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Análisis de caso - Guadalupe Zavala (8)

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MA: GUADALUPE ZAVALA LARA
Análisis de caso - Control de lectura.   
  
Con base en el caso: INCLUSION Y EQUIDAD EDUCATIVA  
  
El funcionamiento del sistema educativo se basa en la inclusión y la equidad como principios básicos y generales de diversos elementos que forman parte para su operación observables de manera transversal: normatividad, infraestructura, presupuesto, becas, valores y actitudes, planes, programas, métodos y materiales, ambiente escolar y prácticas educativas, gestión escolar, evaluación, capacitación, sistemas de información, maestros, directores, supervisores, padres y madres de familia” (sic) (SEP, 2016a, p. 64). 
Su transferencia desde instancias internacionales se plantea como la alternativa a la educación intercultural bilingüe para la niñez indígena en educación básica -y de otros grupos vulnerables, como por ejemplo los niños de familias jornaleras migrantes- a través de un postulado básico: las escuelas de la modalidad general, que se perciben a futuro como las únicas, deben atender a todos los niños, sin subsistemas paralelos como el indígena.
¿Qué políticas nacionales o internacionales se aplican en el caso? 
· Se reconocen el derecho a recibir educación sin ser excluidos del sistema general de educación por la enseñanza gratuita y obligatoria a todos, por motivos de presentar claras barreras de aprendizaje, necesidades especiales de atención o discapacidad en igualdad de condiciones con las demás, y en la comunidad en que viven. 
· Al final se logra facilitar la intervención con medidas de apoyo personalizadas y efectivas en el aula y el centro, que fomentaron la cooperación, colaboración para el desarrollo académico y social de la comunidad escolar conformado en el objetivo de inclusión.
· Se garantiza cierta inclusión como elementos de operación y práctica docente, la flexibilización curricular (condicionada), se ajustan los mecanismos de evaluación por el docente de artes y la accesibilidad física participativa e integradora, y la comunicacional se genera acorde a la estrategia y modelo profesional ético de cada docente (no todos lo presentan).
· Garantiza al alumnado el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, aunque ciertas acciones conducen a la segregación o etiqueta, violando algunos derechos humanos y libertades fundamentales de conformidad con el objetivo de equidad e inclusión.
Si no se aplica alguna, ¿cuál podría ser aplicada y cómo se observaría? 
· Que todas las personas de poblaciones rurales en extrema pobreza, n.e.e. o discapacidad puedan acceder a una educación básica obligatoria (primaria y secundaria) inclusiva, de excelencia y gratuita.
· Se pierde de vista las singularidades escolares y atención escasa a las formas de implementación que debían responder al imperativo inclusivo.
· Evitar la exclusión llevada por la organización del centro, autoritarismo como control rígido disciplinario, sin dar importancia al trato o efecto. Minimiza la deserción escolar.
· Reducir las actitudes discriminatorias y de exclusión, incluidas las relacionadas con la edad, la clase social, la etnia, la religión, el género y el logro. Evitar el discurso, “especialización” que tiende a equipararse con segregación, discriminación, exclusión y marginación
· Diseño de ajustes e intervenciones profesionales acordes, en función a las necesidades del estudiante y su efectiva inclusión social.
· Fomentar el aprender todos juntos en grupos colaborativos que ponen en práctica valores y principios, incluyendo las complejidades de la sociedad, escuelas y los sistemas educativos.
· Generar propuestas educativas innovadoras que respete e integre las capacidades diferentes y las características individuales de los educandos, con el objetivo de lograr alcanzar el pleno desarrollo de sus potencialidades.
· Exigir al Estado el cumplimiento de brindar apoyos específicos y la adjudicación del presupuesto necesario a la inclusión (recursos, infraestructura, materiales, aulas equipadas, etc.) necesarios para todas aquellas personas y sectores en especial situación de vulnerabilidad.
· Estimular la permanencia y el logro de los aprendizajes, mediante la motivación y empatía, transmitir la forma correcta de incluir a las personas y sectores discriminados por cultura, raza, condición económica o social, a los efectos de que alcancen una real igualdad de oportunidades para el acceso, 
· Artículo 33.- La educación formal debe contemplar toda particularidad, de carácter permanente o temporal, personal o contextual, a través de diferentes modalidades, entendidas como opciones organizativas o metodológicas, con el propósito de garantizar la igualdad en el ejercicio del derecho a la educación. 
· Consideración a la educación de excelencia en los medios rurales, la educación de personas jóvenes y adultas y la educación de personas con discapacidades, promoviéndose la inclusión de éstas en los ámbitos de la educación formal, según las posibilidades de cada una, brindándoles los apoyos necesarios.
· Artículo 72. Recibir una educación de calidad y acceder a todas las fuentes de información y cultura según lo establecido por la presente ley. 
· Que se logre gestionar la diversidad de diversidades presente en nuestra sociedad, y en qué medida estas políticas responden al enfoque de derechos específicos para los pueblos indígenas, y no únicamente a las diferencias y necesidades individuales de cada estudiante.
De cada punto mencionado anteriormente se puede ver claramente en el ámbito educativo, si se aplicaran las políticas educativas de modo eficaz y eficiencia:
· Eleva el nivel de desarrollo y alfabetización que logren alcanzar los alumnos a su perfil de egreso.
· Fomenta la preparación sobre las acciones pedagógicas y por ende los resultados educativos en el desempeño de enseñanza-aprendizaje.
· Una perspectiva situada rescata sin duda la singularidad de cada uno de los espacios y momentos históricos de cada institución y permita la distribución equitativa de recursos económicos y simbólicos a las necesidades requeridas de 
los alumnos.
· Reflejaría una cultura social más segura, autónoma y digna a las personas con necesidades especiales o discapacidades.
REFLEXION: considero se deben ofrecer “mayores recursos educativos a la población en condiciones de vulnerabilidad o desventaja, que den respuestas diferenciadas a necesidades diversificadas que contribuyan a eliminar las barreras que limitan el acceso a la educación, el aprendizaje y la participación” (SEP, 2016a, p. 64). 
Como principios pedagógicos del plan se encuentran: promoción del trabajo colaborativo, dar importancia a la motivación intrínseca del estudiante, promover la autorregulación cognitiva y moral y ambientes de aprendizaje seguros, cordiales, colaborativos, estimulantes y considerar que el docente, más que transmitir información, crear ambientes de aprendizaje.
Las políticas de inclusión garantizan el acceso universal a los servicios básicos y la salvaguarda de los derechos de ciudadanía; la transformación de la realidad social según dictan los valores de equidad, solidaridad y respeto por las diferencias; y, deben comprometerse con el devenir del mundo, promoviendo el desarrollo sostenible y contribuyendo a la lucha contra el cambio climático.
Las políticas de inclusión se dirigen a satisfacer las necesidades materiales para llevar una vida digna y las relacionadas con el vínculo social respetando la diversidad social y el derecho a la diferencia, con la promoción de relaciones igualitarias que reduzcan las inequidades económicas, sociales y culturales.
Las políticas de inclusión social deben garantizar la reducción de la pobreza y generar empleo y renta; deben promover la salud, la autonomía personal, la atención a la dependencia y el apoyo a las familias; deben; deben conciliar los tiempos de trabajo remunerado, de cuidados y de crianza con el tiempo de ocio; deben proteger a la infancia y a las personas mayores frágiles; deben democratizar el acceso a la cultura, la información y la formación permanente;deben desarrollar un modelo urbano basado en las relaciones de proximidad y en una movilidad accesible y sostenible mediante transporte público de calidad; y, finalmente, deben impulsar la democracia y una ciudadanía crítica, participativa y corresponsable.
las políticas inclusivas deben tener por objetivo una política urbanística integradora y respetuosa con la diversidad social: combatir la segregación espacial a través de acciones como: rehabilitar de forma integral los barrios; dotar a las zonas urbanas más desfavorecidas de espacios y equipamientos públicos de calidad; promover usos diversificados del suelo; impulsar la mezcla social en materia de vivienda, a fin de que converjan gentes de diferentes orígenes y niveles socioeconómicos en un mismo territorio; eliminar las barreras arquitectónicas que puedan aislar a determinados barrios; y, por último, tener en cuenta la variable de género en la configuración urbanística.
Resulta necesaria una articulación multinivel que asegure un encaje adecuado entre la política local de inclusión y las políticas supralocales. es necesario reclamar a los poderes estatales más participación en las competencias clave para la inclusión social, así como una mayor descentralización de recursos para que los gobiernos locales puedan sostener tales políticas. La eficacia de las políticas de inclusión depende en buena medida del nivel de descentralización de las competencias y los recursos existentes
ESTRATEGIA NACIONAL DE EDUCACIÓN INCLUSIVA EN LA ENEI coloca en el centro el aprendizaje de niñas, niños, adolescentes y jóvenes para garantizar el ejercicio del derecho a la educación, independientemente de sus capacidades, circunstancias, necesidades, estilos y ritmos de aprendizaje de los educandos. en un sistema inclusivo, flexible y pertinente que identifique, atienda y elimine las BAP que se presentan dentro del sistema educativo y en el entorno, para favorecer el acceso, avance, permanencia, aprendizaje, participación y conclusión de los estudios de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en todo el país, en su amplia diversidad, en igualdad de condiciones y oportunidades.
El concepto de NEE no se refiere exclusivamente a los alumnos con discapacidad, sino a todos los alumnos que estén aprendiendo por debajo de su potencial, lo cual puede incluir a los alumnos con capacidades y aptitudes sobresalientes y a niños que presentan situaciones que oficialmente no son consideradas como discapacidad, por ejemplo, los problemas de lenguaje. Este concepto de NEE no se utiliza en la terminología de la educación inclusiva. En esta última se utiliza el concepto de Barreras para el aprendizaje y la participación (BAP), el cual alude a los obstáculos que enfrenta el alumnado (en plural) para alcanzar sus aprendizajes, y se relaciona tanto con la carencia de recursos en las escuelas, como a procesos de exclusión.
NEE
Los estudiantes con discapacidad deben ser atendidos en los mismos tipos de servicio y modalidades educativas que los demás estudiantes. Esto implica modificar la LGE para que los servicios de apoyo a la educación regular se integren a una estructura general de servicios de asesoría, apoyo, acompañamiento y supervisión a las escuelas, de manera que no sean una estructura aparte. Se debe dotar a la estructura general del personal y el equipamiento necesarios para apoyar la inclusión educativa de los estudiantes con discapacidad mediante el acompañamiento a los docentes.
Trasladar paulatinamente a los estudiantes de los Centros de Atención Múltiple a las escuelas regulares, en la medida en que se dota a estas últimas de las condiciones necesarias para recibirlos. Integrar a los estudiantes de los Centros de Atención a Estudiantes con Discapacidad (CAED) a los planteles regulares de educación media superior (EMS) y transferir también los recursos de dichos centros, incluidas las becas. En este caso no hay una justificación de eficacia para que la transición sea gradual
infraestructura accesible para los estudiantes con discapacidad y que exista presupuesto y procedimientos ágiles para asignar y reubicar los demás recursos según las necesidades del alumnado de cada plantel
Promover en la formación inicial y en la actualización de los docentes el desarrollo de habilidades y conocimientos generales sobre la inclusión de estudiantes con discapacidad. Asimismo, diseñar procedimientos ágiles para su capacitación, según las necesidades de sus estudiantes.
Emitir, a través de la autoridad educativa federal responsable de la estructura de asesoría, apoyo, acompañamiento y supervisión, lineamientos federales para la atención de los estudiantes con discapacidad en las escuelas regulares. • Evaluar continuamente la implementación y resultados de la política de inclusión para conocer su eficacia y detectar posibles distorsiones.
Asegurar que en los procesos de inscripción y reinscripción en línea se registre si el estudiante tiene una discapacidad y de qué tipo, así como mejorar los sistemas de información continua para el seguimiento a estos estudiantes. La política de inclusión educativa seguida en los últimos años a través del Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa (PIEE), así como la estrategia de inclusión lanzada en 2017 en el marco del Nuevo Modelo Educativo, adoptan la noción de inclusión como un derecho de todos los estudiantes, pero no reconocen las diferencias entre los grupos excluidos o en riesgo de exclusión, pues no proponen criterios de atención específicos. D incrementan la brecha y agravan la discriminación de las y los estudiantes con discapacidad que no residen en localidades de al menos 30 mil habitantes o que no cuentan con los servicios básicos”.
A nivel jurídico, la Ley General de Educación no ha sido armonizada del todo con la CDPD en tanto considera la existencia de un sistema de educación especial para los estudiantes con discapacidad en sus artículos 33, fracción IV bis y 41. El 3 de octubre de 2018, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucionales dichos artículos
Menos de la mitad de las escuelas regulares con estudiantes con discapacidad disponen de la asesoría y el acompañamiento de la USAER y la UDEEI. Preescolar: 34.6%. Primaria: 46.2%. Secundaria: 17%

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