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B-Los principales contratos_ los contratos_ D C - Vania Garay

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B-Los principales contratos
1-Promesa de celebrar un contrato: La promesa de celebrar un
contrato es en sí misma un contrato, es decir, una convención generadora de
obligaciones, que constriñen a los contratantes a celebrar el contrato prometido.
2-Compraventa y permuta: La compraventa es un contrato en que una
de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice
vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida, se llama
precio.
“Permuta o cambio es un contrato en que las partes se obligan mutuamente a dar
una especie o cuerpo cierto por otro”. se obliga a dar una cosa para recibir otra”.
3-Cesión de derechos: Es una convención en virtud de la cual una
persona, llamado cedente, transfiere un derecho a otra persona, llamada cesionario,
quien pasa a ocupar la posición jurídica del cedente en el derecho que éste le ha
cedido.
4-Arrendamiento: El arrendamiento es un contrato en el que dos partes se
obligan recíprocamente, la una (llamada arrendador) a conceder el goce de una
cosa, ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra (llamada arrendatario) a
pagar por dicho goce, obra o servicio un precio determinado.
5-Mandato: Según el código civil, el mandato es un contrato en que una
persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, haciéndose cargo de
dichas gestiones por cuenta y riesgo de la primera. Es importante tener en cuenta
que, el mandato, a diferencia de muchos otros contratos, puede ser por escrito o
verbal.
6-Hipoteca: La hipoteca es un derecho real; es un derecho inmueble;
constituye una limitación al dominio; es un derecho accesorio; da origen a una
preferencia; es indivisible; y constituye un principio de enajenación.
7-Prenda: Es una garantía que permite a la institución que otorga un crédito,
asegurar su pago a través de la venta forzada (subasta).
8-Fianza: La Fianza es un contrato accesorio por el cual una o más personas
responden de una obligación ajena, comprometiéndose para con el acreedor a
cumplirla en todo o parte, ante la eventualidad de que el deudor principal incumpla.

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