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Guia Guia CONTRATACION ESTATAL 3

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DIPLOMADO VIRTUAL EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DIPLOMADO VIRTUAL EN 
CONTRATACIÓN ESTATAL 
Guía didáctica 3: Contratos y Garantías 
 
 
 
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DIPLOMADO VIRTUAL EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
 
 
Se espera que, con los temas abordados en la presente guía didáctica, el 
estudiante logre la siguiente competencia específica: 
 
 Reconocer el contenido, las cláusulas y garantías en la contratación 
estatal. 
. 
 
 
 
Ilustración 1: Contenidos temáticos. 
Fuente: Autor 
 
 
 
 
 
 
Contenido del 
contrato y 
cláusulas 
excepcionales 
• Contenido del contrato.
• Cláusulas excepcionales.
• La caducidad.
• Interpretación unilateral.
• Modificación unilateral.
• Terminación unilateral.
• Reversión. 
Garantías en la 
contratación 
estatal
• Monto/suficiencia.
• Pólizas
 
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DIPLOMADO VIRTUAL EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
 
Tema 1: Nombre del tema 
Contenido del contrato 
A grandes rasgos, su contenido se sustenta en: 
 La identificación de las partes que lo suscriben. 
 El objeto. 
 Valor y forma de pago contractual. 
 El plazo del contrato: 
 Plazo de ejecución. Período otorgado al contratista para el 
cumplimiento de las obligaciones contractuales (entrega). 
 Plazo de vigencia. Término en el cual son exigibles parte de las 
obligaciones contractuales (garantía del bien). 
 Las disponibilidades presupuestales que amparan el contrato. 
 Las obligaciones de las partes. 
 Cláusulas excepcionales (si proceden). 
 Multas y cláusula penal pecuniaria. 
 Los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. 
 
Cláusulas excepcionales 
Son facultades que le otorga la ley a las entidades públicas para ejercer 
vigilancia efectiva sobre el acatamiento del contrato estatal, estas son: 
 
a) La caducidad 
 Facultad para dar por terminado el contrato administrativo. 
 En caso de incumplimiento grave de obligaciones por parte del contratista, 
que puedan llevar a la paralización en la ejecución del objeto contractual. 
 Tiene efectos sancionatorios sobre la capacidad del contratista. 
 Conlleva la inhabilidad para celebrar contratos con las entidades públicas. 
 
b) Interpretación Unilateral 
 La administración puede hacer interpretación (claridad) de obligaciones y 
condiciones de un contrato, en caso de duda. 
 Mediante acto administrativo motivado (argumentos que llevaron a 
realizar la interpretación). 
 
Modificación Unilateral 
 Para evitar la paralización o afectación del servicio. 
 Inicialmente debe buscar la modificación consensuada del contrato. 
Tema 1: Contenido del contrato y cláusulas excepcionales 
 
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DIPLOMADO VIRTUAL EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
 La entidad reconoce mayores costos con la modificación unilateral. 
 Si la modificación implica incremento mayor a 20% del valor pactado puede 
renunciar a la ejecución del contrato. 
 
Terminación Unilateral 
El artículo 17 de la Ley 80 de 1993 establece las causales de terminación 
unilateral del contrato estatal, por motivos del interés público, mediante acto 
administrativo debidamente motivado dispondrá la terminación anticipada conforme: 
 Situación de orden público lo imponga. 
 Por muerte o incapacidad física permanente del contratista, si es persona 
natural, o por disolución de la persona jurídica del contratista (podrá 
continuarse la ejecución con el garante de la obligación). 
 Por interdicción judicial de declaración de quiebra del contratista (podrá 
continuarse la ejecución con el garante de la obligación). 
 Cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del 
contratista que afecten de manera grave el cumplimiento del contrato. 
 
Reversión 
Para contratos de explotación o concesiones de bienes. Al finalizar el plazo 
de ejecución, el contratista debe entregar los bienes, en caso de una concesión para 
la construcción, operación, mantenimiento de una vía: las máquinas de la obra serán 
entregadas. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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DIPLOMADO VIRTUAL EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
 
 
 
Una vez esbozado al inicio del diplomado desde el enfoque constitucional, lo 
relevante de contrato estatal para el cumplimiento de sus fines sociales, la 
legislación ha promovido una serie de mecanismos que amparen su cumplimiento. 
 Las garantías son mecanismos de cobertura de los riesgos. 
 Se trata del instrumento otorgado por los oferentes o por el contratista de una 
entidad pública contratante, en favor de esta o de terceros, con el objeto de 
garantizar los riesgos a que se encuentre expuesta la administración según 
el contrato. 
 
Garantía de cumplimiento 
La garantía de cumplimiento del contrato estatal es aquella mediante la cual una 
compañía de seguros se compromete a pagar los perjuicios derivados del 
incumplimiento de las obligaciones contraídas por el tomador, en virtud de la 
celebración de un contrato. Tienen carácter indemnizatorio, pues su finalidad como 
es proteger el patrimonio público del daño que le puede ocasionar el posible 
incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del particular contratista, 
para de esta manera evitar que dicho patrimonio se vea afectado o empobrecido 
(Colombia compra eficiente, 2020). 
Los amparos no son acumulables y si son excluyentes entre sí: 
- Cesión del contrato: las condiciones generales de la garantía única de 
cumplimiento deberán señalar que, en el evento de incumplimiento por parte 
por parte del contratista garantizado, el asegurador resolviera continuar como 
cesionario en la ejecución del contrato, y la entidad estatal contratante 
estuviere de acuerdo con ello, el contratista garantizado aceptará, desde el 
momento de la contratación de la póliza, la cesión del contrato a favor del 
asegurador. En este caso, el asegurador cesionario deberá constituir una 
nueva garantía para amparar el cumplimiento de las obligaciones que ha 
asumido por virtud de la cesión. 
Tema 2: Obligatoriedad de las garantías en la contratación estatal 
 
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DIPLOMADO VIRTUAL EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
- Exclusiones en las pólizas de cumplimiento1: solo se admitirán las 
exclusiones de: 
 
 Causa extraña (fuerza mayor o caso fortuito), el hecho de un tercero 
o la culpa exclusiva de la víctima. 
 Daños causados por el contratista a los bienes de la entidad no 
destinados al contrato, durante la ejecución de este. 
 Uso indebido, inadecuado o falta de mantenimiento preventivo, al que 
está obligado la entidad estatal. 
 El deterioro normal que sufran los bienes entregados con ocasión del 
contrato garantizando como consecuencia del trascurso del tiempo. 
 
El régimen de garantías aplica para todos los contratos estatales, salvo para: 
empréstito, interadministrativos y de seguros. Igualmente, cuando el valor sea 
inferior al 10% de la menor cuantía o se trate de contratación directa, salvo que sea 
necesario por la naturaleza y cuantía del contrato, será opcional a juicio del 
contratante. 
 
Objeto de las Garantías para: 
 
 Proponentes: garantiza la seriedad de las ofertas. La sanción derivada del 
incumplimiento del ofrecimiento. 
- No suscripción del contrato sin justa causa. 
- No ampliación vigencia de la garantía en caso de prórroga de la 
adjudicación. 
- No otorgamiento de la garantía de cumplimiento una vez suscrito el 
contrato. 
 
1 Portal Oficial Colombia Compra Eficiente, disponible en la página web: 
https://sintesis.colombiacompra.gov.co/content/exclusiones-en-las-p%C3%B3lizas-de-
cumplimiento 
 
https://sintesis.colombiacompra.gov.co/content/exclusiones-en-las-p%C3%B3lizas-de-cumplimiento
https://sintesis.colombiacompra.gov.co/content/exclusiones-en-las-p%C3%B3lizas-de-cumplimiento
 
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DIPLOMADO VIRTUAL EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
- Retiro de la oferta cerrada de la licitación. 
- Una vez solicitado cambiar procedimiento sin ser Mipyme (micro, 
mediana y pequeñaempresa). 
 
 Contratistas: pretende el cumplimiento ante perjuicios directos derivados del 
incumplimiento imputable al contratista en forma total, parcial, tardío o 
defectuoso. En caso de multas y de la cláusula penal pecuniaria que se 
hayan pactado en el contrato, pago de salarios, prestaciones sociales legales 
e indemnizaciones laborales. En el caso de estabilidad y calidad de la obra 
serían: los perjuicios ocasionados cualquier tipo de daño o deterioro por obra 
entregada e imputables al contratista, perjuicios derivados de la mala calidad 
o incorrecto funcionamiento de los bienes y equipos entregados. En relación 
con las exigencias del pliego, en relación con las propias del equipo 
entregado, en ausencia de calidad del servicio. Una vez recibido el servicio 
la mala calidad o insuficiencia de los productos entregados en una 
consultoría, la mala calidad del servicio prestado, teniendo en cuenta las 
condiciones pactadas en el contrato. Los derivados de la responsabilidad 
fiscal, responsabilidad extracontractual y prejuicios por reclamaciones de 
terceros derivados de la responsabilidad extracontractual imputable al 
contratista y subcontratistas. 
 
Cláusula de indemnidad: el contratista se obliga a mantenerla libre de cualquier 
daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros. 
Si durante la ejecución del contrato, el contratista incumple su obligación podrá 
citarse al garante para que respalde al contratista en relación con la obligación 
adquirida con el Estado (art. 86, Ley 1474, 2011). 
 
Monto (suficiencia) 
 
Para garantizar la seriedad de la oferta, por regla general es el 10% del 
presupuesto, según defina el pliego. Otras condiciones a considerar: 
 
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DIPLOMADO VIRTUAL EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
Amparo % Valor del Contrato Vigencia 
Anticipo 100% del valor dado. Hasta la liquidación 
Pago anticipado 100% del valor dado. Hasta la liquidación 
Pago de salarios 5% 3 años más de plazo 
Estabilidad y calidad de 
obra 
A juicio del contratante. 5 años a partir del 
recibo 
Calidad y funcionamiento A juicio del contratante. Según pliegos o 
garantía mínima 
presunta 
Calidad en el servicio A juicio del contratante. Hasta la liquidación 
Responsabilidad 
extracontractual 
Mínimo 5% ó 200 SMLMV 
(entre 35000 y 75000 si el 
valor es superior a 
1.000.000) 
Vigencia del contrato. 
Tabla 1: Monto o suficiencia. 
Fuente: Autor 
 
 
 
 
 
 
 
 
Tabla 2: Ejercicio de presupuesto. 
Fuente: Autor 
 
 
 
 
 
 
 
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DIPLOMADO VIRTUAL EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
 
 
 
 
 
 
Tabla 3: Divisibilidad y aprobación de la garantía. 
Fuente: Autor 
 
Clases de garantías 
1. Póliza de seguros. 
2. Fiducia mercantil en garantía. 
3. Garantía bancaria a primer requerimiento. 
4. Endoso en garantía de títulos valores. 
5. Depósito de dinero en garantía. 
6. Cartas de crédito stand-by expedidas en el exterior (extranjeros no 
domiciliados). 
Efectividad (Cobro) 
 Procedimiento administrativo, excepciona el Código de Comercio (art 96, ley 
1474, 2011). 
 Constituye el siniestro. 
 Procedimiento verbal (una audiencia con suspensión). 
 Pasos (citación al contratista y garante). 
 Fecha precisa (brevedad según obligaciones). 
 Mención expresa a los hechos. 
 Informe de interventoría o supervisión. 
 Elementos jurídicos (efectividad–cobro). 
 Pasos procedimiento (continuación): 
- Desarrollo audiencia (exposición de la entidad). 
- Descargos del contratista y garante (explicaciones/aporta o pide 
pruebas). 
Divisibilidad: es excepcional, 
cuando: 
 El plazo del contrato exceda de 5 
años. 
 Se desarrolle en etapas 
sucesivas y diferenciadas. 
 Garantías por etapas. 
 
Aprobación de la garantía: 
 
 Antes de iniciar la ejecución. 
 Acta suscrita por el funcionario 
competente. 
 Debe analizar el cumplimiento 
de requisitos. 
 
 
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DIPLOMADO VIRTUAL EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
- Suspensión si hay que practicar pruebas conducentes y pertinentes, o 
cuando fuere necesario. Se debe fijar fecha reanudación 
- En la misma audiencia se toma la decisión. 
- Solo hay reposición. 
 Contenido del acto administrativo: 
- Motivado (lo ocurrido en desarrollo de la audiencia) y lo general de todo 
acto. 
- Puede declarar que no hay responsabilidad. 
 Puede declarar incumplimiento que no evidencie paralización (art. 17, ley 80, 
1993) y cuantificar los perjuicios del mismo: 
- Imponer las multas o clausula penal. 
- Ordenar su pago al contratista ya al garante. 
- Ordenar restablecer el monto de la garantía. 
- Puede declarar la caducidad cuando se evidencie la paralización (art. 17 
ley 80). 
- Hace efectiva la cláusula penal cuando es acumulable con los perjuicios. 
- Cuantifica el monto del perjuicio. 
- Ordena su pago tanto al contratista como al garante. 
- Demás efectos de la caducidad (liquidación del contrato, toma de 
posesión de la obra, etc.) 
 Las aseguradoras sólo pueden alegar: 
- Causa extraña, esto es la fuerza mayor o caso fortuito, el hecho de un 
tercero o la culpa exclusiva de la víctima. 
- Daños causados por el contratista a los bienes de la entidad no 
destinados al contrato. 
- El uso indebido o inadecuado o la falta de mantenimiento preventivo 
imputable a la contratante. 
- El de mérito o deterioro normal como consecuencia del mero transcurso 
del tiempo. 
 
 
 
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DIPLOMADO VIRTUAL EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
 
 
 
Ahora que has revisado algunos conceptos 
asociados al contenido y garantías de la Contratación 
Estatal te invitamos a realizar una mapa conceptual de 
los dos temas presentados en la guía didáctica. 
 
 
Recuerda la actividad no es obligatoria pero afianzará el 
aprendizaje. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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DIPLOMADO VIRTUAL EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
 
 
 
 Congreso de la República de Colombia. (28 de octubre de 1993). 
Ley 80. Santa Fe de Bogotá: Diario Oficial 41094. 
 Congreso de la República de Colombia. (12 de julio de 2011). Ley 
1474, Santa Fe de Bogotá: Diario Oficial 48128. 
 Congreso de la República de Colombia. (16 de julio de 2007), Ley 
1150, Santa Fe de Bogotá: Diario Oficial No. 46.691. 
 Presidencia de la República de Colombia. (13 de abril de 2012). 
Decreto 734, Santa Fe de Bogotá: Diario Oficial 48400. 
 VEGA DE HERRERA, M. & ORDOÑEZ, A. (1999). Contratación 
estatal: teoría y práctica. Bogotá: Editorial Temis. 
 HERRERA, B. (2004). Contratos públicos. Bogotá: Ediciones 
Jurídicas Gustavo Ibáñez. 
 DNP. (2015). Decreto 1082. Bogotá. 
 Alcaldía de Medellín. (2015). Manual de Contratación Herramienta 
para el correcto ejercicio de la actividad contractual Municipio de 
Medellín. Medellín: Secretaría General del Municipio de Medellín. 
Recuperado de: 
https://www.medellin.gov.co/irj/go/km/docs/pccdesign/Subportal
delCiudadano_2/PlandeDesarrollo_0_0_0/Publicaciones/Shared%2
0Content/Documentos/2016/ManualdeContratacion2015.pdf 
 SENA. (2017). Manual de contratación versión 4. Bogotá: Servicio 
Nacional de Aprendizaje. Recuperado de: 
http://www.sena.edu.co/es-
co/transparencia/ProyectoNorma/proy_manual_contrata_40_2017
.pdf 
 
https://www.medellin.gov.co/irj/go/km/docs/pccdesign/SubportaldelCiudadano_2/PlandeDesarrollo_0_0_0/Publicaciones/Shared%20Content/Documentos/2016/ManualdeContratacion2015.pdf
https://www.medellin.gov.co/irj/go/km/docs/pccdesign/SubportaldelCiudadano_2/PlandeDesarrollo_0_0_0/Publicaciones/Shared%20Content/Documentos/2016/ManualdeContratacion2015.pdf
https://www.medellin.gov.co/irj/go/km/docs/pccdesign/SubportaldelCiudadano_2/PlandeDesarrollo_0_0_0/Publicaciones/Shared%20Content/Documentos/2016/ManualdeContratacion2015.pdf
http://www.sena.edu.co/es-co/transparencia/ProyectoNorma/proy_manual_contrata_40_2017.pdf
http://www.sena.edu.co/es-co/transparencia/ProyectoNorma/proy_manual_contrata_40_2017.pdf
http://www.sena.edu.co/es-co/transparencia/ProyectoNorma/proy_manual_contrata_40_2017.pdf13 
DIPLOMADO VIRTUAL EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Esta guía fue elaborada para ser utilizada con fines didácticos como 
material de consulta de los participantes en el Diplomado Virtual en 
CONTRATACIÓN ESTATAL del Politécnico de Colombia, y solo podrá ser 
reproducida con esos fines. Por lo tanto, se agradece a los usuarios referirla en los 
escritos donde se utilice la información que aquí se presenta. 
 
GUÍA DIDÁCTICA N°3 
M2-DV23-GU03 
MÓDULO 3: CONTRATOS Y GARANTÍAS 
DIPLOMADO EN CONTRATACIÓN ESTATAL 
 
© DERECHOS RESERVADOS - POLITÉCNICO DE COLOMBIA, 2021 
Medellín, Colombia 
 
Proceso: Gestión Académica Virtual 
Realización del texto: Luz Carina Pérez, Abogada 
Revisión del texto: John Alejandro Ricaurte, Asesor Gramatical 
Diseño: Luisa Fernanda Serna, Comunicaciones 
 
Editado por el Politécnico de Colombia

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