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Decreto 1421 del 2017 Artículo 2.3.3.5.1.4. Definiciones. Para efectos de la presente sección, deberá entenderse como: Ajustes razonables: Son las acciones, adaptaciones, estrategias, apoyos, recursos o modificaciones necesarias y adecuadas del sistema educativo y la gestión escolar, basadas en necesidades específicas de cada estudiante para garantizar su desarrollo, aprendizaje y participación Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR): herramienta utilizada para garantizar los procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes, basados en la valoración pedagógica y social, teniendo en cuenta el currículo de infraestructura Artículo 2.3.3.5.2.3.5. Construcción e implementación del PIAR • El PIAR es una herramienta valiosa para garantizar la pertinencia del proceso de enseñanza y aprendizaje del estudiante con discapacidad dentro del aula, respetando sus estilos y ritmos de aprendizaje. • Es un complemento a las transformaciones realizadas con el Diseño Universal de los Aprendizajes. • El diseño de los PIAR debe ser liderado por el o los docentes de aula con el docente de apoyo, la familia y el estudiante. • Se deberá elaborar durante el primer trimestre del año escolar, se actualizará anualmente. • El PIAR hace parte de la historia escolar del estudiante con discapacidad, y permitirá hacer acompañamiento sistemático e individualizado a la escolarización Parágrafo 1:Si un estudiante se vincula de manera extemporánea en una institución educativa se dará un plazo de 30 días para la elaboración del PIAR • Los ajustes razonables (es decir el PIAR) y los apoyos pedagógicos deben ser identificados y desarrollados a la medida de cada estudiante, desde la valoración pedagógica y desde sus potencialidades. Cada estudiante con discapacidad debe tener un PIAR. • El Decreto 1421 de 2017 introduce los Planes Individualizados de Ajustes Razonables (PIAR) como la herramienta principal para materializar el derecho a la educación inclusiva. • El PIAR debe entenderse como una oportunidad para materializar la educación inclusiva. • Cada colegio debe diseñar su propio formato siguiendo los mínimos exigidos en el Decreto. • El PIAR busca que los docentes: • Conozcan a sus estudiantes. • Plasmen sus potencialidades por escrito • Consignen las estrategias, apoyos y ajustes que implementan, • Indiquen tanto aquello que funciona como lo que no funciona. • El PIAR es responsabilidad de cada docente de aula y exige que cada estudiante sea tomado en serio. • ¿Que se debe fijar en el PIAR? se deben fijar los logros y metas que deben ser alcanzados, así como los apoyos y ajustes que van a llevarse a cabo. • El Decreto 1421 de 2017 exige que los PIAR sean elaborados o actualizados en los primeros tres meses del año escolar. La idea del PIAR es que sea un documento que se use para la planeación docente, para la elaboración de los informes de avance de los estudiantes. • El PIAR debe ser formalizado con un acta de acuerdo suscrita por la familia (o es un documento que se hace en privado y de manera ajena a las familias.) • El PIAR es también una herramienta de monitoreo y seguimiento de las actividades docentes para las familias. https://www.desclab.com/eptpiar https://www.desclab.com/eptpiar • Los PIAR son una oportunidad para la innovación en la práctica docente, exigen • Planear las actividades poniendo a los estudiantes en el centro, • Evaluar permanentemente lo que se desarrolla, así como • Probar nuevas estrategias para garantizar la participación de los niños y niñas con discapacidad en igualdad de condiciones.
Desafío COL y ARG Veintitrés
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