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Convenio sobre Diversidad Biologica. Camilo Cordero Petro lisbeth Salcedo Martinez Valentina Ortiz Monterroza Contexto Historico Fecha de firma: 05 de junio de 1992 Vigencia: 29 de diciembre de 1993 Partes: 196 Dia internacional: 22 de mayo El Convenio de la Diversidad Biológica (CDB, por sus siglas en inglés) es el primer acuerdo mundial sobre la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica. Tuvo lugar en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo. Objeto general Articulo 1. El Convenio establece tres objetivos principales: La conservación de la diversidad biológica El uso sostenible de sus componentes La distribución justa y equitativa de los beneficios del uso de los recursos genéticos 1 2 3 Estructura administrativa El Convenio sobre la Diversidad Biológica proporciona un marco legal global para la acción sobre la biodiversidad. Reúne a las Partes en la Conferencia de las Partes (COP), que es el órgano rector del Convenio que se reúne cada dos años, o según sea necesario, para revisar el progreso en la implementación del Convenio, adoptar programas de trabajo, lograr su objetivos y proporcionar orientación política. La COP cuenta con la asistencia del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico (SBSTTA) y el Órgano Subsidiario de Implementación (SBI). La COP también establece otros órganos subsidiarios en forma de grupos de trabajo, Estos órganos subsidiarios se caracterizan como “ad hoc” Grupos de Trabajo que actualmente están operativos: El Grupo de trabajo de composición abierta sobre el marco mundial de la diversidad biológica posterior a 2020 El Grupo de Trabajo sobre el Artículo 8(j) y disposiciones conexas Mecanismos de financiación Articulo 20 Recursos financieros Articulo 21.Mecanismos Financieros obligaciones de las partes Las obligaciones del convenio desarrollan los objetivos del mismo. Articulo 8 . Conservacion IN SITU. Articulo 9 . Conservacion EX SITU. relacion con otros convenios internacionales Articulo 22. 1. Las disposiciones de este Convenio no afectarán los derechos y obligaciones de cualquier Parte Contratante que se deriven de cualquier acuerdo internacional existente, excepto cuando el ejercicio de esos derechos y obligaciones cause un daño grave o una amenaza a la diversidad biológica. 2. Las Partes Contratantes aplicarán la presente Convención con respecto al medio marino de conformidad con los derechos y obligaciones de los Estados en virtud del derecho del mar. Papel de Colombia Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011 – 2020 y sus Metas de Aichi. Protocolo de Cartagena (Ley 740 DE 2002) Protocolo de Nagoya. Protocolo de Nagoya – Kuala Lumpur sobre responsabilidad y reparación suplementario al Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad (ley 1926 DE 2018) . protocolo de cartagena protocolo de nagoya Ley 740 de 2002 Decreto 425 de 2005 Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad del Convenio sobre la Diversidad Biológica ¿Qué es un OVM? Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios derivados de su utilización del Convenio sobre Diversidad Biológica Artículo 3 numeral g de la ley 740/2002 Proporciona un marco jurídico transparente para la aplicación efectiva del objetivo 3 del CDB Los genes contienen el código de las características y el funcionamiento de todo organismo vivo.
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