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Cuadro sociedad civil y asociacion - Abraham Zacaula

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SOCIEDAD CIVIL	ASOCIACIÓN CIVIL
	SEMEJANZAS	La administración de la sociedad puede conferirse a uno o varios socios.
Deberán reunirse por lo menos una vez al año o conforme se estipule en el contrato.
De las decisiones: serán tomadas por a mayoría de votos de los presentes	El contrato debe de constar por escrito
Mínimo dos personas, máximo ilimitado.
Estatutos inscritos en Registro Publico
Admitir y excluir asociados.
	DIFERENCIAS	La diferencia entre Sociedad civil y Asociación Civil es que la primera tiene un fin común licito preponderantemente económico mientras que la Asociación civil no persigue los fines de lucro
Una presta un servicio y a otra es comercial
Disolución: las sociedades, por muerte de algún socio, o renuncia.
Para las Asambleas: Requerida por el 5% de los socios.
De las decisiones: no votaran cuando estén involucrados familiares	
	LEYES	Se rige por el Código Civil Federal del Artículo 2688 al 2701	Se rige por el Código Civil Federal del Artículo 2670 al 2687
	VENTAJAS	Conformación más fácil y económica respecto a una sociedad mercantil, ya que no se requiere una escritura pública o aportación mínima de inicio.
Gestión contable y financiera sencilla en comparación con una sociedad limitada.
Modelo rápido para hacer colaboración entre autónomos.	Perpetuidad.
Escalabilidad.
Estructura corporativa formalizada.
Empleados altamente motivados.
Sensación de satisfacción que experimenta al llevar a cabo un fin social que beneficia a la comunidad que le rodea.
	DESVENTAJAS	No ofrece una imagen consolidada y permanente frente a terceros.
Los socios tienen responsabilidad ilimitada frente a las deudas contraídas con terceros.
Su imagen es menos formal ante terceros y no es tan buena como en las demás sociedades	Crear una organización sin fines de lucro supone invertir tiempo y dinero.
Mantenimiento continuo.
Dificultad de financiación.
Generalmente las entidades cuentan con un presupuesto bajo y pocos empleados, por lo que éstos se ven obligados a sobrecargarse de actividades
		SOCIEDAD CIVIL	ASOCIACIÓN CIVIL
	DERECHOS	Artículo 2692.- Si se formare una sociedad para un objeto ilícito, a solicitud de cualquiera de los socios o de un tercero interesado, se declarará la nulidad de la sociedad, la cual se pondrá en liquidación. Después de pagadas las deudas sociales conforme a la ley, a los socios se les reembolsará lo que hubieren llevado a la sociedad. Las utilidades se destinarán a los establecimientos de beneficencia pública del lugar del domicilio de la sociedad.
Artículo 2698.- El contrato de sociedad no puede modificarse sino por consentimiento unánime de los socios.
Artículo 2699.- Después de la razón social, se agregarán estas palabras Sociedad Civil	Artículo 2678.- Cada asociado gozará de un voto en las asambleas generales.
Artículo 2679.- El asociado no votará las decisiones en que se encuentren directamente interesados él, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes, o parientes colaterales dentro del segundo grado.
Artículo 2680.- Los miembros de la asociación tendrán derecho de separarse de ella, previo aviso dado con dos meses de anticipación.
Artículo 2681.- Los asociados sólo podrán ser excluidos de la sociedad por las causas que señalen los estatutos.
Artículo 2682.- Los asociados que voluntariamente se separen o que fueren excluidos, perderán todo derecho al haber social.
Artículo 2683.- Los socios tienen derecho de vigilar que las cuotas se dediquen al fin que se propone la asociación y con ese objeto pueden examinar los libros de contabilidad y demás papeles de ésta.
	OBLIGACIONES	Artículo 2688.- Por el contrato de sociedad los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial.
Artículo 2689.- La aportación de los socios puede consistir en una cantidad de dinero u otros bienes, o en su industria. La aportación de bienes implica la transmisión de su dominio a la sociedad, salvo que expresamente se pacte otra cosa. 
Artículo 2690.- El contrato de sociedad debe constar por escrito; pero se hará constar en escritura pública, cuando algún socio transfiera a la sociedad bienes cuya enajenación deba hacerse en escritura pública.	Artículo 2686.- En caso de disolución, los bienes de la asociación se aplicarán conforme a lo que determinen los estatutos y a falta de disposición de éstos, según lo que determine la asamblea general. En este caso la asamblea sólo podrá atribuir a los asociados la parte del activo social que equivalga a sus aportaciones. Los demás bienes se aplicarán a otra asociación o fundación de objeto similar a la extinguida.
Artículo 2687.- Las asociaciones de beneficencia se regirán por las leyes especiales correspondientes.
Conclusión 
La sociedad civil es un contrato de tipo bilateral o multilateral celebrado entre dos o mas personas en el cual estos pactan su aporte para formar una sociedad civil, este aporte puede ser meramente económico o de bienes de industria. Estos tienen un fin en común y un propósito el cual les obliga a realizar alguna actividad empresarial con interés de obtener un beneficio económico pero sin fines mercantiles.
En cambio la asociación civil es un conjunto de asociados o socios que buscan un fin de forma estable. Su principal característica es que en cambio de la sociedad civil esta es sin ánimos de lucro y con una gestión democrática y yo considero que esta es la mas difícil de las dos para lograr una forma estable, porque al ser sin animo de lucro los socios tienen que trabajar en lograr unas buenas finanzas sin descuidar el fin para el cual fue creada.
Referencias
Santiago Contreras. (4 de diciembre de 2020). 15 Asociaciones Civiles enMéxico. Lifeder. Recuperado de https://www.lifeder.com/asociaciones-civiles-mexico/.
https://sheep.mx/blog/blog/2020/12/21/pros-y-contras-de-conformar-una-sociedad-civil/
Código Civil Federal
https://mexico.justia.com/federales/codigos/codigo-civil-federal/libro-cuarto/parte-segunda/titulo-decimo-primero/capitulo-i/

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