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Delitos contra la seguridad del Estado

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Delitos contra la seguridad del Estado
Sedición…Motín…Terrorismo
Introducción 
Se denomina de esta manera a todo acto, acción o conducta antijurídica perpetrada por una persona organización o banda criminal con el fin de desestabilizar la integridad de un Estado bien determinado en todos sus aspectos. 
Sedición
Es un término para referirse a conductas que puedan ser estimadas por la autoridad legal como motivo de insurrección en contra del orden constitucional establecido
 Puede ser la exposición de discursos, el desarrollo de organizaciones, la escritura y distribución de textos u otras acciones. 
La sedición con frecuencia incluye la subversión de la Constitución y la incitación de descontento o resistencia a la autoridad legal. 
La sedición incluye cualquier conmoción y generalmente se presenta asistida por violencia directa en contra de la ley.
Vázquez Iruzubieta 
“Es un delito que se comete con dolo y lo que se impide ha de ser la aplicación de las ley es o que cualquier autoridad, funcionario o corporación oficial ejerza sus funciones o se cumplan las resoluciones administrativas o judiciales”
Carbonell 
“Es una rebelión en pequeño, caracterizada por la menor entidad de los fines ilícitos perseguidos que busca el desacatamiento del orden jurídico interno”. 
La conducta típica de la sedición está constituida por: 
Resistencia a la autoridad
Ataque a la autoridad 
Fin específico 
Acción plurisubsistente 
Formal
De peligro 
De concurso necesario 
Responsables 
El que instiga o induce a resistir o atacar a la autoridad
Quien impide el libre ejercicio de las funciones
Los que participan materialmente con conocimiento de los fines propuestos
Se impondrán de seis meses a seis años de prisión, multa hasta de ochenta días de salario y suspensión hasta por dos años en sus derechos políticos a quienes en forma tumultuaria, sin uso de armas, resistan o ataquen a la autoridad para: 
Impedir el libre ejercicio de sus funciones
Evitar el cumplimiento de la ley
Abolir o reformar la Constitución Política delEstado o las instituciones que de ella emanen, o impedir 
la integración de éstas o su libre ejercicio
Separar o impedir el desempeño de su cargo a algún servidor público, estatal o municipal
Sujeto activo 
El número de personas que participen y “tumultuariamente” evoquen y sugieran la participación indispensable de un número considerable de personas. 
Sujeto Pasivo 
Estado 
Bien jurídico tutelado
Seguridad 
Se persigue
Por oficio 
Penalidad
Multa hasta de ochenta días de salario y suspensión hasta por dos años en sus derechos políticos 
Se agrava
Con el uso de violencia 
Motín
Es el movimiento desordenado de un grupo de gente que se subleva contra la autoridad constituida o el orden establecido
Pavón Vasconcelos
Es una reunión en forma tumultuaria que altera o perturba el orden público para hacer uso de un derecho o para evitar el cumplimiento de una ley. 
La conducta típica está constituida por: 
Reunión tumultuaria 
Perturbación del orden público 
Empleo de violencia o amenzas
Acción plurisubsistente 
De comisión dolosa 
De peligro 
De concurso necesario 
A quienes, para hacer uso de un derecho o pretextando su ejercicio o para evitar el cumplimiento de una ley, se reúnan tumultuariamente y perturben el orden público, con empleo de violencia en las personas o sobre las cosas o amenacen a la autoridad para obligarla a tomar alguna determinación, se les impondrán de seis meses a tres años de prisión, multa hasta de cuarenta días de salario y suspensión de derechos políticos hasta por dos años.
Sujeto activo 
Quienes participen de la reunión tumultuaria 
Sujeto Pasivo 
Estado 
Bien jurídico tutelado
Seguridad 
Se persigue
Por oficio 
Penalidad
Seis meses a tres años de prisión, multa hasta de cuarenta días de salario y suspensión de derechos políticos hasta por dos años.
Se agrava
A quienes dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen a otros para cometer el delito de motín. 
Diferencias
Motín: se pretende hacer uso de un derecho mediante reunión tumultuaria y perturbación de orden público 
Sedición: se resiste a se ataca a la autoridad con finalidades concretas. 
Rebelión: los sujetos se organizan y están armados. 
Terrorismo
Sucesión de actos de violencia ejecutados para infundir terror.
Es el uso sistemático del terror, para coaccionar a sociedades o gobiernos, utilizado por una amplia gama de organizaciones políticas en la promoción de sus objetivos,
Carrasco Jiménez 
“La acción violenta ejecutada por personas al servicio de una organización, con la intención de infundir miedo a un sector de la sociedad, y utilizar este miedo para tratar de alcanzar un fin político”.
ONU
“Cualquier acto criminal dirigido contra un estado y encaminado a o calculado para crear un estado de terror en las mentes de personas particulares, de un grupo de personas o del público en general”.
La conducta típica está constituida por: 
Realización de actos violentos
Producción de temor o terror en la población
Finalidad de perturbar la paz pública
De acción
De comisión dolosa 
De peligro 
Formal 
A quien utilizando explosivos, substancias tóxicas, armas de fuego o por incendio, inundación o por cualquier otro medio realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios al público, que produzcan alarma, temor, terror en la población o en un grupo o sector de ella, para perturbar la paz pública o tratar de menoscabar la autoridad del Estado o presionar a ésta para que tome una determinación
A quien, conociendo las actividades de un terrorista y su identidad, no lo haga saber a las autoridades se le impondrán de uno a nueve años de prisión y multahasta de ciento cincuenta días de salario. 
A quien administre dinero o bienes relacionados con terroristas se le impondrán de cinco a veinticinco años de prisión y multa de hasta seiscientos días de salario.
Terrorista
Se considera terrorista y se sancionará como tal a quien haga señales, dé voces de alarma o provoque estruendos por los medios idóneos, simulando la posible existencia de alguno de los actos considerados por el delito de terrorismo, con el fin de suscitar tumultos, desórdenes, alarma o zozobra aun cuando éstos no se produzcan
Terrorista
Desde el punto de vista metodológico, se puede considerar terrorista al grupo que perpetre secuestros, atentados con bombas, asesinatos, amenazas y coacciones de manera sistemática. Técnicamente, esos actos están destinados a producir terror en la población enemiga y se definen sin duda como terroristas. En sentido neutro, el término es empleado a menudo por la prensa para designar a los grupos que ejecutan esa metodología
Sujeto activo 
Quienes produzcan alarma, temor o terror en la población. 
Sujeto Pasivo 
Estado / Población 
Bien jurídico tutelado
Seguridad 
Se persigue
Por oficio 
Penalidad
Tres a treinta años de prisión, multa hasta de setecientos cincuenta díasde salario y suspensión de derechos políticos hasta por cinco años.
Se agrava
Por encubrimiento. 
Terrorismo en México
Durante la década de 1960 y 1970 en México se vivieron episodios de terrorismo de estado. La represión de 1968 en la Plaza de las Tres Culturas en Tlatelolco México D.F. es una muestra de la actitud del gobierno en turno hacia las demandas de las clases obreras y estudiantiles. Oficialmente se habla de 70 muertos, pero las cifras extraoficiales los indican en miles. Además, existieron desapariciones forzadas
Los diversos gobiernos mexicanos en esa etapa realizaron terrorismo de estado contra algunos sindicatos o personas de la población civil que no estaban de acuerdo con el régimen estatal. Personajes como Arturo "El Negro" Durazo o Miguel Nazar Haro son muestra representativa de los excesos policiales durante estos años.

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