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ACTA_CONSTITUTIVA_SECURITY_SOFT - Mauricio axel 20 (8)

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ACTIVA CONSTITUTIVA DE SECURITY SOFT DE CAOITAL VARIABLE
En la ciudad de Acapulco de Juárez ,Guerrero, al día 22 del mes septiembre del 2021, ante mí, _______, Adscrita a la Notaría Pública Número Tres, para este Distrito Judicial Acapulco, Estado de Guerrero, en funciones de notario por separación temporal de su titular _________, comparecen los miembros LOPEZ GARCÍA ROBERTO, SANDOVAL NAVARRETE ANDRÉ JUNIOR, LOPEZ ANSELMO MAURICIO AXEL, TORREBLANCA JORGE ADRIAN, GONZALEZ MARTINEZ KEVIN BRANDON y que se sujetan a los estatutos que se contiene en las siguientes:
----------------------------------------CLAUSULAS --------------------------------- 
---------------------------------------- TITULO I. --------------------------------------------------------------------- DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO. -------PRIMERA. - La Sociedad se denomina “SECURITY SOFT” denominación que siempre ira seguida de las palabras “Sociedad Anónima de Capital Variable” o de su abreviatura “S.A. de C.V.”. -------------------------------------------------------------- 
SEGUNDA. - El domicilio de la Sociedad es la Ciudad de Acapulco de Juárez, Guerrero, pero el Administrador Único o el Consejo de Administración podrán establecer agencias o sucursales de la Sociedad en cualquier parte de la República Mexicana y del extranjero, sin que por ello se entienda cambiado su domicilio.
TERCERA. - La duración de la Sociedad será de 20 años contados a partir de la fecha de esta escritura. --------------------------------------------------------------------- 
CUARTA. - El objeto de la Sociedad será; ---------------------------------------
A.- Prestación de servicios, en especial en servicios de ciberseguridad, una API personalizable, Web monitor y especificaciones técnicas, Auditorias informaticas, señalando lo anterior de manera enunciativa más no limitativa. 
B.- La prestación de servicios de mantenimiento, actualizaciones, soporte y monitoreo con el objeto social anteriormente descrito. -----------------------------
C.- La contratación de profesionistas y personal administrativo, para el ejercicio profesional de sus socios. --------------------------------------------
D.- Representar a los socios frente a las autoridades y los particulares en todo lo relativo al ejercicio de su profesión, cuando así se lo solicite el interesado.-------------------------------------------------------------------------------------
E.- Formar parte permanente o temporal de otras empresas ya sean de naturaleza civil o mercantil, por lo que se podrá adquirir y enajenar en cualquier forma legal toda clase de acciones, partes sociales, membrecías o participaciones. -------------------------------------------------------------
F.- La sociedad podrá solicitar préstamos, con o sin garantía hipotecaria o prendaria o de cualquier otra forma legal y garantizar las obligaciones propias o de terceras personas con fianza, hipoteca, prenda o de cualquier otra forma permitida por la Ley. --------------------------------------------------------
G. Obtener el registro, adquirir y disponer de cualquier manera legal de patentes y todo tipo de propiedad intelectual y derechos de autor. ------------------------------------
H. Abrir y cancelar cuentas bancarias, en cualquier tipo de institución de crédito, pudiendo suscribir cualquier tipo de contrato u otra documentación necesario para tal efecto.-------------------------------------------------------------------
I. ) La sociedad podrá contratar al personal necesario para el cumplimiento de los fines sociales y delegar en una o varias personas el cumplimiento de mandatos, comisiones, servicios y de más actividades propias de su objeto.
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- CAPITAL SOCIAL -------------------------------------------
QUINTA. - El capital de la Sociedad es variable. El capital mínimo fijo sin derecho a retiro asciende a la cantidad de $200,000.00 (Doscientos mil pesos M/N). Cantidad representada por DOSCIENTAS ACCIONES, con un valor nominal de 10,000.00(Diez mil pesos M/N), cada una
SEXTA - Las acciones están sujetas a las siguientes estipulaciones cuando exista una intervención extranjera:
a)Cada acción conferirá a personas físicas de nacionalidad mexicana
b) No pueden emitirse nuevas acciones si no están totalmente pagadas las acciones previamente emitidas. 
c) Si el valor de las acciones amortizadas no es cobrado por sus propietarios dentro del año siguiente a la fecha en que hayan sido informados al respecto, la cantidad que le corresponda se perderá en el beneficio de la Sociedad. 
 El porcentaje restante estará integrado por acciones de la serie “B” y será de suscripción libre. En todo caso y en cualquier circunstancia deberá respetarse el porcentaje de capital mínimo mexicano, en términos netos, y en caso de que la participación de la inversión extranjera en el capital social pretenda exceder el porcentaje fijado deberá cumplir con lo que establece el artículo quinto del Reglamento antes citado o solicitar autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.
.
SEPTIMA – El capital social podrá ser aumentado y reducido de acuerdo a la siguiente disposición: 
a) El aumento de capital social de la Sociedad podrá realizarse por aportaciones posteriores de los socios o por admisión de nuevos socios y podrá ser disminuido por retiro parcial o total de aportaciones de conformidad con lo estipulado en esta Cláusula.
 b) Los aumentos y reducciones de las acciones representativas del capital social fijo o mínimo de la Sociedad solamente podrán efectuarse mediante resolución de una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, en los términos previstos en la Cláusula Vigésima Segunda de estos Estatutos. Los aumentos y reducciones de las acciones representativas del capital social variable podrán efectuarse mediante resolución de Asamblea General Ordinaria de Accionistas. c) Las acciones representativas del capital social variable emitidas y pagadas mediante nuevas contribuciones en efectivo o en especie, o emitidas y pagadas por capitalización de utilidades o superávit por revaluación de activos serán emitidas o retiradas mediante resolución de una Asamblea General Ordinaria de Accionistas
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD ------------------
OCTAVA - La sociedad se disolverá anticipadamente en los casos a que se refiere los incisos segundo, cuarto, quinto del artículo 229 doscientos veintinueve de la ley general de sociedades mercantiles o, si así lo acuerda la asamblea, por el voto de los accionistas que representen por lo menos el 80% del capital pagado. 
NOVENA - Al acordarse la disolución de la sociedad, la asamblea general de accionistas, por mayoría de votos hará el nombramiento de uno a tres liquidadores y si no lo hiciere, estos serán nombrados por un juez de lo civil del domicilio de la sociedad, al ser requeridos al efecto, por cualesquiera de los socios, en la forma legal. 
DECIMA - Los liquidadores practicaran la liquidación de la sociedad, con arreglo en las instrucciones de la asamblea. 
DECIMA PRIMERA. - Las asambleas generales ordinarias y extraordinarias se reunirán en los mismos términos previstos para la vida normal de la sociedad. 
DECIMA SEGUNDA. - En todo lo que no estuviere previsto en esta escritura, se acatara a lo que dispone la ley general de sociedades mercantiles en vigor.
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ CLAUSULAS TRANSITORIAS --------------------------
PRIMERA- Atribuyendo a los comparecientes a este otorgamiento el valor y fuerza legales, acuerda que el consejo de administración, se integre de la siguiente forma:
Presidente: TORREBLANCA VALLE JORGE ADRIAN
Secretario: LOPEZ ANSELMO MAURICIO AXELContador: GONZALEZ MARTINEZ KEVIN BRANDON
Programador de base de datos: LOPEZ GARCIA ROBERTO
Programador de seguridad: SANDOVAL NAVARRETE ANDRE JUNIOR 
SEGUNDA. El consejo de administración nombra presidente de la sociedad a TORREBLANCA VALLE JORGE ADRIAN, quien acepta a su cargo y a quien se le confiere para su mayor desempeño
TERCERA. Se nombra secretario a LOPEZ ANSELMO MAURICIO AXEL, quien acepta a su cargo y a quien se le confiere para su mayor desempeño
CUARTA. Se nombra comisario al contador público GONZALEZ MARTINEZ KEVIN BRANDON
QUINTA. En el consejO queda estipulado que LOPEZ GARCIA ROBERTO es el programador general, encargado del manejo, desarrollo, mantenimiento y administración de las bases de datos de los proyectos. 
SEXTA. El consejo de administración estipula que SANDOVAL NAVARRETE ANDRE JUNIOR es el programador encargado de la gestión de riesgos de seguridad e informática, creador y seguimiento de los estándares de seguridad en los proyectos a crear……
YO, EL NOTARIO, CERTIFICÓ:
I.- Que todo lo inserto y relacionado en esta escritura concuerda fielmente con sus originales que tuve a la vista y a los cuales me remito..................................
II. - Que por sus generales comparecientes manifestaron ser: 
TORREBLANCA VALLE JORGE ADRIAN, mexicana por naturalización, con domicilio en calle: campo del agostadero no. 5016, colonia campo bello
LOPEZ ANSELMO MAURICIO AXEL, mexicano por naturalización, con domicilio en , laureles, MZN 3, LT 6, colonia parque ecológico de viveristas, 
GONZALEZ MARTINEZ KEVIN BRANDON, mexicana por naturalización, con domicilio en calle membrillos no. 824, colonia sector independencia; 
LOPEZ GARCIA ROBERTO, mexicana por naturalización con domicilio en calle golfo de mexico no. 3624, colonia fovissste 
SANDOVAL NAVARRATE ANDRE JUNIOR, mexicana por naturalización, con domicilio en calle Noche Buena no.7308 colonia Jardín Mangos.
III. Que leí lo anterior en voz alta a los comparecientes, a quienes expliqué su valor y sus consecuencias legales y estando conformes con su tenor y contenido, lo ratificaron y firmaron el día 22 de septiembre del año 2021 , y acto continuo la AUTORIZO DEBIDAMENTE, en la ciudad de ACAPULCO DE JUAREZ, GUERRERO.
FIRMAS

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