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IMPUESTOS - José Luis Ruiz Gómez

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IMPUESTOS
COMPLEMENTO DEL TEMA DE POLITICA TRIBUTARIA DE LA MATERIA DE ECONOMÍA II
EL IVA
Impuesto sobre el Valor Agregado, es un impuesto que grava el valor agregado de un producto o servicio en las distintas etapas de su producción. 
Es decir, es una carga fiscal que se aplica al consumo de un bien o servicio.
Por ejemplo: Cada vez que compramos algún producto o servicio estaremos pagando el IVA correspondiente. 
En México existen dos tasas aplicables para el cálculo del IVA, Impuesto sobre el Valor Agregado, la general del 16% y la tasa del 0% que se aplica a ciertas actividades.
El IVA general se aplica a la enajenación de bienes, prestación de servicios independientes, importación de bienes y servicios, y al uso temporal de bienes.
Por su parte, la tasa del IVA del 0%, donde no se cobra impuesto, se aplica a alimentos básicos, medicinas y servicios médicos, libros y periódicos, servicio de agua potable o transporte público entre otros.
La tasa del IVA del 0% se aplica en la enajenación de:
Animales y vegetales.
Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación. A excepción de bebidas distintas a la leche (jugos o néctares), jarabes o concentrados para preparar refrescos, caviar, salmón ahumado, angulas.
Alimentos procesados para mascotas.
Ixtle, palma y lechuguilla.
Saborizantes, microencapsulados y aditivos alimentarios.
Chicles o gomas de mascar.
Hielo y agua no gaseosa ni compuesta, excepto cuando este último caso, su presentación sea en envases menores de diez litros.
Tractores para accionar implementos agrícolas.
Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas.
Invernaderos hiropónicos y equipos integrados para producir temperatura y humedad controladas.
Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes.
Libros, periódicos y revistas.
El Impuesto sobre la Renta o ISR
Es un impuesto directo sobre las ganancias obtenidas durante el ejercicio fiscal de actividades como la venta o renta de inmuebles, o la prestación de algún tipo de servicio.
Todas las personas, tanto físicas como morales, están obligadas a la contribución del Impuesto sobre la Renta, o ISR, sin importar la naturaleza, denominación u origen de sus ingresos, solo se grava la utilidad del bien o actividad que incremente el patrimonio del contribuyente.
COMO SE CALCULA EL ISR
Una vez que hayas ubicado el sueldo bruto mensual o tu ingreso total dentro de la tabla dentro del rubro “Límite inferior” y “Límite Superior”, tienes que restar el “Límite inferior” a tu ingreso total; este resultado se le conoce como base.
Bien, ahora en tu tabla, ubica la Tasa correspondiente a tu rango de ingreso total. Cuando lo ubiques, tendrás que calcular ese porcentaje a tu Base.
Al resultado deberás sumarle la Cuota Fija correspondiente ubicada en esa misma fila de celdas de la tabla.

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