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G-Las asignaciones forzosas 1-Concepto: Son asignaciones por causa de muerte que el testador es obligado a hacer y que se suplen cuando no las ha hecho, aun en perjuicio de disposiciones testamentarias expresas. (1167). Es decir, son una limitación legal a la libertad de testar. 2-Enumeración: Hasta la ley 19.585 eran: 1°:Los alimentos forzosos (debidos por ley) 2°:La porción conyugal 3°:Las legítimas 4°:La cuarta de mejoras es cuando el causante dejó cónyuge, descendientes legítimos, hijos naturales o descendientes legítimos de estos. 3-Los acervos. Bruto, líquido, imaginarios: a)El acervo común o bruto. Este está formado por bienes del causante y bienes total o parcialmente ajenos que se encontraban en su poder al morir. Asi por ejemplo, bienes de la sociedad conyugal, derechos en sociedades, cuotas en alguna comunidad,...(artículo 1341). b)El acervo ilíquido. Este está formado por el conjunto de bienes que pertenecen al causante pero antes de efectuar ciertas deducciones previas denominadas "bajas generales de la herencia". Las bajas generales de la herencia están contempladas en el artículo 959 en relación al artículo 4º de la ley 16.271. Son los gastos de apertura de la sucesión, las deudas hereditarias, los alimentos forzosos, la porción conyugal en las órdenes de sucesión que no sean el de los descendientes legítimos y los gastos de entierro y última enfermedad del causante. c)El acervo líquido o partible es el acervo ilíquido deducidas las bajas generales de la herencia. d)El primer acervo imaginario. Lo constituye el acervo líquido con la acumulación de ciertas enajenaciones hechas por el causante en vida a algún legitimario en perjuicio de otros legitimarios (artículo 1185). e)El segundo acervo imaginario. Lo constituye el acervo líquido o bien el primer acervo imaginario, más ciertas acumulaciones consistentes básicamente en las enajenaciones hechas por el causante en vida a algún tercero extraño en perjuicio de algún legitimario (artículo 1186).
Desafio Chile Veintitrés
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