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MSP-CZS5-LR-12D03-QM-DI-2022-0175-ME funciones yo

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Ministerio de Salud Pública
Dirección Distrital 12D03 – Quevedo – Mocache – Buena fe – Valencia - SALUD
Hospital Sagrado Corazón de Jesús
Unidad de Docencia e Investiaciin
Dirección: Av. Guayacanes #400 y 7 de octubre
Código Postal: 120301 / Quevedo – Ecuador
Teléfono: 593-5-2750-373 - www.salud.gob.ec
Memorando Nro. MSP-CZS5-LR-12D03-QM-DI-2022-0175-ME
Quevedo, 27 de julio de 2022
PARA: Sr. Dr. Marx Wladimir Montes Zavala
Responsable del Servicio de Medicina Interna 
 Sr. Dr. Walter Boris Daza Garcia
Medico/a Especialista en Emergencias y Desastres 
 Sr. Dr. Henry David Sarmiento Vallejo
Responsable del Servicio de Ginecología y Obstetricia 
 Sr. Med. Jaime Homero Lozano Aguirre
Responsable de Cirugía 
 Sr. Dr. Nestor Guillermo De La Torre Castillo
Responsable del Servicio de Pediatría 
 Sra. Mgs. Grey Marilu Andrade Tacuri
Analista de calidad 3 y Coordinadora de la Unidad de Cuidados de 
Enfermería 
 Sr. Dr. Oswaldo Wladimir Alban Andrade
Responsable de Anestesiología 
ASUNTO: FUNCIONES DE LOS INTERNOS ROTATIVOS 
 
De mi consideración: 
 
Saludos cordiales, considerando las novedades presentadas en la institución en reunión de
ComCAD, socializo las funciones para cumplir con lo indicado y que fueron
comunicadas en el memorando emitido en la ciudad de Milagro, 09 de junio de 2021 Nro.
MSP-CZS5-GS-2021-0268-M por la Dra. Aura Johanna López Zambrano,
RESPONSABLE DE LA UNIDAD ZONAL DE GOBERNANZA DE LA SALUD 
 
Tengo a bien poner en conocimiento la NORMA TECNICA DEL INTERNADO
ROTATIVO EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD: 
 
Acuerdo Ministerial 5286 
Registro Oficial Suplemento 690 de 15-feb.-2016 
Ultima modificación: 29-ene.-2018 
Estado: Reformado 
“Art. 3.- Definiciones.- Para efectos de la aplicación de la presente Norma, se
considerarán las siguientes definiciones: 
1/5
* Documento firmado electrónicamente por Quipux 
Ministerio de Salud Pública
Dirección Distrital 12D03 – Quevedo – Mocache – Buena fe – Valencia - SALUD
Hospital Sagrado Corazón de Jesús
Unidad de Docencia e Investiaciin
Dirección: Av. Guayacanes #400 y 7 de octubre
Código Postal: 120301 / Quevedo – Ecuador
Teléfono: 593-5-2750-373 - www.salud.gob.ec
Memorando Nro. MSP-CZS5-LR-12D03-QM-DI-2022-0175-ME
Quevedo, 27 de julio de 2022
 
a) Internado Rotativo: Es un programa del área de integración docente asistencial de las
instituciones del sistema de educación superior, que tiene como objetivo aplicar y
profundizar los conocimientos, habilidades y destrezas, proporcionados a las y los
estudiantes en los diez niveles anteriores de la carrera. 
Para el cumplimiento de su objetivo, el Programa de Internado Rotativo se efectuará en el
último nivel de las carreras de ciencias de la salud, que tiene la duración de un año
calendario. Se iniciará y terminará en las fechas fijadas en la programación de la
Autoridad Sanitaria Nacional y se desarrollará con la modalidad de pasantías obligatorias,
bajo el régimen de internado, en establecimientos de salud de la Red Pública Integral de
Salud y Red Privada Complementaria. Este Programa estará bajo el apoyo, supervisión y
evaluación de la institución del sistema de educación superior a la que pertenecen las y
los estudiantes; y, 
 
b) Interno Rotativo: estudiante del área de salud (medicina, enfermería, obstetricia,
nutrición) que se encuentra en el último año de la carrera universitaria y que realiza
labores asistenciales-docentes en los establecimientos de salud, asignados según la
planificación de la Autoridad Sanitaria Nacional en coordinación con la Red Pública
Integral de Salud y Red Privada Complementaria, de conformidad con el requerimiento
de las Instituciones de Educación Superior. 
La o el interno rotativo no perderá su condición de estudiante durante la realización del
Internado Rotativo. 
 
Nota: Literal b sustituido por artículo 2 de Acuerdo Ministerial No. 162, publicado en
Registro Oficial 170 de 29 de Enero del 2018 . 
 
Además en la NORMA TECNICA PARA UNIDADES ASISTENCIALES DOCENTES 
Acuerdo Ministerial 4604 
Registro Oficial Suplemento 377 de 18-nov.-2014 
Ultima modificación: 23-jun.-2015 
Estado: Vigente 
“Paciente: sustantivo para designar a aquellas personas que deben ser atendidas por un
médico o un profesional de la medicina a causa de algún tipo de dolencia o malestar.
También es el sujeto que recibe los servicios de un médico u otro profesional de la salud
y se somete a un examen, a un tratamiento o a una intervención. 
 
14. Garantías de seguridad, protección y bienestar de los estudiantes 
La relación asistencial-docente debe garantizar que los estudiantes desarrollen sus
prácticas formativas en condiciones adecuadas de seguridad, protección y bienestar,
conforme a las normas 
 
15. Carga asistencial y horario de los estudiantes Los turnos de las prácticas formativas de
los estudiantes se fijarán atendiendo las normas, principios y estándares de calidad en la
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux 
Ministerio de Salud Pública
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Quevedo, 27 de julio de 2022
prestación del servicio de salud y de bienestar de los estudiantes. En todo momento se
debe garantizar la calidad en la atención. 
Para el efecto se fija la siguiente carga horaria, basada en estándares internacionales (ver
referencias 8,9,10,11,12,13,14,15,16). 
 
Nota: Para leer Tabla, ver Registro Oficial Suplemento 377 de 18 de Noviembre de 2014,
página 13. 
 
Las actividades asistenciales comprenden: guardias o turnos rotativos de atención médica,
presentación de casos clínicos, visitas médicas programadas a pacientes, realización de
procedimientos, acompañamiento a pacientes, vigilancia de pacientes críticos,
participación en cirugías, estudio de casos, elaboración de documentos médicos y
médico-legales, entre otros que el estado del arte de cada especialidad médica exija. 
 
18. Responsabilidad de los estudiantes 
El estudiante de grado y postgrado es un estudiante en formación y NO remplaza a un
profesional ya formado. La ejecución de actividades asistenciales por parte de los
estudiantes debe incluir una delegación progresiva de acuerdo con los avances
técnico-prácticos del estudiante en cada período académico, bajo la supervisión del
docente y del personal asistencial. 
 
Nota: Numeral 18 sustituido por artículo 3 de Acuerdo Ministerial No. 5261, publicado
en Registro Oficial 528 de 23 de Junio del 2015. 
 
20. Garantías académicas a los estudiantes 
Los estudiantes de programas de formación en salud tendrán las siguientes garantías a
nivel académico: 
a. Las rotaciones en los establecimientos de salud, deberán obedecer a un programa de
prácticas formativas previamente definido por la IES en el Plan de Prácticas formativas; 
b. Participar en actividades asistenciales necesarias para su formación bajo estricta
supervisión del personal docente y/o asistencial previsto en el convenio 
asistencial-docente; 
c. La UAD deberá respetar la malla curricular establecida por la IES y la programación de
las rotaciones de los estudiantes. 
d. Los estudiantes no pueden ser movilizados ni reprogramados en otros servicios sin
autorización de la IES y siempre que el Plan de Prácticas Formativas lo establezca. 
 
22. Identificación y presentación personal 
Los estudiantes de pregrado y postgrado deben usar ropa adecuada (uniformes
hospitalarios o en inglés scrubs) y presentación personal de acuerdo con las disposiciones
del ComCAD. Deben usar además de manera obligatoria mandil con el logotipo y portar
la credencial oficial de la IES a la que pertenecen. Deberán mantener y recibir una actitud
respetuosa, amigable, solidaria, responsable y conservar las buenas maneras. Además, los
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux 
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profesores y docentes deberán portar la respectiva credencial oficial de la IES a la que 
pertenecen. 
 
24. Permanencia en el centro asistencial 
Los estudiantes podrán permanecer en establecimiento de salud solamente durante las
horas programadas para su práctica, salvo que cuenten con la autorización respectiva para
hacer actividades específicas de docencia. Así mismo deberán limitar sus actividades
dentro de la UAD para los fines que fueron programados; con excepción de su
permanencia en la biblioteca, salas de estudio y otras áreas académicas afines”. 
 
En consideración a lo descrito con anterioridad, estimadas autoridades sírvase indicar a
cada uno de sus profesionales la importancia del cumplimiento de las normativas del 
internado. 
Además, hacer cumplir con las disposiciones que en este reposan como son: 
1. El interno NO REEMPLAZARÁ a un profesional formado. 
2. El interno debe portar su identificación oficial de las IES (Credencial) o uniformes con 
logotipos. 
3. Solo deberá permanecer en el centro médico para los fines programados en sus
rotaciones y excepciones para permanencia en la biblioteca, salas de estadio y otras áreas
académicas afines. 
4.- El interno rotativo no puede ser enviado solo en referencias, debe tener
acompañamiento por un profesional de la salud el cual tiene la responsabilidad directa de
la atención del paciente. 
 
Particular que notifico para los fines pertinentes de ley. 
 
Con sentimientos de distinguida consideración. 
 
Atentamente, 
 
 
Documento firmado electrónicamente
Dr. Santiago Daniel Veliz Ubilla
RESPONSABLE DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, DOCENCIA E
INVESTIGACIÓN Y MÉDICO OCUPACIONAL 
Anexos: 
- msp-czs5-gs-2021-0268-m_(1quipux_funciones_de_los_intenros).pdf
Copia: 
Sr. Mgs. Gabriel Jacinto Merelo Ramos
Director del Hospital Sagrado Corazón de Jesús (E)
 
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Quevedo, 27 de julio de 2022
Sr. Lcdo. Jose Luis PeÑafiel Cordova
Responsable del Talento humano HSCJ
5/5
* Documento firmado electrónicamente por Quipux 
		2022-07-27T09:42:07-0500
	SANTIAGO DANIEL VELIZ UBILLA
	firmado desde https://www.gestiondocumental.gob.ec

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