,\ 
necesarias, reemplazando los compromisos básicos acordados a(eI)'-$ríodo acordado n 
presente contratación, frente a lo cual el servicio de 'Auditídk.Cumpliito C / 	" 	er 
adecuarse. 	 \. \ 	/ // 	Ab. Mi 	: Bu Se 
Dada la realidad imperante en el marco de la situación de emergencia sanitaria ac cida'a' 	 egss M 
11 de marzo de 2020, fecha en que la Organización Mundial de la Salud (OMS) decla 	brote del 
nuevo Coronavirus (COVID-19) como una pandemia y dada la situación de aislamío preventivo y 
ob igatorio dispuesta por el Gobierno Nacional mediante DNU N° 297/2020 y sus prórrogas, deberá el 
Auditor acompañar el oroceso de migración de atención por canales presenciales hacia canales no 
17 JUL 2020 
presenciales de manera íntegra, lo que implica una necesaria revisión y ajuste de indicadores y 
métricas de medición. 
4. Auditoría de Componentes Comisión Contratista - Anexo F Decreto 142912017: Por otra 
parte, el seguimiento y control tiene por objeto asistir a la Comisión de Seguimiento en el ejercicio en 
¡a confección de liquidaciones correspondientes a la U.T. Contratista, siendo necesario contar con un 
servicio de Auditoría para el control Económico - Contable de las Liquidaciones por Comisión Base, 
Premio por Resultados y Fondo para Incentivo al Personal -FIP- y Fondo para Obras y Tecnología - 
FOT- y para el control de ejecución y rendición de cuenta del Fondo para Obras y Tecnología en el 
marco del Anexo F de la Licitación Pública Decreto 1429/2017, a los fines de evaluar críticamente las 
fórmulas a las que responden y la consistencia de la base de datos que los sustentan. 
5. Se requiere que el prestador de este servicio tenga reconocido prestigio, idoneidad e 
independencia a fin de garantizar que la información presentada sea fundada, seria y confiable y se 
interprete adecuada y objetivamente. Ello como garantía necesaria a la importancia de los valores y 
bienes comprometidos. 
6. El contexto institucional en el que se enmarca la labor de auditoría 
a. Contratista: Adjudicatariode Licitación Pública Decreto 1429117, 
todas las actividades descritas en el marco contractual. 
b. Usuario: Es la Comisión de Seguimiento. 
C. 	Autoridad de aplicación: Es el Ministerio de Finanzas de la Provinc 
EXr1t 
el 	15 ke 	realizar 
LEY 
ocrn V 00 
da'órdrh 
d. 	Auditor: Organismo externo independiente que asistirá a la Comisión de Seguimiento en el 
control de los compromisos asumidos por "Servicios y Consultoría s.a. y Cía. de Gestión, 
Administración y Fiscalización S.A. - Unión Transitoria" en el marco reguiatorio descrito y en el control 
de Económico Contable de las Liquidaciones por ConÓse Prb 	r tittado elofo para 
Incentivo al Personal -FIP- y Fondo para Obras,/frÑnoI 	 er'le jc•ción y 
rendiciones de cuenta del Fondo para Obras y i'e6 	(,nxo F) en el marco,, e 	Licitación 
Pública Decreto 1429/2017. 	
\'\ 
B. Objetivo general y objetivos específicos de Ioerviios/ 
/ 	Mi. 	de Finanzas Objetivo General: 	
/ 
a. Auditoría de Cumplimiento Contractual: Asistir a la Comisión 	Seguimiento en las 
actividades de control y seguimiento de las obligaciones de "Servicios y Consultoría S.A. y Cía. De 
Gestión, Administración y Fiscalización S.A. - Unión Transitoria" en la Asistencia y colaboración para 
optimizar la gestión de los recursos a cargo de la Administración Tributaria de la Provincia de Córdoba. 
b. Auditoría de Componentes Comisión Contratista - Anexo F Decreto 1429/2017: Asistir a 
la Comisión de Seguimiento en el ejercicio de las funciones de: - Análisis y control del proceso de 
liquidación de comisiones al Contratista conforme a lo previsto en el Pliego correspondiente a la 
Licitación Pública Decreto 1429/17, - Control, seguimiento y aprobación de los procedimientos y 
gestión del Fondo - de Obra y Tecnología. - Control de la liquidación y Ejecución del Fondo de 
Incentivo del Personal (FIP). 
Objetivos Específicos: 
a. Proponer y aplicar un diseño metodológico claro y transparente en las actividades de control y 
seguimiento contractual, tomando como línea de base los procedimientos de control brindados por el 
Tablero de Control y de las Fichas de Indicadores (Anexos 1 y II). 
b. Diseñar, proponer e implementar un esquema de clasificación y medición de incumplimientos 
contractuales, tomando como línea de base los documentos elaborados en los anteriores procesos 
licitatorios indicados en los Antecedentes del presente documento. 
C. 	Redefinición de los puntos 1 y 2 del presente apartado en caso de adecuaciones al Plan de 
Trabajo Propuesto (Cartas de Compromisos Básicos), 
d. Sugerir reemplazar los indicadores propuestos en caso de que estime una baja confiabilidad o 
tenga evidencias de error u omisión de datos, 
e. Detectar o anticipar situaciones que impliquen la necesidad de realizar una modificación 
sustancial de Ja información proporcionada por el Contratista y comunicarlas al Usuario, 
f. Detectar e informar desvíos, posibles impactos en los resultados y proponer de resultar 
necesario, mejoras de gestión estratégica. señalando desvíos y posibles impactos en los resultados de 
la gestión evaluada 
g. Revisar la adecuación de los cálculos a las fórmulas contenidas en la normativa aplicable 
(Anexo F), 
h. Realizar un análisis técnico de dichas fórmulas, proponiendo y justificando alternativas 
superadoras, si fuere necesario, 
Auditar el desempeño del Fondo de Obra y Tecnología en términos de corrección 
procedimental, pertinencia de las erogaciones y eficacia de la administración, 
j. Proponer, si fuera el caso, mejoras a los procedimientos y/o administración general del Fondo 
de Obra y Tecnología, 
k. Monitorear índices económicos que pudieran influir en los cálculos auditados, 
1. 	Auditar el procedimiento y ejecución conforme a la normativa vigente, de los mecanismos de 
liquidación, transferencias y pagos de FIP, 
M. 	En relación al Fondo para Obras y Tecnología se requiere auditarel 
eficiente de los fines previstos por el punto 1.4. del Anexo E del Decreto 	* 017, 
n. Gestionar la información y documentación necesaria /para ¡Levar 'nte las actividade 
encomendadas, 
o. Elaborar y presentar un informe inicial por cada Auditoría, ec 
requeridas en el presente documento, "-' Vjfe* 	-s 
Di( cCiOfl J SUMOS
p. 	Elaborar informes con la periodicidad requerida en este doc; 	
/ 
/eIrgei 
J2 	
Leg&S 
q. Elaborar el informe final de Auditoría al término de la contratación aquí propiciada, 
r. Establecer una estrategia de gestión de riesgos que puedan afectar los sultados de las 
1 7 JUL 7020 
labores encomendadas, 
S. 	Realizar recomendaciones gerenciales generales. 
C. Alcance 
Auditoría Cumplimiento Contractual 
1. La Auditoría se llevará a cabo sobre todas las actividades ejercidas por la Contratista en 
función de la oferta presentada, el acta de inicio de prestaciones, como así también las Actas de 
Compromisos Básicos que rijan la relación contractual y que surjan en lo sucesivo. 
2. La ponderación da las actividades deberá tener en cuenta, además de los resultados 
comprometidos, los motivos institucionales que se explicitaron en el Decreto N° 1429/1 7. 
3. Deberán ponderarse las actividades de la Contratista conforme a parámetros objetivos y 
verificables, evaluándose el cumplimiento, la eficiencia y pertinencia de las actividades realizadas en 
función de los resultados comprometidos. 
4. A los fines de la realización de la Auditoría, se propone un Tablero de Control donde se listen 
los indicadores sugeridos, clasificados conforme su nivel de criticidad. A partir de ellos deberá 
estructurarse la Auditoría, pudiendo el Auditor en su oferta -o iniciadas las tareas- sugerir 
reemplazarlos o que se incorporen otros indicadores en caso de que estime una baja confiabilidad o 
tengan evidencias de error u omisión de datos y otras circunstancias que contribuyan a un mejor 
control y seguimiento de las tareas y funciones ejecutadas por la U.T. Contratista. Dicho Tablero de 
Control forma parte del presente documento como Anexo 1. 
5. La recolección de evidencias y pruebas deberá mantener una 	 X -benefcio 
IOtiO 
entre las herramientas utilizadas y los resultados previsto 	 - -- 
Auditoría Componentes Comisión Contratista - Anexo F. 	nsot T111010111011711017 
La Auditoría se llevará a cabo sobre todos los cálculos efectuados por la Comisión de Seguimiento en 
ejercicio de las funciones previstas por el Anexo F del Decreto 1429 de 2017, evaluando críticamente 
las fórmulas a las que responden y la consistencia de las bases de datos que los sustentan. 
También sobre la administración del Fondo de Obra y Tecnología, los procedimientos que la sustentan 
y las Rendiciones de Cuentas presentadas. 
Las ponderaciones e informes que se requieren tienen por objeto el cumplimiento de la normativa y 
fórmulas vigentes (Anexo F del Decreto 1.429/2017 y sus modificaciones), la corrección de los cálculos 
e índices que o sustentan y la coherencia y fiabilidadp 	que lEdn j€.i e4 rvir 
como insumos calificados en el proceso de toma ddtiions'cøntribuir a la rendici n de cuentas e 
incrementar la transparencia y comunicabilidad 
D. Metodología b. Migues Ángel Bustos RevOl 
jefe de Área legales 
e Asuntos LegSICs Auditoría de Cumplimiento Contractual 	 ) 	/ r . rio de FinanZar 
1 	La propuesta metodológica del Auditor integrará o resentes téros de referencia y deberá 
contemplar las directivas del presente acápite, pudiendo presentar una propuesta superadora. 
2. La elección de una metodología de control debe basarse en indicadores que deben ser: 
Objetivos, Prácticos, Verificables, Relevantes e independientes. 
3. En el Anexo II, que integra el presente documento, se proponen fichas individuales orientativas 
para cada indicador, coherentes con el Tablero de Control referido y estructuradas conforme al 
siguiente esquema: 
• Qué: Definición general del indicador. 
• Cómo: Fórmula a utilizar para su cálculo, fuente de los datos 
• Cuándo: Periodicidad. 
• Cuánto:Meta que se espera alcanzar para cada período. 
• Quién: Responsable de la producción del indicador, del ajuste de las metas y del seguimientr 
del indicador. 
4. 	Para los indicadores de resultados, se segmentarán las metas anuales en trimestres. De esta 
forma se busca registrar no solo el cumplimiento de la obligación, sino también el desempeño a fin de 
poder detectar eventuales inconsistencias a tiempo. 
S. 	Indicadores de Alta y Media Criticidad: Los Indicadores se catalogarán en dos categorías: de 
Alta y Media Criticidad (AC y MC). Los de Alta Criticidad deberán ser auditados contrastando sus 
valores con evidencia externa. Los de Media Criticidad (así como los de Alta Criticidad) se auditarán 
mensualmente mediante procedimientos que permitan corroborar la consistencia interna y el cálculo 
correcto de los mismos. 
6. Podrán preverse mecanismos de recolección de evidencia externa, que contemplen una 
razonable relación costo-beneficio entre las herramientas utilizadas y los resultados previstos. 
7. Nivel de Confiabilidad: El Auditor dará cuenta de aquellos valores informados por el Contratista 
durante el mes inmediato anterior que merezcan una calificación de Baja Confiabilidad. Cuando sr.-
recolecta evidencia externa, el Auditor podrá brindar la opinión de Alta Confiabilidad, de lo contrario 
quedará sujeta la calificación en Confiabilidad Media o Baja, tal cual se grafica en la siguiente tabla: 
Calificaciones Posibles Acerca de la Confiabilidad del 
Indicador 
Baja 1 Media Alta (se requiere evidencia 
externa) 
Se utiliza No-:'1 
evidencia 	 Ondiadrej.\j 	 J 	./Í 
externa? 	 de Mdia\z-j 
'QritiçX» 
\\ \ 	
y 
/ 	 Ab M;, e ,S 
s
•-- Mlr 
1 7 JUL 2020 
Si 
(Indicadores 
de 	Alta 
Criticidad) 
8. 	El Auditor deberá proponer un criterio claro, preciso y objetivo según el cual cada indicador se 
clasificará con confiabilidad Baja, Media o Alta. Los errores u omisiones que determinarán un nivel de 
confiabilidad Bajo son aquellos que individualmente o en conjunto, podrían influir razonablemente en 
las decisiones del Usuario, que se tomen sobre la base de esa información. El Auditor deberá tratar de 
reducir el riesgo de una representación errónea de importancia. 
9. 	En los informes a entregar (cuyo contenido se detalla más adelante) el Auditor deberá ponderar 
la relevancia de los indicadores, dándole mayor importancia a los de Alta Criticidad, pero también 
considerando el impacto potencial en la toma de decisiones del Usuario. 
10. 	Al momento de seleccionar la evidencia a utilizar, el Auditor debe tener en cuenta lo siguiente: 
a. La evidencia es más confiable cuando se obtiene de fuentes externas, tanto del Contratista 
como del Usuario (evidencia externa). 
b. La evidencia generada por el Usuario, vinculada con actividades y resultados del Contratista, 
es más confiable que la generada por el propio Contratista. 
C. 	La evidencia es más confiable cuando está documentada mediante registros completados a 
tiempo. 
11. 	Se requiere que el Auditor mantenga una actitud profesional crítica, lo cual impactará en la 
selección y el alcance de los procedimientos de Auditoría a aplicar. 
12. 	Los procedimientos de Auditoría con evidencia interna deberán brindar pruebas confiables, 
elementos útiles y recursos suficientes para sostener y fundamentar las conclusiones y eventuales 
recomendaciones al Usuario. 
13. 	Deberá el Auditor explicitar los procedimientos para la adquisición y validación de evidencia 
interna. 
14. 	El Auditor deberán gestionar su propia información. Los informes de avance del Plan de 
Trabajo que la U.T. contratista presenta mensualmente a la Con1r 	 sea i 
considerados una fuente interna más a consultar. Sobre dicho infornti 	 ntado por 1 
cn Z? 
Contratista, el equipo de Auditoría deberá expedirse de la manera qt e se de tent1Tdó 
- ------- 
"informes a entregar". 
RESOL 000IOi 02 
Auditoría de Componentes de Comisión Contratista - Anexo F - Decreto 1429/17 
1. 	El equipo de Auditoría deberá elaborar un Plan de trabajo detUad&al tni d? ,witención 
en el que se debe exponer la definición de alcance descripto en estos Términos j 	rçlcia, el 
resultado de la evaluación de riesgos, el nivel de signijcátividai ?ar.a. 1aplic 	sus pr\ebs de 
\ * 
Bustos Revo 
Leijales 
- 
Auditoría, los criterios definidos y tamaño para la selección de su muestra, y el nivel de materialidad. 
2. 	Asimismo deben cumplirse, entre otras, con las siguientes actividades: 
a. Efectuar reunión de inicio de la Auditoría, una vez se haya formalizado la contratación y 
reunión de cierre de la Auditoría con representantes de la Comisión de Seguimiento y —si fuera así 
requerido—con la au:oridad de aplicación, 
b. Previo al comienzo de la Auditoría se debe presentar un análisis de estado de situación el cual 
debe incluirse como parte del plan de trabajo. Como se hizo referencia en los antecedentes, los 
servicios a prestarse se consideran continuadores de las anteriores contrataciones ce servicios de 
Auditoría externa, con lo cual se toma como línea de base la experiencia allí recolectada. El propósito 
es poder evaluar el sistema ce control interno y comunicar oportunamente a la Comisión de 
Seguimiento las situaciones correctivas que ameriten atención. 
C. 	La Auditoría debe efectuarse con base en las Normas Internacionales que resulten aplicables, 
los requerimientos de la Comisión de Seguimiento y con lo establecido en éstos Términos de 
Referencia, debiendo informar oportunamente sobre situaciones que afecten o dificulten el proceso, 
así como los asuntos que podrían llevarle a abstenerse de opinar o emitir una opinión calificada. 
d. Con el objeto de facilitar eventuales aclaraciones que le sean solicitadas el Auditor debe 
asegurarse que: 
- Las opiniones, observaciones, recomendaciones y conclusiones incluidas en los informes, sobre el 
cumplimiento de normas y procesos, documentación soporte y análisis de datos estén sustentadas por 
suficiente, relevante y competente evidencia en los papeles de trabajo; 
-. Que existe adecuada referenciación entre los informes, y los correspondientes papeles de trabajo; 
- La documentación correspondiente se encuentre debidamente archivada o identificada: 
-• Se preparó y dejó evidencia suf ciente y Competente sobre e análisis de riesgos requerido. 
-. Antes de emitir el último informe, deberá efectuarse un control de calidad y facilitar eventuale 
aclaraciones que sean solicitadas por la Comisión de Seguimiento asegurándose que las opiniones, 
observaciones y recomendaciones incluidas en el informe de Auditoría estén sustentadas con 
evidencia suficiente en sus papeles de trabajo. 
e. El Auditor debe obtener una aceptación escrita de los informes de Auditoría por parte de la 
Comisión de Seguimiento y - si fuera habilitado expresamente para ello, discutirá los informes con las 
áreas correspondientes. 
Se espera que el Auditor mantenga una actitud profesional crítica, lo cual impactará en la selección y 
el alcance de los procedimientos a aplicar. 
Los procedimientos de Auditoría con evidencia interna deben brindar pruebas confiables, evidencia útil 
y recursos suficientes para sostener y fundamentar las conclusiones y eventuales recomendaciones al 
Usuario. 	 / ÇQ[) 	 ...'. 
Deberán explicitarse los procedimientos para la 	 ellencin iterr 
 
El Auditor deberá gestionar SL propia información 	 e ui ib « 	e la 
actividades de los distintos equipos de trabajo con los 	
) 	
/ 
iieIAnge! 
Jefe Ce Arca Leti,!,, 
de 	LegIes 
Ministerio de 
117 JUL 2020 
E. Actividades a realizar 
Conforme se explicita en los antecedentes, los servicios de Auditoria de verificación de cumplimiento 
contractual son continuadores de los servicios prestados por la "Universidad Nacional de Córdoba' en 
el marco de la Subasta Electrónica Inversa -Cotización N° 2018/000046-. En este sentido, se toma 
como línea de base para definir la planificación, dirección y gestión,todos los documentos, 
especificaciones y ajustes que hayan surgido, en particular respecto al Tablero de Control (Anexo 1) y 
Fichas de indicadores (Anexo II), sin perjuicio de las facultades que por el presente se otorgan al 
Auditor de proponer mejoras, reemplazos o sugerencias de nuevos indicadores, en orden a las 
actividades encomendadas. 
Las Actividades a realizar por el Auditor son: 
1. Elaborar una Carta de Compromiso en la que se explicitan las condiciones en las que se 
brindará el servicio de Auditoría, identificando la integración del equipo de profesionales auditores que 
levarán a cabo la tarea, plazos de ejecución y seguimiento, procedimiento para gestionar la 
interacción entre el Auditor, ATPD, Usuario y Contratista en caso de señalarse desviaciones y/o 
sugerencias de mejoras, así como toda información relevante a ser tenida en cuenta por el Usuario. 
Esta Carta deberá ser notificada y conformada por el Usuario al momentñ del inicio de las actividades 
de Auditoría. 	 ANO 
ir1 2. Realizar una planificación detallada de la labor de Auditoria que 	çrar_la Carta de 
Compromiso. 	 LEY 
OCTO 	 _______________ 
3. Identificar y evaluar los riesgos. 	
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4. Realizar periódicamente la Auditoría respecto al Cumplimiento dei Contrató en base al T61O 
de Control que figura como Anexo 1 al presente, o bien, proponer una alternativa superadora realizada 
en base a las sugerencias del presente documento 
5. Probar la eficacia de los procedimientos de control brindados por el Tablero de Control y de las 
Fichas de Indicadores y proponer mejoras (Anexos 1 y II). 
6. Elaborar informes con observaciones sobre el desempeño del Contratista, señalando desvíos y 
posibles impactos en los resultados de la gestión evaluada, según se detalla en el siguiente punto. 
7. Realizar periódicamente la Auditoría de las liquidaciones de la Comisión Base de la Contratista, 
Premio por Resultados y Fondo de Incentivo al Personal, y para el control de ejecución y rendición de 
cuentas del Fondo para Obras y Tecnología. 
Elaborar informes, señalando desvios y posibles imp.a s en los res Itados e las 
liquidaciones, cálculos y procedimientos. 	 j. . 	
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F. 	Informes a entregar 	 b. Migue! ngei Bus!os Rey,' 
Jefe de Area Legales 
Auditoria de Cumplimiento Contractual 
1. 	El Auditor deberá entregar a la Comisión de Seguimiento un lnform 	icial luego de suscripta 
la Carta de Compromiso, informes complementarios, informes mensua es e informe final, cumplido el 
término de la contratación de Auditoría. Todos ¡os informes deberán entregarse en formato electrónico 
y papel, aunque las bases de datos se entregarán solo en formato electrónico. Los informes deberán 
redactarse de un modo ejecutivo de fácil lectura. En caso que las conclusiones arribadas en los 
informes señalen desvíos, posibles impactos en los resultados y/o propuestas de mejora de gestión, el 
Auditor, deberá, bajo la coordinación del Usuario, trabajar conjuntamente con la ADTP y el Contratista 
en la definición de un Pian de Mejora, cuyo cumplimiento y ejecución deberá ser asimismo incluido en 
el alcance de los servicios de auditoría objeto del presente. 
2. 	El informe Inicial deberá ser entregado dentro de los treinta (30) días de suscripta la Carta de 
Compromiso al inicio de la ejecución de las tareas y tendrá como contenido mínimo, el siguiente: 
a. 	Plan de Trabajo detallado. 
ID. 	Documento rietodológico que defina las estrategias e instrumentos a utilizar para evaluar 
grado de confiabilidad de cada uno de los indicadores incluidos en el Tablero de Indicadores. 
C. 	Línea de base de cada indicador, con una primera evaluación de confiabilidad de los mismos. 
:_a línea de base podrá estar sujeta a revisión posterior en el caso que se detecte un nivel de 
confiabilidad "bajo' del indicador en una Auditoría posterior. 
d. Sugerir mejoras en los procesos de evaluación de cumplimiento contractual. 
e. Propuesta de mejora de Plan de Trabajo y entregables definidos teniendo en cuenta las 
exigencias del Pliego de Especi9caciones Técnicas, el Contrato suscripto el Acta de Inicio firmada el 
01.02.2018 y sus posteriores y en particular el Acta de Compromisos Básicos 2019. 
f. Revisar metas planteadas, sugerir modificaciones en las mismas, adicionar o mejorar 
indicadores que permitan mejorar monitoreo de servicios prestados y metas definidas y que en 
adelante pudieran surgir. 
g. Propuesta de mejora de presentación de Informes de Avance sobre el cumplimiento d 
compromisos y metas que debe presentar el Contratista a la Comisión de Seguimiento. 
f. 	Propuesta de mejora de informes mensuales de ejecución del contrato que deben formular por 
los responsables de distintos organismos y dependencias que conforman la Administración Tributaria 
Provincial Directa (ATPD) que respaldan el Acta que elabora la Comisión de Seguimiento en los 
términos del art. 28 '1nc. f y 31.2 inc. b del Pliego de Condiciones Generales y Particulares. 
3. 	En caso que se readecue el Plan de Trabajo, mediante Actas de Compromisos Básicos u otros 
instrumentos legales, el Auditor deberá entregar un Informe Complementario que contenga los 
puntos antes detallados en orden a redefinición de objetivos y_oaas a cumplir en la ejecución de 
tareas por parte del Contratista sugiriendo modificaciones 
4. 	Los Informes Mensuales se entregarán del 10 af eçni\durante el tiempo que dure 
la contratación El primer informe mensual se entregara en-/el 
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al de la fecha 	e tía a 
del Informe inicial. Tendrán el siguiente contenido mínim.\ 	
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a. 	Descripción de las actividades realizadas por la Cotrátjta.,/ 	 evcJ 
Descripción detallada de los procedimientos de Auditórapll 	os. 	 Urección, de Asuntos Legs 
C. 	Reporte con la opinión fundada de cada uno de los indicadores para e! c 	de verificación de 
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Cumplimiento de compromisos del Contratista. 
d. Reporte con la opinión fundada de cada uno de los indicadores, considerados en la base de los 
cálculos a auditar para el caso de la verificación de Control de Componentes Comisión del Contratista. 
e. Bases de datos documentadas utilizadas para el cálculo de cada indicador. 
f. Evidencia externa (reporte de mystery shoppers, encuestas realizadas, etc.): Deberán incluir 
evidencia externa, al menos para los indicadores de Alta Criticidad. Asimismo, el Usuario tendrá la 
facultad de solicitar la inclusión de evidencia externa al menos una vez cada tres informes mensuales 
o cuando así lo dispusiere en orden a considerar que de los informesd 	 se,l 
requiere mayor estudio o constatación. 
g. Recomendaciones gerenciales y de política, las cuales podrn f incluir reformulación de 
indicadores y metas. 
	icíbrl'..e!-..-Cumpwlinljen. h. Mensualmente, el Contratista presenta un Informe de Avance 	 dJsi 
compromisos y metas de gestión a los fines de acreditar el avance del Plan de Trabajo propuesto y las 
acciones desplegadas en las cinco áreas de trabajo en cumplimiento de las exigencias del Pliego de 
Especificaciones Técnicas y el Contrato suscripto el Acta de Inicio firmada el 01.02.2018, acta de 
redefinición de puntos básicos del 2019 y de aquella que pudiere ser suscripta entre las partes u otro 
instrumento legal que importe modificaciones al Plan de Trabajo de la U.T. contratista. Teniendo en 
cuenta dicho antecedente, el Informe mensual deberá contener un apartado que contenga un informe 
critico-comparativo entre el informe emitido por el Auditor y la Contratista del mes inmediato anterior, a 
los fines de determinar la correspondencia entre lo informado por la Contratista, las actividades 
efectivamente cumplidas y detectar desvíos que pudieren motivar el inicio del procedimiento previsto 
en el Capítulo XI del Pliego de Condiciones Generales y Particulares. 
5. Informe final. Se presentará en un plazo de hasta treinta (30) días de finalizado el plazo de 
contratación de los servicios de Auditoría y deberá contener untratamiento particularizado de ambos 
servicios de Auditorías contratados y el mismo contenido que un informe mensual, más un informe de 
ponderación crítica de la metodología empleada, indicadores y fuentes de información; niveles de 
cumplimiento al momento de la finalización de las tareas de Auditoría, de los indicadores y de las 
funciones y actividades comprometidas por la U.T., como así también todos aquellos datos y 
evaluaciones que aporten conocimiento a la Comisión de Seguimiento para una eficaz toma de 
decisiones 	 . 	 \ 
6. En función de los hallazgos de Auditoría que requieran di iones urgentes, deb rá pjesentar 
Informes de gestión y alerta. 
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G. Recursos Estimados 	 -e'¡ ÁAp 9 e stos Revoi 
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Auditoría de Cumplimiento de Contrato 
Se estima para la realización de la presente Auditoría un equipo que ebera contar con un 
Administrador de Proyectos, profesionales en informática, profesionales en ciencias exactas 
(estadísticos y matemáticos) economistas y contadores. Deberán presentarse los currículums y 
funciones a cumplir de los integrantes del equipo de trabajo. 
H. Perfiles Requeridos 
Perfil del proponente como requisito excluyente para formular oferta en la presente contratación. 
1. Universidades Públicas Argentinas con competencias curriculares vinculadas a procesos de 
gestión. Deberán contar con experiencia demostrable en desarrollo organizacional, de auditorías y 
gestión. 
2. Experiencia general mínima de 10 años en tales competencias 
3. Perfil del auditor principal: 
a. 	Académicos: Contar con título universitario en carrera con contenidos curriculares específicos 
en materia de auditoías de gestión. 
h. 	Experiencia: Contar con experiencia laboral o en investigación en aspectos relacionados con la 
organización y ejecución de auditorías económico-contables o controles de gestión o con experiencia 
objetiva acreditable en auditorias externas. 
4. Adecuación del equipo de trabajo: El equipo de trabajo deberá ser suficiente para alcanzar los 
objetivos y entregables previstos en la Auditoria, garantizando la idoneidad técnica, científica y 
profesional de las tareas asignadas. A los fines de su integración, el Auditor y el Usuario de común 
acuerdo estimarán las horas, RRHH, y seniorities a los fines de asegurar que la idoneidad y capacidad 
del equipo. El Usuario se reserva el derecho de solicitar el reemplazo de los Profesionales designados 
que no posean el conocimientc o experiencia requerida o cuyo rendimiento pueda considerarse no 
satisfactorio. 
5. Condiciones generales: Todas y cada una de las personas que integran el equipo deberán ser 
absolutamente independientes en todos los aspectos relacionados con el alcance de esta Auditoría 
No deberán tener vinculación personal o empresarial, actual o pasada, con la empresa contratisL 
"Servicios y Consultoría S.A. y Cía. de Gestión, Administración y Fiscalización S.A. - Unión Transitoria" 
ni con sus directivos o representantes. Lo s integrantes del equipo de Auditoría deberán revelar 
cualquier relación que pudiere afectar su independencia. 
1. Conf idencialidacl de la Información 
El Auditor reconoce que la información y documentación que se le proporcione para el ejercicio de su 
cometido, así como los datos y resultados obtenidos de la prestación de los servicios de Auditoría son 
propiedad de la Provincia de Córdoba y que reúnen carácter confidencial y reservado en términos de 
la normativa aplicable. 
El monto que se abone a! Auditor, incluye la titularidad 
Provincia de Córdoba sobre los entregables y demás p, 
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en materia de contratación. 
 
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ANEXO 1 — TABLERO DE CONTROL 
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17 JUL 2020 
ANEXO II- FICHAS DE INDICADORES 
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