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EIA-PE-MAMUT

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Polígono Industrial La Ermita, C/Abeto. 
Centro de Empresas Granada, Oficina 1A. 
18.230 Atarfe (Granada) 
958 43 99 98/615 23 55 91 
www.apream.es
 
	
Estudio	de	Impacto	
Ambiental	
PARQUE EÓLICO “MAMUT” DE 2,5 MW
T.M. PADUL (GRANADA) JUNLIO 2017
 
 
ASESORAMIENTO, PROYECTOS Y ESTUDIOS AMBIENTALES S.L Página 1 de 2 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 
PARQUE EOLICO “MAMUT” DE 2,5 MW 
 
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T.M.: PADUL (GRANADA) 
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ASESORAMIENTO, PROYECTOS Y ESTUDIOS AMBIENTALES S.L 
 
Í N D I C E 
1. INTRODUCCIÓN .......................................................................................................... 3 
1.1. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO ...................................................................... 3 
1.2. OBJETO DEL PROYECTO................................................................................... 7 
1.3. PROMOTOR Y TITULAR DEL PROYECTO ........................................................ 7 
1.4. OBJETO DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. ......................................... 8 
2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Y SUS ACCIONES. ............................................... 9 
2.1. LOCALIZACIÓN .................................................................................................... 9 
2.2. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PARQUE ......................................................... 11 
2.3. SUPERFICIE A OCUPAR Y RECURSOS NATURALES NECESARIOS ........... 25 
2.4. ESTIMACION DE EMISIONES Y RESIDUOS .................................................... 26 
3. EXAMEN DE ALTERNATIVAS .................................................................................. 30 
4. INVENTARIO AMBIENTAL Y DESCRIPCIÓN DE LAS INTERACCIONES 
ECOLÓGICAS Y AMBIENTALES CLAVE. ................................................................... 31 
4.1. CLASIFICACIÓN DEL SUELO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO ............... 31 
4.2. NORMATIVA MEDIOAMBIENTAL DE APLICACIÓN ......................................... 32 
4.3. INVENTARIO AMBIENTAL ................................................................................. 38 
5. IDENTIFICACIÓN Y VALORIZACIÓN DE IMPACTOS. ............................................ 89 
5.1. IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS. .................................................................. 89 
5.2 CARACTERIZACIÓN Y VALORIZACIÓN CUALITATIVA DE LOS IMPACTOS 102 
5.3. VALORACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL GLOBAL. ................................... 124 
6. PROPUESTA DE MEDIDAS PROTECTORAS Y CORRECTORAS. ...................... 129 
6.1. PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA DISMINUCION DEL NIVEL SONORO .. 129 
6.2. PROTECCIÓN DE LAS AGUAS Y LA RED HIDROGRAFICA ......................... 130 
6.3. PROTECCIÓN DEL SUELO ............................................................................. 131 
6.4. PROTECCION DE LA VEGETACIÓN .............................................................. 132 
6.5. PROTECCION DE LA FAUNA .......................................................................... 133 
6.6. PROTECCIÓN DEL PAISAJE .......................................................................... 133 
6.7. GESTIÓN DE RESIDUOS ................................................................................ 134 
6.6. ASPECTOS GENERALES. ............................................................................... 134 
 
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7. PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL .......................................................... 135 
7.1. SEGUIMIENTO EN FASE DE CONSTRUCCION ............................................ 135 
7.2. SEGUIMIENTO DURANTE LA FASE DE EXPLOTACIÓN .............................. 136 
7.3. SEGUIMIENTO DURANTE LA FASE DE DESMANTELAMIENTO ................. 140 
7.4. INFORMES ....................................................................................................... 141 
8. DOCUMENTO DE SÍNTESIS ................................................................................... 144 
8.1. INCIDENCIA AMBIENTAL. ............................................................................... 145 
9. ESTUDIO ESPECÍFICO DE AFECCIONES A LA RED ECOLÓGICA EUROPEA 2000.
 ...................................................................................................................................... 147 
10. IDENTIFICACIÓN Y TITULACIÓN DE LOS AUTORES DEL ESTUDIO DE IMPACTO 
AMBIENTAL ................................................................................................................. 148 
11. PLANOS. ................................................................................................................ 149 
 
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ASESORAMIENTO, PROYECTOS Y ESTUDIOS AMBIENTALES S.L 
 
1. INTRODUCCIÓN 
1.1. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO 
 La energía eólica convierte directamente la energía cinética del viento en 
electricidad, a través de aerogeneradores (versión moderna de los molinos de viento), 
que se agrupan en parques eólicos. Es la energía renovable, junto a la fotovoltaica que 
más rápido ha crecido en España y ya forma parte destacable del sistema eléctrico. 
 
 El gran beneficio medioambiental que reporta el aprovechamiento del viento para 
la generación de energía eléctrica se establece por los niveles de emisiones gaseosas 
evitados, en comparación con los producidos en centrales térmicas. Esto afecta tanto a 
elementos contaminantes como dióxido de azufre, partículas, etc. como a la emisión de 
CO2, que el caso de la energía eólica es nula, con lo que contribuye a la estabilidad 
climática del planeta. 
 
 Cualquier política dirigida hacia un futuro sostenible debe estar basada en 
elevados niveles de eficiencia energética y en una mayor utilización de las energías 
renovables. 
 
 En la actualidad se está llegando al límite de la capacidad de los ecosistemas 
para regenerarse de la contaminación producida por el hombre. Un tercio del total de la 
contaminación generada a escala mundial procede del proceso de producción de 
electricidad, por lo que el desarrollo de las fuentes de energía renovables no es sólo 
deseable, sino necesario. 
 
 La energía eólica aporta numerosas ventajas: 
- La energía eólica no contamina, es inagotable y frena el agotamiento de 
combustibles fósiles contribuyendo a evitar el cambio climático. Es una tecnología 
de aprovechamiento totalmente madura y puesta a punto. 
- Es una de las fuentes más baratas, puede competir en rentabilidad con otras 
fuentes energéticas tradicionales como las centrales térmicas de carbón 
(considerado tradicionalmente como el combustible más barato), las centrales de 
combustible e incluso con la energía nuclear, si se consideran los costes de 
reparar los daños medioambientales. 
 
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- El generar energía eléctrica sin que exista un proceso de combustión o una etapa 
de transformación térmica supone, desde el punto de vista medioambiental, un 
procedimiento muy favorable por ser limpio, exento de problemas de 
contaminación, etc. Se suprimen radicalmente los impactos originados por los 
combustibles durante su extracción, transformación, transporte y combustión, lo 
que beneficia la atmósfera, el suelo, el agua, la fauna, la vegetación, etc. Cada 
kWh producido con energía eólica tiene 21 veces menos impacto medioambiental 
que el producido por el petróleo, 10 veces menos que el de la energía nuclear y 5 
veces menos que el gas 
- Evita la contaminación que conlleva el transporte de los combustibles; gas, 
petróleo, gasoil, carbón. Reduceel intenso tráfico marítimo y terrestre cerca de las 
centrales. Suprime los riesgos de accidentes durante estos transportes: limpiezas 
y mareas negras de petroleros, traslados de residuos nucleares, etc. No hace 
necesaria la instalación de líneas de abastecimiento: canalizaciones a las 
refinerías o a las centrales de gas. 
- La utilización de la energía eólica para la generación de electricidad presenta nula 
incidencia sobre las características fisicoquímicas del suelo o su erosionabilidad, 
ya que no se produce ningún contaminante que incida sobre este medio, ni 
tampoco vertidos o grandes movimientos de tierras. 
- Al contrario de lo que puede ocurrir con las energías convencionales, la energía 
eólica no produce ningún tipo de alteración sobre los acuíferos ni por consumo, ni 
por contaminación por residuos o vertidos. La generación de electricidad a partir 
del viento no produce gases tóxicos, ni contribuye al efecto invernadero, ni 
destruye la capa de ozono, tampoco crea lluvia ácida. No origina productos 
secundarios peligrosos ni residuos contaminantes. Cada kW/h de electricidad 
generada por energía eólica en lugar de carbón, evita: 
 0,60 Kg. de CO2, dióxido de carbono 
 1,33 gr. de SO2, dióxido de azufre 
 1,67 gr. de NOx, óxido de nitrógeno 
- La electricidad producida por un aerogenerador evita que se quemen diariamente 
miles de litros de petróleo y miles de kilogramos de lignito negro en las centrales 
térmicas. Ese mismo generador produce idéntica cantidad de energía que la 
obtenida por quemar diariamente 1.000 Kg. de petróleo. Al no quemarse esos Kg. 
de carbón, se evita la emisión de 4.109 Kg. de CO2, lográndose un efecto similar 
 
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al producido por 200 árboles. Se impide la emisión de 66 Kg. de dióxido de azufre 
-SO2- y de 10 Kg. de óxido de nitrógeno -NOx- principales causantes de la lluvia 
ácida. 
- La energía eólica es independiente de cualquier política o relación comercial, se 
obtiene de forma mecánica y por tanto es directamente utilizable. En cuanto a su 
transformación en electricidad, esta se realiza con un rendimiento excelente y no 
a través de aparatos termodinámicos con un rendimiento de Carnot siempre 
pequeño. 
 
El interés de la administración española por impulsar la energía eólica ha quedado 
reflejado en los diferentes planes de Fomento de las Energías Renovables. 
 
Agotado el período del PER 2005-2010 y atendiendo al mandato establecido en la 
legislación vigente1, el Gobierno de España ha elaborado un nuevo Plan para el periodo 
2011-2020. Este Plan incluye el diseño de nuevos escenarios energéticos y la 
incorporación de objetivos acordes con la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo 
y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente 
de fuentes renovables, la cual establece objetivos mínimos vinculantes para el conjunto 
de la Unión Europea y para cada uno de los Estados miembros. Concretamente, la 
Directiva establece como objetivo conseguir una cuota mínima del 20% de energía 
procedente de fuentes renovables en el consumo final bruto de energía de la Unión 
Europea, el mismo objetivo establecido para España, y una cuota mínima del 10% de 
energía procedente de fuentes renovables en el consumo de energía en el sector del 
transporte en cada Estado miembro para el año 2020. 
 
 La energía eólica es la fuente renovable que experimentó un mayor crecimiento 
en España durante la anterior década. La producción eléctrica del sector eólico en 2016 
es de 47.319 GWh, contribuyendo en un 19,3 % a la cobertura total de la demanda 
eléctrica nacional, y superando, en algunas ocasiones, una cobertura del 50% de la 
demanda horaria. 
 
 En cuanto a las tendencias tecnológicas principales en el horizonte 2020, no son 
previsibles grandes cambios en la tecnología eólica, más allá de desarrollar 
aerogeneradores de mayor tamaño aplicando nuevos materiales más resistentes, con 
menores costes asociados y con sistemas avanzados de control de la calidad de la 
energía cedida a la red. Para la tecnología eólica marina, en estado todavía incipiente en 
 
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muchos aspectos, será fundamental desarrollar conceptos específicos en el diseño, 
logística de transporte y montaje, etc. que permitan la reducción de ratios de inversión y 
costes de explotación para conseguir la máxima competitividad. En particular, se 
considera esencial la implantación de plataformas marinas experimentales para la I+D de 
subestructuras de cimentación para profundidades medias y de diseños flotantes para 
aguas profundas, en las que todavía no existe ningún parque comercial. 
 
 El potencial eólico es altamente sensible a la evolución del nivel tecnológico, por 
lo que no se trata de un valor estable en el tiempo, estimándose en España superior a los 
330 GW en tierra y próximo a los 8 GW en el mar en aguas no profundas (menor de ≈50 
m de profundidad). En cuanto a la eólica de pequeña potencia, todavía no se ha 
aprovechado en España su capacidad para aportar energía renovable de forma 
distribuida, mediante su integración en entornos urbanos, semi-urbanos, industriales y 
agrícolas, especialmente asociada a puntos de consumo de la red de distribución. Estas 
instalaciones tienen una serie de ventajas adicionales respecto a la gran eólica, como 
una mayor eficiencia potencial global por las pérdidas evitadas en las redes de transporte 
y distribución, y que permiten la integración de generación renovable sin necesidad de 
crear nuevas infraestructuras eléctricas. 
 
 Para la consecución de los objetivos fijados en el Plan 2011-220, aparte de 
propuestas de carácter general, esenciales para permitir la mayor integración del 
conjunto de las energías renovables (marco retributivo estable y predecible, adecuado 
desarrollo de las infraestructuras eléctricas de transporte, nuevas interconexiones 
internacionales, aumento de la capacidad de almacenamiento energético, y potenciación 
de la gestión de la demanda en tiempo real), se incluyen diversas propuestas para 
eliminar las barreras identificadas en cada subsector eólico, especialmente en la Eólica 
Marina y la Eólica de Pequeña Potencia, todavía por desarrollar en España. En particular, 
destacan especialmente las propuestas relacionadas con la simplificación de las 
tramitaciones administrativas para las repotenciaciones de parques eólicos, para las 
nuevas instalaciones de I+D+i+d, tanto en tierra como en mar, y el tratamiento regulatorio 
específico para las máquinas de pequeña potencia. 
 
El Gobierno suspende de forma temporal las primas de nuevas instalaciones de 
régimen especial, dada la crisis económica y la situación del sistema eléctrico, que 
arrastra un elevado y creciente déficit de tarifa que amenaza su sostenibilidad, el Consejo 
de Ministros aprobó el día 27 de enero de 2012 un Real Decreto Ley para suspender 
temporalmente los procedimientos de preasignación de retribución renovable y suprimir, 
 
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también con carácter temporal, los incentivos económicos para nuevas instalaciones de 
producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable, residuos y 
cogeneración. No óbstate el desarrollo de una tecnología eólica más económicas y 
eficientes está permitiendo la construcción de instalaciones eólicas con la venta directa 
de de energía al mercado eléctrico. 
 
En este marco, la energía eólica es claramente una opción para conseguir un 
incrementosostenido mediante el aprovechamiento más eficiente y racional de la energía 
primaria y la disminución de las emisiones gaseosas de origen fósil a la atmósfera. El 
Parque Eólico “MAMUT” contribuirá positivamente a la protección y cuidado 
medioambiental, atacando directamente, a su nivel, los problemas de cambio climático 
ocasionados por el efecto invernadero. En este mismo sentido, el parque eólico no 
presentara los problemas asociados a otros tipos de energías convencionales: 
producción de residuos peligrosos y/o tóxicos, lluvia ácida y agotamiento de recursos. 
 
El parque eólico, contribuirá a la mejora socioeconómica de los municipios de 
Padul, ya que mejorara el nivel de servicios de la población a través de la creación de 
puestos de trabajo e infraestructura energética. 
1.2. OBJETO DEL PROYECTO 
 El Objeto del Proyecto es la autorización administrativa para construcción y 
explotación del Parque Eólico “MAMUT” ubicado en el Término Municipal de Padul y 
sometido al procedimiento ambiental de Autorización Ambiental Unificada Ordinaria. 
 
El proyecto de ejecución del que se han extraído los datos para la realización de 
este Estudio de Impacto Ambiental ha sido realizado por D. Mariano Larios Martínez con 
número de colegiado 3940. Título: “Proyecto de Ejecución del Parque Eólico MAMUT”. 
1.3. PROMOTOR Y TITULAR DEL PROYECTO 
Empresa: WIND HUNTER 
C.I.F. B-19603653 
Domicilio social y para notificaciones: C/ Marqués de Mondéjar, 20, Bajo. 18005 
Granada. 
Representante legal: Juan Carlos Valverde 
 
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1.4. OBJETO DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. 
Se redacta el presente Estudio de Impacto Ambiental para dar cumplimiento a lo 
establecido en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, 
que según su Título III de Instrumentos de Prevención y Control Ambiental, Capítulo II de 
Prevención y Control Ambiental, Sección 3ª: Autorización ambiental unificada, establece 
en su Art. 27 que estarán sometidas a Autorización ambiental unificada “las actuaciones, 
tanto públicas como privadas, así señaladas en el Anexo I”. (Modificado por el Anexo III 
del Decreto-Ley 5/2014) 
 
“2.20 Instalaciones para la utilización de la fuerza del viento para la producción de 
energía, (parques eólicos) que tengan más de 10 aerogeneradores o 6MW de potencia, o 
que se encuentren a menos de 2 km de otro parque eólico en funcionamiento, en 
construcción, con autorización administrativa o con declaración de impacto ambiental.” 
 
En este caso, se cumple la condición 3, ya que existen un parques eólicos 
colindantes con la actuación, Cerros Pelaos, a aproximadamente 400 m de distancia y 
formado por dos aerogeneradores. 
 
Como actividad sujeta a procedimiento de Autorización Ambiental Unificada 
(procedimiento ordinario), esta solicitud deberá ir acompañada de cierta documentación, 
entre ella un Estudio de Impacto Ambiental (Art. 31, punto 2 según GICA o Art. 16, punto 
d- según Decreto 356/2010) que estará elaborada conforme a lo establecido en el Anexo 
III del Decreto 356/2010. 
 
El objeto de este estudio es el de analizar las implicaciones ambientales y valorar 
los efectos directos e indirectos que tanto su localización, funcionamiento y 
desmantelamiento puedan producir sobre la población humana, la fauna y la flora, el 
suelo, el agua, el aire, el clima, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas 
existentes, previsiblemente afectados por la instalación. Asimismo, se estimarán los 
efectos sobre los bienes materiales, el patrimonio cultural, las relaciones sociales y las 
condiciones de bienestar público, tales como ruido, vibraciones, olores y emisiones, y la 
de cualquier otra incidencia relevante derivada del desarrollo de la actuación. 
 
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2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Y SUS ACCIONES. 
2.1. LOCALIZACIÓN 
El Termino Municipal de Padul dentro de la provincia de Granada, recoge la 
instalación proyectada para el presente estudio. Concretamente las instalaciones se 
encuentran localizadas en el catastro con la siguiente referencia catastral (Plano 2). 
 
INSTALACION POLIGONO PARCELAS SUP m
2 
CIMENTACION 14 264,267 216 
PLATAFORMA 14 267, 264, 266 3910 
LIENA ELECTRICA 
SUBTERRÉNEA 
14 264 
91 
APOYOS LINEA ELÉCTRICA 
AEREA 
14 264, 275, 262 13,45 
LINEA ELÉCTRICA AEREA 
(SERVIDUMBRE DE 
OCUPACION TEMPORAL) 
14, 900 
264, 9101, 275, 
419, 271, 262, 386, 
389, 379 y 375 
25.632 
LINEA ELÉCTRICA AEREA 
(SERVIDUMBRE DE 
OCUPACION TEMPORAL) 
900 9101 3978 
LIENA ELECTRICA 
SUBTERRÉNEA DESDE CS A 
PUNTO DE CONEXION 
14 262, 342, 9007, 71 71 
Tabla 1. Ubicación catastral de la infraestructura del parque. 
 
El Aerogenerador, la plataforma y línea eléctrica subterránea se ubican en el 
paraje denominado el “Zumacal”, ocupando superficies dedicadas al cultivo de almendros 
en secano y vegetación natural. 
 
Cultivos de Almendros Vegetación natural afectada 
 
 
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La Línea eléctrica Aérea de una longitud aproximada de 1000 metros parte desde 
un Apoyo aéreo subterráneo situado en el paraje el Zumacal y próximo a aerogenerador, 
discurre por el paraje “Fuente del Malnombre hasta el punto de conexión en la Línea de 
20 KV propiedad de Endesa Distribución Situada al sur del “Cerro de los Molinos”. 
 
Paraje Fuente del Malnombre Zona sur Cerro de los Molinos 
 
Cartográficamente toda la zona de actuación se sitúa dentro de la la hoja 1:50.000 
nº 1026 (Padul) del IGN (Figura 1, Plano 1). 
 
 
Figura 1. Localización 
 
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El parque eólico está compuesto únicamente por un aerogenerador, siendo sus 
coordenadas en sistema de referencia ETRS89 las especificadas en la tabla 2. 
 
Coordenadas UTM
X Y
443311 4095354 
Tabla 2 Coordenadas del aerogenerador que compone el parque eólico. 
 
El acceso al parque se realiza a través de la autovía Bailén-Motril, desde donde 
aproximadamente en el 148+500, desde donde se coge la vía de la Futura Área hasta la 
zona de actuación. 
2.2. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PARQUE 
Como ya se ha comentado anteriormente el parque se encuentra formado 
únicamente por un aerogenerador, la ubicación se sitúa parcela casi llana, en las 
coordenadas señaladas en la Tabla 1. 
 
El parque eólico cuenta con los siguientes elementos: 
- 1 Aerogenerador. 
- Plataforma de montaje, de 60 m x 60 m2, necesaria para la instalación de las 
grúas, acopio de los equipos y montaje del aerogenerador. 
- Cimentación. Totalmente excavada en el terreno, y conforme a las directrices 
marcadas en el estudio geotécnico, se ha ejecutado la zapata de sustentación del 
aerogenerador, conforme al proyecto de la cimentación. 
- Zanja para redes. Tanto los cables de media tensión para evacuación de la 
energía, como la red de comunicaciones para la operación y control de la 
instalación, van directamente enterrados en una zanja que une la cimentación del 
aerogenerador hasta el centro de seccionamiento que conectará con la red de la 
compañía distribuidora. 
- Centro de seccionamiento. Equipado en base a la normativa de la compañía 
eléctrica recoge la energía generada en el aerogenerador, para su inyección a la 
red de distribución de la misma. En el centro de seccionamiento se realiza la 
medida de la energía entregada. 
- La evacuación del parque eólico se realiza a través dela línea eléctrica de 20 KV 
subterránea de aproximadamente 90 metros de longitud y de línea eléctrica aérea 
 
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de aproximadamente 1000 m de longitud de 20 KV, conectada esta última a través 
de un centro de seccionamiento a la Línea Eléctrica Aérea propiedad de ENDESA 
DISTRIBUCIÓN. 
2.2.1. AEROGENERADOR 
 Para este parque eólico se ha seleccionado el aerogenerador Vensys/Goldwind de 
2,5 MW, que es una turbina eólica de accionamiento directo, dotada de un generador 
síncrono de imanes permanentes, control de potencia y velocidad por medio de un 
sistema de paso de pala variable y un convertidor en el estator del 100 % de la potencia 
de la máquina. 
 
 Las características principales de dicho aerogenerador son las siguientes:. 
 
AEROGENERADOR VENSYS/GOLDWIND VE/GW-2,5/121 
CLASE IEC IIIb 
DIAMETRO DE ROTOR 121 m 
CONTROL DE POTENCIA Paso se Pala 
GENERADOR Síncrono, multipolo con imanes permanentes 
POTENCIA NOMINAL UNITARIA 2.500 KW 
VELOCIDAD DE CORTE INFERIOR 3 m/s 
VELOCIDAD DE CORTE SUPERIOR 22 m/s 
AREA DE BARRIDO 11.595 m2 
TENSION NOMINAL 690 V 
Tabla 3. Características generales de los aerogeneradores. 
 
 
Figura 2. Curva de potencia del Aerogenerador GW 121/2500. 
 
 
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Figura 3. Características del Aerogenerador GW 121/2500 
2.2.2. OBRA CIVIL 
2.2.2.1. Accesos 
 Para la instalación del aerogenerador es necesario un acceso tanto para la 
construcción y montaje del aerogenerador, como para el posterior mantenimiento de las 
instalaciones del parque. 
 
 En este caso, se accederá a la zona del parque eólico a través de una salida 
existente en la Autovía A-44 (pk. 148+500 aprox.). Esta salida, que se ejecutó para una 
Zona de Servicio de la propia autovía que actualmente está en licitación, será prolongada 
 
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hasta la ubicación del aerogenerador, y utilizado, previa autorización del Servicio de 
Carreteras de Andalucía Oriental del Ministerio de Fomento en Granada, de forma 
temporal para la construcción del parque eólico. El posterior mantenimiento se realizará 
utilizando la red de caminos rurales existentes en la zona. 
 
 Sus características principales son las siguientes: 
- Ancho de calzada útil de 6 m. (sin incluir las cunetas de evacuación de pluviales y 
las zanjas de evacuación eléctrica). 
- Pendiente máxima 16%. 
- Explanada tipo E-2 con firme de zahorra artificial Z-2 de 20 cm. de espesor 
mínimo, en función de la capacidad portante del suelo. 
- Radio mínimo en planta 70 m. 
- Acondicionamiento de acuerdos verticales según el fabricante de los 
aerogeneradores. Estrictamente mayor a Kv>150. 
- Taludes de terraplén según estudio geotécnico. 
- Se proveerán pasos de agua en aquellos puntos de los viales en los que sea 
necesario un cruzamiento para la evacuación de pluviales. Estos cruzamientos se 
definirán en base al estudio geotécnico en su epígrafe de análisis hidrológico del 
emplazamiento. 
2.2.2.2. Plataforma 
 Las plataformas son explanaciones, adyacentes a los aerogeneradores, que 
permiten mejor acceso para realizar la excavación de la zapata y también, el 
estacionamiento de la grúa de montaje de la torre, que puede así realizar su tarea sin 
interrumpir el paso por el camino. 
 
 Las dimensiones de estas plataformas dependen de la situación orográfica de 
cada una de ellas, aunque en condiciones generales serán aproximadamente de 60x60 
metros cuadrados. 
 
 Estas superficies son las que permiten el posicionamiento de la grúa principal de 
montaje además del acopio de todo el material y permite el montaje del rotor completo en 
el suelo y la optimización de la construcción. 
 
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2.2.2.3. Cimentaciones 
 Es necesario realizar un estudio geotécnico que determine las características 
resistentes del terreno para poder proyectar con precisión la cimentación. En este 
documento nos basamos en una cimentación estándar bajo unas condiciones de 
resistencia del terreno y bajo unas hipótesis de carga normales. 
 La realización de la cimentación del aerogenerador se puede resumir en los 
siguientes puntos principales: 
- Excavación del pozo 
- Relleno inicial con una base de hormigón de limpieza 
- Montaje de anillos de nivelación y jaula de pernos, anclaje para la torre del 
aerogenerador 
- Colocación de la armadura 
- Hormigonado 
- Relleno del pozo con material adecuado procedente de la excavación. 
 
Las características de los materiales empleados en la realización de las citadas tareas 
así como algunos de los principales puntos se detallan a continuación. 
 
a) Movimiento de tierras: Previamente a la excavación se realizó el desbroce del 
terreno. Posteriormente se rellenó con material adecuado hasta enrasar con la 
cota de terreno. 
 
b) Características de los materiales: 
- Hormigón: HA-30/B/20/IIa y HA-40/B/20/IIb. 
- Acero para armaduras pasivas: B-500-S. 
- Material adecuado (según PG-3) para relleno de pozo (material seleccionado 
procedente de la excavación). 
- Densidad mínima: _ = 1.600 Kg/m3. 
- Límite líquido: LL < 40. 
- Si el límite líquido es superior a treinta (LL>30) el índice de plasticidad será 
superior a cuatro (IP>4). 
- Carecerán de elementos de tamaño superior a 10 cm. 
- Cernido por tamiz 0.080 UNE inferior al 35% en peso. 
- Contenido en materia orgánica inferior al 1%. 
c) Hormigonado y relleno: 
 
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Previamente al hormigonado de la zapata se vertió el hormigón de limpieza. Para 
ello, una vez realizada la inspección visual, por parte del laboratorio de ensayos técnicos 
homologado responsable del estudio geotécnico, la Dirección Facultativa dio orden 
inmediata de proceder al vertido del hormigón de limpieza. 
 
Una vez concluidos estos trabajos previos se comenzó el hormigonado de la 
zapata sobre el hormigón de limpieza. Dicho hormigonado se realizó contra el terreno, sin 
encofrar, consiguiendo así un rozamiento estabilizante. 
 
La superficie por encima de la zapata esta rellena de material adecuado. Es 
necesario resaltar la importancia de este terreno de relleno por su contribución 
estabilizante frente al vuelco de la zapata (condición más crítica de dimensionamiento 
bajo la hipótesis de cargas máximas). 
2.2.3.- INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA 
El objeto de la infraestructura eléctrica, es transportar la energía generada por el 
aerogenerador, hasta el punto de la red de distribución eléctrica de la zona, propiedad de 
Endesa Distribución, en la que se determina el punto de conexión de este parque eólico. 
 
Para ello la infraestructura consta de los siguientes elementos: 
 
- Circuito de Potencia ubicado en el Interior del Aerogenerador. 
- Red de puesta a tierra de los aerogeneradores 
- Línea Aérea de Media Tensión que conectará el aerogenerador con el Centro de 
Seccionamiento, Conexión y Medida. 
- Centro de seccionamiento, protección y medida 
- Conexión a la red de la compañía. 
 
Se describen a continuación los diferentes tramos y equipo de los que consta la 
infraestructura eléctrica: 
2.2.3.1. Circuito de potencia el interior del aerogenerador 
El aerogenerador está compuesto por un generador doble trifásico, el rotor de 
imanespermanentes, generando a 690 V en corriente alterna con una frecuencia entre 9 
 
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y 17,3 r.p.m. La energía generada va a parar a un armario convertidor que rectifica la 
corriente y posteriormente la convierte de nuevo en alterna a 620 V y 50 Hz. Esta energía 
se transforma posteriormente a la tensión del entronque con la red de la Compañía 
Eléctrica, 20kV, por medio de un transformador elevador de aceite biodegradable 
0,620/20 kV. El transformador está protegido por un interruptor automático de 1.600 A 
con protección magnetotérmica en el lado de baja tensión y con una celda de protección 
por ruptofusible en el lado de media tensión. Efectuamos la salida a la línea enterrada a 
través de una celda de línea. 
2.2.3.2. Alimentación de equipos en BT. 
 Existe un transformador auxiliar 620/400 V, el cual alimenta por un lado la “top 
box” y por otro la “pitch box”. Desde estas dos cajas se alimentan todos los motores, 
instrumentos y servicios auxiliares de baja tensión de la instalación. 
 
 Todas las alimentaciones de fuerza ya sean de 690 V, 620 V, 400 V 0 230 V, a los 
distintos elementos estarán realizadas con cable de cobre, aislamiento 0,6/1 kV y sección 
adecuada, La sección mínima para las alimentaciones a los cuadros será de 6 mm2, 
mientras que para las alimentaciones a motores será de 2,5 mm2. Las alimentaciones de 
control e instrumentación podrán realizarse con cable de cobre de aislamiento 750 V y 
sección adecuada. 
 
 En todos los casos los cables utilizados estarán libres de halógenos no 
propagarán ni incendios ni llamas, serán de baja emisión de humos y gases tóxicos y 
corrosivos.. 
2.2.3.3. Comunicación. 
 La comunicación entre la góndola y el convertidor se realiza por medio de fibra 
óptica multimodo de 62,5/125 μm y equipos conversores FOProfibus y “swichts” Ethernet 
para F.O. 
2.2.3.4. Red de tierras del aerogenerador. 
 Todos los cuadros, motores, alimentaciones, equipos, partes metálicas y neutros 
que contiene el aerogenerador estarán unidos a la red de tierras interior del 
aerogenerador que, al final, estarán conectadas a las pletinas de tierra atornilladas en la 
parte inferior de la torre, a las que a su vez van atornilladas las redes de tierras 
 
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exteriores, tanto las pletinas de hierro y las armaduras de la cimentación como el cable 
de cobre desnudo de la cimentación y de la zanja. 
 
 Existe también un cable de cobre de 240 mm2 que une la tierra del convertidor con 
la del transformador, para asegurar la equipotencialidad entre ambos equipos. 
 
 La red de tierras exterior del aerogenerador está formada por cable de cobre 
desnudo de 50 mm 2 de sección. Se compone de dos anillos circulares, el interior de 7 m 
de diámetro y el exterior de 17,5 m de diámetro. Ambos anillos se unirán radialmente por 
4 brazos equidistantes, a la pletina de tierra exterior de la cimentación ubicada en su 
periferia, por medio de tres latiguillos y a la pletina de tierra interior del aerogenerador. 
La red de tierras también incluye 8 picas de acero cobrizado, de 14,6 mm de diámetro y 2 
m de longitud unidas por medio de un latiguillo al anillo exterior de cobre. 
 
 Las uniones subterráneas de cobre se realizarán por medio de soldaduras tipo 
Cadwell. Las uniones aéreas se realizarán por medio de piezas atornilladas adecuadas. 
Las uniones subterráneas del cable desnudo de cobre con las pletinas de acero de la 
cimentación serán atornilladas. 
 
 Si tuviéramos que utilizar medios adicionales para conseguir los 2 O mínimos 
necesarios en la resistencia de puesta a tierra del aerogenerador, una vez unida a la red 
de tierra de la zanja, podríamos realizar pozos con electrodos profundos, campos de 
picas o utilizar bentonita para aumentar la conductividad del terreno.. 
2.2.3.5. Transformador. 
El transformador ubicado en el interior de la torre tendrá las siguientes 
características. 
- Tipo de corriente. Trifásica. 
- Frecuencia. 50 Hz. 
- Potencia nominal. 2.800 kVA. 
- Tipo. Llenado integral. 
- Líquido refrigerante Aceite biodegradable. 
- Tipo de conexión. Dyn 5. 
- Relación de transformación. 20/0,62 kV 
- Regulación. En vacío, en MT. 
- Número de escalones. 5. 0+2,5 + 5% 
 
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- Tipo de bornas, en MT Enchufables. 
- Termómetro de dos contactos. 
- Válvula de seguridad. 
- Nivel de aceite. 
2.2.3.6. Celdas de 20kV. 
 Las celdas cumplirán con EN 60298: “Aparamenta bajo envolvente metálica para 
corriente alterna de tensiones asignadas superiores a 1kV e inferiores o iguales a 52 kV”. 
Tendrán las siguientes características: 
- Celdas modulares autoportantes, de corte y aislamiento en SF6. 
- Tensión nominal. 20 kV. 
- Intensidad nominal. 400 A. 
- Intensidad de cortocircuito térmica. 16 kA durante 1 s.. 
 
Celda de protección de ruptofusible. 
 
Envolvente metálica cerrada, conteniendo en su interior los siguientes elementos: 
- Interruptor en carga tripolar de 400 A. 
- Bobina de disparo de 230 V. 
- Tres cartuchos portafusibles. 
- Tres fusibles de APR y baja disipación térmica de 24 kV y calibre de 80 A. 
- Seccionador de puesta a tierra. 
- Cerradura de enclavamiento con el seccionador de puesta a tierra cerrado. 
- Tres captores capacitivos de presencia de tensión. Pletina de cobre de puesta a 
tierra. 
2.2.3.7. Cables. 
CABLE DE 20 KV. El cable estará de acuerdo con EN 60502: “Cables de transporte de 
energía aislados con dieléctricos secos extruidos para tensiones nominales de 1 kV a 30 
kV”. 
 El cable que discurre por la zanja tendrá las siguientes características: 
- Denominación. RHZ1 
 
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- Tipo. Unipolar. 
- Conductor. Aluminio. 
- Sección. 95 mm2. 
- Aislamiento. 12/20 kV. 
- Tipo de aislamiento. Polietileno reticulado (XLPE). 
- Pantalla. Hilos de cobre. 
- Cubierta. Poliolefinas (Z1). 
 
CABLE DE PUESTA A TIERRA. Los cables de cobre desnudo estarán de acuerdo con 
EN 207015: “Conductores de cobre desnudos cableados para líneas eléctricas aéreas”. 
 
 Los cables de puesta a tierra tendrán las siguientes características: 
- Conductor. Cobre electrolítico. 
- Nº de hilos. 7 
- Tipo. Rígido. 
- Sección. 50 mm2 para la red de tierras del aerogenerador. 35 mm2 para la red de 
tierras de la zanja. 
- Servicio. Cable directamente enterrado 
 
CABLE DE COMUNICACIÓN POR FIBRA ÓPTICA.  La fibra óptica cumplirá con EN 
60793210: “Fibra óptica. Parte 210: Especificación de producto. Especificación intermedia 
para fibras multimodo de categoría A1”. Tipo A1b y EN 50173 2ª Ed.: “Sistemas de 
cableado estructurado”. Categoría OM1. 
 Las características de la fibra óptica son las siguientes: 
- Tipo. Multimodo 
- Diámetro del núcleo y del revestimiento. 62,5/125 μm. 
- Categoría. OM1 
- Número de fibras. 4 
- Protección. Armado dieléctrico, antihumedad y antirroedores. 
- Cubierta. Adecuada para cable enterrado. 
 
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2.2.3.8. Línea de Media Tensión que Conecta el Aerogenerador con el Centro 
de Seccionamiento, Control y Medida. 
 La Línea de Media Tensión a 20 kV que conectará el Aerogenerador con el Centro 
de Seccionamiento constará de los siguientes elementos: 
- Tramo de Línea Subterránea queproviene del aerogenerador. 
- Apoyo de paso de Subterráneo a Aéreo 
- Tramo de Línea Aérea hasta el Centro de Seccionamiento. 
- Apoyo de pago Aéreo a Subterráneo en las inmediaciones del Centro de 
Seccionamiento. 
- Tramo de Línea Subterráneo de entrada en el Centro de Seccionamiento 
 
LÍNEA SUBTERRÁNEA DE MEDIA TENSIÓN A 20 KV S/C. El cable estará de acuerdo 
con EN 60502: “Cables de transporte de energía aislados con dieléctricos secos extruidos 
para tensiones nominales de 1 kV a 30 kV”. 
 El cable que discurre por la zanja tendrá las siguientes características: 
- Denominación. RHZ1 
- Tipo. Unipolar. 
- Conductor. Aluminio. 
- Sección. 95 mm2. 
- Aislamiento. 12/20 kV. 
- Tipo de aislamiento. Polietileno reticulado (XLPE). 
- Pantalla. Hilos de cobre. 
- Cubierta. Poliolefinas (Z1) 
 
CABLE DE PUESTA A TIERRA. Los cables de cobre desnudo estarán de acuerdo con 
EN 207015: “Conductores de cobre desnudos cableados para líneas eléctricas aéreas”. 
 
 Los cables de puesta a tierra tendrán las siguientes características: 
- Conductor. Cobre electrolítico. 
- Nº de hilos. 7 
- Tipo. Rígido. 
 
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- Sección. 50 mm2 para la red de tierras del aerogenerador. 35 mm2 para la red de 
tierras de la zanja. 
- Servicio. Cable directamente enterrado. 
 
CABLE DE COMUNICACIÓN POR FIBRA ÓPTICA. La fibra óptica cumplirá con EN 
60793210: “Fibra óptica. Parte 210: Especificación de producto. Especificación intermedia 
para fibras multimodo de categoría A1”. Tipo A1b y EN 50173 2ª Ed.: “Sistemas de 
cableado estructurado”. Categoría OM1. 
 
 Las características de la fibra óptica son las siguientes: 
- Tipo. Multimodo 
- Diámetro del núcleo y del revestimiento. 62,5/125 μm. 
- Categoría. OM1 
- Número de fibras. 4 
- Protección. Armado dieléctrico, antihumedad y antirroedores. 
- Cubierta. Adecuada para cable enterrado. 
 
APOYOS DE PASO AÉREO-SUBTERRÁNEO O SUBTERRÁNEO-AÉREO. El apoyo de 
paso aéreo/subterráneo o subterráneo/aéreo constará de: 
- Juego de cortacircuitos fusible-seccionador de expulsión de intermperie para 24 
kV 
- Juego de autoválvulas de óxidos metálicos para 42 kV para protección de 
sobretensiones de origen atmosférico 
- Terminales exteriores de intemperie para cable 12/20 kV 
- Tubo de acero galvanizado para protección mecánica de los cables 
- Puesta a tierra 
- Vallado antiescalo 
 
LÍNEA AÉREA DE MEDIA TENSIÓN A 20 KV S/C. 
 
Conductores. En el tramo aéreo de la línea proyectada se instalará conductores de 
aluminio acero de la recomendación UNE 21018 del tipo LARL 125, cuyas características 
principales aparecen en la tabla II de la citada Norma y son las siguientes: 
Tipo Aluminio-Acero 
 
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Sección de cable 125.098 mm² 
Diámetro cable 14.310 mm 
Carga de rotura 3.415 kg 
Módulo de elasticidad 7500 kg/mm². 
Coeficiente de dilatación lineal 19,04 x 10e-6 ºC-1 
Pesos 0,412 Kg/m 
 
 Todas estas características responden a lo especificado en las normas UNE 
21005 (Alambres de acero galvanizado para cables de aluminio y aleación de aluminio, 
con alma de acero para líneas aéreas), UNE 21014 (I) (Alambres de aluminio para 
conductores de líneas aéreas), UNE 21016 (Cables de aluminio con alma de acero para 
líneas aéreas). 
 
Aislamientos. Doble cadena, cada cadena estará compuesta por: 
Nº de elementos: 3 Uds. 
Tipo de elementos: U70BS 
Tensión soportada a frecuencia industrial bajo lluvia: 110 kV 
Tensión soportada bajo onda de choque: 220 kV 
Carga de destrucción electromecánica: 7.000 Kg. 
Esfuerzo permanente normal: 2.800 Kg. 
 
Apoyos. Todos los apoyos serán metálicos y galvanizados en caliente, resueltos con 
fuste en barras atornilladas y cabeza en cuerpo único soldado, según recomendación 
UNESA 6704-A. Dispuestos para llevar cadenas de aisladores de suspensión en los 
apoyos de alineación y cadenas de amarre en los ángulos, anclajes y fin de línea. 
 
 Los apoyos están formados por: 
 
- Cabeza: Prismática de sección cuadrada en campos de 600 mm formando un 
cuerpo único soldado, taladrada para adosar en diferentes combinaciones de 
crucetas. 
- Fuste: Tronco piramidal de sección cuadrada, formado por distintos tramos según 
la altura a conseguir, cada uno se compone de cuatro montantes de longitud 
máxima de 6 m unidos por celosía sencilla atornillada. 
 
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- Armado: Se realizan a partir de semicrucetas atornilladas de diferente longitud, lo 
que permite una amplia variedad de combinaciones. 
 Las crucetas irán montadas en montaje tresbolillo para doble circuito con 
separación de conductores mínima de 2,40 m y máxima de 2,40 m, por lo que se han 
establecido separaciones de crucetas que permitan dichas distancias, entre 1,25 m y 1,50 
m. 
 Las funciones, esfuerzos, alturas, tipo de montaje, separación entre crucetas y 
número de apoyos quedan definidos en el capítulo de cálculos. 
 Todos los apoyos irán empotrados en el terreno, mediante macizos de hormigón, 
calculados para que las condiciones más desfavorables cumplan con los coeficientes de 
seguridad exigidos en la vigente reglamentación 
2.2.3.9. Centro de seccionamiento 
La red de media tensión que sale de los aerogeneradores del parque entra en un 
centro de seccionamiento montado sobre el terreno, el cual cuenta con una preparación y 
excavación apta para albergar el centro en cuestión. Lleva acerado perimetral y cuenta 
con los siguientes elementos: 
- Edificio prefabricado de hormigón armado para 24 kV. 
- Tres unidades de celda modular de línea, de corte y aislamiento íntegro en SF6. 
- Celda de remonte de barras con puesta a tierra. 
- Celda modular de proyección con interruptor automático, de aislamiento integral 
en SF6, con mando motor, bobina de disparo y relé de protección. 
- Celda modular de medida equipada con 3 TT y 3 TI 
- Celda modular de protección por fusibles, equipada con fusibles APR 42kV y 
mando manual. 
- Cuadro de BT 
- Circuito de alumbrado 
- Sistema de tierra exterior de protección 
- Sistema de tierra exterior de servicio. 
- Equipo de medida. 
 
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 La alimentación de auxiliares del Centro de Seccionamiento se realizará a través 
de un Suministro en Baja Tensión desde un transformador titularidad de Endesa 
Distribución Eléctrica Existente en la zona. 
2.2.3.10. Conexión a la Red de la Compañía 
 El Centro de Seccionamiento, Control y Medida se ubicará en las proximidades 
del apoyo de la LSMT a 20 kV S/C “Padul de SET Dúrcal”, titularidad de Endesa 
Distribución Eléctrica, S.L., donde se ha fijado el Punto de Conexión. La conexión entre 
las Celdas de entrada/salida de línea del Centro de Seccionamiento, y la Línea a 20 kV 
S/C “Padúl de SET Durcal” (subterránea), se realizará mediante una línea subterránea de 
media tensión a 20 kV D/C, que será cedida en Endesa Distribución Eléctrica y que se 
ejecutará según sus especificaciones técnicas 
2.3. SUPERFICIE A OCUPAR Y RECURSOS NATURALES NECESARIOS 
2.3.1. SUPERFICIE A OCUPAR 
La superficie necesaria para la construcción del Parque Eólico es 
aproximadamente de 5.908 m2, distribuida según se e3specifica en la tabla 4 
 
INFRAESTRUCTURA Superficie m2 
Acceso 1580 
Plataforma 3910 
Cimentación 216 
Zanjas subterráneas 162 
Apoyos 15 
Centro de seccionamiento 25 
TOTAL 5908Tabla 4. Distribución de Superficies 
2.3.2. RECURSOS NATURALES NECESARIOS 
 El único recurso natural esencial para el funcionamiento de un parque eólico, para 
generar energía eléctrica, es la energía del viento, es decir, el movimiento de las masas 
de aire ocasionado por el desigual calentamiento de la superficie terrestre. Se trata de un 
recurso renovable, limpio, que hace que la energía eólica sea una de las opciones más 
claras que se están desarrollando en el Planeta para mitigar los efectos nocivos que 
causan al medio ambiente las fuentes de energía convencionales. 
 
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2.4. ESTIMACION DE EMISIONES Y RESIDUOS 
2.4.1. EMISIONES A LA ATMOSFERA 
 Los contaminantes atmosféricos que se producirán durante la construcción, el 
funcionamiento y desmantelamiento del parque eólico son los siguientes: 
 
Partículas. Se originarán durante los movimientos de tierra necesarios para la 
construcción de las instalaciones y su desmantelamiento y el tránsito de vehículos. Estas 
emisiones serán temporales, cuantitativamente escasas y químicamente inertes. 
 
Compuestos gaseosos. Se incluyen aquí el incremento en los valores de inmisión de 
CO, SOx, NOx, plomo e hidrocarburos que se producirá en la zona y sus inmediaciones, 
por la combustión de carburantes en maquinaria y vehículos de transporte. No obstante, 
el número de vehículos implicados, mayoritariamente con motores diesel y la intensidad 
media de tráfico determinan que sólo las emisiones de NOx e hidrocarburos no quemados 
tengan una importancia cuantitativa, sin que en ningún momento puedan alcanzarse 
niveles de inmisión no aceptables, pues la elevación en que se encuentra el área de 
actuación y su amplitud, proporcionan condiciones favorables para una adecuada 
dispersión de los contaminantes atmosféricos. 
 
Niveles sonoros. Durante la construcción de las instalaciones las fuentes de ruido 
implicadas en el proyecto van a ser la maquinaria y los vehículos de transporte 
empleados. En la tabla 5 se listan los equipos a utilizar durante la fase de obras y 
desmantelamiento y sus niveles de presión sonora (NPS). Estos valores se han obtenido 
a partir de mediciones realizadas en obras similares, pudiendo sufrir variaciones de  3 
dB(A). 
 
Equipo NPS NPS a 1 m 
Camión 90 dB(A) a 1 m 90 dB(A) 
Excavadora 95 dB(A) a 2 m 101 dB(A) 
Hormigonera 85 dB(A) a 2 m 99 dB(A) 
Grúa 75 dB(A) a 6 m 91 dB(A) 
Compresor 80 dB(A)a 5 m 94 dB(A) 
Equipo de soldadura 80 dB(A) a 3 m, con picos 
eventuales de 85 dB(A) 
90 dB(A) con picos 
eventuales de 95 dB(A) 
Tabla 5. Nivel de presión sonora de maquinaria empleada en la fase de construcción del parque eólico. 
 
 
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Esta estimación y el hecho de que la actividad se situará en un lugar deshabitado, 
próximo a la Autovía A44 y a otro parque eólico, y distante de cualquier núcleo de 
población, avalan la no implantación de medidas correctoras específicas, siendo 
únicamente necesario considerar el factor ruido en el ámbito de la seguridad laboral. En 
este sentido, en ningún caso se sobrepasará el umbral doloroso, cifrado en 120 dB para 
nivel sonoro continuo, y en 140 dB para emisiones intermitentes. 
 
 Durante la explotación de las instalaciones, el movimiento de las palas produce 
alteraciones sobre el nivel sonoro, debido a la producción de ruidos de origen mecánico o 
aerodinámico. El ruido mecánico, procede del generador, la caja multiplicadora y las 
conexiones, y puede ser fácilmente reducido mediante técnicas convencionales. El ruido 
de naturaleza aerodinámica, producido por el movimiento de las palas, es más difícil de 
amortiguar por métodos convencionales. 
 
El ruido aerodinámico es a su vez de dos tipos: 
- Ruido de banda ancha: Corresponde al flujo inestable de aire sobre las palas y 
está caracterizado por su ritmicidad. Es proporcional a la sexta potencia de la 
velocidad del rotor, por lo que puede ser atenuado reduciendo la velocidad del 
rotor. 
- Ruido irreflexivo: Prevalece en las turbinas grandes y en las turbinas de eje 
horizontal orientadas a sotavento. Depende del número y forma de las palas y de 
las turbulencias locales, y se intensifica cuando aumenta la velocidad del viento y 
la velocidad de rotación de la turbinas. Es de baja frecuencia, por lo que a 
menudo es inaudible, pero tiene la propiedad de llegar a largas distancias y puede 
provocar vibraciones en los edificios. 
 
Los aerogeneradores actualmente se diseñan con criterios para disminuir el ruido 
aerodinámico, y los modelos en el mercado tienen niveles de ruido, que en general están 
por debajo del ruido de fondo del propio viento. 
 
Al nivel sonoro anterior habría que aplicar la correspondiente reducción resultante 
del incremento de la distancia al punto de emisión. La energía de las ondas sonoras cae 
con el cuadrado de la distancia a la fuente sonora. Si nos alejamos 200 metros de un 
aerogenerador, el nivel de sonido será un cuarto del que teníamos a 100 metros. Y así, si 
multiplicamos por dos su distancia hará que el nivel de dB(A) se divida por 6. A una 
distancia de un diámetro del rotor de la base de un aerogenerador emitiendo 100 dB(A) 
 
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generalmente tendrá un nivel de sonido de 55-60 dB(A). Cuatro diámetros de rotor más 
allá tendrán 44 dB(A). A una distancia de 6 diámetros de rotor (480 m) tendrá alrededor 
de 40 dB(A). 
 
 El emplazamiento del parque eólico, no representa un problema de ruido 
importante para la población puesto que las viviendas del el núcleo de población más 
cercano se encuentra aproximadamente a más de 1.250 m. 
2.4.2. RESIDUOS 
 El desarrollo de las actividades que se llevarán a cabo en la construcción y 
funcionamiento del parque eólico va a generar los siguientes residuos: 
 
- Los residuos, asimilables a residuos sólidos urbanos, generados por el personal 
durante su estancia en la zona de actuación y como consecuencia de las 
actividades que sucesivamente se desarrollarán (embalajes, restos de comida, 
envases, material de oficina, etc.). 
- Los residuos sólidos inertes generados durante la construcción y 
desmantelamiento de las instalaciones: tierras y gravas, restos de obra, etc. 
- Residuos peligrosos generado en la construcción y desmantelamiento del parque 
(pinturas y barnices, disolventes de pegamentos y sellantes, productos de 
impermeabilización, etc.) o necesarios para el mantenimiento de las maquinaria 
que se emplee (aceites lubricantes de motores, aceites hidráulicos y líquidos de 
freno) y los generados en las labores de mantenimiento de los aerogeneradores 
durante la fase de explotación del parque eólico (aceites minerales lubricantes, 
aceites para turbinas y sistemas hidráulicos), incluyendo los recipientes y envases 
vacíos que hubieran contenido dichas sustancias. 
 
 La cuantificación de los residuos generados durante la fase de construcción 
resulta difícil por la variedad de actividades que se realizarán y la imposibilidad de 
determinar, a priori, qué cantidad del material de excavación será aprovechable en la 
ejecución de las obras proyectadas. En cualquier caso, en esta fase del proyecto, el 
mayor volumen de residuos generados corresponderá a los residuos inertes, seguido por 
los residuos asimilables a urbanos y los residuos peligrosos, representados, 
mayoritariamente, por aceites usados. 
 
 
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 Durante la fase de explotación, se producirá una pequeña cantidad de residuos 
asimilables a urbanos derivada de la gestión y mantenimiento de las instalaciones y de la 
permanencia del personal encargado del funcionamiento del parque, y una cantidad de 
aceites usados procedentes de la sustitución de lubricantes en las labores de 
mantenimiento de los aerogeneradores 
 
 Durante la fase de desmantelamiento, la mayor parte de los residuos generados 
serán Residuos de Construcción, provenientes de la demolición de la solera de hormigón. 
 
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3. EXAMEN DE ALTERNATIVAS 
 En este apartado se consideran todos los factores que han hecho que la 
alternativa para el emplazamiento del Parque Eólico “MAMUT”, sea la que se vaya a 
evaluar en los siguientes capítulos del presente estudio. Los criterios para optar por esta 
alternativa se han basado en visitas a la zona de estudio y consultas cartográficas para 
verificar que no hay afecciones ambientales importantes. Se analizaron técnica y 
medioambientalmente varias opciones a diversas escalas. Finalmente, se obtuvieron las 
siguientes conclusiones: 
 
1. El emplazamiento propuesto es técnica y económicamente viable según el 
personal encargado de la ejecución del proyecto y la Promotora solicitante. Para 
ello, es necesario: 
 Elevada intensidad del viento. 
 Suficiente terreno disponible. 
 Proximidad a la infraestructura de carretera. 
2. Tras consulta con el planeamiento del municipio afectado; se comprueba la 
compatibilidad del uso propuesto. 
3. Se mantiene fuera de los límites de ESPACIOS AFECTADOS POR LA Red 
Natura 2000. 
4. No afecta a ningún elemento arqueológico catalogado. 
5. En la zona de estudio aparecen cultivos. La vegetación natural es minoritaria y 
con escasa afección arbórea. 
6. Los caminos internos del parque serán en su mayoría modificaciones o 
prolongaciones de los existentes. El acceso al parque está muy cercano de una 
vía de comunicación existente de gran capacidad; la A-44 (Bailen-Motril). 
 
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4. INVENTARIO AMBIENTAL Y DESCRIPCIÓN DE LAS INTERACCIONES 
ECOLÓGICAS Y AMBIENTALES CLAVE. 
4.1. CLASIFICACIÓN DEL SUELO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
4.1.1. PLANEAMIENTO MUNICIPAL 
 Las instalaciones del Parque Eólico “MAMUT”, se encuentran incluidas en su 
totalidad en el municipio de Padul en la provincia de Granada. 
 
 El municipio de Padul se rige por sus Normas Subsidiarias aprobadas el 4 de 
marzo de 1997. Con fecha 28 de marzo de 2012 se aprueba la adaptación parcial de las 
NNSS en base a la disposición transitoria segunda de la LOUA, contiene el conjunto de 
determinaciones correspondientes a la ordenación estructural, en los términos del artículo 
10.1 de la LOUA, según los dispuesto por el Decreto 11/2008, de 22 de enero, por el que 
se desarrollan procedimientos dirigidos a poner suelo urbanizado en el mercado con 
destino preferente a la construcción de viviendas protegidas. 
 
El suelo afectado por el parque eólico se encuentra en su totalidad ubicado en 
Suelo No Urbanizable Sin Protección, siéndole de aplicación la Modificación Puntual Nº 5 
donde se fijan las condiciones de instalaciones de utilidad pública o interés social. 
 
 Para el establecimiento del proyecto del parque eólico proyectado, el titular deberá 
obtener licencia municipal de actividad y licencia urbanística conforme a lo previsto en la 
Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, siendo 
requisito previo completar el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. 
 
Al mismo tiempo será necesario la consecución de “utilidad pública” para este proyecto 
por parte del Promotor. 
 
 En cualquier caso, el Promotor debe hacer entrega junto con este Estudio de 
Impacto Ambiental, de certificados de compatibilidad urbanística, expedido por el 
Ayuntamiento de Padul como requisito documental de la ley 7/2007 de Gestión Integrada 
de la Calidad Ambiental, el cual ha sido emitido por dicho ayuntamiento con fecha 26 de 
mayo de 2017. 
 
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4.1.2. PLAN ESPECIAL DE PROTECCION DEL MEDIO FISICO DE LA 
PROVINCIA DE GRANADA 
 El Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes 
protegidos de la provincia de Granada fue aprobado definitivamente mediante Resolución 
de 6 de marzo de 1987 de la Consejería de Obras Públicas (modificado en el BOJA 61 de 
2007), siendo su finalidad establecer las medidas necesarias en el orden urbanístico para 
asegurar la protección del medio físico natural de la provincia. 
 
 El territorio afectado por el Parque Eólico el “MAMUT” y sus instalaciones 
provisionales no se incluyen en ninguna delas figuras de protección especificada en el 
PEPMF, por lo que las prescripciones quedan ampliamente satisfechas con el 
sometimiento del proyecto del Parque Eólico al procedimiento de Autorización Ambiental 
Unificada previsto en la Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad 
Ambiental que, en su artículo 27 establece que se encuentran sometidas a este 
procedimiento las actuaciones tanto públicas como privadas, así señaladas en el Anexo I 
y serán consideradas en la redacción del proyecto constructivo definitivo. El titular deberá 
obtener licencia urbanística para la construcción de las instalaciones proyectadas, trámite 
que, como ya se indicó en el epígrafe 3.1.1., deberá resolverse tras completar este 
procedimiento. 
4.1.3. ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS 
 El área prevista de explotación no afecta a espacios pertenecientes a RENPA, ni 
afecta a la Red Ecológica Europea Natura 2000. 
4.2. NORMATIVA MEDIOAMBIENTAL DE APLICACIÓN 
4.2.1. PREVENCIÓN AMBIENTAL 
- Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. 
- Decreto 356/2010, que regula la Autorización Ambiental Unificada. 
 
 Con la presentación del presente Estudio de Impacto Ambiental ante la Consejería 
de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el promotor de esta actuación da 
cumplimiento a parte de lo establecido como requisito documental para comenzar el 
 
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procedimiento ordinario regulado por esta Ley y este Decreto, Autorización Ambiental 
Unificada. 
 
 El contenido del presente Estudio de Impacto Ambiental se ajusta a lo 
especificado en el Anexo II de la Ley 7/2007y en el Anexo III del Decreto, según los cual 
debe contener al menos la siguiente información: 
 
1. Descripción del proyecto y sus acciones. Examen de alternativas técnicamente 
viables y presentación de la solución adoptada. 
2. Inventario ambiental y descripción de las interacciones ecológicas y ambientales 
claves. 
3. Identificación y valoración de impactos en las distintas alternativas. 
4. Propuesta de medidas protectoras y correctoras. 
5. Programa de vigilancia ambiental. 
6. Documento de síntesis. 
4.2.2. CALIDAD DEL AIRE 
- Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. 
- Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de 
actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las 
disposiciones básicas para su aplicación. 
- Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la 
Atmósfera; 
- Decreto 151/2006, de 25 de julio, por el que se establecen los valores límite y la 
metodología a aplicaren el control de las emisiones no canalizadas de partículas 
por las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera. 
 
- Decreto 39/2011, de 12 de julio, por el que se regula la Calidad del Aire 
atmosférico. 
- Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento contra la 
Contaminación Acústica en Andalucía. 
 
El Decreto de la Calidad del Aire es de aplicación en el ámbito de la Comunidad 
Autónoma a las industrias, actividades, medios de transporte, máquinas y, en general, a 
 
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cualquier dispositivo o actuación, pública o privada, susceptible de producir 
contaminación atmosférica, tanto por formas de materia como de energía, incluidos los 
posibles ruidos y vibraciones, que impliquen molestia grave, riesgo o daño para las 
personas o bienes de cualquier naturaleza. 
 
 La actividad a desarrollar no se encuentra contemplada en el catálogo de 
actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera (CAPCA) actualizado por el 
Real Decreto 100/2011, de 28 de enero. 
 
 El Reglamento contra la Contaminación Acústica en Andalucía establece que 
todos los vehículos de tracción mecánica mantendrán en buenas condiciones de 
funcionamiento el motor, la transmisión, carrocería y demás elementos del mismo 
capaces de producir ruidos y vibraciones y, especialmente, el silencioso del escape, con 
el fin de que el nivel sonoro emitido por vehículos no exceda los límites máximo de 
emisión establecidos en más de 3 dBA. 
 
 En cuanto a la emisión de ruidos, la actividad cumplirá los preceptos establecidos 
en el Decreto 6/2012; quedando condicionada la autorización de la actividad a la 
presentación de un estudio acústico relativo al cumplimiento de las normas de calidad y 
prevención establecidas en su articulado. Conforme a lo previsto en el artículo 42 del 
Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, junto a este 
estudio de impacto ambiental se aporta estudio acústico realizado por personal técnico 
competente relativo al cumplimiento durante la fase de funcionamiento de las normas de 
calidad y prevención establecidas en ese Reglamento. 
4.2.3. PROTECCIÓN DE LAS AGUAS 
- Real Decreto Ley 1/2001, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de 
Aguas. 
- Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de 
Dominio Público, que desarrolla los títulos I, IV, V, VI y VII, de la Ley 29/1985, de 
2 de agosto, de Aguas. 
 
 La Ley de Aguas, y su posterior desarrollo, establecen un amplio marco legislativo 
que tiene como fin último que el recurso agua esté disponible en todo momento en la 
cantidad necesaria y con la calidad precisa, y que esa disponibilidad se logre sin 
degradar el medio ambiente en general y el recurso en particular. 
 
 
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 Las actuaciones previstas en la construcción del Parque Eólico “MAMUT” en sus 
diferentes fases, no ocasionarán ninguna afección al Dominio Público Hidráulico. 
4.2.4. RESIDUOS 
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. 
- Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de 
Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 
 
 La Ley de residuos, con el fin último de proteger el medio ambiente y la salud de 
las personas, establece que los poseedores de residuos estarán obligados, siempre que 
no procedan a gestionarlos por sí mismos, a entregarlos a un gestor de residuos, y a 
mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentre en 
su poder. 
 
 En la actividad proyectada deben considerarse: 
- Los residuos, asimilables a residuos sólidos urbanos, generados durante la 
construcción y mantenimiento de las instalaciones. 
- Los restos vegetales que se puedan originar por la corta arranque o inutilización 
de especies arbóreas y arbustivas. 
- Los residuos inertes que constituyen los escombros que puedan generarse en 
ejecución de la obra civil durante la fase de construcción del parque eólico. 
- Los aceites usados (aceites de los motores de combustión y sistemas de 
transmisión, así como los aceites minerales lubricantes, aceites para turbinas y 
sistemas hidráulicos), generados en las labores de mantenimiento de los 
aerogeneradores y centro de transformación, incluyendo los recipientes y envases 
vacíos que hubieran contenido dichos residuos. Estos residuos y los que tengan 
consideración de peligrosos deberán ser puesto a disposición de gestor 
autorizado. 
 
 Las determinaciones establecidas para los residuos generados en el proyecto del 
Parque Eólico “MAMUT” así como en las medidas correctoras y protectoras del Estudio 
de Impacto Ambiental, permiten un cumplimiento de la normativa vigente en materia de 
residuos. 
 
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4.2.5. PROTECCION DE LA FAUNA Y LA FLORA 
- Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y fauna silvestres. 
- Ley 42/2007 de 13 de diciembre del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. 
- Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de 
Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español 
de Especies Amenazadas. 
- Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso 
sostenible de la flora y fauna silvestre y sus hábitats. 
 
 La normativa vigente en este ámbito tiene por objeto establecer las medidas 
necesarias para garantizar la conservación de las especies de la flora y fauna silvestres, 
con especial atención a las especies autóctonas, mediante un sistema de protección que 
atiende, preferentemente, a la preservación de los hábitats. 
 
 En el inventario florístico efectuado en la zona de actuación no se han encontrado 
especies incluidas en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial ni 
incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas. 
 
 La zona de actuación tampoco está incluida en la lista de lugares susceptibles de 
ser considerados como zonas especiales de conservación, no estando representado 
ninguno de los hábitats naturales prioritarios, amenazados de desaparición, que motivan 
la inclusión de un área como zona especial de conservación. 
4.2.6. ORDENACION FORESTAL 
- Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía. 
- Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento 
Forestal de Andalucía. 
- Ley 5/1999 de Incendios Forestales. 
- Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de 
prevención y lucha contra los incendios forestales. 
 
 La Ley Forestal de Andalucía define en su artículo 1 a los montes o terrenos 
forestales como elementos integrantes para la ordenación del territorio, que comprenden 
 
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toda superficie rústica cubierta de especies arbóreas, arbustivas, de matorral, o 
herbáceas, de origen natural o procedente de siembra o plantación, que cumplen 
funciones ecológicas, protectoras, de producción, paisajistas o recreativas. Con 
posterioridad establece que, por razón de su pertenencia, pueden ser montes privados o 
públicos; estos, por su naturaleza jurídica pueden ser patrimoniales o de dominio público. 
Atendiendo a esas definiciones, el Parque Eólico Cerros Pelaos se sitúa en terrenos 
forestales y agrícola de propiedad particular. 
 
 Las Instalaciones del parque eólico “MAMUT” afectan al Monte Público GR-30019-
AY (Cerrode Abajo y El Manar), propiedad del Ayuntamiento de Padul y consorciados 
con la Administración Forestal.(Plano 4). 
 
 Al afectar el proyecto a Monte Público, WIND HUNTER S.L. deberá solicitar, 
conforme establece en el artículo 68 del Reglamento Forestal de Andalucía, autorización 
de las ocupaciones y servidumbres que requiere el proyecto, correspondiendo a la 
Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Medio Ambiente la tramitación del 
procedimiento de autorización. 
 
 En cuanto a los preceptos de la Ley de Incendios Forestales, el artículo 42.2 de 
este texto normativo establece la obligación de elaborar, conforme a lo regulado 
reglamentariamente, un plan de autoprotección de todas aquellas actividades industriales 
que ubiquen en terrenos forestales, documento que el titular deberá presentar ante el 
Ayuntamiento antes del inicio de la actividad. 
4.2.7. VIAS PECUARIAS 
- Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. 
- Decreto 155/1.998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías 
Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 
 
La vigente normativa sobre vías pecuarias tiene por objeto asegurar la adecuada 
conservación de estas rutas y de los elementos vinculados a ellas, resaltando su 
importancia ambiental, social, cultural y económica. Con tal fin, entre otros, el 
Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía regula los 
procedimientos de ocupación y uso de estas vías. 
 
 
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 Conforme a lo establecido en el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad 
Autónoma de Andalucía, y con objeto de realizar el Cruce en Subterráneo para conexión 
del centro de seccionamiento con el punto de conexión autorizado por ENDESA (Plano 
4), el Titular presentará, ante la Delegación Provincial de la Consejería de Medio 
Ambiente en Granada, solicitud de ocupación del tramo afectado, aportando en dicha 
solicitud toda la documentación requerida por el procedimiento de ocupación. 
 
 La dos vía pecuaria que afectada es la Vereda de Albuñuelas, cuya descripción es 
la siguiente: 
 
“Anchura legal: Veinte metros ochenta y nueve centímetros (20,89 m) Recorrido 
en el T.M de Padul unos dos Kilómetros (2.000 m.). Dirección General: Norte-Sur. 
Arranca de la Vereda del Camino de Motril frente al Cortijo de la Cuesta. Sube por 
terrenos pedregosos en cuesta pronunciada por el Cerro de los Molinos, pasa por 
la Umbría del Agia, con una olivar al lado izquierdo, continúa su recorrido por 
terrenos de labor del paraje “Camperte” al “Costarrón de Cijancos”. “Barranco del 
Ayna” y sale de esta terminación para continuar a unirse con otras vías pecuarias 
por la raya divisoria de Albuñuelas con Cozvíjar”. 
4.2.8. RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL 
- Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. 
 El Titular está obligado a adaptar y ejecutar las medidas de prevención para evitar 
y reparar los daños medioambientales y a sufragar sus costes, cualquiera que sea su 
cuantía, cuando resulten responsables de los mismos. 
4.3. INVENTARIO AMBIENTAL 
4.3.1. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL ÁREA 
La instalación del Parque Eólico “MAMUT”, se ubica en el término municipal de 
Padul en la provincia de Granada, dentro de los parajes del “Zumacal” y “Fuente del 
Malnombre”. 
 
La totalidad del terreno afectado, se caracteriza por poseer parcelas dedicadas al 
cultivo de almendros en secano y matorral con pastizal. La presión antrópica es cada vez 
mayor, en este caso se trata de un paisaje ya antropizado por diversos motivos, uno de 
 
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ellos es la cercanía a otros parques eólicos, el más próximo a unos 400 metros “Cerro 
Pelaos”, y otros situados a más de dos kilómetros son Valcaire, Padul, Loma del Capón y 
Lecrin. Otros motivos de autorización es la presencia de infraestructura eléctrica de 
transporte y distribución, así como y vías de comunicación entre las que destaca la 
Autovia A44 (Bailen-Motril), situada a unos 130 metros del aerogenerador y la cual va a 
ser atravesada por la línea eléctrica de evacuación del parque eólico. 
 
 
Figura 4. Características de las superficies afectadas 
4.3.2. CLIMA 
Considerando las temperaturas, precipitaciones, y la combinación de ambos 
componentes del clima, así como la estrecha relación que tienen respecto a la 
distribución de la vegetación y cultivos, se presentan a continuación los datos más 
significativos del área de actuación. 
 
Para el establecimiento de las principales características del clima de la zona de 
actuación se ha consultado el SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL DE 
ANDALUCÍA (SINAMBA). 
 
 
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Se han buscado y seleccionado las estaciones meteorológicas más adecuadas 
para representar el área de estudio, cuya área de influencia incluiría la zona afectada por 
el proyecto. 
 
La estación meteorológica de la cual se han recogido los datos es la de Padul, se 
encuentra a 781 m de altitud, similar a la de la situación del parque eólico MAMUT. Los 
datos empleados para la realización de las gráficas son los recogidos entre los años 2001 
y 2017. 
 
Régimen de Temperaturas y Precipitaciones 
 
Temperaturas 
El clima de la zona de estudio es de tipo mediterráneo continental, es un clima de 
veranos secos y calurosos, y un invierno frío, y heladas que se extienden tanto durante el 
otoño como durante el invierno. La amplitud térmica diurna es alta, siendo la temperatura 
media anual de 14,6 ºC. La temperatura media máxima de 28,7 ºC, siendo los meses 
mas calurosos los de Julio y Agosto. Las media de las temperaturas mínimas de 3,9 ºC, 
siendo los meses más fríos los de Enero, Febrero, Marzo y Diciembre, en los cuales se 
registran temperaturas inferiores a los 0 ºC, dando lugar a heladas importantes. 
 
 
Figura 5. Valores medios de precipitación y temperatura de la estación meteorológica de Padul entre 2001 y 
2017. 
 
ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC 
T M(ºC) 7,7 8,3 11,1 13,3 16,9 21,4 24,9 25,1 19,7 10,9 8,2 7,1 
T MAX (ºC) 20,3 21,1 24,8 27,2 31,8 34,9 37,3 37,8 34,6 29,9 23,9 20,5 
T MIN (ºC) -3,5 -2,3 -0,6 2,7 5,3 9,1 11,9 12,5 9,9 4,4 0,2 -2,7 
PREP (MM) 40 52,8 49,6 47,4 28,1 9,9 0,35 5,9 27,8 44,15 59,7 55,3 
 
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Precipitaciones 
 
El valor de precipitación media registrada en la estación de la zona de estudio 
rondan los 421 mm al año. 
 
El valor medio de la precipitación anual en la zona no se supera los 500 mm, lo 
que supone un ombroclima seco. Las precipitaciones están repartidas desigualmente a lo 
largo del año, en el cuál las precipitaciones se limitan a una época del año, la invernal, y 
cuando se presentan lo hacen de manera torrencial. Los valores medios máximos 
mensuales de la precipitación se corresponden con los meses de noviembre y diciembre. 
 
A pesar de las bajas precipitaciones del área, la posible utilización de las reservas 
de agua de los perfiles edáficos llega a ser de 8 meses (octubre-mayo). El periodo xérico 
lleva las reservas a valores de cero (junio-septiembre), por las mínimas precipitaciones 
unido a las altas temperaturas que se alcanzan, no existiendo disponibilidad de agua en 
el suelo hasta al menos el mes de octubre (Figura 2). 
 
Aridez 
La aridez es un factor importante a tener en cuenta en el área de estudio. Este 
factor no depende exclusivamente

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