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1 4 Reglas de valuación, presentación y revelaciones aplicables - Pablo Alcachofa (9)

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Normas de valuación
Reconocimiento inicial
Para que una partida de activo intangible sea reconocida como tal, se requiere que la empresa demuestre que cumple con los requisitos que se muestran en la figura 10-4, de conformidad con la NIF C-8
La NIF C-8 establece que el costo de adquisición es el monto pagado en efectivo o equivalentes por un activo intangible al momento de su adquisición-
Intangibles adquiridos en forma individual
Estos activos deben cumplir con los criterios de reconocimiento señalados en la siguiente figura, si son adquiridos a un tercero en forma separada e independiente, su costo generalmente puede valuarse confiablemente, sobre todo cuando la contraprestación por su compra es en efectivo u otros activos monetarios. 
Costo de adquisición
1. Su precio de compra, incluyendo derechos de importación sin posibilidad de reembolso. Cualquier descuento comercial y/o rebaja deben deducirse.
2. Cualquier desembolso directamente atribuible a la preparación del activo para el uso a que esté destinado, los cuales incluyen
a) El costo de los beneficios a los empleados, erogados directamente para traer el activo a sus condiciones de uso.
b) Los honorarios profesionales erogados directamente para traer el activo a sus condiciones de uso.
c) Los costos de pruebas o verificaciones sobre el funcionamiento apropiado del activo.
Ejemplo
En este ejemplo supondremos de manera general que se trata de la adquisición de cualquier tipo de intangibles; en cada caso particular se utilizará la cuenta respectiva. Alpha y Omega, S.A., registra la compra de un intangible con un costo de adquisición de $1 500 000.00, el cual pagó en efectivo.
Adquisiciones a cambio de instrumentos de capital
Si un activo intangible se adquiere a cambio de instrumentos de capital emitidos por la empresa que compra, el costo del activo equivaldrá al valor razonable de los instrumentos de capital emitidos, siempre y cuando este valor no exceda el valor razonable del activo intangible al momento de la transacción.
Si lo excede, debe reconocerse el intangible a su valor razonable y el excedente debe disminuir del capital emitido.
Cuando no pueda determinarse confiablemente su valor razonable, su costo debe determinarse con base al valor razonable de los instrumentos de capital emitidos por el adquiriente.
Adquisiciones sin costo, por medio de una concesión del gobierno
Las concesiones gubernamentales, sin costo para la empresa, no se deben reconocer como un activo intangible y sólo están sujetas a revelación.
Como ejemplos, la NIF C-8 menciona los derechos de aterrizaje en aeropuertos, desechos de usufructo de vías de comunicaciones y transportes, licencias para operar estaciones de radio o televisión.
Intercambio de activos
Un activo intangible puede adquirirse en un intercambio total o parcial por un activo intangible no similar o por cualquier otro activo. En todos los casos de intercambio, deber reconocerse un activo intangible, si se cumplen los requisitos mencionados anteriormente.
Intercambio total
Si el activo intangible puede adquirirse en un intercambio total, su valuación procede como sigue:
a) El valor razonable entregado es la base para determinar el costo de adquisición del activo recibido, como si el activo entregado hubiera sido previamente realizado en efectivo. 
b) En caso de que el activo entregado no tuviera un valor razonable o no pudiera determinarse confiablemente, debe utilizarse el valor razonable del activo recibido como base para determinar el costo de adquisición. 
c) Si el activo entregado y recibido no tuviera valor razonable o no pudiera determinarse confiablemente, debe usarse el valor neto en libros del activo entregado como base para reconocimiento del activo recibido.
Crédito mercantil 
El término crédito mercantil frecuentemente se usa sin amplios conocimientos contables en el sentido de fama o prestigio que la empresa realiza sus operaciones de tal forma que sus clientes están convencidos de que sus negocios futuros con ella habrán de ser buenos como en el pasado, cuando los clientes continúan realizando con ella el mismo tipo de operaciones o cuando su buena reputación atrae nueva clientela.
Si bien es una aceptación empleada generalmente, para fines contables no resulta significativa, ya que contablemente se dice que una empresa tiene o posee crédito mercantil, o goodwill, denominado también plusvalía, cuando su tasa de rendimiento esperada en el futuro es superior a la tasa de rendimiento del ramo.
El concepto anterior podemos demostrarlo en el siguiente ejemplo, en el cual las compañías Alpha, S.A., y Omega, S.A., pertenecen al mismo ramo de actividades. 
La compañía Omega tiene una tasa de rendimiento mayor a la tasa media de la industria, por ello se dice que contablemente tiene crédito mercantil, generado por factores o circunstancias como sus buenas relaciones de servicio y trato hacia sus clientes, la calidad de sus productos, su ubicación, condiciones de mercado, buen clima organizacional con sus empleados, administración eficiente o la suma de todos los anteriores. 
Un inversionista mostrará mayor disposición a pagar una suma elevada a los propietarios o accionistas de la compañía Omega, S.A., que a los de la compañía Alpha, S.A., pues se considera que las utilidades adicionales o superiores podrán continuar en el futuro. De lo anterior podemos inferir que efectivamente el crédito mercantil tiene un valor y, por ende, resulta susceptible de ser vendido. 
Es importante destacar que el crédito mercantil deberá registrarse en la contabilidad única y exclusivamente cuando se compra; esto sólo se presenta cuando un negocio se adquiere. A los bienes y derechos del activo se les asignan valores de mercado, a este importe se le restan los valores de mercado de los pasivos y cualquier cantidad pagada de más debe contabilizarse y cargarse a la cuenta de crédito mercantil. 
La NIF C-8 establece que el exceso de la contraprestación sobre la suma de los valores asignados a los activos identificables adquiridos menos los pasivos asumidos se reconoce como crédito mercantil de un negocio
Ejemplo
Se adquiere la empresa Beta, S.A., por la que se pagan $250 000 000. El valor de mercado de sus activos es de $230 000 000 y el valor de mercado de sus pasivos es de $20 000 000; por tanto, la empresa adquiriente pagó $40 000 000 de crédito mercantil.
La NIF C-8 señala que en la adquisición de un negocio: 
a) Una entidad que compra debe reconocer los activos intangibles identificables que cumplan con los criterios de reconocimiento, aun si dichos activos intangibles no hubieran sido reconocidos en los estados financieros de la empresa adquirida.
b) Si el intangible adquirido no puede ser valuado a su valor razonable o no es identificable, entonces dicho activo no debe reconocerse como un activo intangible por separado y queda incluido en el crédito mercantil.
Crédito mercantil generado internamente
El crédito mercantil generado internamente no debe reconocerse como un activo intangible, dado que su beneficio económico futuro no puede ser controlado por la entidad y su costo no pude valuarse confiablemente.
En algunos casos se incurre en desembolsos para generar beneficios económicos futuros, pero no dan como resultado la creación de un activo intangible que cumpla con los criterios de reconocimiento establecidos en la norma. Dichos desembolsos se describen a menudo como una contribución al crédito mercantil generado internamente.
Las diferencias entre el valor de mercado de la entidad y el valor en libros de sus activos identificables netos de los pasivos asumidos, en cualquier punto en el tiempo, pueden incluir una serie de factores que afectan su valor. Sin embargo, no puede considerarse que tales diferencias representen el costo de los activos intangibles controlados por ella.
Activos intangibles generados 
En la siguiente figura se muestran los requisitos para evaluar si un activo intangible generado califica para su reconocimiento como tal. 
Para determinar si un activo intangible generado cumplecon los criterios para su reconocimiento, una empresa debe clasificar la generación del activo dentro de las fases de investigación o desarrollo. 
Si la entidad no puede distinguir la fase de desarrollo de la fase de investigación en un proyecto interno para generar un intangible, debe tratar las erogaciones del proyecto como si hubieran sido incurridas exclusivamente en la fase de investigación.
Fase de investigación 
Los costos de investigación (o en la fase de investigación de un proyecto) deben reconocerse como un gasto ordinario en el periodo en que son devengados. Esto se debe a que la naturaleza de la investigación es tal que no hay certeza suficiente de que se realizarán beneficios económicos futuros, como resultado de los desembolsos efectuados durante la fase de investigación.
Fase de desarrollo
Los costos de desarrollo, o en la fase de desarrollo de un proyecto, ya sea un producto o un proceso, deben reconocerse como un activo intangible si la entidad puede demostrar que cumple con todos los criterios siguientes: 
a) Técnicamente es factible completar la producción del activo intangible de manera que esté disponible para su uso o venta. 
b) La entidad tiene la intención y habilidad para producir y vender o usar el activo intangible. 
c) Es factible identificar cómo el activo intangible generará beneficios económicos futuros. 
d) Existe un mercado para la producción o proceso (si ha de ser usado internamente y no vendido), o su utilidad para la entidad debe demostrarse. 
e) Existen adecuados recursos técnicos, financieros o de otro tipo, disponibles para completar el desarrollo y utilizar o vender el activo intangible. 
f) El activo intangible está claramente definido y el costo atribuible al producto o proceso puede identificarse por separado y valuado confiablemente durante su desarrollo. 
La factibilidad para obtener beneficios económicos futuros por el uso del intangible puede demostrarse, por ejemplo, por medio de un plan de negocios que muestre los recursos necesarios para su desarrollo, así como la capacidad de la entidad para asegurar la obtención de los beneficios económicos futuros. 
Cuando es probable que los costos originen beneficios económicos futuros que puedan ser cuantificados confiablemente, entonces califican para su reconocimiento como intangibles. Por la naturaleza de las actividades en la fase de desarrollo, la empresa puede, en algunos casos, determinar la probabilidad de recibir beneficios económicos futuros. Estas actividades se enfocan en el desarrollo viable de conocimientos, aunque den como resultado un activo con sustancia física, el elemento físico del activo es secundario a su componente intangible identificado (por ejemplo, un prototipo para pruebas).
Los costos de desarrollo de un proyecto deben capitalizarse cuando cumplan los criterios de reconocimiento de activos intangibles. 
Los costos de desarrollo de un proyecto específico inicialmente aplicados a los resultados ordinarios, por estar en la fase de investigación, no deben reconocerse como un activo en un periodo posterior. 
Algunos ejemplos de actividades típicamente incluidas en la fase de desarrollo se muestran en la figura. 
El costo de un intangible desarrollado debe comprender todos los desembolsos que sean directamente atribuibles a la fase de desarrollo o que puedan ser asignados a ella sobre una base confiable y consistente para crear, producir y preparar el activo para el uso al que se destine. 
A continuación se enuncian los costos incluidos en la fase de desarrollo
a) Los relacionados con el empleo de personal interno y externo dedicados a la actividad de desarrollo. 
b) Los costos de materiales y servicios consumidos en actividades de desarrollo. 
c) La depreciación de propiedades, planta y equipo, al grado en que estos activos se usen para la actividad de desarrollo. 
d) Costos por gastos indirectos, distintos a los costos administrativos en general relacionados con la actividad de desarrollo (éstos se asignan sobre bases similares a las usadas para asignar costos por gastos indirectos a los inventarios). 
e) Cuando se opte por su capitalización, el costo integral de financiamiento. 
f) Otros costos, como la amortización de patentes y licencias, al grado en que estos activos se usen para la actividad de desarrollo.
Los componentes señalados a continuación no deben formar parte del costo de un activo intangible desarrollado; por tanto, deben reconocerse en el resultado ordinario del ejercicio: 
a) Gastos de administración y ventas. 
b) Ineficiencias claramente identificables y pérdidas iniciales en la operación, incurridas antes de que un activo alcance su desempeño planeado.
c) Costo de entrenamiento de personal para obtener el activo, excepto que tales desembolsos estén respaldados por derechos legales sobre los empleados que aseguren su permanencia en la empresa por cierto periodo.
Los beneficios económicos futuros que se espera que se originen de las actividades de desarrollo incluyen ingresos por la venta del producto o proceso y ahorros en costo u otros beneficios resultantes del uso del producto o proceso por la empresa misma. 
Costos internos que no son activos intangibles 
Algunas actividades que deben reconocerse como gastos ordinarios del periodo por no representar actividades de investigación o desarrollo señaladas en la NIF C-8, son las incluidas a continuación: 
a) El seguimiento de ingeniería en una fase inicial de la producción comercial. 
b) Control de calidad durante la producción comercial, incluyendo las pruebas rutinarias de los productos. 
c) Reparación de fallas en conexión con problemas durante la producción comercial. d) Esfuerzos de rutina para afinar, enriquecer o, de algún modo, mejorar la calidad de un producto existente. 
d) Adaptación de una capacidad existente a un requerimiento particular o la necesidad de un cliente como parte de una actividad comercial de rutina. 
e) Cambios de diseño por temporada u otros cambios periódicos a productos existentes. 
f) Diseño rutinario de herramientas, plantillas, moldes y troqueles. 
g) Actividades, incluyendo diseño e ingeniería de construcción, relacionadas con la construcción, reubicación, readaptación, arranque de instalaciones o equipo, distinto de las instalaciones o equipo usados únicamente para un proyecto particular de investigación y desarrollo. 
Las partidas tales como marcas, nombres de periódicos, títulos de publicaciones, listas de clientes y similares en sustancia que hayan sido generadas por las operaciones normales del negocio, no deben reconocerse como activos intangibles.
Intangibles generados en etapas preoperatorias 
Los gastos pre operativos son los que se incurren durante la etapa de inicio de una entidad tanto comercial como de producción o servicio, ya sea dedicada la mayoría de sus actividades a establecer un nuevo negocio; también es aplicable a entidades ya en operación que adoptan un nuevo giro o ampliación sustancial de su capacidad, antes de iniciar sus actividades en forma comercial. 
Se entiende por actividades en forma comercial cuando el producto o servicio se vende u ofrece de manera consistente, en una calidad aceptada por los clientes y no para fines experimentales o a prueba, ni como desperdicio. 
En la práctica se utilizan términos como costos de preapertura, costos de arranque y costos de organización; para la NIF C-8, dichos términos hacen referencia a gastos pre operativos. 
Derechos de autor 
Según la NIF C-8, los derechos de autor son los derechos registrados que tienen todos los autores y demás artistas sobre sus creaciones y expresiones. Representan los derechos exclusivos para reproducir y vender una obra técnica, científica, cultural, tales como un libro, una obra musical, una película o una obra de arte. 
Estos derechos concedidos por el gobierno se extienden más allá de la vida del autor. Si bien es cierto que el costo pagado por los derechos de autor de la obra es relativamente pequeño, las empresas editoras pueden pagar grandes sumas para comprar la obra delautor.
Patentes 
Una patente es un derecho otorgado por un gobierno para hacer uso exclusivo de un proceso de manufactura o vender o explotar un invento. Existen dos clases principales de patentes: patente de procesos, la cual controla el proceso por el cual los productos son hechos, y patente de producto, que cubre productos físicos actuales. 
Marcas registradas
Una marca o nombre registrado es una palabra, frase o símbolo que distingue o identifica a una empresa o producto en particular. Los industriales, comerciantes o prestadores de servicios podrán hacer uso de marcas en la industria, en el comercio o en los servicios que presten. Sin embargo, el derecho a su uso exclusivo se obtiene mediante su registro. Las marcas registradas son derechos que pueden adquirirse, venderse o arrendarse.
Franquicias 
Una franquicia es el derecho o privilegio recibido por una organización para efectuar en exclusiva negocios en un área geográfica determinada. 
Es un arreglo contractual bajo el cual el franquiciador otorga al franquiciatario el derecho a vender ciertos productos o servicios, a usar ciertas marcas y nombres registrados, o a desarrollar algunas funciones, usualmente dentro de un área geográfica determinada. 
Existirá una franquicia cuando, con la licencia de uso de una marca, se transmitan también los conocimientos técnicos o se proporcione asistencia técnica para que la(s) personas(s) a quien(es) se le(s) concede pueda(n) producir o vender bienes o prestar servicios de manera uniforme y con los métodos operativos, comerciales y administrativos establecidos por el titular de la marca, tendentes a mantener la calidad, prestigio e imagen de los productos o servicios a los que ésta distingue.
Valuación posterior al reconocimiento inicial 
Posterior al reconocimiento inicial a costo de adquisición, los intangibles deben reconocerse a su costo de adquisición menos la amortización acumulada, cuando proceda y/o las pérdidas por deterioro acumuladas, que les hayan afectado.
Amortización 
Es la distribución sistemática del costo de un activo intangible de vida definida entre los años de vida útil estimada. 
Método de amortización 
El método de amortización usado debe reflejar el patrón en que los beneficios económicos futuros del activo serán devengados por la empresa. Si dicho patrón no puede determinarse confiablemente, debe usarse el método de línea recta. 
El cargo por amortización en cada periodo debe reconocerse como un gasto, a menos que otro boletín permita o requiera que se incluya en el valor en libros de otro activo. 
Por ejemplo, la amortización de activos intangibles usados en un proceso de producción se incluye en el valor en libros del inventario como un gasto indirecto de fabricación, según la norma relativa a inventarios. 
Periodo de amortización 
La cantidad amortizable de un intangible debe asignarse sobre una base sistemática durante su vida útil estimada, salvo que tenga vida indefinida. Los activos intangibles considerados con una vida útil indefinida no se amortizan y su valor debe sujetarse a las disposiciones normativas sobre pruebas de deterioro. El término indefinido no significa infinito. 
Valor residual 
El valor residual de un activo intangible con vida útil definida debe considerarse igual a cero, a menos que: 
1. Exista un compromiso por un tercero, con una contraprestación pactada, para adquirir el activo al término de su vida útil. 
2. Haya un mercado activo para el activo. 
a) El valor residual pueda determinarse por referencia al mercado, considerando lo dispuesto en el párrafo. 
b) Es probable que dicho mercado existirá al término de la vida útil del activo.
Normas de presentación 
De conformidad con la NIF C-8, los activos intangibles deben presentarse:
1. En el balance general como activos no circulantes, deducida su amortización acumulada y pérdida por deterioro acumuladas. 
2. En el estado de resultados se incluirá el cargo por amortización como gasto de las operaciones ordinarias; en el costo de ventas y/o en gastos generales, según corresponda.
Normas de revelación 
Se debe revelar en las notas a los estados financieros, por cada clase de activos intangibles, distinguiendo entre los generados internamente y los adquiridos tanto en forma individual como a través de adquisiciones de negocios, según la clasificación que aparece en la siguiente figura.
Cada clase de intangibles es un grupo de activos de naturaleza y usos similares en las operaciones de la entidad. Los ejemplos para identificar cada clase de activos intangibles segregables pueden incluir: 
a) Nombres comerciales. 
b) Títulos de libros, periódicos, revistas, manuscritos y otros materiales. 
c) Programas, sistemas y aplicaciones de equipo de cómputo (software). 
d) Licencias y franquicias. 
e) Derechos de autor, patentes y otros derechos de propiedad industrial o derechos de explotación. 
f) Recetas o fórmulas, modelos, diseños y prototipos. 
g) Activos intangibles en desarrollo.

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