Logo Studenta

D privacidad Leonardo Carlos

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL 
ESTADO DE MORELLOS 
ALUMNO: 
LEONARDO CARLOS FABILA 
MATERIA: 
DERECHO INFORMÁTICO 
28-FEBRERO-2022 
Establece que la información que se refiera
a la vida privada y los datos personales será
protegida en los términos y con las
excepciones que fijen las leyes.
Establece que nadie puede ser molestado
en su persona, familia, domicilio, papeles o
posesiones, sino en virtud de un
mandamiento escrito de autoridad
competente que funde y motive la causa
legal del procedimiento.
Derecho a 
la
privacidad
Toda persona tiene derecho a la
protección de sus datos personales e
incluso establece supuestos de excepción
a los principios que rigen el tratamiento de
datos, por razones de seguridad nacional,
de orden público, seguridad, salud o para
proteger los derechos de tercero.
el numeral 16
de nuestra
Carta Magna
ARTÍCULO
SEXTO de la
Carta Magna

Continuar navegando