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G-Asignaciones forozosas_derecho suicesorio_D C - Vania Garay (1)

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G-Las asignaciones forzosas
1-Concepto:
Son asignaciones por causa de muerte que el testador es obligado a hacer y que se
suplen cuando no las ha hecho, aun en perjuicio de disposiciones testamentarias
expresas. (1167). Es decir, son una limitación legal a la libertad de testar.
2-Enumeración:
Hasta la ley 19.585 eran:
1°:Los alimentos forzosos (debidos por ley)
2°:La porción conyugal
3°:Las legítimas
4°:La cuarta de mejoras es cuando el causante dejó cónyuge, descendientes
legítimos, hijos naturales o descendientes legítimos de estos.
3-Los acervos. Bruto, líquido, imaginarios:
a)El acervo común o bruto. Este está formado por bienes del causante y bienes total
o parcialmente ajenos que se encontraban en su poder al morir. Asi por ejemplo,
bienes de la sociedad conyugal, derechos en sociedades, cuotas en alguna
comunidad,...(artículo 1341).
b)El acervo ilíquido. Este está formado por el conjunto de bienes que pertenecen al
causante pero antes de efectuar ciertas deducciones previas denominadas "bajas
generales de la herencia". Las bajas generales de la herencia están contempladas
en el artículo 959 en relación al artículo 4º de la ley 16.271. Son los gastos de
apertura de la sucesión, las deudas hereditarias, los alimentos forzosos, la porción
conyugal en las órdenes de sucesión que no sean el de los descendientes legítimos
y los gastos de entierro y última enfermedad del causante.
c)El acervo líquido o partible es el acervo ilíquido deducidas las bajas generales de
la herencia.
d)El primer acervo imaginario. Lo constituye el acervo líquido con la acumulación de
ciertas enajenaciones hechas por el causante en vida a algún legitimario en perjuicio
de otros legitimarios (artículo 1185).
e)El segundo acervo imaginario. Lo constituye el acervo líquido o bien el primer
acervo imaginario, más ciertas acumulaciones consistentes básicamente en las
enajenaciones hechas por el causante en vida a algún tercero extraño en perjuicio
de algún legitimario (artículo 1186).