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Cuadro comparativo Medios de Impugnación - Samuel Martinez

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Introducción.
En el presente documento, se realizará un cuadro comparativo acerca de los medios de impugnación, esto con el propósito de comparar todos los medios de impugnación que se pueden realizar dentro de un procedimiento civil, pero antes de comenzar a desarrollar el tema principal, es necesario que se conozcan algunos conceptos generales.
Derecho Civil: Es la ciencia normativa que reglamenta situaciones exclusivamente privadas en lo relativo a las personas, sus bienes y sus contratos (sucesiones y obligaciones). 
Derecho Procesal Civil: Se puede definir como la ciencia normativa que, mediante una serie de actos y tramites seguidos ante un juez o tribunal se esclarece la justificación de un derecho o pretensión de una situación privada en lo relativo a las personas, bienes y contratos. 
Juicio: Es un procedimiento legal mediante el cual se resuelve una controversia mediante una autoridad llamada juez, este procedimiento se puede utilizar en todas las ramas del derecho. 
Demanda: Es el instrumento jurídico mediante el cual los sujetos de derecho formulan peticiones al Estado a través de la rama judicial para que ellas se resuelvan por medio de una sentencia. 
Contestación de la demanda: Se puede definir como un acto procesal mediante la cual, el demandado responde a la demanda presentada en su contra dejando en evidencia lo que la parte demandada quiera mencionar.
Medio de impugnación: Es una acción, una objeción, una contradicción, tanto las referentes a los actos y escritos de la parte contraria, cuando puede ser objeto de discusión ante los tribunales, como a las resoluciones judiciales que sean firmes contra las cuales cabe algún recurso.
Una vez mencionado lo anterior, es necesario que comencemos a desarrollar el diagrama para poder desarrollar el tema principal.
Desarrollo.
	Medios de impugnación autónomos procesales.
	¿Qué son y para qué sirven?
	Juicio de Amparo.
	Es el principal instrumento de defensa de los derechos del individuo contra los actos de autoridad ante los sistemas jurídicos.
Sirve para proteger los derechos de un individuo en contra de los actos u omisiones que realiza la autoridad, así como también funciona como un recurso de apelación en contra de sentencias definitivas, laudos o dar una resolución que de fin al juicio.
	Impugnación de la cosa juzgada.
	Es una institución que responde a la necesidad social y política de asegurar que las controversias llevadas a conocimiento de un juez tengan un “punto final” y definitivo, se puede destacar el articulo 23 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos donde menciona que, “nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene”. 
Sirve para poder garantizar que se cumpla con los lineamientos establecidos por la CPEUM en su artículo 23 mencionado anteriormente.
	Recursos.
	
	Medios de impugnación de nulidad.
	¿Qué son y para qué sirven?
	Apelación Extraordinaria.
	Es el recurso que se inicia mediante una autentica demanda de nulidad, en la que se formula la pretensión que se declaren nulas las actuaciones practicadas en el juicio. Este recurso tiene como fundamento jurídico la garantía de previa audiencia judicial, que es violada en los casos que pueda proceder.
Sirve para presuponer que el juicio ha sido ya fallado por sentencia definitiva y que, esta circunstancia lo distingue del incidente de nulidad de actuaciones.
	Nulidad de Actuaciones.
	Es la declaración de que cierta parte de lo actuado en el procedimiento, es nulo de pleno derecho porque se produjo por algún error procesal importante y deba retraerse de todo lo actuado hasta en el momento que se cometió la nulidad. Su plazo para poder solicitar la nulidad es de 20 días desde que fue entregada la notificación de la resolución.
Sirve para poder solicitar que se anule una parte del proceso, se puede aplicar cuando una parte considera que hubo una flagrante de indefensión, también en los casos en que una parte no fue oída, no se le notifico correctamente de algo, etc.
	Recursos.
	
	Recursos propiamente dichos.
	¿Qué son y para qué sirven?
	Apelación.
	Es un medio utilizado para impugnar las resoluciones judiciales (sentencias) dictadas por un juez que no se consideran justas.
Sirve para poder solicitarle al órgano jurisdiccional que revoque o modifique la sentencia o el auto dictado en la primera instancia del juicio.
	Revocación.
	Es el medio de defensa administrativo opcional para los contribuyentes contra actos de violación y resoluciones de una autoridad fiscal.
Sirve para dejar sin efectos el acto, confirmarlo o modificarlo, asi como también mandar a reponer el procedimiento u ordenar uno nuevo o que lo constituya, o bien desecharlo por ser improcedente, tenerlo por interpuesto o sobreseerlo, según el caso.
	Reposición.
	Es el acto procesal por el cual, el superior jerárquico de la autoridad judicial, imposibilitado para entrar al estudio y análisis del fondo del asunto sometido a la apelación, donde se anula o invalida determinada actuación judicial apartada de la legalidad u ordena al inferior que lo haga, para que se reanude el procedimiento a partir del acto que se ha dejado sin efecto.
Sirve para poder darle continuidad al procedimiento en caso de que se someta a la nulidad de actuaciones o a una apelación extraordinaria.
	Queja.
	Es el procedimiento mediante el cual un individuo manifiesta los hechos realizados por una persona o un grupo de personas, quienes de manera expresa relatan presuntas violaciones a sus derechos, en agravio de ellos o de terceras personas, estos cometidos por autoridades o servidores públicos de carácter municipal, estatal o federal.
Sirve para evitar que se violen los derechos de un individuo o detener el hecho violatorio, luchar por la reparación del daño, fomentar la denuncia y contribuir de manera positiva a las conductas que vulneran los derechos para que no se cometan otra vez.
Conclusión.
Como conclusión, puedo mencionar que la apelación se puede realizar de varias maneras, esto con propósitos diferentes, siempre y cuando existan hechos o acciones que realmente afecten de manera directa los intereses de la persona que presenta dicho recurso.
Bibliografía.
1. http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/144411/mod_resource/content/0/7.1%20Medios%20de%20impugnaci%C3%B3n%20%28a%20partir%20de%20la%20pag103%29.pdf
2. http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/144410/mod_resource/content/0/7.2%20medios%20de%20impugnacion%20en%20el%20cod%20del%20DF.pdf
3. http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/144409/mod_resource/content/0/7.3%20Medios%20de%20impugnaci%C3%B3n%20%28estudio%29.pdf
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