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r'evra, GOBIE'NO DE CH ILE SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA o :, á v Ci E PC3LI CAS PÚBLICAS SALUDABLES Y PROMOCIÓN • ro D GiM%P.CP SERVICIO SALUD ARAUCANIA SUR RECIBIDO OF. PARTES 17 11 °Correlativo 4 Fecha 1 8 JUN. 2010 - Destino_ .... . A....s... Medio Rec .......... '\1 CIRCULAR N° B3/ 92 / SANTIAGO, 1 4 JUN. 201G INSTRUYE SOBRE OBSERVACION DE ANIMALES MORDEDORES Antecedentes Los accidentes por mordeduras siguen siendo un importante problema de salud pública en el país. En las áreas en que la rabia es enzoótica. las mordeduras constituyen uno de los riesgos más importantes para la transmisión de la enfermedad, por esta razón, las personas afectadas deben someterse a un tratamiento antirrábico post exposición cuando la evaluación del accidente determina que coincide con los criterios establecidos para la aplicación de la vacuna. De acuerdo a los antecedentes registrados en el Departamento de Estadisticas e Información en Salud (DEIS), durante el año 2009. en el país se registraron 34.989 personas mordidas que fueron atendidas en el Sistema de Salud, de las cuales 23.024 iniciaron tratamiento pre exposición y, de estas, sólo 6.901 completaron su tratamiento. Los criterios internacionalmente aceptados en el caso de ocurrir un accidente por mordedura en las áreas enzoóticas de rabia, establecen la observación del animal mordedor por un periodo de diez dias, contados a partir del día en que se produce la mordedura, con el objeto de constatar el estado sanitario del animal mordedor y con ello determinar la conducta médica a seguir con la persona agredida. definiendo la aplicación de tratamiento antirrábico en el caso que aparecieren signos clinicos compatibles con la enfermedad en el animal bajo observación. Este periodo fue establecido considerando la evidencia disponible que indica que, en los perros y gatos, la excreción viral por saliva no ocurre antes de los cinco días previos a la aparición de los primeros signos clínicos de la enfermedad. Si bien Chile ha alcanzado la eliminación de la rabia canina - entendida como la rabia transmitida por virus rábicos de las variantes caninas, V i s/ V2 - y, por tanto. no corresponde a un área enzoótica de rabia en perros. la enfermedad es endémica en poblaciones de murciélagos insectívoros. A partir de estos reservorios existe la probabilidad que animales domésticos, especialmente perros y gatos, e incluso el hombre adquieran la enfermedad. En consecuencia, teniendo en cuenta la circulación activa de virus rábico variedad murciélago y el potencial riesgo de transmisión que esto representa, se deben mantener las acciones de observación del animal mordedor en prevención de un caso de rabia animal originado en contactos con murciélagos rábicos. Considerando la necesidad de mantener la actividad de observación de los animales mordedores: el alto número de accidentes por mordeduras recibidas por los establecimientos de salud; la imposibilidad de realizar la observación de todos los animales mordedores por funcionarios de salud, se ha estimado pertinente solicitar la colaboración de los accidentados o sus familiares en el seguimiento y observación de los perros y gatos mordedores con domicilio conocido y, en consecuencia, factibles de observar. Procedimiento Un establecimiento asistencial (Servicio de Urgencia. SAPU o Consultorio), ante la recepción de un paciente que haya sido mordido o sufrido lesiones por agresión de un animal, debe hacer una completa y exhaustiva entrevista para determinar la conducta médica a seguir. Los antecedentes relevantes, desde el punto de vista del control del reservorio son: especie de animal mordedor, sus características morfológicas, condición sanitaria, la posibilidad de someterlo a observación y las condiciones en que se produjo el accidente. Todos estos antecedentes deben registrarse en la ficha "Denuncia de accidentes por mordeduras" adjunta. En el caso que el accidentado o su acompañante reporta que el animal mordedor atacó sin causa aparente, se muestra agresivo con las personas y otros animales. presenta signos neurológicos. tales como; dificultades para caminar, postración, desorientación o signos como rechazo al agua, salivación. se debe denunciar en forma inmediata al Departamento de Acción Sanitaria de la SEREMI de Salud para que el animal agresor sea examinado por un médico veterinario Si de la entrevista al paciente. se desprende que el animal mordedor no presenta ninguno de los signos descritos en el párrafo anterior. tiene domicilio conocido, la mordedura puede atribuirse a una situación accidental y no existen evidencias de agresividad permanente del animal se deben tomar las medidas para cumplir con el periodo reglamentario de observación de 10 días. En estos casos se recomienda solicitar la colaboración para observar al animal mordedor, ya sea del accidentado, cuando este es un adulto sano sin restricciones físicas o mentales: de sus familiares o acompañante. en caso que el accidentado sea menor de edad o presente algunas de las restricciones antes señaladas. Para estos efectos se debe entregar formulario "Instructivo para la observación de perros y gatos mordedores", anexo a esta circular y dar las instrucciones al paciente, a sus familiares o acompañante según corresponda. 3. Cuando el animal mordedor es un animal silvestre. aun cuando se encuentre en cautiverio y sea posible su observación. se debe iniciar tratamiento antirrábico postexposición en forma inmediata. El tratamiento antirrábico, en estos casos, sólo se suspenderá si hay un informe del laboratorio de diagnóstico de rabia del ISP certificando que el animal es negativo a la enfermedad. Se exceptúan de esta conducta las mordeduras de roedores las que no requieren tratamiento antirrábico. Implementación Para los efectos de implementar el sistema de observación de animales mordedores contenidos en la presente circular, las respectivas SEREMIs de Salud deben coordinar con los Servicios de Salud las acciones tendientes a desarrollar actividades de capacitación de los profesionales y técnicos encargados de la atención de accidentados por mordeduras, tanto de los Servicios de Urgencia, como de los consultorios y vacunatorios del sistema público y privado de la región. Saludan atentamente zsz11 4'4 RA. 9"4 A GUTIERREZ PACHANA DRA. LILIANA JADUE HUND A DE REDES ASISTENCIALES SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA Distribución SEREMIS Salud del País (15) Servicios de Salud del Pais (29) Subsecretaría de Salud Pública Subsecretaria de Redes Asistenciales División de Prevención y Control de Enfermedades Departamento de Control de Enfermedades Transmisibles, División de Políticas Públicas Saludables y Promoción Unidad de Zoonosis y Vectores Oficina de Partes GOBLE9h0 Dl CHILE Instructivo para la observación de perros y gatos mordedores Algunas consideraciones generales de prevención: Cuando usted es mordido por un perro o un gato siempre existe la probabilidad que el animal este enfermo de rabia. Por su seguridad, es necesario que mantenga al animal mordedor bajo observación por un periodo de diez dias contados desde la fecha de la mordedura. El animal podrá ser observado sólo si tiene domicilio conocido. Durante el periodo de observación debe fijarse si el animal presenta alguno de los siguientes síntomas: Deja de beber y comer Tiene salivación notoria Presenta ladrido con tono distinto a lo normal Cambia su conducta o carácter habitual, se torna agresivo y muerde a otros animales y a las personas Se aísla y esconde en lugares oscuros Desarrolla parálisis, dificultades para caminar o postración Muere o desaparece Si se presenta cualquiera de las situaciones anteriores, usted debe dar aviso inmediato a la Autoridad Sanitaria Regional al Fono y concurrir a este vacunatorio, para evaluar la necesidad de vacunación. Si usted sigue estas instrucciones estará protegiendo su salud y la de su familia. Para mayo información diríjase a o llame al fono O o 7 7 O O o- zn-oo-in 9E 0 OW0 o 9 a E 3 3 CL 2 0.no 2, (7 o z c 2. o a n0 oo O_ e z o o o o no 2 -n LA •-• r 3 <I' °I 61. o O 441 o o CO O. ez 3. -6: y • = n vl o — ori O g» o- 12- e• 17 °n >'O 1 6 3y. 24 z 3 o ;I I O / 4-4 n iOI i 2 i o o o. 1) lb 74 O o 2 a ,,,11 X' 0 o, a a. . < = rj > o n a 1. f) re 2 - g 3 = os o 2 n o o yo. E 0n 9a. W 0. 2. 0. 0.o. = O 'e' 4:7 2 2o m Vi m-1 7) > 15-m .••••• A f.ke 1. g ° :E.1•92,1Otn 2 m>O ni!r O c > O r- o 2o O O O. -o ra 441 •12 4,n El«, 4 t.: / 1 tu4 1j e,' r4 7r1 5' 3. — !Ti R 9 . -.-3 = a, e., - . rár x lo -.1 a'.- (15 o1 . 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